OMIC Diciembrepopular! - Ayuntamiento de Casas Ibáñez

Transcripción

OMIC Diciembrepopular! - Ayuntamiento de Casas Ibáñez
Nº 56 - AÑO 15 - 1.º Trimestre 2011
Publicación de las OMICs de Villamalea, Alcalá del Júcar y Casas Ibáñez
Los Colegios se suman a las actividades para conmemorar el día del Consumidor
Talleres en la Ludoteca y Concurso de Dibujo en Alcalá del Júcar
GINCANA Y CERTAMEN DE DIBUJO EN EL C.E.I.P. “SAN AGUSTÍN” DE CASAS IBÁÑEZ
Talleres de reciclaje en el colegio de Villamalea
OMIC
Las OMICS celebran el Día Mundial de los Consumidores en los colegios
La OMIC de Alcalá del Júcar ha organizado varias
actividades en torno a la celebración del 15 de marzo,
día de los derechos de los consumidores.
El día 11 de marzo y en colaboración con la
Ludoteca municipal se llevaron a cabo dos talleres
de construcción de juguetes con material de desecho,
uno con los niños/as de 3 a 6 años y otro con los niños/
as de 7 a 9 años. Otro grupo de chicos/as entre 10 a
12 años participaron en un concurso llamado “¿quieres ser ecoconsumidor?” que tuvo gran aceptación y
que contribuyó a que los jóvenes se conciencien con
el cuidado del Medio Ambiente y el consumo desmesurado. Todos los talleres fueron organizados por
ambientaNet, una empresa de la comarca dedicada
a realizar actividades de formación.
También se ha realizado el tradicional concurso de
dibujo destinado a los niños/as del colegio de primaria. Se han presentado 26 trabajos y se han repartido 9
premios, 3 para cada uno de las categorías. Los niños
que han obtenido premio han sido:
De la primera categoría (1º y 2º curso de ESO):
Pilar Carrión Escrivá, Emmanuel Oprita y Patricia Santos
Jiménez.
De la segunda categoría (3º y 4º curso de ESO):
María Navalón González, Andrei Edu y Marta Soriano
Tolosa.
De la tercera categoría (5º y 6º curso de ESO):
Andrea Torres Escrivá, Damián Jiménez García y
Encarna Carrión Tornero.
AGENDA TELEFÓNICA
Emergencias....................................................... 112
Información JCCM............................................... 012
OMIC Villamalea ................................... 967483004
OMIC Casas Ibáñez ................................ 967460903
OMIC Alcalá del Júcar ............................ 967473001
Ayuntamiento Villamalea ...................... 967483001
Ayuntamiento Casas Ibáñez ................... 967460003
Ayuntamiento Alcalá del Júcar ............... 967473001
Oficina comarcal de Turismo
Alcalá del Júcar ..................................... 967473090
Centro de Salud Casas Ibáñez
(Cita previa) . ........................................ 967460752
Urgencias del Centro de Salud
Casas Ibáñez ......................................... 967460971
Centro de la Mujer............... 967462081/967467009
Centro de Salud Villamalea ................... 967483162
Centro de Salud Alcalá del Júcar ............ 967473012
Guardia Civil Casas Ibáñez ..................... 967460007
Guardia Civil Villamalea ........................ 967483002
Guardia Civil Alcalá del Júcar ................. 967473017
Urgencias Guardia Civil ...................................... 062
SEPEI (Bomberos) . ............................................. 085
Cruz Roja Casas Ibáñez .......................... 967461155
Cruz Roja Villamalea ............................. 967486041
Radio Manchuela................................... 967461111
Juzgado Instrucción y 1ª Instancia ........... 967460006
Sepecam .............................................. 967460793
Oficina Comarcal . ................................. 967460265
Centro Atención Seguridad Social............ 967462002
En Casas Ibáñez el día 11 de marzo se representaba
la Obra “Don Gato”, un montaje de Clipes Producciones
que gustó a los asistentes (unos 200 alumnos de 5 años
y 1º, 2º y 3º curso de primaria y a sus profesores), y no
sólo por el espectáculo vistoso de música y colorido, sino
también por lo acertado del texto y que se enlazaba
con el mundo propio del consumo: la necesidad de
vender y de comprar.
También este año se ha convocado el concurso de
dibujo que se dirige a alumn@s de primaria, y que se
centraba en poner el final a la una situación sufrida por
los famosos Pablo y María (protagonistas siempre de
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nuestras historias), en esta
ocasión a la pérdida de
su equipaje tras un viaje
en avión. En esta ocasión
más que concurso era un
certamen de dibujo, pues
la organización ha considerado que lo más importante es participar y aportar
nuevas y creativas ideas,
por lo tanto no hubo premios pero si un diploma
para tod@as por tener una
gran idea y un regalo por
su esfuerzo y participación.
Continuó la conmemoración del 15 de marzo con
una ginkana dirigida al 2º y
3º ciclo de primaria y que
tuvo lugar el viernes día 18
en el patio del colegio. El
juego trataba de ir adquiriendo puntos por acertar a
unas preguntas para poder
comprar en puestos de alimentación, telecomunicaciones y electrodomésticos. Siempre teniendo en cuenta la relación precio-calidad.
El juego gustó al alumnado y lo valoraron muy positivamente los docentes.
Con motivo del DIA DEL CONSUMIDOR, la OMIC de Villamalea junto con “Ambientanet educación ambiental” organizó un Taller de Reciclaje, para concienciar a
los mas jovenes, la importancia de reciclar.Se realizó
en el colegio Ildefonso Navarro donde tuvo el apoyo y
la participación de los profesores y alumnos de 3º y 4º
primaria,donde se les enseño a aprovechar materiales
cotidianos para realizar juegos divertidos.
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Se estudia una Ley de Servicios de atención al Cliente
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de
ley de Servicios de Atención al Cliente. Esta nueva norma
obliga a las empresas que prestan estos servicios a los consumidores a tener teléfonos de atención al cliente gratuitos, que
deben ser atendidos por personal adecuadamente formado
y cuyo funcionamiento deberá adaptarse al mismo horario
en el que prestan el servicio.
La nueva Ley impide, además, que el servicio de atención al cliente proporcione ingresos adicionales a la empresa
a costa del usuario o que éste sea utilizado para ofrecer otros
productos al cliente o cono canal de ventas adicional.
Además de obligar a las empresas a disponer de teléfo-
- El plazo máximo de tiempo para responder al consumidor es de un mes, según consta en el anteproyecto.
- El texto no recoge una indemnización para el consumidor si su reclamación no tiene respuesta.
- El anteproyecto limita demasiado a las empresas que se
verían afectadas por la ley.
FACUA considera que el Anteproyecto de Ley, sobre el
que el Consejo de Ministros ha aprobado un informe, es poco
ambicioso y se queda demasiado corto en los avances que
incorpora.
