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Tomo DCLXX
No. 3
México, D.F., viernes 3 de julio de 2009
CONTENIDO
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de la Función Pública
Secretaría de Salud
Comisión Federal de Competencia
Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Consejo de la Judicatura Federal
Banco de México
Avisos
Indice en página 110
$15.00 EJEMPLAR
2
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de Gobernación y el Instituto Federal Electoral.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría
de Gobernación.
CONVENIO DE COLABORACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL A TRAVES DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION, EN LO SUCESIVO “LA SECRETARIA”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL
LICENCIADO FERNANDO FRANCISCO GOMEZ MONT URUETA, SECRETARIO DE GOBERNACION, ASISTIDO POR
EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LICENCIADO DANIEL F. CABEZA DE
VACA HERNANDEZ Y EL DIRECTOR GENERAL DE COMPILACION Y CONSULTA DEL ORDEN JURIDICO NACIONAL,
EL DOCTOR EDUARDO DE JESUS CASTELLANOS HERNANDEZ; POR LA OTRA, EL INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL, EN LO SUCESIVO "EL INSTITUTO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO EJECUTIVO, EL
LICENCIADO EDMUNDO JACOBO MOLINA, CON LA ASISTENCIA COMO TESTIGO DE HONOR DEL DOCTOR
LEONARDO ANTONIO VALDES ZURITA, CONSEJERO PRESIDENTE, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El Congreso de la Unión aprobó y el Titular del Ejecutivo Federal promulgó, mediante Decreto publicado
en el Diario Oficial de la Federación de 30 de noviembre de 2000, las reformas a la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
II. Con motivo de dicha reforma se establece en la fracción XXXI del artículo 27 del ordenamiento
invocado, como nueva facultad y obligación de la Secretaría de Gobernación, la de “Compilar y sistematizar
las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y
municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información
a través de los sistemas electrónicos de datos”.
III. Considerando que la premisa fundamental para lograr una plena cultura de la legalidad, es el
conocimiento de la norma jurídica y un fácil acceso a ésta para la ciudadanía, resulta indiscutible que en una
sociedad democrática es conveniente que tanto los gobernantes como los gobernados tengan de manera
sencilla un acceso inmediato al orden jurídico que los rige, como forma elemental para garantizar su respeto y
la exigencia de su cumplimiento.
IV. En el caso de la compilación, sistematización, consulta y actualización del conjunto de disposiciones
que constituyen el orden jurídico nacional, la colaboración interinstitucional es requisito indispensable para
asegurar su realización.
V. Se trata de una colaboración que involucre por igual a los diferentes poderes de los órdenes de
gobierno: federal, local y municipal, así como a los órganos constitucionales autónomos, correspondiendo a la
Secretaría de Gobernación diseñar, impulsar y mantener la operación del Sistema de Compilación,
Sistematización y Consulta del Orden Jurídico Nacional.
VI. El Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional se integra con los sistemas de
compilación y consulta del orden jurídico federal, estatal, municipal, del Distrito Federal y de los Organos
Constitucionales Autónomos, cuya integración estará a cargo de la Secretaría de Gobernación.
DECLARACIONES
1. DE “LA SECRETARIA”
1.1
Que es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 90
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 2; 26 y 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal.
1.2
Que en cumplimiento del artículo 20 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal promoverá la
participación de las organizaciones sociales e instituciones académicas, profesionales y de
investigación en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática.
1.3
Que el Licenciado Fernando Francisco Gómez Mont Urueta, cuenta con las facultades necesarias
para suscribir el presente, de conformidad con lo señalado en el artículo 4o. y 5o., fracción XVIII
y XXXII de su Reglamento Interior.
1.4
Que conforme al artículo 27, fracción XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,
cuenta con facultades para compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos,
decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco
de datos correspondiente, con el objeto de proporcionar información a través de los sistemas
electrónicos de datos.
Viernes 3 de julio de 2009
1.5
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
3
Que el Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos y el Director General de
Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, cuentan con atribuciones para participar en los
términos del presente instrumento, de conformidad con los artículos 2, apartado A, fracción III y
apartado B, fracción XIV, y 6o., inciso IX y 22 del Reglamento Interior de la Secretaría
de Gobernación.
1.6 Que tiene interés en llevar a cabo el objeto del presente Convenio de Colaboración.
1.7 Que cuenta con recursos necesarios para cumplir con el objeto del presente instrumento.
1.8
Que señala como domicilio para todos los efectos legales del presente Convenio, el ubicado en
Bucareli número 99, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, México, Distrito
Federal.
2. DE “EL INSTITUTO”
2.1
Que de conformidad con los artículos 41, base V, párrafos primero y segundo de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 104 y 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1 del Código Federal
de Instituciones y Procedimientos Electorales; es un organismo público, autónomo, de carácter
permanente, independiente en sus decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y
patrimonio propios, depositario de la autoridad electoral y responsable del ejercicio de la función
estatal de organizar las elecciones federales para renovar a los integrantes de los poderes Ejecutivo
y Legislativo de la Unión. Dicha función estatal se rige por los principios de certeza, legalidad,
independencia, imparcialidad y objetividad.
2.2
Que de conformidad con el artículo 105, párrafo 1, incisos a), b), c), d), f), y g) del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, sus fines son contribuir al desarrollo de la vida
democrática; preservar el fortalecimiento del régimen de partidos políticos; integrar el Registro
Federal de Electores; asegurar a los ciudadanos en el ejercicio de los derechos político-electorales y
vigilar el cumplimiento de sus obligaciones; velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y llevar
a cabo la promoción del voto y coadyuvar a la difusión de la educación cívica y la cultura
democrática.
2.3
Que de conformidad con el artículo 125, párrafo 1, inciso a) del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales, su Secretario Ejecutivo, Licenciado Edmundo Jacobo Molina, tiene la
facultad de representarlo legalmente.
2.4
Que para los efectos legales derivados del presente convenio, señala como domicilio el ubicado en
Viaducto Tlalpan número 100, esquina Periférico Sur, colonia El Arenal Tepepan, código
postal 14610, Delegación Tlalpan, en el Distrito Federal.
3. DE “AMBAS PARTES”
3.1
Están convencidas de la importancia y utilidad que tienen la integración y funcionamiento eficaz y
eficiente del Sistema de Compilación, Sistematización y Consulta del Orden Jurídico Nacional; así
como la difusión de obras relacionadas con éste;
3.2
“LA SECRETARIA” se obliga a poner la información a disposición del público a través de medios
electrónicos (página Web), de conformidad con las modalidades y normas técnicas que ambas partes
se comprometen a establecer conjuntamente;
3.3
“LA SECRETARIA” se obliga a integrar y actualizar el banco de datos con información jurídica
recibida por parte de “EL INSTITUTO”; y
3.4
“EL INSTITUTO” se obliga a proporcionar la información jurídica actualizada correspondiente a su
respectivo ámbito de competencia, para la integración de la base de datos de “LA SECRETARIA”.
En atención a los antecedentes y a las declaraciones expresadas, las partes celebran el presente
Convenio de Colaboración, en los términos de las siguientes:
CLAUSULAS
DEL OBJETO
PRIMERA.- El presente convenio tiene por objeto establecer los lineamientos, bases técnicas, términos y
condiciones conforme a los cuales “EL INSTITUTO”, colaborará con “LA SECRETARIA”, en el ámbito de su
respectiva competencia, para la integración, funcionamiento, evaluación y actualización permanente del banco
de datos del Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, así como en los proyectos y
trabajos conjuntos relacionados con la elaboración y edición de obras relacionadas con el orden
jurídico nacional.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
DE LOS PROGRAMAS DE INVESTIGACION Y EDICION
SEGUNDA.- Las partes convienen en colaborar en programas para la edición de obras relacionadas con
el orden jurídico nacional, a través de convenios específicos y/o programas interdisciplinarios que se formulen
conjuntamente.
DEL SEGUIMIENTO Y EVALUACION
TERCERA.- Para la ejecución de las acciones objeto del presente convenio, las partes a través de este
convenio constituyen un Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, el cual se integrará en un plazo de
treinta días naturales a la firma del presente instrumento.
El Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, se integrará por:
1.
Por “LA SECRETARIA”: el Director General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional.
2.
Por “EL INSTITUTO”: el Titular de la Dirección del Secretariado.
El Organo Colegiado de Seguimiento y Evaluación, tendrá las siguientes funciones:
a)
Dar seguimiento a las acciones que se desarrollen con motivo de dar cumplimiento al objeto del
presente convenio;
b)
Evaluar los resultados de las acciones a que se refiere el inciso anterior;
c)
Rendir un informe a los titulares de ambas partes de los resultados obtenidos;
d)
Evaluar los proyectos que se presenten para su aprobación;
e)
Resolver los casos que se susciten respecto de la interpretación y cumplimiento del presente
instrumento; y
f)
Las demás que acuerden las partes.
DE LOS COMPROMISOS INSTITUCIONALES DE “LA SECRETARIA”
CUARTA.- Se obliga a:
I.-
Diseñar los lineamientos generales y definir las normas técnicas en materia de informática jurídica
para la integración, actualización, evaluación y control del Sistema de Compilación y Consulta del
Orden Jurídico Nacional;
II.-
Colaborar con “EL INSTITUTO”, en la aportación y sistematización de las disposiciones jurídicas de
carácter general que rigen las actividades de éste, las cuales se integrarán al Sistema
de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, así como en su actualización permanente;
III.- Otorgar de manera directa a “EL INSTITUTO”, a través de la Dirección General de Compilación y
Consulta del Orden Jurídico Nacional acceso en línea para la consulta del Sistema de Compilación
y Consulta del Orden Jurídico Nacional;
IV.- Realizar evaluaciones internas del funcionamiento de la propia página Web y efectuar las
actualizaciones, adecuaciones y demás medidas que resulten pertinentes con motivo de dicha
evaluación;
V.-
En su caso facilitar la disponibilidad de personal jurídico adscrito a ésta, para participar en programas
de investigación y edición de obras relacionadas con el orden jurídico nacional en coordinación con el
personal de “EL INSTITUTO”; y
VI.- Difundir a través de los medios masivos de comunicación los alcances del presente convenio y los
beneficios que genere a la población;
DE LOS COMPROMISOS INSTITUCIONALES DE “EL INSTITUTO”
QUINTA.- Se obliga a:
I.-
Aportar para el Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional la información que
comprenda la totalidad de la normatividad de naturaleza general que aplica en materia electoral, en
el ámbito de su competencia;
II.-
Actualizar la información de las disposiciones de observancia general que emita el “EL INSTITUTO”
cada vez que sufra alguna modificación
III.- Observar los lineamientos generales y normas técnicas para la estructura y funcionamiento del
Sistema de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional;
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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IV.- Realizar evaluaciones del funcionamiento de la página Web y notificar los resultados a
“LA SECRETARIA” para colaborar en la procuración de la eficacia y eficiencia del Sistema de
Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional; y
V.-
En su caso participar en programas de investigación y edición de obras jurídicas en coordinación con
“LA SECRETARIA”.
DE LA RELACION LABORAL
SEXTA.- El personal de cada una de las partes que intervenga en la realización de las acciones que son
materia del presente convenio, mantendrá su adscripción, relación y dependencia laboral, en cada una de sus
respectivas áreas.
DE LAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
SEPTIMA.- Las partes promoverán y adoptarán las medidas complementarias que se requieran para el
cabal cumplimiento de lo estipulado en este convenio de colaboración, en consecuencia se comprometen a
realizar las acciones siguientes:
I.-
Intercambiar información de los ordenamientos que conforman el sistema del orden jurídico nacional;
II.-
Facilitar la consulta de material y bases de datos relacionados con las disposiciones que integran el
orden jurídico nacional; y
III.- Las demás que se consideren pertinentes o convenientes para alcanzar el objeto del presente
convenio.
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
OCTAVA.- Las partes no tendrán responsabilidad por daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por
causa de fuerza mayor o caso fortuito que pudiera impedir la continuación del presente convenio.
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
NOVENA.- Las partes se obligan a reconocerse mutuamente los derechos de autor, respecto de los
materiales que se llegaran a generar con motivo de la realización del objeto de este convenio. Lo anterior, de
conformidad con lo establecido por la Ley Federal del Derecho de Autor y su Reglamento.
DE LA ADICION O MODIFICACION
DECIMA.- El convenio podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo, de común acuerdo entre las
partes, y contará con los anexos o convenios que acuerden las partes.
DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
DECIMA PRIMERA.- Las partes están de acuerdo que el presente instrumento es producto de la buena fe,
en razón de lo cual las controversias que se llegaran a presentar por cuanto hace a su interpretación
y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo, a través del Organo Colegiado de Seguimiento y
Evaluación, a que se refiere la cláusula quinta del presente Instrumento y sus resoluciones tendrán el carácter
de definitivas, de subsistir la controversia se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales con
residencia en la Ciudad de México.
DE LA VIGENCIA
DECIMA SEGUNDA.- Este convenio se publicará en el Diario Oficial de la Federación, entrará en vigor el
día de su suscripción y tendrá una vigencia indefinida.
Las partes podrán dar por terminado anticipadamente el presente convenio, mediante notificación por
escrito con por lo menos sesenta días de anticipación, sin perjuicio de las actividades que se encuentren
pendientes, las cuales se llevarán hasta su total conclusión.
Leído por las partes, enteradas de su contenido y alcance legal, lo suscriben por cuadruplicado en la
Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días de abril de dos mil nueve.- Por la Secretaría: el
Secretario de Gobernación, Lic. Fernando Francisco Gómez Mont Urueta.- Rúbrica.- El Subsecretario de
Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Daniel F. Cabeza de Vaca Hernández.- Rúbrica.- El Director
General de Compilación y Consulta del Orden Jurídico Nacional, Eduardo de Jesús Castellanos
Hernández.- Rúbrica.- Por el Instituto: el Secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.Testigo de Honor: el Consejero Presidente, Leonardo Antonio Valdés Zurita.- Rúbrica.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
TRIGESIMA Relación de Apoyos Programados del Fideicomiso 2106. Fondo de Apoyo Social para
Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.
TRIGESIMA RELACION DE APOYOS PROGRAMADOS DEL FIDEICOMISO 2106. FONDO DE APOYO SOCIAL
PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS.
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 8o. DE LA LEY QUE CREA EL FIDEICOMISO QUE ADMINISTRA EL
FONDO DE APOYO SOCIAL PARA EX TRABAJADORES MIGRATORIOS MEXICANOS.
SE PUBLICAN LOS NOMBRES DE 2,575 BENEFICIARIOS DEL APOYO SOCIAL, MISMOS QUE RECIBIRAN LA
CANTIDAD DE $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) CADA UNO. RELACION QUE FUE APROBADA
EN LA VIGESIMA PRIMERA SESION EXTRAORDINARIA DEL COMITE TECNICO EL 30 DE JUNIO DE 2009.
Folio
ESTADO
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
FECHA
1
01-01-01-104934
AGUASCALIENTES
ILDEFONSO
MARTINEZ
FLORES
23/01/1909
2
01-01-02-007850
AGUASCALIENTES
FRANCISCA
ARIAS
MUÑOZ
08/07/1907
3
01-01-02-025559
AGUASCALIENTES
ISIDRA
PIÑA
BARRON
26/02/1904
4
01-01-02-127300
AGUASCALIENTES
MARIA
VALDIVIA
RODRIGUEZ
05/01/1908
5
01-01-02-128940
AGUASCALIENTES
VICENTA
GARCIA
LUNA
24/09/1900
6
01-01-02-129452
AGUASCALIENTES
JUANA
CRUZ
ESPINOZA
04/06/1906
7
01-01-02-193264
AGUASCALIENTES
JOSEFA
ACEVEDO
BERUMEN
21/03/1901
8
01-01-02-193410
AGUASCALIENTES
MARIA DE LA LUZ
CASTILLO
DE LA ROSA
24/06/1906
9
01-01-03-001405
AGUASCALIENTES
CASIMIRA
BAUTISTA
VALENZUELA
31/05/1908
10
01-01-03-007582
AGUASCALIENTES
J ROBERTO
MONTES
MARTINEZ
07/11/1901
11
01-01-03-020606
AGUASCALIENTES
GENOVEVA
ZUÑIGA
PEREZ
03/09/1898
12
01-01-03-032049
AGUASCALIENTES
PEDRO
VILLALOBOS
RAMIREZ
02/10/1902
13
01-01-03-036119
AGUASCALIENTES
TOMASA
CARRILLO
ESPARZA
15/04/1902
14
01-01-03-037260
AGUASCALIENTES
ALVARO
SERNA
RODRIGUEZ
03/06/1906
15
01-01-03-040869
AGUASCALIENTES
M CARMEN
PALACIO
BERNAL
29/09/1907
16
01-01-03-044562
AGUASCALIENTES
ADELAIDA
DURON
MORALES
12/05/1904
17
01-01-03-054202
AGUASCALIENTES
J GUADALUPE
VALERIO
ESPARZA
01/01/1900
18
01-01-03-055074
AGUASCALIENTES
J LUIS
CHAVEZ
HERNANDEZ
26/08/1907
19
01-01-03-059850
AGUASCALIENTES
TERESA
RUVALCABA
HERRERA
04/10/1903
20
01-01-03-062424
AGUASCALIENTES
J FRANCISCO
RODRIGUEZ
ESCOBAR
05/02/1905
21
01-01-03-068304
AGUASCALIENTES
ELPIDIA
GONZALEZ
GUTIERREZ
11/08/1905
22
01-01-03-068344
AGUASCALIENTES
JESUS
GALLEGOS
DE LA CRUZ
07/06/1907
23
01-01-03-069757
AGUASCALIENTES
PETRA
RAMOS
GONZALEZ
15/10/1909
24
01-01-03-080431
AGUASCALIENTES
JUANA
ROMO
MALDONADO
06/12/1903
25
01-01-03-083263
AGUASCALIENTES
SOCORRO
MARTINEZ
ROBLES
05/12/1907
26
01-01-03-085736
AGUASCALIENTES
ALTAGRACIA
MONTAÑEZ
TORRES
01/06/1904
27
01-01-03-086111
AGUASCALIENTES
MANUEL
REYES
TORRES
30/09/1905
28
01-01-03-092384
AGUASCALIENTES
EVANGELINA
ESQUIVEL
NAVARRO
04/04/1909
29
01-01-03-093073
AGUASCALIENTES
PEDRO
RUIZ
CHAVEZ
19/03/1907
30
01-01-03-094838
AGUASCALIENTES
CATARINA
LARIZ
RUVALCABA
23/11/1906
31
01-01-03-096901
AGUASCALIENTES
FIDEL
RUIZ
DE LARA
24/04/1907
32
01-01-03-097679
AGUASCALIENTES
AMBROSIO
BERNAL
MARTINEZ
15/08/1909
33
01-01-03-098140
AGUASCALIENTES
RITA
VIRAMONTES
FLORES
30/05/1906
34
01-01-03-098151
AGUASCALIENTES
AMPARO
PERALTA
PERALTA
19/08/1901
35
01-01-03-106681
AGUASCALIENTES
GUADALUPE
DURON
GUZMAN
20/10/1905
36
01-01-03-107023
AGUASCALIENTES
ROSA MA
CHACON
VALADEZ
10/09/1906
37
01-01-03-107612
AGUASCALIENTES
FERNANDO
ZAMARRIPA
MARMOLEJO
23/09/1904
38
01-01-03-107735
AGUASCALIENTES
TOMAS
REYES
DELGADO
12/07/1906
39
01-01-03-107895
AGUASCALIENTES
SANTIAGO
CASTILLO
ZAMORA
21/03/1901
40
01-01-03-110664
AGUASCALIENTES
MAGDALIA
MEDINA
VIRAMONTES
30/03/1909
41
01-01-03-110871
AGUASCALIENTES
JOSE
DE LA TORRE
CUEVAS
03/01/1905
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
7
FECHA
42
01-01-03-111004
AGUASCALIENTES
SOCORRO
BRIANO
CASTAÑEDA
09/03/1908
43
01-01-03-113367
AGUASCALIENTES
ALBARO
BRIANO
ESPARZA
25/04/1906
44
01-01-03-114505
AGUASCALIENTES
MA.REFUGIO
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
09/11/1907
45
01-01-03-115713
AGUASCALIENTES
MA CRISTINA
GUERRERO
TORRES
29/08/1906
46
01-01-03-122381
AGUASCALIENTES
FRANCISCO
DOMINGUEZ
CAMPOS
29/10/1895
47
01-01-03-123584
AGUASCALIENTES
J GUADALUPE
UVARIO
HERRERA
07/08/1907
48
01-01-03-126827
AGUASCALIENTES
BALDOMERA
DIAZ
PEREZ
30/08/1904
49
01-01-03-127480
AGUASCALIENTES
FRANCISCA
VALDIVIA
SANDOVAL
16/09/1907
50
01-01-03-127630
AGUASCALIENTES
MA DE LOS ANGELES
MONTOYA
SALAS
18/01/1906
51
01-01-03-129067
AGUASCALIENTES
NOLBERTA
LARIZ
LUNA
23/07/1899
52
01-01-03-131594
AGUASCALIENTES
PABLO
REYNA
FONSECA
15/11/1909
53
01-01-03-132624
AGUASCALIENTES
CESAREA
VALDEZ
CHAVEZ
04/11/1908
54
01-01-03-132913
AGUASCALIENTES
JOSE
IBARRA
MONSIVAIS
05/03/1906
55
01-01-03-133149
AGUASCALIENTES
ELVIRA
RODRIGUEZ
MARQUEZ
20/09/1908
56
01-01-03-135120
AGUASCALIENTES
CRESENSIO
ALMANSA
LEOS
25/07/1905
57
01-01-03-136262
AGUASCALIENTES
GRACIELA
DE SANTOS
POLINA
24/08/1906
58
01-01-03-141677
AGUASCALIENTES
JOSE
MACIAS
PERES
27/06/1902
59
01-01-03-142916
AGUASCALIENTES
MANUEL
VELASCO
JARAMILLO
07/10/1908
60
01-01-03-145690
AGUASCALIENTES
MARIA DE LA LUZ
VAZQUEZ
VIRAMONTES
21/11/1909
61
01-01-03-148040
AGUASCALIENTES
MARIA SOCORRO
CASTAÑON
GONZALEZ
05/04/1909
62
01-01-03-150490
AGUASCALIENTES
AGUSTIN
SERNA
SOTO
24/10/1903
63
01-01-03-151670
AGUASCALIENTES
CAMILA
ROMERO
RODRIGUEZ
25/09/1903
64
01-01-03-151760
AGUASCALIENTES
EULALIA
DELGADO
LOPEZ
29/06/1896
65
01-01-03-155526
AGUASCALIENTES
ARNULFO
DE LOERA
DE LARA
05/02/1905
66
01-01-03-155797
AGUASCALIENTES
J JESUS
ESPINOZA
ESPARZA
13/04/1908
67
01-01-03-157326
AGUASCALIENTES
MA PETRA
IBARRA
DE LA CRUZ
19/03/1902
68
01-01-03-157416
AGUASCALIENTES
PAULINA
RUBALCAVA
VALLIN
04/05/1908
69
01-01-03-157662
AGUASCALIENTES
MARIA DOLORES
SANTOS
QUIROZ
07/08/1907
70
01-01-03-158318
AGUASCALIENTES
CLETA
SANTANA
LARIZ
07/05/1907
71
01-01-03-158891
AGUASCALIENTES
RAUDEL
SERNA
MACIAS
15/06/1908
72
01-01-03-159467
AGUASCALIENTES
J JESUS
GARCIA
CORDERO
01/01/1908
73
01-01-03-163484
AGUASCALIENTES
EUGENIO
DURAN
CHAVEZ
22/02/1906
74
01-01-03-164213
AGUASCALIENTES
JAVIER
SILVA
RAMIREZ
15/09/1904
75
01-01-03-164595
AGUASCALIENTES
ALFONSO
VALADEZ
COLLAZO
13/07/1907
76
01-01-03-165545
AGUASCALIENTES
MAGDALENO
GARCIA
ACOSTA
23/03/1906
77
01-01-03-165720
AGUASCALIENTES
CARMEN
AGUILERA
RAYMUNDO
09/06/1909
78
01-01-03-166295
AGUASCALIENTES
GERARDO
MARTINEZ
CARMONA
15/01/1908
79
01-01-03-166573
AGUASCALIENTES
MA MARTHA
MONTOYA
ALVAREZ
16/09/1908
80
01-01-03-166700
AGUASCALIENTES
MA TERESA
QUEZADA
ROQUE
02/03/1902
81
01-01-03-168728
AGUASCALIENTES
NICANDRO
MUÑOZ
GALLARDO
13/03/1909
82
01-01-03-168926
AGUASCALIENTES
ELVIA
LUNA
ACERO
09/08/1908
83
01-01-03-169012
AGUASCALIENTES
JOSE
VILLALPANDO
ESPARZA
01/12/1908
84
01-01-03-169115
AGUASCALIENTES
ALTAGRACIA
VALADEZ
ADAME
15/05/1908
85
01-01-03-173797
AGUASCALIENTES
NATALIA
ZUL
SALAS
15/08/1906
86
01-01-03-175113
AGUASCALIENTES
CANDELARIO
RODRIGUEZ
MUÑIZ
30/10/1909
87
01-01-03-175586
AGUASCALIENTES
TOBIAS
LUCIO
TORRES
09/05/1909
88
01-01-03-178113
AGUASCALIENTES
MARIA DE LAS MERCEDES
FLORES
SANCHEZ
28/09/1908
89
01-01-03-180958
AGUASCALIENTES
J JESUS
ESPARZA
MARTINEZ
10/05/1902
90
01-01-03-181191
AGUASCALIENTES
JOSE
ARAMBULA
SERNA
31/12/1904
91
01-01-03-181541
AGUASCALIENTES
MARIA TERESA
ADAME
DELGADO
01/10/1904
92
01-01-03-182011
AGUASCALIENTES
IRENE
PLASCENCIA
DE LIRA
21/04/1904
93
01-01-03-183419
AGUASCALIENTES
JUAN
SALDIVAR
RAMIREZ
15/07/1908
94
01-01-03-183532
AGUASCALIENTES
ROSARIO
ALVARADO
TRINIDAD
04/07/1905
8
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
FECHA
95
01-01-03-184046
AGUASCALIENTES
AURELIA
ORTIZ
HERNANDEZ
29/02/1908
96
01-01-03-184232
AGUASCALIENTES
JESUS
CASTAÑON
VELAZQUEZ
04/06/1903
97
01-01-03-186939
AGUASCALIENTES
MARIA DE JESUS
CASTAÑEDA
ENRIQUEZ
29/06/1906
98
01-01-03-188353
AGUASCALIENTES
ANTONIO
SERNA
SALAS
17/06/1908
99
01-01-03-188707
AGUASCALIENTES
MA REFUGIO
DE SANTIAGO
REYES
02/02/1908
100
01-01-03-189025
AGUASCALIENTES
HILARIO
ESCAREÑO
GUTIERREZ
24/06/1902
101
01-01-03-190033
AGUASCALIENTES
MARIA
ORTEGA
CHAVEZ
04/06/1908
102
01-01-03-190475
AGUASCALIENTES
ADALBERTO
MARTINEZ
MACIAS
28/09/1908
103
01-01-03-192069
AGUASCALIENTES
ADELAIDA
REYES
DE LUNA
01/01/1907
104
01-01-03-192913
AGUASCALIENTES
RUBEN
RAMIREZ
VIRAMONTES
19/12/1909
105
01-01-03-194038
AGUASCALIENTES
ADELAIDA
ESPINOSA
VEGA
11/11/1904
106
01-01-03-194662
AGUASCALIENTES
RODOLFO
BARAJAS
ALBA
20/09/1909
107
01-01-03-194969
AGUASCALIENTES
PEDRO
DE LIRA
MACIAS
25/04/1904
108
01-01-04-048078
AGUASCALIENTES
PASCUALA
ISAIS
CORTES
19/04/1909
109
01-01-04-078693
AGUASCALIENTES
VICTORIANA
CALDERON
CORONADO
04/05/1901
110
01-01-04-089219
AGUASCALIENTES
CASIMIRA
DIAZ
VILLALPANDO
28/10/1907
111
01-01-04-092877
AGUASCALIENTES
GREGORIO
RODRIGUEZ
MACIAS
24/12/1907
112
01-01-04-096735
AGUASCALIENTES
CARLOTA
LARA
CRUZ
27/01/1908
113
01-01-04-161425
AGUASCALIENTES
ASUNCION
GOMEZ
GOMEZ
12/12/1906
114
01-01-04-167648
AGUASCALIENTES
TAURINA
DE LUNA
PADILLA
22/03/1904
115
01-01-04-169469
AGUASCALIENTES
TORIBIA
FUENTES
DIAZ
19/07/1908
116
01-01-04-195495
AGUASCALIENTES
PASCUAL
GARCIA
RAMIREZ
23/06/1906
117
02-02-01-129773
BAJA CALIFORNIA
SILVESTRE
ROMERO
OLIVA
31/12/1909
118
02-02-02-015242
BAJA CALIFORNIA
GUADALUPE
BARRON
LOPEZ
05/12/1898
119
02-02-02-118972
BAJA CALIFORNIA
MARIA BELEN
ESCOBEDO
TORRES
02/09/1909
120
02-02-02-120890
BAJA CALIFORNIA
MARIA DE LA LUZ
ARREDONDO
SEVALLOS
05/06/1908
121
02-02-03-041741
BAJA CALIFORNIA
MARIA GUADALUPE
CEJA
OCHOA
06/11/1906
122
02-02-03-114916
BAJA CALIFORNIA
ALICIA
HERNANDEZ
CHAVEZ
02/01/1908
123
02-02-03-121219
BAJA CALIFORNIA
LORENZA
BARRIOS
SILVA
15/03/1906
124
02-02-03-129659
BAJA CALIFORNIA
ANTONIO
SANTOS
AVILA
20/10/1909
125
02-02-03-147672
BAJA CALIFORNIA
ALEJANDRO
HURTADO
RUIZ
04/05/1909
126
02-02-03-148177
BAJA CALIFORNIA
MARIA CARMEN
HERRERA
YEPEZ
09/03/1906
127
02-02-03-149039
BAJA CALIFORNIA
AMPARO
ONTIVEROS
MONTALVO
11/09/1904
128
02-02-03-155364
BAJA CALIFORNIA
ARTURO
FELIX
ZEPEDA
29/05/1909
129
02-02-03-160985
BAJA CALIFORNIA
MANUEL
GARCIA
DE SANTIAGO
08/05/1904
130
02-02-03-169805
BAJA CALIFORNIA
CARLOTA
CARATACHEA
LOYOLA
19/03/1907
131
02-02-03-170113
BAJA CALIFORNIA
JUAN MANUEL
VALLE
FLORES
10/10/1905
28/02/1902
132
02-02-03-175380
BAJA CALIFORNIA
JOSE MACARIO
VILLARREAL
ZAVALA
133
02-02-03-176154
BAJA CALIFORNIA
MARIA ISABEL
MEDINA
SALAZAR
20/12/1908
134
02-02-03-188257
BAJA CALIFORNIA
MA SOCORRO
SERRANO
REYES
29/06/1902
135
02-02-03-190466
BAJA CALIFORNIA
HILARIO
MURO
GUERRERO
02/03/1897
136
02-02-04-010691
BAJA CALIFORNIA
DONATO
ROJAS
IBARRA
07/04/1907
137
02-02-04-192113
BAJA CALIFORNIA
APOLINAR
SAENZ
LOPEZ
11/12/1906
138
04-04-03-016412
CAMPECHE
ONTIVEROS
LOPEZ
Masculino
08/09/1907
139
08-08-01-181169
CHIHUAHUA
VICENTE
ZEPEDA
GOMEZ
05/04/1909
140
08-08-01-196731
CHIHUAHUA
CARLOS
CERA
GONZALEZ
22/11/1904
141
08-08-02-078389
CHIHUAHUA
CELIA
MUÑOZ
MARQUEZ
12/03/1908
142
08-08-02-079716
CHIHUAHUA
MARIA DE LA LUZ
BUSTILLOS
DE ARROYO
15/11/1908
143
08-08-02-079823
CHIHUAHUA
NATALIA
GARCIA
GARCIA
08/12/1901
144
08-08-02-101636
CHIHUAHUA
JUANA
TALAMANTES
HINOJOS
16/10/1909
145
08-08-02-110468
CHIHUAHUA
MARIA
CASTRUITA
CAMACHO
17/06/1904
146
08-08-02-166827
CHIHUAHUA
JUANA
SOLANO
PEREGRINO
05/09/1908
147
08-08-02-171815
CHIHUAHUA
BEATRIZ
MOLINA
CARMONA
07/06/1906
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
9
FECHA
148
08-08-02-174988
CHIHUAHUA
MA DE LA LUZ
PIÑON
GONZALEZ
25/07/1903
149
08-08-02-189971
CHIHUAHUA
MARIA DEL REFUGIO
SOLIS
FRIAS
07/01/1906
150
08-08-02-196386
CHIHUAHUA
CARMEN
PEÑA
GONZALEZ
14/02/1906
151
08-08-02-196587
CHIHUAHUA
SALOME
RUEDA
ACOSTA
26/01/1908
152
08-08-03-012310
CHIHUAHUA
GLORIA LUDIVINA
NORIEGA
RODRIGUEZ
16/06/1900
153
08-08-03-012834
CHIHUAHUA
OMELIA
GRANILLO
BORUNDA
19/03/1909
154
08-08-03-012930
CHIHUAHUA
ROBERTO
ESTRADA
LOPEZ
09/04/1907
155
08-08-03-018783
CHIHUAHUA
SOCORRO
OLIVAS
CARDENAS
06/01/1909
156
08-08-03-018968
CHIHUAHUA
GUADALUPE
PONCE
PEREZ
06/09/1909
157
08-08-03-038687
CHIHUAHUA
RAFAEL
TORRES
PARRA
17/03/1901
158
08-08-03-045230
CHIHUAHUA
RUBEN
GOMEZ
HOLGUIN
20/05/1907
159
08-08-03-048834
CHIHUAHUA
HECTOR UBALDO
FUENTES
ORTEGA
12/01/1901
160
08-08-03-050897
CHIHUAHUA
ANA
MEDRANO
RODRIGUEZ
18/05/1900
161
08-08-03-050942
CHIHUAHUA
ADAN
GARCIA
LUNA
01/01/1908
162
08-08-03-051090
CHIHUAHUA
MARIA
RAMIREZ
VARELA
29/06/1909
163
08-08-03-052380
CHIHUAHUA
MARGARITA
LOYA
MARQUEZ
10/03/1907
164
08-08-03-054078
CHIHUAHUA
FILOMENA
CANO
QUINTANA
07/01/1908
165
08-08-03-055713
CHIHUAHUA
ISABEL
GALLEGOS
GARCIA
16/04/1905
166
08-08-03-059602
CHIHUAHUA
RICARDO
ACOSTA
DOMINGUEZ
12/05/1907
167
08-08-03-060793
CHIHUAHUA
ALFONSO
VALENZUELA
NUÑEZ
19/03/1907
168
08-08-03-062156
CHIHUAHUA
MOISES
PADRON
SANCHEZ
10/10/1908
169
08-08-03-062762
CHIHUAHUA
MANUEL
GONZALEZ
SALINAS
12/10/1906
170
08-08-03-063766
CHIHUAHUA
MARIA LIDIA
CAMPOS
NAVARRETE
05/05/1907
171
08-08-03-066739
CHIHUAHUA
JOSE
CARRASCO
ORTEGA
15/06/1909
172
08-08-03-069258
CHIHUAHUA
MANUELA
HOLGIN
CHAPARRO
17/05/1907
173
08-08-03-069584
CHIHUAHUA
MARIA SOCORRO
ROSALES
TRUJILLO
19/05/1906
174
08-08-03-070987
CHIHUAHUA
FELICIANO ODILON
CAMPUZANO
VILLALOBOS
01/02/1908
175
08-08-03-072393
CHIHUAHUA
JESUS TERESA
CHAVEZ
FUENTES
05/01/1909
176
08-08-03-072504
CHIHUAHUA
TOMAS
MOLINA
TREJO
27/11/1907
177
08-08-03-073655
CHIHUAHUA
ANTONIA
CONTRERAS
TORRES
01/01/1907
178
08-08-03-074565
CHIHUAHUA
MARCELO
ANCHONDO
RIVERO
18/02/1908
179
08-08-03-075577
CHIHUAHUA
ALFREDO
GONZALEZ
GUTIERREZ
15/08/1909
180
08-08-03-076488
CHIHUAHUA
JOSEFINA
ESCARCEGA
ORDOÑEZ
13/05/1897
181
08-08-03-076755
CHIHUAHUA
ARMANDO
MENDOZA
GONZALEZ
27/10/1909
182
08-08-03-078361
CHIHUAHUA
HECTOR
TARANGO
BORUNDA
01/01/1903
183
08-08-03-078879
CHIHUAHUA
BALTAZAR
FAVELA
MACIAS
12/08/1905
184
08-08-03-078896
CHIHUAHUA
MARGARITO
AGUIRRE
NEVAREZ
22/02/1909
185
08-08-03-079902
CHIHUAHUA
TERESA DE JESUS
LOYA
VILLEGAS
24/03/1899
186
08-08-03-080074
CHIHUAHUA
MARIA DEL SOCORRO
HOLGUIN
RASCON
02/02/1906
187
08-08-03-080155
CHIHUAHUA
LUZ
JIMENEZ
AYALA
03/04/1908
188
08-08-03-080715
CHIHUAHUA
OLIVIA
VERGARA
VAZQUEZ
14/02/1908
189
08-08-03-080926
CHIHUAHUA
PEDRO
ORTIZ
ANCHONDO
14/02/1907
190
08-08-03-081145
CHIHUAHUA
AMELIA
RIVERO
FLORES
18/03/1903
191
08-08-03-082597
CHIHUAHUA
NICOLAS
FRIAS
ORTEGA
02/11/1904
192
08-08-03-084005
CHIHUAHUA
LUIS
LUJAN
LUJAN
01/02/1901
193
08-08-03-084810
CHIHUAHUA
MARIA TRINIDAD
ROMERO
GUTIERREZ
02/02/1903
194
08-08-03-084821
CHIHUAHUA
MARIA MANUELA
CALDERON
GONZALEZ
10/02/1908
195
08-08-03-084952
CHIHUAHUA
TOMAS
ROJO
TORRES
29/12/1904
196
08-08-03-085130
CHIHUAHUA
ROSENDO
CASTILLO
VAZQUEZ
08/05/1908
