Comisión Nacional Contra El Uso Ilícito de las Drogas

Transcripción

Comisión Nacional Contra El Uso Ilícito de las Drogas
LA COMISION NACIONAL CONTRA EL USO ILICITO DE LAS
DROGAS (CONACUID)
De conformidad con lo establecido en los artículos 91, 93, 101,
205 y 209 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias
Estupefacientes y Psicotrópicas; y , Providencia Administrativa
001-04 del 15 de junio de 2004, dictada por esta Comisión
Nacional;
Procede a dictar el presente instructivo para la implementación
del “Mecanismo de asistencia técnica, seguimiento y
evaluación”, dirigido a las empresas que se consideren bajo
los supuestos del artículo 101 de la Ley Orgánica Sobre
Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Primero: La Comisión Nacional Contra El Uso Ilícito de las Drogas –
CONACUID, atendiendo a una de sus atribuciones como ente rector en materia
de drogas, elaboró el siguiente instructivo, para la implementación de la
Providencia Administrativa sobre la creación del “Mecanismo de Asistencia
Técnica, Seguimiento y Evaluación”, dirigido a las Empresas que, de acuerdo al
Artículo 101, Parágrafo Único de la Ley Orgánica Sobre Sustancias
Estupefacientes y Psicotrópicas – LOSSEP, deben destinar el 1% de su
ganancia neta anual a programas de prevención integral social dirigido a sus
trabajadores. El presente instructivo persigue orientar a estas empresas en el
diseño, ejecución y evaluación de Programas de Prevención Integral del
alcohol, tabaco y otras drogas en el lugar del trabajo, donde se integren
coherentemente los intereses, necesidades y prioridades de los empleadores y
los trabajadores. Se pretende que las empresas generen, en consonancia con
los criterios de intervención adoptados por este Ente Rector, sus respectivas
políticas internas de prevención a las drogodependencias en el ámbito laboral.
Segundo: Pasos y Requerimientos.
1. A partir de la presente fecha, queda abierto hasta el 15 de diciembre de
2004, una primera fase de acompañamiento, no sancionatoria, para asistir
técnicamente a todas aquellas empresas privadas que ocupen doscientos
(200) trabajadores o más, las cuales por disposición expresa del artículo
101 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,
están en la obligación de destinar el uno por ciento (1%) de su ganancia
neta anual a programas de prevención integral social de tráfico y consumo
de drogas, para sus trabajadores.
1.1En esta fase de orientación, a la mayor brevedad posible, las empresas
deberán hacer del conocimiento de la Dirección de Prevención Integral de
esta Comisión Nacional, los datos de aquellas personas o representantes
que servirán de enlace institucional con este Ente Rector. Tales
representantes pueden provenir de las Gerencias de Recursos Humanos, u
organismos encargados del control de Legitimación de Capitales, Seguridad
y Salud, Adiestramiento, entre otros.
1.2Las empresas podrán manifestar su deseo de participar, a través de sus
funcionarios de enlaces, en grupos de trabajo para recibir orientación en
el Diseño de Programas Preventivos, partiendo de las siguientes
consideraciones básicas:
•
Los programas de prevención laboral deben contener
modalidades de prevención específica e inespecífica; entendiendo
por específica las que abordan directamente el tema de las
drogas y factores de riesgo asociados a la problemática; y por
inespecífica se entiende, el desarrollo de habilidades para la vida,
promoción de conductas saludables y fortalecimiento de valores y
actitudes ante el problema del tráfico y consumo de drogas.
•
Deben igualmente, fomentar la seguridad y la salud en la
empresa, a través de estrategias de formación, sensibilización e
información sobre la problemática del consumo de alcohol, tabaco
y otras drogas y desarrollo de habilidades para la vida para su
prevención.
•
En el diseño de la Política Preventiva, deben incorporarse todas
las Gerencias (Recursos Humanos, Legitimación de Capitales,
Seguridad y Salud, Adiestramiento, entre otras), que son
importantes para la toma de decisiones en las fases de
planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de la misma, y
de los programas preventivos integrales que en ella se enmarcan.
•
Los Programas de Prevención Laboral, deben contemplar un
componente de investigación, a fin evaluar y de conocer la
realidad del problema del consumo de alcohol, tabaco y otras
drogas, identificación de factores de riesgos y de protección que
se encuentran presentes en el ámbito laboral y su entorno, las
expectativas y necesidades.