Además, señala que el plazo para contestar a las reclamaciones puede implicar en muchos casos un grave retroceso si es tan excesivo como el planteado en el borrador de
Anteproyecto que ha analizado la asociación, nada menos
que un mes.
Un mes para contestar una reclamación supondría seis
veces más de los cinco días hábiles establecidos en la normativa del sector eléctrico desde 2000 para contestar a las
reclamaciones formuladas por cualquier vía y el triple de los
diez días hábiles fijados en la legislación andaluza desde
1989 para responder a las hojas de reclamaciones.
En el comunicado de prensa lanzado por el Gobierno
tras el Consejo de Ministros, se ha indicado que se fijará un
plazo sin determinar cuál, por lo que FACUA espera que el
Gobierno esté estudiando una reducción considerable sobre
el previsto en el borrador.
Además, más allá del plazo establecido, FACUA critica
que el texto no plantee un derecho tan esencial para el consumidor como el de recibir una compensación económica si
no obtiene respuesta a su reclamación.
Se trata de una importante carencia histórica en la normativa de protección a los consumidores sólo resuelta hasta
la fecha en el sector eléctrico, donde las compañías deben
indemnizar con 30 euros si no contestan a las reclamaciones
en cinco días.
FACUA también plantea que una Ley de servicios de
atención al cliente debe regularlos en cualquier actividad
que afecte a los consumidores y usuarios, en lugar de limitarse, como hace el Anteproyecto, a las empresas que prestan
servicios económicos de interés general.
Así, la asociación demanda que se establezcan unas
obligaciones mínimas para todas las empresas prestadoras
de servicios o comercializadoras de bienes y que éstas se
amplíen en función de sectores de actividad y volúmenes de
negocio.
Uno de los grandes avances que se plantea en el
Anteproyecto de Ley es la obligación de atender a través de
un teléfono gratuito las quejas, reclamaciones y cualquier incidencia contractual. Según un estudio de FACUA, actualmente
sólo dos de cada diez empresas de servicios básicos cuentan
con un número sin coste para el usuario.
Pero FACUA advierte que los sectores en los que se pretenden imponer números gratuitos no debe limitarse a empresas prestadoras de servicios. Por tanto, demandará que se
incluyan también determinadas cadenas de establecimientos
comerciales.
Además, la asociación reclamará que las empresas que,
por su actividad o volumen de negocio no tengan la obligación de contar con teléfonos gratuitos, deban al menos
ofrecer y publicitar un número fijo con prefijo local. Y ello en
lugar de o a la vez que las líneas 902 y 901, que provocan
un incremento del gasto a los consumidores ya que las primeras son más caras y ambas están excluidas de las tarifas
planas de llamadas.
nos de atención al cliente gratuitos, la nueva norma exige a
las empresas a tener un sistema de gestión unitario o centralizado para garantizar la constancia de las quejas, reclamaciones e incidencias presentadas y se facilite el seguimiento de
su tramitación y el tiempo máximo de espera para el usuario
desde la recepción de la llamada en el servicio de atención
al cliente no podrá superar un minuto.
Se prevé la posibilidad de que las empresas en pérdidas
y las pymes no se vean afectadas por la norma, ya que se
considera que no son las principales generadoras de estas
reclamaciones. La nueva Ley afectará principalmente a los
servicios de telefonía, agua, gas, electricidad, transporte,
audiovisuales, servicios financieros y seguros.
De esta manera se pretende dar solución a la mayoría
de las quejas y reclamaciones que reciben las administraciones públicas por parte de los consumidores con respecto a
la deficiente atención al cliente de una buena parte de las
grandes empresas.
La sustitución de las unidades presenciales de atención al
cliente por servicios telefónicos, la externalización de estos servicios y, en muchos casos, su deslocalización han ido haciendo que éstos hayan perdido calidad y eficiencia perjudicando
notablemente al consumidor.
El Anteproyecto recoge los siguientes cambios:
- Los consumidores deben tener a su disposición un servicio
de atención gratuito y personalizado. - El tiempo máximo de espera en una llamada será de
un minuto desde que esta es recepcionada por el Servicio de
Atención al Cliente.
- Se establece un plazo máximo de tiempo para resolver
quejas, reclamaciones e incidencias contractuales.
Desde luego a simple vista el anteproyecto presenta
solución a los problemas mas habituales con los que se
encuentran los consumidores a la hora de comunicarse con
una empresa, pero este ha sido abiertamente criticado por
asociaciones de consumidores como FACUA.
Estas asociaciones señalan distintos fallos en el anteproyecto como:
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Sistemas de pago seguros: Perder el miedo a comprar online
Comprar en Internet con tarjeta de crédito es tan seguro como hacerlo en la calle
Uno de los principales lastres para el despegue del comercio electrónico es la falta de confianza del consumidor en
Internet como medio de compra y pago.
Nadie podría demostrar que es más inseguro comprar en
Internet que en cualquier otro sitio, ni que sea más fácil el robo
de datos en las transacciones electrónicas que en los pagos
con tarjeta en comercios o restaurantes, o al utilizar cajeros
automáticos. Pero la proliferación de noticias sobre hackers,
virus y fraude online ha contribuido a crear un clima muy poco
propicio para incentivar la compra online.
Pagar como siempre
El comercio electrónico presenta los mismos problemas que
otros sistemas de compra no presencial (como el teléfono o
la compra por catálogo), en los que las partes no contactan
físicamente. El comprador necesita tener garantías sobre la
calidad y características de los productos que adquiere, el vendedor garantía del pago y debe existir un nivel aceptable de
confidencialidad en la comunicación entre ambos.
El número de sistemas de pago varía de una tienda electrónica a otra. La forma más segura (que no la más cómoda) es
el contrareembolso, único medio de pago online que maneja
dinero efectivo. Así, el consumidor no tendrá que abonar nada
hasta que no tenga lo adquirido entre las manos. También se
puede emplear el cargo en cuenta, utilizado sobre todo en
suscripciones, aunque, el medio más utilizado con diferencia
para pagar online son las tarjetas de crédito o débito, empleadas en más del 80% de las transacciones online en España,
según la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
Seguridad en el pago con tarjetas
Al comprar en Internet con tarjeta de crédito, tanto la
validación como la realización efectiva del pago se realizan
mediante el mismo sistema que en un comercio convencional.
Una vez que el número de tarjeta llega al vendedor, éste lo
envía fuera de Internet de la misma forma que al pagar en
cualquier tienda ‘física’. Por tanto, el punto crítico se produce
al remitir el número de tarjeta a través de una red pública y
potencialmente insegura como es Internet.
Para garantizar la confidencialidad en la transferencia de
datos en Internet se utiliza un protocolo de seguridad, SSL
(Secure Sockets Layer), que aceptan la inmensa mayoría de
navegadores. Este sistema asegura la identidad del vendedor,
garantiza la integridad del mensaje y codifica los datos con un
cifrado de hasta 128 bits (harían falta miles de años del ordenador más potente del mundo para decodificar el mensaje),
lo que garantiza que si alguien intercepta la comunicación no
podrá interpretarla.