197
08-08-03-086518
CHIHUAHUA
FERMIN
ESPINO
CHAPARRO
12/10/1903
198
08-08-03-086687
CHIHUAHUA
ELVIRA
PEREZ
VARGAS
04/06/1898
199
08-08-03-086768
CHIHUAHUA
EMILIA
QUINTANA
QUINTANA
02/02/1907
200
08-08-03-088625
CHIHUAHUA
ASCENCION
MIRANDA
ZUBIATE
28/09/1901
10
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
201
08-08-03-088687
CHIHUAHUA
CLEOTILDE
ARZAGA
202
08-08-03-088818
CHIHUAHUA
JOSEFINA
203
08-08-03-092298
CHIHUAHUA
DONATO
204
08-08-03-092957
CHIHUAHUA
205
08-08-03-093380
206
MATERNO
FECHA
HOLGUIN
01/03/1908
GRANILLO
HERNANDEZ
13/11/1908
RODRIGUEZ
TRILLO
01/01/1908
RAMONA
LOYA
SALINAS
22/03/1905
CHIHUAHUA
GENOVEVA
TARIN
PEREZ
02/03/1909
08-08-03-094303
CHIHUAHUA
SARA
SILVA
SANCHEZ
25/10/1906
207
08-08-03-095004
CHIHUAHUA
LUIS
MENDOZA
SIGALA
25/08/1908
208
08-08-03-095903
CHIHUAHUA
SEBERINA
TRILLO
ANCHONDO
08/03/1905
209
08-08-03-096606
CHIHUAHUA
CARLOS
ESTRADA
GOMEZ
17/02/1908
210
08-08-03-096833
CHIHUAHUA
GILBERTO
PEÑA
DE LA ROSA
20/08/1908
211
08-08-03-097271
CHIHUAHUA
RAMON ARMANDO
VILLAGRAN
PEREZ
05/09/1901
212
08-08-03-099152
CHIHUAHUA
PEDRO
FLORES
FIERRO
16/03/1905
213
08-08-03-099464
CHIHUAHUA
MARTHA CESAREA
MENDOZA
RODRIGUEZ
02/10/1906
214
08-08-03-099921
CHIHUAHUA
LORENZA
TERRAZAS
TARANGO
05/05/1907
215
08-08-03-102286
CHIHUAHUA
MARIA EUFEMIA
TARANGO
GARAY
19/02/1907
216
08-08-03-104311
CHIHUAHUA
GUADALUPE
MENDOZA
MENDOZA
07/12/1907
217
08-08-03-104319
CHIHUAHUA
SOCORRO
VENZOR
FLORES
17/05/1905
218
08-08-03-107381
CHIHUAHUA
OSCAR REFUGIO
GARCIA
RAMOS
04/07/1900
219
08-08-03-108803
CHIHUAHUA
LUCILA
MIRANDA
MEDRANO
28/02/1904
220
08-08-03-108868
CHIHUAHUA
JUAN
CHAVEZ
YAÑEZ
12/12/1908
221
08-08-03-109516
CHIHUAHUA
PEDRO
ORTIZ
LOPEZ
11/03/1905
222
08-08-03-110046
CHIHUAHUA
FRANCISCO
GONZALEZ
CABELLO
18/03/1908
223
08-08-03-110848
CHIHUAHUA
VELIA
PEREZ
PEREZ
13/11/1900
224
08-08-03-110915
CHIHUAHUA
GUADALUPE
ESTRADA
CHAVEZ
13/12/1909
225
08-08-03-111040
CHIHUAHUA
FRANCISCO
CISNEROS
AGUIRRE
06/04/1906
226
08-08-03-111326
CHIHUAHUA
ANASTACIO
VALENCIA
MONTES
25/03/1909
227
08-08-03-113865
CHIHUAHUA
ORALIA
MORALES
DELGADO
31/08/1909
228
08-08-03-114435
CHIHUAHUA
AMELIA
VENZOR
DIAZ
05/11/1907
229
08-08-03-115198
CHIHUAHUA
RITO
HERRERA
SOLIS
20/03/1904
230
08-08-03-116646
CHIHUAHUA
ELVIRA
GRANILLO
ARIAS
06/08/1904
231
08-08-03-117252
CHIHUAHUA
MARIA DE JESUS
ESTRADA
ESTRADA
31/07/1903
232
08-08-03-117411
CHIHUAHUA
LORENZO
TERRAZAS
HERNANDEZ
10/04/1907
233
08-08-03-117678
CHIHUAHUA
GENARO
CERECERES
VILLAGRAN
05/10/1907
234
08-08-03-117823
CHIHUAHUA
MARIA EUGENIA
LEYVA
BUSTILLOS
20/11/1904
235
08-08-03-119466
CHIHUAHUA
JOSE
SOTELO
RUIZ
12/10/1907
236
08-08-03-122046
CHIHUAHUA
RICARDO
MARQUEZ
LERMA
17/07/1909
237
08-08-03-125138
CHIHUAHUA
LINO
CHAVEZ
JIMENEZ
08/06/1908
238
08-08-03-125600
CHIHUAHUA
MARIA DE LA LUZ
GONZALEZ
BUSTILLOS
03/07/1909
239
08-08-03-125722
CHIHUAHUA
RAUL
RODRIGUEZ
ORTIZ
18/03/1906
240
08-08-03-125904
CHIHUAHUA
FLORENCIA
COSS
GARCIA
06/06/1906
241
08-08-03-125952
CHIHUAHUA
LUIS CARLOS
PARRA
LOZANO
04/11/1901
242
08-08-03-126038
CHIHUAHUA
JESUS
GANDARA
ARROYOS
19/08/1904
243
08-08-03-126057
CHIHUAHUA
ANA
GONZALEZ
LEDEZMA
01/01/1906
244
08-08-03-126899
CHIHUAHUA
RAMON
QUEZADA
PEREZ
07/05/1908
245
08-08-03-127351
CHIHUAHUA
REYES BALTAZAR
MANRIQUEZ
TERRAZAS
20/12/1909
246
08-08-03-127603
CHIHUAHUA
MARIA ESTHER
MENDOZA
TALAMANTES
20/05/1895
247
08-08-03-127843
CHIHUAHUA
JOSEFINA
CALDERON
PAZ
15/04/1909
248
08-08-03-128943
CHIHUAHUA
VIRGINIA
HERNANDEZ
RENTERIA
25/08/1909
249
08-08-03-129355
CHIHUAHUA
JESUS ANTONIO
CASTILLO
RICO
04/07/1903
250
08-08-03-129794
CHIHUAHUA
PEDRO
ESTRADA
VASQUEZ
21/06/1909
251
08-08-03-130815
CHIHUAHUA
MARIA DEL PILAR
TALAVERA
HERNANDEZ
12/01/1900
252
08-08-03-131387
CHIHUAHUA
JEHOVA SALOMON
RIVERA
VARELA
11/05/1904
253
08-08-03-131897
CHIHUAHUA
JESUS MARIA
GUTIERREZ
HOLGUIN
13/10/1908
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
11
FECHA
254
08-08-03-132230
CHIHUAHUA
ANTONIO
TENA
HINOJOS
14/02/1900
255
08-08-03-132489
CHIHUAHUA
EVERARDO
MIRAMONTES
SALCIDO
04/07/1907
256
08-08-03-133446
CHIHUAHUA
ELVIRA
ANTILLON
QUEZADA
21/06/1904
257
08-08-03-133489
CHIHUAHUA
CRUZ
BARRERA
MUÑIZ
11/07/1908
258
08-08-03-133711
CHIHUAHUA
ANTONIA
HOLGUIN
VALERIO
26/01/1906
259
08-08-03-133834
CHIHUAHUA
GABRIEL
LOYA
LOYA
15/12/1909
260
08-08-03-133837
CHIHUAHUA
GUILLERMO
LOPEZ
RAMOS
04/09/1909
261
08-08-03-133959
CHIHUAHUA
POMPOSO
PEREZ
COTA
07/02/1907
262
08-08-03-133981
CHIHUAHUA
JAIME
RODRIGUEZ
CRUZ
19/03/1909
263
08-08-03-134022
CHIHUAHUA
MARIO
RIVERA
LARGUERO
25/02/1909
264
08-08-03-134058
CHIHUAHUA
PATROCINIA
MARQUEZ
IBUADO
01/01/1908
265
08-08-03-134131
CHIHUAHUA
ANTONIO
GOMEZ
ARIAS
19/09/1902
266
08-08-03-134211
CHIHUAHUA
CARLOS LUIS
MEDINA
TERRAZAS
14/02/1904
267
08-08-03-134293
CHIHUAHUA
RAMONA
LOYA
PEREZ
24/12/1907
268
08-08-03-134305
CHIHUAHUA
ARTURO
ESTRADA
MARTINEZ
13/06/1909
269
08-08-03-134324
CHIHUAHUA
PEDRO
BENCOMO
CASTILLO
03/08/1907
270
08-08-03-134371
CHIHUAHUA
MARIA
LOPEZ
MARTINEZ
11/04/1904
271
08-08-03-134432
CHIHUAHUA
SALVADOR
ENRIQUEZ
DOMINGUEZ
10/10/1908
272
08-08-03-134450
CHIHUAHUA
ERLINDA
MIRAMONTES
HERNANDEZ
14/02/1904
273
08-08-03-134565
CHIHUAHUA
DAMIANA
OLVEDA
BELTRAN
14/02/1881
274
08-08-03-134674
CHIHUAHUA
MONCERRAT
DOMINGUEZ
DIAZ
02/10/1905
275
08-08-03-134772
CHIHUAHUA
SERVANDO
ALARCON
CAMARENA
17/12/1909
276
08-08-03-134789
CHIHUAHUA
VICTORIA
MEDINA
OCHOA
14/05/1907
277
08-08-03-137261
CHIHUAHUA
MARIA DE LOURDES
FLORES
GARCIA
08/03/1904
278
08-08-03-137530
CHIHUAHUA
MA DE LOS ANGELES
SALAS
RODRIGUEZ
15/07/1905
279
08-08-03-138145
CHIHUAHUA
AMADEA
MENDOZA
ROJO
10/02/1906
280
08-08-03-138207
CHIHUAHUA
MELECIA OLGA
BELTRAN
RAMIREZ
07/02/1904
281
08-08-03-139738
CHIHUAHUA
JESUS
CERVANTES
MARQUEZ
06/01/1904
282
08-08-03-139938
CHIHUAHUA
ROSA
MUÑOZ
PEÑA
03/03/1909
283
08-08-03-140131
CHIHUAHUA
MARIA
GONZALEZ
ALVARADO
31/01/1907
284
08-08-03-141516
CHIHUAHUA
ESTHELA
PEREZ
SANCHEZ
07/04/1907
285
08-08-03-141671
CHIHUAHUA
JOSEFINA
GRAJEDA
NEVAREZ
02/11/1908
286
08-08-03-141902
CHIHUAHUA
SIMONA
GARCIA
HERNANDEZ
24/06/1906
287
08-08-03-142273
CHIHUAHUA
RAMON
ORTEGA
CAMACHO
01/01/1908
288
08-08-03-143635
CHIHUAHUA
PETRA
MELENDEZ
CARDENAS
09/12/1900
289
08-08-03-143714
CHIHUAHUA
ANTONIO
PACHECO
MONTOYA
12/07/1905
290
08-08-03-143838
CHIHUAHUA
ELIAS
SOLIS
ARZAGA
25/12/1908
291
08-08-03-144421
CHIHUAHUA
MARFISA ALICIA
VILLARREAL
RAMIREZ
12/06/1909
292
08-08-03-144731
CHIHUAHUA
MARIA GUADALUPE
LOZOYA
ORTIZ
01/11/1902
293
08-08-03-148045
CHIHUAHUA
MARIA JULIANA
ARAUJO
CASILLAS
31/08/1908
294
08-08-03-148052
CHIHUAHUA
ERNESTINO MANUEL
GARAY
BARRERA
29/03/1897
295
08-08-03-148188
CHIHUAHUA
FRANCISCA
YAÑEZ
OGAZ
17/10/1902
296
08-08-03-148275
CHIHUAHUA
RAMONA
CANO
CARMONA
01/09/1909
297
08-08-03-148334
CHIHUAHUA
MARGARITA
MATA
OROZCO
16/10/1902
298
08-08-03-148537
CHIHUAHUA
OTIEL
RODRIGUEZ
RIVERO
30/01/1907
299
08-08-03-150959
CHIHUAHUA
BELEM
PACHECO
SAENZ
01/01/1906
300
08-08-03-151276
CHIHUAHUA
JESUS JOSE
CHAVEZ
GUTIERREZ
17/03/1907
301
08-08-03-151841
CHIHUAHUA
ARMIDA
GARCIA
GUTIERREZ
20/09/1905
302
08-08-03-151910
CHIHUAHUA
RAMONA
MELENDEZ
TARIN
19/11/1909
303
08-08-03-152005
CHIHUAHUA
HELIODORO
ESTRADA
OLIVAS
16/09/1904
304
08-08-03-152078
CHIHUAHUA
CASIMIRO
URUETA
TERRAZAS
26/03/1902
305
08-08-03-152363
CHIHUAHUA
JOSE DULCES NOMBRES
MENDOZA
RUIZ
21/01/1909
306
08-08-03-152366
CHIHUAHUA
JOSE
MONTENEGRO
MORGA
25/12/1904
12
(Primera Sección)
Folio
307
08-08-03-152495
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MATERNO
FECHA
CHIHUAHUA
DELIA
TORRES
HERNANDEZ
16/05/1908
308
08-08-03-152508
CHIHUAHUA
MANUELA
DE LA CRUZ
LOPEZ
05/04/1899
309
08-08-03-152958
CHIHUAHUA
JESUS ARMANDO
LUJAN
TENA
25/08/1909
310
08-08-03-156218
CHIHUAHUA
TOMAS
MORALES
LIRA
31/12/1903
311
08-08-03-156768
CHIHUAHUA
GUADALUPE
BALDERRAMA
JAQUEZ
24/06/1909
312
08-08-03-156948
CHIHUAHUA
VICTOR MANUEL
LOPEZ
TALAMANTES
08/12/1904
313
08-08-03-157321
CHIHUAHUA
GUADALUPE
TARANGO
BORUNDA
16/02/1907
314
08-08-03-157377
CHIHUAHUA
NATIVIDAD
PARRA
OLIVAS
20/08/1905
315
08-08-03-157566
CHIHUAHUA
VICTOR
MUÑOZ
ARANA
07/07/1907
316
08-08-03-157599
CHIHUAHUA
ISIDORA
MARQUEZ
LOPEZ
12/01/1909
317
08-08-03-157619
CHIHUAHUA
CARMEN
RODRIGUEZ
BAQUERA
07/11/1907
318
08-08-03-157728
CHIHUAHUA
MARIA DOLORES
VALENZUELA
TORRES
16/03/1904
319
08-08-03-158809
CHIHUAHUA
ALEJANDRO
COSSIO
RAMIREZ
07/02/1905
320
08-08-03-159034
CHIHUAHUA
MA DOLORES
MONTOYA
PEÑA
08/01/1900
321
08-08-03-160138
CHIHUAHUA
JOSE MANUEL
VARGAS
HERNANDEZ
15/04/1907
322
08-08-03-160438
CHIHUAHUA
FRANCISCO JAVIER
VENZOR
CARDENAS
13/01/1908
323
08-08-03-160501
CHIHUAHUA
EVANGELINA
MANRIQUEZ
NAVARRETE
10/01/1907
324
08-08-03-161257
CHIHUAHUA
FLORENTINO
MACIAS
GONZALEZ
22/11/1909
325
08-08-03-164356
CHIHUAHUA
CELIA
ACEVES
ACOSTA
30/11/1907
326
08-08-03-164395
CHIHUAHUA
MARIA REMEDIOS
PORTILLO
CAMPOS
24/05/1909
327
08-08-03-164808
CHIHUAHUA
MARIA
CERVANTES
BUSTOS
22/08/1908
328
08-08-03-164902
CHIHUAHUA
CLEMENTE
LOZANO
LOYA
25/04/1903
329
08-08-03-165306
CHIHUAHUA
SAMUEL
NAJERA
FLORES
10/08/1903
330
08-08-03-165756
CHIHUAHUA
JAIME
MANRIQUEZ
TREVIZO
31/03/1909
331
08-08-03-165837
CHIHUAHUA
JAIME
AGUILAR
MARIN
12/07/1904
332
08-08-03-165951
CHIHUAHUA
ROBERTO
GALLEGOS
CARRILLO
10/03/1907
333
08-08-03-166108
CHIHUAHUA
SILVIA
FERNANDEZ
MARTINEZ
12/05/1907
334
08-08-03-166362
CHIHUAHUA
ESTELA
SALCIDO
SOLIS
19/03/1905
335
08-08-03-166491
CHIHUAHUA
MANUEL
LOPEZ
GARIBALDI
24/06/1900
336
08-08-03-166645
CHIHUAHUA
FRANCISCO
BARRERA
MENDOZA
02/04/1903
337
08-08-03-166705
CHIHUAHUA
MARIA LUISA
MENDOZA
MERAZ
01/04/1899
338
08-08-03-166765
CHIHUAHUA
CAROLINA
HERNANDEZ
MARTINEZ
11/12/1907
339
08-08-03-168796
CHIHUAHUA
ESTELA
DURAN
LARA
31/08/1903
340
08-08-03-169107
CHIHUAHUA
FLORENTINO
GARCIA
LEGARDA
05/03/1909
341
08-08-03-169523
CHIHUAHUA
PETRA
ENRIQUEZ
HERNANDEZ
15/09/1904
342
08-08-03-169956
CHIHUAHUA
SOCORRO
JAQUEZ
MONTES
15/03/1901
343
08-08-03-170379
CHIHUAHUA
MANUELA
ESCOBEDO
ACOSTA
04/11/1896
344
08-08-03-174491
CHIHUAHUA
ERNESTO
LEYVA
ORNELAS
01/01/1900
345
08-08-03-174850
CHIHUAHUA
TOMASA
MENDOZA
MARCIAL
11/06/1907
29/06/1904
346
08-08-03-174975
CHIHUAHUA
MA ANSELMA
CASTAÑON
DE LA CRUZ
347
08-08-03-175291
CHIHUAHUA
GENOVEVA
VAZQUEZ
MIRANDA
30/11/1905
348
08-08-03-175826
CHIHUAHUA
NATIVIDAD
CASTAÑEDA
GARCIA
15/03/1905
349
08-08-03-176225
CHIHUAHUA
ANTONIO
HERRERA
ANDUJO
29/03/1902
350
08-08-03-177154
CHIHUAHUA
MARIA DEL SOCORRO
PACHECO
GARCIA
15/08/1908
351
08-08-03-177846
CHIHUAHUA
MANUELA
CABALLERO
FIERRO
17/06/1905
352
08-08-03-178153
CHIHUAHUA
FLORENCIA
QUINTANA
LAZCANO
05/08/1909
353
08-08-03-178233
CHIHUAHUA
MANUELA
MENDOZA
GALLEGOS
15/04/1909
354
08-08-03-179027
CHIHUAHUA
FLOR ELIA
VELETA
MONCLOVA
15/08/1907
355
08-08-03-179172
CHIHUAHUA
VICENTA
RAMIREZ
TENORIO
30/12/1906
356
08-08-03-179451
CHIHUAHUA
MARIA
TREVIZO
BALLESTEROS
04/09/1904
357
08-08-03-179622
CHIHUAHUA
ROSARIO
YAÑEZ
PAYAN
21/04/1901
358
08-08-03-179786
CHIHUAHUA
SOCORRO
RODRIGUEZ
GONZALEZ
24/04/1906
359
08-08-03-180336
CHIHUAHUA
MA DEL CARMEN
FRANCO
CANO
16/01/1909
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
13
FECHA
360
08-08-03-180456
CHIHUAHUA
MANUEL
LECHUGA
ALVARADO
21/07/1907
361
08-08-03-180980
CHIHUAHUA
MARIA LORETO
COTA
FONTES
19/03/1904
362
08-08-03-181340
CHIHUAHUA
ELISEO
VILLEGAS
CHAVEZ
25/04/1904
363
08-08-03-181856
CHIHUAHUA
RAFAEL
ORNELAS
CHAVEZ
11/03/1906
364
08-08-03-181890
CHIHUAHUA
PEDRO
ACOSTA
MOLINAR
24/02/1901
365
08-08-03-182059
CHIHUAHUA
CLARA
CHACON
VALDEZ
05/09/1909
366
08-08-03-182351
CHIHUAHUA
ALONSO UBALDO
CHAVIRA
MARQUEZ
22/05/1908
367
08-08-03-182542
CHIHUAHUA
SALVADOR
PARRA
VILLALBA
24/04/1906
368
08-08-03-182602
CHIHUAHUA
LAURA VIRGINIA
FERNANDEZ
MIRANDA
07/04/1907
369
08-08-03-182619
CHIHUAHUA
MA DEL CARMEN
DELGADO
MIRELES
10/10/1904
370
08-08-03-183380
CHIHUAHUA
ANTONIA
RAMIREZ
PARRA
25/07/1899
371
08-08-03-183649
CHIHUAHUA
PERFECTA
PARRA
TORRES
31/12/1900
372
08-08-03-183832
CHIHUAHUA
SERGIO
HOLGUIN
RODRIGUEZ
01/01/1909
373
08-08-03-184406
CHIHUAHUA
JOSE
RAMIREZ
CHAVEZ
12/03/1907
374
08-08-03-184559
CHIHUAHUA
ERNESTINA
CHACON
TALAMANTES
28/07/1904
375
08-08-03-184662
CHIHUAHUA
MARIA DORA
TRUJILLO
LUJAN
10/12/1907
376
08-08-03-184723
CHIHUAHUA
HUMBERTA
CASTILLO
MENDOZA
25/12/1904
377
08-08-03-184746
CHIHUAHUA
REYES
TAPIA
MIRANDA
04/06/1909
378
08-08-03-184757
CHIHUAHUA
ELIVORIO
MARQUEZ
CORRAL
15/05/1909
379
08-08-03-184931
CHIHUAHUA
LEOPOLDO
JURADO
MARTINEZ
29/09/1903
380
08-08-03-185275
CHIHUAHUA
RAMON
HERNANDEZ
RUIZ
22/07/1907
381
08-08-03-185787
CHIHUAHUA
ESPERANZA
LOYA
DE LA PEÑA
05/09/1908
382
08-08-03-185869
CHIHUAHUA
CONCEPCION
CHACON
RAMOS
05/05/1907
383
08-08-03-185958
CHIHUAHUA
HERMELINDA
RENTERIA
VILLEGAS
31/03/1906
384
08-08-03-186108
CHIHUAHUA
VIRGINIA
LOPEZ
QUIÑONEZ
25/09/1906
385
08-08-03-186137
CHIHUAHUA
ARMANDO
MATA
CONTRERAS
01/03/1906
386
08-08-03-187345
CHIHUAHUA
GUADALUPE
LOPEZ
BECERRA
12/12/1906
387
08-08-03-189548
CHIHUAHUA
ISIDRO
MONTOYA
GRANADOS
22/11/1907
388
08-08-03-189816
CHIHUAHUA
ELVA
GARCIA
ORTIZ
17/12/1905
389
08-08-03-190135
CHIHUAHUA
LAURENCIA
NAVA
CALDERON
13/06/1906
390
08-08-03-192035
CHIHUAHUA
JUANA
MELENDEZ
HERNANDEZ
16/03/1909
391
08-08-03-192457
CHIHUAHUA
ROSA ELVIRA
RAMIREZ
BARBA
17/06/1907
392
08-08-03-192871
CHIHUAHUA
SOLEDAD
MENDOZA
ORNELAS
07/11/1907
393
08-08-03-193046
CHIHUAHUA
VICTOR
ORRANTIA
VILLALOBOS
27/11/1908
394
08-08-03-193268
CHIHUAHUA
SANTOS
MALDONADO
JAQUEZ
19/03/1901
395
08-08-03-193688
CHIHUAHUA
MARIA DE LA LUZ
GARCIA
MORALES
30/05/1906
396
08-08-03-193961
CHIHUAHUA
HUMBERTO
FRIAS
CENICEROS
21/05/1908
397
08-08-03-194088
CHIHUAHUA
ELCO
VARGAS
VARGAS
21/07/1907
398
08-08-03-194635
CHIHUAHUA
JESUS ANTONIO
MENDOZA
ANCHONDO
13/06/1909
399
08-08-03-195096
CHIHUAHUA
MARTIN
LOYA
PEREZ
24/04/1901
400
08-08-03-195211
CHIHUAHUA
SECUNDINA
MIRANDA
TARANGO
11/08/1901
401
08-08-03-195941
CHIHUAHUA
MONICA HORTENCIA
BUSTAMANTE
VILLALOBOS
22/11/1908
402
08-08-03-196140
CHIHUAHUA
JUAN
TRILLO
LOYA
19/03/1901
403
08-08-03-196378
CHIHUAHUA
LEANDRO
CHAVEZ
HERNANDEZ
17/09/1903
404
08-08-03-196582
CHIHUAHUA
PABLO
CHAVEZ
CHAVEZ
29/06/1906
405
08-08-03-196640
CHIHUAHUA
MANUEL
MENDOZA
REDES
21/04/1909
406
08-08-04-057440
CHIHUAHUA
ANTONIA
MURILLO
VICENCIO
13/11/1904
407
08-08-04-080796
CHIHUAHUA
MANUELA
ERIVES
VALENZUELA
10/10/1908
408
08-08-04-091383
CHIHUAHUA
MARGARITA
LOZANO
PARRA
25/04/1902
409
08-08-04-096743
CHIHUAHUA
ELPIDIA
MALDONADO
FERNANDEZ
16/07/1908
410
08-08-04-100272
CHIHUAHUA
EUSTOLIA
CHAVEZ
GUTIERREZ
19/03/1906
411
08-08-04-139896
CHIHUAHUA
MATILDE
ACOSTA
MENDOZA
15/11/1909
412
08-08-04-148429
CHIHUAHUA
RAMON
CHACON
GARCIA
25/05/1909
14
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MATERNO
FECHA
413
08-08-04-159579
CHIHUAHUA
MARIA DE LOS ANGELES
SIGALA
VALENZUELA
07/11/1907
414
08-08-04-160465
CHIHUAHUA
MARIA DE JESUS
GUARDIOLA
MUÑIZ
20/07/1904
415
08-08-04-164806
CHIHUAHUA
ROSALIA
SANDOVAL
LINARES
22/03/1908
416
08-08-04-183315
CHIHUAHUA
CANDELARIA
ROCHA
JUAREZ
26/12/1909
417
08-08-04-183621
CHIHUAHUA
MA DE LA LUZ
TREVIZO
SOLIS
12/06/1904
418
08-08-04-184222
CHIHUAHUA
IGNACIA
MARTINEZ
OCHOA
10/06/1904
419
08-08-04-189154
CHIHUAHUA
JESUS
MENDOZA
AMARO
11/11/1907
420
08-08-04-191015
CHIHUAHUA
EVA
GOMEZ
MEDINA
19/06/1909
421
08-08-04-194044
CHIHUAHUA
MAGDALENA
JAQUEZ
VALBUENA
10/06/1909
422
08-08-04-195424
CHIHUAHUA
ERMIDA
LOZANO
MORENO
15/10/1909
423
08-08-04-195965
CHIHUAHUA
DAVID
GUTIERREZ
VAZQUEZ
01/05/1899
424
08-09-02-047812
CHIHUAHUA
MARIA DEL SOCORRO
RAMIREZ
CARRASCO
17/01/1909
425
08-09-02-106094
CHIHUAHUA
MARIA
LOYA
PORTILLO
13/04/1906
426
08-09-02-163720
CHIHUAHUA
MARIA
MARTINEZ
MORALEZ
13/06/1904
427
08-09-03-022867
CHIHUAHUA
MARIA GUADALUPE
BAYLON
LIMAS
19/03/1908
428
08-09-03-028173
CHIHUAHUA
EUGENIA
DOMINGUEZ
LOPEZ
01/01/1904
429
08-09-03-032717
CHIHUAHUA
GUILLERMO
OGAZ
MORENO
27/08/1908
430
08-09-03-037080
CHIHUAHUA
MARIA
DOMINGUEZ
GUZMAN
23/01/1905
431
08-09-03-038868
CHIHUAHUA
OLIVIA
CHAVEZ
CRUZ
15/06/1908
432
08-09-03-040929
CHIHUAHUA
FRANCISCA
LOZOYA
VILLA
05/04/1909
433
08-09-03-042236
CHIHUAHUA
REFUGIO
CHAVEZ
BETANCE
04/07/1905
434
08-09-03-042779
CHIHUAHUA
MANUELA
HURTADO
PORTILLO
01/08/1906
435
08-09-03-045233
CHIHUAHUA
GENOVEVA
ORTIZ
LUJAN
16/03/1904
436
08-09-03-049480
CHIHUAHUA
LUCIA
CASTILLO
FLORES
23/05/1908
437
08-09-03-049634
CHIHUAHUA
MARIA DEL SOCORRO
MARTINEZ
ORTIZ
29/09/1908
438
08-09-03-050034
CHIHUAHUA
JOSE MERCED
MELENDEZ
RAMIREZ
07/07/1908
439
08-09-03-052301
CHIHUAHUA
MANUELA
NATIVIDAD
CHAVEZ
02/07/1903
440
08-09-03-059693
CHIHUAHUA
LUZ
MACIAS
VAZQUEZ
24/12/1900
441
08-09-03-064469
CHIHUAHUA
MARIA RAQUEL
ESTEVANE
PADRON
10/05/1905
442
08-09-03-066676
CHIHUAHUA
CARMEN ELBA
LERMA
MOLINA
19/03/1909
443
08-09-03-067478
CHIHUAHUA
LEONOR SOCORRO
LERMA
PORRAS
21/05/1901
444
08-09-03-067651
CHIHUAHUA
MARIA MARTHA
PRIETO
CHAVEZ
22/05/1900
445
08-09-03-067800
CHIHUAHUA
CARMEN
GOMEZ
RAMIREZ
29/09/1909
446
08-09-03-072087
CHIHUAHUA
ADAN
BRIONES
RAMOS
24/04/1903
447
08-09-03-072102
CHIHUAHUA
ANATALIO
PARADA
MUÑIZ
15/04/1904
448
08-09-03-072213
CHIHUAHUA
ESTHER
LUJAN
GAYTAN
19/03/1903
449
08-09-03-073409
CHIHUAHUA
JOSE
ARMENDARIZ
HINOJOS
25/04/1906
450
08-09-03-076547
CHIHUAHUA
MARGARITA
TAPIA
BARRAZA
17/06/1899
451
08-09-03-080038
CHIHUAHUA
HUMBERTO
CORRALES
VALLEZ
14/10/1909
452
08-09-03-080128
CHIHUAHUA
VICTORIA ISABEL
MARTINEZ
HOLGUIN
14/07/1908
453
08-09-03-082795
CHIHUAHUA
MA HIGINIA
HERNANDEZ
BURCIAGA
06/11/1908
454
08-09-03-109476
CHIHUAHUA
ROSARIO
NAÑEZ
ONTIVEROS
14/12/1908
14/07/1908
455
08-09-03-112731
CHIHUAHUA
FRANCISCO
MONARREZ
REYES
456
08-09-03-114327
CHIHUAHUA
ROSALIA
ORTEGA
ZAPATA
17/03/1909
457
08-09-03-120917
CHIHUAHUA
FERMIN
RUBIO
LEYVA
07/05/1907
458
08-09-03-121345
CHIHUAHUA
CARMEN FRANCISCA
BERNAL
RENTERIA
11/01/1908
459
08-09-03-127941
CHIHUAHUA
MANUEL
SALINAS
CHAVIRA
19/06/1908
460
08-09-03-131397
CHIHUAHUA
SOLEDAD
CONTRERAS
CABRIALES
08/01/1908
461
08-09-03-137824
CHIHUAHUA
ELVA
FRANCO
ANCHONDO
28/12/1905
462
08-09-03-139696
CHIHUAHUA
MANUEL
LUJAN
MONTAÑEZ
05/03/1907
463
08-09-03-141370
CHIHUAHUA
ARTURO
RAMIREZ
HOLGUIN
05/02/1905
464
08-09-03-143603
CHIHUAHUA
DANIEL
CORONEL
OGAZ
26/07/1908
465
08-09-03-147424
CHIHUAHUA
SOCORRO
REYES
GALLEGOS
11/06/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
466
08-09-03-152765
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
CHIHUAHUA
ALFREDO
BAEZA
MATERNO
15
FECHA
BAEZA
02/03/1907
04/12/1904
467
08-09-03-160326
CHIHUAHUA
NICOLAS JESUS
ROMERO
MUÑOZ
468
08-09-03-161070
CHIHUAHUA
IRMA
HERNANDEZ
REY
16/02/1909
469
08-09-03-163545
CHIHUAHUA
ANICETA
ARANDA
RIOS
13/03/1906
470
08-09-03-164558
CHIHUAHUA
HELGA AVILIA
GONZALEZ
FLORES
29/06/1907
471
08-09-03-165249
CHIHUAHUA
JOSE
ALEMAN
HERNANDEZ
28/10/1903
472
08-09-03-165826
CHIHUAHUA
IGNACIO
BURCIAGA
LARA
05/09/1908
473
08-09-03-168681
CHIHUAHUA
RODOLFO
MENDOZA
ONTIVEROS
19/03/1908
474
08-09-03-175256
CHIHUAHUA
CECILIA
MONARREZ
BETANCOURT
06/08/1906
475
08-09-03-178507
CHIHUAHUA
HORTENCIA
HERNANDEZ
CARRASCO
19/03/1906
476
08-09-03-178976
CHIHUAHUA
GREGORIO
OZAETA
AGUIRRE
20/03/1908
477
08-09-03-179834
CHIHUAHUA
MAGDALENA
LUNA
OAXACA
19/03/1905
478
08-09-03-182071
CHIHUAHUA
IGNACIA
CANALES
AGUIRRE
20/11/1907
479
08-09-03-190448
CHIHUAHUA
EXIQUIO
GONZALEZ
LAZOS
13/06/1904
480
08-09-03-191422
CHIHUAHUA
GUADALUPE
PORTILLO
CAMACHO
05/04/1906
481
08-09-04-058917
CHIHUAHUA
MARIA DE LOS ANGELES
ORTIZ
FLORES
06/07/1907
482
08-09-04-112797
CHIHUAHUA
JOSEFINA
MEJIA
ONTIVEROS
15/05/1907
483
08-09-04-188306
CHIHUAHUA
BALTASAR
URITA
HINOJOS
06/01/1908
484
08-38-01-117651
CHIHUAHUA
RAMON
PARRA
PARRA
19/08/1908
485
08-38-02-134355
CHIHUAHUA
RITA
MOLINA
DIAZ
29/09/1905
486
08-38-03-090437
CHIHUAHUA
MAGDALENA
ZAPIEN
ARMENDARIZ
26/09/1904
487
08-38-03-103040
CHIHUAHUA
CONSUELO
MORALES
BALERDE
30/03/1908
488
08-38-03-103913
CHIHUAHUA
CONSUELO
SANCHEZ
SANDOVAL
18/05/1908
489
08-38-03-105501
CHIHUAHUA
ANTONIO
GUTIERREZ
CORONA
17/01/1905
490
08-38-03-113770
CHIHUAHUA
LETICIA
GALLEGOS
LUJAN
27/05/1907
491
08-38-03-115126
CHIHUAHUA
RAFAEL
GARCIA
SERNA
08/10/1908
492
08-38-03-119682
CHIHUAHUA
SILVESTRE
LOYA
HERNANDEZ
01/01/1906
493
08-38-03-120439
CHIHUAHUA
RAMON RODOLFO
RODRIGUEZ
LOERA
03/01/1908
494
08-38-03-120612
CHIHUAHUA
TAURINO
SALCIDO
JUAREZ
13/07/1909
495
08-38-03-123709
CHIHUAHUA
JESUS
OLIVAS
VAZQUEZ
20/02/1904
496
08-38-03-124847
CHIHUAHUA
ADELA
PRIETO
BACA
27/02/1902
497
08-38-03-124913
CHIHUAHUA
JESUS JOSE
OLIVAS
VELEZ
05/05/1909
498
08-38-03-135795
CHIHUAHUA
HERMILA
PORTILLO
MONTOYA
23/05/1909
15/06/1901
499
08-38-03-137785
CHIHUAHUA
DOLORES
TORRES
QUINTANA
500
08-38-03-138084
CHIHUAHUA
BEATRIZ
DELGADO
ESPINOZA
10/05/1904
501
08-38-03-138094
CHIHUAHUA
OCTAVIANO
JASSO
HERNANDEZ
31/07/1908
502
08-38-03-139700
CHIHUAHUA
ISMAEL
SANCHEZ
CHAPARRO
08/01/1908
503
08-38-03-140599
CHIHUAHUA
AMANDO
CHAVEZ
MORALES
27/11/1898
504
08-38-03-142411
CHIHUAHUA
FRANCISCA
ACOSTA
LOERA
24/12/1901
505
08-38-03-144183
CHIHUAHUA
JESUS
MENDEZ
RODRIGUEZ
24/06/1906
506
08-38-03-146696
CHIHUAHUA
ARMANDO
LLANES
HERNANDEZ
21/09/1908
507
08-38-03-149248
CHIHUAHUA
EVANGELINA
TORRES
SAENZ
29/12/1903
508
08-38-03-150052
CHIHUAHUA
ELIAS
DE LEON
NAVARRETE
01/05/1901
509
08-38-03-151502
CHIHUAHUA
BENITO
LOPEZ
CHAVEZ
13/03/1907
510
08-38-03-153390
CHIHUAHUA
MARIA
VILLAREAL
SAENZ
02/01/1909
511
08-38-03-154437
CHIHUAHUA
APOLINAR ESTEBAN
TALAMANTES
HERNANDEZ
25/08/1901
512
08-38-03-156035
CHIHUAHUA
JESUS
CHAVEZ
QUEZADA
06/01/1908
513
08-38-03-156149
CHIHUAHUA
NATIVIDAD
MORENO
HOLGUIN
19/03/1907
514
08-38-03-156376
CHIHUAHUA
MARGARITO
MACHUCA
SEPULVEDA
11/03/1888
515
08-38-03-156532
CHIHUAHUA
MARIA ELENA
VALENZUELA
HOLGUIN
07/01/1907
516
08-38-03-160283
CHIHUAHUA
JOSEFA GUADALUPE
RENTERIA
ANAYA
17/11/1905
517
08-38-03-164289
CHIHUAHUA
MARIA DEL CARMEN
MEDINA
AVILA
05/11/1909
518
08-38-03-165723
CHIHUAHUA
FRANCISCO SOCORRO
MORALES
MENDEZ
09/03/1908
16
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
OROZCO
MATERNO
HERNANDEZ
FECHA
519
08-38-03-173287
CHIHUAHUA
BALTAZAR
14/10/1900
520
08-38-03-173505
CHIHUAHUA
JULIA
GAMBOA
TORRES
10/01/1907
521
08-38-03-175289
CHIHUAHUA
PASCUAL
VILLALOBOS
TARIN
12/05/1907
522
08-38-03-178011
CHIHUAHUA
FERNANDO
NAVARRO
COLCHADO
04/07/1903
523
08-38-03-181139
CHIHUAHUA
RAFAEL
CHAVEZ
MORENO
27/09/1907
524
08-38-03-181323
CHIHUAHUA
MARIA
LUJAN
CAMPOS
05/12/1902
525
08-38-03-181446
CHIHUAHUA
JOSE
LOPEZ DE LARA
CERECEDES
21/08/1908
526
08-38-03-188079
CHIHUAHUA
MARCOS
REYES
FERNANDEZ
04/02/1895
527
08-38-03-188469
CHIHUAHUA
TRINIDAD
CANO
GRANADOS
12/12/1900
528
08-38-03-189383
CHIHUAHUA
RUBEN
BETANCES
DOMINGUEZ
12/04/1901
529
08-38-03-190321
CHIHUAHUA
FEDERICO
TORRES
VILLEZCAS
20/05/1907
530
08-38-03-190950
CHIHUAHUA
DIONICIO
DELGADO
RODRIGUEZ
05/05/1903
531
08-38-03-192170
CHIHUAHUA
FLAVIO
DURAN
LUNA
16/03/1907
532
08-38-04-182911
CHIHUAHUA
PETRA
BURCIAGA
BACA
02/11/1908
533
05-05-02-004288
COAHUILA
FELICITAS
MENA
BELTRAN
07/06/1908
534
05-05-02-111881
COAHUILA
MA SANTOS
HERNANDEZ
VELAZQUEZ
19/03/1909
535
05-05-03-008484
COAHUILA
REBECA
RODRIGUEZ
RUELAS
02/01/1901
536
05-05-03-009650
COAHUILA
CARLOS HUMBERTO
VALDEZ
FLORES
04/09/1899
537
05-05-03-012046
COAHUILA
ERNESTO
PALACIOS
CRUZ
04/03/1901
538
05-05-03-012808
COAHUILA
MAURICIO
TORRES
MATA
07/05/1907
539
05-05-03-013720
COAHUILA
JUANITA
RIVERA
CASTRO
24/12/1905
540
05-05-03-017762
COAHUILA
ALICIA
GARCIA
MARTINEZ
23/10/1906
541
05-05-03-020224
COAHUILA
FAUSTINO
TORRES
MUÑOZ
25/08/1907
542
05-05-03-020785
COAHUILA
RAMON SALVADOR
FUENTES
FRIAS
11/02/1909
543
05-05-03-021012
COAHUILA
EVANGELINA
LOZANO
IBARRA
12/05/1906
544
05-05-03-021305
COAHUILA
RAMIRO
RAMIREZ
GONZALEZ
11/11/1904
545
05-05-03-024151
COAHUILA
CRUS
LOPEZ
RIOS
23/12/1908
546
05-05-03-024165
COAHUILA
VIRGINIA
MARTINEZ
SAUCEDO
25/03/1904
547
05-05-03-024275
COAHUILA
ANTONIA
TORRES
CRUZ
21/06/1907
548
05-05-03-026409
COAHUILA
OFILIA
DE HOYOS
RODRIGUEZ
24/03/1905
549
05-05-03-028881
COAHUILA
ELISEO
MARTINEZ
VALLES
13/12/1907
550
05-05-03-028988
COAHUILA
HORTENCIA
FLORES
PEREZ
11/10/1906
551
05-05-03-033236
COAHUILA
JUAN FRANCISCO
GUARDIOLA
GARZA
15/05/1900
552
05-05-03-034342
COAHUILA
PEDRO
PERALES
ROMERO
04/10/1895
553
05-05-03-036412
COAHUILA
EULALIO
MARTINEZ
FRAUSTO
03/12/1906
554
05-05-03-039631
COAHUILA
LUIS
SALDAÑA
AVILA
15/12/1907
555
05-05-03-041671
COAHUILA
LUDIVINA
VALERO
ALFARO
25/03/1909
556
05-05-03-041947
COAHUILA
JOSE ELIGIO
MELCHOR
HERNANDEZ
27/02/1902
557
05-05-03-047729
COAHUILA
YOLANDA
JIMENEZ
GONZALEZ
10/07/1907
558
05-05-03-048946
COAHUILA
CELIA
DURAN
IBARRA
27/09/1907
559
05-05-03-049593
COAHUILA
URBANO
MAGALLANES
LIMON
09/01/1907
560
05-05-03-052310
COAHUILA
JUAN PABLO
SALAS
CHAIREZ
07/04/1907
561
05-05-03-052558
COAHUILA
FIDELA
MELCHOR
PUENTES
22/09/1905
562
05-05-03-055832
COAHUILA
MATILDE
BARRAZA
ALMARAZ
15/05/1906
563
05-05-03-059140
COAHUILA
JOSEFINA
LARA
RAMIREZ
20/06/1907
564
05-05-03-059265
COAHUILA
FELICITAS
CARREON
SALAZAR
01/06/1897
565
05-05-03-059333
COAHUILA
JUAN MANUEL
RODRIGUEZ
POLANCO
18/05/1907
566
05-05-03-061366
COAHUILA
FELICITAS
DE LEON
DE LEON
09/10/1904
567
05-05-03-062182
COAHUILA
PEDRO
SOTO
PACHECO
10/06/1891
568
05-05-03-062380
COAHUILA
CLARA
LUNA
HERNANDEZ
23/04/1908
569
05-05-03-069792
COAHUILA
FELIPE DE JESUS
TREVIÑO
BERMEA
05/02/1885
570
05-05-03-070189
COAHUILA
MA DE LA PAZ
GONZALEZ
AGUILAR
04/04/1909
571
05-05-03-070694
COAHUILA
GUILLERMO
HUERTA
MONTOYA
02/10/1905
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
572
05-05-03-070861
DIARIO OFICIAL
ESTADO
COAHUILA
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MA ANDREA
NAVARRO
MATERNO
17
FECHA
MARTINEZ
25/10/1907
03/01/1903
573
05-05-03-071005
COAHUILA
JESUS
DEL TORO
QUEZADA
574
05-05-03-073389
COAHUILA
MAXIMINIO
GARCIA
LOPEZ
05/05/1908
575
05-05-03-073414
COAHUILA
CARLOS
ROSALES
EPINO
20/11/1908
576
05-05-03-073803
COAHUILA
NICOLAS
ESQUIVEL
RODRIGUEZ
08/12/1908
577
05-05-03-075135
COAHUILA
ROBERTO
MUÑOZ
CORDOVA
11/08/1908
578
05-05-03-077910
COAHUILA
JOSE OSCAR
ESQUIVEL
RIVERA
05/10/1907
579
05-05-03-080126
COAHUILA
RODRIGO
QUINTERO
MENCHACA
01/09/1900
580
05-05-03-083218
COAHUILA
FELICITAS ALICIA
SANTILLANA
OLVEDA
13/01/1906
581
05-05-03-084524
COAHUILA
PAULINA
REYES
PINEDA
28/08/1902
582
05-05-03-084552
COAHUILA
FRANCISCA
IBARRA
ROCHA
11/06/1904
583
05-05-03-087407
COAHUILA
J TRINIDAD
FERNANDEZ
MARTINEZ
19/03/1903
584
05-05-03-087862
COAHUILA
MA SOFIA
ORTIZ
CORTINAS
10/04/1901
585
05-05-03-090722
COAHUILA
AUSTREBERTHA
NIÑO
PEREZ
29/09/1892
586
05-05-03-090833
COAHUILA
LEONOR
CHAVEZ
IBARRA
17/02/1907
587
05-05-03-091269
COAHUILA
MANUELA
TOVAR
ORTIZ
22/06/1908
588
05-05-03-101005
COAHUILA
ANTONIO
CAMPOS
GUZMAN
15/11/1909
589
05-05-03-101158
COAHUILA
MARIA FE
ORTIZ
CASTAÑEDA
08/07/1905
590
05-05-03-101275
COAHUILA
RICARDA
HERNANDEZ
MOLINA
19/03/1901
591
05-05-03-102659
COAHUILA
DOMINGO
MONTOYA
MARTINEZ
16/12/1906
592
05-05-03-102842
COAHUILA
MARTINA
VALENZUELA
MACARENO
15/06/1907
593
05-05-03-107020
COAHUILA
TEODORA
PEREZ
GARZA
28/03/1892
594
05-05-03-112492
COAHUILA
JUAN
ALEJANDRO
NUNCIO
14/10/1907
595
05-05-03-113985
COAHUILA
JUANA
DELGADO
HERNANDEZ
16/06/1909
596
05-05-03-114021
COAHUILA
JUAN
VARGAS
ESCALANTE
07/07/1907
597
05-05-03-118172
COAHUILA
MANUEL DE JESUS
DE LEON
CASTILLO
29/04/1909
598
05-05-03-122062
COAHUILA
FELICITAS
CATILLO
REYES
11/04/1908
599
05-05-03-123125
COAHUILA
ESPERANZA
RANGEL
CHAVEZ
26/12/1909
600
05-05-03-123185
COAHUILA
JOSEFA
OLVERA
PUENTES
29/01/1907
601
05-05-03-123837
COAHUILA
VICENTE
ALVAREZ
RODRIGUEZ
02/03/1909
602
05-05-03-124976
COAHUILA
MARIA DE LA LUZ
ALVARADO
MATA
08/01/1908
603
05-05-03-127556
COAHUILA
ROSA MARIA
RODRIGUEZ
PALACIOS
06/11/1906
604
05-05-03-127918
COAHUILA
DOLORES
RODRIGUEZ
LONGORIA
07/04/1900
605
05-05-03-128049
COAHUILA
HIGINIO
MARTINEZ
ALMANZA
07/01/1909
606
05-05-03-129176
COAHUILA
CERVANDO
OLIVARES
CASTILLO
13/01/1901
607
05-05-03-129475
COAHUILA
BERNARDA
SANCHEZ
GARCIA
20/02/1903
608
05-05-03-130585
COAHUILA
MARIO
GARCIA
NEGRETE
29/09/1903
609
05-05-03-131185
COAHUILA
JOSEFINA
VAZQUEZ
VALDEZ
19/03/1902
610
05-05-03-132361
COAHUILA
TERESA
RAMIREZ
OLIVAREZ
31/07/1904
611
05-05-03-132501
COAHUILA
GUADALUPE
TOVAR
GAMES
28/03/1909
612
05-05-03-136389
COAHUILA
ISMAEL
VALDEZ
FLORES
18/09/1905
613
05-05-03-136562
COAHUILA
SANJUANA
DELGADO
ALVARADO
18/05/1905
614
05-05-03-140145
COAHUILA
PLACIDO
RAMIREZ
QUEZADA
23/04/1908
615
05-05-03-140538
COAHUILA
LUDIVINA
CABELLO
RODRIGUEZ
27/06/1904
616
05-05-03-141892
COAHUILA
JOSE FIDEL
HERNANDEZ
HERNANDEZ
01/09/1899
617
05-05-03-143590
COAHUILA
JOSEFINA
VAZQUEZ
LOPEZ
08/04/1908
618
05-05-03-145197
COAHUILA
APOLINAR
JUAREZ
RIVERA
08/01/1904
619
05-05-03-146835
COAHUILA
ROBERTO
ARREOLA
ELIZONDO
28/06/1897
620
05-05-03-147418
COAHUILA
CLEMENTE
ACOSTA
OLVERA
04/10/1907
621
05-05-03-149885
COAHUILA
BENJAMIN
ALVARADO
VALLES
07/10/1905
622
05-05-03-150104
COAHUILA
MERCED
MORENO
MARTINEZ
15/02/1903
623
05-05-03-151150
COAHUILA
PEDRO
ALMARAZ
MANCINAS
15/03/1905
624
05-05-03-151605
COAHUILA
MA GUADALUPE
MARTINEZ
HERNANDEZ
24/10/1903
18
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
RODRIGUEZ
MATERNO
HERNANDEZ
FECHA
625
05-05-03-151691
COAHUILA
LEONEL SEGUNDO
05/07/1898
626
05-05-03-154575
COAHUILA
MA DE JESUS
CASTOR
GONZALEZ
21/05/1905
627
05-05-03-154961
COAHUILA
ROSA MARIA
CARDENAS
VALDEZ
14/03/1905
628
05-05-03-155236
COAHUILA
MARIA LUISA
VIESCA
CASTRO
16/09/1907
629
05-05-03-155861
COAHUILA
OLIVIA
PEREZ
MONTALVO
13/11/1901
630
05-05-03-156809
COAHUILA
PABLO
GARCIA
GALVAN
01/02/1907
631
05-05-03-158599
COAHUILA
ELOY
GARCIA
SANCHEZ
25/05/1901
632
05-05-03-158716
COAHUILA
MA DE LOS ANGELES
RIVERA
MEJIA
07/06/1907
633
05-05-03-158728
COAHUILA
EVA
MENDOZA
ARRIAGA
22/05/1905
634
05-05-03-159095
COAHUILA
TERESA
CABRERA
LARA
29/08/1903
635
05-05-03-160714
COAHUILA
PEDRO
TRUJILLO
BALDOVINOS
26/04/1906
636
05-05-03-160920
COAHUILA
MARIA OLIVIA
VASQUEZ
MARIN
03/09/1907
637
05-05-03-162698
COAHUILA
JUAN
PEREZ
RODRIGUEZ
22/02/1909
638
05-05-03-163542
COAHUILA
FLORA ESTELA
GOMEZ
VELAZQUEZ
09/02/1908
639
05-05-03-164256
COAHUILA
MA ALTAGRACIA
MELENDRES
LARA
20/10/1909
640
05-05-03-164523
COAHUILA
JOSE OLEGARIO
TOVAR
SANCHEZ
12/05/1906
641
05-05-03-164539
COAHUILA
ADELA
GONZALEZ
GARCIA
09/01/1906
642
05-05-03-165401
COAHUILA
ANITA
SIGALA
RAMIREZ
02/05/1902
643
05-05-03-166708
COAHUILA
MARIO ENRIQUE
ROSAS
AGUILAR
08/09/1908
644
05-05-03-166754
COAHUILA
ABEL
ESPINOZA
ANZURES
02/07/1906
645
05-05-03-167031
COAHUILA
VICTORIO
FLORES
ROMERO
21/03/1907
646
05-05-03-170665
COAHUILA
PEDRO
RODRIGUEZ
GAMBOA
19/03/1907
647
05-05-03-171130
COAHUILA
MARGARITA
GONZALEZ
HERNANDEZ
16/11/1887
648
05-05-03-171802
COAHUILA
VICITACION
DE LUNA
FUENTES
01/03/1905
649
05-05-03-175675
COAHUILA
FERNANDO
DE LUNA
GONZALEZ
05/05/1903
650
05-05-03-177819
COAHUILA
AGUSTINA
HERNANDEZ
DE LA TORRE
05/11/1904
651
05-05-03-180286
COAHUILA
DAVID
YAÑEZ
ROMERO
02/02/1908
652
05-05-03-180349
COAHUILA
SIMONA
VASQUEZ
CARRILLO
02/03/1894
653
05-05-03-180513
COAHUILA
MANUEL
SOTO
DOMINGUEZ
15/04/1900
654
05-05-03-180560
COAHUILA
PETRA
HERNANDEZ
DURAN
06/04/1908
655
05-05-03-182653
COAHUILA
BALDEMAR
