justificacion previa de la necesidad- division

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justificacion previa de la necesidad- division
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1810-2010
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JUSTIFICACION PREVIA DE LA NECESIDAD
En cumplimiento de lo señalado en los numerales 7 y 12 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el
Decreto 2474 de 2008 modificado por el Decreto 2025 y 3576 de 2009, la Secretaria de Educación
del Departamento del Cauca, en su calidad de entidad estatal sujeta al Estatuto de Contratación de
la Administración Pública, realiza por medio del presente documento, la correspondiente justificación
para la adquisición e instalación de DIVISIONES
Y MUEBLES MODULARES PARA LA
DEPENDENCIA DE TALENTO HUMANO y ASESORES DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DE
EDUCACION DEL CAUCA, para mejorar el buen desempeño y calidad de servicio.
1.
DESCRIPCIÓN DE
CONTRATACIÓN
LA
NECESIDAD
QUE
SE
PRETENDE
SATISFACER
CON
LA
La Secretaria de Educación Departamental, en su compromiso de ofrecer una educación con calidad
y eficiencia, considera indispensable dentro de su proceso de modernización institucional dotar con
puestos de trabajo la dependencia de TALENTO HUMANO y ASESORES DE DESPACHO DE LA
SECRETARIA DE EDUCACION DEL CAUCA que permitan optimizar espacios y con muebles
ergonómicos para brindar a los servidores públicos unas adecuadas condiciones que permitan
desempeñar sus actividades administrativas eficientemente.
El fin primordial, obedece a la necesidad de mantener las instalaciones físicas y el equipamiento de
los inmuebles de su propiedad, ya que algunos presentan necesidades de dotación e instalación de
división Modular, para propiciar un buen ambiente físico. La ampliación de planta, la contratación de
profesionales para apoyar procesos misionales, el deterioro del mobiliario en servicio, entre otros,
son los fundamentos que soportaron la necesidad de efectuar la ADQUISICION E INSTALACIÓN
DE DIVISIONES Y MUEBLES MODULARES en dicha dependencia, que garantice a todos los
usuarios un buen desempeño y eficiente calidad de servicio.
Las exigencias en materia de salud ocupacional, gestión ambiental y gestión de calidad, así como las
políticas para disminución y mitigación de riesgos, llevan a las entidades a mejorar su infraestructura
y ambientes de trabajo.
La Secretaria de Educación del Cauca cuenta con espacios de oficinas, que le permiten prestar apoyo
administrativo a sus usuarios, pero se hace necesario mejorar los espacios de trabajo de los
funcionarios de la Entidad como lo es la adecuación de la dependencia de TALENTO HUMANO Y
ASESORES DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DE EDUCACION DEL CAUCA, como puede apreciarse
en el Proyecto correspondiente a modulación presentado por el Arquitecto JUAN PABLO HURTADO A.,
de fecha 8 de marzo de 2010, el cual se anexa.
Una vez revisado el almacén de la Secretaria de Educación del Cauca , y verificado el mobiliario que
se encuentra disponible en las oficinas, se encontró que NO existe mobiliario en el almacén ni se
encontró mobiliario existente en las oficinas que no esté siendo utilizado en el momento, por lo tanto
se sugiere que la alternativa más conveniente es la de convocar mediante el procedimiento de
publicación en pagina WEB a personas naturales y/o jurídicas que tengan experiencia en e
instalación y/o Venta de DIVISIONES Y MUEBLES MODULARES.
2.
CONDICIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR.
“ ARRIBA EL CAUCA”
Calle 4ª. Cra 7ª. Esquina. Telefax 8244201 - 8243937 Popayán ( C )
e-mail: [email protected]
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OBJETO: ADQUISICION E INSTALACIÓN DE DIVISIONES Y MUEBLES MODULARES PARA LA
DEPENDENCIA DE TALENTO HUMANO
Y ASESORES DE DESPACHO DE LA SECRETARIA DE
EDUCACION DEL CAUCA, de acuerdo a las siguientes especificaciones:
DESCRIPCIÓN COBERTURA
CANT.