Pero esto no resuelve todos los problemas, pues cualquier
persona con acceso a una tarjeta ajena puede pagar en
Internet con ella (esto es, en Internet no hay forma de que nos
soliciten el DNI como en una tienda “normal”). Para acabar
con estas limitaciones se han diseñado nuevos estándares de
seguridad que además certifican la autenticidad
del usuario de la tarjeta. Los bancos ya están
empezando a implementar el Comercio Electrónico
Seguro, que añade un elemento más de seguridad
mediante una clave asociada a la tarjeta que sólo
conoce su propietario. Así, tras teclear el número
de tarjeta al comprar online, el comercio solicitará
al cliente su código personal que lo identifica como
legítimo usuario de la tarjeta.
Sólo para la Red
Existen varios sistemas de pago ‘puramente
online’ que han sido relegados a la marginalidad
o la desaparición debido al uso masivo de las tarjetas de crédito. Pero el verdadero caballo de batalla se encuentra en los
pequeños pagos (micropagos), donde las comisiones hacen
que no compense usar tarjetas. Los sistemas para micropagos consisten en la compra por anticipado de dinero o en la
liquidación periódica de una cuenta y son muy necesarios en
el medio virtual, donde cada vez hay más productos digitales
(informes, periódicos en PDF, música, vídeos, etc.) con precios
pequeños.
A pesar de la existencia de numerosos sistemas de micropagos, el más conocido es PayPal, que cuenta con más de
100 millones de usuarios. En España, Morso ha lanzado una
tarjeta prepago para Internet que se compra en kioscos o
estancos y permite hacer pequeños pagos de forma anónima.
Pagar con el teléfono
La fuerte implantación de los teléfonos móviles en España
les han abierto las puertas para convertirse en medio de pago.
Aunque su uso todavía no está muy extendido, los bancos y
operadores telefónicos llevan varios años apostando por el
pago mediante el móvil, que tras varias iniciativas dispersas se
ha consolidado en un par de plataformas: Movipay y Paybox.
En ambos, el usuario valida la operación a través de un mensaje corto (SMS) desde su móvil, que ha sido asociado previamente a una tarjeta de crédito.
Comprobar la seguridad del navegador
https://secure.comodo.net/example.html
Existen páginas, como ésta, donde se comprueba si el
navegador acepta una conexión segura y cómo avisa de que
entra en una página cifrada e informa sobre los certificados de
seguridad asociados a ésta.
Micropagos
www.bitpass.com
Cómics, animaciones, música, juegos, software... se pueden adquirir online gracias a este sistema de micropagos.
Comparar antes de comprar
www.kelkoo.com
Miles de tiendas online en las que comparar los precios de
millones de productos antes de decidirse a comprar.
Para perder un poco del miedo a comprar por Internet,
basta un poco de información y tomar algunas precauciones:
Navegador seguro. Para comprobar que al enviar información por Internet se utiliza una comunicación segura hay
que mirar si el ‘http://’ del cajetín superior donde se escribe la
dirección se transforma en ‘https://’, o si en la parte de abajo
a la derecha de los navegadores más comunes aparece un
candado cerrado.
Comprobar la política de privacidad. No se debe ofrecer
ninguna información personal sin saber quién la recopila, por
qué lo hace y cómo la utilizará. En cualquier caso, sólo dar el
número de tarjeta de crédito cuando sea estrictamente necesario y en sitios de confianza, que cuenten con un sistema de
comunicación seguros.
Verificar las condiciones de las devoluciones y
los gastos de envío asociados a las compras.
Llevar la cuenta de
las transacciones online,
vigilar en el email posibles mensajes del vendedor y revisar los extractos
bancarios de las tarjetas
de crédito.
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Garantía de los bienes de consumo
un mes el consumidor no está satisfecho con el producto,
sin la necesidad de alegar una causa concreta, o aquella
según la cual el consumidor puede cambiar el producto
comprado en un plazo de diez días a cambio de un vale
canjeable por otro producto del mismo precio, etc... es
decir, cualquier modalidad de garantía que no venga
justificada por una falta de conformidad del producto (es
decir, que no tenga su origen en un producto defectuoso
o no conforme) siendo lo más habitual que la garantía
comercial amplíe el plazo de garantía por encima de los
dos años.
A pesar de su carácter voluntario, si el vendedor ofrece
una garantía comercial en su publicidad, está obligado
a cumplir los compromisos asumidos y también a dejar
constancia por escrito de la misma (normalmente en el
reverso del ticket de compra o en un cartel a la entrada
del establecimiento), señalando de forma necesaria los
siguientes datos:
• El bien o servicio sobre el que recae la garantía
• El nombre o dirección del garante (normalmente el
vendedor o el productor)
• Que la garantía no afecta a los derechos reconocidos
por la garantía legal,
en caso de falta de conformidad
• Los derechos, adicionales a los legales, que se
conceden en virtud de dicha garantía comercial
• El plazo de su duración y su alcance territorial
• Las vías de reclamación de que dispone el consumidor
El plazo para reclamar al vendedor o al fabricante el cumplimiento de lo dispuesto en la garantía
comercial es de seis meses desde la finalización del
plazo de dicha garantía.
En este caso, al igual que en el caso de la garantía legal, el consumidor ha de conservar el ticket
o justificante de compra y/o el documento que le
hayan entregado donde consten los datos de la
garantía.
Responsabilidad del vendedor y del productor
El RDL 1/2007 recoge la obligación del vendedor de
entregar al consumidor productos que sean conformes
con el contrato, estableciendo así la responsabilidad del
vendedor de cualquier falta de conformidad que exista
en el producto en el momento en que se lo entrega al
consumidor.
La norma también contempla la responsabilidad del
productor (fabricante) al señalar que, cuando al consumidor le resulte imposible (ej. porque el vendedor hubiere
desaparecido o cerrado su negocio) o le suponga una
carga excesiva (ej. cuando el consumidor haya comprado el producto en una localidad lejana a su domicilio)
reclamar al vendedor por un producto defectuoso o no
conforme, podrá reclamar directamente al productor para
que le repare o sustituya el producto.
La carga de la prueba
A diferencia de lo que ocurre con la garantía legal por
la que se presume que si, durante los primeros seis meses
desde la entrega del producto, aparece algún defecto o
falta de conformidad éstos ya existían cuando se entregó
y es el vendedor quien tiene la carga de la prueba, es
La garantía legal es el plazo que la ley otorga a la
garantía que tiene, en general, cualquier producto y es
de 2 años, a contar desde el momento en que éste se le
entrega al consumidor. Por lo tanto, si se compra un producto (ej. una lavadora) y tardan 3 semanas en servirla,
el plazo de garantía empezará a contar desde el día en
que se efectúe la entrega y no desde el día en que se
adquirió en el establecimiento.