CORDOVA
FLORES
19/03/1906
656
05-05-03-183381
COAHUILA
MA MAGDALENA
MONTOYA
ORTIZ
15/03/1907
657
05-05-03-186432
COAHUILA
SANTIAGO
MORA
LOPEZ
31/03/1909
658
05-05-03-187052
COAHUILA
NARCISO
LLANAS
CRISPIN
24/06/1902
659
05-05-03-188813
COAHUILA
ROSALINA
PALACIOS
MARTINEZ
19/03/1904
660
05-05-03-189206
COAHUILA
RAUL
PEREZ
MENDOZA
02/03/1901
661
05-05-03-189902
COAHUILA
MARIO
ROMAN
PUENTES
15/02/1908
662
05-05-03-190372
COAHUILA
FLORINDA
GARCIA
CASTRO
24/09/1905
663
05-05-03-191230
COAHUILA
ROMEO
RIVERA
GONZALEZ
07/01/1907
664
05-05-03-194992
COAHUILA
J SANTOS
CASTILLO
ACEVEDO
10/02/1909
665
05-05-04-019351
COAHUILA
JERONIMO
SANCHEZ
SANCHEZ
30/09/1905
666
05-05-04-026367
COAHUILA
FELICITAS
ALMAZAN
HERRERA
25/07/1907
667
05-05-04-035269
COAHUILA
SANTOS
GARZA
URTEAGA
03/03/1905
668
05-05-04-073101
COAHUILA
JESUS
CERVANTES
RAMIREZ
15/05/1907
669
05-05-04-107903
COAHUILA
JUANA
DAVILA
LUNA
11/03/1908
670
05-05-04-126292
COAHUILA
ROSA
DURON
CABRERA
02/09/1908
671
05-05-04-127109
COAHUILA
MARTHA
PEREZ
RAMIREZ
22/07/1905
672
05-05-04-130371
COAHUILA
ANTONIO
ZAVALA
ARREAGA
13/06/1908
673
05-05-04-130686
COAHUILA
MA DE LOS ANGELES
OCHOA
SERVANTES
06/06/1907
674
05-05-04-131008
COAHUILA
LUCIANA
IBARRA
ALCOCER
13/05/1908
675
05-05-04-147101
COAHUILA
JUANA
REGALADO
MARTINEZ
31/08/1903
676
05-05-04-158144
COAHUILA
PEDRO
SALCIDO
ROQUE
02/01/1906
677
05-05-04-181096
COAHUILA
GERMANA
BOCANEGRA
HERNANDEZ
10/08/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
19
FECHA
678
05-05-04-187788
COAHUILA
CAMILO
SAUCEDO
SAUCEDO
25/07/1909
679
06-06-02-034743
COLIMA
CANDELARIA
TINOCO
MAGAÑA
13/01/1906
680
06-06-02-124407
COLIMA
ANGELA
NOVELA
NOVELA
01/01/1906
681
06-06-03-004526
COLIMA
SOCORRO
VILLA
VIVIANO
14/05/1907
682
06-06-03-012092
COLIMA
SALVADOR
ESPIRITU
RUIZ
21/11/1908
683
06-06-03-016030
COLIMA
FRANCISCO JAVIER
LARIOS
RODRIGUEZ
09/12/1907
684
06-06-03-018462
COLIMA
LIOBIJILDO
RAMIREZ
VIRGEN
20/04/1907
685
06-06-03-041415
COLIMA
HERMELINDA
GONZALEZ
TORRES
21/03/1905
686
06-06-03-051788
COLIMA
IRENE
VEGA
BLANCO
14/10/1906
687
06-06-03-080139
COLIMA
ZENAIDA
FERNANDEZ
BARREDA
31/03/1909
688
06-06-03-136660
COLIMA
J GUADALUPE
SILVA
MARTINEZ
21/06/1902
689
06-06-03-144375
COLIMA
ANA MARIA
LAZARO
FLORES
15/11/1908
690
06-06-03-188755
COLIMA
MARIA GUADALUPE
IGLESIAS
MONTES
03/04/1903
691
06-06-03-192095
COLIMA
EVANGELINA
PRECIADO
SOLIS
22/06/1906
692
06-06-04-169330
COLIMA
COLUMBA
JIMENEZ
PONCE
27/02/1905
693
09-10-01-169652
DISTRITO FEDERAL
CAMILO
MARTINEZ
RANGEL
18/07/1909
694
09-10-01-177718
DISTRITO FEDERAL
JUAN
CARDENAS
GONZALEZ
24/06/1909
695
09-10-01-182189
DISTRITO FEDERAL
JESUS
PEREZ
FARIAS
19/05/1909
696
09-10-02-032930
DISTRITO FEDERAL
CARMEN
HERNANDEZ
LOPEZ
14/02/1908
697
09-10-02-046986
DISTRITO FEDERAL
MARIA EMMA DE LA LUZ
GONZALEZ
SOLIS
31/08/1907
698
09-10-02-060779
DISTRITO FEDERAL
ESTELA SARA
RAMIREZ
RUIZ
02/02/1907
699
09-10-02-089829
DISTRITO FEDERAL
LUZ
VELASCO
GONZALEZ
22/04/1908
700
09-10-02-099062
DISTRITO FEDERAL
FELISA
PANTOJA
RAZO
17/12/1905
701
09-10-02-104082
DISTRITO FEDERAL
BELEM
ALVAREZ
HERNANDEZ
27/02/1908
702
09-10-02-106035
DISTRITO FEDERAL
CATALINA
TAMAYO
AYALA
28/11/1908
703
09-10-02-127403
DISTRITO FEDERAL
ESPERANZA
MONTOYA
MARTINEZ
11/12/1906
704
09-10-02-137042
DISTRITO FEDERAL
ESPERANZA
BARRERA
MONTORO
01/01/1909
705
09-10-02-146492
DISTRITO FEDERAL
FLORENTINA
SOLIS
MIRANDA
01/01/1903
706
09-10-02-167596
DISTRITO FEDERAL
RUFINA
APARICIO
BERNAL
17/06/1903
707
09-10-02-174376
DISTRITO FEDERAL
JUANA
LAZCANO
CHAVEZ
02/09/1901
708
09-10-02-174580
DISTRITO FEDERAL
GLORIA
SANCHEZ
VIVAS
01/01/1908
709
09-10-02-192489
DISTRITO FEDERAL
AGUSTINA
JIMENEZ
CASTELLANOS
05/01/1903
710
09-10-03-007732
DISTRITO FEDERAL
MARIA DE LA LUZ
GOMEZ
AVILA
01/01/1905
711
09-10-03-018695
DISTRITO FEDERAL
ANA MARIA
ZAVALA
GORDILLO
01/01/1903
712
09-10-03-037916
DISTRITO FEDERAL
MARIA DOLORES
RUIZ
JIMENEZ
28/08/1907
713
09-10-03-038049
DISTRITO FEDERAL
FERNANDO
CUSTODIO
GONZALEZ
01/01/1904
714
09-10-03-042469
DISTRITO FEDERAL
PASCUALA
HERNANDEZ
TORRES
19/09/1907
30/06/1909
715
09-10-03-046165
DISTRITO FEDERAL
LUISA
CHAVEZ
MARTINEZ
716
09-10-03-065128
DISTRITO FEDERAL
JAVIER
SANTIAGO
RUIZ
18/11/1907
717
09-10-03-071942
DISTRITO FEDERAL
ANITA
CONTRERAS
AGUIRRE
01/01/1905
718
09-10-03-076620
DISTRITO FEDERAL
JOSE ISABEL
SERRANO
URIBE
13/04/1903
719
09-10-03-077955
DISTRITO FEDERAL
SALOMON
GARCIA
PLATA
01/01/1903
720
09-10-03-085503
DISTRITO FEDERAL
M CARMEN
AGUILAR
DIMAS
11/08/1906
721
09-10-03-087701
DISTRITO FEDERAL
MARCELA
NAJERA
ARELLANO
08/10/1909
722
09-10-03-095123
DISTRITO FEDERAL
ALICIA
GARCIA
GARCIA
01/01/1906
723
09-10-03-095469
DISTRITO FEDERAL
MARGARITO
REYES
TORRES
01/01/1909
724
09-10-03-097377
DISTRITO FEDERAL
CRISPIN
PATIÑO
RAMIREZ
02/10/1908
725
09-10-03-097623
DISTRITO FEDERAL
FELIPE
CRESPO
SANCHEZ
01/01/1908
726
09-10-03-103902
DISTRITO FEDERAL
RUBEN SAMUEL
GUEVARA
BARRIOS
01/01/1900
727
09-10-03-106240
DISTRITO FEDERAL
IRMA
MARTINEZ
FUENTES
01/01/1898
728
09-10-03-107628
DISTRITO FEDERAL
ANGEL
PERALTA
VALENCIA
01/01/1891
729
09-10-03-117472
DISTRITO FEDERAL
MARIA DE LA LUZ
NERI
PAEZ
05/12/1905
730
09-10-03-125156
DISTRITO FEDERAL
MARIA ELENA
REYNA
FLORES
25/10/1906
20
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
FECHA
731
09-10-03-126291
DISTRITO FEDERAL
FRANCISCO
GONZALEZ
OLMOS
01/01/1909
732
09-10-03-126484
DISTRITO FEDERAL
AGUSTIN
LUNA
TRUJILLO
01/01/1909
733
09-10-03-130525
DISTRITO FEDERAL
ROBERTO
PEREZ
RIVERA
01/01/1903
734
09-10-03-132479
DISTRITO FEDERAL
JAVIER
MARTINEZ
HARO
01/01/1905
735
09-10-03-132578
DISTRITO FEDERAL
MARIA GUADALUPE
CRUZ
BUENDIA
01/01/1896
736
09-10-03-136647
DISTRITO FEDERAL
SARA
SANCHEZ
RIOS
25/05/1908
737
09-10-03-137582
DISTRITO FEDERAL
TOMAS
LUNA
ESQUIVEL
01/01/1907
738
09-10-03-141391
DISTRITO FEDERAL
CAROLINA
SALINAS
LEZAMA
08/04/1905
739
09-10-03-143141
DISTRITO FEDERAL
ROSA MARIA
MARTINEZ
ORTIZ
01/01/1906
740
09-10-03-145219
DISTRITO FEDERAL
MARIA
ACOSTA
FELIPE
02/05/1907
741
09-10-03-146687
DISTRITO FEDERAL
BERTA LEONARDA
RODRIGUEZ
XXXX
29/09/1906
742
09-10-03-149877
DISTRITO FEDERAL
JOSE GUADALUPE
SANCHEZ
LUNAR
01/01/1900
743
09-10-03-155894
DISTRITO FEDERAL
BERNARDINO
ZARAGOZA
HERNANDEZ
01/01/1907
744
09-10-03-159793
DISTRITO FEDERAL
ESPERANZA
ZAVALA
RAMIREZ
01/01/1900
745
09-10-03-159903
DISTRITO FEDERAL
MARIA DEL ROSARIO
PIÑA
DIAZ
26/04/1907
746
09-10-03-161673
DISTRITO FEDERAL
JOSE LUIS
AGUILAR
RIOS
25/08/1907
747
09-10-03-163594
DISTRITO FEDERAL
BENITO
JAZMIN
GONZALEZ
25/03/1904
748
09-10-03-163744
DISTRITO FEDERAL
LUGARDA
ORTIZ
GUZMAN
31/10/1904
749
09-10-03-164167
DISTRITO FEDERAL
JOSE JAVIER
MARQUEZ
PELCASTRE
23/11/1909
750
09-10-03-164939
DISTRITO FEDERAL
EDITH LUCIA
FUENTES
MELO
01/01/1905
751
09-10-03-166018
DISTRITO FEDERAL
MARIA
MADRIGAL
ANDRADE
01/01/1904
752
09-10-03-169158
DISTRITO FEDERAL
TOMASA
SORIANO
CHAVEZ
05/06/1909
753
09-10-03-172337
DISTRITO FEDERAL
J REFUGIO
CERNA
RAMIREZ
01/01/1904
754
09-10-03-178972
DISTRITO FEDERAL
EVANGELINA
SANCHEZ
LOPEZ
14/06/1909
755
09-10-03-179274
DISTRITO FEDERAL
ROSA
REZA
LOERA
23/03/1907
756
09-10-03-179683
DISTRITO FEDERAL
MAURILIO VICENTE
MARTINEZ
GONZALEZ
14/02/1903
757
09-10-03-179699
DISTRITO FEDERAL
MIGUEL
SEGURA
MORA
01/01/1897
758
09-10-03-179826
DISTRITO FEDERAL
MARIA PATRICIA
ALEJANDRA
DE LARA
GALLEGOS
22/08/1909
759
09-10-03-181953
DISTRITO FEDERAL
ASCENCION
JASSO
RODRIGUEZ
25/10/1909
760
09-10-03-181990
DISTRITO FEDERAL
JOSE
FLORES
RODRIGUEZ
01/02/1892
761
09-10-03-183271
DISTRITO FEDERAL
PAULINA ELISA
MONTOYA
RESENDIZ
30/06/1900
762
09-10-03-183554
DISTRITO FEDERAL
J JESUS
MENDOZA
RODRIGUEZ
01/01/1895
763
09-10-03-183608
DISTRITO FEDERAL
JOSE
PATIÑO
GARCIA
13/10/1908
764
09-10-03-183741
DISTRITO FEDERAL
J LINO
CHAVEZ
MARTINEZ
01/01/1906
765
09-10-03-183874
DISTRITO FEDERAL
YOLANDA
VAZQUEZ
VAZQUEZ
04/02/1905
766
09-10-03-186440
DISTRITO FEDERAL
TERESA NELLY
ANDRADE
GARCIA
18/01/1909
767
09-10-03-186581
DISTRITO FEDERAL
FELISITAS
PANTOJA
RIOS
28/07/1904
768
09-10-03-187246
DISTRITO FEDERAL
RODOLFO
PEÑA
CASTILLO
01/01/1909
769
09-10-03-187553
DISTRITO FEDERAL
MANUEL
LOZA
MENDOZA
01/01/1905
770
09-10-03-188295
DISTRITO FEDERAL
MARIA CRISTINA DEL
CARMEN
JAIMES
ABARCA
01/01/1900
771
09-10-03-188710
DISTRITO FEDERAL
ANTONIO
PIZANO
RUIZ
11/06/1909
772
09-10-03-193293
DISTRITO FEDERAL
JUANA
PEREZ
LARA
15/09/1899
773
09-10-03-193820
DISTRITO FEDERAL
ANTONIA
PADUA
TAHUILAN
21/09/1907
774
09-10-03-194153
DISTRITO FEDERAL
RAMONA
FLORES
IBARRA
01/01/1909
775
09-10-03-194171
DISTRITO FEDERAL
RICARDO
FLORES
MATA
10/10/1902
776
09-10-03-194210
DISTRITO FEDERAL
MARIA DE JESUS
MORALES
ORTIZ
17/02/1900
777
09-10-03-195488
DISTRITO FEDERAL
MARIA DE JESUS
HERNANDEZ
DELGADILLO
01/01/1907
778
09-10-04-116786
DISTRITO FEDERAL
JULIO HERMENEGILDO
ELORZA
XX
12/04/1908
779
09-10-04-124543
DISTRITO FEDERAL
VICTORINA
RODRIGUEZ
MARCOS
29/06/1906
780
09-10-04-136480
DISTRITO FEDERAL
MA CARMEN
CRUZ
GUERRERO
01/01/1909
781
09-10-04-149614
DISTRITO FEDERAL
MACEDONIO
SANTANA
ESQUIVEL
12/09/1908
782
09-10-04-168640
DISTRITO FEDERAL
CARMEN
RANGEL
ALVAREZ
08/09/1909
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
21
FECHA
783
09-10-04-169275
DISTRITO FEDERAL
SOCORRO
FIERRO
ORTEGA
20/09/1909
784
09-10-04-183255
DISTRITO FEDERAL
CONCEPCION
VEGA
BARAJAS
01/01/1902
785
09-10-04-191159
DISTRITO FEDERAL
MARIA NORBERTA
CONCEPCION
GARCIA
TERRERO
01/01/1906
786
09-10-04-191352
DISTRITO FEDERAL
JUAN
HERNANDEZ
MENDOZA
24/06/1909
787
09-11-02-121089
DISTRITO FEDERAL
VIRGINIA
CRUZ
XX
01/01/1901
788
09-11-02-172494
DISTRITO FEDERAL
LUCILA
UTRERA
CALDERA
03/04/1907
789
09-11-02-193668
DISTRITO FEDERAL
ASUNCION
CABALLERO
CAMACHO
01/01/1909
790
09-11-03-000711
DISTRITO FEDERAL
LINO
ESCOBAR
ZAVALA
01/01/1909
791
09-11-03-004085
DISTRITO FEDERAL
HILDA
RODRIGUEZ
PARRALES
21/02/1909
792
09-11-03-016617
DISTRITO FEDERAL
ESPERANZA
AVILA
MARTINEZ
23/04/1909
793
09-11-03-020842
DISTRITO FEDERAL
EVANGELISTA
MORALES
OTERO
01/01/1893
794
09-11-03-040939
DISTRITO FEDERAL
GREGORIO
HERNANDEZ
RODRIGUEZ
30/10/1898
795
09-11-03-063984
DISTRITO FEDERAL
J DOLORES
RIVERA
VELAZQUEZ
30/10/1904
796
09-11-03-116121
DISTRITO FEDERAL
POMPOSO
MAURIÑO
TREJO
04/05/1909
797
09-11-03-142097
DISTRITO FEDERAL
FRANCISCA
MONROY
PARACHE
16/08/1898
798
09-11-03-143322
DISTRITO FEDERAL
MARGARITA
ACOSTA
NAVIDAD
29/01/1908
799
09-11-03-143834
DISTRITO FEDERAL
SARA
GARCIA
GONZALEZ
21/11/1908
800
09-11-03-146895
DISTRITO FEDERAL
JAVIER INES
TOVAR
GONZALEZ
14/10/1905
801
09-11-03-154958
DISTRITO FEDERAL
MARIA
ESPARZA
TINAJERO
01/01/1905
802
09-11-03-159918
DISTRITO FEDERAL
MARIA ANTONIETA ROSA
GOMEZ
VARGAS
28/03/1903
803
09-11-03-160272
DISTRITO FEDERAL
MARIA ASUNCION
RAMOS
DE LEON
12/03/1906
804
09-11-03-165337
DISTRITO FEDERAL
BERNARDO FRANCISCO
HERNANDEZ
NICOLAS
19/02/1906
805
09-11-03-170903
DISTRITO FEDERAL
CELSO RICARDO
RAMIREZ
GUTIERREZ
03/05/1909
806
09-11-03-175002
DISTRITO FEDERAL
JAIME
LOPEZ
DURAN
13/07/1905
807
09-11-03-179038
DISTRITO FEDERAL
GRACIELA
VALTIERRA
JUAREZ
17/08/1905
808
09-11-03-187005
DISTRITO FEDERAL
MARIA DE JESUS
CORNEJO
CABALLERO
17/03/1900
809
09-11-03-191292
DISTRITO FEDERAL
ESTELA
PACHECO
GONZALEZ
08/03/1904
810
09-11-03-193157
DISTRITO FEDERAL
MARIA DEL CARMEN
ALVAREZ
JIMENEZ
17/01/1905
811
09-11-04-068483
DISTRITO FEDERAL
PETRA MARINA
RAMIREZ
GARCIA
18/01/1904
812
10-12-01-173187
DURANGO
MANUEL
DUARTE
MARTINEZ
18/01/1909
813
10-12-02-029018
DURANGO
MARTINIANA
SOTO
SANDOVAL
01/01/1900
814
10-12-02-060580
DURANGO
CONCEPCION
RIVERA
MARTINEZ
04/07/1901
815
10-12-02-068516
DURANGO
TERESA
CASAS
CASTREJON
08/08/1909
816
10-12-02-089247
DURANGO
JUANA
BARTOLO
CISNEROS
01/03/1903
817
10-12-02-112940
DURANGO
MARIA ISABEL
VALLEJO
RAMIREZ
22/11/1907
818
10-12-02-120887
DURANGO
EPIFANIA ROSALIA
DENA
ROSAS
29/12/1900
819
10-12-02-123254
DURANGO
AMELIA
MORENO
LOPEZ
05/05/1901
820
10-12-02-129856
DURANGO
NOLBERTA
REYES
VELAZQUEZ
13/10/1897
821
10-12-02-133539
DURANGO
MARIA TITA
HURTADO
AVILA
23/12/1898
822
10-12-02-150981
DURANGO
AMELIA
NAVARRETE
ONTIVEROS
12/05/1903
823
10-12-02-161223
DURANGO
JOSEFINA
AVILA
CASTRO
08/07/1905
824
10-12-02-176175
DURANGO
AMADA
BARBOZA
AGUILAR
04/03/1906
825
10-12-02-176834
DURANGO
MARCELINA
BLANCO
ROCHA
05/05/1905
826
10-12-02-191471
DURANGO
PETRA
TREJO
MUÑOZ
05/02/1907
827
10-12-02-193348
DURANGO
JULIANA
QUIÑONEZ
DOMINGUES
16/06/1902
828
10-12-03-018878
DURANGO
DELFINO
ALDAMA
SOTO
08/04/1909
829
10-12-03-030362
DURANGO
MANUEL DE JESUS
GUERRERO
ORTEGA
13/12/1903
830
10-12-03-043345
DURANGO
MICAELA
GARCIA
LONGORIA
20/05/1908
831
10-12-03-043702
DURANGO
SOCORRO
MONTENEGRO
CHAIDEZ
25/01/1907
832
10-12-03-050520
DURANGO
HIJINIA
CORTEZ
FLORES
25/06/1896
833
10-12-03-050711
DURANGO
MARCOS
GONZALEZ
PUENTES
23/04/1903
834
10-12-03-053097
DURANGO
CRISTINO
DIAZ
NEVAREZ
31/10/1909
835
10-12-03-057413
DURANGO
MARIO
GARCIA
DE LA HOLLA
01/05/1905
22
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MATERNO
VALDEZ
FECHA
836
10-12-03-061472
DURANGO
LORENZO
AGUIRRE
08/12/1898
837
10-12-03-064823
DURANGO
MA MERCEDES
VILLA
VARGAS
13/12/1902
838
10-12-03-064880
DURANGO
RITA
FIGUEROA
CONTRERAS
04/02/1904
839
10-12-03-068162
DURANGO
FEDERICO
HERNANDEZ
NUÑEZ
04/02/1907
840
10-12-03-068509
DURANGO
MANUELA
GARCIA
MALDONADO
19/06/1900
841
10-12-03-072092
DURANGO
ELOISA
DOMINGUEZ
GUERRERO
01/01/1909
842
10-12-03-073968
DURANGO
MA DE LA LUX
GAXIOLA
ZAPATA
13/06/1906
843
10-12-03-074424
DURANGO
NORBERTO
MARES
ROCHA
24/05/1908
844
10-12-03-078360
DURANGO
MARIA CELIA
DE LA ROSA
REYES
19/10/1895
845
10-12-03-080099
DURANGO
FAUSTINO
CARREON
SOTO
04/10/1901
846
10-12-03-082106
DURANGO
MARIA
MARTINEZ
RIVAS
30/06/1907
847
10-12-03-084078
DURANGO
ROBERTO JULIAN
GALLEGOS
FLORES
12/05/1907
848
10-12-03-084232
DURANGO
SANTIAGO
SORIA
CARDOZA
13/11/1900
849
10-12-03-085454
DURANGO
MARIA ENRIQUETA
DE LA CRUZ
MATURINO
30/08/1897
850
10-12-03-094501
DURANGO
MATILDE
AMPARAN
GONZALEZ
20/04/1909
851
10-12-03-094690
DURANGO
JOSE CRUZ
AROS
RODRIGUEZ
17/04/1906
852
10-12-03-095083
DURANGO
LUZ
GARCIA
PUENTE
22/12/1900
853
10-12-03-103672
DURANGO
AGUSTINA
PEREZ
RODRIGUEZ
09/01/1902
854
10-12-03-104056
DURANGO
JUANA
AGUIRRE
CAMPA
07/02/1901
855
10-12-03-105541
DURANGO
VICTORIO
VALDEZ
REYES
22/08/1905
856
10-12-03-106524
DURANGO
JESUS
MAYORGA
FLORES
07/10/1909
857
10-12-03-106714
DURANGO
MARIA DEL CARMEN
GARCIA
DE LA CRUZ
03/02/1901
858
10-12-03-110351
DURANGO
MANUELA
GONZALEZ
RAMIREZ
07/10/1908
859
10-12-03-113068
DURANGO
MANUEL
VALLES
GRIJALVA
15/05/1907
860
10-12-03-113074
DURANGO
PORFIRIO
MARQUEZ
GURROLA
10/06/1899
861
10-12-03-113109
DURANGO
JUAN
HERNANDEZ
RAMOS
20/01/1901
862
10-12-03-113514
DURANGO
IRENE
MORALES
MIRELES
21/05/1906
863
10-12-03-117538
DURANGO
CECILIO
CASTILLO
ORTEGA
01/01/1900
864
10-12-03-118667
DURANGO
MARIA OLIVIA
MUÑOZ
CONTRERAS
10/02/1908
865
10-12-03-118860
DURANGO
MANUEL
LAVALLE
HERRERA
29/09/1900
866
10-12-03-123622
DURANGO
RICARDO
GURROLA
GARCIA
14/06/1905
867
10-12-03-124192
DURANGO
GENARO
BARRAZA
BARRAZA
10/02/1909
868
10-12-03-125388
DURANGO
CRUZ
OLIVEROS
QUIRINO
24/06/1906
869
10-12-03-127658
DURANGO
MARIA IGNACIA
CASALES
CHAVARRIA
08/11/1907
870
10-12-03-129708
DURANGO
TEOFILO
VALLES
RAMOS
02/10/1900
871
10-12-03-130825
DURANGO
JUAN
VALENZUELA
TERRAZAS
18/03/1900
872
10-12-03-132249
DURANGO
FAUSTINO
AVALOS
AVALOS
01/01/1909
873
10-12-03-132301
DURANGO
OTILIA
PARRA
PARRA
08/04/1907
874
10-12-03-133144
DURANGO
RAFAEL
PUENTES
ZAVALA
21/09/1905
875
10-12-03-133267
DURANGO
MARIA ANTONIA
CHAVEZ
FAVELA
09/03/1909
876
10-12-03-133438
DURANGO
RAUL
GONZALEZ
GUERRERO
10/03/1895
877
10-12-03-134343
DURANGO
ANGEL
CANALES
SERRANO
22/05/1906
878
10-12-03-134370
DURANGO
OFELIA
REYES
VAZQUEZ
07/03/1905
879
10-12-03-136137
DURANGO
BENITA
RAMIREZ
RETANA
11/07/1899
880
10-12-03-137346
DURANGO
TELESFORO
ALCALA
MARTINEZ
23/03/1906
881
10-12-03-137528
DURANGO
MARIA DEL ROSARIO
MATA
QUIRINO
28/08/1906
882
10-12-03-139323
DURANGO
AMBROCIO
VEGA
VALLES
05/11/1903
883
10-12-03-144047
DURANGO
ANTONIO
SANCHEZ
CASTAÑEDA
23/06/1897
884
10-12-03-144430
DURANGO
JOSE ANGEL
JIMENEZ
TALAMANTES
09/08/1905
885
10-12-03-144493
DURANGO
CORNELIO
FAVELA
AGUIRRE
08/12/1907
886
10-12-03-147598
DURANGO
PAULA
VAZQUEZ
ANDRADE
05/07/1907
887
10-12-03-147767
DURANGO
LUCILA
CHAIDEZ
MONARREZ
29/03/1905
888
10-12-03-148109
DURANGO
CASIMIRO
BARBOSA
SANCHEZ
27/09/1898
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
889
10-12-03-148663
DURANGO
SALOME
890
10-12-03-149298
DURANGO
MARIA CELIA
891
10-12-03-150725
DURANGO
MARTIN
892
10-12-03-150829
DURANGO
JOSEFINA
893
10-12-03-151173
DURANGO
894
10-12-03-151690
895
896
897
PATERNO
HERNANDEZ
MATERNO
23
FECHA
LUNA
25/02/1906
OCHOA
CARRILLO
15/06/1906
GARCIA
RIVERA
03/02/1894
CASTILLO
ANDRADE
25/02/1904
PETRA PAZ
ZAVALA
GONZALEZ
10/05/1893
DURANGO
ELPIDIO
ESQUIVEL
ESTRADA
10/04/1909
10-12-03-152106
DURANGO
ELIA
DIAZ
HERRERA
19/07/1909
10-12-03-152953
DURANGO
MARIA GUADALUPE
RODRIGUEZ
GUERRERO
21/05/1900
10-12-03-154283
DURANGO
MARIA GUADALUPE
MARTINEZ
AMAYA
14/02/1902
898
10-12-03-155133
DURANGO
FAUSTINO
CHAIREZ
QUIROZ
10/05/1908
899
10-12-03-155953
DURANGO
SALVADOR
FAVELA
SALINAS
12/08/1907
900
10-12-03-156820
DURANGO
ALEJANDRO
MENDOZA
CARRERA
08/03/1907
901
10-12-03-158785
DURANGO
MARIA DEL ROSARIO
HERRERA
PEREDA
04/06/1899
902
10-12-03-158851
DURANGO
ALFREDO
VELAZQUEZ
PULIDO
06/07/1906
903
10-12-03-160916
DURANGO
VICENTE
ORTIZ
SANTOS
15/05/1898
904
10-12-03-160944
DURANGO
MANUELA
CASTILLO
MEZA
20/10/1895
905
10-12-03-161039
DURANGO
FRANCISCO
HERNANDEZ
JUAREZ
22/06/1890
906
10-12-03-161047
DURANGO
MA GUADALUPE
SALOMON
IBARRA
20/01/1908
907
10-12-03-161330
DURANGO
CRUZ
MUÑOZ
CARRILLO
31/12/1899
908
10-12-03-161518
DURANGO
ELISA
CORRAL
GARCIA
10/12/1902
909
10-12-03-161737
DURANGO
MARIA DEL ROSARIO
LOPEZ
ALEMAN
19/03/1903
910
10-12-03-161752
DURANGO
ELISA
CHAIREZ
ANTUNA
18/03/1902
911
10-12-03-161756
DURANGO
JERONIMO
SIMENTAL
ARREOLA
05/06/1908
912
10-12-03-161765
DURANGO
ADELINA
HERRERA
DIAZ
08/07/1898
913
10-12-03-162048
DURANGO
MA CRUZ
FLORES
GUZMAN
28/07/1900
914
10-12-03-163090
DURANGO
MARIA DEL SOCORRO
VILLA
RAYMUNDO
08/06/1906
915
10-12-03-164355
DURANGO
ESPERANZA
GUTIERREZ
NEVAREZ
20/02/1909
916
10-12-03-164554
DURANGO
HUMBERTO
TAFOYA
VELAZQUEZ
07/04/1906
917
10-12-03-168072
DURANGO
CELINA
NEVAREZ
CALVO
30/04/1905
918
10-12-03-169624
DURANGO
MARIA DE LA LUZ
MENDOZA
GARCIA
23/12/1900
919
10-12-03-170128
DURANGO
MARIA SILVIA
GUERECA
X
24/06/1905
920
10-12-03-176271
DURANGO
MA DEL ROSARIO
MONARREZ
LUCERO
02/04/1905
921
10-12-03-176568
DURANGO
LIBRADA
AGUILAR
MENDOZA
10/06/1903
922
10-12-03-178628
DURANGO
ENRIQUE
NAVAR
PALACIOS
05/02/1900
923
10-12-03-179836
DURANGO
FABIOLA
QUEZADA
GONZALEZ
12/12/1903
924
10-12-03-183526
DURANGO
TEODORA
NAJERA
GUZMAN
03/06/1906
925
10-12-03-183993
DURANGO
GLORIA ELVA
MENDOZA
BERUMEN
07/01/1895
926
10-12-03-184283
DURANGO
MARIA EMA
CASTRO
PIZARRO
24/08/1908
927
10-12-03-184410
DURANGO
MARIA LUISA
ZAVALA
CHAVEZ
30/04/1903
928
10-12-03-185265
DURANGO
VENTURA MARIA
MARGARITA
ORTIZ
VALLES
29/06/1906
929
10-12-03-185633
DURANGO
ARCADIA
NUÑEZ
GALINDO
14/01/1908
930
10-12-03-185683
DURANGO
FRANCISCO
GOMEZ
CECEÑAS
31/12/1909
931
10-12-03-185838
DURANGO
JOSE GABRIEL
ARMENDARIZ
FAVELA
05/08/1902
932
10-12-03-187761
DURANGO
MARIA ENRIQUETA
MONTANTES
CHAVEZ
05/04/1905
933
10-12-03-188125
DURANGO
JUSTINA
OROZCO
MARTINEZ
13/05/1904
934
10-12-03-188341
DURANGO
GUADALUPE
VIDAL
CHAIREZ
18/03/1905
935
10-12-03-192490
DURANGO
MAURICIO
DIAZ
SALAS
21/10/1907
936
10-12-03-192923
DURANGO
JUAN DE DIOS
AVILA
FRANCO
09/02/1899
937
10-12-03-193124
DURANGO
CUTBERTA
DELGADO
HERRERA
08/01/1905
938
10-12-03-193626
DURANGO
LUCILA
CONTRERAS
CORRAL
15/10/1904
939
10-12-03-193789
DURANGO
MANUEL
HERNANDEZ
HERNANDEZ
08/11/1909
940
10-12-03-194081
DURANGO
MARCOS
GONZALEZ
SAUCEDO
26/02/1900
941
10-12-03-194410
DURANGO
SILVANO
VILLASANA
MARTINEZ
16/06/1906
24
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
LUNA
MATERNO
QUIÑONEZ
FECHA
942
10-12-03-194537
DURANGO
FERNANDO
10/07/1908
943
10-12-03-195608
DURANGO
EMILIANO
VALLEJO
RODARTE
26/01/1906
944
10-12-03-195744
DURANGO
JOSE GUADALUPE
PONCE
VARGAS
19/07/1902
945
10-12-03-195755
DURANGO
GILBERTO
SANCHEZ
CORDERO
29/07/1909
946
10-12-03-195902
DURANGO
MARIA DEL CARMEN
MORENO
OROZCO
07/08/1904
947
10-12-04-051032
DURANGO
JOSE INES
PARRA
AVITIA
25/12/1899
948
10-12-04-054224
DURANGO
MARGARITA
GALVAN
DIAZ
02/08/1907
949
10-12-04-123139
DURANGO
BENITA
SOTO
GOMEZ
14/02/1903
950
10-12-04-147420
DURANGO
MARIA AURORA
GARCIA
AYALA
02/02/1902
951
10-12-04-155420
DURANGO
LUCINA
PACHECO
BARBOSA
20/09/1909
952
10-12-04-172169
DURANGO
FAUSTINA
RODRIGUEZ
RIVERA
19/01/1902
953
10-12-04-181277
DURANGO
MARIA MAGDALENA
MARTINEZ
RANGEL
26/08/1900
954
10-12-04-184678
DURANGO
ANTONIA
BURCIAGA
NUÑEZ
14/11/1903
955
10-12-04-194782
DURANGO
SIMON
BLANCO
JIMENEZ
15/10/1900
956
10-12-04-195678
DURANGO
BEATRIZ
VITAL
ALCOCER
20/08/1906
957
10-12-04-195708
DURANGO
FELIPA
DIAZ
DIAZ
18/11/1906
958
10-13-01-021634
DURANGO
VICTOR
RAMOS
PONCE
27/10/1908
959
10-13-02-043665
DURANGO
MA DE JESUS
MARIN
GARCIA
02/10/1909
960
10-13-02-117576
DURANGO
ANA MARIA
GONZALES
DUARTE
08/12/1905
961
10-13-02-160408
DURANGO
PETRA
RUIZ
SANCHEZ
24/03/1906
962
10-13-02-181905
DURANGO
FRANCISCA
GANDARA
GONZALEZ
29/06/1909
963
10-13-02-182981
DURANGO
CRESCENCIA
RAMOS
MUÑOZ
20/11/1905
964
10-13-03-011107
DURANGO
JESUS
EMILIANO
LOPEZ
16/03/1901
965
10-13-03-012657
DURANGO
MARIA DEL REFUGIO
VALENZUELA
JIMENEZ
15/06/1908
966
10-13-03-013801
DURANGO
MARIA
DE LEON
PALAFOX
24/07/1907
967
10-13-03-013857
DURANGO
FLORENCIO
MANCHA
AVALOS
10/07/1909
968
10-13-03-013919
DURANGO
VIRGINIA
SOLIS
REYNA
06/06/1905
969
10-13-03-014258
DURANGO
MA. SILBESTRA
GARCIA
MELQUIADES
28/12/1902
970
10-13-03-018272
DURANGO
MARIA EUGENIA
DIAZ
SALINAS
29/06/1904
971
10-13-03-018999
DURANGO
CRESCENCIO
MOLINA
AGUILLON
28/10/1906
972
10-13-03-021385
DURANGO
ANTONIA
ROSALES
SARIÑANA
28/02/1901
973
10-13-03-021628
DURANGO
JESUS
CAMARILLO
LOPEZ
27/07/1907
974
10-13-03-022203
DURANGO
JOSE GUADALUPE
BARCO
ARELLANO
31/08/1908
975
10-13-03-023064
DURANGO
JUANA
GARCIA
CORNEJO
08/05/1901
976
10-13-03-028444
DURANGO
JOSE DEL CARMEN
DE LA O
LOPEZ
09/10/1908
977
10-13-03-030770
DURANGO
ALBINO
GAYTAN
PIÑA
01/03/1901
978
10-13-03-038021
DURANGO
MARIA
RIVERA
VILLA
08/03/1908
979
10-13-03-042490
DURANGO
FELIPE
MEDRANO
MONTES
05/04/1907
980
10-13-03-043238
DURANGO
CARMELA
JIMENEZ
CONTRERAS
18/03/1905
981
10-13-03-044320
DURANGO
MAXIMILIANO
GONZALEZ
CORONADO
08/03/1905
982
10-13-03-054282
DURANGO
LUCIO
CUETO
MONTELONGO
25/06/1908
983
10-13-03-054374
DURANGO
GABRIEL
SOTO
GONZALEZ
04/10/1904
984
10-13-03-059861
DURANGO
ROBERTO
ROSALES
SAAVEDRA
12/02/1908
985
10-13-03-059936
DURANGO
ISIDRO
HUERTA
VELAZQUEZ
20/05/1908
986
10-13-03-061756
DURANGO
MARIA
SANTOS
MACIAS
20/02/1908
987
10-13-03-066010
DURANGO
MA DEL CARMEN
ALVARADO
ROBLES
17/06/1905
988
10-13-03-066685
DURANGO
ROSENDO
BARRON
CHAVEZ
03/05/1909
989
10-13-03-066886
DURANGO
JUANA
AVILA
SALAZAR
02/02/1905
990
10-13-03-069253
DURANGO
MODESTA
QUIRINO
ALDACO
24/06/1903
991
10-13-03-070809
DURANGO
APOLONIO
DE LA CRUZ
PEREZ
06/04/1906
992
10-13-03-075325
DURANGO
ANTONIO
ROJAS
ALVAREZ
10/06/1906
993
10-13-03-081675
DURANGO
JUANA MARIA
DOMINGUEZ
GUTIERREZ
15/04/1901
994
10-13-03-082126
DURANGO
SAN JUANA
MENDEZ
VEGA
12/01/1909
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
25
FECHA
995
10-13-03-082894
DURANGO
ALICIA
HERNANDEZ
MENDOZA
27/06/1905
996
10-13-03-083425
DURANGO
MARIA DE LOS ANGELES
SERRANO
GARCIA
06/04/1908
997
10-13-03-084580
DURANGO
ELENA
GONZALEZ
DOMINGUEZ
08/08/1909
998
10-13-03-084665
DURANGO
LEOPOLDO
CONTRERAS
LOPEZ
25/03/1908
999
10-13-03-085431
DURANGO
JESUS
PINEDO
GALVAN
11/12/1907
1000
10-13-03-089021
DURANGO
HECTOR
FAVELA
MARTINEZ
27/06/1904
1001
10-13-03-101650
DURANGO
CLEMENTA
ARMENDARIZ
RUBIO
09/09/1903
1002
10-13-03-103781
DURANGO
CRUZ
RAMIREZ
ESCOBAR
24/04/1908
1003
10-13-03-110962
DURANGO
JUAN
CHAIREZ
SOTO
14/06/1909
1004
10-13-03-112303
DURANGO
MARIA FELIX
SOTO
FLORES
02/06/1905
1005
10-13-03-114543
DURANGO
MARIA FRANCISCA
MARTINEZ
LLANES
04/05/1907
1006
10-13-03-117231
DURANGO
MARGARITO
MACHADO
GUERRA
11/05/1903
1007
10-13-03-121989
DURANGO
JORGE
PINEDA
GUZMAN
10/10/1905
1008
10-13-03-127302
DURANGO
FORTINO
JACOBO
MEDINA
27/08/1905
1009
10-13-03-132965
DURANGO
ANTONIO
ZARATE
ESQUIVEL
09/01/1909
1010
10-13-03-135939
DURANGO
BERNARDINO
DEL RIO
ARREOLA
11/03/1901
1011
10-13-03-137343
DURANGO
MARIA DEL CARMEN
AGUIRRE
MOTA
02/08/1905
1012
10-13-03-139095
DURANGO
JOSE AMALIO
VILLA
MOTA
05/04/1909
1013
10-13-03-139259
DURANGO
MARIA AUXILIO
RODRIGUEZ
ENCISO
04/10/1904
1014
10-13-03-143001
DURANGO
FRANCISCA
RAMIREZ
HERNANDEZ
16/12/1900
1015
10-13-03-145215
DURANGO
EMMA
VILLEGAS
SIFUENTES
01/01/1905
1016
10-13-03-148364
DURANGO
MARTIN
LIMON
LIMONES
19/03/1908
1017
10-13-03-151635
DURANGO
WENCESLAO
REDONDO
BURCIAGA
20/11/1909
1018
10-13-03-154634
DURANGO
RAMON FILIBERTO
ZURITA
ESCOTO
12/12/1909
1019
10-13-03-156304
DURANGO
LUCIA
GARCIA
VENEGAS
29/06/1906
1020
10-13-03-156897
DURANGO
FELIPE
MENA
SEGOVIA
20/01/1906
1021
10-13-03-160838
DURANGO
ANTONIA
AVITIA
MALDONADO
15/01/1905
1022
10-13-03-161161
DURANGO
ANTONIA
ESPINO
CASTAÑEDA
09/01/1909
1023
10-13-03-161340
DURANGO
FERMIN
TAMAYO
GOMEZ
15/02/1909
1024
10-13-03-162995
DURANGO
CARLOS
HERNANDEZ
GARCIA
07/05/1906
1025
10-13-03-163379
DURANGO
SUSANA
LUNA
RAMOS
04/03/1906
1026
10-13-03-163383
DURANGO
MANUEL
ORTIZ
PEREZ
15/11/1908
1027
10-13-03-165413
DURANGO
PANFILO
REZA
SOTO
29/09/1907
1028
10-13-03-165449
DURANGO
FRANCISCA
SALINAS
GOMEZ
22/09/1909
1029
10-13-03-165935
DURANGO
FELIX
MENDEZ
VAZQUEZ
18/08/1900
1030
10-13-03-168723
DURANGO
VIRGINIA
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
17/09/1909
1031
10-13-03-171337
DURANGO
ALICIA
VAZQUEZ
DE LA CRUZ
20/06/1908
1032
10-13-03-171420
DURANGO
JOSEFA
CANO
DIAZ
15/06/1898
1033
10-13-03-171962
DURANGO
J REYES
LIMONES
TORRES
15/05/1909
1034
10-13-03-173825
DURANGO
JUANA
ALCALA
GONZALEZ
22/11/1909
1035
10-13-03-178764
DURANGO
ANTOLINO
HERNANDEZ
CONTRERAS
15/05/1905
1036
10-13-03-181268
DURANGO
CELIA
SUAREZ
MARTINEZ
21/06/1904
1037
10-13-03-181655
DURANGO
JOSE GUADALUPE
ZAPATA
MONTALVO
03/05/1905
1038
10-13-03-182252
DURANGO
CASIMIRO
SANCHEZ
DEL RIO
10/05/1907
1039
10-13-03-184470
DURANGO
JOSE
MEDRANO
RAMIREZ
11/05/1906
1040
10-13-03-184786
DURANGO
MA DE JESUS
LEIJA
TORRES
04/10/1897
1041
10-13-03-185079
DURANGO
MONICO
LUCERO
PEÑA
10/08/1908
1042
10-13-03-185359
DURANGO
CIPRIANO
FIGUEROA
BLANCO
19/03/1909
1043
10-13-03-188085
DURANGO
GUILLERMO
ONTIVEROS
ESPINOZA
20/07/1909
1044
10-13-03-190511
DURANGO
PEDRO
HERNANDEZ
GRANADOS
10/05/1908
1045
10-13-03-193656
DURANGO
SOFIA
ENRIQUEZ
SANCHEZ
30/10/1905
1046
10-13-03-194122
DURANGO
ASCENSION
ROSALES
RIVAS
15/03/1904
1047
10-13-03-194211
DURANGO
VICTORIA
HERNANDEZ
LOPEZ
12/10/1909
26
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MORA
MATERNO
RODRIGUEZ
FECHA
1048
10-13-03-195278
DURANGO
VIDAL
14/02/1901
1049
10-13-03-195933
DURANGO
ROGELIO
VAZQUEZ
GONZALEZ
04/10/1909
1050
10-13-04-040144
DURANGO
MARIA
MORENO
ANDRADE
24/06/1908
1051
10-13-04-045065
DURANGO
ISABEL
FRAGOZA
NUÑEZ
07/01/1906
1052
10-13-04-082470
DURANGO
J ISABEL
ALVAREZ
NUÑEZ
08/06/1909
1053
10-13-04-113332
DURANGO
BERNARDO
HERRERA
SOLIS
16/09/1907
1054
10-13-04-141045
DURANGO
CATALINA
ROMO
SALAZAR
03/02/1901
1055
10-13-04-162696
DURANGO
MARIA GUADALUPE
SALCEDO
MIRANDA
05/04/1908
1056
10-13-04-163985
DURANGO
HERMELINDA
PUENTES
GONZALEZ
26/12/1906
1057
10-13-04-179277
DURANGO
PEDRO
ORONA
GARCIA
31/07/1907
1058
10-13-04-179997
DURANGO
GUADALUPE
MERCADO
DORADO
10/07/1908
1059
10-13-04-190732
DURANGO
CRESCENCIO
MONREAL
PONCE
01/01/1907
1060
02-02-01-197337
EEUU
SANTIAGO
RUBIO
PONCE
22/05/1908
1061
02-02-01-197349
EEUU
JOSE
NAVA
RAMIREZ
05/01/1909
1062
02-02-01-197353
EEUU
VICENTE
GARCIA
JUAREZ
15/01/1909
05/09/1909
1063
02-02-01-197359
EEUU
JOSE FIDENCIO
JIMENEZ
HERNANDEZ
1064
02-02-02-197318
EEUU
MARIA
RUIZ
MARTINEZ
06/09/1905
1065
02-02-02-197325
EEUU
MA. DEL CARMEN
BECERRA
ROMAN
03/10/1906
1066
02-02-02-197327
EEUU
LORENZA
VILLEGAS
ESPINO
06/01/1907
1067
02-02-03-197284
EEUU
ERNESTINA
SOSA
CARRILLO
01/01/1901
1068
02-02-03-197286
EEUU
ALFREDO
VARGAS
VARGAS
28/03/1901
1069
02-02-03-197288
EEUU
EVA
DELGADO
PINALES
24/06/1901
1070
02-02-03-197290
EEUU
MA. SALUD
LOPEZ
ZAVALA
18/08/1901
1071
02-02-03-197292
EEUU
CLEOTILDE
CARDENAS
FLORES
30/01/1902
1072
02-02-03-197294
EEUU
ELISA AMPARO
GONZALEZ
TEJADA
15/04/1902
1073
02-02-03-197296
EEUU
REYNALDO
RODRIGUEZ
CERVANTES
13/10/1902
1074
02-02-03-197298
EEUU
MARTHA
ZARAGOZA
SOTELO
02/04/1903
1075
02-02-03-197300
EEUU
MARIA REMEDIOS
CHAVEZ
CERA
19/04/1903
1076
02-02-03-197303
EEUU
MARIA DE LOS ANGELES
HOLGUIN
CHAVIRA
13/10/1903
1077
02-02-03-197304
EEUU
RAQUEL
ANGUIANO
GARCIA
28/05/1904
1078
02-02-03-197306
EEUU
MAGDALENO
AUSENCIA
SANDOVAL
12/06/1904
1079
02-02-03-197310
EEUU
J NICOLAS ADRIAN
PIÑA
SOTO
01/09/1904
1080
02-02-03-197331
EEUU
JOSE DE JESUS
RAMIREZ
RAMIREZ
30/11/1907
1081
02-02-03-197341
EEUU
ALFREDO
GUTIERREZ
CASTAÑEDA
31/07/1908
1082
02-02-03-197343
EEUU
JOVITA
CRUZ
MADERA
19/08/1908
1083
02-02-03-197351
EEUU
LUIS
SERRANO
ALCAZAR
12/01/1909
1084
02-02-03-197357
EEUU
IRMA ANGELICA
GARZA
LOZANO
25/08/1909
1085
02-02-03-197361
EEUU
MANUELA
ZAMORA
MEJIA
25/12/1909
1086
02-02-03-197363
EEUU
RAMON
CANTU
ALANIZ
16/11/1899
1087
02-02-03-197365
EEUU
PABLO DE LA CRUZ
MOJARRO
PACHECO
24/12/1906
1088
11-14-01-061099
GUANAJUATO
PEDRO
POMPA
GOMEZ
19/09/1906
1089
11-14-01-091847
GUANAJUATO
ISAAC
GUERRERO
VAZQUEZ
10/07/1909
1090
11-14-01-108710
GUANAJUATO
CARLOS
HERNANDEZ
GUTIERREZ
11/11/1908
1091
11-14-01-130321
GUANAJUATO
CASIANO
VALADEZ
LARA
13/08/1909
1092
11-14-02-000375
GUANAJUATO
MARGARITA
MANDUJANO
RODRIGUEZ
27/06/1907
1093
11-14-02-020087
GUANAJUATO
NATIVIDAD
RICO
CARBAJAL
19/12/1908
1094
11-14-02-021760
GUANAJUATO
ANTONIA
MANRIQUEZ
SANCHEZ
24/06/1908
1095
11-14-02-028587
GUANAJUATO
ALTAGRACIA
RAMIREZ
ARAUJO
13/02/1906
1096
11-14-02-034282
GUANAJUATO
ALICIA
OLIVA
JUAREZ
06/05/1907
1097
11-14-02-050251
GUANAJUATO
ELVIRA
MENDOZA
SARABIA
01/01/1900
1098
11-14-02-065800
GUANAJUATO
MARIA INES
TORRES
HERNANDEZ
01/01/1904
1099
11-14-02-069917
GUANAJUATO
MARIA JESUS
GARCIA
VAZQUEZ
12/02/1907
1100
11-14-02-091203
GUANAJUATO
ELVIRA
MARTINEZ
MONTES
17/04/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
GONZALEZ
MATERNO
LOPEZ
27
FECHA
1101
11-14-02-101811
GUANAJUATO
MARIA ISABEL
01/01/1907
1102
11-14-02-114792
GUANAJUATO
JOSEFA
REYES
MONTAÑEZ
08/09/1908
1103
11-14-02-125452
GUANAJUATO
CANDELARIA
GONZALEZ
ARELLANO
01/01/1909
1104
11-14-02-135477
GUANAJUATO
JOSEFINA
HERNANDEZ
HERNANDEZ
23/12/1908
1105
11-14-02-137313
GUANAJUATO
MARIA CARMEN
ALVAREZ
GONZALEZ
01/01/1908
1106
11-14-02-138628
GUANAJUATO
BARTOLA
ALCALA
GOMEZ
20/10/1909
1107
11-14-02-139522
GUANAJUATO
FELISA
JUAREZ
GRANADOS
16/01/1905
1108
11-14-02-140111
GUANAJUATO
MONICA
RANGEL
BARRIENTOS
03/11/1908
1109
11-14-02-142591