Panel de 0.30x1,30 en sistema blokin, estructura elaborada en lamina coll-roled, calibre 18 pintado en
pintura en polvo epoxi poliéster texturizada de aplicación electrostática horneable color institucional, las
baldosa del sistema elaborado en tablex de 9mm tapizado en paño hilat escorial ignifuga de
características para uso y permanente exigencia color institucional. zócalo de 15ccms de altura x 7 cms
de profundidad con separador pasa cables de 5cms en el centro y a lo largo del panel para conducción
del cableado con tapa removible, los laterales deben estar provistos de cremalleras que permitan auto
soportar elementos de almacenamiento y escuadras de amarre universal para superficies y demás
elementos que conforman el sistema, en la parte superior en vidrio templado de 5mm opalizado con
sistema de conectores en hierro cromado de 1 pulgada de diámetro x 3´ de longitud
4
Panel de 0.75x1,30 en sistema blokin, estructura elaborada en lamina coll-roled, calibre 18 pintado en
pintura en polvo epoxi poliéster texturizada de aplicación electrostática horneable color institucional, las
baldosa del sistema elaborado en tablex de 9mm tapizado en paño hilat escorial ignifuga de
características para uso y permanente exigencia color institucional. zócalo de 15ccms de altura x 7 cms
de profundidad con separador pasa cables de 5cms en el centro y a lo largo del panel para conducción
del cableado con tapa removible, los laterales deben estar provistos de cremalleras que permitan auto
soportar elementos de almacenamiento y escuadras de amarre universal para superficies y demás
elementos que conforman el sistema, en la parte superior en vidrio templado de 5mm opalizado con
sistema de conectores en hierro cromado de 1 pulgada de diámetro x 3´ de longitud
26
Canal de Inicio elaborado en lamina coll-rolled calibre 18 pintado en pintura en polvo epoxi poliéster de
aplicación electrostática horneable color institucional
12
Puesto de Trabajo de 1.50 x 1.50 en L incluye superficie de trabajo de 0.90 x 0.60 y 1.50 x 0.60
elaborado en tablex de 30mm impermeabilizado para control de humedad enchapado en formica color
institucional con forma borde rígido, 1 gavetero 2x1 con tres gavetas, 2 costados en Tx50, 1 falda de
0.80, 1 falda de 1.25, pasa cables, platinas de unión porta CPU graduable, porta teclado, todo elaborado
en lamina coll-rolled, calibre 20 pintura en polvo epoxi poliéster texturizada de aplicación electrostática
horneable color institucional.
15
Sillas Ergonómicas tapizadas en paño 3 contactos ESPECIFICACIONES TECNICAS En los tapizados del
asiento, la espuma es laminada con densidad 40 y grosor de 5 cm, En los tapizados del espaldar, la
espuma es laminada con densidad 26 y grosor de 4 cm cuentan con un catalizador que sirve como
retardante al fuego, anti-ácaros, Soporte espaldar con tubería oval calibre 14 y lamina estampada calibre
1/8”, Soporte asiento en lamina HR calibre 12. Base y ruedas en nylon Pintura electrostática negra.
Palanca para regular altura del asiento, sistema neumático. Perilla para regular posiciones del espaldar,
contacto Perilla para regular recorrido del espaldar.
6
Sillas fijas tipo isósceles tapizada en paño ESPECIFICACIONES TECNICAS Tubería oval calibre 16
altamente resistente, Pintura electrostica negra, Carcaza plástica en los espaldares, OBSERVACIONES En
los tapizados de los espaldares, la espuma es laminada con densidad 26 y grosor de 4 cm En los
tapizados de los asientos, la espuma es laminada con densidad 40 y grosor de 5 cm. Diversidad de
colores en los plásticos. Diversidad en los colores de los paños o según color institucional.
