Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región
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Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región
Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte RESOLUCIÓN Nº 72 - 11 - 03 – 2009 El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que el Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN le confieren, emite la siguiente Resolución sobre: NOMBRAMIENTO DE NUEVO CONSEJAL REGIONAL EN SUSTITUCIÓN DEL CONSEJAL CARLOS MANUEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ (Q.E.P.D.) CONSIDERANDO I Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en su Artículo 49 inciso “i”, establece que en caso de muerte de un miembro del Consejo, la esposa e hijos menores de edad, recibirán del presupuesto del Consejo Regional, un monto equivalente al salario mensual que devengaba el Consejal al momento de fallecer, manteniendo este derecho hasta la finalización del período para el que fue electo. II Que conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional del Atlántico Norte, el nuevo Consejal Regional, deberá ejercer sus funciones con sujeción a nuestra legislación nacional, en particular el Estatuto de Autonomía y su Reglamento. III Que este derecho post mortem, hasta la finalización del periodo para el que fue electo, ha sido suficiente para la manutención de la viuda y los huérfanos, por lo que hace necesario el cumplimiento de la misma. POR TANTO RESUELVE: UNICO: Nombrar a: RODOLFO SANCHEZ, como nuevo Consejal Regional, en sustitución de CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ (q.e.p.d.), condición que gozará hasta que concluya el período del Consejal González. Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte, a los once días del mes de Marzo del año dos mil nueve. Téngase como Resolución ¡Publíquese y Cúmplase! Carlos Alemán Cunningham Presidente Junta Directiva CRAAN Salvador Fermín Chow 1er Secretario Junta Directiva CRAAN Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte RESOLUCIÓN Nº 73 - 11 - 03 – 2009 El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de la República, el Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN, emite la siguiente Resolución sobre: ASIGNACIÓN DE SALARIO A LA VIUDA DEL CONSEJAL REGIONAL CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ. CONSIDERANDO I Que según acuerdo de reunión de Junta Directiva efectuada el veinticuatro de Febrero del dos mil nueve, se dispuso hacer las gestiones pertinentes para asegurar el salario a la esposa e hijos del Consejal Regional Carlos González González (q.e.p.d.) durante el tiempo que resta por concluir su período. II Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en su Artículo 49 inciso “i”, establece que en caso de muerte de un miembro del Consejo, la esposa e hijos menores de edad, recibirán del presupuesto del Consejo Regional, un monto equivalente al salario mensual que devengaba el Consejal al momento de fallecer, manteniendo este derecho hasta la finalización del período para el que fue electo. POR TANTO RESUELVE: ÚNICO: Asignar el salario del Consejal Regional: CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ (q.e.p.d.), a su beneficiaria Sra. Laura Serapio Viuda de González, garantizando que sea entregado en la forma debida, durante el tiempo que resta por concluir su periodo. Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte, a los diez días del mes de Marzo del año dos mil nueve. Téngase como Resolución, ¡Publíquese y Cúmplase! Carlos Alemán Cunningham Presidente Junta Directiva CRAAN Salvador Fermín Chow 1er Secretario Junta Directiva CRAAN Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte RESOLUCIÓN Nº 74 - 11 - 03 – 2009 El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de la República, el Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN, emite la siguiente Resolución sobre: ORDENAMIENTO DEL TRANSPORTE TERRESTRE, ASI COMO EL OTORGAMIENTO DEL AVAL PARA LAS CONCESIONES INTERMUNICIPALES CON CONEXIÓN DE LA REGION AUTONOMA DEL ATLANTICO NORTE HACIA LOS MUNICIPIOS DEL RESTO DEL PAIS. CONSIDERANDO I Que es atribución delo Consejo Regional participar en la elaboración y ejecución de los planes y programas de desarrollo nacional en su región, a fin de armonizarlos con los intereses de las Comunidades de la Costa Atlántica, así como la de administrar los programas de transporte en coordinación con el Ministerio de Estado correspondiente. II Que desde la toma de posesión de las actuales autoridades autonómicas, nos dispusimos a atender la problemática que se presenta en el uso y aprovechamiento de las Concesiones de Transporte Terrestre interurbano e intermunicipal en vista del poco ordenamiento de esta actividad y el incumplimiento de los acuerdos del veinte de enero del 2005 en donde se deja establecido los beneficios a favor de los transportistas autóctonos de la Región. La entrada en vigencia de la Ley General de Transporte Terrestre en Abril del año dos mil cinco, no retoma los