Si durante el plazo de 2 años el producto presenta
algún defecto o no es conforme con el contrato, el consumidor podrá solicitar al vendedor la reparación del
producto o su sustitución, salvo que una de las dos opciones resulte imposible o desproporcionada. La normativa
no señala expresamente quién debe decidir si la opción
elegida es imposible o desproporcionada, por lo que en
cada caso concreto se determinará la solución más ajustada según unos parámetros que la propia norma ofrece.
Tanto la reparación como la sustitución serán gratuitas
para el consumidor.
Dicha gratuidad comprenderá, en especial, los gastos
de envío, los costes de la mano de obra y de los materiales.
Ambas (reparación o sustitución) deberán llevarse
a cabo en un plazo razonable, teniendo en cuenta la
naturaleza del producto y la finalidad que tuviera para el
consumidor. Por ejemplo, si el producto defectuoso es un
electrodoméstico de uso diario (ej. un frigorífico) el plazo
razonable será inferior que si se trata de un producto de
uso esporádico.
En el caso de bienes de segunda mano el vendedor y
el consumidor pueden pactar un plazo menor que, según
la normativa, no podrá ser inferior a un año.
Un período importante a tener en cuenta dentro
del plazo legal de garantía es el comprendido entre la
fecha de entrega del producto y los seis meses siguientes.
Durante ese período, existe una presunción a favor del
consumidor que implica que si aparece algún defecto o
falta de conformidad en el producto, ya sea éste nuevo
o de segunda mano, el defecto ya existía cuando se le
entregó al consumidor y es el vendedor quien debe probar que no era así.
La garantía comercial es la que ofrece voluntariamente
el vendedor o el fabricante. Los derechos en ella contenidos son adicionales a los legales y pueden consistir, por
ejemplo, en la devolución del dinero si en un plazo de
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1.º TRIMESTRE - 2011
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Esta reducción del plazo de garantía se da también en
relación con productos reparados; y así, otros vendedores
señalan que, una vez reparado el producto, la cobertura
del mismo dura hasta que finalice el plazo de 2 años de
garantía (sin tener en cuenta que el bien reparado tiene,
como mínimo, 6 meses de garantía, independientemente de que ese plazo se alargue más de los 2 años desde
que el consumidor lo adquirió) o bien señalan que tiene
un plazo de garantía inferior a los seis meses (ej. un mes).
Se tratan, todas ellas, de reducciones ilícitas de los
derechos del consumidor que no vienen amparadas por
la normativa y son denunciables por parte del consumidor.
c) Imposición de la reparación sobre la sustitución del
producto defectuoso
En más de una ocasión el consumidor se pregunta si el
vendedor puede estar ilimitadamente reparando el producto comprado en su establecimiento. Como ya hemos
visto en esta guía, en principio el consumidor puede elegir
entre la reparación y la sustitución del producto pero, en la
práctica, muchos vendedores imponen la reparación del
producto en lugar de sustituirlo por considerar la sustitución
“imposible o desproporcionada”, que son las razones que
la ley contempla para limitar la facultad de elección del
consumidor.
Si exige su sustitución y el vendedor se negara a ello, es
aconsejable en ese momento dejar constancia por escrito
de dicha negativa a través, por ejemplo, de las Hojas de
Reclamaciones que el establecimiento tiene la obligación
de tener a su disposición.
d) Devolución del producto en el embalaje original
Como ya hemos comentado en esta guía, dentro del
período legal de garantía el consumidor tiene derecho
a elegir entre la reparación o la sustitución del producto
defectuoso, salvo que una de estas opciones resulte imposible o desproporcionada, circunstancias ambas referidas
al producto en sí mismo y no a su embalaje.
Así pues, en principio la sustitución del bien, cuando
proceda conforme a lo previsto en la normativa, no
puede condicionarse a que el consumidor haya conservado el embalaje original del producto, con independencia
de que se señale en el ticket de compra o esto se publicite
en el establecimiento ya que, como se ha dicho, impone
una obligación al consumidor no prevista en la normativa
y se tendrá por no puesta.
Ahora bien, en atención a la garantía comercial que
el vendedor o fabricante puedan ofrecer voluntariamente, éstos pueden establecer, como requisito para admitir
la devolución o sustitución del producto no defectuoso,
que se conserve su embalaje original. Dicha condición es
válida siempre y cuando se publicite claramente y sin que
implique, en ningún caso, una limitación de los derechos
legales del consumidor.
A modo ejemplificativo, podrían ser consideradas abusivas estas cláusulas:
• La fijación de una serie de incumplimientos determinados para poder reclamar.
• La fijación de un plazo distinto y, por lo general,
inferior al que establece la ley, para poder comunicar al
vendedor la falta de conformidad.
• La fijación de condiciones que no dispone la ley,
como por ejemplo, entregar el embalaje original o la
garantía sellada, cuando el producto es defectuoso.
decir, es él el que debe probar que ello no es así, en el
caso de la garantía comercial esta presunción se extiende
durante todo el período de la misma.
Plazos importantes: plazo para comunicar al vendedor
que el producto es defectuoso o no conforme y plazo para
emprender la acción legal
Por un lado, el consumidor debe comunicar al vendedor el defecto o la falta de conformidad que presente el
producto que ha adquirido, en un plazo no superior a 2
meses desde que observó dicho defecto. De no hacerlo
así, el consumidor no pierde su derecho a la reparación,
sustitución, rebaja del precio o devolución del dinero, pero
es responsable de los daños o perjuicios que, efectivamente, se pudieran causar al vendedor por el retraso en
dicha comunicación.
Por ello, es aconsejable que dicha comunicación en
plazo se realice por escrito, utilizando un medio fehaciente (burofax, telegrama u Hoja de Reclamaciones oficial),
y también para que no transcurra el plazo de garantía, ya
que hasta que le entreguen al consumidor el bien reparado o se lo sustituyan por otro, se produce el suspenso del
plazo de garantía.
Por otro lado, la acción para reclamar y ejercer los
derechos que el consumidor tiene reconocidos en el RDL
1/2007 cuando adquiere un producto defectuoso o no
conforme es de tres años, período que comenzará a
contar desde la fecha de entrega del primer producto, es
decir, del originariamente adquirido. Ello no implica que
se produzca una ampliación del plazo general de garantía de dos años, sino que se podrá reclamar durante tres
años pero sólo por los defectos o las faltas de conformidad
aparecidas durante los dos primeros años.
Prácticas empresariales no conformes con el RDL 1/2007
a) Vale sustitutivo
En ocasiones, cuando el vendedor ofrece al consumidor directamente la posibilidad de resolver el contrato,
devolviendo el producto comprado, el vendedor le entrega, en lugar del precio abonado, un vale sustitutivo al
que le suele asignar un período corto de caducidad (por
ejemplo, un mes).
