interior justicia y derechos humanos
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interior justicia y derechos humanos
El Peruano Lima, miércoles 12 de setiembre de 2012 NORMAS LEGALES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 177-2012-EF Mediante Oficio N° 785-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 177-2012-EF, publicada en nuestra edición del día 8 de setiembre de 2012. 474291 RESOLUCION MINISTERIAL N° 0828-2012-IN/DGGI Lima, 11 de setiembre de 2012 VISTO, el informe N° 1001-2012-IN-DGGI-DAP de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobre la conclusión de la designación en el cargo de gobernador en el ámbito Regional del Callao. DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2012-EF DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2012-EF 840033-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 178-2012-EF Mediante Oficio N° 785-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 178-2012-EF, publicada en nuestra edición del día 8 de setiembre de 2012. DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 178-2012-EF DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2012-EF CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0233-2012IN/1501 del 22 de marzo de 2012, se designó a Carlos Vladimir Villaverde León, en el cargo público de confianza de gobernador en el ámbito Regional del Callao; Que, por razones de servicio se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del precitado gobernador; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior - el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Supremo N° 003-2009-IN. SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida partir de la fecha, la designación de Carlos Vladimir Villaverde León, en el cargo de gobernador en el ámbito Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 839550-2 840033-3 INTERIOR Dan por concluidas designaciones de gobernadores en los ámbitos Regionales de Huancavelica y del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0827-2012-IN/DGGI Lima, 11 de setiembre de 2012 VISTO, el informe N° 988-2012-IN-DGGI-DAP de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobre la conclusión de la designación en el cargo de gobernador en el ámbito Regional de Huancavelica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1095-2011IN/1501 del 11 de octubre de 2011, se designó a Gilio García Quispe, en el cargo público de confianza de gobernador en el ámbito Regional de Huancavelica; Que, por razones de servicio se ha visto por conveniente dar por concluida la designación del precitado gobernador; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29334 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior - el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Supremo N° 003-2009-IN. SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación de Gilio García Quispe, en el cargo de gobernador en el ámbito Regional de Huancavelica. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 839550-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen que la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión deberá evaluar si corresponde regularizar Programas de especialización y capacitación para el ejercicio de fedatario juramentado con especialización en informática RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0231-2012-JUS Lima, 10 de setiembre de 2012 Visto el Informe Nº 024-2012/JUS-DNAJ-DSJ de la Dirección de Sistematización Jurídica y Difusión; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-92-JUS se aprobó el “Reglamento del Decreto Legislativo Nº 681, sobre el uso de tecnologías de avanzada en materia de archivos de las empresas”, cuyo Artículo 6º establece que el Ministerio de Justicia (hoy Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) supervisa la realización de los cursos para otorgamiento del certificado de idoneidad técnica, así como los procesos de ratificación cada cinco años a partir de su otorgamiento, inscripción y acreditación mediante carné; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 169-2000JUS se aprobó el “Reglamento de supervisión de la capacitación para otorgamiento de certificado de idoneidad técnica de Fedatario Juramentado, su ratificación, así como para la acreditación de las Asociaciones de Fedatarios Juramentados”, cuyo Artículo 4º estipulaba que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (a través del ex Consejo de Supervisión de Fedatarios Juramentados con especialización en informática), estaba facultado para autorizar, suspender o prohibir la realización de los cursos para el otorgamiento de certificado de idoneidad técnica de fedatario juramentado con especialización en informática;