Autoridad - Fondo Indigena

Transcripción

Autoridad - Fondo Indigena
SISTEMA DE MONITOREO DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
Y LA PROMOCIÓN DEL BUEN VIVIR
DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
DEFINICIÓN DE ELEMENTOS DE LA MATRIZ DEL SISTEMA
Definición de los dominios
DOMINIO 3.2: Autoridad Indígena
Varios textos constitucionales reconocen y garantizan la existencia de la comunidad indígena (o
equivalente) como unidad básica de organización en el medio rural. Algunos dotan a esta
institución de personería y capacidad legal o les otorgan carácter de entidades de derecho público.
Desde el punto de vista indígena las consecuencias jurídicas y políticas de este reconocimiento (a
los pueblos, las comunidades y otras formas organizativas propias) son importantes con relación a
las posibilidades de participación en la vida pública, el ejercicio de autoridad y la adquisición y
defensa de derechos colectivos sobre recursos claves.
La cuestión del reconocimiento y respaldo de las autoridades propias, que hace parte de un régimen
de autonomía relativa (comarcas, territorios indígenas, regiones autónomas, organizaciones
territoriales, circunscripciones indígenas) son todavía excepcionales y es un asunto ue carga de
tensiones la relación con el estado. En muchos escenarios la exclusión de las formas indígenas de
organización social, las limitaciones en el acceso de sus autoridades propias a las instancias
regionales y nacionales de poder y la marginación de la ciudadanía, llevan al movimiento a
reivindicar autonomía, así como a auto excluirse de los sistemas formalmente democráticos
(partidos y sufragio), alejarse de las instancias corporativas de gestión (sindicatos, asociaciones
residenciales, vecinales) y substraerse de cualquier proceso de participación nacional, que se base
en la renuncia de sus identidades y formas de actuar colectivas.
La tendencia de las reformas en este tema es todavía incipiente, podría evolucionar hacia la
creación de un régimen administrativo (más que patrimonial) para asegurar este derecho, ya
consagrado en la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los pueblos indígenas.
VARIABLES DE DERECHO PARA ESTE DOMINIO:
15 RECONOCIMIENTO DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS
16 PROTECCIÓN DE LA ECONOMÍA TRADICIONAL
VARIABLES DE BUEN VIVIR PARA ESTE DOMINIO:
15 EXPERIENCIAS DE EJERCICIO DE AUTORIDAD Y REPRESENTACIÓN
16 EJERCICIO DE RECURSOS PÚBLICOS POR AUTORIDADES INDÍGENAS

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