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Adecuación de pared oficina en panel yeso de 1.30 de alto x 2.20 de fondo
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ALCANCES DEL OBJETO CONTRACTUAL: Son responsabilidad del oferente seleccionado:
•
Los procedimientos y métodos de construcción, para llevar a cabo la modulación
•
Ejecutar la construcción, el suministro de los bienes y equipo y los gastos en la instalación de
los mismos
•
Efectuar la entrega de los elementos nuevos, no usados ni reconstruidos y de primera calidad
con las especificaciones, características y cantidades establecidas.
•
Realizar la instalación de los
funcionamiento de los mismos.
bienes
adquiridos,
garantizando
calidad
y
correcto
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.- Las obligaciones del futuro Contratista serán las siguientes:
•
Cumplir con el objeto del Contrato, en los términos pactados de conformidad con la propuesta
presentada.
•
Entregar al Almacén de la de la Secretaria de Educación, los bienes que hacen parte del objeto
contractual, una vez sean revisados por las respectiva oficina a modular
•
Adecuarse a los planos y necesidades de la Secretaria de Educación Departamental.
•
Instalar los bienes adquiridos conforme a las especificaciones de la Secretaria de Educación
Departamental
•
Realizar la adecuación de pared en oficina panel yeso de 1.30 de alto x 2.20 de fondo
•
Presentar factura por la compra, detallando los bienes a instalar.
•
Informar oportunamente al supervisor del contrato, de cualquier situación que pueda afectar la
correcta ejecución del mismo.
•
De presentarse durante la entrega y revisión, algún defecto en los elementos entregados o
especificaciones diferentes, el contratista hará el cambio de los mismos.
•
Presentar los documentos necesarios para la legalización del contrato.
•
Garantizar la calidad de los materiales que componen los muebles y divisiones modulares.
PLAZO: El contratista contará con un término de diez (10) días calendario para realizar la entrega
completa de los bienes objetos de adquisición, contados a partir de la fecha en que se cumplan a
cabalidad los requisitos de ejecución o legalización del respectivo contrato.
LUGAR DE EJECUCIÓN: Popayán – Secretaria de Educación del Cauca.
VALOR Y FORMA DE PAGO: La contratación requerida tendrá un valor de TREINTA MILLONES
NOVECIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS M.CTE. ($30.911.818) incluido
IVA; suma que corresponderá al Monto GLOBAL incluidos gastos y todo costo de ejecución del mismo
de acuerdo a un sondeo previo realizado internamente por la entidad convocante y una vez
determinados unos precios unitarios, como se evidencia en el cuadro de precios y en cotizaciones.
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El DEPARTAMENTO cancelará al contratista en una sola cuota a la finalización de la ejecución total
del objeto contratado, previa presentación de la cuenta de cobro y/o factura y recibido a satisfacción
por parte del funcionario que cumpla funciones de interventoría.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JUSTIFICACION DE LOS FACTORES QUE SOPORTAN LA
MODALIDAD DE SELECCIÓN.
La Secretaria de Educación del Cauca se encuentra delegada para contratar mediante decreto No.
0297 de 2005, por medio del cual se confieren delegaciones para la ordenación del gasto en materia
de contratación estatal y se dictan otras medidas administrativas.
El literal a) del numeral 2) del Articulo 2º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 16 del Decreto 2474
de 2008, señalan que los bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común
utilización son aquellos que poseen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su
diseño o de sus características descriptivas y que comparten patrones de desempeño y calidad
objetivamente definidos.
Por bienes y servicios de común utilización se entienden aquellos requeridos por las entidades y
ofrecidos en el mercado, en condiciones equivalentes para quien los solicite en términos de
prestaciones mínimas y suficientes para la satisfacción de necesidades. No se consideran de
características técnicas uniformes y de común utilización las obras públicas y los servicios
intelectuales.
La Secretaría de Educación para la contratación requerida y por tratarse de bienes de características
técnicas uniformes y de común utilización cuyo valor no excede el 10% de la menor cuantía de la
entidad contratante, utilizará la modalidad de selección abreviada a través de Subasta Inversa, de
conformidad con el Artículo 2º numeral 2 literal a) de la Ley 1150 del 2007, el Artículo 16 y
siguientes del Decreto Reglamentario 2474 de 2008 y el Articulo 1º Decreto 3576 del 17 de
septiembre de 2009, por cual se modifica parcialmente el Decreto 2474 de 2008.
