Bases y tipos de cotización 2016

Transcripción

Bases y tipos de cotización 2016
Bases y tipos de cotización para los trabajadores 2016
1. Régimen general de la Seguridad Social
Bases de cotización mínimas y máximas
Grupo
cotización
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
Bases
mínimas /
Euros/mes
1.067,40
885,30
770,10
Bases
máximas /
Euros/mes
3.642
764,40
Euros/día
Euros/día
25,48
121,40
Bases de cotización para contratos de trabajo a tiempo parcial
Grupo
cotización
1
2
3
4 a 11
Base mínima
hora
6,43
5,33
4,64
4,60
Bases de cotización de los artistas
Retribuciones íntegras
€/día
Hasta 413,00 €
Entre 413,01 y 742,00 €
Entre 742,01 € y 1.240,00 €
Mayor de 1.240,00 €
242,00
306,00
364,00
485,00
La base máxima de cotización por contingencias comunes para todas las categorías profesionales será de 3.642
€/mensuales.
Bases de cotización de los profesionales taurinos
Grupo
cotización
1
2
3
7
€/día
1.124,00
1.035,00
777,00
464,00
La base máxima de cotización por contingencias comunes para todas las categorías profesionales será de
3642,00€/mensuales.
Tipos de cotización (%)
Contingencias
Empresa
Trabajadores
Total
Contingencias comunes
23,60
4,70
28,30
Horas extraordinarias fuerza mayor
12,00
2,00
14,00
Resto horas extraordinarias
23,60
4,70
28,30
AT y EP: s/Tarifa primas disp. Adic. 4ª Ley 42/2006, s/redacc. disp. final 8ª
Ley 48/2015 de PGE 2016
Desempleo
(*)
Tipo general
Contrato duración determinada
Tiempo completo
Contrato duración determinada
Tiempo parcial
FOGASA
Formación profesional
5,50
1,55
7,05
6,70
1,60
8,30
6,70
1,60
8,30
0,20
-
0,20
0,60
0,10
0,70
(*) Contratación indefinida, incluidos contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, así como contratos
formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos cualquiera que sea la
modalidad, realzados con trabajadores con discapacidad reconocida no < al 33%.
En contratos temporales de duración efectiva inferior a 7 días, salvo de interinidad y de sistema especial trabajadores
por cuenta ajena agrario: incremento del 36% de la cuota empresarial por contingencias comunes.
Tipo de contingencias comunes (IT) 1,50% (1,25% empresa y 0,25% trabajador), para trabajadores con 65 años de
edad y 36 o más años de cotización efectiva y trabajadores de 65 años y 4 meses de edad con 35 años y 6 meses o
más de cotización efectiva.
Contratos de formación
Contingencia
Empresario
Trabajador
Total
Contingencias comunes
30,98
6,18
37,16 (*)
AT y EP
4,26
-
4,26 (**)
Desempleo
42,04
11,84
53.89
FOGASA
2,35
-
2,35
Formación profesional
1,14
0,15
1,29
* Se aplicará también a becarios e investigadores, incluidos en RD 63/2006, de 27 de enero, y a personas que
participen en programas de formación, RD 1493/2011, de 24 de octubre.
** 2,36 € (IT) y 1,86 (IMS).
Salario mínimo e IPREM
Importes
Diario
Mensual
Anual
SMI*
21,84
655,20
9.172,80
IPREM**
17,75
532,51
6.390,13
*Salario mínimo interprofesional
**Indicador público de rentas de efectos múltiples
2. Sistema especial trabajadores por cuenta ajena agrarios
A partir del 01/01/16 las bases mensuales aplicables se determinarán conforme a lo establecido en el art.
147 LGSS con aplicación de las siguientes bases máxima y mínima:
Contingencias comunes
Grupo
cotización
Modalidad Bases
mensuales *
Bases mín.
€/mes
1.067,40
855,30
770,10
764,40
1
2
3
4 al 11
Mod. Bases diarias
jornadas reales
Bases máx.
€/mes
3.642,00
Bases mín.
€/día
46,41
38,49
33,48
33,23
Bases máx.
€/día
158,35
Tipo %
Emp. Trabj. Total **
Reducciones
aportación empresarial
por CC
Reducción
Tipo
efectivo
23,60 4,70 28,30
8,10
15,50
17,75 4,70 22,45
6,83
10,92 (1) (2)
(*) Obligatorio para trabajadores con contrato indefinido (opcional fijo discontinuo)
(1) Para bases de cotización = ó < 986,70 €/mes ó 42,90 €/jornada
(2) Para bases > 986,70 €/mes ó 42,90 €/jornada, hasta 3.642,00 €/mes ó 158,35 €/jornada, aplicación porcentaje
fórmula art. 13.4b)2ª de la Orden de cotización 2016.
No es de aplicación en el SEA
1. El incremento de la cuota empresarial CC (36%) en los contratos trabajo temporales de duración efectiva inferior a 7
días
2. La cotización adicional por horas extraordinarias
Situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural,
maternidad y paternidad
Contrato indefinido
Normas régimen general
Grupo
Tipo % CC
cotización
1
15,50
2 al 11
2,75
Contrato temporal y fijos discontinuos
Se aplican normas del régimen general en días contratados sin prestar sus
servicios.
En los días sin previsión de prestación de servicio, deberán ingresar la
cotización de los periodos de inactividad, salvo en la percepción de subsidios
por maternidad y paternidad
Tipos de cotización / Otros conceptos
Desempleo
Empresario
Trabajador
Total
Fijos
5,50
1,55
7,05
Eventuales
6,70
1,60
8,30
C, d, d ó discapac. > 33%
5,50
1,55
7,05
Desempleo
Empresario
Trabajador
Total
FOGASA
0,10
Formación profesional
0,15
0,10
0,03
0,18
Periodos de inactividad
. La cotización tendrá carácter mensual y correrá a cargo exclusivo del trabajador.
. La base mensual de cotización será de 764,40 € y el tipo a aplicar el 11,50%
. Se considerará inactividad cuando el número de jornadas reales sea inferior al 76,67% de los días naturales de