Para saber si esta práctica es conforme o no con la
normativa, la cuestión principal es saber si el producto
que el consumidor desea devolver, dentro del período de
garantía, es defectuoso o no conforme:
A. En caso afirmativo, el consumidor puede exigir al
vendedor que le devuelva el importe que abonó, pues
no está obligado a aceptar un vale sustitutivo.
B. En caso negativo, el vendedor podrá establecer, y
así deberá expresamente publicitarlo en el establecimiento o en el ticket de compra, que admitirá una devolución
del producto pero no devolverá su importe y, en su lugar,
ofrecerá un vale sustitutivo por su valor.
b) Reducción de los plazos de garantía
Otra práctica que se observa en el mercado, especialmente de productos informáticos o electrónicos, es la
reducción del plazo legal de garantía de 2 años, tanto en
algunas prácticas comerciales como, incluso, en sus condiciones contractuales.
Y así, algunos vendedores señalan que el plazo legal
de garantía es sólo de 1 año para un producto nuevo o
bien excluyen determinadas piezas del régimen legal de
garantías (ej. las baterías de los ordenadores).
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Propiedades de las verduras de hoja verde
Las verduras de hoja verde, por su aporte en hierro, magnesio y vitamina K, son recomendables
para casos de anemia, contracturas y para cuidar la salud ósea
En ensalada, como plato principal, combinadas con arroz,
pasta o legumbres, de guarnición, en tortilla, salteadas, en
‘tempura’ como aperitivo, mezcladas con el guiso de carne o
de pescado... Cualquier idea es buena si se consigue comer
cada día algo de verdura. Eso sí, no todas las propuestas
sirven para todos los días: no es lo mismo comerla cruda,
cocida ‘al dente’ o al vapor que frita, rebozada o mezclada
con salsas grasas. Las verduras son un tesoro gastronómico
muy saludable. Representan un conglomerado de nutrientes: fibra dietética, vitaminas (ácido fólico, provitamina A,
vitamina E), minerales y oligoelementos (potasio,
magnesio, hierro, calcio...) y aportan una gran
variedad de sustancias bioactivas, entre ellas los
antioxidantes. La Organización Mundial de la Salud
(OMS) da cuenta de que el bajo consumo de frutas
y hortalizas tiene una relación directa con más de
2,7 millones de muertes al año en todo el mundo,
entre ellas el 30% son cardiopatías isquémicas, el
20% corresponden a cánceres gastrointestinales
y el 10% a enfermedades cerebrovasculares. Todas ellas
cifras alarmantes si se tiene en cuenta que la ingesta diaria
de este grupo de alimentos reduciría de forma considerable
la incidencia de estas patologías. Además, algunas verduras
destacan incluso, sobre otras por su particular contenido en
determinados nutrientes y sustancias bioactivas, por lo que su
ingesta es más recomendable durante determinadas situaciones. Las hay más idóneas en caso de padecer anemia o
dolencias musculares; especialmente indicadas para mantener la salud de los ojos e incluso, para la mineralización de
los huesos.
Para conseguir estos efectos saludables, la recomendación de consumo es de unos 600 gramos diarios de frutas
y hortalizas (5 raciones al día de frutas y verduras). Comer
cada día la cantidad recomendada sigue siendo la asignatura pendiente para gran parte de la población. ‘Algo verde’
tanto en la comida como en la cena; al menos una pequeña
ensalada y algo de verdura como plato principal, guarnición
o ingrediente de otra receta, es la aportación ideal de estos
alimentos para un consumo habitual.
Anemia. De todas las hortalizas, las que más hierro tienen
son las verduras, distinguidas del resto por el color verde de
sus hojas. Es el caso de acelgas, espinacas, brócoli o romanesco (una variedad de coliflor), judías verdes, guisantes frescos
y berros. No obstante, la cantidad de hierro que contienen,
alrededor de 2 mg/100g, es pequeña en comparación con
otros vegetales como las legumbres (triplican el contenido
en hierro) y los frutos secos (lo duplican). El valor añadido de
incluir estas verduras en caso de anemia es que también destacan por su contenido en vitamina C, nutriente que aumenta
la absorción y favorece el aprovechamiento del hierro.Una
ración (un plato) de cualquiera de las verduras señaladas,
crudas, salteadas o cocidas ‘al dente’ -para minimizar la
pérdida de vitamina C por efecto del cocinado- cubre los
requerimientos diarios de vitamina C, 60 miligramos diarios
para una persona adulta sana.
Contracturas musculares. Las más indicadas en estos casos
son las verduras y hortalizas más ricas en magnesio. Este
mineral forma parte de la clorofila, pigmento que da color
verde a las hojas y tallos de los vegetales. El magnesio desempeña una función primordial en la relajación muscular,
en el buen funcionamiento del músculo cardiaco (corazón)
y forma parte de la matriz ósea de los huesos. Su deficiencia
puede originar excitación nerviosa y muscular que originan
calambres, temblores, mialgias o dolor muscular intenso,
síntomas que degeneran en tensión muscular y cansancio
continuo. El magnesio abunda en acelgas (81 mg/100 g) y
espinacas (58 mg/100 g) y su contenido es moderado en los
guisantes frescos (34 mg/100 g), el brécol, las judías verdes
y las alcachofas (25 mg/100 g). Los frutos secos superan con
creces el contenido en magnesio de las verduras (250-350
mg/100 g), si bien su ración de consumo recomendada (25
gramos) hace que el aporte sea parejo al de
la ración de verduras (un plato de 200-300
gramos). Con las legumbres, que contienen
entre 120 y 180 mg/100 g de magnesio,
sucede algo similar (la ración de consumo es
80-100 gramos por persona). Por ello, incluir
estas verduras en el menú contribuye a alcanzar sin dificultad las ingestas recomendadas
para este mineral, que se sitúan en 300 mg/
día para las mujeres y 350 mg/día para los hombres.
Salud ósea y coagulación sanguínea. Las verduras de hoja
destacan sobre el resto por su contenido en filoquinona o
vitamina K1, el compuesto químico que sintetizan las plantas
y la fuente dietética principal de vitamina K. De todas ellas,
destacan la col o repollo, espinacas, lechugas, acelga, brócoli
y coles de Bruselas. Esta vitamina participa de manera directa
en la síntesis de compuestos que regulan la coagulación de la
sangre, los llamados factores de coagulación. Su ingesta evita
pérdidas de sangre al frenar las hemorragias. No obstante,
comer estas verduras en exceso puede interferir con medicamentos recetados para regular la coagulación sanguínea
como el acenocumarol (también conocido como Sintrom).
