Memoria (57 kbytes) - Agricultura y Ganadería

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Memoria (57 kbytes) - Agricultura y Ganadería
Junta de
Castilla y León
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y
DIVERSIFICACIÓN RURAL
BASES DEFINITIVAS DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA
DE LA ZONA DE RABANERA DEL PINAR (BURGOS)
ÍNDICE
MEMORIA
1.- Antecedentes.
2.- Descripción de la zona.
3.- Delimitación del perímetro a concentrar.
4.- Datos de la zona.
5.- Documentos de las Bases Definitivas.
6.- Comunicaciones.
7.- Investigación de cargas.
8.- Conclusión.
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CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y
DIVERSIFICACIÓN RURAL
BASES DEFINITIVAS DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE
LA ZONA DE RABANERA DEL PINAR (BURGOS)
MEMORIA
1.- ANTECEDENTES
La Concentración Parcelaria de la zona de Rabanera del Pinar (Burgos) fue
declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Acuerdo de 13 de julio de 2.006 y
publicado en el B.O.C.Y.L nº 139 de 19 de julio de 2.006.
El mencionado Acuerdo dispone:
El perímetro de la zona a concentrar coincide con el del Término Municipal de
Rabanera del Pinar, siendo sus límites los siguientes:
- Norte: Términos Municipales de Cabezón de la Sierra, Moncalvillo y Palacios de la
Sierra.
- Sur: Términos Municipales de Hontoria del Pinar (en su anejo Navas del Pinar) y
de Espejón (provincia de Soria).
- Este: Término Municipal de Hontoria del Pinar (en su anejo Navas del Pinar y
Aldea del Pinar).
- Oeste: Término Municipal de La Gallega.
Dicho perímetro quedará, en definitiva, modificado por las aportaciones de
tierras que, en su caso, pueda realizar la Comunidad Autónoma y con las inclusiones,
rectificaciones o exclusiones que se acuerden, al amparo de lo establecido en la ley
14/1.990, de 28 de noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León.
Se redactará con carácter previo para su aplicación en la zona, el correspondiente
Proyecto de Restauración del Medio Natural, que será informado preceptivamente por la
Consejeria de Medio Ambiente.
Se faculta a la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y
León para dictar las disposiciones complementarias que requiera la ejecución de lo
dispuesto en el presente Acuerdo.
Las Bases Provisionales fueron aprobadas el 13 de Mayo de 2.008 y durante el
periodo de encuesta (Junio de 2.008) se recogieron las alegaciones presentadas por los
interesados, que posteriormente han sido estudiadas hasta encontrar la correspondiente
solución y realizar las oportunas modificaciones.
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2.- DESCRIPCIÓN DE LA ZONA
La zona a concentrar se corresponde con el Término Municipal de Rabanera del
Pinar, población de la provincia de Burgos emplazado en el Sudeste, en la zona
pinariega de La Sierra de la Demanda.
Dista 76 km. de Burgos y Soria.
Los datos básicos del municipio y de la zona a concentrar resultan ser los
siguientes:
Población: 142 habitantes.
Altitud: 1.081 metros.
Superficie total: Las superficies correspondientes a los distintos aprovechamientos del
total del término municipal son los siguientes:
APROVECHAMIENTO
Barbecho y otras tierras no
ocupadas
Prados y pastizales
Monte maderable
Monte abierto
Monte leñoso
Erial a pastos
Superficie improductiva
Total
TÉRMINO MUNICIPAL
SUPERFICIE
%
1
804
1.470
110
479
391
67
3.322 Ha.
0,03
24,20
44,25
3,31
14,42
11,77
2,02
100%
Padrón municipal de 2004. Dato del Instituto de Relaciones Agrarias del MAPA, año 2003 y de Solicitudes PAC2003
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Red de carreteras: Por el Término Municipal de Rabanera del Pinar discurren 2
carreteras: la carretera Nacional N-234 en una longitud de 2,4 Km. y la carretera
provincial BU-V-8224 (une la N-234 con Rabanera del Pinar) en una longitud de 3
Km.
Red de ferrocarril: El término municipal es atravesado de Norte a Sur por la línea de
ferrocarril Santander-Mediterráneo. El recorrido es de 7,2 Km. aproximadamente
estando en desuso desde 1985.
Red hidrológica: Todo el término que compone la zona de estudio, se encuentra
surcado por diversos ríos, arroyos y barrancos, pertenecientes a la cuenca del Duero.
Destacan principalmente el Río Lobos y el Río Laisa. El primero discurre de Oeste a
Este por el Sur del Término Municipal de Rabanera del Pinar, ocupando una longitud de
1.750 m. Procedente del Término de La Gallega, pasa a tierras sorianas donde conforma
un profundo cañón calizo, formado por una antigua e intensa erosión del río de 25 Km.
de longitud. Este espacio se constituyó como el Parque Natural del Cañón del Río
Lobos en el año 1985.