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
ALVARADO
ARIAS
01/01/1903
1110
11-14-02-147336
GUANAJUATO
MA REGULA
NIETO
RAMIREZ
21/06/1907
1111
11-14-02-149281
GUANAJUATO
MARIA DE LA LUZ
MORADO
RAMIREZ
21/03/1907
1112
11-14-02-170387
GUANAJUATO
JACINTA
CERRANO
GONZALEZ
04/02/1909
1113
11-14-02-170834
GUANAJUATO
MARIA LUZ
RAMIREZ
RODRIGUEZ
01/01/1907
1114
11-14-02-180067
GUANAJUATO
MARIA
RODRIGUEZ
GUZMAN
01/01/1904
1115
11-14-02-189989
GUANAJUATO
MARIA JESUS
YBARRA
XX
13/02/1909
1116
11-14-03-000490
GUANAJUATO
HORTENCIA
LEDESMA
RAMIREZ
14/09/1905
1117
11-14-03-001400
GUANAJUATO
FELISA
CASILLAS
FLORES
09/07/1908
1118
11-14-03-004538
GUANAJUATO
REFUGIO
VALADEZ
GAONA
02/12/1906
1119
11-14-03-004568
GUANAJUATO
ANDRES
CAMARGO
XX
12/01/1909
1120
11-14-03-007610
GUANAJUATO
JOSE JESUS
MARTINEZ
GARCIA
15/08/1901
1121
11-14-03-009064
GUANAJUATO
JOSE
SANCEN
FLORES
20/06/1904
1122
11-14-03-010962
GUANAJUATO
J JESUS
VENTURA
SOTO
08/08/1908
1123
11-14-03-011766
GUANAJUATO
DELFINA
HERNANDEZ
MARTINEZ
16/06/1907
1124
11-14-03-012096
GUANAJUATO
APOLONIO
ARREDONDO
MENDEZ
24/10/1909
1125
11-14-03-012512
GUANAJUATO
MANUEL
GOMEZ
MATA
01/01/1902
1126
11-14-03-012557
GUANAJUATO
JOSE
GUTIERREZ
REYES
01/01/1909
1127
11-14-03-012822
GUANAJUATO
JOSE
MONTOYA
SOLIS
14/01/1907
1128
11-14-03-012992
GUANAJUATO
ANGEL
ALVARADO
LOZANO
12/11/1903
1129
11-14-03-013103
GUANAJUATO
FRANCISCA
ALVAREZ
LOZA
30/05/1900
1130
11-14-03-013208
GUANAJUATO
MA ISABEL
RODRIGUEZ
ZARRAGA
01/01/1907
1131
11-14-03-017107
GUANAJUATO
FRANCISCO
PARTIDA
ARANDA
09/02/1907
1132
11-14-03-017136
GUANAJUATO
MA SANJUANA
MORENO
MORENO
06/06/1908
1133
11-14-03-018576
GUANAJUATO
YOLANDA
TIRADO
ORTEGA
18/03/1901
1134
11-14-03-019331
GUANAJUATO
MARTINA
RODRIGUEZ
DELGADO
01/01/1901
1135
11-14-03-020525
GUANAJUATO
CATALINA
ESPINOSA
CAMACHO
25/05/1906
1136
11-14-03-021655
GUANAJUATO
JOSE
SALDAÑA
CONTRERAS
15/05/1905
1137
11-14-03-021946
GUANAJUATO
EBERARDO
CERBANTES
NUÑES
17/11/1908
1138
11-14-03-023357
GUANAJUATO
MARGARITA
CHAVEZ
MARTINEZ
01/01/1908
1139
11-14-03-023611
GUANAJUATO
JESUS
FLORES
RAMIREZ
12/08/1909
1140
11-14-03-026758
GUANAJUATO
ZENAIDA
SANTOYO
CALDERON
05/09/1905
1141
11-14-03-028370
GUANAJUATO
MARTIN
GODINEZ
SANCHEZ
01/01/1904
1142
11-14-03-028540
GUANAJUATO
CELIA
CARREÑO
MENDOZA
07/03/1901
1143
11-14-03-030148
GUANAJUATO
MARIA DEL CARMEN
RAMIREZ
GONZALEZ
17/03/1900
1144
11-14-03-031247
GUANAJUATO
JOSE
CASTRO
OROZCO
01/01/1900
1145
11-14-03-031449
GUANAJUATO
EUFEMIA
GARCIA
PADILLA
21/09/1902
1146
11-14-03-032858
GUANAJUATO
MA TERESA
MALDONADO
XX
07/07/1902
1147
11-14-03-033136
GUANAJUATO
J GUADALUPE
LOPEZ
AGUILAR
10/02/1902
1148
11-14-03-033498
GUANAJUATO
MA LUCIA
HERNANDEZ
MARTINEZ
20/01/1909
1149
11-14-03-034902
GUANAJUATO
MARIA DE LOS ANGELES
MENDOZA
XX
01/01/1901
1150
11-14-03-035478
GUANAJUATO
MA DEL CARMEN
RIVERA
NUÑEZ
16/01/1901
1151
11-14-03-035693
GUANAJUATO
VILLEGAS
MARMOLEJO
MA TERESA
01/01/1884
1152
11-14-03-035812
GUANAJUATO
AUDELIA
RUIZ
TORRES
01/01/1908
1153
11-14-03-036431
GUANAJUATO
MANUELA
RIVERA
CHAVEZ
31/05/1909
28
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
GIRON
MATERNO
RIOS
FECHA
1154
11-14-03-037900
GUANAJUATO
PEDRO
13/09/1908
1155
11-14-03-038406
GUANAJUATO
M TERESA
RANGEL
GUZMAN
31/05/1901
1156
11-14-03-039036
GUANAJUATO
GUADALUPE
GARCIA
ORNELAS
07/01/1904
1157
11-14-03-039779
GUANAJUATO
JOSE
MARTINEZ
SALGADO
01/01/1904
1158
11-14-03-043304
GUANAJUATO
VIVIANA
RAMOS
FAJARDO
06/11/1907
1159
11-14-03-043965
GUANAJUATO
ONESIMO
VARGAS
DELGADO
08/04/1908
1160
11-14-03-044191
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
ZAMORA
HERNANDEZ
01/01/1909
1161
11-14-03-049074
GUANAJUATO
J REFUGIUO
TREJO
AVILA
01/01/1904
1162
11-14-03-049194
GUANAJUATO
ARTURO
MEDINA
ALMANZA
15/06/1904
1163
11-14-03-049489
GUANAJUATO
ISIDORA
RUIZ
MUÑOZ
06/04/1906
1164
11-14-03-049879
GUANAJUATO
HONORATO
CISNEROZ
PALACIO
03/04/1907
1165
11-14-03-050827
GUANAJUATO
MA RAQUEL
ARREGUIN
JUAREZ
29/03/1908
1166
11-14-03-050928
GUANAJUATO
JUAN
PONCE
GRANA
03/03/1909
1167
11-14-03-051605
GUANAJUATO
JOEL
MEDINA
VIDAL
27/07/1901
1168
11-14-03-051976
GUANAJUATO
RAFAEL
GONZALEZ
ESPITIA
21/07/1901
1169
11-14-03-053457
GUANAJUATO
MARIA SOCORRO
CORNEJO
LOPEZ
07/09/1907
1170
11-14-03-054560
GUANAJUATO
J GUADALUPE
MOTA
ESPINOZA
01/01/1901
1171
11-14-03-054814
GUANAJUATO
ERMELINDA
MARTINEZ
GONZALEZ
11/02/1908
1172
11-14-03-055305
GUANAJUATO
SEVERO
ORTEGA
GUTIERREZ
04/10/1905
1173
11-14-03-055790
GUANAJUATO
MA DEL CARMEN ORALIA
RAMIREZ
VALENZUELA
24/07/1900
1174
11-14-03-056288
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
GRANADOS
GONZALEZ
08/11/1904
1175
11-14-03-057323
GUANAJUATO
ALICIA
ALONSO
SANCHEZ
01/01/1902
1176
11-14-03-057644
GUANAJUATO
J GUADALUPE
RAMIREZ
RUIZ
07/01/1907
1177
11-14-03-058287
GUANAJUATO
JUANA
ZAVALA
PEREZ
17/12/1908
1178
11-14-03-059393
GUANAJUATO
MA CONCEPCION
MURILLO
TAPIA
01/01/1902
1179
11-14-03-059499
GUANAJUATO
BEATRIZ
NAVARRETE
BENITO
15/02/1906
1180
11-14-03-060714
GUANAJUATO
JOSE NICOLAS
LEMUS
CONTRERAS
01/01/1898
1181
11-14-03-061065
GUANAJUATO
MARIA GLORIA
MELESIO
PEREZ
06/05/1907
1182
11-14-03-061108
GUANAJUATO
RODOLFO
MARTINEZ
AVILA
03/07/1909
1183
11-14-03-061499
GUANAJUATO
JAVIER
RIVERA
AGUIRRE
13/03/1903
1184
11-14-03-061601
GUANAJUATO
GREGORIO
HERNANDEZ
ROJAS
02/14/1899
1185
11-14-03-062973
GUANAJUATO
J VENTURA
DURAN
DELGADO
31/03/1909
1186
11-14-03-066295
GUANAJUATO
MIGUEL
RICO
VEGA
01/01/1904
1187
11-14-03-066632
GUANAJUATO
M SERAFIN
CAUDILLO
RIVERA
01/01/1909
1188
11-14-03-066633
GUANAJUATO
VICENTE
GARCIA
GONZALEZ
11/10/1909
1189
11-14-03-067087
GUANAJUATO
JOSE
AREDONDO
MOSQUEDA
01/01/1900
1190
11-14-03-067366
GUANAJUATO
MARIA LUZ
VAZQUEZ
BARRAGAN
01/01/1909
1191
11-14-03-067994
GUANAJUATO
MANUEL
RAMIREZ
NUÑEZ
01/01/1903
1192
11-14-03-068208
GUANAJUATO
ELENA
JUAREZ
RIVAS
31/07/1904
1193
11-14-03-069970
GUANAJUATO
SAUL
PARAMO
SALGADO
13/10/1904
1194
11-14-03-069986
GUANAJUATO
MA CARMEN
VALLEJO
MORALES
01/01/1902
1195
11-14-03-070164
GUANAJUATO
ARMANDO
RAMIREZ
CARDONA
01/01/1907
1196
11-14-03-070359
GUANAJUATO
MARIA LUZ
FLORES
PATIÑO
20/06/1908
1197
11-14-03-070801
GUANAJUATO
JOSEFINA
GOMEZ
XX
01/01/1902
1198
11-14-03-070816
GUANAJUATO
EUSTACIO
DIAZ
JURADO
03/09/1906
1199
11-14-03-073293
GUANAJUATO
ISAIAS
MURILLO
XX
18/06/1909
1200
11-14-03-075213
GUANAJUATO
MARIA MERCED
LUNA
JUAREZ
01/01/1908
1201
11-14-03-075844
GUANAJUATO
SABINO
MIRANDA
RICO
30/08/1902
1202
11-14-03-079225
GUANAJUATO
MA REFUGIO
TERRAZAS
Y RICO
01/01/1905
1203
11-14-03-079326
GUANAJUATO
JAVIER
MANDUJANO
MENDOZA
01/01/1901
1204
11-14-03-082112
GUANAJUATO
ADELA
MEZA
FLORES
01/05/1900
1205
11-14-03-085421
GUANAJUATO
LEONARDO
MEDINA
ERRERA
24/06/1908
1206
11-14-03-085665
GUANAJUATO
JOSEFINA
GANDARA
RAMIREZ
14/10/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
VIRGINIA
29
FECHA
1207
11-14-03-087567
GUANAJUATO
SOTO
BOTELLO
01/01/1903
1208
11-14-03-089299
GUANAJUATO
MA CRUZ
ALVAREZ
RAMIREZ
03/03/1905
1209
11-14-03-091791
GUANAJUATO
MARIA
JUAREZ
HERNANDEZ
03/04/1908
1210
11-14-03-091883
GUANAJUATO
MA CARMEN
LOPEZ
ORTIZ
01/01/1906
1211
11-14-03-092553
GUANAJUATO
SANJUANA
LOPEZ
PATLAN
31/12/1908
1212
11-14-03-094263
GUANAJUATO
ABIGAIL
LOPEZ
ZAVALA
11/10/1903
1213
11-14-03-095395
GUANAJUATO
MARIA ENEDINA
RANGEL
SAMANO
01/01/1907
1214
11-14-03-095482
GUANAJUATO
MARIA ROSARIO
CERVERA
PUGA
10/01/1900
1215
11-14-03-097128
GUANAJUATO
ESTEFANA
SANCHEZ
RANGEL
09/04/1902
1216
11-14-03-100149
GUANAJUATO
ARTURO
RODRIGUEZ
NUÑEZ
10/03/1905
1217
11-14-03-102672
GUANAJUATO
ROSA MARIA
PEREZ
GOMEZ
05/05/1908
1218
11-14-03-105445
GUANAJUATO
JOSE SALOMON
URIBE
PEREZ
03/10/1895
1219
11-14-03-106128
GUANAJUATO
J JESUS
LARA
CONTRERAS
24/09/1903
1220
11-14-03-108617
GUANAJUATO
VICENTE
MACIAS
RUIZ
01/01/1907
1221
11-14-03-109293
GUANAJUATO
FELISA
NORIEGA
VACA
29/12/1908
1222
11-14-03-110418
GUANAJUATO
RUBEN
ABONCE
SAMANO
04/02/1902
1223
11-14-03-114654
GUANAJUATO
ANTONIA
ARREDONDO
ALVAREZ
01/01/1907
1224
11-14-03-115674
GUANAJUATO
PEDRO
SANDOVAL
SALDAÑA
15/08/1908
1225
11-14-03-115880
GUANAJUATO
J CARLOS
GARCIA
BORJA
01/01/1903
1226
11-14-03-116288
GUANAJUATO
RAFAEL
RAMIREZ
ROSAS
02/06/1907
1227
11-14-03-116612
GUANAJUATO
MA AURORA
PANTOJA
PANTOJA
09/05/1909
1228
11-14-03-116661
GUANAJUATO
MARIA CONSUELO
SALAZAR
GARNICA
04/12/1907
1229
11-14-03-117470
GUANAJUATO
MA JESUS
HERNANDEZ
MARTINEZ
23/07/1908
1230
11-14-03-118312
GUANAJUATO
SALVADOR
RVERA
FLORES
22/12/1908
1231
11-14-03-118437
GUANAJUATO
J GUADALUPE
PONCE
ESPINOSA
01/01/1903
1232
11-14-03-119772
GUANAJUATO
SAUL
GARCIA
PEREZ
10/03/1907
1233
11-14-03-120380
GUANAJUATO
MA CARMINA
REYES
MORENO
01/01/1907
1234
11-14-03-120520
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
TREJO
XX
01/01/1897
1235
11-14-03-120581
GUANAJUATO
VENANCIO
GAMIÑO
GAMIÑO
01/01/1903
1236
11-14-03-120596
GUANAJUATO
ANTONIO
RIOS
MENA
06/09/1903
1237
11-14-03-122202
GUANAJUATO
NICOLAS
CRESPO
BARRON
11/09/1907
1238
11-14-03-122410
GUANAJUATO
AGUSTIN
PARRA
LOPEZ
06/09/1907
1239
11-14-03-122558
GUANAJUATO
RIGOBERTO
GONZALEZ
HERNANDEZ
12/07/1909
1240
11-14-03-122562
GUANAJUATO
AGUSTINA
CORONA
ZAVALA
08/10/1900
1241
11-14-03-123083
GUANAJUATO
ALFONSO
QUIROZ
RAZO
01/01/1900
1242
11-14-03-123737
GUANAJUATO
IGNACIO
ELIAS
PEREZ
25/08/1907
1243
11-14-03-124703
GUANAJUATO
ANTONIO
HERNANDEZ
FLORIDO
31/10/1900
1244
11-14-03-124820
GUANAJUATO
MA LUZ
RUIZ
TORRES
20/05/1908
1245
11-14-03-124978
GUANAJUATO
MA EUGENIA
MENDOZA
RICO
18/05/1909
1246
11-14-03-125830
GUANAJUATO
EMILIO
OLMEDO
MORENO
29/12/1909
1247
11-14-03-125883
GUANAJUATO
JULIA
REYES
GARCIA
02/11/1900
1248
11-14-03-126023
GUANAJUATO
MA ESTHER
CERVANTES
AGUADO
16/01/1903
1249
11-14-03-126131
GUANAJUATO
J JESUS
ORTIZ
MARTINEZ
01/01/1899
1250
11-14-03-126616
GUANAJUATO
MA JOSEFINA
PEREZ
GONZALEZ
01/01/1904
1251
11-14-03-126927
GUANAJUATO
JUANA
ESCALERA
SOLIS
01/01/1909
1252
11-14-03-127648
GUANAJUATO
J JESUS
BEDOLLA
GUERRERO
09/06/1904
1253
11-14-03-128085
GUANAJUATO
CATALINA
PONCE
PACHECO
19/06/1909
1254
11-14-03-128711
GUANAJUATO
JOSE GUADALUPE
JUAREZ
LOPEZ
18/12/1906
1255
11-14-03-129304
GUANAJUATO
JOSE RAMON
LUNA
HERNANDEZ
01/01/1904
1256
11-14-03-129421
GUANAJUATO
GILDARDO
FLORES
BOTELLO
20/10/1903
1257
11-14-03-129933
GUANAJUATO
ANTONIO
MINGUELA
CANCHOLA
01/01/1909
1258
11-14-03-130849
GUANAJUATO
J HORACIO
GUERRERO
OCHOA
28/10/1907
1259
11-14-03-131145
GUANAJUATO
J GUADALUPE
LARA
TENORIO
01/01/1896
30
(Primera Sección)
Folio
1260
11-14-03-131304
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
GUANAJUATO
J SACRAMENTO
VARGAS
MATERNO
PANIAGUA
FECHA
01/01/1903
1261
11-14-03-131342
GUANAJUATO
MA LUZ
ROMERO
RODRIGUEZ
09/02/1909
1262
11-14-03-131549
GUANAJUATO
M ALTAGRACIA
CERRANO
HERNANDEZ
08/06/1907
23/12/1907
1263
11-14-03-131884
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
NAVARRO
QUEZADA
1264
11-14-03-131970
GUANAJUATO
TERESA
RIOS
BECERRA
13/10/1907
1265
11-14-03-132751
GUANAJUATO
FIDELIA
PEREZ
PEREZ
01/01/1909
1266
11-14-03-132897
GUANAJUATO
BRAULIA
RIOS
TORRES
14/12/1907
1267
11-14-03-133516
GUANAJUATO
MARIA BARTOLOME
CRUZ
VAZQUEZ
25/10/1900
1268
11-14-03-134118
GUANAJUATO
PORFIRIO
LANDEROS
SANCHEZ
14/11/1908
1269
11-14-03-134424
GUANAJUATO
AMANDO
RIVERA
ALVARADO
28/10/1908
1270
11-14-03-135493
GUANAJUATO
MA CARMEN
GARCIA
SALINAS
01/01/1902
1271
11-14-03-136423
GUANAJUATO
JOSEFINA
RODRIGUEZ
ALMANZA
01/01/1906
1272
11-14-03-136603
GUANAJUATO
MA SANTOS
MARTINEZ
VAZQUEZ
14/10/1908
1273
11-14-03-136945
GUANAJUATO
MA DEL CARMEN
TORRES
GARCIA
20/07/1906
1274
11-14-03-137954
GUANAJUATO
TERESA
ROBLEDO
RIVAS
14/08/1907
1275
11-14-03-138624
GUANAJUATO
EVA
GONZALEZ
CERVANTES
23/07/1905
1276
11-14-03-138851
GUANAJUATO
MA LUISA
MORENO
ALFARO
02/10/1900
1277
11-14-03-139531
GUANAJUATO
ANA MARIA
GRANADOS
GRANADOS
04/09/1907
1278
11-14-03-139791
GUANAJUATO
CANDIDA
JUAREZ
CARRILLO
19/04/1905
1279
11-14-03-140228
GUANAJUATO
JOSEFINA
JUAREZ
MENDEZ
19/03/1900
1280
11-14-03-140706
GUANAJUATO
JULIO
VARGAS
ESPINOSA
01/01/1904
1281
11-14-03-140993
GUANAJUATO
ADELA
GARCIA
ZARATE
16/01/1909
1282
11-14-03-141301
GUANAJUATO
JOSEFINA
NORIA
VALADEZ
01/01/1905
1283
11-14-03-141660
GUANAJUATO
J GUADALUPE
LOPEZ
VELEZ
01/01/1909
1284
11-14-03-141797
GUANAJUATO
JUAN
MARTINEZ
DELGADO
03/02/1906
1285
11-14-03-142057
GUANAJUATO
MIGUEL
ALONSO
GONZALEZ
24/10/1900
1286
11-14-03-142333
GUANAJUATO
MA SOLEDAD
SANCHEZ
GONZALEZ
10/09/1907
1287
11-14-03-142592
GUANAJUATO
RODOLFO
OROPEZA
NEGRETE
01/01/1908
1288
11-14-03-143285
GUANAJUATO
VENTURA
RIOS
ARROYO
06/07/1906
1289
11-14-03-144639
GUANAJUATO
FERNANDO
JIMENEZ
DELGADO
01/01/1903
1290
11-14-03-144851
GUANAJUATO
SANJUANA
VARGAS
TORRES
04/10/1908
1291
11-14-03-145764
GUANAJUATO
MARIA ELVA
JUAREZ
HERNANDEZ
28/10/1909
1292
11-14-03-145863
GUANAJUATO
IMELDA
HERNANDEZ
ALMARAZ
01/01/1907
1293
11-14-03-146250
GUANAJUATO
MA ESTHER
DELGADO
LOPEZ
01/01/1903
1294
11-14-03-146381
GUANAJUATO
MA TERESA
ZUÑIGA
XX
01/01/1903
1295
11-14-03-146694
GUANAJUATO
J GUADALUPE
BONILLA
CANALES
12/10/1902
1296
11-14-03-148029
GUANAJUATO
OLIVIA
GARCIA
SANTOS
01/01/1901
1297
11-14-03-148697
GUANAJUATO
MA DE JESUS
CHAVEZ
ESPINOZA
09/04/1906
1298
11-14-03-148718
GUANAJUATO
ROBERTO
FLORES
ALCOCER
06/07/1906
1299
11-14-03-149325
GUANAJUATO
AGUSTIN
CABALLERO
NOGUEZ
13/06/1905
1300
11-14-03-150322
GUANAJUATO
MA REMEDIOS
MORENO
JARAMILLO
23/07/1906
1301
11-14-03-150548
GUANAJUATO
RAFAEL
ZAMUDIO
GARCIA
26/02/1909
1302
11-14-03-150768
GUANAJUATO
J JESUS
RICO
MARTINEZ
19/05/1905
1303
11-14-03-151640
GUANAJUATO
JOSEFINA
MUÑOZ
ROMO
01/01/1909
1304
11-14-03-152135
GUANAJUATO
MARTA
LOPEZ
GONZALEZ
20/12/1908
1305
11-14-03-152329
GUANAJUATO
ADELA
MUÑIZ
XX
29/06/1907
1306
11-14-03-152741
GUANAJUATO
GUADALUPE
MOSQUEDA
MUÑOZ
01/01/1907
1307
11-14-03-153089
GUANAJUATO
TERESA
RIVERA
LOPEZ
13/01/1894
1308
11-14-03-153262
GUANAJUATO
APOLONIA
GODINES
HERNANDEZ
20/04/1903
1309
11-14-03-153659
GUANAJUATO
PERFECTA
RUIZ
FIGUEROA
01/01/1895
1310
11-14-03-153820
GUANAJUATO
AMPARO
DAMIAN
ZAVALA
01/01/1906
1311
11-14-03-153866
GUANAJUATO
RITA
MARTINEZ
CRESPO
01/01/1908
1312
11-14-03-154156
GUANAJUATO
PETRA
RESENDIZ
PEREZ
01/06/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
AGUILAR
MATERNO
MALDONADO
31
FECHA
1313
11-14-03-156034
GUANAJUATO
JAVIER
03/11/1907
1314
11-14-03-156642
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
RUBIO
ALVAREZ
13/06/1900
1315
11-14-03-156783
GUANAJUATO
NICOLASA
CASTAÑEDA
VENEGAS
20/10/1905
1316
11-14-03-156861
GUANAJUATO
ZEINADA
ROMERO
LOPEZ
26/02/1901
1317
11-14-03-157343
GUANAJUATO
MA ELEAZAR
ROMERO
DIAZ
13/10/1907
1318
11-14-03-157347
GUANAJUATO
MANUEL
SANCHEZ
MENDOZA
21/02/1907
1319
11-14-03-158447
GUANAJUATO
ARTURO
ALMANZA
GARCIA
18/02/1901
1320
11-14-03-158819
GUANAJUATO
RAUL
GONZALEZ
ALMARAZ
03/01/1903
1321
11-14-03-160111
GUANAJUATO
RODOLFO
GONZALEZ
PEÑA
20/12/1907
1322
11-14-03-160582
GUANAJUATO
BENITA
RAMOS
PRIETO
12/03/1901
1323
11-14-03-161072
GUANAJUATO
MA IMELDA
CISNEROS
SERRATO
16/09/1906
1324
11-14-03-161277
GUANAJUATO
EQUILEO
GARCIA
FRIAS
18/01/1909
1325
11-14-03-162047
GUANAJUATO
ANTONIO
RODRIGUEZ
LUNA
01/01/1904
1326
11-14-03-162151
GUANAJUATO
VICENTE
LINARES
ARELLANO
09/05/1907
1327
11-14-03-162256
GUANAJUATO
RICARDO
MORALES
XX
15/04/1900
1328
11-14-03-162686
GUANAJUATO
RAMON
CEDILLO
MENDEZ
01/01/1902
1329
11-14-03-163033
GUANAJUATO
JUAN
CAMARGO
OLVERA
08/01/1909
1330
11-14-03-164245
GUANAJUATO
MARIA NICOLASA
ZAVALA
VALLEJO
04/11/1908
1331
11-14-03-164326
GUANAJUATO
LEOPOLDO
ORTEGA
RAMOS
01/10/1908
1332
11-14-03-164626
GUANAJUATO
SEBASTIAN
ALFARO
RAZO
31/08/1907
1333
11-14-03-164646
GUANAJUATO
ANASTACIO
UVALLE
JANTES
01/01/1909
1334
11-14-03-164728
GUANAJUATO
IRENE
ROSAS
BRAVO
06/06/1905
1335
11-14-03-164914
GUANAJUATO
JUAN DAVALOS
DAVALOS
MEZA
01/01/1909
1336
11-14-03-166230
GUANAJUATO
SUSANA DE MARIA
ZAMARRIPA
MARTINEZ
01/10/1908
1337
11-14-03-166429
GUANAJUATO
LUIS
PEREZ
DE LA ROSA
17/07/1887
1338
11-14-03-166751
GUANAJUATO
BENITO
GONZALEZ
ZAVALA
01/01/1904
1339
11-14-03-166767
GUANAJUATO
ELODIA
PEREZ
GALVAN
25/06/1907
1340
11-14-03-167655
GUANAJUATO
MA CARMEN
TORRES
MORA
13/06/1909
1341
11-14-03-167802
GUANAJUATO
ELISEO
DIAZ
MAGAÑA
01/01/1901
1342
11-14-03-168006
GUANAJUATO
ANTONIO
LOYOLA
MENDEZ
12/06/1902
1343
11-14-03-168178
GUANAJUATO
DELFINO
RODRIGUEZ
RIVAS
12/09/1906
1344
11-14-03-168212
GUANAJUATO
MA OFELIA FRANCISCA
CABRERA
DURAN
01/01/1908
1345
11-14-03-169057
GUANAJUATO
CANDIDO
QUINTERO
ORIZABA
05/03/1903
1346
11-14-03-169900
GUANAJUATO
EMILIA
DIAZ
XX
01/01/1901
1347
11-14-03-170499
GUANAJUATO
MARIA ANA
SORIA
CISNEROS
01/01/1904
1348
11-14-03-170507
GUANAJUATO
MANUEL
GALVAN
PEÑA
06/01/1909
1349
11-14-03-170522
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
CEDILLO
INFANTE
29/07/1909
1350
11-14-03-170542
GUANAJUATO
JUAN
VITAL
SANTOYO
01/01/1905
1351
11-14-03-170563
GUANAJUATO
ALBERTO
BOTELLO
MORELES
01/01/1904
1352
11-14-03-171091
GUANAJUATO
CAYETANO
GARCIA
GONZALEZ
01/01/1899
1353
11-14-03-171150
GUANAJUATO
J REFUGIO
GUTIERREZ
PEREZ
01/01/1907
1354
11-14-03-171566
GUANAJUATO
CECILIA
LIRA
LOPEZ
01/01/1901
1355
11-14-03-173310
GUANAJUATO
MA JUANA
VILLEGAS
HERNANDEZ
11/05/1909
1356
11-14-03-174868
GUANAJUATO
JUAN FRANCISCO
RIVERA
LEON
01/01/1909
1357
11-14-03-174889
GUANAJUATO
JOSE LUIS
GARCIA
ANAYA
23/07/1901
1358
11-14-03-175092
GUANAJUATO
MARIO
MARTINEZ
CISNEROS
02/02/1907
1359
11-14-03-176337
GUANAJUATO
J GUADALUPE
PLAZA
AYALA
01/01/1901
1360
11-14-03-176393
GUANAJUATO
MA IRENE
ORNELAS
RODRIGUEZ
12/05/1909
1361
11-14-03-176652
GUANAJUATO
RAFAEL
CABRERA
MARTINEZ
08/02/1909
1362
11-14-03-176907
GUANAJUATO
BERNABE
RODRIGUEZ
ALVARADO
23/05/1909
1363
11-14-03-177020
GUANAJUATO
MA LORETO
ALONSO
FLORES
10/09/1903
1364
11-14-03-177223
GUANAJUATO
RAMONA
HERNANDEZ
CAPETILLO
29/06/1900
1365
11-14-03-177291
GUANAJUATO
SILVINA
LOPEZ
AGUYO
01/01/1901
32
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MATERNO
FECHA
1366
11-14-03-177581
GUANAJUATO
MA BELEM
ESPINOSA
MARTINEZ
11/11/1909
1367
11-14-03-177790
GUANAJUATO
MARIA
CHAVEZ
ROJAS
15/11/1898
1368
11-14-03-178176
GUANAJUATO
CENORINA
RAMIREZ
NICACIO
01/01/1905
1369
11-14-03-178646
GUANAJUATO
MA SOCORRO
ALVINO
GARCIA
29/06/1904
1370
11-14-03-179032
GUANAJUATO
MARIA PIEDAD
VAZQUEZ
GONZALEZ
10/03/1909
1371
11-14-03-179156
GUANAJUATO
AGUSTINA
ROSAS
ARTEAGA
21/09/1906
1372
11-14-03-179430
GUANAJUATO
ANTONIO
AVALOS
TELLEZ
25/02/1909
1373
11-14-03-179455
GUANAJUATO
RUBEN
GALVAN
SALAZAR
01/01/1907
1374
11-14-03-179502
GUANAJUATO
MANUEL TRINIDAD
ZAVALA
ZAVALA
09/05/1909
1375
11-14-03-180508
GUANAJUATO
RUBEN
GONZALEZ
AGUILERA
02/12/1909
1376
11-14-03-180630
GUANAJUATO
CONSUELO
MARTINEZ
ALFARO
23/09/1898
1377
11-14-03-181378
GUANAJUATO
MARTHA ALICIA
BERNAL
GONZALEZ
13/09/1907
1378
11-14-03-181630
GUANAJUATO
AMPARO
TOVAR
RAMIREZ
01/01/1894
1379
11-14-03-181671
GUANAJUATO
MA BELEN
VALDEZ
REA
12/07/1909
1380
11-14-03-182907
GUANAJUATO
MA VICENTA
GUADIAN
HERNANDEZ
30/11/1902
1381
11-14-03-182928
GUANAJUATO
EDUARDO
CASIQUE
CAUDILLO
01/01/1909
1382
11-14-03-183433
GUANAJUATO
MA DEL REFUGIO
SANCHEZ
VILLEGAS
15/04/1901
1383
11-14-03-184711
GUANAJUATO
CLARA
QUIROZ
TORRES
16/10/1908
1384
11-14-03-185141
GUANAJUATO
MA LOURDES
TORRES
ROCHA
15/06/1905
1385
11-14-03-185144
GUANAJUATO
MA ISABEL
TORRES
MIRELES
20/02/1906
1386
11-14-03-185474
GUANAJUATO
VICTORIA
GONZALEZ
RAMIREZ
19/04/1908
1387
11-14-03-185962
GUANAJUATO
SAMUEL
MIRANDA
VARGAS
08/11/1908
1388
11-14-03-186155
GUANAJUATO
OLIVA
RAMIREZ
QUIROZ
01/01/1901
1389
11-14-03-186192
GUANAJUATO
MARIO
PESCADOR
HERNANDEZ
17/07/1908
1390
11-14-03-186288
GUANAJUATO
EMETERIO
MOCTEZUMA
ALBAÑIL
12/12/1909
1391
11-14-03-188996
GUANAJUATO
MA SOCORRO
LEON
ORTEGA
01/01/1899
1392
11-14-03-189144
GUANAJUATO
MA FELIX
RAMIREZ
BECERRA
30/04/1908
1393
11-14-03-189197
GUANAJUATO
MA DE LA LUZ
DUEÑAS
SERRANO
01/01/1902
1394
11-14-03-189402
GUANAJUATO
ABEL
CARDENAS
CABRERA
13/03/1908
1395
11-14-03-190158
GUANAJUATO
MARIA JESUS
PATIÑO
RODRIGUEZ
16/06/1900
1396
11-14-03-190582
GUANAJUATO
M ROSARIO
ARREGUIN
RESENDIZ
01/01/1905
1397
11-14-03-191452
GUANAJUATO
JOSEFA
HERNANDEZ
LARA
01/01/1908
1398
11-14-03-191565
GUANAJUATO
J FRANCISCO
ROBLEDO
QUIJAS
01/05/1909
1399
11-14-03-192023
GUANAJUATO
MANUELA
HERNANDEZ
AMEZQUITA
01/01/1903
1400
11-14-03-192184
GUANAJUATO
HERIBERTO
GUERRERO
LOZA
25/07/1909
1401
11-14-03-192727
GUANAJUATO
MA MEYBOL
PANTOJA
GARCIA
22/07/1906
1402
11-14-03-192801
GUANAJUATO
MARIA MERCEDES
MUÑOZ
XX
14/01/1904
1403
11-14-03-194386
GUANAJUATO
LUCIO
PARRA
MEJIA
01/01/1906
1404
11-14-03-194986
GUANAJUATO
ROBERTO
VEGA
TREJO
01/01/1904
1405
11-14-03-195089
GUANAJUATO
ERNESTINA
VEGA
MALAGON
01/01/1909
1406
11-14-03-195232
GUANAJUATO
MA LUISA
LOPEZ
PEREZ
17/03/1908
1407
11-14-03-195871
GUANAJUATO
JOSE BENJAMIN
GONZALEZ
GOMEZ
21/09/1906
1408
11-14-03-195980
GUANAJUATO
ENRIQUETA
LOPEZ
SOTO
23/07/1900
1409
11-14-03-196026
GUANAJUATO
CELSO
MARTINEZ
XX
02/01/1904
1410
11-14-03-196246
GUANAJUATO
NICOLAS
FLORES
ROJAS
01/01/1909
1411
11-14-03-196339
GUANAJUATO
JOSE
MOSQUEDA
CUELLAR
01/01/1905
1412
11-14-03-196531
GUANAJUATO
NICOLAS
AGUILERA
ZAVALA
24/10/1907
1413
11-14-03-196767
GUANAJUATO
ROSARIO
GARCIA
MUÑOZ
01/01/1899
1414
11-14-03-196824
GUANAJUATO
AURELIA
ZAVALA
PANTOJA
01/01/1900
1415
11-14-03-196836
GUANAJUATO
MA RAQUEL
PATIÑO
ARREGUIN
26/05/1904
1416
11-14-03-196843
GUANAJUATO
NICACIO
MARTINEZ
MARTINEZ
21/02/1904
1417
11-14-03-196907
GUANAJUATO
ANTONIO
RIVERA
MARES
12/12/1909
1418
11-14-04-010028
GUANAJUATO
MICAELA
MARTINEZ
MEDINA
01/01/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MEDINA
MATERNO
CARREÑO
33
FECHA
1419
11-14-04-014597
GUANAJUATO
SAMUEL
07/05/1909
1420
11-14-04-016337
GUANAJUATO
HESIQUIO
ROBLEDO
RODRIGUEZ
17/11/1908
1421
11-14-04-020857
GUANAJUATO
PEDRO
NUÑEZ
SIERRA
13/06/1905
1422
11-14-04-022222
GUANAJUATO
MARIA IMELDA
VELAZQUEZ
CHAVIRA
10/10/1907
1423
11-14-04-037104
GUANAJUATO
TERESA
IBARRA
OLVERA
06/08/1908
1424
11-14-04-039500
GUANAJUATO
MARIA MAGDALENA
VARGAS
MANDUJANO
30/08/1909
1425
11-14-04-039596
GUANAJUATO
MARIA
GALVAN
ZAVALA
24/06/1909
1426
11-14-04-039822
GUANAJUATO
CARLOS
ANDRADE
PIZANO
13/03/1904
1427
11-14-04-039964
GUANAJUATO
JOSE
VARGAS
CAUDILLO
14/03/1908
1428
11-14-04-046965
GUANAJUATO
MARIA YSABEL
MALDONADO
MEDINA
16/05/1909
1429
11-14-04-047183
GUANAJUATO
LUZ
AVALOS
CAMARGO
01/01/1900
1430
11-14-04-050359
GUANAJUATO
CATARINA
RODRIGUEZ
SOSA
03/05/1909
1431
11-14-04-051215
GUANAJUATO
NICOLAS
JUAREZ
SALAZAR
01/01/1902
1432
11-14-04-052124
GUANAJUATO
SOLEDAD
MEDINA
LULE
19/03/1904
1433
11-14-04-057078
GUANAJUATO
JESUS
CARRASCO
BAUTISTA
18/08/1908
1434
11-14-04-058962
GUANAJUATO
AGRIPINA
CRUZ
LEON
01/01/1909
1435
11-14-04-060885
GUANAJUATO
ANGELA
MUÑIZ
MENDIOLA
29/06/1904
1436
11-14-04-061035
GUANAJUATO
FRANCISCA
RODRIGUEZ
GONZALEZ
12/03/1907
1437
11-14-04-065911
GUANAJUATO
ANGELINA
CRUZ
HURTADO
22/03/1906
1438
11-14-04-074658
GUANAJUATO
GRACIA
GONZALEZ
GONZALEZ
01/01/1909
1439
11-14-04-082046
GUANAJUATO
MARIA PETRA
REYES
XX
01/01/1904
1440
11-14-04-088319
GUANAJUATO
PEDRO
GARCIA
BARRON
29/06/1909
1441
11-14-04-088355
GUANAJUATO
SERAFINA
RAZO
XX
25/06/1907
1442
11-14-04-091037
GUANAJUATO
AGAPITO
GALLEGOS
GARCIA
05/08/1908
1443
11-14-04-091370
GUANAJUATO
ROSALIO
NAVA
ZAVALA
03/09/1905
1444
11-14-04-095588
GUANAJUATO
MARIA ALEJANDRA DEL
CONSUELO
MARTINEZ
RAMIREZ
24/12/1909
1445
11-14-04-098946
GUANAJUATO
FRANCISCA
RODRIGUEZ
ZARAGOZA
27/04/1903
1446
11-14-04-115732
GUANAJUATO
MANUELA
MAGAÑA
GALVAN
24/06/1909
1447
11-14-04-119404
GUANAJUATO
ANGELA
LEON
HERNANDEZ
10/02/1901
1448
11-14-04-120548
GUANAJUATO
ESTHER
CARDONA
LOPEZ
16/09/1908
1449
11-14-04-128381
GUANAJUATO
ANDREA
VALLE
MATA
02/10/1908
1450
11-14-04-129493
GUANAJUATO
MARIA PILAR
DELGADO
HERNANDEZ
31/07/1905
1451
11-14-04-132558
GUANAJUATO
PEDRO
ROBLES
TORRES
01/01/1898
1452
11-14-04-133365
GUANAJUATO
MA CONCEPCION
SOTELO
GAONA
16/06/1909
1453
11-14-04-133454
GUANAJUATO
AGAPITA
FRAUSTO
XX
21/03/1908
1454
11-14-04-140283
GUANAJUATO
MARIA DOLORES
PAZ
MARTINEZ
11/02/1909
1455
11-14-04-141493
GUANAJUATO
BALTASAR
NIÑO
MORENO
03/11/1908
1456
11-14-04-141886
GUANAJUATO
MARIA SALUD
LUNA
RENTERIA
10/02/1902
1457
11-14-04-144505
GUANAJUATO
ERASTO
TINAJERO
AVILA
05/11/1909
1458
11-14-04-146582
GUANAJUATO
MA SANTOS
AVALOS
VAZQUEZ
12/04/1909
1459
11-14-04-146951
GUANAJUATO
MARIA DOLORES
MEJIA
ZAVALA
12/04/1906
1460
11-14-04-149838
GUANAJUATO
MARIA
ARREGUIN
HERNANDEZ
01/01/1908
1461
11-14-04-153805
GUANAJUATO
BONIFACIO
CAMARGO
ROSAS
05/06/1908
1462
11-14-04-157071
GUANAJUATO
MA GUADALUPE
ARELLANO
RUIZ
10/08/1906
1463
11-14-04-157923
GUANAJUATO
ALFREDO
SALGADO
GONZALEZ
20/04/1908
1464
11-14-04-166100
GUANAJUATO
MARGARITA
TORRES
GARCIA
01/01/1907
1465
11-14-04-166125
GUANAJUATO
MARIA
LEON
TINOCO
09/03/1909
1466
11-14-04-166904
GUANAJUATO
JOSE
DIAZ
GUTIERREZ
21/08/1903
1467
11-14-04-167679
GUANAJUATO
MARTINA
PIÑA
SIERRA
01/01/1904
1468
11-14-04-167882
GUANAJUATO
SARA
OLANDES
AGUILAR
31/01/1909
1469
11-14-04-169587
GUANAJUATO
LEOBARDA
TORRES
ROCHA
01/01/1906
1470
11-14-04-171301
GUANAJUATO
MARIA
RAMIREZ
VEGA
06/04/1908
1471
11-14-04-175445
GUANAJUATO
HELIODORA
HERNANDEZ
SOLORZANO
01/01/1906
34
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
FLORES
FECHA
1472
11-14-04-175488
GUANAJUATO
MARIA FRANCISCA
VERA
08/06/1909
1473
11-14-04-178076
GUANAJUATO
JOSE MARIA
RIVERA
BARBOZA
16/01/1903
1474
11-14-04-179862
GUANAJUATO
MANUEL
CRUZ
GOMEZ
01/01/1902
1475
11-14-04-180287
GUANAJUATO
AURORA
GUERRERO
LUNA
14/06/1903
1476
11-14-04-183640
GUANAJUATO
J TRINIDAD
VILLAGOMEZ
ZAVALA
01/01/1904
1477
11-14-04-184531
GUANAJUATO
SATURNINO
RAMOS
XX
04/02/1909
1478
11-14-04-184938
GUANAJUATO
BENANCIO
JASSO
CERCADO
10/01/1904
1479
11-14-04-185339
GUANAJUATO
CLEOTILDE
RAZO
ARREDONDO
01/02/1909
1480
11-14-04-185549
GUANAJUATO
XX
VIDAL
XX
27/03/1908
1481
11-14-04-189157
GUANAJUATO
RAFAELA
ESTRADA
PEREZ
01/01/1900
1482
11-14-04-191078
GUANAJUATO
ANTONIO
SERRATO
RAMIREZ
01/01/1907
1483
11-14-04-195779
GUANAJUATO
MARIA DE JESUS
AGUILAR
GRANADOS
04/10/1909
1484
12-15-01-010387
GUERRERO
ARNULFO
VALDIVIA
LINARES
15/08/1908
1485
12-15-01-108438
GUERRERO
ADALBERTO
BELLO
DIMAS
23/04/1908
1486
12-15-02-065147
GUERRERO
PETRA
PINEDA
RIOS
12/02/1904
1487
12-15-02-077258
GUERRERO
ANASTACIA
QUEBRADO
CANTOR
01/01/1907
1488
12-15-02-077313
GUERRERO
BENIGNA
SANDOVAL
ERAZO
30/05/1909
1489
12-15-02-083797
GUERRERO
URBANA
RODRIGUEZ
PACHECO
01/07/1907
1490
12-15-02-088784
GUERRERO
MA LUISA
DE LA PAZ
RODRIGUEZ
11/01/1902
1491
12-15-02-090197
GUERRERO
BARBARITA
PEREZ
ARELLANO
13/06/1908
1492
12-15-02-177907
GUERRERO
MARIA
PERALTA
RAMIREZ
14/11/1902
1493
12-15-02-191746
GUERRERO
EULALIA
RODRIGUEZ
CUEVAS
13/08/1909
1494
12-15-03-006790
GUERRERO
MARIA CLOTILDE
ASTUDILLO
LINARES
29/05/1908
1495
12-15-03-032517
GUERRERO
AIDA MIREYA
RUMBO
NAVARRETE
14/04/1906
1496
12-15-03-044227
GUERRERO
GRACIANA
MARTINEZ
MORENO
12/12/1907
1497
12-15-03-046675
GUERRERO
MARCIAL
ORBE
OCAMPO
09/04/1909
1498
12-15-03-055637
GUERRERO
SOCORRO
ADAME
ALARCON
20/02/1905
1499
12-15-03-067133
GUERRERO
ARCADIA
GUZMAN
GAMA
27/05/1906
1500
12-15-03-067481
GUERRERO
FLORA
MORALES
CORONEL
07/09/1903
1501
12-15-03-068877
GUERRERO
EUSEBIA
PEREZ
ANGEL
27/12/1905
1502
12-15-03-073807
GUERRERO
ORALIA
CORTES
SALGADO
01/01/1899
1503
12-15-03-079108
GUERRERO
MARIA EUGENIA
MARTINEZ
GONZALEZ
22/06/1908
1504
12-15-03-083489
GUERRERO
PEDRO
FERNANDEZ
DELGADO
05/06/1907
1505
12-15-03-083717
GUERRERO
MA ISABEL
SANTOS
LOPEZ
28/10/1908
1506
12-15-03-087502
GUERRERO
CECILIA
URIOSTEGUI
BARRERA
12/12/1908
1507
12-15-03-092927
GUERRERO
GLORIA
DIAZ
CARVAJAL
29/06/1906
1508
12-15-03-111878
GUERRERO
PETRA
PERALTA
ORTIZ
28/07/1907
1509
12-15-03-120928
GUERRERO
GONZAGA ALICIA
ACEVEDO
SALGADO
17/10/1907
1510
12-15-03-122195
GUERRERO
BEYDE
GOMEZ
GUZMAN
08/02/1908
1511
12-15-03-129105
GUERRERO
JUANA
FERNANDEZ
SALGADO
27/02/1909
1512
12-15-03-130894
GUERRERO
FLORA
URIOSTEGUI
CUEVAS
02/07/1908
1513
12-15-03-132306
GUERRERO
FLORA
MENDOZA
ESPIRITU
05/09/1907
1514
12-15-03-135648
GUERRERO
MARIA SALUSTIA
CARO
BAILON
21/06/1906
1515
12-15-03-139139
GUERRERO
SIMONA ROGELIA
GONZALEZ
BUSTOS
17/12/1902
1516
12-15-03-140182
GUERRERO
JUANA
ORROSQUIETA
ANSELMO
07/01/1908
1517
12-15-03-141070
GUERRERO
NIEVES
PERALTA
OCAMPO
15/08/1908
1518
12-15-03-150164
GUERRERO
MARIA DE LOS DOLORES
ESQUIVIAS
PEREZ
25/06/1909
1519
12-15-03-151898
GUERRERO
SERGIO
BAUTISTA
MORALES
04/08/1902
1520
12-15-03-171983
GUERRERO
MILBURGA
RAMOS
APAEZ
15/03/1906
1521
12-15-03-177716
GUERRERO
TERESA
MORENO
PERALTA
10/04/1905
1522
12-15-03-179186
GUERRERO
ROBERTO
AVILA
AVIÑA
12/03/1897
1523
12-15-03-179279
GUERRERO
MA DE LOS ANGELES
PIEDRA
BELTRAN
23/03/1909
1524
12-15-03-182605
GUERRERO
OLIVERIO
BRITO
GARCIA
04/04/1909
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
35
FECHA
1525
12-15-03-187521
GUERRERO
GUILLERMINA
ALARCON
VELEZ
29/09/1905
1526
12-15-03-187832
GUERRERO
JULIAN
LAGUNAS
VILLAMIL
01/10/1909
1527
12-15-03-191825
GUERRERO
YNOCENCIO
HERNANDEZ
GUTIERREZ
14/02/1903
1528
12-15-04-030731
GUERRERO
GERTRUDIS
MIRANDA
DIAZ
07/06/1901
1529
12-15-04-071078
GUERRERO
SANTANA
FLORES
CASTREJON
12/12/1899
1530
12-15-04-075878
GUERRERO
SINFOROSA
BRITO
GUADARRAMA
09/03/1909
1531
12-15-04-078805
GUERRERO
PAULA
OTERO
REYES
19/03/1909
1532
12-15-04-150348
GUERRERO
BERNARDO
FUENTES
ADAME
20/08/1907
1533
12-15-04-162742
GUERRERO
AMADA
LOPEZ
CASTRO
10/07/1907
1534
12-15-04-163784
GUERRERO
PLACIDA
BRITO
REYNA
10/06/1907
1535
12-15-04-178106
GUERRERO
RITA
ORTIZ
AYALA
25/10/1906
1536
12-15-04-179343
GUERRERO
ERNESTA
URIOSTEGUI
ROMAN
25/07/1898
1537
12-15-04-182036
GUERRERO
EMPERATRIZ
POLITO
HERNANDEZ
24/12/1900
1538
12-15-04-187726
GUERRERO
INOCENCIA
ARTEAGA
EZQUIVEL
07/05/1907
1539
13-16-03-064316
HIDALGO
EDMUNDO
ANGELES
PEREZ
22/07/1908
1540
13-16-03-116909
HIDALGO
REYES
GONZALEZ
MARTIN
05/08/1904
1541
13-16-03-159463
HIDALGO
PEDRO PABLO
MUÑOZ
RAMIREZ
10/05/1896
1542
13-16-03-190989
HIDALGO
BERNARDINA
RAMIREZ
TREJO
01/01/1883
1543
14-17-01-077737
JALISCO
FELIPE
GONZALEZ
BECERRA
01/05/1909
1544
14-17-01-133569
JALISCO
DANIEL
PALOMERA
PALOMERA
23/06/1908
1545
14-17-01-138538
JALISCO
ALFONSO
ACOSTA
ROBLES
13/08/1908
1546
14-17-02-055169
JALISCO
GREGORIA
HERNANDEZ
LLAMAS
25/12/1908
1547
14-17-02-076009
JALISCO
MARIA GUADALUPE
RUBIO
RAMIREZ
30/05/1908
1548
14-17-02-083798
JALISCO
ESTANISLADA
DIAZ
MARTINEZ
16/08/1907
1549
14-17-02-085764
JALISCO
FLORENTINA
HERNANDEZ
ROSALES
07/03/1907
1550
14-17-02-097038
JALISCO
MATIANA
DIAZ
RODRIGUEZ
09/12/1909
1551
14-17-02-113978
JALISCO
CASIMIRA
MARQUEZ
CONTRERAS
30/08/1907
1552
14-17-02-119503
JALISCO
MARIA
MORALES
LEAL
11/02/1906
1553
14-17-02-119847
JALISCO
ANDREA
ORQUIZ
GARCIA
23/12/1909
1554
14-17-02-137887
JALISCO
MARIA
MEDRANO
VERA
04/08/1908
1555
14-17-02-158818
JALISCO
QUIRINA
LEMUS
FLORES
13/11/1900
1556
14-17-02-167914
JALISCO
MA CONCEPCION
LOPEZ
OCHOA
02/10/1901
1557
14-17-02-171341
JALISCO
ANGELA
BASULTO
ARTEAGA
09/11/1905
1558
14-17-03-000414
JALISCO
ROQUE
CORREA
GUTIERREZ
04/12/1905
1559
14-17-03-004080
JALISCO
RUBEN
BOLAÑOS
CERVANTES
01/05/1904
1560