Con el fin de garantizar la publicidad del procedimiento, la Secretaría de Educación formulará
invitación pública a presentar ofertas a través de la página Web o en su defecto en un lugar de su
sede de fácil acceso al público.
La escogencia recaerá sobre aquella oferta con el precio mas bajo, siempre que se encuentre en
condiciones del mercado y satisfaga las necesidades de la entidad. De igual manera se procederá si
solo se presenta una sola oferta. En caso de empate la entidad requerirá a los empatados a
presentar nueva oferta económica.
La entidad establecerá en la invitación los requisitos mínimos habilitantes que serán verificados
únicamente al oferente con el precio mas bajo. En caso de que este no cumpla con los requisitos
habilitantes exigidos, se podrá contratar con el oferente que haya presentado el segundo menor
precio previa verificación de sus calidades habilitantes. En caso de que este tampoco cumpla, se
verificaran las de quien presentó el tercer menor precio y así sucesivamente hasta obtener un
oferente habilitado. De no lograrse lo anterior, se repetirá el proceso de selección.
En este procedimiento no será necesario contar con la ficha técnica que se refiere el Artículo 20 del
Decreto 2474 de 2008, ni se exigirá a los oferentes estar inscritos en el RUP, ni aportar garantía de
seriedad de la oferta. Para efectos de la garantía única de cumplimiento, se dará aplicación a los
señalado en el inciso primero del Artículo 8 del Decreto 4828 de 2008.
El contrato constara por escrito, bien sea en un documento firmado por las partes, o mediante
intercambio de documentos escritos entre la entidad y el contratista, o mediante la factura
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presentada por el proveedor de bienes y servicios aceptada por la entidad, o en ordenes de trabajo,
compra o de servicio, o en cualquier otro instrumento siempre que el mismo reúna las condiciones
de existencia y validez del negocio jurídico.
Con el fin de garantizar la publicidad del procedimiento, la entidad dejará constancia escrita de los
tramites realizados, tomando las medidas que se requieran para la conservación de la información,
de conformidad con las normas de archivo aplicables”.
Es un imperativo constitucional que las autoridades públicas deben velar por la satisfacción del
INTERÉS GENERAL de los administrados en concordancia con los principios de la función pública y los
fines esenciales del Estado establecidos en el Artículo 2º de la Carta Magna, lo cual en el presente
contrato se constituye en la adecuada y eficiente prestación del servicio público a la comunidad y la
promoción de la prosperidad general, buscando garantizar la efectividad de los principios, derechos y
deberes de los administrados, fin y objetivo único de la contratación requerida.
4.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado de la contratación requerida, de conformidad con los requerimientos planteados por la Escuela
de Capacitación de la Gobernación del Cauca, es la suma de TREINTA MILLONES NOVECIENTOS ONCE
MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PESOS M.CTE. ($30.911.818), incluido IVA; suma que
corresponderá al Monto GLOBAL incluidos gastos y todo costo de ejecución del mismo de
acuerdo a un sondeo previo realizado internamente por la entidad convocante y una vez
determinados unos precios unitarios, como se evidencia en el cuadro de precios y en cotizaciones,
tal y como consta en el oficio de fecha 8 de marzo de 2010, suscrito por el Arquitecto JUAN PABLO
HURTADO
TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO
ECONÓMICO DEL CONTRATO.