Por otro lado, el Río Laisa discurre de Norte a Sur, dividiendo el municipio de
Rabanera del Pinar en dos mitades junto con la línea del ferrocarril. A ambos márgenes
de este, se asientan numerosos huertos familiares aprovechando la riqueza de las tierras
por las que discurre a su paso por el casco urbano.
El terreno se caracteriza por la abundancia de aguas en pequeños arroyos,
manantiales y fuentes, destacando cuatro vertientes: al norte El Arroyo de la Vega, que
recogiendo aguas de los arroyos Vallelao, Valdirvierzo y Horcajo, las conduce por
Cabezón al Arlanza. Al sur vierten las aguas del Arroyo o Zanja de los Arrenes, en el
que confluyen las aguas de los Arroyos Praolateña y de La Tejera y Piscinas, que a su
vez confluyen en la vertiente sudoeste en el Río Lobos. Afluente del Río Lobos, es
también el Arroyo de Camporredondo y San Andrés. Finalmente, la vertiente
procedente del este del Pinar, recoge las aguas mediante el arroyo Cueva de Lobos y
Fuentecillas, que vierten en La Abeceda de la Aldea.
Datos agrícolas básicos: El uso agrícola de la zona se basa fundamentalmente en
pastizales con aprovechamiento ganadero de los mismos. Por otro lado, existen unos
huertos familiares a ambos márgenes del Río Laisa, incluidos dentro de las normas
subsidiarias del municipio, como suelo rústico de entorno urbano.
El número de ganaderos a título principal residentes en el municipio es de 3.
El censo de maquinaria en uso existente en el municipio consta de:
-Tractores: 25
-Arados: 5
-Gradas: 1
-Motores de riego: 10
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-Cisternas de purín: 1
-Motosierras: 60
-Segadoras de forraje: 5
-Empacadoras: 1
-Remolques: 25
-Carros para coche: 3
Datos del Instituto de Relaciones Agrarias del MAPA, año 2003 y de Solicitudes PAC-2003. Datos de las Solicitudes
de Indemnización Compensatoria (Año 2003). Datos obtenidos del Ayuntamiento de Rabanera del Pinar, así como de
estudios hechos en la zona.
Bienes de Dominio Público:
-Vías Pecuarias: Existe proyecto de clasificación de Vías Pecuarias realizado por el
Servicio de Vías Pecuarias en el año 1963.
Con fecha abril de 1969 se redacta el Proyecto de modificación de la
clasificación de las vías pecuarias de Rabanera del Pinar, afectando al trazado de “La
Cañada Real de Merinas o Valdecaseras”.
El Término Municipal de Rabanera del Pinar esta surcado por tres Vías
Pecuarias cuyo trazado final es el siguiente.
1) Cañada Real de Merinas o Valdecaseras que procedente del Término de La
Gallega, penetra en el de Rabanera del Pinar por el paraje llamado “El Cerro”, tomando
como eje de su recorrido la línea divisoria de ambos términos, para salir en su trazado
al Término de Moncalvillo, por el paraje denominado “Cabecita de siete hermanos”,
donde se haya el mojón divisorio de Cabezón, Moncalvillo y Rabanera del Pinar. Su
longitud asciende a 6.000 m y su anchura a 75,22 m.
2) Colada de la Villa de San Andrés. presenta dirección nordeste a sudoeste con una
longitud de 3.000 m. y una anchura variable de 8 a 20 m. Sale de Rabanera del Pinar
con la actual carretera de acceso a la villa, antiguo camino con el cual coincide la
colada.
3) Colada del Camino Soriano. presenta una dirección de este a oeste, con una
longitud de 3.500 m. Proviene del término de Hontoria del Pinar en su anejo de Aldea
del Pinar, por el MUP: nº 254, denominado “Las Cuadrillas”, en el paraje “La Calera”.
- Montes de U.P.: dentro del Término Municipal de Rabanera del Pinar existen dos
Montes de Utilidad Pública identificados con los números 254 y 254-A ó 615, ocupando
una superficie de 1.399,44 has. y 415,55 has. respectivamente.
Climatología:
Las características climáticas de Rabanera del Pinar vienen marcadas
principalmente por la altitud, su cercanía a la Sierra de la Demanda y a la topografía de
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la zona. Pertenece al denominado clima Mediterráneo templado fresco o frío, siendo los
valores medios de las variables climáticas los siguientes:
Temperatura media anual……………………………...……. 7 a 11º C
Temperatura media del mes más frío……………………….. -1 a 3º C
Temperatura media del mes más cálido…………………….. 15 a 20º C
Duración media del periodo de heladas…………………….. 8 a 12 meses
Precipitación media anual………………………………….. 600 a 1100 mm.