14-17-03-012860
JALISCO
MARIA SUSANA
RODRIGUEZ
CORONA
01/06/1900
1561
14-17-03-014416
JALISCO
J SANTOS
SANTIAGO
ALVAREZ
13/09/1908
1562
14-17-03-017099
JALISCO
SALVADOR
IBARRA
GALLARDO
03/07/1909
1563
14-17-03-025684
JALISCO
MARIA CONCEPCION
VIRUETE
NAVARRO
12/10/1905
1564
14-17-03-026603
JALISCO
JOSE
CONTRERAS
BARRAGAN
06/06/1906
1565
14-17-03-028353
JALISCO
MARIA MERCEDES
DE LA TORRE
GUTIERREZ
12/07/1909
1566
14-17-03-031509
JALISCO
ROMANA
NERI
VILLEGAS
21/07/1899
1567
14-17-03-034589
JALISCO
ARMANDO
CURIEL
CONTRERAS
04/12/1899
1568
14-17-03-034964
JALISCO
JACINTO
GUZMAN
DE LA TORRE
27/08/1908
1569
14-17-03-035145
JALISCO
SALVADOR
BALLESTEROS
GUEVARA
18/08/1896
1570
14-17-03-035838
JALISCO
RAFAEL
ORTIZ
CHAVEZ
18/02/1908
1571
14-17-03-045144
JALISCO
TEOFILA
VILLASANA
DIAZ
19/12/1909
1572
14-17-03-045455
JALISCO
J JESUS
MENDOZA
HERRERA
04/10/1904
1573
14-17-03-052511
JALISCO
JOSEFINA
CABRERA
BEJARANO
14/07/1909
1574
14-17-03-053064
JALISCO
FRANCISCO
MORENO
VAZQUEZ
01/01/1900
1575
14-17-03-061412
JALISCO
JOSE GUILLERMO
JUVENAL
LUNA
PEREZ
19/03/1902
1576
14-17-03-061975
JALISCO
JOSE
CORONA
ROBLES
20/10/1906
1577
14-17-03-062590
JALISCO
MARIA GUADALUPE
VILLALPANDO
FERNANDEZ
16/04/1906
36
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
1578
14-17-03-074648
JALISCO
MARIA SOCORRO
HERNANDEZ
1579
14-17-03-078314
JALISCO
FELIX
1580
14-17-03-078498
JALISCO
ALFREDO
1581
14-17-03-079628
JALISCO
1582
14-17-03-085777
1583
14-17-03-086958
1584
1585
MATERNO
FECHA
TORRES
28/12/1900
TRUJILLO
MORENO
15/01/1909
PANTOJA
ESPARZA
03/10/1906
FRANCISCO
GANDARA
LOZANO
12/12/1907
JALISCO
FELIPE
MACIAS
SANCHEZ
13/06/1904
JALISCO
SARA
RIVERA
PUENTES
25/06/1905
14-17-03-090990
JALISCO
MARTINA
REYES
CORAL
20/09/1906
14-17-03-092717
JALISCO
MA DEL CARMEN
SANDOVAL
PEREZ
20/02/1909
1586
14-17-03-094022
JALISCO
JAVIER
LOPEZ
HERNANDEZ
06/08/1908
1587
14-17-03-098431
JALISCO
DOLORES ANTONIA
CAMPOS
ZERMEÑO
07/01/1905
1588
14-17-03-101732
JALISCO
AGUSTIN
CHAVEZ
GARCIA
11/02/1909
1589
14-17-03-107083
JALISCO
BLAS
TOVAR
ROBLES
02/11/1908
1590
14-17-03-109309
JALISCO
SANTIAGO
GUTIERREZ
QUIRARTE
13/01/1905
1591
14-17-03-109693
JALISCO
MARIA DE JESUS
TORRES
CARRANZA
26/02/1909
1592
14-17-03-110759
JALISCO
CARMEN
PORTILLO
VILLALOBOS
17/08/1908
1593
14-17-03-111091
JALISCO
MA IGNACIA
ARREGUIN
PEREZ
24/10/1908
1594
14-17-03-113212
JALISCO
DAVID
GONZALEZ
ROMERO
05/09/1908
1595
14-17-03-113518
JALISCO
JOSE DE JESUS
MENDOZA
ZEPEDA
02/02/1907
1596
14-17-03-117201
JALISCO
FELICIANO
RUVALCABA
ESPARZA
28/10/1905
1597
14-17-03-118232
JALISCO
MA TRINIDAD
BRIONES
VELAZQUEZ
01/01/1907
1598
14-17-03-119687
JALISCO
MA GUADALUPE
LOPEZ
GARCIA
29/06/1899
1599
14-17-03-120685
JALISCO
ISMAEL
GONZALEZ
TORRES
10/02/1909
1600
14-17-03-120696
JALISCO
PEDRO
GAONA
TOVAR
20/05/1906
1601
14-17-03-127787
JALISCO
ARTURO
PEREZ
OCAMPO
20/01/1907
1602
14-17-03-128555
JALISCO
MARTHA
VALENCIA
CRUZ
22/01/1906
1603
14-17-03-128609
JALISCO
ANTONIA
CAZCON
CAZARES
10/05/1909
1604
14-17-03-128829
JALISCO
ROSA MARIA
NUÑEZ
RUBIO
11/02/1900
1605
14-17-03-130435
JALISCO
J GUADALUPE
GOMEZ
GOMEZ
08/09/1908
1606
14-17-03-132853
JALISCO
J ISABEL
HERNANDEZ
CAMARENA
15/05/1906
1607
14-17-03-133484
JALISCO
MARIA
MARTINEZ
NUÑEZ
06/11/1899
1608
14-17-03-136870
JALISCO
FRANCISCO
SAHAGUN
HERNANDEZ
09/04/1900
1609
14-17-03-137395
JALISCO
FERNANDO
VAZQUEZ
SANTOS
09/12/1902
1610
14-17-03-138483
JALISCO
MARIA DEL SOCORRO
CASTRO
PLASCENCIA
21/06/1907
1611
14-17-03-139262
JALISCO
SALVADOR
GOMEZ
ORNELAS
19/07/1909
1612
14-17-03-141455
JALISCO
MELITON
CARRILLO
BAÑUELOS
24/06/1906
1613
14-17-03-141549
JALISCO
HERLINDA
MARTIN
PADILLA
23/08/1906
1614
14-17-03-142122
JALISCO
JOSEFINA
ZEPEDA
ROBLES
21/07/1906
1615
14-17-03-143508
JALISCO
RUBEN
CHAVARIN
CALDERON
23/12/1908
1616
14-17-03-144278
JALISCO
AGRIPINA
GOMEZ
DAVALOS
10/03/1908
1617
14-17-03-147981
JALISCO
RICARDA
MONTOYA
CASTILLO
07/07/1907
1618
14-17-03-149979
JALISCO
MA CONCEPCION
RODRIGUEZ
GUTIERREZ
31/05/1907
1619
14-17-03-152755
JALISCO
FELICITAS
FLORES
PINEDO
01/05/1909
1620
14-17-03-152860
JALISCO
FRANCISCO
OROZCO
ALVAREZ
23/08/1899
1621
14-17-03-153181
JALISCO
AGUSTIN
GONZALEZ
VILLAGRANA
12/10/1905
1622
14-17-03-153276
JALISCO
ALFREDO
PEREZ
CASTRO
11/02/1909
1623
14-17-03-153684
JALISCO
GILBERTO
GUARDADO
GODINEZ
15/06/1901
1624
14-17-03-154122
JALISCO
FRANCISCO
LIMON
NUÑO
23/04/1908
1625
14-17-03-157824
JALISCO
GUILLERMINA
MARTINEZ
RAMIREZ
22/11/1909
1626
14-17-03-157840
JALISCO
SAMUEL
LEPE
AGUILAR
04/10/1908
1627
14-17-03-158528
JALISCO
DAVID
JIMENEZ
RAMIREZ
08/08/1906
1628
14-17-03-158598
JALISCO
BERTHA
LUCANO
JARERO
22/07/1909
1629
14-17-03-160620
JALISCO
MA DEL REFUGIO
VELAZQUEZ
DIAZ
07/12/1906
1630
14-17-03-161276
JALISCO
J REFUGIO
LOZANO
MARTINES
25/04/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
37
FECHA
1631
14-17-03-161567
JALISCO
JOSE GUADALUPE
DAVALOS
IÑIGUEZ
11/01/1903
1632
14-17-03-163812
JALISCO
MARIA GUADALUPE
MENDOZA
RUVALCABA
01/04/1902
1633
14-17-03-164203
JALISCO
SALVADOR
TAMAYO
GARCIA
13/06/1905
1634
14-17-03-164765
JALISCO
SILVIANO
DE LA TORRE
GONZALEZ
06/06/1906
1635
14-17-03-166589
JALISCO
ALICIA
NUÑO
NUÑO
25/09/1905
1636
14-17-03-166744
JALISCO
JUAN MANUEL
ACOSTA
CHAVEZ
25/12/1905
1637
14-17-03-169406
JALISCO
SILVIANO
VAZQUEZ
SANCHEZ
10/07/1894
1638
14-17-03-169679
JALISCO
MA ELPIDIA
TERRIQUEZ
ALCALA
04/03/1903
1639
14-17-03-169865
JALISCO
MARGARITA
ESQUIVEL
BRISEÑO
02/05/1905
1640
14-17-03-170052
JALISCO
HERLINDA
VALDIVIA
NAJAR
16/06/1903
1641
14-17-03-170221
JALISCO
MARIA
ALATORRE
HERNANDEZ
17/10/1907
1642
14-17-03-170353
JALISCO
ALFONSO
VARGAS
ROMERO
09/07/1904
1643
14-17-03-172601
JALISCO
ALFREDO
DIOSDADO
CONTRERAS
07/06/1906
1644
14-17-03-173029
JALISCO
SILVINA
GUTIERREZ
PALOS
29/07/1906
1645
14-17-03-176343
JALISCO
INOCENCIA
FAUSTO
RODRIGUEZ
03/04/1909
1646
14-17-03-178004
JALISCO
FILIBERTO
NUÑEZ
CHAVEZ
25/03/1900
1647
14-17-03-179193
JALISCO
MARIA
LUPERCIO
INIGUEZ
30/09/1909
1648
14-17-03-179338
JALISCO
AURELIO
ÑOL
VERGARA
08/08/1908
1649
14-17-03-181223
JALISCO
ROSARIO
VALDIVIA
ORTEGA
26/01/1905
1650
14-17-03-181802
JALISCO
MARIA REFUGIO
GUTIERREZ
PEREZ
30/06/1902
1651
14-17-03-184699
JALISCO
JOSE
DIAZ
GOMEZ
01/12/1909
1652
14-17-03-184877
JALISCO
MARIA CONCEPCION
MORENO
CERVANTES
10/10/1907
1653
14-17-03-185285
JALISCO
PABLO
ZEPEDA
ZEPEDA
02/02/1906
1654
14-17-03-185518
JALISCO
BERTHA
HERNANDEZ
CUEVAS
28/09/1900
1655
14-17-03-189237
JALISCO
SOCORRO
BARAJAS
CARRILLO
19/03/1908
1656
14-17-03-190646
JALISCO
MARIA REFUGIO
ALTAMIRANO
TORRES
12/10/1908
1657
14-17-03-193299
JALISCO
JOSE
ROSAS
JIMENEZ
21/10/1908
1658
14-17-04-038243
JALISCO
FILEMON
GUTIERREZ
NENDOZA
21/11/1909
1659
14-17-04-107316
JALISCO
MA SOLEDAD
ANGULO
GONZALEZ
11/11/1906
1660
14-17-04-137131
JALISCO
MIGUEL
OCEGUEDA
AGUAS
29/09/1909
1661
14-17-04-138220
JALISCO
CARLOTA
ALFARO
ZEPEDA
15/02/1909
1662
14-17-04-142600
JALISCO
MARIA DOLORES
CARDENAS
OROSCO
11/11/1902
1663
14-17-04-144464
JALISCO
SEBASTIAN
FELIX
DE LEON
18/01/1909
1664
14-17-04-155265
JALISCO
MARIA DOLORES
OROZCO
DE LA MORA
16/02/1896
1665
14-17-04-159144
JALISCO
MANUELA DEL CARMEN
GOMEZ
VARGAS
28/08/1909
1666
14-17-04-169002
JALISCO
ELIAS
MURILLO
PACHECO
10/06/1909
1667
14-17-04-173165
JALISCO
JUANA
NUÑEZ
MARTINEZ
19/03/1909
1668
14-17-04-174870
JALISCO
MARIA GUADALUPE
CARO
ORTEGA
08/01/1907
1669
14-17-04-175911
JALISCO
MARGARITA
LUGO
DE PEREZ
03/08/1905
1670
14-17-04-176506
JALISCO
MARIA
LOPEZ
VALADEZ
07/11/1902
1671
14-17-04-177051
JALISCO
CIPRIANA
HERNANDEZ
BAÑUELOS
25/06/1899
1672
14-17-04-183693
JALISCO
JOSEFINA
GUILLEN
PONCE
13/12/1905
1673
14-17-04-188315
JALISCO
JOSE
CALATA
CHAVEZ
19/03/1907
1674
14-17-04-189943
JALISCO
HERMELINDA
CORTES
SALCEDO
27/11/1909
1675
14-17-04-193354
JALISCO
MA DEL REFUGIO
LAREDO
MERCADO
01/04/1908
1676
14-17-04-193895
JALISCO
JUAN
GUZMAN
RAMIREZ
29/03/1908
1677
14-17-04-194326
JALISCO
LEANDRO
PEGUERO
HERRERA
14/08/1905
1678
15-18-02-058915
MEXICO
OTILIA
CASTAÑEDA
FLORES
07/02/1907
1679
15-18-02-127891
MEXICO
JUANA
ALCANTARA
MARTINEZ
16/04/1908
1680
15-18-02-145716
MEXICO
EULALIA
MEJIA
JIMENEZ
13/08/1908
1681
15-18-02-145739
MEXICO
FRANCISCA
MARTINEZ
JIMENEZ
10/01/1909
1682
15-18-03-030032
MEXICO
J CRUZ
GARDUÑO
GARCIA
17/06/1908
1683
15-18-03-032272
MEXICO
ARTURO GIL
RUIZ
MORALES
01/09/1909
38
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
LAZARO
MATERNO
PICHARDO
FECHA
1684
15-18-03-063418
MEXICO
MARIA DE LOURDES
24/03/1909
1685
15-18-03-080892
MEXICO
JESUS JAIMES
DOLORES
GARCIA
30/11/1906
1686
15-18-03-087735
MEXICO
PEDRO MARIO
COVA
MACIAS
12/12/1909
1687
15-18-03-112369
MEXICO
LUCIANO
SOTO
GONZALEZ
22/08/1906
1688
15-18-03-121778
MEXICO
WILFRIDO
POPOCA
VAZQUEZ
13/12/1905
1689
15-18-03-144462
MEXICO
EULOGIA YOLANDA
MICHUA
GONZALEZ
01/04/1909
1690
15-18-03-152419
MEXICO
TERESA MARGARITA
RIVAS
ONOFRE
18/07/1900
1691
15-18-03-155615
MEXICO
CIRILO ELIAS
TORRIJOS
GONZALEZ
01/01/1905
1692
15-18-03-169124
MEXICO
LUIS
AVILES
AGUILAR
12/05/1888
1693
15-18-03-173451
MEXICO
NICOLASA
GARRIDO
PEÑAFLOR
03/01/1901
1694
15-18-03-175304
MEXICO
CIRILO JUAN
PEREZ
MEJIA
08/03/1909
1695
15-18-03-179697
MEXICO
BENITO IGNACIO
FLORES
MENDEZ
08/02/1908
1696
15-18-03-182269
MEXICO
CAROLINA
PEREZ
GARDUÑO
09/04/1908
1697
15-18-04-052543
MEXICO
GABRIEL
GONZALEZ
YAÑEZ
19/03/1909
1698
15-18-04-097482
MEXICO
BRIGIDA
GARCIA
HERNANDEZ
08/06/1906
1699
16-19-01-016479
MICHOACAN
JULIO
RUIZ
MEJIA
21/01/1907
1700
16-19-01-022697
MICHOACAN
ALEJO
MORALES
RODRIGUEZ
17/07/1909
1701
16-19-01-030701
MICHOACAN
MATIAS
ZAMANO
GARCIA
23/02/1903
1702
16-19-01-070272
MICHOACAN
SERAFIN
DUARTE
FLORES
25/07/1909
1703
16-19-01-077984
MICHOACAN
TIMOTEO
TELLEZ
HERNANDEZ
22/08/1908
1704
16-19-01-103751
MICHOACAN
AMADO
HEREDIA
CORTES
06/02/1905
1705
16-19-01-126282
MICHOACAN
JOSE CARMEN
SOTO
MAYEN
10/02/1909
1706
16-19-01-133235
MICHOACAN
J SACRAMENTO
HURTADO
ROSILLO
05/11/1908
1707
16-19-01-149799
MICHOACAN
ANDRES
VALERIO
NARO
10/04/1905
1708
16-19-01-174076
MICHOACAN
J SOCORRO
VILLANUEVA
SILVA
02/07/1907
1709
16-19-02-028338
MICHOACAN
VENTURA
LOPEZ
REYES
15/01/1904
1710
16-19-02-040476
MICHOACAN
ENRIQUETA
AGUILERA
CARDOSO
09/04/1909
1711
16-19-02-053814
MICHOACAN
BLANDINA
HERNANDEZ
CARRANZA
29/09/1909
1712
16-19-02-083661
MICHOACAN
CONCEPCION
DIAZ
NAVARRETE
26/10/1907
1713
16-19-02-083754
MICHOACAN
VIRGINIA
LEAL
TORRES
27/06/1906
1714
16-19-02-086093
MICHOACAN
MA DE JESUS
ESTRADA
ZAMUDIO
21/10/1908
1715
16-19-02-105500
MICHOACAN
GREGORIA
TAPIA
SALGADO
08/01/1901
1716
16-19-02-113353
MICHOACAN
MELANIA
SAUCEDO
ANDRADE
12/01/1902
1717
16-19-02-151733
MICHOACAN
MARIA INES DE LOS
DOLORES
ANDRADE
DE ANZO
06/12/1906
1718
16-19-02-156478
MICHOACAN
CESARIA
MONTERO
CUALA
06/08/1907
1719
16-19-02-158412
MICHOACAN
MA GUADALUPE
GUTIERREZ
OROZCO
02/03/1901
1720
16-19-02-178324
MICHOACAN
AMPARO
SALINAS
GARCILAZO
17/08/1903
1721
16-19-02-180832
MICHOACAN
IMELDA
CISNEROS
GONZALEZ
11/06/1908
1722
16-19-03-008174
MICHOACAN
MA CELIA
SANCHEZ
MARTINJEWZ
27/08/1908
1723
16-19-03-013086
MICHOACAN
MANUELA
GARCIA
VELAZQUEZ
27/09/1909
1724
16-19-03-021013
MICHOACAN
ANGEL
SALINAS
PANIAGUA
26/04/1909
1725
16-19-03-021093
MICHOACAN
J DEMETRIO
VILLA
MEDINA
11/10/1903
1726
16-19-03-033676
MICHOACAN
LUIS JAVIER
TORRES
SALCEDO
26/06/1908
1727
16-19-03-034073
MICHOACAN
MARIA MARTINIANA
SIMON
DE JESUS
29/06/1904
1728
16-19-03-046819
MICHOACAN
NABORINA
MARTINEZ
OJEDA
22/02/1902
1729
16-19-03-050969
MICHOACAN
DARIO
ALBA
CHAVEZ
14/12/1905
1730
16-19-03-052445
MICHOACAN
MA ROSA
LOPEZ
GONZALEZ
26/02/1909
1731
16-19-03-058713
MICHOACAN
MIGUEL
LOPEZ
FERNANDEZ
18/04/1903
1732
16-19-03-059183
MICHOACAN
MANUEL
LEMUS
PEREZ
03/10/1906
1733
16-19-03-061135
MICHOACAN
JESUS
ANGUIANO
ACOSTA
16/03/1907
1734
16-19-03-062830
MICHOACAN
HERMILA
AVILA
VAZQUEZ
18/03/1909
1735
16-19-03-063191
MICHOACAN
JOSAFAT
CHAVEZ
CHAVEZ
17/08/1906
1736
16-19-03-063259
MICHOACAN
MARGARITA
FLORES
RAMIREZ
05/06/1900
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
1737
16-19-03-063528
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
39
FECHA
MICHOACAN
J PEDRO MIGUEL
GUTIERREZ
ALVAREZ
19/03/1908
30/05/1908
1738
16-19-03-064190
MICHOACAN
JOSE HECTOR
CABRERA
ALCALA
1739
16-19-03-065371
MICHOACAN
JOSE ABEL
SANCHEZ
ESPINO
07/07/1906
1740
16-19-03-066440
MICHOACAN
SANTIAGO
LUNA
MORQUECHO
20/07/1905
1741
16-19-03-066758
MICHOACAN
ISMELDA
ZAVALA
RICO
12/06/1908
1742
16-19-03-067160
MICHOACAN
LEOPOLDO
JIMENEZ
VERGARA
18/01/1907
1743
16-19-03-067260
MICHOACAN
MIGUEL
CISNEROS
GARCIA
22/08/1907
1744
16-19-03-067859
MICHOACAN
GERARDO
ALEJO
BARRERA
16/07/1908
1745
16-19-03-068832
MICHOACAN
MA CARMEN
CORONA
CISNEROS
03/05/1909
1746
16-19-03-069204
MICHOACAN
JUANA ISIDRA
BELMONTE
HUERAMO
06/01/1909
1747
16-19-03-071174
MICHOACAN
ROBERTO
MADRIGAL
MONTEJANO
28/11/1903
1748
16-19-03-072286
MICHOACAN
IRMA
ORTIZ
DELGADO
05/11/1906
1749
16-19-03-072305
MICHOACAN
MARIA VICTORIA
PEREZ
ALANIS
02/04/1905
1750
16-19-03-072341
MICHOACAN
CIRILO
SILVA
CHAVEZ
25/08/1904
1751
16-19-03-072422
MICHOACAN
MA DE JESUS
VILLANUEVA
JURADO
29/06/1880
1752
16-19-03-075354
MICHOACAN
AIDA MARIA GUADALUPE
CONTRERAS
AREVALO
11/04/1908
1753
16-19-03-078895
MICHOACAN
SAMUEL
HERNANDEZ
AVALOS
02/01/1907
1754
16-19-03-080848
MICHOACAN
EUTIQUIO
LOPEZ
LEON
02/02/1905
1755
16-19-03-081021
MICHOACAN
DOROTEA
MADRIGAL
CAMACHO
14/11/1907
1756
16-19-03-081230
MICHOACAN
HERMELINDA
CERVANTES
REYES
12/08/1908
1757
16-19-03-081322
MICHOACAN
MARIA ELENA
RODRIGUEZ
DURAN
25/09/1907
1758
16-19-03-081588
MICHOACAN
CAMERINA
SIERRA
FUENTES
15/02/1908
1759
16-19-03-082272
MICHOACAN
PRIMO
GUTIERREZ
ORTEGA
09/04/1904
1760
16-19-03-086151
MICHOACAN
JOSE PEDRO
SAGRERO
PIÑON
21/08/1906
1761
16-19-03-086231
MICHOACAN
MARIA SARA
BALLESTEROS
GARCIA
01/06/1905
1762
16-19-03-087257
MICHOACAN
RODOLFO
CUANAS
GARCIA
11/11/1908
1763
16-19-03-088165
MICHOACAN
VIRGINIA
ALEJO
BARRERA
26/05/1902
1764
16-19-03-088475
MICHOACAN
MARIA JUSTINA
LEON
CHAVEZ
06/09/1908
1765
16-19-03-089043
MICHOACAN
RAFAEL
HERNANDEZ
BEDOYA
05/06/1903
1766
16-19-03-089732
MICHOACAN
MARIA LUISA
CASTRO
JACOBO
15/11/1900
1767
16-19-03-091793
MICHOACAN
BALTASAR
ZAVALA
ZAVALA
19/04/1903
1768
16-19-03-091959
MICHOACAN
MANUEL
LOPEZ
HURTADO
31/03/1909
1769
16-19-03-092160
MICHOACAN
MA LIDIA
PALMERIN
MONTOYA
08/09/1906
1770
16-19-03-092495
MICHOACAN
PEDRO
RAZO
MASCOTE
15/02/1908
1771
16-19-03-092994
MICHOACAN
RAMIRO
ZAVALA
TELLEZ
08/04/1908
1772
16-19-03-093025
MICHOACAN
GABRIELA
PICHARDO
RIVERA
09/06/1905
1773
16-19-03-093152
MICHOACAN
RUBEN
LEMUS
RANGEL
14/05/1903
1774
16-19-03-094142
MICHOACAN
ELVIRA
CANO
VALENCIA
12/03/1906
1775
16-19-03-095935
MICHOACAN
ONECIMO
NAVARRETE
VILLEGAS
03/01/1908
1776
16-19-03-096199
MICHOACAN
ANA MARIA
CRUZ
MALAGON
30/05/1904
1777
16-19-03-102178
MICHOACAN
MA TRINIDAD
MAGAÑA
DIAZ
08/11/1907
1778
16-19-03-102839
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
CASTILLO
RAMIRES
08/05/1908
1779
16-19-03-103884
MICHOACAN
MA TRINIDAD
CABALLERO
AMBRIZ
08/09/1905
1780
16-19-03-106330
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
CHAVEZ
PEREZ
04/09/1909
1781
16-19-03-107204
MICHOACAN
AVELINA
BEDOLLA
ZAMUDIO
20/04/1909
1782
16-19-03-111016
MICHOACAN
CARMEN
MAGAÑA
RODRIGUEZ
18/09/1905
1783
16-19-03-111111
MICHOACAN
MARIA CARMEN
VALDOVINOS
CISNEROS
24/03/1898
1784
16-19-03-112739
MICHOACAN
LEOPOLDO
ZACARIAS
VILLALPANDO
16/12/1909
1785
16-19-03-113147
MICHOACAN
JUAN MANUEL
PEREZ
RUIZ
06/02/1906
1786
16-19-03-113926
MICHOACAN
MA LUCIA
FLORES
PEREZ
28/02/1909
1787
16-19-03-114075
MICHOACAN
ERIBERTO
LEON
PAZ
09/02/1909
1788
16-19-03-114271
MICHOACAN
ANGELICA
ESPINO
CORRAL
06/03/1906
1789
16-19-03-114272
MICHOACAN
AMPARO
LOPEZ
PALOMARES
20/01/1906
40
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
MEJIA
FECHA
1790
16-19-03-116254
MICHOACAN
MARIA CARMEN
ORIZABA
15/11/1908
1791
16-19-03-118158
MICHOACAN
MARIA DE LA LUZ
BOLAÑOS
PEREZ
06/01/1905
1792
16-19-03-121161
MICHOACAN
SALVADOR
CAMACHO
RODRIGUEZ
16/01/1909
1793
16-19-03-121584
MICHOACAN
J JESUS
GOMEZ
ESPINOZA
19/09/1909
1794
16-19-03-122831
MICHOACAN
MARIA BERTHA
CUEVAS
QUINTERO
24/10/1903
1795
16-19-03-123238
MICHOACAN
UBALDO
ZAVALA
ZARAGOZA
19/06/1905
1796
16-19-03-124296
MICHOACAN
ETELVINA
RAMOS
SANDOVAL
03/07/1906
1797
16-19-03-126448
MICHOACAN
MA ISABEL
SANCHEZ
PEREZ
17/03/1906
09/08/1900
1798
16-19-03-126594
MICHOACAN
JOSE OCTAVIO TRINIDAD
ALEJO
PINTOR
1799
16-19-03-127902
MICHOACAN
SALVADOR
ANDRADE
BACA
18/03/1909
1800
16-19-03-131681
MICHOACAN
RUBEN
ARROYO
PAZ
24/09/1905
1801
16-19-03-132304
MICHOACAN
EDUVIGES
VILLAGOMEZ
MARTINEZ
24/08/1904
1802
16-19-03-132877
MICHOACAN
JOAQUIN
SALGADO
LEON
12/09/1905
1803
16-19-03-133456
MICHOACAN
UBERTINO
GUZMAN
OROZCO
15/05/1909
1804
16-19-03-135399
MICHOACAN
RAQUEL
ABREGO
YEPEZ
13/10/1909
1805
16-19-03-135433
MICHOACAN
MICAELA
REYES
GARCIA
30/03/1908
1806
16-19-03-135726
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
RUIZ
GUILLEN
08/03/1908
1807
16-19-03-135904
MICHOACAN
ANTONIO
ANDUCHO
SANDOVAL
22/03/1909
1808
16-19-03-137330
MICHOACAN
JOSE
RUIZ
ORTIZ
18/03/1908
1809
16-19-03-140958
MICHOACAN
MARIA DOLORES
FRAGA
CEDEÑO
28/02/1908
1810
16-19-03-141767
MICHOACAN
MA ELVIA
PANIAGUA
VIGIL
07/04/1904
1811
16-19-03-142643
MICHOACAN
MA ISABEL
QUIROZ
ESQUIVEL
14/12/1908
1812
16-19-03-143803
MICHOACAN
SAMUEL
CERNA
DOMINGUEZ
01/01/1907
1813
16-19-03-143850
MICHOACAN
DELGADINA
CEJA
SALINAS
27/08/1908
1814
16-19-03-144052
MICHOACAN
JOSE VICENTE
ARROYO
PEREZ
27/02/1907
1815
16-19-03-144263
MICHOACAN
EDUARDO DE JESUS
MANZANO
ROMERO
01/12/1907
1816
16-19-03-146157
MICHOACAN
CASIMIRO
MELGAREJO
VARGAS
08/07/1900
1817
16-19-03-147775
MICHOACAN
ADELA
CHIQUITO
GARCIA
07/01/1907
1818
16-19-03-147924
MICHOACAN
ROSAURA
CHURAPE
VARGAS
08/01/1900
1819
16-19-03-147939
MICHOACAN
AMPARO
ALVEZ
SEGOVIA
03/04/1901
1820
16-19-03-148681
MICHOACAN
LILIA
MAGAÑA
VALDOVINOS
04/03/1909
1821
16-19-03-150070
MICHOACAN
JULIANA
CHAVEZ
CHAVEZ
08/10/1906
1822
16-19-03-150312
MICHOACAN
MARIA
CEBALLOS
HERRERA
17/05/1900
1823
16-19-03-152244
MICHOACAN
MARIA JESUS
MAGAÑA
ESPINOSA
26/08/1906
1824
16-19-03-152457
MICHOACAN
MARIA CARMEN
DURAN
MENDOZA
09/03/1909
1825
16-19-03-154183
MICHOACAN
SOFIA
SERBANTES
GONZALES
06/10/1903
1826
16-19-03-154446
MICHOACAN
SALVADOR
NESTOR
SALGUERO
14/01/1905
1827
16-19-03-155976
MICHOACAN
JORGE
JUAREZ
HERRERA
03/05/1909
1828
16-19-03-156239
MICHOACAN
GASPAR
CORTES
CORREA
05/05/1909
1829
16-19-03-156276
MICHOACAN
MA ISABEL
GONZALEZ
ARROYO
04/10/1905
1830
16-19-03-156373
MICHOACAN
JOSE LUIS
TREJO
ROMAN
28/01/1900
1831
16-19-03-158754
MICHOACAN
MARIA CARMEN
ROJAS
VEGA
07/04/1906
1832
16-19-03-158907
MICHOACAN
ADELAIDA
HUERTA
ROSAS
20/06/1901
1833
16-19-03-159462
MICHOACAN
GABRIEL
NAVA
ASPERA
14/08/1906
1834
16-19-03-161060
MICHOACAN
MANUEL
RODRIGUEZ
MARTINEZ
29/03/1909
1835
16-19-03-161369
MICHOACAN
MARIA CONSUELO
MENDOZA
VAZQUEZ
18/08/1904
1836
16-19-03-161574
MICHOACAN
GUILLERMINA
HERRERA
GARCIA
13/03/1909
1837
16-19-03-162814
MICHOACAN
FRANCISCA
YEPEZ
AMBROCIO
02/09/1908
1838
16-19-03-163436
MICHOACAN
JOSE JESUS
MAGAÑA
DIAZ
12/08/1906
1839
16-19-03-163655
MICHOACAN
BENITO
GARCILAZO
ESPINO
05/05/1904
1840
16-19-03-164100
MICHOACAN
OLIVA
PONCE
CAZAREZ
20/02/1892
1841
16-19-03-164517
MICHOACAN
TERESA
ROJAS
CALDERON
01/02/1901
1842
16-19-03-165697
MICHOACAN
HERMELINDA
ZURITA
GARCIA
30/06/1906
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
HERNANDEZ
MATERNO
BERNAL
41
FECHA
1843
16-19-03-171021
MICHOACAN
MA AGUSTINA
16/06/1906
1844
16-19-03-173466
MICHOACAN
ELIAS
BETANCOURT
HUERTA
10/03/1902
1845
16-19-03-173527
MICHOACAN
ROSA MARIA
FLORES
ANGUIANO
06/06/1900
1846
16-19-03-173765
MICHOACAN
ARTURO
MARTINEZ
GUZMAN
11/11/1904
1847
16-19-03-174547
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
MONDRAGON
GARCIA
03/06/1909
1848
16-19-03-174925
MICHOACAN
J LUIS
GUTIERREZ
HUAZANO
25/09/1906
1849
16-19-03-176162
MICHOACAN
J JESUS
AYALA
FULGENCIO
04/02/1904
1850
16-19-03-176234
MICHOACAN
MARIA ELENA
AVILA
GARCIA
24/11/1902
1851
16-19-03-176462
MICHOACAN
J SAMUEL
MORA
LOPEZ
05/05/1909
1852
16-19-03-177439
MICHOACAN
VICTORIA
CHAGOLLA
MONJARAS
16/02/1909
1853
16-19-03-177529
MICHOACAN
AMALIA
CORONA
VAZQUEZ
10/03/1909
1854
16-19-03-177800
MICHOACAN
GLORIA
RUIZ
NIETO
03/07/1907
1855
16-19-03-179617
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
GARCIA
TOVAR
29/06/1904
1856
16-19-03-179906
MICHOACAN
HERLINDA
BARRIGA
BARRIGA
25/04/1909
1857
16-19-03-181186
MICHOACAN
EPIFANIO
HURTADO
OROSCO
12/06/1908
1858
16-19-03-181430
MICHOACAN
REYNALDA
BRAVO
CERANO
25/03/1904
1859
16-19-03-182117
MICHOACAN
VICTORINA
RODRIGUEZ
MENDOZA
03/07/1905
1860
16-19-03-183214
MICHOACAN
LIDIA
MOLINA
LEDEZMA
09/04/1909
1861
16-19-03-186837
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
ZAVALA
REYES
09/08/1904
1862
16-19-03-186853
MICHOACAN
JESUS
MONCADA
MIRANDA
24/12/1906
1863
16-19-03-188369
MICHOACAN
MARIA
ZAVALA
CERRATO
01/05/1905
1864
16-19-03-190853
MICHOACAN
ABEL
ORTIZ
ZAVALA
28/07/1904
1865
16-19-03-191267
MICHOACAN
PETRA
SANCHEZ
CAMPOS
20/01/1898
1866
16-19-03-192236
MICHOACAN
JOSE
ROMERO
GARCIA
16/06/1906
1867
16-19-03-192481
MICHOACAN
SUSANA
OLIVARES
PRADO
11/10/1907
1868
16-19-03-192850
MICHOACAN
ANTONIO
BEDOLLA
RAMIREZ
20/03/1903
1869
16-19-03-193174
MICHOACAN
LUCIO
SALGADO
AYALA
28/06/1905
1870
16-19-03-195079
MICHOACAN
CELSO
TZINTZUN
CORTEZ
17/06/1907
1871
16-19-03-195123
MICHOACAN
MARIA
CALDERON
SANTOYO
27/12/1908
1872
16-19-04-028820
MICHOACAN
JOSEFINA
SUAREZ
LOPEZ
23/09/1906
1873
16-19-04-039800
MICHOACAN
MARCELO
AREVALO
CERVANTES
01/03/1909
1874
16-19-04-080642
MICHOACAN
CEBASTIANA
REYES
TINOCO
14/05/1904
1875
16-19-04-091917
MICHOACAN
MARIA
BEDOLLA
CHAVEZ
14/06/1904
1876
16-19-04-103337
MICHOACAN
ANTONIO
DOMINGUEZ
NAVA
27/06/1906
1877
16-19-04-115011
MICHOACAN
SANTIAGO
CRUZ
AGUILERA
15/03/1906
18/09/1908
1878
16-19-04-116570
MICHOACAN
FRANCISCA
MELCHOR
HERNANDEZ
1879
16-19-04-121423
MICHOACAN
ISABEL
GODINEZ
LOPEZ
23/08/1904
1880
16-19-04-128113
MICHOACAN
PETRA
HEREDIA
CERVANTES
13/07/1904
1881
16-19-04-131789
MICHOACAN
PAOLA
SUAREZ
SIN APELLIDO
03/01/1903
1882
16-19-04-140068
MICHOACAN
MA JESUS
TAPIA
OROZCO
06/12/1909
1883
16-19-04-145850
MICHOACAN
JESUS
GARCIA
GUDIÑO
29/12/1902
1884
16-19-04-146162
MICHOACAN
RUFINA
SOTO
MARTINEZ
20/05/1908
1885
16-19-04-151798
MICHOACAN
FLORENCIA
CASTAÑEDA
ORTIZ
16/10/1906
1886
16-19-04-161658
MICHOACAN
SOLEDAD
FERREIRA
CHAVEZ
10/08/1905
1887
16-19-04-161678
MICHOACAN
MA CONCEPCION
CHAVEZ
GARCIA
24/01/1893
1888
16-19-04-168895
MICHOACAN
FAUSTINO
CALDERON
PEREZ
13/09/1909
1889
16-19-04-176093
MICHOACAN
JOSE DE LOS DOLORES
GARCIA
MADRIGAL
10/04/1908
1890
16-19-04-176603
MICHOACAN
MICAELA
GUIZA
LOPEZ
08/07/1908
1891
16-19-04-180887
MICHOACAN
ARNULFO
MERINO
ALCANTAR
18/07/1899
1892
16-19-04-181551
MICHOACAN
JOSE GUADALUPE
GUZMAN
ARIZAGA
17/10/1903
1893
16-19-04-188732
MICHOACAN
RAFAEL
ANDRADE
SIN APELLIDO
22/09/1909
1894
16-19-04-191990
MICHOACAN
LEOVIGILDO
VAZQUEZ
GUZMAN
08/04/1908
1895
16-19-04-193050
MICHOACAN
FRANCISCA
GAMIÑO
MEJIA
22/06/1907
42
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
OCEGUERA
FECHA
1896
16-20-01-007786
MICHOACAN
CARLOS
GOMEZ
01/04/1908
1897
16-20-01-016734
MICHOACAN
ALFREDO
TAMAYO
NAVARRO
07/02/1909
1898
16-20-01-174471
MICHOACAN
ROSENDO
ZENDEJAS
HERNANDEZ
06/03/1909
1899
16-20-02-011829
MICHOACAN
RAFAELA
OROZCO
AREVALO
20/04/1908
1900
16-20-02-042417
MICHOACAN
MARIA
GUERRERO
GARCIA
20/11/1903
1901
16-20-02-044061
MICHOACAN
SARA
MORALES
GARCIA
23/05/1907
1902
16-20-02-077687
MICHOACAN
OFELIA
SOTO
CHAVEZ
08/06/1908
1903
16-20-02-084799
MICHOACAN
ELOISA
AYALA
LOPEZ
25/04/1907
1904
16-20-02-095910
MICHOACAN
GUADALUPE
CHAVEZ
SANTANA
08/05/1905
1905
16-20-02-126814
MICHOACAN
LUCINA
GERONIMO
ARIAS
10/06/1906
1906
16-20-02-135880
MICHOACAN
ANGELA
BARRAGAN
XXXX
02/06/1909
1907
16-20-02-144251
MICHOACAN
MA JESUS
MAGALLON
GODOY
08/04/1907
1908
16-20-02-146713
MICHOACAN
MARIA ISABEL
GONZALEZ
ZANSON
21/11/1907
1909
16-20-02-155552
MICHOACAN
EVANGELINA
VARGAS
ENRIQUEZ
08/05/1909
1910
16-20-02-158306
MICHOACAN
RAQUEL
BETANCOURT
XXXXXX
31/12/1907
1911
16-20-02-166418
MICHOACAN
ANGELINA
GUTIERREZ
JUAREZ
15/04/1908
1912
16-20-02-172835
MICHOACAN
MARIA
VILLEGAS
CASTRO
13/06/1909
1913
16-20-02-183456
MICHOACAN
BEATRIZ
MEDINA
JULIAN
09/03/1908
1914
16-20-03-018586
MICHOACAN
TERESA
CHAVEZ
GOMEZ
03/04/1904
1915
16-20-03-027577
MICHOACAN
MA ELENA
RODRIGUEZ
NAREZ
21/07/1903
1916
16-20-03-031622
MICHOACAN
J TRINIDAD
GODINES
GARCIA
29/11/1905
1917
16-20-03-033842
MICHOACAN
FRANCISCA
HERRERA
BERMEJO
15/02/1905
1918
16-20-03-036115
MICHOACAN
ESTHER
HERNANDEZ
HERRERA
20/11/1904
1919
16-20-03-042039
MICHOACAN
DELIA ROSA
HEREDIA
MURATALLA
04/04/1902
1920
16-20-03-042716
MICHOACAN
ANGEL
AGUILAR
RINCON
25/03/1904
1921
16-20-03-059077
MICHOACAN
VIRGINIA
CERVANTES
EULLOQUI
22/05/1905
1922
16-20-03-059684
MICHOACAN
JOSE DE JESUS
BLANCO
MEJIA
24/06/1904
1923
16-20-03-061587
MICHOACAN
ESPERANZA
PANIAGUA
TAMAYO
09/05/1909
1924
16-20-03-063526
MICHOACAN
GLORIA ALBINA
PULIDO
CISNEROS
18/05/1904
1925
16-20-03-068912
MICHOACAN
JAVIER
RODRIGUEZ
CANALES
22/12/1904
1926
16-20-03-069235
MICHOACAN
JORGE
CAZAREZ
SANDOVAL
05/02/1904
1927
16-20-03-070472
MICHOACAN
ENRIQUE
GAMEZ
CENDEJAS
19/06/1906
1928
16-20-03-071085
MICHOACAN
ELISEO
AMEZCUA
GONZALEZ
05/01/1903
1929
16-20-03-071420
MICHOACAN
ROSELIA
OSEGUERA
RODRIGUEZ
17/01/1906
1930
16-20-03-076172
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
MENCHACA
AYALA
15/01/1880
1931
16-20-03-080710
MICHOACAN
MA MARTHA
HIGAREDA
MEJIA
16/07/1892
1932
16-20-03-081123
MICHOACAN
LUZ MARIA
VALDEZ
BELMONTEZ
29/11/1905
1933
16-20-03-081294
MICHOACAN
SALVADOR
AVILA
ROMERO
25/12/1906
1934
16-20-03-081389
MICHOACAN
REBECA
REYES
BARAJAS
10/02/1906
1935
16-20-03-084853
MICHOACAN
MA GUADALUPE ESTHER
GUTIERREZ
MARTINEZ
15/01/1909
1936
16-20-03-085955
MICHOACAN
MARIA DE LA LUZ
SANCHEZ
CORTES
15/01/1906
1937
16-20-03-086378
MICHOACAN
MARIA TERESA
GONZALEZ
PEREZ
05/05/1905
1938
16-20-03-086936
MICHOACAN
ALFONSO
BARRAGAN
ESPINOZA
15/09/1900
1939
16-20-03-089791
MICHOACAN
MARIA
DIAZ
NAVARRO
03/02/1907
1940
16-20-03-090053
MICHOACAN
TERESA
CAMARGO
URRUTIA
23/08/1898
1941
16-20-03-092817
MICHOACAN
JOSEFINA
RIOS
MEJIA
01/05/1908
1942
16-20-03-094666
MICHOACAN
CRESCENCIO
DUARTE
GOMEZ
04/12/1903
1943
16-20-03-095942
MICHOACAN
MOISES
SOLORIO
MILLAN
05/08/1891
1944
16-20-03-099133
MICHOACAN
JOSE RAMON
ZAMORA
MARTINEZ
02/06/1904
1945
16-20-03-099862
MICHOACAN
CONSUELO
YEPEZ
MADRIGAL
10/10/1908
1946
16-20-03-102087
MICHOACAN
EVA
ARAIZA
SOLORIO
09/06/1905
1947
16-20-03-106158
MICHOACAN
RUBEN
VAZQUEZ
CHAVEZ
24/06/1908
1948
16-20-03-106939
MICHOACAN
PANTALEON
ESPINOSA
GONZALEZ
12/05/1903
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
AVILA
MATERNO
MENDEZ
43
FECHA
1949
16-20-03-110148
MICHOACAN
ZENAIDA
15/03/1905
1950
16-20-03-110815
MICHOACAN
RAUL
CHAVEZ
VARGAS
18/06/1909
1951
16-20-03-114753
MICHOACAN
MA DEL CARMEN
MARTINEZ
ESPINOZA
22/09/1907
1952
16-20-03-116185
MICHOACAN
ROVERTO
GARIBAY
SOLORIO
25/05/1899
1953
16-20-03-116925
MICHOACAN
ARTURO
ROMERO
LEON
09/07/1906
1954
16-20-03-117407
MICHOACAN
VIRGINIA
ESPINOZA
XXXXXXXXX
03/05/1903
1955
16-20-03-117638
MICHOACAN
JUAN
ROQUE
AGUILAR
02/06/1902
1956
16-20-03-117813
MICHOACAN
IGNACIO
VILLANUEVA
OCHOA
01/01/1904
1957
16-20-03-120529
MICHOACAN
CARMEN
ZARAGOZA
SERVANTES
24/05/1907
1958
16-20-03-120617
MICHOACAN
CELIA
MENDOZA
MENDOZA
13/05/1908
1959
16-20-03-124509
MICHOACAN
CAMILO
OLIVEROS
ORTIZ
18/07/1898
1960
16-20-03-125479
MICHOACAN
LUIS
NAREZ
MOLINA
05/01/1904
1961
16-20-03-126540
MICHOACAN
ANGELINA
GUTIERREZ
ZEPEDA
08/07/1906
1962
16-20-03-127402
MICHOACAN
MA GUADALUPE
VALDEZ
MOYA
25/07/1904
1963
16-20-03-128257
MICHOACAN
BERNABE
HERRERA
VALENCIA
15/02/1902
1964
16-20-03-128310
MICHOACAN
MA SALUD
CASTILLO
AGUILAR
20/03/1906
1965
16-20-03-131215
MICHOACAN
EUSEBIA
LUA
CASTILLO
15/07/1907
1966
16-20-03-132243
MICHOACAN
MANUEL
ORDAZ
GONZALEZ
15/08/1905
1967
16-20-03-135073
MICHOACAN
ESPERANZA
DIAZ
GUTIERREZ
12/05/1908
1968
16-20-03-135301
MICHOACAN
ROGELIO
AVIÑA
NAVARRO
28/12/1908
1969
16-20-03-135946
MICHOACAN
JOSE LUIS
PEREZ
FERNANDEZ
26/04/1900
1970
16-20-03-136330
MICHOACAN
RAMON
RIOS
JACOBO
10/07/1902
1971
16-20-03-136738
MICHOACAN
ANTONIA
HERNANDEZ
FUENTES
15/05/1903
1972
16-20-03-136760
MICHOACAN
J JESUS
GARCIA
MURATALLA
28/08/1905
1973
16-20-03-137656
MICHOACAN
MIGUEL
AGUILAR
TORRES
28/12/1905
1974
16-20-03-151832
MICHOACAN
SANTIAGO
HERNANDEZ
CERDA
21/09/1905
1975
16-20-03-151853
MICHOACAN
FEDERICO
ZAMUDIO
VARGAS
08/06/1877
1976
16-20-03-156954
MICHOACAN
ANTONIO
ADAME
HERNANDEZ
08/02/1906
1977
16-20-03-160784
MICHOACAN
MA ALICIA
PUGA
CERVANTES
14/03/1909
1978
16-20-03-160885
MICHOACAN
PATRICIO
TAPIA
PEDRAZA
12/04/1909
1979
16-20-03-160968
MICHOACAN
ANGELINA
NEGRETE
GONZALEZ
12/12/1905
1980
16-20-03-164295
MICHOACAN
MA LUISA
OLIVARES
LAZARO
02/02/1907
1981
16-20-03-164584
MICHOACAN
MA ELENA
GARCIA
SILVA
22/03/1908
1982
16-20-03-165477
MICHOACAN
NICANOR
OCHOA
RODRIGUEZ
10/01/1906
1983
16-20-03-167889
MICHOACAN
CLARA
CERDA
MARTIN
10/06/1905
1984
16-20-03-168529
MICHOACAN
SOCORRO
RAMOS
LOPEZ
22/09/1907
1985
16-20-03-169606
MICHOACAN
ESPERANZA
RODRIGUEZ
AVILA
19/03/1908
29/10/1908
1986
16-20-03-173374
MICHOACAN
ANA MARIA
CALDERON
MALDONADO
1987
16-20-03-173606
MICHOACAN
ORALIA
MORALES
PEREZ
08/02/1905
1988
16-20-03-174087
MICHOACAN
JUAN
NIEVES
ESPINOZA
04/05/1909
1989
16-20-03-174700
MICHOACAN
MARIA GUADALUPE
GARCIA
LAGUNAS
05/03/1907
1990
16-20-03-175583
MICHOACAN
GRACIELA
VICTORIA
YEPEZ
27/01/1905
1991
16-20-03-178254
MICHOACAN
JOSE
VARGAS
ANDRADE
22/06/1904
1992
16-20-03-178514
MICHOACAN
ESPERANZA
SALCEDO
VALENTIN
15/06/1907
1993
16-20-03-178698
MICHOACAN
ANGELINA
ESPITIA
CABRERA
17/10/1902
1994
16-20-03-181299
MICHOACAN
RUBEN
QUINTERO
RAMIREZ
14/04/1901
1995
16-20-03-181477
MICHOACAN
JORGE
AGUILAR
GALVEZ
02/04/1905
1996
16-20-03-182072
MICHOACAN
J GUADALUPE
ESPINOSA
ZAVALA
19/09/1907
1997
16-20-03-184220
MICHOACAN
JUANA
CARDENAS
MURILLO
18/05/1908
1998
16-20-03-187153
MICHOACAN
CRISPIN
GUZMAN
ARROYO
19/03/1906
1999
16-20-03-189659
MICHOACAN
FRANCISCO
JUANMIGUEL
LAZARO
17/02/1905
2000
16-20-03-190371
MICHOACAN
JOSEFINA
BAUTISTA
MANZO
01/01/1903
2001
16-20-03-190944
MICHOACAN
ALFREDO
GUILLEN
NARANJO
12/04/1909
44
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MOLINA
MATERNO
FECHA
2002
16-20-03-192291
MICHOACAN
MIGUEL
MARQUEZ
22/04/1906
2003
16-20-03-192674
MICHOACAN
MARIA CARMEN
2004
16-20-03-193237
MICHOACAN
JOSEFINA
BUENROSTRO
GUTIERREZ
27/05/1905
RODRIGUEZ
ALVAREZ
2005
16-20-03-194367
MICHOACAN
BULMARO
NARES
ESCOTO
04/12/1906
22/11/1905
2006
16-20-04-001797
MICHOACAN
CONSUELO
SOLORIO
LOPEZ
30/01/1905
2007
16-20-04-006426
MICHOACAN
CATALINA
MUNGUIA
BRISEÑO
14/11/1902
2008
16-20-04-010397
MICHOACAN
CATALINA
AYALA
ESPINOZA
12/01/1902
2009
16-20-04-011637
MICHOACAN
ROSA
ZAPIEN
GOMEZ
23/03/1907
2010
16-20-04-016939
MICHOACAN
ENRIQUE
SANCHEZ
VALDOVINOS
01/01/1906
2011
16-20-04-031972
MICHOACAN
MARIA DE LA LUZ
VALLEJO
GARCIA
20/05/1909
2012
16-20-04-042259
MICHOACAN
ROSALINA