•
Asimismo es necesario realizar una detección de necesidades y
prioridades de programas o iniciativas que se desarrollan en la
empresa, así como de recursos humanos y materiales disponibles
para iniciar este proceso.
2. Se abrirá una segunda fase, cuya duración estará enmarcada entre el 16
de diciembre del 2004 al 16 de febrero del 2005, en la cual los
Programas de Prevención Laboral, dirigidos a los trabajadores y sus
familiares, deberán ser presentados por los funcionarios de enlace de las
empresas –directamente- a la Dirección de Prevención Integral de la
CONACUID; Esto con la finalidad de que sean evaluados técnicamente y
posteriormente avalados y /o aprobados para ser
ejecutados en
cumplimiento de la Obligación legal contenida en el artículo 101 de la Ley
Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se debe
presentar el programa a la CONACUID con los siguientes recaudos:
- Solicitud de revisión y aprobación del programa dirigido a la
Presidenta de la CONACUID.
- Llenado del Formulario establecido por la CONACUID, para la
Presentación de Proyectos con sus respectivos anexos.
3 En esta fase, La CONACUID garantiza asistencia técnica tanto en el
diseño de proyectos como en el seguimiento de la ejecución y
evaluación de los mismos, a través de la Dirección de Prevención
Integral. En consecuencia, el funcionario de enlace de la empresa
gozará de la asistencia técnica necesaria, hasta que el programa
presentado alcance los requerimientos técnicos establecidos en el
formulario para contar con el aval del programa laboral.
4 La carta aval del proyecto no compromete a la CONACUID en la
búsqueda de financiamiento, sino que significa que el proyecto cumple
con todos los requerimientos técnicos y que su realización puede ser
imputable a los aportes establecidos en el artículo 101 de la LOSEP.
5. El aval técnico tiene una vigencia de un (1) año. Transcurrido el año, si
se requiere nuevamente la aplicación de los aportes derivados del
artículo 101 de la LOSEP, para la ejecución del proyecto o de una de
sus fases, éste debe ser presentado nuevamente a la CONACUID a fin
de su evaluación respectiva, acompañado de un informe donde señalen
los resultados obtenidos, las debilidades y fortalezas de su ejecución,
así como las razones por las cuales se deben continuar ejecutando o se
debe ampliar el proyecto, conjuntamente con la solicitud de aval y los
recaudos respectivos.
6. Finalizada la segunda fase de este Mecanismo de Asistencia Técnica,
Seguimiento y Evaluación, la Dirección de Prevención Integral
participará por escrito ante la Presidencia de esta Comisión Nacional,
los resultados obtenidos, y a partir de su evaluación y valoración, se
dictará la nueva estrategia para hacer efectivo el mandato del artículo
101 de la LOSEPP en cuanto a la implementación de programas de
prevención integral social de tráfico y consumo de drogas, para sus
trabajadores.
ANEXO:
CONSIDERACIONES TEÓRICO METODOLÓGICAS
Introducción:
En el marco del Plan Nacional Antidrogas 2002 – 2007, se establece
como estrategia, en la línea de acción de Prevención Laboral, el diseño y
desarrollo de programas, que contengan componentes de sensibilización,
formación, información, promoción e investigación, dirigidos a los trabajadores
y su entorno socio – familiar, evitando o disminuyendo así, el consumo o
tráfico de drogas y sus consecuencias en el medio laboral, a fin de contribuir
con el desarrollo humano y generar una cultura organizacional preventiva.
Dentro de estos lineamientos, se destaca, que para tener una empresa
sana y libre del consumo de alcohol, tabaco y otras drogas, es importante
trabajar en base a la construcción de una Política Preventiva clara y expresa,
donde se involucren todas las gerencias, a fin de reforzar las conductas
positivas que coadyuven a elevar la productividad y eficaz funcionamiento de
cada uno de los trabajadores, enmarcada dentro de los programas de
prevención laboral.
La implementación de Programas de Prevención Laboral en las
organizaciones contribuye a la consolidación y elevación de: la productividad y
eficacia en las empresas, la protección de la seguridad y salud de todos los
trabajadores, la prevención de accidentes asociados al consumo de alcohol,
tabaco y otras drogas, el Incremento del interés e iniciativa por parte de los
trabajadores en sus funciones laborales, la imagen pública de la empresa, el
compromiso de la empresa con su personal, la capacidad para el trabajo en
equipo, el reforzamiento de conductas positivas a través del fortalecimiento de
los factores de protección asociados al ámbito laboral y su entorno, entre otros.