3.- DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO A CONCENTRAR
El perímetro de la zona a concentrar (establecido en el Acuerdo de 13 de julio de
2.006) coincide con el del Término Municipal de Rabanera del Pinar.
Sin embargo, su configuración inicial se ha modificado debido a las inclusiones
reflejadas en el Anejo Nº 3 y las exclusiones del Anejo Nº 4.
4.- DATOS DE LA ZONA
La superficie de la zona ha quedado reflejada en 23 polígonos representados a
escala 1:2.000.
De la documentación que acompaña a la Memoria se ha extraído el siguiente
resumen de estas Bases:
-Superficie afectada por el Acuerdo de Concentración
-Superficie excluida
-Superficie a concentrar
3.172-79-26 has.
2.341-70-92 has.
831-08-34 has.
Tomando como referencia la superficie a concentrar, tenemos los siguientes datos:
-Nº de propietarios
-Nº de parcelas
-Nº medio de parcelas por propietario
-Superficie media por parcela (áreas)
284
7.411
25,53
10-77
Existe un Boletín Individual de la Propiedad (T-40) de Desconocidos con el Nº
400, el cual tiene asignadas 119 parcelas con una superficie de 8-81-45 has.
5.- DOCUMENTOS DE LAS BASES DEFINITIVAS
Los Boletines Individuales de la Propiedad (T-40), los 24 planos, de los cuales
23 son a escala 1:2.000 (Planos nº 1 al 23) y uno a escala 1:8.000 (Plano nº 0), la
relación de parcelas según clases y superficies, así como las alegaciones presentadas en
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la encuesta de Bases Provisionales y la presente Memoria y Anejos constituyen los
documentos de las Bases Definitivas.
Los documentos incluidos en la Memoria son:
5.1.- Documentos incluidos en los Anejos de la Memoria:
1. Relación de propietarios.
2. Aviso de investigación de la propiedad.
3. Propuesta de exclusión de parcelas.
4. Propuesta de inclusión de parcelas de la periferia.
5. Relación de titulares de gravámenes y otras situaciones jurídicas que
implican posesión.
6. Relación de gravámenes y otras situaciones jurídicas que no implican
posesión.
7. Relación de parcelas tipo que han servido de base para la clasificación.
8. Clasificación de tierras y coeficientes de compensación.
9. Informes a las alegaciones.
9.1.- Relación de alegaciones presentadas
9.2.- Informes de alegaciones por propietario
9.3.- Alegaciones referentes a la propiedad.
9.4.- Alegaciones referentes a las inclusiones y exclusiones.
9.5.- Alegaciones referentes a la superficie y la clasificación.
10. Aviso de encuesta de Bases Provisionales diligenciado.
11. Copia del acta de la Comisión Local proponiendo la aprobación de las Bases
Definitivas.
12. Boletín Individual de la Propiedad del Propietario de Desconocidos.
13. Soporte Informático.
5.2.- Documentos no incluidos en los Anejos de la Memoria
1.- Relación de parcelas según clases y superficies (Tomo II).
2.- Boletines Individuales de la Propiedad (Tomos III, IV y V).
3.- Planos parcelarios (23) a escala 1:2.000 y Plano nº 0 a escala 1:8.000 (Tomos
VI y VII)
4.- Alegaciones presentadas en la encuesta de Bases Provisionales (Tomo VIII).
6.- COMUNICACIONES
En los plazos legales prescritos en el artículo 34 de la Ley 14/1990 de 28 de
Noviembre se han oficiado las comunicaciones pertinentes.
7.- INVESTIGACIÓN DE CARGAS
Las cargas resultantes de la investigación de la propiedad se relacionan en los
Anejos Nº 5 y Nº 6.
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8.- CONCLUSIÓN
Se establecen con carácter definitivo las Bases de Concentración Parcelaria de la
Zona de Rabanera del Pinar (Burgos) que, una vez aprobadas por la Dirección General
de Infraestructuras y Diversificación Rural, previa propuesta de la Comisión Local, se
proceda a efectuar su publicación a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley
14/1990 de 28 de Noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León.
Burgos, Febrero de 2.009
LA TÉCNICA JURÍDICA,
Fdo.: Beatriz Abril Rosselló
EL JEFE DE LA
SECCIÓN TÉCNICA Nº 2,
Fdo.: Juan José Busto Pozo
Vº Bº
EL JEFE DE ÁREA DE
ESTRUCTURAS AGRARIAS,
Fdo.: Juan Carlos Oñate González
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