Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región

Transcripción

Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
RESOLUCIÓN Nº 72 - 11 - 03 – 2009
El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades
que el Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento
Interno del CRAAN le confieren, emite la siguiente Resolución sobre:
NOMBRAMIENTO DE NUEVO CONSEJAL REGIONAL EN SUSTITUCIÓN
DEL CONSEJAL CARLOS MANUEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ (Q.E.P.D.)
CONSIDERANDO
I
Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte,
en su Artículo 49 inciso “i”, establece que en caso de muerte de un miembro del
Consejo, la esposa e hijos menores de edad, recibirán del presupuesto del
Consejo Regional, un monto equivalente al salario mensual que devengaba el
Consejal al momento de fallecer, manteniendo este derecho hasta la
finalización del período para el que fue electo.
II
Que conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional del Atlántico Norte,
el nuevo Consejal Regional, deberá ejercer sus funciones con sujeción a
nuestra legislación nacional, en particular el Estatuto de Autonomía y su
Reglamento.
III
Que este derecho post mortem, hasta la finalización del periodo para el que fue
electo, ha sido suficiente para la manutención de la viuda y los huérfanos, por
lo que hace necesario el cumplimiento de la misma.
POR TANTO
RESUELVE:
UNICO: Nombrar a: RODOLFO SANCHEZ, como nuevo Consejal Regional, en
sustitución de CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ (q.e.p.d.), condición que
gozará hasta que concluya el período del Consejal González.
Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico
Norte, a los once días del mes de Marzo del año dos mil nueve.
Téngase como Resolución
¡Publíquese y Cúmplase!
Carlos Alemán Cunningham
Presidente Junta Directiva
CRAAN
Salvador Fermín Chow
1er Secretario Junta Directiva
CRAAN
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
RESOLUCIÓN Nº 73
- 11 - 03 – 2009
El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política de la República, el Estatuto de Autonomía (Ley N°28),
su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN, emite la siguiente Resolución
sobre:
ASIGNACIÓN DE SALARIO A LA VIUDA DEL CONSEJAL REGIONAL
CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ.
CONSIDERANDO
I
Que según acuerdo de reunión de Junta Directiva efectuada el veinticuatro de
Febrero del dos mil nueve, se dispuso hacer las gestiones pertinentes para
asegurar el salario a la esposa e hijos del Consejal Regional Carlos González
González (q.e.p.d.) durante el tiempo que resta por concluir su período.
II
Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte,
en su Artículo 49 inciso “i”, establece que en caso de muerte de un miembro del
Consejo, la esposa e hijos menores de edad, recibirán del presupuesto del
Consejo Regional, un monto equivalente al salario mensual que devengaba el
Consejal al momento de fallecer, manteniendo este derecho hasta la
finalización del período para el que fue electo.
POR TANTO
RESUELVE:
ÚNICO: Asignar el salario del Consejal Regional: CARLOS GONZÁLEZ
GONZÁLEZ (q.e.p.d.), a su beneficiaria Sra. Laura Serapio Viuda de
González, garantizando que sea entregado en la forma debida, durante el
tiempo que resta por concluir su periodo.
Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico
Norte, a los diez días del mes de Marzo del año dos mil nueve.
Téngase como Resolución,
¡Publíquese y Cúmplase!
Carlos Alemán Cunningham
Presidente Junta Directiva
CRAAN
Salvador Fermín Chow
1er Secretario Junta Directiva
CRAAN
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
RESOLUCIÓN Nº 74
- 11 - 03 – 2009
El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades
que le confiere la Constitución Política de la República, el Estatuto de
Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN,
emite la siguiente Resolución sobre:
ORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE TERRESTRE, ASI COMO EL
OTORGAMIENTO
DEL
AVAL
PARA
LAS
CONCESIONES
INTERMUNICIPALES CON CONEXIÓN DE LA REGION AUTONOMA DEL
ATLANTICO NORTE HACIA LOS MUNICIPIOS DEL RESTO DEL PAIS.
CONSIDERANDO
I
Que es atribución delo Consejo Regional participar en la elaboración y
ejecución de los planes y programas de desarrollo nacional en su región, a fin
de armonizarlos con los intereses de las Comunidades de la Costa Atlántica,
así como la de administrar los programas de transporte en coordinación con el
Ministerio de Estado correspondiente.
II
Que desde la toma de posesión de las actuales autoridades autonómicas, nos
dispusimos a atender la problemática que se presenta en el uso y
aprovechamiento de las Concesiones de Transporte Terrestre interurbano e
intermunicipal en vista del poco ordenamiento de esta actividad y el
incumplimiento de los acuerdos del veinte de enero del 2005 en donde se deja
establecido los beneficios a favor de los transportistas autóctonos de la Región.
La entrada en vigencia de la Ley General de Transporte Terrestre en Abril del
año dos mil cinco, no retoma los acuerdos políticos suscritos y deja en una
situación frágil a nuestros transportistas, a favor de quienes asiste el principio
general del derecho sobre “los derechos adquiridos”.