Asimismo, la prevención laboral ahorra a las empresas los costos de
salarios e indemnización, costos de reclutamiento, selección y adiestramiento
de personal y costos de producción. En cuanto a los trabajadores y su relación
laboral, se puede mencionar que reduce algunos aspectos tales como:
ausentismo, accidentes asociados al consumo de alcohol, tabaco y otras
drogas, reposos, tiempo perdido, errores que pueden ser costosos a las
empresas y clientes insatisfechos.
La prevención integral desde sus ejes trasversales como son
promoción de valores, habilidades de vida y sociales, aunado al enfoque
responsabilidad social, se traduce en el compromiso de las empresas
contribuir al desarrollo económico y social sostenible, trabajando bajo
premisa del mejoramiento de la calidad de vida y la promoción de opciones
vida saludables en los trabajadores, familias y comunidad.
la
de
de
la
de
A continuación se presentan aspectos teóricos, técnicos y metodológicos
que se deben considerar para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación
de los Programas de Prevención Laboral:
PRIMERO: ASPECTOS TEORICOS
Prevención Integral: es el conjunto de acciones de carácter sistemático y
permanente, dirigidas a promover el desarrollo humano del individuo en
interacción con su entorno familiar, educativo, comunitario y laboral, a través de
la disminución de los factores de riesgo asociados al consumo de drogas y el
fortalecimiento de los factores de protección.
Prevención en el Ámbito Laboral: es un conjunto de acciones que conllevan a
un proceso continuo, permanente y dinámico enmarcado en un programa de
prevención integral dirigido a los trabajadores y su entorno familiar, que
exprese la política institucional preventiva y de seguridad empresarial
Programa de Prevención Laboral: Es el diseño y puesta en marcha de un
conjunto de acciones y estrategias coherentes entre sí, con la finalidad de
contribuir con el Desarrollo Humano del trabajador y sus familiares, evitando o
disminuyendo así el consumo o tráfico de drogas y sus consecuencias en el
medio laboral.
SEGUNDO: ASPECTOS TECNICOS
El desarrollo de las acciones y estrategias, deben estar enmarcadas en
el diseño, ejecución y evaluación de un proceso activo, dinámico y permanente
que intenten fomentar la formación de los individuos, propiciando toma de
decisiones acertadas que permitan enfrentar los riesgos asociados al consumo
de alcohol, tabaco y otras drogas en los ambientes laborales.
Ejecución de Programas Preventivos en el Ámbito Laboral:
•
Las acciones desarrolladas en el ámbito laboral deberán formar parte de un
programa integral, coherente, sistemático y de carácter permanente, dirigido
a los trabajadores de la empresa.
•
Las acciones y estrategias deben estar dirigidas a todos los niveles
jerárquicos (gerentes, personal administrativo, profesionales y obreros),
tomando en cuenta sus particularidades, necesidades y expectativas.
•
Se debe garantizar la atención integral del trabajador y sus familiares, a fin
de disminuir los riesgos en los diferentes espacios donde éste se
desenvuelve, pudiéndose extender la acción hacia su entorno social
inmediato. La acción debe tomar en cuenta todos los aspectos de la
problemática: de salud (médico asistencial), educativa (información,
capacitación, entre otras), de desarrollo social (sensibilización, movilización
y participación), de seguridad (control, vigilancia y protección), entre otros.
Seguimiento y Evaluación:
•
Se recomienda incorporar en un programa laboral, la formación del recurso
humano que supervisa, en lo concerniente a monitorear al personal que
trabaja en las diferentes dependencias de la Institución financiera, con el fin
de supervisar y detectar consumo de alcohol, tabaco y otras drogas.
•
Los programas deben incorporar mecanismos de seguimiento y evaluación,
que permitan medir el logro de los resultados previstos y/o incorporar los
cambios necesarios para su redefinición, para ello es importante cumplir
con las siguientes premisas:
Cumplir con objetivos previamente estipulados, que conlleven a
resultados medibles, realistas, realizables, motivantes y controlables.
Partir de una detección de necesidades reales y de factores de
riesgo y de protección.
Incorporar la evaluación desde el inicio de la formulación de los
objetivos: continua y permanente (de proceso), en base a resultados
y de impacto.
Utilizar metodologías cuantitativas y cualitativas, a fin de medir los
resultados estadísticos, la percepción y discurso de los beneficiarios
en relación a la ejecución del programa.
Se anexa: Formulario para la Presentación de Proyectos de Prevención Integral,
Tratamiento, Rehabilitación y Reincorporación Social del consumo de drogas.

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