En algunos individuos, la respuesta del organismo al fármaco
anticoagulante varía según la concentración plasmática de
vitamina K1. Esto puede suceder si la persona afectada come
habitualmente verdura en una de las comidas. En estos casos,
el médico es quien debe aconsejar moderar su consumo.
Pero las funciones de la vitamina K van más allá de la coagulación sanguínea. Interviene también en la salud de los
huesos, ya que la osteocalcina, una proteína específica de la
matriz ósea, requiere de vitamina K para su maduración. La
osteocalcina participa de modo directo en la mineralización
de los huesos ya que es necesaria para unir de forma efectiva
el calcio con la matriz ósea. La cantidad diaria recomendada
de vitamina K (90 microgramos para mujeres adultas y 120
para los hombres) se cubre por medio del consumo de alimentos ricos en ella, como las verduras de hoja.
Salud ocular. Las verduras de hoja verde oscuro son la
fuente dietética más común de luteína y zeaxantina, dos
tipos de carotenoides antioxidantes. Se encuentra en espinacas, acelgas, lechugas, brócoli, berros, achicoria y los brotes más verdes del apio. Hay un gran número de ensayos
clínicos y estudios epidemiológicos que apoyan la idea de
que ambos compuestos desempeñan funciones vitales en
sendos tejidos oculares al proteger la mácula o parte central
de la retina y el cristalino de la acción oxidante de la luz
ultravioleta. Por ello, se les asocia un papel potencial en la
prevención y el tratamiento de enfermedades oculares como
la degeneración macular relacionada con la edad, cataratas
y retinitis pigmentosa.
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1.º TRIMESTRE - 2011
OMIC
Que no te digan, que no te cuenten
los secretos de la publicidad de los productos milagros
Lucir una piel tersa y suave, tener
un cabello sedoso, brillante y abundante, ser joven o estar delgada son algunas de las
características que tanto la publicidad como la moda
asocian a la belleza y sin las cuales no es posible tener
éxito o aceptación social.
Unido a lo anterior, el creciente interés por la salud y
el bienestar lleva a los consumidores y, especialmente, a
las consumidoras a buscar en el mercado productos que
le ayuden a mejorar su salud y su apariencia física. Pero,
¿qué puede hacer el o la consumidora ante las constantes “promesas” de belleza, bienestar y salud o frente a la
presión del marketing?
Reconocer algunas de las características de la publicidad y los mensajes de estos productos es primordial
para que el/la consumidora pueda elegir disponiendo
de información:
Publirreportajes
La publicidad de estos productos utiliza un formato
tipo reportaje o noticia científica, confundiendo al receptor acerca de lo que lee dado que no sabe a ciencia
cierta si se trata de un anuncio o de un reportaje.
Testimonios
Generalmente, se aportan testimonios de personas o
famosos que han utilizado el producto refiriendo resultados extraordinarios en poco tiempo. También es frecuente que aporten el testimonio de supuestos médicos para
reforzar la idea de su efectividad.
Grandes soluciones en poco tiempo y sin esfuerzo
Un elemento importante de este tipo de productos
son los resultados conseguidos en poco tiempo, generalmente un par de semanas o un mes, sin tener que
cambiar nuestros hábitos de vida. Por ello, ante este tipo
de aseveraciones se debe sospechar de su eficacia.
Imágenes de antes y después
y el “después” es prácticamente imposible dada la calidad de la imagen, sin contar las avanzadas técnicas de
posibles retoques fotográficos.
Naturales y sin efectos secundarios
Muchos de estos productos hacen referencia a que se
trata de un producto “cien por cien natural” y que por ello
no tienen efectos secundarios. Aunque sean productos
naturales, no es garantía de ausencia de efectos secundarios. Es importante conocer los ingredientes, sobre todo
aquellas personas que sufren intolerancias o alergias
alimentarias.
Identificación del domicilio social
En algunos productos (generalmente los que utilizan publicidad en revistas
o prensa gratuita), no se hace referencia al domicilio social de la empresa
que distribuye o fabrica el producto.
Facilitan únicamente un apartado de
correos o un número de teléfono.
Por todo ello…
RECUERDA
El cuidado de la salud es también una responsabilidad individual. Seguir una dieta variada y equilibrada,
así como aumentar nuestra actividad física, son la clave
para gozar de buena salud a largo plazo.
INFÓRMATE
La información es un derecho básico de los consumidores y es esencial para hacer una elección adecuada de cualquier bien o servicio.
ACTÚA
Ten una actitud crítica ante la publicidad, recuerda
que su principal objetivo es persuadir nuestra decisión
de compra a través del uso de palabras e imágenes
que resuelven o satisfacen una necesidad concreta.
RECHAZA
No compres productos que no cumplan con las exigencias de veracidad, claridad e información sobre su
contenido, composición, naturaleza o efectos.
DENUNCIA
Interésate por denunciar la publicidad de productos
que, sin ser medicamentos, se anuncian o presentan
como útiles para el diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades.
Es frecuente la utilización de imágenes tipo “antes”
y “después” para demostrar los resultados que pueden
obtenerse. Sin embargo, la comparación entre el “antes”
Ante una posible huelga del personal de AENA
Ante una eventual huelga del personal de (AENA) convocada para la próxima Semana Santa la Asociación General de
Consumidores, ASGECO Confederación, recomendamos a los viajeros llegar al aeropuerto con el tiempo necesario para embarcar, teniendo en cuenta el tiempo de facturación, los trámites policiales/aduaneros y demás controles de seguridad, de forma muy
especial durante la Semana Santa y en vuelos que tengan un destino extracomunitario, ya que durante esas fechas se pueden
producir colapsos.
Igualmente, recordamos a los viajeros que no olviden tener siempre a mano toda la documentación necesaria: DNI/pasaporte, billetes, reservas hoteleras y demás documentación relativa al viaje en cuestión, además de los números de atención al
cliente de las aerolíneas, agencias de viaje y/u hoteles donde se haya contratado el viaje.
ASGECO Confederación recuerda que ante eventuales retrasos o cancelaciones que se pudiesen producir por la huelga los
usuarios pueden reclamar por los cauces habituales según la incidencia.
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OMIC
Lo que nos dicen los pictogramas
Todos los productos que nos rodean contienen en sus etiquetas información sobre
sus características esenciales. Esta información debe ser cierta, veraz y suficiente
como para ser entendida por el consumidor.
Algunos productos como los electrodomésticos, los
productos de limpieza del hogar, el calzado, los juguetes,
los videojuegos o los cosméticos, contienen pictogramas
que nos informan, de manera complementaria, sobre
aspectos relacionados con la seguridad del producto, nos
previenen sobre ciertos peligros para nuestra salud o nos
advierten sobre si son o no idóneos para ser utilizados por
menores de edad.
Algunas etiquetas incorporan pictogramas que aconsejan sobre el modo de empleo del producto en condiciones de seguridad o cómo mantenerlo en buen estado. En otras ocasiones informan sobre los materiales utilizados, el grado de respeto que el producto tiene con el
medio ambiente o de sus posibilidades de ser reciclado.