inclusión en el SEA.
3. Sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios
Base mínima €/mes
893,10
Base máxima €/mes
1.071,60
18,75% (bases entre 893,10 € y 1.071,60 €)
26,50 % (sobre exceso base 1.071,60 €)
3,30%
2,80% (con cese actividad)
Tarifa primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, en redacción
disp. final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016
Tipo CC (sin IT)
Tipo IT CC (opcional)
Tipo AT y EP
Tipo IMS (no cobertura total
AT y EP)
1%
Cese de actividad
2,20%
Cotización adicional
Riesgo durante embarazo y
lactancia natural
0,10% (no AT y EP)
4. Sistema especial para empleados de hogar
Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre
Tramo
Retribución mensual €/mes
Base de cotización €/mes
1
2
3
4
5
6
7
8
Hasta 174,64
Desde 174,65 hasta 272,80
Desde 272,81 hasta 371,10
Desde 371,11 hasta 469,30
Desde 469,31 hasta 567,50
Desde 567,51 hasta 665,00
Desde 665,01 hasta 764,40
Desde 764,41
149,34
247,07
344,81
442,56
540,30
638,05
764,40
798,56
Tipos de cotización (%)
Desempleo
Empresario
Trabajador
Total
Tipo CC
21,35
4,25
25,60
AT y EP
Tarifa de primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, de 28
diciembre, de PGE 2007, en redacción dada por la
disposición final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016.
IT: 0,65%
IMS: 0,45%
Reducción
Se aplicará una reducción del 20% en la aportación empresarial por CC de los trabajadores con cualquier modalidad
contractual dados de alta en el SEEH a partir de 1/1/2012, siempre y cuando no hubiera figurado de alta en el REEH
a tiempo completo, para el mismo empleador, dentro del periodo comprendido entre el 2 de agosto y el 31 de
diciembre de 2011. Reducción que se ampliará con una bonificación hasta el 45% en las familias numerosas. Estas
bonificaciones no se aplicarán en los casos de empleados del hogar de <60 horas mensuales si se traslada a los
mismos la obligación de cotizar.
5. Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Base mínima €/mes
893,10
Base máxima €/mes
3.642,00
Tipo CC con IT
Tipo AT y EP
29,80% (26,50% sin cobertura IT)
29,30 % con cobertura cese de actividad
Tarifa primas disp. adic. 4ª Ley 42/2006, en redacción
disp. final 8ª Ley 48/2015, de PGE 2016.
Cotización adicional
Riesgo durante embarazo y
lactancia natural
0,10% (no AT y EP)
Protección cese de actividad
2,20%
Trabajadores <47 años podrán elegir entre base mínima y máxima. También trabajadores con 47 años cuya base de
cotización en 12.15 haya sido = o > a 1.945,80€ o causen alta en el RETA
Trabajadores con 47 años a 01.01.16 con base < 1.945,80€ no podrán elegir base > a 1.964,70€ salvo opción de
cambio antes 30.06.16 o que se trate de cónyuge supérstite del titular del negocio que se pone al frente con 47 años en
cuyo caso no hay limitación.
Trabajadores con 48 años o más a 01-01-16 la base debe comprenderse entre 963,30 y 1.964,70€ salvo que se trate
de cónyuge supérstite del titular del negocio que se pone al frente del mismo con 45 años, entonces base estará entre
893,10 y 1.964,70€.
Trabajadores que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado 5 o más años a cualquier régimen del sistema
de SS la base estará entre 893,10 y 1.964,70€ si última base de cotización hubiera sido = o < a 1.945,80€. Si fuera >
cotizar por base comprendida entre 893,10 e importe de ésta incrementado en un 1% pudiendo optar hasta base de
1.964,70€. Esto también se aplica a trabajadores con 48 o 49 años que ejercieran la opción de la Ley 39/2010 de PGE
2011.
Los trabajadores autónomos dedicados a venta ambulante o a domicilio: cualquiera que sea la edad del trabajador y los
años cotizados de forma efectiva a la SS, sus bases mínimas de cotización (CNAE: 4781, 4782, 4789, 4799) en 2016
serán:
1) Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado: a) Mercadillos - 8 h/día: opción de base mínima de
autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos + 8 h/día y trabajadores que no perciben ingresos
directamente de los compradores: opción entre base mínima RG (764,40 €/mes) ó base mínima autónomos (893,10
€/mes) ó 491,10 €/mes para actividad CNAE 4799.
2) Trabajadores individuales: opción entre base mínima del RG (764,40 €/mes) ó base mínima autónomos (893,10
€/mes) excepto: a) Si CNAE es 4799: entre base mínima autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes. b) Mercadillos
– 8 h/día entre base mínima autónomos (893,10 €/mes) ó 491,10 €/mes.
Trabajadores autónomos que en algún momento de 2015 y simultáneamente hayan tenido contratado a su servicio un
nº trabajadores por cuenta ajena = o > a 10: base mínima será 1.067,40 €/mes (grupo cotización 1 del RG).
El tipo por Contingencias Comunes (IT) es de 3.30% o 2,80% (con cobertura de prestación de cese de actividad o
contingencias profesionales) para trabajadores con 65 años y 0 a 3 meses de edad y 36 años o + de cotización, ó 65
años y 4 meses de edad y 35 años y 6 meses o más cotizados: 3,30% ó 2,80%.
Asepeyo. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 151

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