consejo de coordinación local

Transcripción

consejo de coordinación local
Píldora
Educativa
Consejo de Coordinacion Local
1. ¿Qué es el Consejo de Coordinación Local (CCL)?
El CCL es un órgano de coordinación y consulta municipal para los planes de desarrollo concertado y los Presupuestos
Participativos. También promueve la formación de Fondos de Estímulo a la inversión privada para el desarrollo sostenible. Los CCL se constituyen en todas las provincias y distritos del país, según la Ley N° 27972, Nueva Ley Orgánica de
Municipalidades.
2. ¿Quiénes conforman el CCL?
A nivel provincial
A nivel distrital
- Alcalde
- Regidores
- Alcaldes distritales
- Representantes de la sociedad civil
- Alcalde
- Regidores
- Representantes de centros poblados
- Representantes de la sociedad civil
Los integrantes son elegidos a través de un proceso regulado por una ordenanza aprobada por la municipalidad, la cual
busca lograr la mayor y más amplia participación de la sociedad civil, tanto a nivel distrital como provincial. De acuerdo
a Ley, los representantes de la soiedad civil ejercen sus cargos en el CCL durante dos años. El número de representantes
de la sociedad civil es equivalente al 40% del total de autoridades ediles que lo integran.
3. ¿Cuáles son las funciones del CCL?
A nivel provincial
A nivel distrital
1. Coordinar el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado 1. Coordinar el Plan de Desarrollo Municipal
y el Presupuesto Participativo provincial, que integran los niveles
Distrital Concertado y el Presupuesto
distritales de su jurisdicción y las iniciativas que se presenten al
Participativo distrital.
Gobierno Regional en estas materias.
2.
Proponer las prioridades en las inversiones de infraestructura 2. Proponer la elaboración de proyectos de
de envergadura regional.
inversión y de servicios públicos locales.
y de servicios públicos locales.
3. Proponer convenios de cooperación distrital
para la prestación de servicios públicos.
4. Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la 4. Promover la formación de Fondos de Inversión
inversión privada para el desarrollo económico local sostenible.
com o estímulo a la inversión privada para el
desarrollo económico local sostenible.
5. Otras que le encargue o solicite el Consejo Municipal Provincial.
5. Otras que le encargue o solicite el Consejo
Municipal Distrital.
4. ¿Cuándo se reúnen los integrantes del CCL?
Las reuniones ordinarias se realizan dos veces al año y de forma extraordinaria cuando lo convoca el alcalde. Los
integrantes del CCL pueden establecer en su reglamento de funcionamiento una mayor frecuencia de reuniones.
5. ¿Cómo organiza la acreditación de organizaciones de la sociedad civil?
Deben ser Personas Jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro, inscritas en los registros Públicos y con un mínimo
de tres años de funcionamiento. Los mecanismos de acreditación deben ser lo suficientemente flexibles que aseguren la
participación ciudadana respondiendo al espíritu de la Ley.
Fuentes
http://www.congreso.gob.pe/historico/cip/temas/descentralizacion/pdf/04B01.pdf
Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Como ciudadanos tenemos el derecho de acceder a la información y a participar
en la toma de decisiones de nuestros municipios

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