Un pictograma es una composición gráfica que contiene símbolos o figuras y que transmite una información
específica. De hecho los pictogramas pueden ser más
eficaces para llamar la atención del consumidor que las
instrucciones escritas y transmitir la información independientemente del idioma que hable el consumidor. Sin
embargo, éste no siempre es capaz de interpretar la
información que transmite un pictograma, o bien confunde lo que realmente quiere advertir.
Un consumidor bien informado en materia de seguridad de los productos, modificará su comportamiento,
extremará sus precauciones y, en consecuencia, contribuirá a disminuir el número de accidentes que, en su
mayoría, se producen en el ámbito doméstico.
PICTOGRAMAS EN SUSTANCIAS PELIGROSAS
Los pictogramas de peligro se definen como una
composición gráfica que contiene un símbolo más otros
elementos gráficos como un contorno, un motivo o un
color de fondo, y que sirven para transmitir información
específica acerca del peligro en cuestión sobre el que
advierten.
La utilización de estos pictogramas dependerá de los
peligros (físicos, para la salud o para el medio ambiente) que puedan provocar las sustancias químicas que
contiene cada producto. Son especialmente importantes
porque nos advierten de los peligros de intoxicación,
explosión, toxicidad u otros riesgos. La inhalación de
estas sustancias, aunque sea en pequeñas cantidades,
puede causar problemas de salud, fundamentalmente
sobre los sistemas respiratorio, nervioso, inmunitario y
digestivo, ya que muchas sustancias no son eliminadas
por el cuerpo y se van acumulando en el organismo,
pudiendo llegar a producir graves enfermedades.
Normalmente, los pictogramas de peligro físico, de
peligro para la salud y de peligro para el medio ambiente, los podemos encontrar en muchos de los productos
de limpieza, especialmente en aquellos que son más
agresivos contra la suciedad, en aerosoles, disolventes,
pinturas, etc…
Pictogramas actuales
El anterior cuadro muestra, según la nueva normativa comunitaria, los cambios que se van a producir en las
composiciones gráficas de los pictogramas de peligro físico, para la salud y para el medio ambiente que incluirán
los productos. Entretanto, y hasta el momento en el que
estén finalmente incorporados los nuevos pictogramas
de peligro, podemos encontrar en el mercado productos
con los pictogramas actuales y nuevos.
Pictogramas nuevos
Producto Tóxico
La calavera y las tibias cruzadas indican
que el producto puede producir efectos adversos para la salud, incluso en pequeñas dosis.
Puede provocar náuseas, vómitos, dolores de cabeza,
pérdidas de conocimiento e incluso la muerte.
La inhalación y la ingestión o absorción cutánea en
pequeñas cantidades, pueden provocar daños para la
salud de magnitud considerable, eventualmente con
consecuencias mortales.
Peligro para la salud
Los productos que contengan este pictograma pueden ser:
- Productos cancerígenos, es decir, que pueden provocar cáncer.
- Productos mutágenos, que pueden modificar el ADN
de las células y pueden provocar daños a la persona
expuesta o a su descendencia.
- Productos tóxicos para la reproducción, que pueden
producir efectos nefastos en las funciones sexuales, perjudicar la fertilidad, provocar la muerte del feto o producir
malformaciones.
- Productos que pueden modificar el funcionamiento de
ciertos órganos, cómo el hígado, el sistema nervioso, etc.
- Productos que pueden entrañar graves efectos sobre
los pulmones.
- Productos que pueden provocar alergias respiratorias.
Signo de Exclamación
El producto que lo contenga puede producir
efectos adversos en dosis altas. También puede
producir irritación en ojos, garganta, nariz y
piel. Provoca alergias cutáneas, somnolencia y vértigo.
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OMIC
Corrosivo
La corrosión indica que el producto puede causar
daños irreversibles a la piel u ojos encaso de contacto
o proyección, o que el producto químico es corrosivo y
puede atacar o destruir metales.
Inflamable
La llama indica que el producto puede inflamarse
al contacto con una fuente de ignición (llama, chispa,
electricidad estática, etc...), y que puede inflamarse por
efecto de calor o fricción; al contacto con el aire o agua;
o si se liberan gases inflamables.
Comburente
La llama sobre un círculo indica que el producto
puede provocar o agravar un incendio o una explosión
en presencia de productos combustibles, que son aquellos que favorecen la acción de arder o quemar.
Explosivo
La bomba explotando indica que el producto puede explotar al contacto con una
llama, chispa, electricidad estática, bajo efecto
del calor, choques, fricción, etc…
Bombona de gas
Los productos con este pictograma, la
bombona de gas, son gases a presión en un
recipiente. Algunos pueden explotar con el
calor. Se trata de gases comprimidos, licuados
o disueltos. Los licuados refrigerados pueden producir
quemaduras o heridas relacionadas con el frío, son las
llamadas quemaduras o heridas criogénicas.
Peligroso para el medio ambiente
El producto que lo contenga puede ser peligroso para
el medio ambiente. También puede provocar efectos
nefastos para los organismos del medio acuático (peces,
crustáceos, algas, otras plantas acuáticas, etc.)
Debido a su riesgo potencial, no debe ser liberado en
las cañerías, en el suelo o directamente en la naturaleza.
En el caso de ser liberado en el medio acuático
y no acuático puede producir un daño al ecosistema
por cambio del equilibro natural, inmediatamente o
con posterioridad. Ciertas sustancias o sus productos de
transformación pueden alterar simultáneamente diversos
compartimentos.
No deben dejarse nunca al alcance de los niños.
Pictogramas en cosméticos
Los productos cosméticos, una vez abiertos, se oxidan
al contacto con el aire o pueden sufrir contaminación
microbiológica, por lo que hay que tener en cuenta el
plazo recomendado de utilización desde su apertura.
Con ello evitaremos que se estropeen, que dejen de ser
efectivos o incluso que puedan suponer un riesgo para la
salud, ya que algunos de los ingredientes que contienen
pueden producir alergias.
La mayoría de los cosméticos no presentan ningún
riesgo importante. Sin embargo, con algunos deben
mantenerse ciertas precauciones para evitar riesgos como
las quemaduras (ej. un spray debe mantenerse alejado
de fuentes de calor y fuego, porque puede inflamarse),
la intoxicación (ej. la inhalación de polvos cosméticos
pueden provocar daños pulmonares) o la infección.
Remisión a leer las instrucciones de uso
Este pictograma indica que deberá buscarse información adicional sobre el producto en otro lugar del envase o en el interior a
través de un folleto, tarjeta o etiqueta.
Duración del producto desde su apertura
Este pictograma indica el plazo mínimo
de uso sin riesgo desde la apertura del
producto. Muestra un recipiente con la tapa
abierta y en su interior el número de meses
y/o años (ej. “12 meses” o “24 meses”)
durante el cual, una vez abierto el envase,
el usuario puede hacer uso del producto sin
riesgo.