III
Con el fin de buscarle salida a esta situación, las Autoridades Regionales y las
del Consejo de la Costa Caribe (C.D.C), nos hemos reunido con los demás
actores incluyendo a los transportistas y a las Autoridades Nacionales del
Ministerio de Transporte e Infraestructura (M.T.I), llegando a importantes
acuerdos de solucionar la situación actual.
POR LO TANTO
EN USO DE SUS FACULTADES
RESUELVE
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
1. Reconocer el derecho que tienen adquirido los transportistas de la
Región en la operación de las diferentes rutas intermunicipales e
intramunicipales, en la modalidad de ruteado, expreso Especiales,
Escolares y turismo.
2. Solicitar de manera formal al Ministerio de Transporte e Infraestructura,
proceda a legalizar a los transportistas con el otorgamiento de las
Concesiones de ruta a los transportistas que tienen derechos adquiridos
desde antes de la entrada en vigencia de la Ley General de Transporte
Terrestre, durante su moratoria y a los que actualmente son prestatarios
del servicio de transporte intermunicipal en la Región.
3. Confórmese una Comisión especial compuesto por el Presidente de la
Junta Directiva del Consejo Regional, al Coordinador de Gobierno y al
Presidente de la Comisión Permanente de Infraestructura y Transporte,
y los Alcaldes de acuerdo a su jurisdicción; y mandáteseles al
otorgamiento de los avales correspondientes a cada caso.
4. Intégrese una Comisión técnica conformado por el Delegado Regional
de Trasporte quien la preside y tres miembros del sector de
transportistas electos y delegados para este fin; quienes dictaminaran
teniendo como base y fundamento los archivos existentes y la pondrán a
disposición de la Comisión especial para que pueda emitir el aval
correspondiente.
5. Se mandata a esta misma comisión, velar, negociar y gestionar el
establecimiento de las terminales de los buses, especialmente la que se
ubicara en la ciudad de Managua.
6. Los transportistas se comprometen en mantener en buen estado los
medios y brindar un buen servicio a la población y trato humanitario
especialmente a las mujeres, ancianos y niños.
Dado en la Ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, Región
Autónoma del Atlántico Norte, a los once días del mes de Marzo del año
dos mil nueve.Publíquese y Ejecútese.
Carlos Alemán Cunningham
Presidente Junta Directiva
CRAAN
Salvador Fermín Chow
1er Secretario Junta Directiva
CRAAN
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
RESOLUCIÓN Nº 75 - 11 - 03 – 2009
El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que el
Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del
CRAAN le confieren, emite la siguiente Resolución sobre:
RATIFICACIÓN DE DISPOSICION ADMINISTRATIVA NO. 55- 11- 12 – 2008
”CREACION DE COMITÉ DE DIRECCION PARA LA REGIONALIZACION DE LA
SALUD EN LA COSTA CARIBE DE NICARAGUA”
CONSIDERANDO
I
Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte,
establece entre sus atribuciones, asuntos de interés regional, relacionados con
la coordinación de actividades entre el CRAAN, el Coordinador de Gobierno
Regional, a través del cual se realizan los trámites pertinentes con los demás
funcionarios regionales de los Poderes del Estado.
II
Que según Convenio Marco de Coordinación para la regionalización de la
Salud en las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua, suscrito
por representantes del MINSA, Presidentes de ambos Consejos Regionales y
Coordinadores de Gobierno de la RAAN y RAAS, el día diecinueve de
Noviembre del año dos mil ocho, el que contempla en su cláusula quinta como
una responsabilidad más, “el Establecimiento de un sistema de
coordinación y comunicación directa con las Secretarias de Salud de los
Consejos y Gobiernos Regionales”.
III
Que según convenio marco, existe responsabilidades compartidas entre el
MINSA y los Consejos Regionales Autónomos, para garantizar el cumplimiento
del derecho a la salud, haciendo uso de planes y mecanismos coordinados
para atender situaciones especiales o de emergencia.
IV
Que en atención a todo lo relacionado se creó mediante Disposición
Administrativa N° 55- 11- 12 – 2008, el Comité de Dirección Regional de la
Salud para la RAAN.
Por Tanto
RESUELVE:
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
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Región Autónoma del Atlántico Norte
UNICO: Ratificar la creación del Comité de Dirección Regional de la Salud para
la RAAN, integrado por el Presidente de la Junta Directiva del CRAAN),
Coordinador Regional del GRAAN), Director de Asuntos de Salud para la
Costa Caribe), Directora de Secretaria de Salud - GRAAN), Presidente de
la Comisión de Salud - CRAAN) y Directora de SILAIS.
Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico
Norte, a los once días del mes de Marzo del año dos mil nueve.
Téngase como Resolución,
¡Publíquese y Cúmplase!