PULIDO
OSEGUERA
02/02/1909
2013
16-20-04-044599
MICHOACAN
MARIA
NAVARRO
LOPEZ
19/03/1900
2014
16-20-04-077791
MICHOACAN
JOSE
GUILLEN
ADAME
24/08/1908
2015
16-20-04-079153
MICHOACAN
CONSUELO
CANELA
CEJA
15/09/1905
2016
16-20-04-079957
MICHOACAN
MARIA DE JESUS
ORTIZ
ROSALES
07/03/1908
2017
16-20-04-082817
MICHOACAN
ELENA
GALVAN
SOLORIO
27/03/1905
2018
16-20-04-092509
MICHOACAN
MA DEL REFUGIO
RUBIO
GONZALEZ
20/08/1907
2019
16-20-04-115173
MICHOACAN
SEGUNDINO
PRADO
GUERRA
15/02/1901
2020
16-20-04-118352
MICHOACAN
REMEDIOS
BAUTISTA
SANCHEZ
08/12/1906
2021
16-20-04-136806
MICHOACAN
GLORIA
GUTIERREZ
PINEDA
23/07/1901
2022
16-20-04-143764
MICHOACAN
J GUADALUPE
MARTINEZ
GARCIA
01/01/1909
2023
16-20-04-144086
MICHOACAN
MARIA LUZ
ACOSTA
LINARES
06/11/1901
2024
16-20-04-165919
MICHOACAN
J DE JESUS
ORDAZ
SANDOVAL
14/09/1908
2025
16-20-04-174112
MICHOACAN
VICTORIA
QUINTERO
AGUILAR
15/09/1908
2026
16-20-04-179745
MICHOACAN
VICENTA
CISNEROS
FLORES
12/06/1909
2027
16-20-04-192273
MICHOACAN
EMILIO
MURILLO
MALDONADO
10/01/1904
2028
18-22-02-040842
NAYARIT
TEODORA
OCAMPO
AQUINO
04/01/1903
2029
18-22-02-097615
NAYARIT
ELOISA
GONZALEZ
VIRRUETA
11/05/1908
2030
18-22-02-114076
NAYARIT
MARIA
ISLAS
IBARRA
07/05/1909
2031
18-22-02-133693
NAYARIT
MARIA
JUAREZ
MOTA
08/10/1908
2032
18-22-03-015168
NAYARIT
FRANCISCO
GALINDO
GUZMAN
14/04/1907
2033
18-22-03-034167
NAYARIT
PEDRO
LERMA
MENDOZA
26/12/1908
2034
18-22-03-038125
NAYARIT
JOSE SALOME
MEZA
MARMOLEJO
19/06/1905
2035
18-22-03-071477
NAYARIT
EMILIO
CARRILLO
NUÑEZ
23/04/1909
2036
18-22-03-074983
NAYARIT
MA INOCENCIA
DELGADO
AGUILAR
18/03/1909
2037
18-22-03-092389
NAYARIT
MARGARITA
GARCIA
SERRANO
03/04/1902
2038
18-22-03-093284
NAYARIT
JUANA
MARTINEZ
BARRIOS
04/01/1907
2039
18-22-03-106277
NAYARIT
ANTONIO
PEREZ
CONTRERAS
06/11/1905
2040
18-22-03-109982
NAYARIT
LEONOR
SERAFIN
MEZA
02/02/1905
2041
18-22-03-118261
NAYARIT
ZEFERINO
SALVATIERRA
MARTINEZ
10/01/1908
2042
18-22-03-118543
NAYARIT
CANDELARIO
VILLEGAS
AGUILAR
26/08/1901
2043
18-22-03-124145
NAYARIT
SIMON
RODRIGUEZ
ALLALA
11/08/1909
2044
18-22-03-128804
NAYARIT
MARIA ENGRACIA
ALVAREZ
ALVAREZ
27/03/1903
2045
18-22-03-131946
NAYARIT
MIGUEL
RAMIREZ
SANCHEZ
29/09/1908
2046
18-22-03-132635
NAYARIT
ANDREA
SIMENTAL
ESCOBEDO
22/03/1907
2047
18-22-03-148342
NAYARIT
MA ELENA
OCEGUEDA
REA
04/09/1901
2048
18-22-03-155506
NAYARIT
RAMONA
GUZMAN
CANDELAS
17/04/1901
2049
18-22-03-165302
NAYARIT
JOSEFINA
MARTINEZ
HERNANDEZ
16/07/1906
2050
18-22-03-172003
NAYARIT
FILEMON
PEREZ
MEJIA
24/12/1900
2051
18-22-03-175041
NAYARIT
OLIVIA
RODRIGUEZ
RAMIREZ
14/07/1908
2052
18-22-03-175636
NAYARIT
DANIEL FRANCISCO
RODRIGUEZ
JIMENEZ
20/12/1908
2053
18-22-03-188981
NAYARIT
CARLOTA
RIVAS
GURROLA
29/09/1907
2054
18-22-03-191974
NAYARIT
JUAN FRANCISCO
ORTEGA
DELGADO
26/10/1909
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NAYARIT
(Primera Sección)
NOMBRE
NORVERTA
PATERNO
GONZALEZ
MATERNO
CORNEJO
45
FECHA
2055
18-22-04-094647
31/07/1908
2056
18-22-04-174213
NAYARIT
NATALIA
RIOS
X
30/03/1908
2057
19-23-01-009987
NUEVO LEON
MATEO
BARRERA
DE LA CERDA
11/11/1908
2058
19-23-01-091534
NUEVO LEON
VICTORIANO
TREJO
SANCHEZ
23/12/1909
2059
19-23-01-106991
NUEVO LEON
MACARIO
MUÑOZ
PEREZ
29/12/1907
2060
19-23-01-116510
NUEVO LEON
SEBASTIAN
CRISPIN
CILOS
20/01/1907
2061
19-23-01-139214
NUEVO LEON
RITO
CUARENTA
AGUILAR
07/04/1907
2062
19-23-02-060355
NUEVO LEON
MARIA DE JESUS
ALMANZA
IBARRA
17/02/1905
2063
19-23-02-098240
NUEVO LEON
TOMASA
NIÑO
OVIEDO
24/12/1906
2064
19-23-02-107877
NUEVO LEON
PAULA
PEREZ
GUERRA
13/06/1909
2065
19-23-02-126184
NUEVO LEON
MARIA
MARIN
CASTRO
07/10/1908
2066
19-23-02-127400
NUEVO LEON
EMILIA
MORENO
RODRIGUEZ
08/07/1908
2067
19-23-02-136035
NUEVO LEON
MARIA OLIVA
NIETO
RAZO
02/04/1903
2068
19-23-02-136964
NUEVO LEON
MARIA CRESENCIANA
CASAS
MORALES
25/09/1909
2069
19-23-02-144314
NUEVO LEON
MODESTA
SANDOVAL
ELISERIO
05/09/1908
2070
19-23-02-152609
NUEVO LEON
LUISA
ESCOBEDO
XXXXX
19/12/1907
2071
19-23-02-156298
NUEVO LEON
ADELAIDA
OLVEDA
OLVEDA
04/11/1908
2072
19-23-02-167610
NUEVO LEON
ALCARIA
ESCOBEDO
JARAMILLO
03/08/1909
2073
19-23-02-168762
NUEVO LEON
GUEVARA
GUERRERO
ELENA
13/01/1907
2074
19-23-02-183584
NUEVO LEON
PAULINA
ESQUIVEL
MARTINEZ
20/05/1907
2075
19-23-02-187563
NUEVO LEON
CATALINA
RAMIREZ
QUIROZ
15/01/1908
2076
19-23-03-017364
NUEVO LEON
ELIA
SILVA
ALFARO
06/01/1900
2077
19-23-03-035104
NUEVO LEON
NICOLAS
DOMINGUEZ
GARCIA
21/07/1908
2078
19-23-03-039193
NUEVO LEON
ANA MARIA
MEDRANO
ARGUELLES
06/10/1909
2079
19-23-03-059717
NUEVO LEON
FLORENTINO
LOPEZ
GARZA
14/09/1903
2080
19-23-03-060491
NUEVO LEON
MARTHA IRASEMA
GARCIA
TREVIÑO
14/12/1909
2081
19-23-03-061520
NUEVO LEON
HECTOR
LOPEZ
CASIANO
07/01/1905
2082
19-23-03-065440
NUEVO LEON
RAFAEL
MEDELLIN
LUGO
04/04/1901
2083
19-23-03-065556
NUEVO LEON
MA.GUADALUPE
GONZALEZ
SANTANA
17/05/1901
2084
19-23-03-067001
NUEVO LEON
MARIANELA
SILVA
CHARLES
24/10/1908
2085
19-23-03-068109
NUEVO LEON
FRANCISCA
AGUIRRE
MARTINEZ
19/12/1907
2086
19-23-03-068407
NUEVO LEON
SIMONA
GARCIA
LOPEZ
26/12/1901
2087
19-23-03-069446
NUEVO LEON
ANGEL
MORALES
CAMARILLO
01/10/1902
2088
19-23-03-069568
NUEVO LEON
EMMA
LEAL
MALDONADO
15/08/1909
2089
19-23-03-069783
NUEVO LEON
MARIA ANTONIA
RODRIGUEZ
VILLEGAS
24/06/1903
2090
19-23-03-069837
NUEVO LEON
ABRAHAM
CONTRERAS
PERALES
06/01/1909
2091
19-23-03-071893
NUEVO LEON
MARIA GUADALUPE
ESCALANTE
COLUNGA
06/01/1908
2092
19-23-03-072224
NUEVO LEON
ROQUE CIPRIAN
ARREDONDO
SERNA
09/10/1909
2093
19-23-03-072460
NUEVO LEON
ANASTASIO
HERNANDEZ
GOMEZ
24/06/1907
2094
19-23-03-076264
NUEVO LEON
RAFAEL
NIÑO
MORALES
20/12/1909
2095
19-23-03-079116
NUEVO LEON
CLEOTILDE
RAMOS
LOPEZ
22/10/1907
2096
19-23-03-079538
NUEVO LEON
ARTEMIO
ELIZONDO
ELIZONDO
28/04/1905
2097
19-23-03-082094
NUEVO LEON
JOSE LUIS
GONZALEZ
TREVIÑO
18/11/1902
2098
19-23-03-084074
NUEVO LEON
GREGORIO
HIDROGO
HERNANDEZ
01/05/1908
03/02/1895
2099
19-23-03-084323
NUEVO LEON
JOSE LUIS
TORRES
RODRIGUEZ
2100
19-23-03-084551
NUEVO LEON
MA ERNESTINA
TORRES
BECERRA
24/06/1907
2101
19-23-03-086250
NUEVO LEON
JAVIER
FERNANDEZ
DIAZ
10/06/1906
2102
19-23-03-086493
NUEVO LEON
CONSUELO
VAZQUEZ
ESTRADA
10/02/1907
2103
19-23-03-086786
NUEVO LEON
JOSE MARGARITO
VAZQUEZ
LOPEZ
03/03/1908
2104
19-23-03-087585
NUEVO LEON
SANTOS
CANTU
GONZALEZ
18/06/1898
2105
19-23-03-089307
NUEVO LEON
SAMUEL
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
11/09/1907
2106
19-23-03-091595
NUEVO LEON
IRMA
BAZALDUA
BAZALDUA
12/09/1907
2107
19-23-03-092419
NUEVO LEON
EUSTOLIA
POSADA
GAMEZ
19/08/1905
46
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
Viernes 3 de julio de 2009
PATERNO
MATERNO
FECHA
2108
19-23-03-094167
NUEVO LEON
ESTHER
JASSO
MONSIVAIS
02/02/1902
2109
19-23-03-094196
NUEVO LEON
JULIAN
GUERRERO
GOMEZ
02/10/1908
2110
19-23-03-094224
NUEVO LEON
ROBERTO
GARZA
CARDENAS
07/03/1909
2111
19-23-03-097146
NUEVO LEON
FRANCISCO
TORRES
GONZALEZ
02/01/1905
2112
19-23-03-097544
NUEVO LEON
ROSA
GUARDIOLA
FLORES
25/07/1900
2113
19-23-03-102154
NUEVO LEON
PASCUAL
CISNEROS
RUIZ
02/08/1908
2114
19-23-03-103454
NUEVO LEON
GREGORIO
TREVIÑO
TREVIÑO
21/03/1909
2115
19-23-03-106331
NUEVO LEON
JOSE NATIVIDAD
PEREZ
GONZALEZ
31/03/1900
2116
19-23-03-107539
NUEVO LEON
EFREN
CONTRERAS
HERNANDEZ
10/03/1908
2117
19-23-03-110330
NUEVO LEON
RAQUEL
MONTEMAYOR
SANTOS
07/10/1909
2118
19-23-03-110380
NUEVO LEON
JOSE ANSELMO
GARCIA
HERNANDEZ
30/12/1908
2119
19-23-03-110446
NUEVO LEON
MARIA DE JESUS
MEZA
GARCIA
26/08/1906
2120
19-23-03-110581
NUEVO LEON
ORFELINDA
CHAVEZ
GARCIA
04/07/1902
2121
19-23-03-114178
NUEVO LEON
MIGUEL
SALAZAR
RAMIREZ
20/01/1909
2122
19-23-03-114618
NUEVO LEON
MANUEL
MARTEL
CARDONA
29/06/1909
2123
19-23-03-114919
NUEVO LEON
SOCORRO
GALVAN
ALMANZA
26/02/1905
2124
19-23-03-114965
NUEVO LEON
DORALICIA
SANDOVAL
VAZQUEZ
23/10/1907
2125
19-23-03-115633
NUEVO LEON
MARIA MAGDALENA
CASTILLO
GONZALEZ
30/05/1905
2126
19-23-03-117652
NUEVO LEON
ARMINDA
AGUIRRE
BELTRAN
10/04/1908
2127
19-23-03-117732
NUEVO LEON
EFRAIN
CANTU
SALINAS
16/11/1907
2128
19-23-03-118464
NUEVO LEON
HILARIO
CARRANZA
BALDERAS
09/01/1909
2129
19-23-03-118579
NUEVO LEON
SENOVIA
BACA
BAZALDUA
09/09/1909
2130
19-23-03-119377
NUEVO LEON
MISAEL
SOTO
ESPARZA
07/07/1909
2131
19-23-03-120531
NUEVO LEON
AURORA
QUINTERO
REYES
05/04/1901
2132
19-23-03-120573
NUEVO LEON
FELICITOS
MARTINEZ
PECINA
15/09/1909
2133
19-23-03-121174
NUEVO LEON
MANUELA
MONTOYA
SANDOVAL
24/07/1905
2134
19-23-03-121780
NUEVO LEON
JUAN LEOPOLDO
MORALES
ROBLEDO
13/04/1906
2135
19-23-03-121893
NUEVO LEON
ARNULFO
RODRIGUEZ
ROCHA
01/08/1909
2136
19-23-03-122664
NUEVO LEON
GUADALUPE
RAMIREZ
RAMOS
29/09/1905
2137
19-23-03-126543
NUEVO LEON
GERARDO
PEÑA
POMPA
10/01/1899
2138
19-23-03-128540
NUEVO LEON
ADORADLIA
MARTINEZ
MEDELLIN
23/09/1908
2139
19-23-03-130351
NUEVO LEON
RAMON
MENDEZ
SALDAÑA
05/01/1908
2140
19-23-03-130933
NUEVO LEON
ABELARDO
CHARLES
GONZALEZ
13/04/1906
2141
19-23-03-130940
NUEVO LEON
GUSTAVO
NAVARRO
DE LEON
15/06/1903
2142
19-23-03-132137
NUEVO LEON
MARIA REFUGIO
LOPEZ
MORQUECHO
19/03/1892
2143
19-23-03-132178
NUEVO LEON
MA LUCINA
VALDES
ALEJANDRO
21/09/1901
2144
19-23-03-135168
NUEVO LEON
EMERICO
MARROQUIN
MARROQUIN
09/02/1908
2145
19-23-03-135784
NUEVO LEON
AMPARO
PEREZ
GOMEZ
21/09/1908
2146
19-23-03-136043
NUEVO LEON
PETRA
TORRES
MARTINEZ
01/08/1905
2147
19-23-03-136152
NUEVO LEON
MIGUEL
VILLALOBOS
MUÑOZ
15/01/1908
2148
19-23-03-137066
NUEVO LEON
ALFREDO
BARCENAS
BLANCO
04/12/1906
2149
19-23-03-137118
NUEVO LEON
GERARDO
ELIZONDO
RODRIGUEZ
25/07/1909
2150
19-23-03-137795
NUEVO LEON
ALEJANDRO
ESQUIVEL
PEREZ
05/03/1900
2151
19-23-03-138073
NUEVO LEON
FIDENCIA
VAZQUEZ
BECERRA
25/03/1905
2152
19-23-03-139003
NUEVO LEON
HERIBERTO
MALDONADO
TAMEZ
13/12/1908
2153
19-23-03-139023
NUEVO LEON
JOSE DE JESUS
SOLIS
REYES
02/03/1907
2154
19-23-03-139261
NUEVO LEON
CONRADO
FACUNDO
HERNANDEZ
19/03/1900
2155
19-23-03-139726
NUEVO LEON
BERNARDINA
VELAZQUEZ
ARZOLA
20/01/1908
2156
19-23-03-141364
NUEVO LEON
ROBERTO
BANDA
ESTRADA
13/08/1907
2157
19-23-03-142064
NUEVO LEON
JOSE DE LOS SANTOS
SAUCEDO
RODRIGUEZ
15/12/1909
2158
19-23-03-143355
NUEVO LEON
GALY
ESTRADA
SANCHEZ
03/02/1902
2159
19-23-03-143562
NUEVO LEON
EUSEBIO
VILLARREAL
CRUZ
09/05/1901
2160
19-23-03-143737
NUEVO LEON
MARIA DEL SOCORRO
ESQUIVEL
GARCIA
01/10/1907
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
(Primera Sección)
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
47
FECHA
2161
19-23-03-144242
NUEVO LEON
MARIA ANTONIA
SANCHEZ
DIAZ
07/04/1905
2162
19-23-03-146960
NUEVO LEON
FRANCISCO
ESTRADA
SERRANO
18/03/1908
2163
19-23-03-148006
NUEVO LEON
FEDERICO
RAMIREZ
BALDERAS
01/11/1905
2164
19-23-03-148356
NUEVO LEON
TERESA
SANCHEZ
ESPARZA
19/01/1903
2165
19-23-03-150013
NUEVO LEON
MARIA DOLORES
AGUIRRE
CEPEDA
25/04/1909
2166
19-23-03-150075
NUEVO LEON
MARIA CRUZ
CANTU
RIOS
07/08/1909
2167
19-23-03-150256
NUEVO LEON
LAZARO
CONTRERAS
ELIAS
20/01/1901
2168
19-23-03-150610
NUEVO LEON
HILDA GRACIELA
GONZALEZ
REYES
13/09/1909
2169
19-23-03-150858
NUEVO LEON
OBDULIA
GARZA
MADRIGAL
25/04/1903
2170
19-23-03-152970
NUEVO LEON
ANGELA
MORENO
MACIAS
15/06/1908
2171
19-23-03-154493
NUEVO LEON
ROSA
GARZA
GARZA
05/01/1901
2172
19-23-03-155100
NUEVO LEON
TOMASA
DE LA ROSA
RODRIGUEZ
13/06/1901
2173
19-23-03-155224
NUEVO LEON
DOMITILA
ZAPATA
CARROLA
08/03/1905
2174
19-23-03-155734
NUEVO LEON
AMERICO
RUIZ
GOMEZ
14/07/1906
2175
19-23-03-156130
NUEVO LEON
JOSE GUADALUPE
HERNANDEZ
HERNANDEZ
24/06/1908
2176
19-23-03-156340
NUEVO LEON
ISRAEL
RODRIGUEZ
CANTU
28/03/1909
2177
19-23-03-156808
NUEVO LEON
MARIA DE LA CRUZ
OCHOA
CASTILLO
29/06/1908
2178
19-23-03-157310
NUEVO LEON
J ASUNCION
VALADEZ
GONZALEZ
13/02/1902
2179
19-23-03-157367
NUEVO LEON
DAVID
SANCHEZ
RODRIGUEZ
21/01/1908
2180
19-23-03-157387
NUEVO LEON
MARTHA
BUSTOS
AVILA
13/06/1903
2181
19-23-03-158400
NUEVO LEON
MIGUEL
ROJAS
MENDOZA
12/08/1902
2182
19-23-03-158402
NUEVO LEON
ANTONIO
MALACARA
ALAMEDA
11/03/1908
2183
19-23-03-159305
NUEVO LEON
MA DEL ROSARIO
ESQUIVEL
MALDONADO
23/06/1905
2184
19-23-03-160569
NUEVO LEON
JOSE SABAS
CASTILLO
ORTIZ
17/05/1905
2185
19-23-03-161222
NUEVO LEON
GREGORIA
MORENO
BADILLO
14/03/1908
2186
19-23-03-162682
NUEVO LEON
JOSE JESUS
ESPIRICUETA
VELAZQUEZ
14/08/1908
2187
19-23-03-162705
NUEVO LEON
ANASTACIO
MORENO
GALVAN
03/06/1906
2188
19-23-03-162922
NUEVO LEON
BIVIANA RAQUEL
RAMOS
BARRERA
19/03/1905
2189
19-23-03-163654
NUEVO LEON
ROBERTO
TREVIÑO
LOPEZ
06/11/1905
2190
19-23-03-164169
NUEVO LEON
DELIA
GONZALEZ
CANTU
17/06/1908
2191
19-23-03-164323
NUEVO LEON
MARIA ESPERANZA
ESQUIVEL
MARQUEZ
20/07/1906
2192
19-23-03-164849
NUEVO LEON
ROBERTO
VILLARREAL
TORRES
01/04/1906
2193
19-23-03-165267
NUEVO LEON
ELODIA
AGUIRRE
VALLADARES
10/12/1909
2194
19-23-03-166547
NUEVO LEON
MICAELA
JIMENEZ
FABELA
15/09/1908
2195
19-23-03-168863
NUEVO LEON
DELIA
MARTINEZ
SANCHEZ
10/05/1908
2196
19-23-03-169921
NUEVO LEON
MARIA OFELIA
ARANDA
ALVARADO
18/04/1908
2197
19-23-03-171931
NUEVO LEON
SEVERIANO
HERNANDEZ
RODRIGUEZ
10/10/1905
2198
19-23-03-174629
NUEVO LEON
FLORINDA
GARZA
CANTU
15/01/1909
2199
19-23-03-174724
NUEVO LEON
ISIDRO
RODRIGUEZ
MARTINEZ
24/09/1900
2200
19-23-03-176009
NUEVO LEON
CELIA
MALDONADO
MADRIGAL
22/07/1902
2201
19-23-03-176039
NUEVO LEON
ANTONIO
RODRIGUEZ
POSADA
16/01/1907
2202
19-23-03-176360
NUEVO LEON
JOSEFINA
SERNA
ESTRADA
24/06/1901
2203
19-23-03-177406
NUEVO LEON
YSMAEL
SILVA
CEJA
01/01/1902
2204
19-23-03-177418
NUEVO LEON
MARIA DEL SOCORRO
ALVAREZ
ZAPATA
22/05/1908
2205
19-23-03-178380
NUEVO LEON
MA INES
HERNANDEZ
RAMOS
11/09/1903
2206
19-23-03-181961
NUEVO LEON
JESUS
LEAL
GARZA
20/05/1908
2207
19-23-03-182013
NUEVO LEON
RUTILIA
ORTIZ
CISNEROS
14/06/1905
2208
19-23-03-182227
NUEVO LEON
GENOVEVA
HERNANDEZ
MORALES
08/02/1899
2209
19-23-03-183054
NUEVO LEON
GUADALUPE
SALINAS
FLORES
25/01/1908
2210
19-23-03-183092
NUEVO LEON
MARIA DEL ROBLE
LEAL
PEÑA
07/12/1902
2211
19-23-03-183306
NUEVO LEON
MAURO
MARTINEZ
GONZALEZ
26/01/1907
2212
19-23-03-183585
NUEVO LEON
REYES
HINOJOSA
GARZA
07/02/1906
2213
19-23-03-183652
NUEVO LEON
JUANA
GOMEZ
ESPINOZA
30/11/1902
48
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
FECHA
2214
19-23-03-183903
NUEVO LEON
DAVID
RODRIGUEZ
CARRILLO
06/06/1909
2215
19-23-03-184382
NUEVO LEON
FELIPE
MENDOZA
RANGEL
29/05/1906
2216
19-23-03-184420
NUEVO LEON
ISMAEL
PIÑA
CORTEZ
29/09/1909
2217
19-23-03-184691
NUEVO LEON
MA DEL SOCORRO
SANCHEZ
MOLINA
01/01/1897
2218
19-23-03-184728
NUEVO LEON
MYRTHALA MICAELA
ALVARADO
VAZQUEZ
06/09/1909
2219
19-23-03-184842
NUEVO LEON
GREGORIO
RAMIREZ
GONZALEZ
19/06/1907
2220
19-23-03-186730
NUEVO LEON
MARIA DEL CARMEN
PUENTE
GARZA
05/10/1905
2221
19-23-03-187446
NUEVO LEON
OFELIA LOURDES
JUAREZ
RODRIGUEZ
21/09/1901
2222
19-23-03-187936
NUEVO LEON
MA GUADALUPE
SANCHEZ
TORRES
29/09/1908
2223
19-23-03-188254
NUEVO LEON
DONACIANO
SANCHEZ
RAMOS
01/01/1907
2224
19-23-03-189399
NUEVO LEON
JOAQUIN
ESTRADA
ONTIVEROS
21/06/1909
2225
19-23-03-189698
NUEVO LEON
MARIA MARICELA
ZUÑIGA
MELENDEZ
26/06/1908
2226
19-23-03-190072
NUEVO LEON
FRANCISCA
SOLANO
LOPEZ
21/09/1908
2227
19-23-03-190324
NUEVO LEON
MARIA TERESA
HERNANDEZ
ACOSTA
27/12/1907
2228
19-23-03-190813
NUEVO LEON
GABRIEL
ALEMAN
PATIÑO
17/02/1907
2229
19-23-03-191602
NUEVO LEON
ELOISA
RODRIGUEZ
MARTINEZ
19/02/1909
2230
19-23-03-192237
NUEVO LEON
GERONIMO
SANCHEZ
HERNANDEZ
30/09/1905
2231
19-23-03-192448
NUEVO LEON
ANDRES
MARTINEZ
ALANIS
01/03/1906
2232
19-23-03-192845
NUEVO LEON
JOSE LUIS
BLANCO
JUAREZ
21/06/1905
2233
19-23-03-194413
NUEVO LEON
MARIA DE JESUS
SOLIS
VARELA
21/03/1908
2234
19-23-03-195349
NUEVO LEON
MARIA SILVIA
NAVA
SANCHEZ
14/03/1909
19/11/1907
2235
19-23-03-195636
NUEVO LEON
HILARIO
CARRANZA
CASTAÑEDA
2236
19-23-03-195915
NUEVO LEON
MARIA RITA
RAMOS
SAUSEDO
19/05/1909
2237
19-23-03-196178
NUEVO LEON
HILARIO
HERNANDEZ
GUERRERO
20/03/1902
2238
19-23-03-196612
NUEVO LEON
JAIME
ZAVALA
MARTINEZ
05/04/1908
2239
19-23-03-196718
NUEVO LEON
MARIA DEL CARMEN
LOERA
VAZQUEZ
23/10/1909
2240
19-23-04-054001
NUEVO LEON
DIONICIA
ARAIZA
BANDA
02/03/1908
2241
19-23-04-075288
NUEVO LEON
DOMITILA
HERNANDEZ
TORRES
18/03/1907
2242
19-23-04-094858
NUEVO LEON
MARIA
RODRIGUEZ
PEÑA
16/11/1909
2243
19-23-04-101325
NUEVO LEON
ANTONIO
RANGEL
LARA
12/09/1909
2244
19-23-04-109433
NUEVO LEON
NINFA
RODRIGUEZ
GOMEZ
27/12/1907
2245
19-23-04-113324
NUEVO LEON
JOSE DOMINGO
CASTILLO
ALVAREZ
12/05/1907
2246
19-23-04-120245
NUEVO LEON
MANUEL
GOMEZ
ROMAN
04/12/1909
2247
19-23-04-120378
NUEVO LEON
JUANA
PUENTE
ALDAPE
08/05/1897
2248
19-23-04-125142
NUEVO LEON
ISABEL
ORTEGA
HERNANDEZ
28/05/1902
2249
19-23-04-125497
NUEVO LEON
BERNARDINO
PUENTE
MARTINEZ
20/05/1907
2250
19-23-04-128655
NUEVO LEON
JOSEFA
MARTINEZ
GUTIERREZ
13/08/1908
2251
19-23-04-131449
NUEVO LEON
ELIDIA
ESPINOZA
RANGEL
25/12/1905
2252
19-23-04-139135
NUEVO LEON
AMALIA
CARDENAS
ESCAMILLA
15/02/1900
2253
19-23-04-157000
NUEVO LEON
EUFEMIA
ZUÑIGA
BASURTO
18/02/1908
2254
19-23-04-161477
NUEVO LEON
ANTONIA
MARTINEZ
SALAZAR
02/07/1907
2255
19-23-04-191010
NUEVO LEON
GREGORIA
MALDONADO
SALAZAR
15/01/1907
2256
19-23-04-196688
NUEVO LEON
FRANCISCA
CHAIRES
MARTINEZ
28/01/1909
2257
20-24-01-079875
OAXACA
FELIPE
MATIAS
MARTINEZ
01/05/1909
2258
20-24-01-091336
OAXACA
JULIAN
MARTINEZ
MARTINEZ
09/01/1907
2259
20-24-02-105965
OAXACA
ELENA
ROJAS
ZACARIAS
24/06/1901
2260
20-24-02-124800
OAXACA
RUFINA ANTONIA
PEREZ
PALACIOS
14/03/1905
2261
20-24-03-047851
OAXACA
TERESITA PAULA
CRUZ
N
06/11/1906
2262
20-24-03-071664
OAXACA
SEGISMUNDO
VARGAS
MONTELLANO
03/04/1905
2263
20-24-03-082153
OAXACA
DECIDERIO FRANCISCO
ROBLES
SANCHEZ
18/12/1900
2264
20-24-03-097042
OAXACA
CELSA IGNACIA
GUZMAN
BALBUENA
12/02/1908
2265
20-24-03-097843
OAXACA
ANTONIO PORFIRIO
MARTINEZ
RAMIREZ
06/01/1906
2266
20-24-03-143307
OAXACA
SATURNINA
MATA
RAMOS
15/12/1908
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
2267
20-24-03-151688
OAXACA
MARIA DE JESUS
MARTINEZ
2268
20-24-03-154981
OAXACA
RUFO
2269
20-24-03-163606
OAXACA
LUGARDA
2270
20-24-03-164331
OAXACA
2271
20-24-03-165346
2272
21-25-02-017448
2273
MATERNO
49
FECHA
N
08/09/1908
ESPINOZA
TORRES
22/03/1905
MARTINEZ
VALEAN
12/07/1906
DANIEL ELIEZER
GONZALEZ
MEJIA
17/07/1893
OAXACA
FILIBERTA
JUAREZ
TOMAS
24/12/1904
PUEBLA
ELADIA
LEON
FLORES
15/06/1909
21-25-02-088706
PUEBLA
MARIA DE LA LUZ
RAMOS
FLORES
05/07/1909
2274
21-25-02-097021
PUEBLA
MARIA TEOFILA RAFAELA
PAVIA
FLORES
01/01/1908
2275
21-25-02-128879
PUEBLA
CATALINA
LOPEZ
GUZMAN
31/07/1903
2276
21-25-02-180141
PUEBLA
GUADALUPE
CARRILLO
OLIVARES
29/09/1906
2277
21-25-03-005650
PUEBLA
EDUARDO
ORTIZ
GONZALEZ
30/08/1906
2278
21-25-03-012697
PUEBLA
FLAVIO JAIME
SOLIS
ESCAMILLA
11/03/1907
2279
21-25-03-033705
PUEBLA
ANDRES GREGORIO
LOPEZ
FLORES
23/02/1909
2280
21-25-03-037130
PUEBLA
INES
RAMIREZ
RAMOS
19/12/1903
2281
21-25-03-040548
PUEBLA
GUADALUPE
MARTINEZ
MARTINEZ
14/10/1904
2282
21-25-03-046436
PUEBLA
NICOLASA
GARCIA
GERVACIO
05/07/1909
2283
21-25-03-052292
PUEBLA
VICENTE
BERNABE
MARTINEZ
31/12/1901
2284
21-25-03-064982
PUEBLA
JOSE BONIFACIO PEDRO
PEREZ
ROMERO
24/04/1907
2285
21-25-03-086054
PUEBLA
BERNARDINO
JIMENEZ
GAMEZ
04/02/1901
2286
21-25-03-094994
PUEBLA
JOEL
JIMENEZ
REYES
05/10/1906
2287
21-25-03-095902
PUEBLA
PETRA AVELINA
GONZALEZ
GONZALEZ
16/09/1906
2288
21-25-03-100121
PUEBLA
CIRILO
ROJAS
REYES
01/01/1908
2289
21-25-03-140626
PUEBLA
GUADALUPE
GARCIA
PEREZ
02/09/1906
2290
21-25-03-156548
PUEBLA
HIPOLITO
FLORES
MORALES
20/05/1909
2291
21-25-03-180896
PUEBLA
FLORENTINO
VELASCO
VIDAL
19/12/1903
2292
21-25-03-187385
PUEBLA
CONSTANTINO
LOPEZ
GONZALEZ
09/06/1909
2293
21-25-03-190285
PUEBLA
JAVIER
MORAN
GARCIA
31/07/1907
2294
21-25-03-190368
PUEBLA
ALBERTO
MORALES
BELLO
01/07/1906
2295
21-25-04-112184
PUEBLA
EVARISTO
REYES
RAMIREZ
20/10/1901
2296
21-25-04-145080
PUEBLA
METODIA
GARCIA
MERINO
22/03/1906
2297
22-26-02-037188
QUERETARO
MARIA ANTONIETA
AMADOR
MEDINA
15/10/1909
2298
22-26-02-095429
QUERETARO
ANTONIA
BALDERAS
AGUILAR
14/04/1906
2299
22-26-02-152743
QUERETARO
ANA DE JESUS
DELGADO
SUASTE
04/10/1905
2300
22-26-03-004648
QUERETARO
MARGARITO
MARTINEZ
DE SANTIAGO
11/03/1909
2301
22-26-03-014987
QUERETARO
ROGELIA
PACHECO
OLVERA
20/11/1898
2302
22-26-03-020189
QUERETARO
CORNELIO
MORENO
ZEPEDA
07/12/1907
2303
22-26-03-036697
QUERETARO
SALVADOR
ORDUÑA
BENITEZ
20/02/1909
2304
22-26-03-042616
QUERETARO
MARTHA
VERDE
SANCHEZ
17/01/1900
2305
22-26-03-072605
QUERETARO
ALBERTO
CHAVEZ
ANDRADE
26/07/1908
2306
22-26-03-088517
QUERETARO
SALVADOR
NIETO
FLORES
24/11/1908
2307
22-26-03-107174
QUERETARO
TOMAS ISMAEL
RAMIREZ
VEGA
01/01/1909
2308
22-26-03-118772
QUERETARO
ALDEGUNDO
MARQUEZ
LUGO
01/03/1907
2309
22-26-03-124886
QUERETARO
ESTEBAN
ALEGRIA
CRUZ
25/11/1907
2310
22-26-03-126418
QUERETARO
RICARDO VALENTIN
HERNANDEZ
TREJO
03/04/1892
2311
22-26-03-137452
QUERETARO
SABINO
ARTEAGA
MORALES
20/06/1909
2312
22-26-03-152132
QUERETARO
EULOGIA
VEGA
OLVERA
10/01/1905
2313
22-26-03-160899
QUERETARO
LUIS
DUARTE
ROBLES
16/08/1906
2314
22-26-03-174204
QUERETARO
FELIPA
OLVERA
VAZQUEZ
11/09/1900
2315
22-26-03-177698
QUERETARO
MA DE LOS ANGELES
ALVARADO
RAMIREZ
01/05/1908
2316
22-26-03-189400
QUERETARO
MA GUADALUPE
ROMERO
PEREZ
17/10/1902
2317
22-26-04-121807
QUERETARO
ESTHER
HERNANDEZ
PEREZ
03/05/1906
2318
22-26-04-174855
QUERETARO
ALEJO
ORTEGA
RICO
16/07/1907
2319
22-26-04-178079
QUERETARO
JULIA
MARTINEZ
MORALES
07/10/1903
2320
22-26-04-181887
QUERETARO
ANTIOCO
HERNADEZ
RUBIO
16/01/1906
2321
24-28-01-000215
SAN LUIS POTOSI
JOSE ROMAN
HERNANDEZ
PECINA
09/08/1907
2322
24-28-01-127589
SAN LUIS POTOSI
LINO
DE LA TORRE
VAZQUEZ
06/09/1903
2323
24-28-01-150263
SAN LUIS POTOSI
ISAAC
LEDESMA
VAEZ
03/06/1907
2324
24-28-01-163794
SAN LUIS POTOSI
JOSE ISABEL
MENDOZA
QUIROZ
09/07/1908
2325
24-28-02-023004
SAN LUIS POTOSI
APOLONIA
BELMARES
ONTIVEROS
19/01/1907
50
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
MATERNO
GONZALEZ
FECHA
2326
24-28-02-064311
SAN LUIS POTOSI
GRACIANA
MORALES
29/04/1905
2327
24-28-02-102933
SAN LUIS POTOSI
JOSEFA
LUNA
RIVERA
10/10/1906
2328
24-28-03-013986
SAN LUIS POTOSI
HIPOLITA
RODRIGUEZ
RODRIGUEZ
13/02/1907
2329
24-28-03-016822
SAN LUIS POTOSI
SUSANO
SAUCESDO
VAZQUEZ
05/02/1901
2330
24-28-03-053616
SAN LUIS POTOSI
JUSTINA
LOPEZ
RODRIGUEZ
28/08/1905
2331
24-28-03-063388
SAN LUIS POTOSI
ELIAS
RODRIGUEZ
MARTINEZ
06/03/1908
2332
24-28-03-064973
SAN LUIS POTOSI
SALVADOR
ESPARZA
ALFARO
08/02/1905
2333
24-28-03-066371
SAN LUIS POTOSI
MA JOSEFINA
QUINTERO
MENDOZA
01/05/1908
2334
24-28-03-067561
SAN LUIS POTOSI
MARIA LUISA
MUÑIZ
GUZMAN
25/07/1908
2335
24-28-03-068635
SAN LUIS POTOSI
MA SOLEDAD
CANTU
PALOMO
04/04/1904
2336
24-28-03-070766
SAN LUIS POTOSI
ADELFO
MARTINEZ
GONZALEZ
30/08/1907
2337
24-28-03-077566
SAN LUIS POTOSI
RAFAEL
RAMIREZ
SANTILLAN
23/08/1903
2338
24-28-03-078632
SAN LUIS POTOSI
AURELIO
HERNANDEZ
HERRERA
05/12/1905
2339
24-28-03-080034
SAN LUIS POTOSI
MA DE GUADALUPE
CUELLAR
PAEZ
09/09/1905
2340
24-28-03-089109
SAN LUIS POTOSI
MARIA
SALINAS
SALINAS
29/11/1900
2341
24-28-03-106278
SAN LUIS POTOSI
SOCORRO
ALVAREZ
CAMPOS
04/10/1908
2342
24-28-03-108182
SAN LUIS POTOSI
EUFRACIA
RODRIGUEZ
MORALES
17/01/1909
2343
24-28-03-120921
SAN LUIS POTOSI
OFELIA
ZUÑIGA
TORRES
10/09/1901
2344
24-28-03-120979
SAN LUIS POTOSI
EUSEBIO
CRISPIN
SILOS
14/05/1907
2345
24-28-03-122113
SAN LUIS POTOSI
IRENE
MANCILLA
SANCHEZ
21/07/1902
2346
24-28-03-132069
SAN LUIS POTOSI
ESPERANZA
GUARDIOLA
LEOS
04/04/1908
2347
24-28-03-143410
SAN LUIS POTOSI
AGUSTINA
GUERRERO
PAZ
03/04/1909
2348
24-28-03-143942
SAN LUIS POTOSI
JOSEFINA
URIBE
DE LA ROSA
12/06/1901
2349
24-28-03-146922
SAN LUIS POTOSI
MANUEL
CASILLAS
GARCIA
08/12/1905
2350
24-28-03-151368
SAN LUIS POTOSI
JUAN
CASTRO
MUÑOZ
07/07/1907
2351
24-28-03-161030
SAN LUIS POTOSI
JOSE NEMESIO
EGUIA
RODRIGUEZ
05/11/1909
2352
24-28-03-163819
SAN LUIS POTOSI
VICTOR
LOERA
CASTILLO
03/10/1904
2353
24-28-03-171257
SAN LUIS POTOSI
MAURA
ZAVALA
MARTINEZ
08/07/1906
2354
24-28-03-172014
SAN LUIS POTOSI
YSIDRO
OCHOA
LOPEZ
21/04/1906
2355
24-28-03-173548
SAN LUIS POTOSI
ALFREDO
HERNANDEZ
MARTINEZ
10/11/1906
2356
24-28-03-175239
SAN LUIS POTOSI
ROSENDO
MENDOZA
MARTINEZ
01/01/1903
2357
24-28-03-180023
SAN LUIS POTOSI
FIDEL
RODRIGUEZ
ZAMARRIPA
10/05/1902
2358
24-28-03-180326
SAN LUIS POTOSI
IRINEA
LUIS
OVALLE
06/10/1907
2359
24-28-03-180936
SAN LUIS POTOSI
SANTIAGO
DE LA ROSA
LOPEZ
29/09/1906
2360
24-28-03-186672
SAN LUIS POTOSI
PORFIRIA
PINEDA
DUARTE
31/03/1902
2361
24-28-03-187224
SAN LUIS POTOSI
GUILLERMINA
VIERA
SILVA
06/02/1906
2362
24-28-03-188136
SAN LUIS POTOSI
LAZARO
ALVAREZ
LEDEZMA
19/03/1909
2363
24-28-03-190087
SAN LUIS POTOSI
CATALINA
HERNANDEZ
VAZQUEZ
11/07/1908
2364
24-28-03-190369
SAN LUIS POTOSI
AGUSTIN
FRAGA
RIVERA
29/04/1908
2365
24-28-04-054760
SAN LUIS POTOSI
JUAN
MENDEZ
RAMOS
06/05/1909
2366
24-28-04-054969
SAN LUIS POTOSI
EPIFANIA
GARCIA
GARCIA
22/06/1906
2367
24-28-04-073420
SAN LUIS POTOSI
RAMON
ZAMARRIPA
ESPINOZA
27/03/1907
2368
24-28-04-073797
SAN LUIS POTOSI
JUANA
REBOLLOSO
RAMIREZ
07/04/1908
24/06/1909
2369
24-28-04-136017
SAN LUIS POTOSI
PETRA
SANTOS
DE RODRIGUEZ
2370
24-28-04-146561
SAN LUIS POTOSI
TIMOTEO
LOPEZ
VAZQUEZ
06/07/1907
2371
24-28-04-173959
SAN LUIS POTOSI
HIGINIO
MELENDEZ
NAVARRO
11/01/1904
2372
24-28-04-181674
SAN LUIS POTOSI
JUAN
ESPINOZA
CASTRO
17/02/1903
2373
24-28-04-186971
SAN LUIS POTOSI
SIXTA
SALAZAR
TENORIO
31/07/1903
2374
25-29-01-003625
SINALOA
LORENZO
AGUIRRE
RODRIGUEZ
05/09/1900
2375
25-29-02-045330
SINALOA
MARIA REMEDIOS
SAUCEDA
PEREZ
12/06/1907
2376
25-29-02-121945
SINALOA
FRANCISCA
SANDOVAL
MEZA
03/10/1900
2377
25-29-03-006793
SINALOA
SANDRA LUZ
MILLAN
LEON
12/05/1906
2378
25-29-03-010252
SINALOA
VICTOR MANUEL
LOPEZ
LANDEROS
05/02/1904
2379
25-29-03-015356
SINALOA
MARIA ANTONIA
ANGULO
VILLA
04/07/1904
2380
25-29-03-016095
SINALOA
PEDRO PABLO
MURILLO
PACHECO
11/06/1898
2381
25-29-03-029223
SINALOA
DELIA
SANCHEZ
ROMAN
20/05/1909
2382
25-29-03-037328
SINALOA
ANTONIO
VALDEZ
FLORES
08/10/1901
2383
25-29-03-097324
SINALOA
LYDIA
BRAVO
ESPINOZA
15/05/1908
2384
25-29-03-103875
SINALOA
MARIA FRANCISCA
ECHEVARRIA
ORTIZ
15/03/1904
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
MATERNO
51
FECHA
2385
25-29-03-116563
SINALOA
AMBROCIO
SANCHEZ
VALLEJO
19/09/1901
2386
25-29-03-118871
SINALOA
PONCIANO
RODRIGUEZ
GALAVIZ
21/12/1907
2387
25-29-03-133008
SINALOA
MARTHA
VALENZUELA
RODRIGUEZ
31/03/1909
2388
25-29-03-142433
SINALOA
LUZ MANUELA
ASTORGA
RAMIREZ
24/12/1905
2389
25-29-03-152296
SINALOA
ELADIO
GASTELUM
GALAVIZ
06/12/1908
2390
25-29-03-155537
SINALOA
PETRA ALICIA
RODRIGUEZ
CAZAREZ
06/06/1906
2391
25-29-03-161227
SINALOA
MARTHA
MERAZ
HERRERA
26/02/1908
2392
25-29-03-178554
SINALOA
ROSA MARIA
NIEBLAS
BELTRAN
18/06/1909
2393
25-29-03-192701
SINALOA
ROSARIO
MEDINA
GALAVIZ
13/04/1907
2394
25-29-03-193324
SINALOA
AURORA
VALENZUELA
MEDINA
23/03/1908
2395
25-29-03-193819
SINALOA
AMANDA
CASTRO
RAMIREZ
13/10/1908
2396
25-29-04-031214
SINALOA
DOMINGA
VALDEZ
VIZCARRA
16/08/1906
2397
25-29-04-033763
SINALOA
MARIA DEL PILAR
ESTRADA
MORENO
24/09/1909
2398
26-30-03-181716
SONORA
HERACLEO
RODRIGUEZ
DUARTE
07/03/1907
2399
28-32-03-029320
TAMAULIPAS
TERESA
DE LEON
VARGAS
01/09/1900
2400
28-32-03-100820
TAMAULIPAS
MANUELA
GONZALEZ
SALDAÑA
26/06/1909
2401
28-32-03-153535
TAMAULIPAS
CRISTINA
GARCIA
GALVAN
15/03/1901
2402
28-32-03-153686
TAMAULIPAS
MARCELA
SOLIS
GARCIA
19/07/1907
2403
28-32-03-192736
TAMAULIPAS
MARIA TERESA
RIVERA
RIVERA
23/08/1909
2404
30-34-04-116565
VERACRUZ
LEONOR
VIAZCAN
SANTIAGO
01/04/1903
2405
32-36-01-061269
ZACATECAS
PEDRO
LOZANO
ROMAN
29/07/1909
2406
32-36-01-065063
ZACATECAS
FRANCISCO
AVILA
PARRA
04/10/1909
2407
32-36-01-072070
ZACATECAS
LEOCADIO
GALVAN
ARELLANO
09/12/1909
2408
32-36-01-170158
ZACATECAS
DIONISIO
LORENZANA
GARAY
08/04/1908
2409
32-36-02-039431
ZACATECAS
PETRA
DE LARA
ALVAREZ
24/08/1908
2410
32-36-02-057084
ZACATECAS
MA DEL REFUGIO
RODRIGUEZ
ESPINO
29/10/1906
2411
32-36-02-077129
ZACATECAS
JOSEFA
GUZMAN
VELAZQUEZ
15/06/1904
2412
32-36-02-086443
ZACATECAS
MA DE JESUS
MORUA
REYES
01/06/1907
29/11/1908
2413
32-36-02-110916
ZACATECAS
ANGELA
HERNANDEZ
PUENTES
2414
32-36-02-122409
ZACATECAS
CONSUELO
SALDAÑA
AVILA
15/01/1901
2415
32-36-02-126585
ZACATECAS
AMALIA
ARRIAGA
RIVERA
06/12/1907
2416
32-36-02-130073
ZACATECAS
LIBRADA
HINOJOSA
MORENO
21/08/1907
2417
32-36-02-142586
ZACATECAS
MARIA
RICALDAY
RODRIGUEZ
02/09/1909
2418
32-36-02-146799
ZACATECAS
MARIA
REYES
DE LA RIVA
25/04/1902
2419
32-36-02-153745
ZACATECAS
ROSA
AYALA
GUZMAN
02/03/1907
2420
32-36-02-158001
ZACATECAS
MARIA CANDELARIA
FLORES
FLORES
17/12/1905
2421
32-36-02-159588
ZACATECAS
AMALIA
RAMIREZ
RODRIGUEZ
18/12/1909
2422
32-36-03-038472
ZACATECAS
BACILIA
DE LA TORRE
ROSALES
30/12/1907
2423
32-36-03-040901
ZACATECAS
CONSTATINO
ALVAREZ
GONZALEZ
22/08/1904
2424
32-36-03-041804
ZACATECAS
JULIAN
ESCOBEDO
JUAREZ
21/01/1909
2425
32-36-03-042966
ZACATECAS
JUAN
DELGADO
MIRANDA
27/01/1908
2426
32-36-03-049735
ZACATECAS
SOFIA
CASTRO
FLORES
31/12/1906
2427
32-36-03-054940
ZACATECAS
JUAN
GONZALEZ
GUTIERREZ
12/12/1906
2428
32-36-03-056348
ZACATECAS
VIRGINIA
CHAVEZ
BRETADO
25/01/1909
2429
32-36-03-056377
ZACATECAS
GILBERTO
ESTEVANE
MONTELONGO
09/12/1904
2430
32-36-03-057524
ZACATECAS
ESTELA
RODARTE
HURTADO
06/06/1902
2431
32-36-03-059746
ZACATECAS
AMPARO
OCHOA
TORRES
01/10/1904
2432
32-36-03-061143
ZACATECAS
SILVERIA
GUTIERREZ
REYEZ
08/02/1908
2433
32-36-03-061185
ZACATECAS
FERMINA
CHAVEZ
AYALA
06/08/1906
2434
32-36-03-061210
ZACATECAS
ROSA HERLINDA
CERRILLO
ROJAS
04/09/1906
2435
32-36-03-061650
ZACATECAS
VICTOR
TRUJILLO
DOMINGUEZ
01/02/1907
2436
32-36-03-061680
ZACATECAS
JOSE
TORRES
GOMEZ
15/04/1909
2437
32-36-03-064100
ZACATECAS
MARIA EVA
HERNANDEZ
DIAZ DE LEON
02/03/1908
2438
32-36-03-065716
ZACATECAS
LUIS
MARTINEZ
RODRIGUEZ
18/12/1905
2439
32-36-03-066537
ZACATECAS
MANUEL
SALAZAR
CAMPOS
15/10/1908
2440
32-36-03-066767
ZACATECAS
MARIA
IBARRA
SALAS
31/10/1903
2441
32-36-03-066896
ZACATECAS
J GUADALUPE
OCHOA
HERNANDEZ
21/04/1908
2442
32-36-03-069470
ZACATECAS
HERMILA
JIMENEZ
DE LA CRUZ
23/07/1907
2443
32-36-03-071127
ZACATECAS
ANDRES
ALVAREZ
REYES
12/12/1902
52
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
PEREZ
MATERNO
ESPINOZA
FECHA
2444
32-36-03-072707
ZACATECAS
MARIA GUDALUPE
11/06/1906
2445
32-36-03-075457
ZACATECAS
ALICIA
PALACIOS
RAMIREZ
12/08/1907
2446
32-36-03-075462
ZACATECAS
ROGELIO
ROBLES
GUERRERO
12/06/1906
2447
32-36-03-076291
ZACATECAS
ANTONIO
JUAREZ
GARAY
25/07/1904
2448
32-36-03-076559
ZACATECAS
MA TERESA
MEDINA
SOTO
13/10/1909
2449
32-36-03-077092
ZACATECAS
MARIA ISABEL
LUNA
ADAME
12/07/1903
2450
32-36-03-079911
ZACATECAS
J FRANCISCO
MONTELONGO
ESTEVANE
19/01/1909
2451
32-36-03-082273
ZACATECAS
FRANCISCO
RIVAS
AVILA
13/02/1906
2452
32-36-03-085111
ZACATECAS
GENARO
LEYVA
HERNANDEZ
13/04/1908
2453
32-36-03-085132
ZACATECAS
ALBERTO
SOTO
TREJO
20/05/1907
2454
32-36-03-091291
ZACATECAS
MA ENGRACIA
MORALES
VERA
01/06/1908
2455
32-36-03-092015
ZACATECAS
MA JOSEFINA
HERNANDEZ
ORTIZ
15/05/1909
2456
32-36-03-094773
ZACATECAS
MARIA DEL CARMEN
AGUILAR
RODRIGUEZ
08/10/1905