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Artículo 88
del Decreto 2474 de 2008 modificado por los Decretos 2025 y 3576 de 2009, el Decreto 4828 de
2008 modificado por el Decreto 931 de 2009, y el Decreto Departamental N° 0244 de 2009 Manual
de Contratación del Departamento del Cauca se establecen así:
TIPIFICACION DEL RIESGO
ASIGNACION
DEL RIESGO
CLASE
DESCRIPCION
CONCEPTO
ECONOMI
COS
RIESGOS
TRIBUTARIOS
Los efectos favorables o desfavorables de las
variaciones en la legislación tributaria, la
creación de nuevos impuestos, la supresión o
modificación de los existentes y cualquier
evento que modifique las condiciones
tributarias existentes al momento de la
contratación
MALA
CALIDAD
DEL
SERVICIO
EJECUCION DEL
CONTRATO
Efecto económico causado por una mala
programación en las fechas de entrega de los
equipos y elementos de computo y riesgos
relacionados con el transporte de los bienes
hasta la Secretaría de educación
DPT
O
ESTIMACION DEL RIESGO
PROP
Y/O
CONTR
EVALUAC.
X
BAJO
X
MEDIO
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VALORAC.
PONDER
CLASE
5
9,09%
10
18,18%
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FALLAS DE
CALIDAD DE
LOS BIENES
Y/O SERVICIOS
El contratista es responsable de la mala
calidad de los bienes requeridos y de los
servicios prestados y deberá cubrir todos los
riesgos derivados del incumplimiento del
objeto del contrato y de cada una de las
obligaciones pactadas en el mismo. Si los
bienes y/o servicios, una vez realizadas las
pruebas de aceptación presentan fallas o
deterioros, se reportará al contratista quien
deberá dar una solución inmediata y asumir
los costos adicionales que se generen.
X
ALTO
IMCUMPLIMIEN
TO DE LAS
ESPECIFICACIO
NES TECNICAS
DE LOS BIENES
El contratista es responsable del
incumplimiento en las especificaciones
técnicas de los bienes y deberá reemplazarlos
cuando se consideren inadecuados o
ineficientes o que no cumplen con las
condiciones técnicas requeridas
X
MEDIO
Daños, pérdidas, destrucción o deterioro
causado por fuerza mayor o caso fortuito que
puedan presentarse durante la ejecución del
contrato, para lo cual podrá celebrar los
contratos
de
seguros
que
considere
pertinentes.
X
BAJO
Causa
naturales
- Fuerza
mayorcaso
fortuito
SOCIAL
RIESGO
POLITICO
El riesgo político relacionado con conflictos
internos que afecten la ejecución del contrato,
resultantes del presente proceso de selección,
serán asumidos por el contratante
X
BAJO
TOTALES
5.
20
36,36%
10
18,18%
5
9,09%
5
9,09%
55
100,00%
COBERTURA DE LOS RIESGOS
En virtud de lo dispuesto en el Artículo 25 numeral 19 de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, los
artículos 4 y 7 del Decreto 4828 de 2008, modificado por el Decreto 931 de 2009, el Decreto 2493 de
2009 y el Decreto Departamental N° 0244 de 2009 que adopta el Manual de Contratación del
Departamento del Cauca, el contratista se obliga a constituir a favor de la Secretaria de Educación y
Cultura del Cauca, dentro de los cinco (5) días hable siguientes a la fecha de suscripción del respectivo
contrato, una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia de
conformidad con la póliza matriz aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual se entregará a la
entidad contratante junto con los correspondientes recibos definitivos de cancelación de las primas
respectivas y que garantizará los siguientes riesgos:
a. De cumplimiento de las obligaciones contractuales incluyendo en ella el pago de multas y/o
cláusula penal pecuniaria: Por un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total
del contrato, con vigencia igual al plazo de contrato y cuatro (4) meses más, contados desde la
suscripción del contrato.
b. De Calidad del Bien, por una suma asegurada equivalente al veinte (20%) por ciento del valor de los
bienes suministrados y por el termino de dieciocho (18) meses contados a partir de la ejecución final del
contrato PARAGRAFO. En el evento de que las compañías de seguros no aseguran el riesgo de calidad y
buen funcionamiento, el contratista mediante una carta de intención debe garantizar de manera directa la
calidad de los bienes y servicios objeto de contrato durante un (1) año, contados a partir de la
terminación del contrato.