acuerdos políticos suscritos y deja en una situación frágil a nuestros transportistas, a favor de quienes asiste el principio general del derecho sobre “los derechos adquiridos”. III Con el fin de buscarle salida a esta situación, las Autoridades Regionales y las del Consejo de la Costa Caribe (C.D.C), nos hemos reunido con los demás actores incluyendo a los transportistas y a las Autoridades Nacionales del Ministerio de Transporte e Infraestructura (M.T.I), llegando a importantes acuerdos de solucionar la situación actual. POR LO TANTO EN USO DE SUS FACULTADES RESUELVE Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte 1. Reconocer el derecho que tienen adquirido los transportistas de la Región en la operación de las diferentes rutas intermunicipales e intramunicipales, en la modalidad de ruteado, expreso Especiales, Escolares y turismo. 2. Solicitar de manera formal al Ministerio de Transporte e Infraestructura, proceda a legalizar a los transportistas con el otorgamiento de las Concesiones de ruta a los transportistas que tienen derechos adquiridos desde antes de la entrada en vigencia de la Ley General de Transporte Terrestre, durante su moratoria y a los que actualmente son prestatarios del servicio de transporte intermunicipal en la Región. 3. Confórmese una Comisión especial compuesto por el Presidente de la Junta Directiva del Consejo Regional, al Coordinador de Gobierno y al Presidente de la Comisión Permanente de Infraestructura y Transporte, y los Alcaldes de acuerdo a su jurisdicción; y mandáteseles al otorgamiento de los avales correspondientes a cada caso. 4. Intégrese una Comisión técnica conformado por el Delegado Regional de Trasporte quien la preside y tres miembros del sector de transportistas electos y delegados para este fin; quienes dictaminaran teniendo como base y fundamento los archivos existentes y la pondrán a disposición de la Comisión especial para que pueda emitir el aval correspondiente. 5. Se mandata a esta misma comisión, velar, negociar y gestionar el establecimiento de las terminales de los buses, especialmente la que se ubicara en la ciudad de Managua. 6. Los transportistas se comprometen en mantener en buen estado los medios y brindar un buen servicio a la población y trato humanitario especialmente a las mujeres, ancianos y niños. Dado en la Ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte, a los once días del mes de Marzo del año dos mil nueve.Publíquese y Ejecútese. Carlos Alemán Cunningham Presidente Junta Directiva CRAAN Salvador Fermín Chow 1er Secretario Junta Directiva CRAAN Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte RESOLUCIÓN Nº 75 - 11 - 03 – 2009 El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que el Estatuto de Autonomía (Ley N°28), su Reglamento, y el Reglamento Interno del CRAAN le confieren, emite la siguiente Resolución sobre: RATIFICACIÓN DE DISPOSICION ADMINISTRATIVA NO. 55- 11- 12 – 2008 ”CREACION DE COMITÉ DE DIRECCION PARA LA REGIONALIZACION DE LA SALUD EN LA COSTA CARIBE DE NICARAGUA” CONSIDERANDO I Que el Reglamento Interno del Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, establece entre sus atribuciones, asuntos de interés regional, relacionados con la coordinación de actividades entre el CRAAN, el Coordinador de Gobierno Regional, a través del cual se realizan los trámites pertinentes con los demás funcionarios regionales de los Poderes del Estado. II Que según Convenio Marco de Coordinación para la regionalización de la Salud en las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua, suscrito por representantes del MINSA, Presidentes de ambos Consejos Regionales y Coordinadores de Gobierno de la RAAN y RAAS, el día diecinueve de Noviembre del año dos mil ocho, el que contempla en su cláusula quinta como una responsabilidad más, “el Establecimiento de un sistema de coordinación y comunicación directa con las Secretarias de Salud de los Consejos y Gobiernos Regionales”. III Que según convenio marco, existe responsabilidades compartidas entre el MINSA y los Consejos Regionales Autónomos, para garantizar el cumplimiento del derecho a la salud, haciendo uso de planes y mecanismos coordinados para atender situaciones especiales o de emergencia. IV Que en atención a todo lo relacionado se creó mediante Disposición Administrativa N° 55- 11- 12 – 2008, el Comité de Dirección Regional de la Salud para la RAAN. Por Tanto RESUELVE: Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte UNICO: Ratificar la creación del Comité de Dirección Regional de la Salud para la RAAN, integrado por el Presidente de la Junta Directiva del CRAAN), Coordinador Regional del GRAAN), Director de Asuntos de Salud para la Costa Caribe), Directora de Secretaria de Salud - GRAAN), Presidente de la Comisión de Salud - CRAAN) y Directora de SILAIS. Dado en la Ciudad de Bilwi, Puerto Cabezas, Región Autónoma del Atlántico Norte, a los once días del mes de Marzo del año dos mil nueve. Téngase como Resolución, ¡Publíquese y Cúmplase! Carlos Alemán Cunningham Presidente Junta Directiva CRAAN Salvador Fermín Chow 1er Secretario Junta Directiva CRAAN Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte RESOLUCIÓN Nº 76 - 11- 03 - 2009 El Consejo Regional Autónomo del Atlántico Norte, en uso de las facultades que la Ley No.28 (Estatuto de Autonomía) y su Reglamento le confiere emite la siguiente Resolución.