2457
32-36-03-094834
ZACATECAS
MANUEL
ARENAS
RANGEL
13/07/1904
2458
32-36-03-097680
ZACATECAS
MAGDALENA
AGUERO
GARCIA
05/09/1907
2459
32-36-03-098877
ZACATECAS
ELVIRA
TRUJILLO
REYNA
10/03/1905
2460
32-36-03-102467
ZACATECAS
MARIO
RIVERA
JIMENEZ
20/04/1906
2461
32-36-03-103793
ZACATECAS
RAMONA
CARRERA
SOTELO
28/12/1907
2462
32-36-03-104138
ZACATECAS
MARIA TERESA
GAMBOA
MORALES
15/01/1909
2463
32-36-03-104843
ZACATECAS
EMIGDIO
GARCIA
CABRAL
13/09/1907
2464
32-36-03-105326
ZACATECAS
ISIDRA
OLVERA
IBARRA
14/01/1907
2465
32-36-03-106853
ZACATECAS
GILBERTO ALONSO
MACIAS
CHAVEZ
07/01/1909
2466
32-36-03-108808
ZACATECAS
CECILIA
DELGADO
GALLEGOS
24/11/1904
2467
32-36-03-109213
ZACATECAS
CARMEN
HURTADO
MEDINA
18/02/1909
2468
32-36-03-109631
ZACATECAS
ALEJANDRO
MARTINEZ
HERNANDEZ
15/02/1908
2469
32-36-03-110411
ZACATECAS
ENEDINA
SERNA
CUEVAS
08/09/1907
2470
32-36-03-110990
ZACATECAS
JOSE ANTONIO
VILLA
IBARRA
25/12/1903
2471
32-36-03-113243
ZACATECAS
ZENON
NAVA
BAÑUELOS
09/03/1909
2472
32-36-03-113724
ZACATECAS
ESTHELA
DE LUNA
FLORES
30/01/1909
2473
32-36-03-114284
ZACATECAS
MA SOLEDAD
MURILLO
RAMOS
15/04/1902
2474
32-36-03-114582
ZACATECAS
MA MARTINA
SALAZAR
LOPEZ
19/09/1909
2475
32-36-03-114979
ZACATECAS
ELENA
RUIZ
SANCHEZ
18/03/1907
2476
32-36-03-118563
ZACATECAS
MA GUADALUPE
ARIÑAGA
BONILLA
21/03/1908
2477
32-36-03-118620
ZACATECAS
ENRIQUE
RODRIGUEZ
MURILLO
09/07/1908
2478
32-36-03-118740
ZACATECAS
ANA MARIA
CASTORENA
VAQUERA
08/05/1901
2479
32-36-03-119406
ZACATECAS
DECIDERIO
ALONSO
CASTAÑEDA
08/07/1909
2480
32-36-03-120183
ZACATECAS
MARTHA
CASAS
BARBOZA
09/05/1902
2481
32-36-03-120807
ZACATECAS
PEDRO
SALAMANCA
NIEVES
08/08/1908
2482
32-36-03-121560
ZACATECAS
MARIA ESTHER
LONGORIA
JUANES
10/12/1908
2483
32-36-03-121921
ZACATECAS
ROSA MA
DE HORTA
VAZQUEZ
08/10/1903
2484
32-36-03-122309
ZACATECAS
LUCIO
BOTELLO
SORIANO
26/08/1907
2485
32-36-03-122836
ZACATECAS
J GUADALUPE
SANTACRUZ
VALENZUELA
01/05/1906
2486
32-36-03-126153
ZACATECAS
ALFREDO
CABRAL
CABRAL
23/12/1905
2487
32-36-03-126541
ZACATECAS
PASCUAL
AVALOS
LANDEROS
30/08/1908
2488
32-36-03-127112
ZACATECAS
JOSE
MACIAS
BANDA
20/03/1909
2489
32-36-03-127850
ZACATECAS
RAFAEL
RODRIGUEZ
COVARRUBIAS
19/05/1908
2490
32-36-03-128211
ZACATECAS
PEDRO
TONCHE
SERNA
29/12/1907
2491
32-36-03-128620
ZACATECAS
MATIAS
MARQUEZ
LOPEZ
31/12/1906
2492
32-36-03-128662
ZACATECAS
GONZALO
ROMO
GUERRERO
19/05/1909
2493
32-36-03-129034
ZACATECAS
FILEMON
ORTEGA
MORENO
17/09/1907
2494
32-36-03-129980
ZACATECAS
JULIA
VILLA
DE LIRA
22/06/1903
2495
32-36-03-132283
ZACATECAS
JOSE ISAAC
HERNANDEZ
ESCARCIA
10/01/1901
2496
32-36-03-135115
ZACATECAS
MA TRINIDAD
CASTRO
CUEVAS
18/03/1908
2497
32-36-03-135143
ZACATECAS
MANUEL
NAVA
NAVA
29/09/1904
2498
32-36-03-135878
ZACATECAS
EUSTOLIA
GARCIA
ROBLES
22/11/1901
2499
32-36-03-136597
ZACATECAS
GUMARO
GARCIA
DELGADO
28/04/1908
2500
32-36-03-137310
ZACATECAS
BALDOMERA
RODRIGUEZ
MARQUEZ
01/06/1907
2501
32-36-03-138406
ZACATECAS
ALFONZO
DOMINGUEZ
SANCHEZ
10/06/1908
2502
32-36-03-139725
ZACATECAS
MANUEL
IBARRA
CARRILLO
13/12/1903
Viernes 3 de julio de 2009
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
NOMBRE
(Primera Sección)
PATERNO
BAÑUELOS
MATERNO
ACEVEDO
53
FECHA
2503
32-36-03-141584
ZACATECAS
GUSTAVO
23/02/1902
2504
32-36-03-141927
ZACATECAS
PASCUAL
ORTIZ
RAMIREZ
08/09/1908
2505
32-36-03-142468
ZACATECAS
JOSE MARIA
MARTINEZ
SALAZAR
10/11/1903
2506
32-36-03-142508
ZACATECAS
MARIA LEONOR
HERNANDEZ
DOMINGUEZ
02/11/1909
2507
32-36-03-144771
ZACATECAS
RAUL
PEREZ
MONTOYA
24/06/1908
2508
32-36-03-144936
ZACATECAS
ANTONIO
SANTANA
DE LARA
16/05/1908
2509
32-36-03-145670
ZACATECAS
PABLO
RIVAS
CORNEJO
21/11/1906
2510
32-36-03-146248
ZACATECAS
ROBERTO
MUÑOZ
MARTINEZ
19/07/1907
2511
32-36-03-147585
ZACATECAS
J REYES
LOPEZ
SARAGOSA
12/03/1906
2512
32-36-03-148812
ZACATECAS
RUPERTA
LOPEZ
MENDOZA
22/09/1909
2513
32-36-03-148842
ZACATECAS
LUIS
GUADAJARDO
TREJO
11/03/1882
2514
32-36-03-148907
ZACATECAS
MANUEL
VELAZQUEZ
RIVERA
25/12/1909
2515
32-36-03-150066
ZACATECAS
MARIA LIDIA
GARCIA
GARCIA
14/01/1904
2516
32-36-03-150092
ZACATECAS
MA ANA
GALVAN
SANCHEZ
12/03/1908
2517
32-36-03-152108
ZACATECAS
MA DEL CARMEN
RIVAS
RIVAS
18/05/1902
2518
32-36-03-152223
ZACATECAS
MA ISABEL
GARCIA
AGUERO
30/11/1909
2519
32-36-03-152324
ZACATECAS
FELIPE
DE LA TORRE
ZAPATA
23/04/1907
2520
32-36-03-153273
ZACATECAS
VIDAL
LUNA
RODARTE
16/05/1901
2521
32-36-03-153538
ZACATECAS
MARIA
TORRES
RAMIREZ
19/03/1907
2522
32-36-03-153800
ZACATECAS
IMELDA
HERRERA
TORRES
17/11/1908
2523
32-36-03-153807
ZACATECAS
FELIPE
RODRIGUEZ
VILLANUEVA
02/07/1907
2524
32-36-03-157713
ZACATECAS
OFELIA
CASTRO
ARTEAGA
06/10/1908
2525
32-36-03-157739
ZACATECAS
ENEDINA
GUARDADO
CONTRERAS
15/03/1905
2526
32-36-03-157765
ZACATECAS
ANTONIO
REYES
VALADEZ
30/07/1909
2527
32-36-03-157974
ZACATECAS
MARIA DEL SOCORRO
DUEÑAS
TREJO
28/02/1907
2528
32-36-03-158421
ZACATECAS
LUISA
ALVARADO
LONGORIA
10/10/1902
2529
32-36-03-158550
ZACATECAS
JOSE SALVADOR
OLVERA
BAUTISTA
12/11/1908
2530
32-36-03-161430
ZACATECAS
EVANGELINA
ESCALERA
MEJIA
29/08/1892
2531
32-36-03-161465
ZACATECAS
MANUEL
DAVILA
HERNANDEZ
06/05/1909
2532
32-36-03-161615
ZACATECAS
MANUEL
MUÑOZ
MUÑOZ
23/08/1906
2533
32-36-03-161631
ZACATECAS
MA ELENA
FIGUEROA
BOBADILLA
11/03/1907
2534
32-36-03-161711
ZACATECAS
TIBURCIO
ZAPATA
GALLEGOS
27/01/1909
2535
32-36-03-161861
ZACATECAS
CATARINO
LONGORIA
HIPOLITO
16/06/1900
2536
32-36-03-161915
ZACATECAS
NICOLAS
DAMIAN
ALVAREZ
10/11/1904
2537
32-36-03-162320
ZACATECAS
RAUL
CASTAÑON
DE LA ROSA
15/10/1903
2538
32-36-03-162383
ZACATECAS
MA HORTENCIA
REVELES
MARTINEZ
14/01/1907
2539
32-36-03-162879
ZACATECAS
NAZARIO
BRISEÑO
CARRILLO
09/08/1904
2540
32-36-03-163185
ZACATECAS
FEDERICO
BERUMEN
SANCHEZ
28/10/1909
2541
32-36-03-164337
ZACATECAS
BEATRIZ
HURTADO
DE LA TORRE
22/12/1896
2542
32-36-03-164374
ZACATECAS
RAMON
SANCHEZ
VALENZUELA
06/09/1902
2543
32-36-03-165996
ZACATECAS
JOSE
DAVILA
ESQUIVEZ
28/01/1908
2544
32-36-03-166159
ZACATECAS
LAZARA
ESCAREÑO
GONZALEZ
03/05/1905
2545
32-36-03-166196
ZACATECAS
TEOFILO
GARAY
FLORES
26/03/1904
2546
32-36-03-166538
ZACATECAS
MA GUADALUPE
GONZALEZ
ALMARAZ
26/10/1908
2547
32-36-03-167262
ZACATECAS
DANIEL
CASTRO
TORRES
19/01/1906
2548
32-36-03-172686
ZACATECAS
JUAN
IRENE
HURTADO
01/06/1901
2549
32-36-03-173616
ZACATECAS
MA CARMEN
GARCIA
PONCE
08/08/1904
2550
32-36-03-174435
ZACATECAS
MA MERCEDES
SANCHEZ
LOZANO
01/06/1901
2551
32-36-03-174922
ZACATECAS
MARIA ELENA
LANDEROS
CARRILLO
18/05/1901
2552
32-36-03-180868
ZACATECAS
ISIDRO
GONZALEZ
ORTIZ
23/04/1907
2553
32-36-03-183982
ZACATECAS
OCTAVIO
REVELES
MONTALVO
08/04/1909
2554
32-36-03-188752
ZACATECAS
CIRO
LOPEZ
VARELA
30/09/1908
2555
32-36-03-191251
ZACATECAS
MANUEL
AGUIRRE
PACHECO
23/06/1908
2556
32-36-03-192175
ZACATECAS
JESUS
SALDAÑA
TORRES
28/03/1905
2557
32-36-03-192951
ZACATECAS
RAMONA
LOPEZ
PEREZ
01/06/1902
2558
32-36-03-194778
ZACATECAS
RIGOBERTO
DORADO
LANDA
01/06/1902
2559
32-36-04-046361
ZACATECAS
CRESCENCIO
MUÑOZ
BARRIOS
24/04/1907
2560
32-36-04-053269
ZACATECAS
CONSUELO
VALDEZ
MERCADO
21/05/1906
2561
32-36-04-064686
ZACATECAS
VICENTA
RAMIREZ
FLORES
27/03/1902
54
(Primera Sección)
Folio
DIARIO OFICIAL
ESTADO
Viernes 3 de julio de 2009
NOMBRE
PATERNO
GUTIERREZ
MATERNO
GARCIA
FECHA
2562
32-36-04-081126
ZACATECAS
ISIDRA
12/05/1909
2563
32-36-04-107549
ZACATECAS
JULIA
BARBOZA
BARBOZA
17/07/1905
2564
32-36-04-108109
ZACATECAS
DIONICIO
CASTAÑEDA
VALADEZ
09/10/1905
2565
32-36-04-117777
ZACATECAS
JESUS
RUIZ
SILVA
17/11/1909
2566
32-36-04-120051
ZACATECAS
MARIA ISABEL
SILVA
CERROS
07/09/1908
2567
32-36-04-129675
ZACATECAS
PEDRO
RODRIGUEZ
GUERRERO
29/06/1909
2568
32-36-04-141131
ZACATECAS
MARIA
MORENO
MURILLO
28/08/1905
2569
32-36-04-142775
ZACATECAS
VIRGINIA
DE SANTIAGO
RODARTE
05/12/1904
2570
32-36-04-147288
ZACATECAS
MATEO
NAVEJAS
BAÑUELOS
14/05/1907
2571
32-36-04-148412
ZACATECAS
NORBERTA
MORENO
ZAMORANO
13/09/1906
2572
32-36-04-161337
ZACATECAS
EUSEBIA
RODRIGUEZ
CHAVEZ
30/09/1908
2573
32-36-04-161878
ZACATECAS
MARIA GUADALUPE
PINEDO
GARCIA
26/10/1909
2574
32-36-04-169596
ZACATECAS
AUSTREBERTA
MIRANDA
DOMINGUEZ
11/02/1908
2575
32-36-04-180825
ZACATECAS
MARIA ISABEL
RAMIREZ
RAMIREZ
11/02/1907
__________________________
FE de erratas al Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles
de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; y adiciona una fracción XVII al artículo 194 del Código
Federal de Procedimientos Penales, publicado el 9 de junio de 2009.
En la Primera Sección, página 23:
Dice:
Debe decir:
Apéndice Uno
Apéndice Uno
Listado Nacional
Listado Nacional
…
…
Grupo 2
Grupo 2
…
…
Grupo 2 B
Grupo 2 B
…
…
10 Cloruros de N,N-dialkil (metil, etil, propil (propilo 10 Cloruros de N,N-dialkil (metil, etil, propil (normal
normal o isopropil)) aminoetilo-2 y sales protonadas o isopropil)) aminoetilo-2 y sales protonadas
correspondientes
correspondientes
Apéndice Uno
Apéndice Uno
Listado Nacional
Listado Nacional
…
…
Grupo 2
Grupo 2
…
…
Grupo 2 B
Grupo 2 B
…
…
15 Etilfosfanato de dietilo (78-38-6)
15 Etilfosfonato de dietilo (78-38-6)
En la Primera Sección, página 24:
Dice:
Debe decir:
Apéndice Uno
Apéndice Uno
Listado Nacional
Listado Nacional
…
…
Grupo 4
Grupo 4
…
…
2 Floruro de Potasio (7789-23-3)
2 Fluoruro de Potasio (7789-23-3)
______________________________
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
55
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
ACUERDO por el que se desincorpora del régimen del dominio público de la Federación, la superficie de
1,832.93 metros cuadrados de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500
de boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, y
se autoriza su enajenación a título oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., con el objeto de que la
utilice para complemento del desarrollo turístico existente.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 32 Bis fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6
fracción IX, 11 fracción I, 28 fracción I, 84 fracción I, 88 párrafo primero, 95, 96, 101 fracción VI, 124 párrafo
segundo, 125 párrafo segundo, 143 fracción IV y 145 de la Ley General de Bienes Nacionales; 4, 5 fracción
XXV y 30 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que dentro de los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación se encuentra la
superficie de 1,832.93 m² de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de
Boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en el Estado de Quintana
Roo, la cual constituye una parte de la superficie de 5,034.26 m² que actualmente tiene en concesión la
sociedad Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., mediante título de concesión número DZF-279/92, expedido el
6 de marzo de 1992, por un término de 10 años, así como la prórroga con número de control 048/04 de fecha
3 de diciembre de 2004 y la modificación a las bases y condiciones de la citada concesión con número de
control 031/05 de fecha 14 de septiembre de 2005, para snak-bar, locales comerciales, sanitarios y juegos
infantiles, cuya descripción técnica topográfica se establece en el artículo primero del presente Acuerdo;
Que la superficie de 1,832.93 m² de terrenos ganados a la laguna mencionada en el considerando
precedente, se encuentra identificada en el plano con clave No. QRO-BJ-2008, de mayo 2008, elaborado por
Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V., el cual obra en el expediente 53/25207, soportado por la Opinión Técnica
número 2180/08 de 4 de septiembre de 2008, emitida por la Dirección de Delimitación Padrón e Instrumentos
Fiscales de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales;
Que Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., mediante escritos recibidos con fechas 12 de febrero de 1997,
19 de mayo de 1998 y 17 de agosto de 2001, solicitó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, por conducto de la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, la
desincorporación y enajenación a título oneroso de terrenos ganados a la Laguna, con el objeto de darle un
uso general, como complemento del desarrollo turístico existente;
Que en las mencionadas solicitudes se encuentran superficies distintas a la que actualmente se pretende
desincorporar debido a la variación topográfica de la superficie;
Que la solicitud de desincorporación fue formulada por el C. Reynaldo Peña Fernández, en su carácter de
Presidente del Consejo de Administración de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., acreditando tal
personalidad con escritura número 14,046 de fecha 9 de noviembre de 1993, otorgada ante la fe del
licenciado David R. Chapela Cota, Notario Público número 4 del Distrito de Cuautitlán, Estado de México, por
la que se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas del día 26 de febrero de 1993;
Que en virtud de que la superficie mencionada y que se pretende desincorporar, no se ha realizado obra
alguna, no se requiere evaluar el impacto ambiental, conforme a lo establecido en el artículo 5o., inciso Q
fracciones a y b del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en
Materia de Evaluación de Impacto Ambiental;
Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no ha encontrado elementos que hagan
previsible determinar que el inmueble, objeto del presente Acuerdo, sea susceptible de destinarse
preferentemente a la prestación de servicios públicos, por lo que ha determinado la conveniencia de llevar a
cabo la operación materia de este Acuerdo, en virtud del derecho de preferencia que tienen los particulares
para adquirir los terrenos ganados al mar que tengan concesionados, en los términos de la ley de la materia, y
Que toda vez que se ha integrado el expediente respectivo, con base en las disposiciones de la Ley
General de Bienes Nacionales y siendo propósito del Ejecutivo Federal dar al patrimonio inmobiliario federal el
óptimo aprovechamiento, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- Se desincorpora del régimen de dominio público de la Federación la superficie de
1,832.93 m² de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté, localizada en el kilómetro 19+500 de Boulevard
Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, en el Estado de Quintana Roo, y se
autoriza su enajenación a título oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V. con el objeto de que
la utilice para complemento del desarrollo turístico existente, cuya descripción técnico topográfica es la
siguiente:
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(Primera Sección)
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CUADRO DE COORDENADAS DE TERRENOS GANADOS A LA LAGUNA:
V
COORDENADAS
X
Y
33
522,493.8334
2,327,279.1977
34
522,507.0784
2,327,279.5448
35
522,509.1638
2,327,251.3051
36
522,511.3270
2,327,222.0109
37
522,512.5407
2,327,205.5762
38
522,514.1858
2,327,183.2984
39
522,515.7960
2,327,161.4940
40
522,517.6549
2,327,136.3216
18
522,503.7670
2,327,136.0670
19
522,503.8046
2,327,137.0220
20
522,503.0631
2,327,148.2296
21
522,501.1792
2,327,155.4759
22
522,499.2069
2,327,160.8153
23
522,503.9882
2,327,166.9319
24
522,506.0283
2,327,173.7541
25
522,506.7958
2,327,180.6026
26
522,506.3066
2,327,187.7464
27
522,503.3324
2,327,194.2599
28
522,499.5314
2,327,199.7178
29
522,493.7819
2,327,220.4533
30
522,494.7446
2,327,225.5167
31
522,497.3537
2,327,236.2654
32
522,497.9660
2,327,250.6621
33
522,493.8334
2,327,279.1977
SUPERFICIE TOTAL: 1,832.93 m²
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ejercerá, a nombre y representación de la
Federación, los actos correspondientes para llevar a cabo la enajenación que se autoriza.
ARTICULO SEGUNDO.- Si dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor del presente
instrumento jurídico no se hubiere protocolizado la enajenación a título oneroso que se autoriza, por causas
imputables a Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V., determinadas por la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, este Acuerdo quedará sin efectos, debiendo dicha dependencia notificar a dicha persona
y publicar en el Diario Oficial de la Federación un aviso en el que se dé a conocer esta circunstancia.
ARTICULO TERCERO.- La sociedad mercantil Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., queda obligada a
responsabilizarse por los daños y perjuicios que pudieran producirse a terceros, por defectos o falta de
estabilidad de las obras y construcciones que en un futuro realice en la superficie materia del presente
Acuerdo, liberando al Gobierno Federal de cualquier responsabilidad por este concepto. Esta prevención
deberá de insertarse en el título de propiedad que al efecto se expida.
ARTICULO CUARTO.- El precio del terreno, cuya enajenación se autoriza por el presente Acuerdo, no
podrá ser inferior al que para tal efecto determine el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes
Nacionales, en el dictamen respectivo, el cual deberá ser cubierto por Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V. en
una sola exhibición, recursos que deberán enterarse a la Tesorería de la Federación, en términos de las
disposiciones aplicables.
ARTICULO QUINTO.- Para la realización de obras que en un futuro realice Operadora Ya’lma’k’an S.A. de
C.V. en el terreno materia del presente Acuerdo, deberá obtener los permisos respectivos de las
dependencias competentes, cumpliendo los requisitos que al efecto establezcan la legislación federal, estatal
o las regulaciones municipales correspondientes.
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DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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ARTICULO SEXTO.- Los gastos, honorarios, impuestos y derechos que se originen con motivo de la
operación que se autoriza, serán cubiertos por Operadora Ya’lma’k’an S.A. de C.V.
ARTICULO SEPTIMO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales vigilará el estricto
cumplimiento del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dos días del mes de marzo de dos mil nueve.El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica.
ACUERDO mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral 6.11 Bis a la
Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones y métodos
de prueba.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento
en lo dispuesto por los artículos 12 y 32 Bis fracciones II, V y XLI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 8 fracción V de la Ley de Aguas Nacionales; 38 fracción II y 51 segundo párrafo de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización, y 5 fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el eje 2 numeral 2.12, relativo al sector hidráulico,
señala que en los años venideros México enfrentará los problemas derivados del crecimiento de la demanda,
y la sobreexplotación y escasez del agua, los cuales, de no atenderse, pueden imponer límites al desarrollo
económico y al bienestar social del país;
Asimismo el objetivo 10 del mismo eje, relativo a revertir el deterioro de los ecosistemas, a través de
acciones para preservar el agua, el suelo y la biodiversidad, establece que es necesario lograr un balance
entre las actividades productivas y la protección al ambiente, para continuar proporcionando los bienes y
servicios de manera continua y sostenible y dispone que los incentivos (jurídicos y económicos) que provea el
gobierno estarán alineados a la conservación del agua y los suelos;
Que para cumplir los objetivos antes descritos es necesario impulsar que la normatividad reconozca que
las propiedades de uso y empleo de los sanitarios son las que garantizan el ahorro de agua, finalidad
fundamental en la conservación del recurso hídrico, y no solamente las características descriptivas de
dichos productos;
Que la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario-Especificaciones
y métodos de prueba establece diversas especificaciones de diseño de estos productos con el fin de impulsar
el ahorro del recurso hídrico, pues los sanitarios consumen en algunas ocasiones hasta una tercera parte del
agua que se suministra en los hogares;
Que actualmente existen sanitarios que funcionan con una mínima cantidad del recurso hídrico, situación
que se debe reconocer en la Norma Oficial Mexicana otorgando una distinción especial por contribuir al ahorro
del recurso, por lo que resulta necesario establecer precisiones que permitan considerar todas las
tecnologías disponibles;
Que el artículo 35 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización dispone que cuando un producto o
servicio deba cumplir una determinada Norma Oficial Mexicana, sus similares a importarse también deberán
cumplir las especificaciones establecidas en dicha norma, para lo cual los productos a importarse deberán
contar con el certificado o autorización de la dependencia competente o de las personas acreditadas y
aprobadas por ésta;
Que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las Normas
Oficiales Mexicanas deben considerar como base las Normas Mexicanas y las Normas Internacionales por lo
que resulta conveniente que el muestreo de la Norma Oficial Mexicana que nos ocupa se realice conforme a
todas las normas que establecen metodologías para tal efecto;
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Que es importante precisar en la Norma Oficial Mexicana las autoridades que pueden intervenir en su
vigilancia pues si bien es cierto la facultad originaria de verificación de la Norma corresponde a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua, también lo es que,
tratándose de sanitarios de importación, la facultad de verificación también corresponderá a la Secretaría de
Hacienda, a través de la Administración General de Aduanas, en el momento de la importación y a la
Procuraduría Federal del Consumidor, en los puntos de venta;
Que la presente modificación se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 51 segundo párrafo
de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización pues no crea nuevas obligaciones a los particulares o
hace más estrictas las obligaciones existentes, ni tampoco crea o modifica trámites, ni reduce o restringe
derechos o prestaciones para los mismos;
Que en virtud de lo anterior la Comisión Nacional del Agua, previa la autorización del Comité Consultivo
Nacional de Normalización propuso la emisión del presente instrumento, avalando su contenido técnico y
jurídico, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICAN LOS NUMERALES 2, 7.1, 7.2 Y 10.1 Y SE
ADICIONA EL NUMERAL 6.11 BIS A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-009-CONAGUA-2001,
INODOROS PARA USO SANITARIO-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA
Artículo Primero. Se modifican los numerales 2, 6, 7.1, 7.2 y 10.1 de la Norma Oficial Mexicana
NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario.- Especificaciones y Métodos de prueba, para quedar
como sigue:
2. Campo de aplicación
2.1 Es aplicable a todos los inodoros que se produzcan, importen, comercialicen o instalen en el
territorio nacional.
2.2 No es aplicable a:
2.2.1 Los accesorios de los inodoros que no intervengan en el funcionamiento hidráulico.
2.2.2 Las letrinas;
2.2.3 Los sanitarios para vehículos;
2.2.4 Los sanitarios entrenadores;
7. Muestreo
7.1 Se realizará conforme a la Norma Mexicana NMX-Z-12/2-1973, "Muestreo para la Inspección por
Atributos-Parte 2: Métodos de Muestreo, Tablas y Gráficas" o la Norma ISO 2859.
7.2 En todos los casos las muestras deben ser regresadas a quien solicitó la certificación cuando proceda
y así lo solicite.
10.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana en el ámbito de sus respectivas
competencias será realizada por:
a) La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por conducto de la Comisión Nacional del
Agua, en los centros de producción;
b) La Procuraduría Federal de Protección al Consumidor en los Puntos de Venta;
c) La Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Administración General de Aduanas en los
puntos de ingreso al país;
Las violaciones a la misma se sancionarán en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización, Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, y demás disposiciones aplicables.
Artículo Segundo. Se adiciona una especificación 6.11 Bis al numeral 6 de la Norma Oficial Mexicana
NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitario.- Especificaciones y Métodos de prueba, para quedar
como sigue:
6. Especificaciones
6.1 a 6.11 …
6.11 Bis Se considerarán ecológicos los inodoros cuyo consumo de agua sea menor a 5 litros
por descarga;
TRANSITORIO
Unico. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil nueve.- El Secretario de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quesada.- Rúbrica.
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CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la
Comisión Nacional del Agua, el Estado de Sinaloa y la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado de
Sinaloa, con el objeto de impulsar el federalismo, mediante la conjunción de acciones y la descentralización de
programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO
DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, A TRAVES DE LA COMISION NACIONAL DEL
AGUA, EN LO SUCESIVO “COMISION”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Y
POR LA OTRA EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”,
REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESUS A. AGUILAR PADILLA,
ASISTIDO POR EL LIC. RAFAEL OCEGUERA RAMOS, LIC. QUIRINO ORDAZ COPPEL, ING. PABLO MORENO COTA,
LIC. LUIS ANTONIO CARDENAS FONSECA, EN SU CARACTER DE SECRETARIOS GENERAL DE GOBIERNO, DE
ADMINISTRACION Y FINANZAS, DE DESARROLLO SOCIAL Y SUSTENTABLE, Y DE LA CONTRALORIA Y
DESARROLLO ADMINISTRATIVO, RESPECTIVAMENTE, Y POR UNA ULTIMA PARTE LA COMISION ESTATAL DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO “CEAPAS”, REPRESENTADO POR SU VOCAL
EJECUTIVO, LIC. JOSE ROSARIO PEÑUELAS CASTRO, CON EL OBJETO DE IMPULSAR EL FEDERALISMO,
MEDIANTE LA CONJUNCION DE ACCIONES Y LA DESCENTRALIZACION DE PROGRAMAS DE AGUA POTABLE,
ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO A LA ENTIDAD Y FOMENTAR EL DESARROLLO REGIONAL, AL TENOR DE LOS
SIGUIENTES:
1.
2.
ANTECEDENTES
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, contiene los objetivos nacionales, ejes y estrategias que
regirán la actuación del Gobierno Federal durante la presente administración, en particular, el
objetivo nacional para asegurar la sustentabilidad ambiental mediante la participación responsable de
los mexicanos en la protección, preservación y aprovechamiento racional de la riqueza natural.
Derivado de este, el eje “Sustentabilidad Ambiental”, refiere a la administración eficiente y racional de
los recursos naturales, de manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin
comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras, donde uno de los principales retos que
enfrenta la nación es incluir al medio ambiente como uno de los elementos de la competitividad y el
desarrollo económico y social, incrementando tanto la cobertura de servicios de agua potable
y saneamiento, así como un manejo integral y sustentable del agua.
Para la consecución de los objetivos se requiere tener una estrategia integral de manejo sustentable
del recurso que considere tanto la atención a los usos consuntivos del agua, como el mantenimiento
de los ecosistemas, en un marco de participación social y de administración equitativa con la
cooperación entre los diferentes órdenes de gobierno, que también, incentive una cultura del agua
que privilegie el ahorro y uso racional de la misma en el ámbito doméstico, industrial y agrícola, así
como el de maximizar su tratamiento y reciclaje.
En ese sentido, al incrementar la cobertura de los servicios de agua potable y saneamiento, a través
de la promoción de la infraestructura necesaria, la incentivación de una cultura del agua y la
promoción de tecnologías más efectivas y eficientes. Se busca primeramente asegurar el abasto de
agua potable a las comunidades que aún no reciben el servicio, así como tomar las medidas de
prevención que aseguren la regularidad en aquellas que ya cuentan con el mismo.
En segundo lugar, la revisión y actualización de la reglamentación sobre su uso y aprovechamiento, y
tercero buscando mejorar en todos los ámbitos, de manera sustentable, la eficiencia en el uso del
agua, con el desarrollo e implementación de sistemas para la captación, tratamiento del agua de
lluvias y reinyección a mantos acuíferos, de tal forma que se incremente la oferta de este tipo de
agua. Por lo que la instalación y modernización de las plantas de tratamiento y su operación
permanente será una tarea importante en todas las regiones de la República Mexicana.
El Programa Nacional Hídrico 2007–2012, integra los planes hídricos por cuencas a nivel nacional,
en los cuales se definen la disponibilidad, el uso y aprovechamiento del recurso, así como las
estrategias, prioridades y políticas, para lograr el equilibrio del desarrollo regional sustentable
y avanzar en la gestión integrada de los recursos hídricos, mismos que responden a los objetivos y
estrategias establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
De esa forma, dentro de los objetivos rectores del sector hidráulico, se establece: Incrementar el
acceso y calidad de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, mediante las
estrategias relacionadas con el fortalecimiento y desarrollo técnico del sector, así como la
autosuficiencia financiera de los organismos operadores; tratamiento de aguas residuales, su reuso e
intercambio; la inducción al sostenimiento de los servicios, mediante el incremento en la cobertura de
agua potable y alcantarillado tanto en el medio urbano como en el rural y; lograr mejorar la calidad
del agua suministrada a las poblaciones del país.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
3.
La “COMISION” fungirá en este Convenio, con las atribuciones que tiene respecto de las aguas
nacionales, conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
por la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento. Entre las facultades que le son propias a la
“COMISION” las de ejercer las atribuciones que le correspondan en materia hídrica y constituirse
como Organo Superior con carácter Técnico, Normativo y Consultivo de la Federación, en materia de
gestión integrada de los recursos hídricos.
Asimismo, el de promover en el ámbito nacional el uso eficiente del agua y su conservación en todas
las fases del ciclo hidrológico, e impulsar el desarrollo de una cultura del agua que considera a este
elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental, y que contribuya a
lograr la gestión integrada de los recursos hídricos.