Este pictograma no es obligatorio en
productos con fecha de caducidad inferior a 30 meses,
en aquellos donde no hay apertura física del envase (ej.
spray), en productos de un solo uso (ej. monodosis) o
en los que no existe riesgo de deterioro o disminución
de eficacia que pueda causar daños a la salud del consumidor.
Fallos en las portabilidades provocan que
muchos usuarios no puedan recibir
llamadas de determinadas compañías
FACUA advierte que cuando un consumidor realiza una portabilidad, sólo puede saber si se ha efectuado correctamente
comprobando si los clientes del resto de operadoras pueden
contactar con él.
Al realizarse una portabilidad, los datos del teléfono son
modificados en un nodo central que las compañías de fijo y
móvil tienen que revisar para enrutar correctamente las llamadas
identificando que el número pertenece a un nuevo operador.
Si una compañía no actualiza la información, cuando sus
clientes intenten comunicarse con ese teléfono oirán una locución indicando que el número no existe.
Buena parte de los afectados desconoce durante meses que
está sufriendo este problema, ya que para reparar en él, algún
cliente de la compañía que no ha actualizado sus datos tiene
que contarle que se está produciendo.
Para colmo, cuando se producen reclamaciones por esta
causa, es frecuente que los servicios de atención al cliente de
determinadas operadoras no sean capaces de entender el
origen del problema e incluso en ocasiones hagan creer a los
afectados que está causado por fallos puntuales de cobertura.
Además, también se están produciendo conflictos entre las
propias operadoras, de manera que cuando la receptora de
un cliente plantea una reclamación a una compañía que no ha
actualizado sus datos, ésta en ciertos casos no actúa de forma
rápida y eficaz, alargando la situación.
Pide medidas a la Setsi y la CMT
FACUA ha denunciado ante la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones (Setsi) y la Comisión del Mercado de las
Telecomunicaciones (CMT) que se están produciendo estas anomalías, ante las que es necesario poner en marcha mecanismos
de control y sanción, además de establecer un marco de indemnizaciones para los afectados.
FACUA también ha pedido a la CMT y la Setsi un cambio normativo para que las portabilidades tengan que completarse en
dos días hábiles desde la petición del usuario, de manera que
la compañía que pierde el cliente tenga 24 horas para cederlo
y la que lo recibe el mismo plazo para completar el proceso.
Así, por cada día que tras este plazo sin que la portabilidad
se complete o ésta tenga errores como los denunciados por
FACUA, los consumidores tendrían que recibir una compensación.
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OMIC
C a l i d a d
e n C LA V E V E R DE
PICTOGRAMAS SOBRE MEDIO AMBIENTE Y ECOLÓGICOS
Los pictogramas sobre medio ambiente nos pueden
servir de ayuda a la hora de adquirir productos respetuosos con la naturaleza, ya que nos indican si un producto es
tóxico para el medio ambiente, si es reciclable o si ha sido
reciclado. Además, ofrecen información sobre el material de
fabricación del producto o envase (ej. PET), o el lugar donde
han de ser depositados para su desecho.
Las etiquetas ecológicas identifican y certifican, de manera oficial, que los productos son respetuosos con el medio
ambiente y garantizan una verificación oficial de la calidad
medioambiental de un determinado producto. También
muestran que el producto o su reciclado producen un menor
impacto en el medio ambiente debido al cumplimiento de
una serie de criterios ecológicos definidos previamente por el
análisis de su ciclo de vida.
El Punto Verde
Este símbolo, que se encuentra en los envases
de multitud de productos de consumo doméstico
como envases de plástico, metálicos, de cartón y
papel o de vidrio, garantiza que la empresa, cuyo
envase lo incluye, cumple con las obligaciones de
recuperar los residuos de envases del producto que pone en
el mercado, y ha pagado un canon para que, una vez depositados en el contenedor correspondiente, sean recogidos y
reciclados en su totalidad.
Para cumplir estas responsabilidades, las empresas se
acogen al Sistema Integrado de Gestión de Residuos de
Envases (SIG), gestionado por Ecoembes, de acuerdo con las
obligaciones legales de envases y residuos de envases.
El Punto Verde no significa que el producto o su envase
sean menos perjudiciales para el medio ambiente que otros
que no lo lleven incorporado. Tampoco significa que el envase sea ecológico.
Anillo o circulo de Möbius
Cuando el anillo aparece sin más, significa que
el producto o envase está hecho con materiales
que pueden ser reciclables.
Si el anillo va dentro de un círculo significa que parte de
los materiales del producto o envase han sido reciclados, por
tanto, el envase es reciclado y reciclable o biodegradable.
En su interior se puede especificar el porcentaje de producto reciclado que lleva (%). Su utilización no está avalada
por un sistema oficial de identificación pero ayuda a la sensibilización ambiental.
Etiqueta ecológica de la Unión Europea
Esta etiqueta informa de que el producto o servicio
tiene un impacto medioambiental reducido durante todo su
ciclo de vida, desde la extracción de materias
primas en la fase de reproducción hasta la producción, distribución y eliminación, y además,
proporciona información exacta, no engañosa
y con base científica sobre su impacto medioambiental.
Su concesión, en base al cumplimiento de
altos estándares ambientales, tiene por objeto la promoción de productos que pueden reducir efectos
ambientales adversos a través de su ciclo de vida, desde
la fabricación hasta el desecho, en comparación con otros
productos de la misma categoría existentes en el mercado.
La etiqueta ecológica de la UE cubre una amplia gama
de productos y servicios. Entre los grupos de productos se
incluyen los de limpieza, electrodomésticos, productos de
papel, textiles y productos para el hogar y jardín, lubricantes
y servicios tales como alojamiento turístico. En los productos
de limpieza y detergentes, la eco-etiqueta implica menos
riesgos para la salud (irritación de la piel y de los ojos,
inhalación de sustancias tóxicas…) que otros productos de la
misma categoría. En los electrodomésticos supone que éstos
son más silenciosos en comparación con otros equipos, consumen menos energía, utilizan el agua con mayor eficacia
y su fabricante garantiza un periodo de funcionamiento más
prolongado.
EDITA:
COLABORA:
AYUNTAMIENTO DE
CASAS IBÁÑEZ
O.M.I.C.
Plaza de la Constitución, 8
Tel. 967 46 09 03
Fax 967 46 70 33
AYUNTAMIENTO DE
ALCALÁ DEL JÚCAR
O.M.I.C.
Calle Pósito, 1
Tel. 967 47 30 01
Fax 967 47 32 06
AYUNTAMIENTO DE
VILLAMALEA
O.M.I.C.
Plaza Iglesia, 5
Tel. y Fax 967 48 30 04
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