Carlos Alemán Cunningham
Presidente Junta Directiva
CRAAN
Salvador Fermín Chow
1er Secretario Junta Directiva
CRAAN
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
RESOLUCIÓN Nº 76 - 11- 03 - 2009
El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades
que la Ley No.28 (Estatuto de Autonomía) y su Reglamento le confiere emite la
siguiente Resolución.“PERMISO AMBIENTAL DEL PROYECTO CONSTRUCCION DE 5KM DE CANAL
INTERCOSTAL ENTRE LAS COMUNIDADES DE WOUNHTHA- WALPASIKSA
PRINZAPOLKA, LITORAL SUR”.
COSIDERANDO
I
Que es facultad de los Consejo Regionales, de acuerdo a la constitución política de
Nicaragua, la Ley 28, estatuto de autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de
Nicaragua, Publicada en la Gaceta No. 238 del 30 de Octubre de 1987, su reglamento
Decreto A.N. No. 3584 ,la ley 217, Normativas Técnicas, el decreto 36-2002
“administración del sistema de evaluación de impacto ambiental en las Regiones
Autónomas, decreto 76-2006 “Sistema de Permisos Ambientales de Nicaragua,
Resolución CRAAN 19-12-12-2003, otorgar Permisos y Concesiones, que contribuyan
al desarrollo de las Comunidades y de la Región
II
Que en cumplimiento a los Procedimientos Administrativos, para el otorgamiento de
Permisos de Estudio de Impacto Ambiental, que regulan la aprobación de solicitudes
dirigida al aprovechamiento de los Recursos Naturales de la Región, la Comisión de
Recursos Naturales del CRAAN y la SERENA del Gobierno Regional, han dictaminado
favorable, después de haber concluido con el proceso de consulta y de análisis técnico
sobre la base de los requisitos que establece la Normativa y legislación vigente de
Nicaragua y la Región.
Por tanto:
Resuelve
UNICO: Otorgar EL PERMISO AMBIENTAL DEL PROYECTO CONSTRUCCION DE
5KM DE CANAL INTERCOSTAL ENTRE LAS COMUNIDADES DE WOUNHTHAWALPASIKSA PRINZAPOLKA, LITORAL SUR, a desarrollarse en el municipio de
Prinzapolka, en la Región Autónoma del Atlántico Norte, bajo las siguientes
recomendaciones:
1.- El PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del municipio, deberá asegurar
todos los recursos económicos, técnicos, humanos y materiales necesarios para la
ejecución del programa de gestión ambiental y de investigación que se presenta en el
informe técnico de EIA.
2.- PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del municipio, deberán presentar
planes de operación e informe de resultados, a las instituciones competentes, así
también estas podrán realizar inspecciones a las actividades relacionadas con el
proyecto en el momento que lo consideren necesario.
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]
Consejo Regional Autónomo del Atlántico
Región Autónoma del Atlántico Norte
3.- Toda modificación al proyecto será previamente informada a las instituciones con
competencia (CRAAN, SERENA, MARENA, ALCALDIA) para obtener el aprobado de
las mismas.
4.- PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía deberán establecer un Plan de
Manejo de los Residuos sólidos, que se generen en la ejecución en la ejecución del
proyecto en todas sus etapas, el cual se deberá presentar a las instancias
competentes. .
5.- Una vez finalizado el proyecto la ALCALDIA en coordinación con las comunidades
beneficiadas por el proyecto deberán de organizarse y programar un plan de
monitoreo vigilancia, control y mantenimiento del canal con el objetivo de facilitar el
cumplimiento y control de tráfico de motores y el manejo de los desechos sólidos.
6.- La Alcaldía de Prinzapolka en coordinación con las comunidades beneficiadas por
el proyecto deberán asegurar que no se practique pesca con artes de trasmallo y
chinchorros sobre el canal.
7.-Los proponentes deberán dar seguimiento continuo en lo que respecta al plan de
reforestación de especies nativas en las áreas de intervención del proyecto.
8.- El proyecto deberá asegurar que la regeneración natural establecida en la zona de
excavación no sea afectado por las actividades a realizar en la construcción del canal
(DRAGADO).
9.- El PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del Municipio de Prinzapolka, al
momento de ejecutar el proyecto deberá de tomar en cuenta las técnicas requeridas al
momento de la excavación del canal que tenga buenos resultados desde el punto de
vista técnico económico y ambiental.
10.- El incumplimiento a estas recomendaciones, los planes y programas del Estudio
de Impacto Ambiental; será objeto de llamado de atención, sanciones, multa y hasta la
suspensión del permiso en dependencia de la gravedad de la falta, todo en
cumplimiento con las normas técnicas, ambiental y legal, vigente.
Dado en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, a los once días
del Mes de marzo del año dos mil nueve.
Por tanto téngase como Resolución, Publíquese y Cúmplase
Carlos Alemán Cunningham
Presidente Junta Directiva
Consejo Regional Autónomo
Salvador Fermín Chow
1er Secretario Junta Directiva
Consejo Regional Autónomo
Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]

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