“PERMISO AMBIENTAL DEL PROYECTO CONSTRUCCION DE 5KM DE CANAL INTERCOSTAL ENTRE LAS COMUNIDADES DE WOUNHTHA- WALPASIKSA PRINZAPOLKA, LITORAL SUR”. COSIDERANDO I Que es facultad de los Consejo Regionales, de acuerdo a la constitución política de Nicaragua, la Ley 28, estatuto de autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua, Publicada en la Gaceta No. 238 del 30 de Octubre de 1987, su reglamento Decreto A.N. No. 3584 ,la ley 217, Normativas Técnicas, el decreto 36-2002 “administración del sistema de evaluación de impacto ambiental en las Regiones Autónomas, decreto 76-2006 “Sistema de Permisos Ambientales de Nicaragua, Resolución CRAAN 19-12-12-2003, otorgar Permisos y Concesiones, que contribuyan al desarrollo de las Comunidades y de la Región II Que en cumplimiento a los Procedimientos Administrativos, para el otorgamiento de Permisos de Estudio de Impacto Ambiental, que regulan la aprobación de solicitudes dirigida al aprovechamiento de los Recursos Naturales de la Región, la Comisión de Recursos Naturales del CRAAN y la SERENA del Gobierno Regional, han dictaminado favorable, después de haber concluido con el proceso de consulta y de análisis técnico sobre la base de los requisitos que establece la Normativa y legislación vigente de Nicaragua y la Región. Por tanto: Resuelve UNICO: Otorgar EL PERMISO AMBIENTAL DEL PROYECTO CONSTRUCCION DE 5KM DE CANAL INTERCOSTAL ENTRE LAS COMUNIDADES DE WOUNHTHAWALPASIKSA PRINZAPOLKA, LITORAL SUR, a desarrollarse en el municipio de Prinzapolka, en la Región Autónoma del Atlántico Norte, bajo las siguientes recomendaciones: 1.- El PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del municipio, deberá asegurar todos los recursos económicos, técnicos, humanos y materiales necesarios para la ejecución del programa de gestión ambiental y de investigación que se presenta en el informe técnico de EIA. 2.- PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del municipio, deberán presentar planes de operación e informe de resultados, a las instituciones competentes, así también estas podrán realizar inspecciones a las actividades relacionadas con el proyecto en el momento que lo consideren necesario. Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected] Consejo Regional Autónomo del Atlántico Región Autónoma del Atlántico Norte 3.- Toda modificación al proyecto será previamente informada a las instituciones con competencia (CRAAN, SERENA, MARENA, ALCALDIA) para obtener el aprobado de las mismas. 4.- PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía deberán establecer un Plan de Manejo de los Residuos sólidos, que se generen en la ejecución en la ejecución del proyecto en todas sus etapas, el cual se deberá presentar a las instancias competentes. . 5.- Una vez finalizado el proyecto la ALCALDIA en coordinación con las comunidades beneficiadas por el proyecto deberán de organizarse y programar un plan de monitoreo vigilancia, control y mantenimiento del canal con el objetivo de facilitar el cumplimiento y control de tráfico de motores y el manejo de los desechos sólidos. 6.- La Alcaldía de Prinzapolka en coordinación con las comunidades beneficiadas por el proyecto deberán asegurar que no se practique pesca con artes de trasmallo y chinchorros sobre el canal. 7.-Los proponentes deberán dar seguimiento continuo en lo que respecta al plan de reforestación de especies nativas en las áreas de intervención del proyecto. 8.- El proyecto deberá asegurar que la regeneración natural establecida en la zona de excavación no sea afectado por las actividades a realizar en la construcción del canal (DRAGADO). 9.- El PAST DANIDA en coordinación con la Alcaldía del Municipio de Prinzapolka, al momento de ejecutar el proyecto deberá de tomar en cuenta las técnicas requeridas al momento de la excavación del canal que tenga buenos resultados desde el punto de vista técnico económico y ambiental. 10.- El incumplimiento a estas recomendaciones, los planes y programas del Estudio de Impacto Ambiental; será objeto de llamado de atención, sanciones, multa y hasta la suspensión del permiso en dependencia de la gravedad de la falta, todo en cumplimiento con las normas técnicas, ambiental y legal, vigente. Dado en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, a los once días del Mes de marzo del año dos mil nueve. Por tanto téngase como Resolución, Publíquese y Cúmplase Carlos Alemán Cunningham Presidente Junta Directiva Consejo Regional Autónomo Salvador Fermín Chow 1er Secretario Junta Directiva Consejo Regional Autónomo Bilwi, Puerto Cabezas, Bº. Pitter Ferrera, Telef. 7922235-7922531 - Email [email protected]