CAPÍTULO V (Nº 26) Funciones y Deberes del Director El Director

Transcripción

CAPÍTULO V (Nº 26) Funciones y Deberes del Director El Director
CAPÍTULO V (Nº 26)
Funciones y Deberes del Director
El Director del Instituto Hidrográfico será un oficial de la Armada, a lo menos
del grado de Capitán de Navío de Servicios Especiales con especialidad en
Hidrografía o en su defecto, Capitán de Navío Especialista en Navegación,
quien además de las responsabilidades y atribuciones que las leyes,
Ordenanzas de la Armada y demás reglamentos le asignan, tiene las siguientes
funciones y deberes:
a) Controlar y dirigir los servicios de Levantamiento Hidrográfico, Cartografía,
Oceanografía,Mareas, Maremotos, Navegación, Astronomía, Aerofotogrametría
aplicada a la Carta Náutica y Señalización Marítima del país.
b) Asesorar al Comandante en Jefe de la Armada en todo lo concerniente a
Hidrografía, Cartografía, Oceanografía, Mareas, Maremotos, Geografía,
Navegación, Astronomía, Señales Horarias, Aerofotogrametría aplicada a la
Carta Náutica y Señalización Marítima.
c) Controlar y dirigir el servicio de Señales Horarias Oficiales tanto para fines
de navegación e hidrografía, como para atender el Servicio de la Hora Oficial
del país.
d) Fiscalizar el estricto cumplimiento de las disposiciones reglamentarias
relacionadas
con el Instituto Hidrográfico.
e) Proponer a la Comandancia en Jefe de la Armada la ejecución de las
actividades hidrográficas, aerofotogramétricas, oceanográficas y de
señalización marítima que sea necesario realizar, para incluir en el Plan Anual
de Actividades de la Armada.
f) Dar las instrucciones técnicas generales para la ejecución de los
levantamientos hidrográficos, actividades aerofotogramétricas relacionada con
cartas náuticas y trabajos oceanográficos, fijando los métodos de cálculos,
observaciones y procedimientos en líneas generales.
g) Establecer en coordinación con la Dirección del Litoral y de Marina
Mercante, los puntos donde se requiera la instalación de nuevos faros,
radiofaros y demás elementos de señalización marítima y radioayudas a la
navegación.
h) Aprobar el plan de adquisiciones, construcciones y reparaciones de faros,
radiofaros, balizas y todo elemento de ayuda a la navegación.
i) Preparar y presentar anualmente al Ministerio de Hacienda el presupuesto de
gastos y entradas de los servicios y actividades del Instituto Hidrográfico
incluidos las comisiones hidrográficas, aerofotogramétricas relacionada con
cartas náuticas, oceanográficas y de señalización marítima.
j) Velar para que mantenga al día las informaciones sobre sistemas,
procedimientos, material o instrumental moderno para su empleo en las
actividades del Instituto Hidrográfico disponiendo las adquisiciones que sean
necesarias.
k) Proponer a la Dirección General del Personal de la Armada las destinaciones
de los Jefes, Oficiales y personal para el Instituto Hidrográfico y Sub
Departamentos de Señalización Marítima. Asimismo propondrá la destinación
general de todos los oficiales y personal especialista en Faros.
l) Presidir la Junta Económica del Instituto Hidrográfico y hacer cumplir sus
acuerdos.
m) Autorizar los gastos e inversiones del Instituto Hidrográfico.
n) Solicitar al Servicio Aerofotogramétrico de la Fuerza Aérea de Chile, la
ejecución de los trabajos aerofotogramétricos necesarios para el cumplimiento
de su misión.
ñ) Solicitar de los organismos técnicos del Estado tales como el Instituto
Geográfico Militar, Servicio Aerofotogramétrico de la Fuerza Aérea, Oficina
Meteorológica de Chile, Dirección de Obras Portuarias, Observatorio
Astronómico de la Universidad de Chile, Corporación de Fomento de la
Producción, Dirección de Pesca del Ministerio de Agricultura, u otros, toda
información técnica que venga a complementar las necesidades del Servicio.
o) Mantener el enlace y coordinación necesaria con la Dirección de Instrucción
de la Armada y Academia Politécnica de la Armada sobre los programas y
textos de estudios relacionados con las materias de su especialidad.
p) Dictar las órdenes e instrucciones internas necesarias para el mejor
funcionamiento
y organización del Instituto Hidrográfico.
q) Solicitar directamente a la Dirección de Fronteras y Límites del Estado su
probación antes de adoptar decisión o realizar hecho alguno que diga relación
con los límites internacionales de Chile y sus zonas fronterizas.
r) Proponer al Comandante en Jefe de la Armada la asistencia de oficiales y
personal técnico a cursos de instrucción en el país, la asistencia a cursos de
perfeccionamiento, congresos y otras actividades técnicas en el extranjero, que
vayan en beneficio directo de la dirección, organización y ejecución de los
trabajos o estudios del Instituto Hidrográfico.

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