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c. De Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones en cuantía equivalente al
20% del valor total del contrato, con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) años más.
d. De responsabilidad civil a favor de terceros por un valor asegurado equivalente al veinte por
ciento (20%) del valor total del contrato, con vigencia igual a la duración del mismo
En caso de prórroga del término de duración del contrato o de aumento de su valor, según el caso,
el contratista deberá entregar a la Secretaria de Educación del Cauca, como condición de ejecución
de los acuerdos de prórroga o de aumento de valor, según el caso, los certificados de modificación
de la póliza única en el que conste el ajuste de la vigencia o del valor asegurado de cada uno de los
amparos, en la misma proporción.
Por otra parte para minimizar los riesgos, el pago se efectuará con fundamento en la constancia de
recibido a satisfacción por parte del interventor, correspondiente a cada cuenta de cobro a medida
que se va ejecutando el servicio contratado.
7. MULTAS
En el evento en que el contratista incurra en una de las causales de multa que se pactarán en el
respectivo contrato, la entidad contratante, de acuerdo al procedimiento que más adelante se señala,
seguirá el respectivo trámite jurídico para hacer efectivas las siguientes multas:
Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la entrega de los bienes u
obras, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por
causas imputables al contratista: El uno por mil (1‰) del valor del contrato por cada día de mora,
sin superar el tres por ciento (3%) del valor total del mismo.
En caso de pactarse anticipo, por mal uso del anticipo: El uno por ciento (1%) del valor anticipado,
sin perjuicio de las sanciones penales a las que haya lugar.
Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a constituir a tiempo la
garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados: El uno por ciento (1%) del
valor total del contrato, suma que será deducida de la primera acta y/o cuota de pago o del anticipo
o del pago anticipado en caso de así haberse pactado.
Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única
de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar: El uno por
ciento (1%) del valor del contrato en el momento de su aplicación, suma que será descontada del
pago final, del primero pago en evento de adición en cuantía, o en su defecto declarada en el acta de
liquidación final.
Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos
exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las
disposiciones vigentes: El cero punto tres por ciento (0.3%) del valor total del convenio. En este
caso, la entidad contratante elaborará la liquidación de oficio.
Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato: El uno por mil (1‰)
del valor total del convenio.
8.
PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS
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En el evento en que se incurra en una o varias de las causales de multas a que hace alusión, se
iniciará el siguiente procedimiento de apremio con plena aplicación del derecho al Debido Proceso
(Art. 29 CN).
Una vez constatado por el Interventor del contrato, que el contratista ha incurrido o está incurriendo
en una o varias de las causales de multa señaladas, pondrá en conocimiento de aquél el hecho y lo
requerirá por escrito, para que dentro del término que se le señale, proceda a poner a disposición del
contrato, los elementos necesarios y adelante las actividades que le permitan conjurar la situación
que lo puso en condiciones de apremio.
Si el contratista no da cumplimiento al requerimiento, el Interventor presentará un informe escrito,
con todas las pruebas conducentes y pertinentes, a fin de que la Oficina de Contratación y
Presupuesto de la entidad contratante de inicio al siguiente procedimiento:
Mediante comunicación escrita, dará traslado al contratista de los hechos expuestos por la
Interventoría para que dentro del término de cinco (5) días hábiles exponga o justifique por escrito
las razones que dieron origen a este procedimiento y aporte las pruebas que considere necesarias.
Si el contratista no manifiesta dentro de dicho término las razones que justifiquen su incumplimiento,
se tendrán como ciertos los hechos que originan este procedimiento
Para constancia se firma en Popayán, a los 30 de abril de 2010
Atentamente,
DEYFAN SILVA MENESES
Secretaria de Educación del Cauca.
Revisó: CARLOS ANDRES BOLAÑOS G. Profesional Universitario Especializado de Jurídica.
Reviso: JAIRE LORENA CERQUERA. Profesional Universitario Especializado de Administrativa y Financiera
Revisó: ADRIANA E. CAMELO G. – profesional Universitarios de Gestión Administrativa.
Proyectó: MARIA LILIANA LOPEZ CRIOLLO
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