De igual forma la “COMISION” bajo el principio que sustenta la política hídrica nacional, el agua es
un bien de dominio público federal, vital, económico, ambiental y finito, cuya preservación en
cantidad y calidad y sustentabilidad es tarea fundamental del Estado y de la sociedad, así como de
prioridad y de seguridad nacional.
4.
La “COMISION” concertará con los usuarios en el ámbito de los Consejos de Cuenca de los Ríos
Fuerte y Sinaloa; Ríos Mocorito al Quelite; Ríos Presidio al San Pedro, las posibles limitaciones
temporales a los derechos existentes para enfrentar situaciones de emergencia, escasez extrema,
sobreexplotación o reserva. En estos casos tendrá prioridad el uso doméstico. En este contexto los
Consejos de Cuenca apoyarán las acciones que se acuerden en el presente instrumento.
5.
El proceso de descentralización de los programas y acciones, consiste en que “EL ESTADO”
y usuarios ejecuten aquéllas siempre y cuando no invadan la competencia de la autoridad federal en
materia de aguas nacionales.
6.
Por lo anterior, se requiere la celebración del presente Convenio de Coordinación, a fin de continuar
actuando en forma conjunta y coordinada, para avanzar con mayor celeridad en el mejoramiento de
las condiciones ecológicas, sanitarias y de aprovechamiento del agua y prestar pronta atención a las
demandas de la población.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26, 27, 40 y 42 fracción I, 43, 115 fracción III a) y
116 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 y 32 bis de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 2, 4, 6, 23, 39, 54, 74, 75
fracciones I, II, III, IV, VII y X, 77, 79, 106, y 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; 1, 21, 61 fracción III inciso c), 64, 65, 66, 85, 170, 171, 174, 175, 176, 180, 181, 223 y 285 de su
Reglamento; 1, 2, 4, 5, 9 párrafos primero y segundo letra “b”, fracciones I, X, XIII, XIV, XVII, XXVI y LIV, 12,
15, 16, 44, 45, 46, 85, 86, 87 y 101 de la Ley de Aguas Nacionales; 14, 22, 23, 25, 76, 133, 134, 152 y 158 de
su Reglamento; 1, 3, 6, 9, 18, 25, 26, 28, 41 y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público; 1, 3, 4, 7, 10, 24, 26, 27, 28, 30, 42 y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas; 191 de la Ley Federal de Derechos; 1o. y 2o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental; 1, 3, 9 y 27 de su Reglamento; 69, 70, y 71 de la Ley General de
Desarrollo Social; 1, 6, 7, 8, 9 fracción I, 11 letra A fracciones IV y X, 13 fracción III inciso f) y XXVII, 14 y 36
del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30
de noviembre de 2006; Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua
Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua vigentes; 55, 65 fracciones
XXIII Bis y XXIV, 66, 69 y 72 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, 1, 2, 3, 6, 7, 8, 11 y 21 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 36, 37, 38 y 39 de la Ley de Planeación del Estado; 6,
10, y 11 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado; 1, 3, 7, 11 y 21 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Estatal de Sinaloa; 1o., 15, fracciones I, II, III y X; 17, 18, 19 y 26 del Reglamento
Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; y demás disposiciones aplicables, las partes
otorgan las siguientes:
CLAUSULAS
CAPITULO PRIMERO
DEL FEDERALISMO Y LA DESCENTRALIZACION DE PROGRAMAS
PARA EL DESARROLLO HIDRAULICO
PRIMERA.- La “COMISION” y “EL ESTADO” acuerdan impulsar el federalismo, mediante la conjunción de
acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento a la entidad
y fomentar el desarrollo regional.
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SEGUNDA.- Los programas y acciones a los que se refiere este Convenio se ejecutarán por
“EL ESTADO”, con la participación que en su caso corresponda a los municipios, organismos operadores y
usuarios; o de ser el caso directamente por los Municipios y/o los Organismos Operadores, cuando éstos
soliciten ser las instancias ejecutoras, sin menoscabo de que la “COMISION” participe, cuando las instancias
responsables de la prestación de los servicios lo requieran y lo soliciten.
Por su parte, “EL ESTADO” únicamente podrá realizar aquellas funciones y acciones que resulten
necesarias para la ejecución de los programas materia del presente Convenio de Coordinación y que no sean
competencia, atribución o acto de autoridad de la “COMISION”, previstas en la Ley de Aguas Nacionales y sus
Reglamentos, o bien expresamente de alguna otra dependencia gubernamental.
TERCERA.- “EL ESTADO” como integrante del Consejo de Cuenca de los Ríos Fuerte y Sinaloa; Ríos
Mocorito al Quelite; Ríos Presidio al San Pedro, dará a éste la participación que corresponda en los
programas y las acciones que ejecutará, por virtud del presente documento.
CAPITULO SEGUNDO
DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES QUE SE ASIGNARAN A “EL ESTADO”
CUARTA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación, la “COMISION”
aportará los recursos federales correspondientes, dichos recursos serán aplicados por “EL ESTADO”
mediante la suscripción de Anexos de Ejecución y Técnicos derivados del presente instrumento, previa
autorización respectiva y con sujeción a la disponibilidad presupuestal correspondiente. En la aplicación de los
recursos, “EL ESTADO”, podrá determinar la distribución para cada programa conforme se establezca en los
Anexos de Ejecución y Técnicos respectivos y para la aplicación de los recursos de los programas, se estará
a lo previsto en las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua
Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua vigentes.
Asimismo, los recursos federales que se aporten son subsidios que otorga el Gobierno Federal y por lo
tanto no pierden su carácter federal y su ejercicio se regirá bajo la legislación federal aplicable en la materia y,
en consecuencia son sujetos de las acciones de control, vigilancia y evaluación por parte de las instancias
federales y estatales facultadas para tal efecto, independientemente de que los recursos sean ejercidos por
servidores públicos, estatales o municipales. La “COMISION” llevará a cabo las gestiones conducentes para
que, en su caso, sean asignados a “EL ESTADO” los recursos presupuestales para cada ejercicio fiscal
durante la vigencia del presente instrumento, para la ejecución de los programas contenidos en este
Convenio. Dichos recursos estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal respectiva y a las autorizaciones
presupuestales correspondientes.
Para impulsar un mejor desarrollo de los programas a que se refiere el presente Convenio, “EL ESTADO”
se compromete a aportar recursos presupuestales a los programas materia del presente Convenio, durante la
vigencia del mismo.
CAPITULO TERCERO
DE LAS ACCIONES Y LOS PROGRAMAS
QUINTA.- Programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del
Agua.
I.- AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN ZONAS URBANAS.
La aplicación de los recursos federales asignados al programa, se destinarán a acciones para el
mejoramiento de la eficiencia física comercial y financiera; a la ampliación de la cobertura de los
servicios de agua potable y alcantarillado; así como al desarrollo de infraestructura de saneamiento
que contribuya a mejorar las condiciones del medio ambiente, preferentemente en aquellas acciones
que aminoren la contaminación de los cuerpos receptores, el programa opera mediante el esquema
de financiamiento de mezcla de recursos, en localidades en zonas urbanas mayores a 2,500
habitantes en los siguientes componentes:
a) Mejoramiento de la eficiencia mediante el Desarrollo Institucional, que implica el incremento en
su recaudación y abatimiento de costos y acciones de mejoramiento de la infraestructura
existente que dé continuidad a los servicios.
b) Infraestructura de agua potable, que comprende la construcción de infraestructura nueva para la
ampliación de los servicios de agua potable, como obras de captación subterráneas
y/o superficiales, líneas de conducción, plantas de bombeo, tanques de regulación y/o
almacenamiento, redes de distribución, macro y micro medición.
c) Plantas Potabilizadoras, que comprende la construcción de infraestructura para la potabilización
del agua.
d) Saneamiento, que comprende la construcción de infraestructura nueva para la recolección,
conducción, tratamiento y disposición de las aguas residuales generadas en los centros urbanos.
Incluye también la recolección, tratamiento y disposición de los lodos producidos durante el
proceso de tratamiento.
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Viernes 3 de julio de 2009
e)
Estudios y Proyectos, que comprende todos los estudios técnicos básicos, de planeación
e ingeniería de detalle para el desarrollo y eficientización de la infraestructura de agua potable y
saneamiento.
f)
Drenaje pluvial urbano, que comprende los estudios, proyectos, construcción y/o ampliación de
la infraestructura necesaria, para la recolección, conducción y desalojo de agua de precipitación
pluvial en centros urbanos.
II.- CONSTRUCCION Y REHABILITACION DE SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN
ZONAS RURALES.
Los recursos asignados al programa se destinarán a:
Responder a las necesidades de la población rural en México sin sustituir a “EL ESTADO” y al
Municipio en sus responsabilidades constitucionales; por tanto, para su adecuada operación se
requiere de una relación estrecha entre los tres órdenes de gobierno, y con la participación de las
comunidades rurales para alcanzar la sostenibilidad de los servicios. El programa opera mediante el
esquema de financiamiento de mezcla de recursos, y dirige sus acciones a localidades rurales con
población menor o igual a 2,500 habitantes, en los siguientes componentes:
a)
Desarrollo Institucional.- Su objetivo principal es apoyar al área de atención al medio rural de las
instancias estatales y, en su caso las municipales.
b)
Atención Social y Participación Comunitaria.- Tiene como objetivo promover la participación
social en la planeación, desarrollo y operación de la infraestructura.
c)
Infraestructura.- A través de este componente, se apoya a los estudios de factibilidad y
ejecutivos, la supervisión técnica y normativa, el diseño, construcción, ampliación y desarrollo de
proyectos piloto para agua potable, alcantarillado y saneamiento; en casos plenamente
justificados, rehabilitación de obras de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que
respondan a la solicitud de las comunidades.
III.- FONDO CONCURSABLE PARA TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
La aplicación de los recursos federales asignados al programa, se destinarán a apoyar acciones de:
a)
Infraestructura de Tratamiento de Aguas Residuales.- Entre las que se podrán contemplar las de
diseñar, construir, ampliar, y rehabilitar plantas de tratamiento de aguas residuales, para
incrementar el volumen tratado o mejorar sus procesos de tratamiento.
b)
Para la Operación y Mantenimiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales,
mediante las cuales se busca apoyar a los organismos operadores para que las aguas
residuales tratadas cumplan con la norma oficial aplicable.
Serán sujetos de apoyo aquellos organismos operadores con deficiencias en su cobertura de
tratamiento de aguas residuales y/o en la operación y mantenimiento de la infraestructura para su
tratamiento.
IV.- AGUA LIMPIA
Las acciones del Programa Agua Limpia comprenden:
a)
Apoyar a las autoridades municipales, organismos y sistemas que proporcionen los servicios de
agua potable, alcantarillado y saneamiento, con asistencia técnica en la operación y ejecución
del programa, así como con recursos financieros para la desinfección del agua que se suministra
a la población para uso y consumo.
b)
Instrumentar acciones encaminadas a la cloración, desinfección y saneamiento de fuentes de
abastecimiento de agua para uso y consumo humano, la operación, instalación, reposición y
rehabilitación de equipos de desinfección, la adquisición de refacciones, insumos desinfectantes
y comparadores de cloro residual libre entre otros parámetros, así como la capacitación
y adiestramiento en la desinfección del agua.
c)
Difundir y aplicar el programa incluyendo el monitoreo de cloro residual libre y bacteriológico, así
como las medidas para evitar la contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua con su
protección física y sanitaria, que permita la prevención y disminución de enfermedades de origen
hídrico.
SEXTA.- Conforme se avance en la aplicación de los programas a ejecutar por “EL ESTADO” y/o
instancias ejecutoras responsables municipio y/o organismo operador, se evaluará conjuntamente con la
“COMISION” la factibilidad de una o varias etapas posteriores y sucesivas, con la salvedad de aquellas
funciones y programas que impliquen el ejercicio indelegable del principio de autoridad del agua. Ello requerirá
de un análisis que permita precisar aquéllas que, en su caso, pudieran ser descentralizadas.
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(Primera Sección)
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CAPITULO CUARTO
DE LA REORGANIZACION DEL SECTOR HIDRAULICO ESTATAL
SEPTIMA.- “EL ESTADO” y/o instancias ejecutoras responsables, municipio, y/o organismo operador,
promoverá las reformas legales a sus ordenamientos que resulten procedentes en materia hídrica y
adecuaciones que sean necesarias para cumplir con la normatividad, políticas, lineamientos y metas de los
programas que ejecutará en virtud del presente Convenio.
CAPITULO QUINTO
DE LA SUPERVISION DE LOS PROGRAMAS
OCTAVA.- Las acciones de control, vigilancia, evaluación, información y documentación de los recursos
federales a que se refiere el presente instrumento, corresponderá a la “COMISION”, a las secretarías de
Hacienda y Crédito Público “SHCP” y de la Función Pública “SFP”, así como a la Auditoría Superior de la
Federación, conforme a las atribuciones que les confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria y demás disposiciones aplicables, sin perjuicio de las acciones de vigilancia, control y evaluación
que, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública, realice la Secretaría de la Contraloría
y Desarrollo Administrativo del Gobierno del Estado.
NOVENA.- Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente instrumento, La “COMISION”
y “EL ESTADO”, se comprometen a revisar periódicamente su contenido, así como adoptar las medidas
necesarias para establecer el enlace y la comunicación requerida para dar el debido seguimiento a los
compromisos asumidos.
Las partes convienen en que la “SFP” podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de los
compromisos a cargo de “EL ESTADO” en los términos del presente instrumento.
DECIMA.- La “COMISION” y “EL ESTADO” convienen en destinar el 2 al millar del monto total de los
recursos aportados, a favor de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno del
Estado, para que ésta realice la vigilancia, inspección control y evaluación sobre las acciones y obras públicas
ejecutadas por administración directa con dichos recursos, quien los ejercerá conforme a los lineamientos que
determine la “SFP”. La ministración de dichos recursos se hará proporcionalmente, conforme al calendario
programado para cada ejercicio fiscal. Esto significa que del total de recursos que se aporten, se restará el 2
al millar para este concepto y la diferencia se aplicará a las acciones que se detallan en los Anexos Técnicos
correspondientes, o bien se tomen de los intereses financieros de las cuentas bancarias aperturadas
específicamente para tal efecto. Para el caso de obras públicas ejecutadas por contrato, aplicará lo dispuesto
en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos.
CAPITULO SEXTO
CONTRALORIA SOCIAL
DECIMA PRIMERA.- La “COMISION” promoverá la implantación de un esquema de contraloría social en
los programas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a su cargo, con la finalidad de que los
beneficiarios de los mismos, a través de los comités que para el efecto se constituyan, lleven a cabo la
verificación del cumplimiento de las metas establecidas y la correcta aplicación de los recursos públicos
asignados a dichos programas.
DECIMA SEGUNDA.- Para la ejecución del esquema de contraloría social, La “COMISION” proporcionará
a “EL ESTADO” una Guía Operativa en donde se establecerán las actividades a realizar y los compromisos
que asumen ambas partes, así como el programa de trabajo anual.
CAPITULO SEPTIMO
ESTIPULACIONES GENERALES
DECIMA TERCERA.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Coordinación,
“EL ESTADO” se compromete a:
I.-
Aplicar la normatividad, lineamientos, mecanismos, guías operativas, manuales de procedimientos y
Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, que emita la “COMISION”,
para el correcto ejercicio de los programas.
II.-
Promover la participación de los municipios, organismos operadores y/o beneficiarios en la
realización de las acciones acordadas.
III.- Impulsar técnica y financieramente, cuando en el ámbito de su competencia le corresponda, las
acciones de saneamiento y mantener la operación eficiente de las plantas de tratamiento de aguas
residuales en “EL ESTADO”, a través de la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado del
Estado y de los Organismos Operadores de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento en un marco
de realismo financiero y la aplicación del principio de que quien contamina el agua paga por el
saneamiento de sus descargas.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
IV.
Remitir a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Gobierno del Estado, copia
certificada del presente Convenio de Coordinación, en cuanto se concluya el proceso de su
suscripción.
DECIMA CUARTA.- Para la ejecución de los programas materia de este instrumento, la “COMISION”
elaborará las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagrícola, y de Agua Potable,
Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, con base en lo que se establezca en
el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente y en la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
DECIMA QUINTA.- “EL ESTADO” y la “COMISION” en los términos de la CLAUSULA SEGUNDA,
acuerdan participar en la planeación, ejecución, seguimiento y control de las acciones objeto del presente
instrumento por conducto de la Comisión de Regulación y Seguimiento que para tal efecto constituyan ambas
partes, dentro de los treinta días posteriores a la firma del presente Convenio.
DECIMA SEXTA.- La Comisión de Regulación y Seguimiento estará integrada por un Presidente que será
el representante de “EL ESTADO” quien tiene voto de calidad, un Secretario Ejecutivo que será el Director
General del Organismo de Cuenca Pacífico Norte, tres representantes de nivel mando medio superior del
Ejecutivo del Estado y un responsable por cada programa de la “COMISION”, quienes fungirán como vocales.
Esta Comisión tendrá además la función de dar seguimiento y evaluar el contenido del presente
instrumento y una vez cumplido a satisfacción de ambas partes, se precisarán los alcances, contenido y
prioridad de los programas de las siguientes etapas.
DECIMA SEPTIMA.- Los Anexos de Ejecución y Técnicos referidos en la CLAUSULA CUARTA, firmados
por las partes, serán parte integrante del presente instrumento.
DECIMA OCTAVA.- Las partes manifiestan su conformidad para que en caso de duda sobre la
interpretación del presente Convenio de Coordinación, aceptan resolverlo de común acuerdo, en caso
contrario, se someterán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes de la Ciudad de México,
Distrito Federal, renunciando al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
DECIMA NOVENA.- Es voluntad de las partes dar por terminado el Convenio de Coordinación suscrito por
la “COMISION” y “EL ESTADO” de fecha 7 de mayo de 2007, sin embargo los Anexos de Ejecución y
Técnicos de los programas a que hace referencia la CLAUSULA QUINTA del Convenio de Coordinación que
se deja sin efecto y que se hayan suscrito con anterioridad a la vigencia del presente instrumento formarán
parte integrante del mismo, por lo tanto le son aplicables en todo lo conducente las disposiciones legales
federales aplicables, mismos que tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009.
VIGESIMA.- Los Convenios de Coordinación o Anexos de Ejecución y Técnicos del Programa Fondo
Concursable para Tratamiento de Aguas Residuales, que hayan sido suscritos con anterioridad a la firma del
presente instrumento y que continúen vigentes, formarán parte integrante de este instrumento, por lo tanto en
todo lo conducente les son aplicables las disposiciones legales en la materia y tendrán una vigencia hasta el
31 de diciembre de 2009.
VIGESIMA PRIMERA.- El presente Convenio de Coordinación tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre
de 2012.
VIGESIMA SEGUNDA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor el día de su firma y podrá
ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo por las partes. Las modificaciones o adiciones
deberán constar por escrito y surtirán efecto a partir de su suscripción.
VIGESIMA TERCERA.- Este instrumento se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en el
Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, así como en la página de Internet de la “COMISION”, dirección
www.conagua.gob.mx, una vez concluido el proceso de su suscripción.
Leído que fue y debidamente enteradas del alcance y contenido legal de sus cláusulas, las partes firman al
margen y al calce de conformidad y por triplicado el presente Convenio de Coordinación en la ciudad de
Culiacán Rosales, Sinaloa, a los trece días del mes de febrero de dos mil nueve.- Por el Ejecutivo Federal: el
Director General de la Comisión Nacional del Agua, José Luis Luege Tamargo.- Rúbrica.- El Presente
Instrumento fue revisado en sus aspectos legales por la Subdirección General Jurídica: el Subdirector General
Jurídico, Jesús Becerra Pedrote.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo Estatal: el Gobernador Constitucional, Jesús A.
Aguilar Padilla.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Rafael Oceguera Ramos.- Rúbrica.El Secretario de Administración y Finanzas, Quirino Ordaz Coppel.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo
Social y Sustentable, Pablo Moreno Cota.- Rúbrica.- El Secretario de la Contraloría y Desarrollo
Administrativo, Luis Antonio Cárdenas Fonseca.- Rúbrica.- Por CEAPAS: el Vocal Ejecutivo, José Rosario
Peñuelas Castro.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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SECRETARIA DE ECONOMIA
DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-B-072-CANACERO-2008.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.
DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-B-072-CANACERO-2008 INDUSTRIA
SIDERURGICA-VARILLA CORRUGADA DE ACERO, GRADO 60, LAMINADA EN FRIO PARA REFUERZO DE
CONCRETO-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. (CANCELA A LA NMX-B-072-1986).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta
Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos,
expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido
elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo
nacional de normalización denominado Cámara Nacional de la Industria de Hierro y del Acero (CANACERO)
lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de las normas que se indican pueden ser adquiridos en la sede de dicho organismo ubicado
en Amores 338, colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, código postal 03199, México, D.F. o consultado
gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de
Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código
postal 53950, Estado de México.
La presente Norma entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de
vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CODIGO
NMX-B-072-CANACERO-2008
TITULO DE LA NORMA
INDUSTRIA SIDERURGICA-VARILLA CORRUGADA DE ACERO, GRADO
60, LAMINADA EN FRIO PARA REFUERZO DE CONCRETOESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. (CANCELA A LA
NMX-B-072-1986)
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana es aplicable para varilla de fabricación nacional o de importación procedentes de
alambrón de acero al carbono, laminado en caliente, la cual se usa para refuerzo de concreto hidráulico,
como tal o en forma de armaduras (mallas o castillos electrosoldados o con amarre, etc.).
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana no concuerda con ninguna norma internacional por no existir referencia en el
momento de su elaboración.
México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.
DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-054-ANCE-2009, NMX-J-061-ANCE-2009,
NMX-J-449-ANCE-2009, NMX-J-565/11-5-ANCE-2009, NMX-J-610/3-6-ANCE-2009 y NMX-J-610/4-1-ANCE-2009.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.
DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-054-ANCE-2009; NMX-J-061-ANCE-2009;
NMX-J-449-ANCE-2009; NMX-J-565/11-5-ANCE-2009; NMX-J-610/3-6-ANCE-2009; NMX-J-610/4-1-ANCE-2009.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
51-A, 54 y 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta
Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos,
expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido
elaborada, aprobada y publicada como proyecto de norma mexicana bajo la responsabilidad del organismo
nacional de normalización denominado Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE) lo que se
hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto
completo de las normas que se indican pueden ser adquiridos en la sede de dicho organismo ubicado en
avenida Lázaro Cárdenas número 869, colonia Nueva Industrial Vallejo, Delegación Gustavo A. Madero,
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
código postal 07700, México, D.F. o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de
Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco,
Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México.
Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria
de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
CLAVE O CODIGO
TITULO DE LA NORMA
NMX-J-054-ANCE-2009
CONDUCTORES-ALAMBRES Y CABLES AISLADOS CON POLIETILENO,
PARA
INSTALACIONES
TIPO
INTEMPERIE-ESPECIFICACIONES
(CANCELA A LA NMX-J-054-ANCE-2003)
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones para los conductores (alambres y cables) aislados
con polietileno de alta densidad para instalaciones tipo intemperie, donde los cables pueden estar en
contacto con ramas de árboles y a una temperatura máxima de operación en el conductor de 75 ºC.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC 60228 “Conductors of
insulated cables”. Edición 3.0 (2004-11)
La presente Norma no es una adopción de la Norma Internacional que se menciona anteriormente, esto se
debe a lo siguiente:
a) Las especificaciones referentes al área de la sección transversal de los conductores se encuentran de
acuerdo con lo que se indica en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-063-SCFI y NOM-001-SEDE.
b) Los parámetros que se especifican en esta Norma Mexicana referente a los conductores, toman como
base la NOM-063-SCFI.
NMX-J-061-ANCE-2009
CONDUCTORES-CABLES MULTICONDUCTORES PARA DISTRIBUCION
AEREA O SUBTERRANEA A BAJA TENSION-ESPECIFICACIONES
(CANCELA A LA NMX-J-061-ANCE-2004)
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones de los conductores múltiples para distribución aérea o
subterránea, que se utilizan en circuitos hasta 600 V, a una temperatura máxima de operación de 75 °C o
90 °C.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente con las Normas Internacionales IEC 60228 “Conductor of insulated
cables”, para conductores desnudos e IEC 60245-1 “Rubber insulated cables-Rated voltajes up to and
including 450/750 V-Part 1: General requirements” para conductores aislados.
La presente Norma no es una adopción de las Normas Internacionales que se mencionan anteriormente,
esto se debe a lo siguiente:
Las especificaciones que se indican en este documento corresponden con lo que se establece en las
Normas Oficiales Mexicanas NOM-063-SCFI y NOM-001-SEDE en cumplimiento con lo que en ellas se
establece y con el fin de que los conductores sean compatibles para las instalaciones en las que se utiliza.
NMX-J-449-ANCE-2009
CONDUCTORES-DETERMINACION DE LA ADHERENCIA, FLEXIBILIDAD Y
RECUBRIMIENTO DEL AISLAMIENTO PARA ALAMBRE MAGNETO
REDONDO, RECTANGULAR O CUADRADO-METODO DE PRUEBA
(CANCELA A LA NMX-J-449-ANCE-2003)
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece el método de prueba para determinar la adherencia, flexibilidad y
recubrimiento del aislamiento para alambre magneto redondo, rectangular o cuadrado.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana coincide con el método de prueba 5 de la Norma Internacional IEC-60851-3
Winding wires-Test methods-Part 3: Mechanical properties. Edición 2.1 (1997-12), en lo general de la
metodología para determinar la adherencia y flexibilidad del alambre magneto y difiere en lo siguiente:
La Norma Mexicana establece valores de alargamiento y amplificaciones de visión para evaluar la
adherencia y flexibilidad del esmalte en función de un intervalo específico de los diferentes diámetros del
alambre magneto, en tanto la Norma Internacional evalúa la adherencia y flexibilidad sin definir intervalos
específicos, el motivo por el cual la Norma Mexicana establece un mayor número de intervalos es para
garantizar el uso seguro del alambre magneto una vez instalado en los equipos a los que se destina, tales
como bobinas, relevadores, balastros, transformadores, motores, máquinas de soldar, entre otros; los
cuales requieren características específicas en las propiedades del esmalte de los alambres.
Por la anterior, esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con la Norma Internacional IEC-60851-3
Winding wires-Test methods. Part 3: Mechanical properties. Edición 2.1 (1997-12).
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
NMX-J-565/11-5-ANCE-2009
(Primera Sección)
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PRUEBAS DE RIESGO DE INCENDIO PARTE 11-5: FLAMAS DE PRUEBAMETODO DE PRUEBA DE FLAMA DE AGUJA-APARATO, DISPOSITIVO DE
PRUEBA DE VERIFICACION Y GUIA.
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana especifica una prueba de flama de aguja para simular el efecto de una flama
pequeña que pueda resultar de condiciones de falla, para determinar por una técnica de simulación el
riesgo de incendio.
Es aplicable al equipo electrotécnico, a sus sub-ensambles y componentes y a los materiales aislantes
eléctricos sólidos o a otros materiales combustibles.
Concordancia con normas internacionales
La presente Norma Mexicana toma como base la Norma Internacional IEC 60695-11-5: Fire hazard testingPart 11-5: Test flames-Needle-flame test method-Apparatus, confirmatory test arrangement and guidance
1.0 (2004-12) y ha sido adecuada a las necesidades del país para lograr el objetivo deseado de seguridad,
incorporando las notas nacionales que se indican al inicio de esta norma, como resultado de lo siguiente:
a) Se reemplaza la referencia a la norma ISO 4046-4 por el texto del párrafo 5.4, en donde se indican los
datos del papel tisú de prueba que se indican en la Norma Internacional.
b) Para el material de la barra de cobre se reemplaza la referencia a la Norma ASTM B 187 por el Cobre
electrolítico de alta conductividad que se utiliza en México, debido a que este tipo de cobre tiene
características equivalentes al Cu-ETP UNS C11000 de la Norma ASTM.
Dadas las adecuaciones anteriores y puesto que se obtienen resultados equivalentes, esta Norma
Mexicana es equivalente (IDT) con la Norma Internacional IEC 60695-11-5 (2004-12).
NMX-J-610/3-6-ANCE-2009
COMPATIBILIDAD
ELECTROMAGNETICA
(EMC)-PARTE
3-6:
EVALUACION DE LIMITES DE DISTORSION ARMONICA PARA LA
CONEXION DE INSTALACIONES ELECTRICAS A SISTEMAS ELECTRICOS
EN MT, AT Y EAT
Campo de aplicación
Esta Norma Mexicana, establece una guía con los lineamientos y principios a utilizarse para determinar y
evaluar los límites de distorsión armónica para la conexión de instalaciones eléctricas al sistema eléctrico
nacional en MT, AT y EAT a 60 Hz. Para los propósitos de esta norma, una instalación eléctrica significa
cualquier instalación eléctrica que inyecta armónicas y/o interarmónicas, la cual puede ser una carga o
unidad de generación. El objetivo principal es proporcionar una guía para las compañías suministradoras
respecto de las prácticas de ingeniería que facilitan las previsiones de una adecuada calidad de servicio
para todos los clientes que se conectan a una misma red de suministro de energía eléctrica.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana es no equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir ésta última
al momento de elaborar la presente Norma Mexicana.
NMX-J-610/4-1-ANCE-2009
COMPATIBILIDAD ELECTROMAGNETICA (EMC)-PARTE 4-1: TECNICAS
DE PRUEBA Y MEDICION-GUIA PARA LA SELECCION DE PRUEBAS DE
INMUNIDAD RADIADA Y CONDUCIDA DE LA SERIE DE NORMAS
NMX-J-610/4-ANCE
Campo de aplicación
La presente Norma Mexicana es una guía de selección de las normas de inmunidad de compatibilidad
electromagnética de la serie NMX-J-610/4-ANCE, que tratan las técnicas de prueba y medición, para los
comités de producto, usuarios y fabricantes de equipos eléctricos, así como para proveer recomendaciones
generales concernientes a la selección de las pruebas aplicables.
Esta parte de la serie NMX-J-610/4-ANCE es una guía de selección de las normas de inmunidad de
compatibilidad electromagnética para equipo eléctrico (aparatos y sistemas) en su ambiente
electromagnético.
Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Mexicana es equivalente (IDT) con la Norma Internacional IEC 61000-4-1 (2000-04),
Electromagnetic Compatibility (EMC)-Part 4-1: Testing and measurement techniques-Overview of IEC
61000-4 series.
México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
AVISO de consulta pública de los proyectos de normas mexicanas PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-4308-2-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009 y PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.
AVISO DE CONSULTA PUBLICA DE LOS PROYECTOS DE NORMAS MEXICANAS, PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009,
GRUAS-CLASIFICACION-PARTE
5:
GRUAS
PUENTE
Y
PORTICO;
PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009,
GRUAS-EVALUACION DE LA CARGA DEL VIENTO; PROY NMX-GR-4308-2-IMNC-2009, GRUAS Y DISPOSITIVOS DE
ELEVACION-SELECCION
DE
CABLES-PARTE
2:
GRUAS
MOVILES-COEFICIENTE
DE
UTILIZACION;
PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009, DISPOSITIVOS DE ELEVACION-CONTROLES-DISEÑO Y CARACTERISTICASPARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES; PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, GRUAS-CONTROLES-DISTRIBUCION Y
CARACTERISTICAS-PARTE 3-GRUAS TORRE; PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009, GRUAS-CABINAS Y ESTACIONES
DE CONTROL-PARTE 1: GENERALIDADES; PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009, GRUAS-ACCESOS, GUARDAS
Y RESTRICCIONES-PARTE 3: GRUAS TORRE; PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009, GRUAS-USO SEGURO-PARTE 4:
GRUAS PLUMA; PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009, GRUAS-REQUISITOS PARA LAS CARGAS DE ENSAYO.
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 43, 44, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, publica el aviso
de consulta pública de los proyectos de normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismos que han
sido elaborados y aprobados por el Organismo Nacional de Normalización denominado Instituto Mexicano de
Normalización y Certificación (IMNC).
De conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estos proyectos
de normas mexicanas, se publican para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días
naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Organismo que los propuso, ubicado en Manuel
Ma. Contreras 133, 6o. piso colonia Cuauhtémoc, código postal 06500, México, D.F. o al correo electrónico
[email protected]
El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas
de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección
Fuentes, Naucalpan de Juárez, 53950, Estado de México.
CLAVE O CODIGO
PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009
TITULO DE LA NORMA
GRUAS-CLASIFICACION-PARTE 5: GRUAS PUENTE Y PORTICO
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece la clasificación para las grúas puente y pórtico basada en el
número de ciclos de operación a ser llevados a cabo durante la vida de los dispositivos y sus mecanismos,
y el factor de espectro de carga que representa el estado de carga nominal.
PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009
GRUAS-EVALUACION DE LA CARGA DEL VIENTO
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana se relaciona con la carga del viento en las grúas. Este método
simplificado proporciona el cálculo y asume que el viento puede fluir horizontalmente en cualquier dirección
con la velocidad constante y que existe una relación estática para las cargas, éstas se aplican a las
estructuras de las grúas (cambios rápidos de la velocidad del viento) y para la reacción dinámica.
PROY NMX-GR-4308-2-IMNC-2009
GRUAS Y DISPOSITIVOS DE ELEVACION-SELECCION DE CABLESPARTE 2: GRUAS MOVILES-COEFICIENTE DE UTILIZACION
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece los valores prácticos de los coeficientes mínimos de
utilización, como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4308-1-IMNC-2008, para cables y resistencia a
la torsión de los cables empleados en grúas móviles. Esto aplica a todas las grúas móviles, como se define
en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-2-IMNC.
PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009
DISPOSITIVOS DE ELEVACION-CONTROLES-DISEÑO Y CARACTERISTICASPARTE 1: PRINCIPIOS GENERALES
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece los principios y requisitos para los controles y dispositivos de
elevación. Trata sobre la disposición de aquellos controles que se emplean para el posicionamiento
de cargas y que sirven como base general para la elaboración de normas detalladas que cubren los
controles para tipos particulares de dispositivos de elevación.
Viernes 3 de julio de 2009
PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
69
GRUAS-CONTROLES-DISTRIBUCION Y CARACTERISTICAS-PARTE 3GRUAS TORRE
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana específica los requisitos particulares de los controles para las grúas
torre como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-3-IMNC y en la distribución del control básico
empleado para el posicionamiento de cargas.
PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009
GRUAS-CABINAS
GENERALIDADES
Y
ESTACIONES
DE
CONTROL-PARTE
1:
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana específica los requisitos generales para cabinas y estaciones de control
para las grúas, se manejan como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC. Se toman en
consideración las condiciones de empleo de la cabina.
PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009
GRUAS-ACCESOS, GUARDAS Y RESTRICCIONES-PARTE 3: GRUAS
TORRE
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece los requisitos generales para el acceso a las estaciones de
control, así como otras áreas de las grúas, tal como se ha definido en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1IMNC durante las operaciones normales, mantenimiento, inspección, montaje y desmontaje. Las guardas y
las restricciones son tratados de manera general, considerando de la protección de las personas que se
encuentran en la grúa o cerca de ella, así como lo relacionado con partes móviles y objetos que puedan
caerse o partes eléctricas.
Establece los requisitos particulares relacionados a los accesos, guardas y restricciones de las grúas torre
como se define en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-3-IMNC.
Es aplicable a:
- Grúas torres desmontables para edificios y los trabajos generales de construcción,
- Grúas torre armadas permanentemente (levantadas),
- Grúas cabeza de martillo.
No aplica ni para el acceso a las estaciones de control e instalaciones ni para las para las guardas y
restricciones para:
- Grúas pluma móviles auto propulsadas que puedan estar equipadas con un accesorio de la torre,
- Mástiles de erección con o sin plumas.
PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009
GRUAS-USO SEGURO-PARTE 4: GRUAS PLUMA
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece las prácticas requeridas para el uso seguro de las grúas
pluma como se definen en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC. Está destinada a ser empleada en
conjunto con la Norma Internacional ISO 12480-1.
PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009
GRUAS-REQUISITOS PARA LAS CARGAS DE ENSAYO
Síntesis
Este Proyecto de Norma Mexicana establece:
- La composición y medición de las cargas de ensayo.
- Los procedimientos para la aplicación de cargas de ensayo durante el ensayo de las grúas.
Este Proyecto de Norma Mexicana fue desarrollado en conjunto con la Norma Mexicana NMX-GR-4310-IMNC
y cubre los tipos de grúas descritos en la Norma Mexicana NMX-GR-4306-1-IMNC.
México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica.
70
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION
NORMA Oficial Mexicana NOM-070-PESC-2008, Pesca responsable en el embalse de la presa La Muñeca,
ubicada en el Estado de San Luis Potosí. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
WOLFGANG RODOLFO GONZALEZ MUÑOZ, Coordinador General Jurídico de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo
35, fracciones XXI, incisos d) y e), y XXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 9o.,
de la Ley de Planeación; 8o., fracciones I, III, IV, VI, VII, XI, XII, XIV, XVI, XVII, XIX, XXXVIII y XL de la Ley
General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 38, fracciones II y IX, 40, fracciones I, X, XIII y XVIII, y último
párrafo, 41, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 52, 56, 62, 63, 64, 70, 71, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y
Normalización; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 28 y 33 del Reglamento de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización; y 1o., 2o., fracciones I, IV, XXV y XXVI, 3o., fracciones I y III, 4o.,
15, fracciones I, III, IV, XXX y XXXI, 32, 33, fracciones V, VI y XII, 35, fracción XVI, 37, 39, fracciones I, III, IV,
VII, VIII, IX, X, XIII, XV, XVI y XVII, y 42, fracciones I, II, III, IX y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; he tenido a bien expedir la presente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-070-PESC-2008, PESCA RESPONSABLE EN EL EMBALSE
DE LA PRESA “LA MUÑECA”, UBICADA EN EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI. ESPECIFICACIONES
PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS PESQUEROS
INDICE
0.
Introducción
1.
Objetivo y campo de aplicación
2.
Referencias
3.
Definiciones
4.
Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa
“La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí
5.
Grado de concordancia con normas y recomendaciones internacionales
6.
Bibliografía
7.
Observancia de esta Norma Oficial Mexicana
8.
Evaluación de la conformidad
0. Introducción
0.1 Considerando que el embalse de la presa “La Muñeca” se encuentra ubicada al sureste del Estado de
San Luis Potosí, aproximadamente a 6 kilómetros de la cabecera municipal de Tierra Nueva.
0.2 Que el embalse de la presa “La Muñeca” se encuentra en las coordenadas geográficas 21°37´ de
latitud Norte y 100°32´ de longitud Oeste, con una extensión que varía entre las 253 y 360 hectáreas, y posee
una capacidad de almacenamiento de 31.1 millones de metros cúbicos que son destinados al riego. Presenta
un clima semiseco templado, con una temperatura media anual entre los 12 y 18 grados centígrados, con
lluvias en verano y precipitaciones máximas en el mes de julio y con mínimas en el mes de febrero.
0.3 Que en los márgenes alrededor del embalse de la presa “La Muñeca” se ubican ocho valles inundados
y un pueblo sumergido desde el año de 1982, estimándose su vida útil de 20 años. Actualmente cuenta con
25 años y sigue en condiciones para continuar considerándose funcional.
0.4 Que en el embalse de la presa “La Muñeca”, se encuentran especies tales como: tilapia azul
(Oreochromis aureus), carpa común (Cyprinus carpio) y lobina negra (Micropterus salmoides), las cuales son
de interés para el aprovechamiento mediante actividades de pesca comercial y deportivo-recreativa.
0.5 Que la actividad pesquera resulta una alternativa para la generación de empleos y como fuente de
alimento para los pobladores ribereños de la cabecera municipal de Tierra Nueva, en el Estado de San
Luis Potosí.
0.6 Que para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y desarrollo sustentable de las actividades de
aprovechamiento de los recursos pesqueros existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”, se hace
necesario establecer medidas técnicas regulatorias en materia de pesca y acuacultura.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
71
1. Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana, de conformidad con los objetivos determinados en el artículo 2o., de la Ley
General de Pesca y Acuacultura Sustentables, establece los términos y condiciones para el aprovechamiento
de los recursos pesqueros de la fauna acuática existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en
el Estado de San Luis Potosí.
2. Referencias
Esta Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes regulaciones y sus modificaciones
subsecuentes:
2.1 Norma Oficial Mexicana NOM-009-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las
épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de
jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el
4 de marzo de 1994.
2.2 Norma Oficial Mexicana NOM-010-PESC-1993, Que establece los requisitos sanitarios para
la importación de organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la
acuacultura u ornato, en el territorio nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto
de 1994.
2.3 Norma Oficial Mexicana NOM-011-PESC-1993, Para regular la aplicación de cuarentenas, a efecto
de prevenir la introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificables, en la importación de
organismos acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura y ornato,
en los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1994.
2.4 Norma Oficial Mexicana NOM-017-PESC-1994, Para regular las actividades de pesca deportivorecreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 9 de mayo de 1995.
2.5 Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT4-2009, Equipo mínimo de seguridad, comunicación y
navegación para embarcaciones nacionales, hasta 15 metros de eslora, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de febrero de 2009.
3. Definiciones
Para los propósitos de esta Norma Oficial Mexicana, conjuntamente con las definiciones señaladas en el
artículo 4o., de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, se entiende por:
3.1 Apaleo o Arreo: Denominación coloquial para una práctica de auxilio a la pesca, que consiste en
golpear el agua o las zonas de vegetación acuática, mediante remos u otros materiales, para inducir a los
peces a desplazarse hacia las artes de pesca.
3.2 Atarraya: Red circular de forma cónica que puede estar formada de uno o varios paños, que adapta
su forma mediante cortes o aumentos sistemáticos y que cuenta con una piola para su recuperación.
3.3 Borda: Cada uno de los lados de una embarcación.
3.4 Chinchorro de arrastre: Red de pesca de forma rectangular, de tipo activo, conformado por paño de
red de hilo multifilamento, unido a dos cabos o líneas de soporte denominadas “relingas” (la de flotación y la
de hundimiento), llevan flotadores en la relinga superior y plomos en la relinga inferior, consta de un matadero
en su parte central denominado “copo” y dos cuchillas laterales denominadas “alas”, es dirigido hacia aguas
poco profundas permitiendo la captura de organismos juveniles y adultos.
3.5 CONAPESCA: Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca.
3.6 Corraleo: Se refiere a la acción de encerrar los recursos pesqueros existentes en los cuerpos de agua
con chinchorros o redes de enmalle para facilitar su captura.
3.7 Curricán: Objeto en forma de pez o alguna otra forma que resulte atractivo como presa para algunas
especies de peces cuando se le imprime movimiento dentro del agua, el cual contiene uno o varios anzuelos
y es utilizado en la pesca deportivo-recreativa.
3.8 Encabalgado: El valor porcentual del tamaño del paño de red armado, respecto al paño estirado, una
vez que se reduce su dimensión original al ser unido a las relingas durante la confección del equipo de pesca.
3.9 Eslora: Es la longitud del barco desde la parte delantera (proa) a la parte posterior (popa).
3.10 Explosivos: Materiales o sustancias que pueden experimentar una violenta descomposición química,
provocada por un detonante, y que al hacerlo producen gases calientes que se expanden provocando un
estallido, por ejemplo la dinamita, explosivos plásticos y nitroglicerina. La onda expansiva puede aturdir o
matar a las especies acuáticas.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
3.11 Filetear: Acción de separar y cortar en porciones delgadas y alargadas la carne de pescado.
3.12 Longitud Total (LT): La distancia existente entre la punta del hocico del pez y el extremo de su aleta
caudal (Anexo 1).
3.13 INAPESCA: Instituto Nacional de Pesca.
3.14 Luz de malla: Distancia entre dos nudos opuestos de un paño de red, medida en la parte interior de
la malla en el sentido de construcción del paño.
3.15 Motor fuera de borda: Medio de propulsión para embarcaciones menores, que se instala en la parte
posterior de la unidad de pesca, que consta de hélices que al girar propician el movimiento de la embarcación
y que utiliza generalmente gasolina como combustible.
3.16 Motoreo: Acción de dirigir u orientar los recursos pesqueros hacia los equipos de pesca, mediante el
uso del motor fuera de borda.
3.17 Redes de enmalle o agalleras: Los equipos de pesca de tipo pasivo de forma rectangular,
conformados por paño de red de hilo monofilamento o multifilamento, unido a dos cabos o líneas de soporte
denominadas “relingas” (la de flotación y la de hundimiento). Llevan flotadores en la relinga superior y plomos
en la relinga inferior, confiriéndole a la red la cualidad de mantener el paño extendido.
3.18 Relinga: Cada una de las cuerdas o sogas donde se colocan los plomos y boyas para que se
sostengan las redes en el agua.
3.19 Siembra: Acción de colocar o esparcir organismos en cualquier estadio de su ciclo de vida en el agua
para su crecimiento.
3.20 Sustancias contaminantes: Sustancias químicas sintéticas (por ejemplo cianuro u otros venenos) o
de origen natural (leche de haba, barbasco), ajenas al ambiente acuático, que tienen un efecto sedante
o mortal sobre los organismos acuáticos.
3.21 Secretaría: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
3.22 Talla mínima de captura: Longitud mínima que debe tener un organismo para que pueda ser
capturado.
3.23 Trasmallos: La unión de dos o más redes de enmalle con diferente luz de malla para aumentar la
captura de las especies acuáticas.
3.24 Verificación: Constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición o examen de
documentos, que se realiza para evaluar la conformidad de la Norma Oficial Mexicana en un momento
determinado.
3.25 Vivero: Contenedor con aditamentos para la oxigenación del agua, utilizado para mantener vivos en
su interior a los organismos capturados.
4. Especificaciones para el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la presa
“La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí.
4.1 Las especies objeto de la presente Norma Oficial Mexicana son: tilapia azul (Oreochromis aureus),
carpa común (Cyprinus carpio) y lobina negra (Micropterus salmoides).
4.2 La pesca comercial de los recursos pesqueros existentes en el embalse de la presa “La Muñeca”,
ubicada Estado de San Luis Potosí, podrá concesionarse o permisionarse, de conformidad con lo establecido
en los artículos 40, fracción I, 41, fracciones IV y VIII, 42, 43, 45, 46, 47, 48, 49 y 66 de la Ley General de
Pesca y Acuacultura Sustentable, a personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, condicionada
siempre a la disponibilidad y conservación del recurso de que se trate, sujetándose a las siguientes
disposiciones:
4.2.1 Podrá realizarse sobre las especies de tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus
carpio), que se indican en el apartado 4.1 de esta Norma Oficial Mexicana, previa obtención de las
concesiones y permisos correspondientes.
Dichas especies deberán contar con las especificaciones sanitarias que establezcan las autoridades
competentes, de conformidad con las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales aplicables.
Los ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides) que sean capturados incidentalmente durante las
operaciones de pesca comercial y que al recuperar las artes de pesca se encuentren vivos, deberán ser
regresados al embalse en buenas condiciones de supervivencia. Los ejemplares que resulten muertos, podrán
retenerse y comercializarse por quien los capture, a condición de que sean registrados en avisos de arribo
y bitácoras de pesca.
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DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
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4.2.2 Se autoriza la operación de embarcaciones menores que cuenten con un máximo de 10.5 metros de
eslora, sin cubierta corrida con o sin motor fuera de borda. Asimismo, las artes de pesca que se autorizan son:
I.
Redes de enmalle o agalleras.
II.
Cañas de pescar y curricanes.
Conforme a las especificaciones técnicas, que para cada especie se establecen a continuación:
4.2.2.1 Para la tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus carpio): redes de enmalle
construidas de hilo monofilamento o multifilamento de nylon o cualquier otro tipo de poliamida, con diámetro
máximo de hilo de 0.30 milímetros, luz de malla mínima de 127 milímetros (5 pulgadas), longitud máxima de
50 metros, caída de hasta 1.5 metros y un encabalgado de entre 30 y 40%.
4.2.3 Las operaciones de pesca deberán sujetarse a las siguientes disposiciones:
4.2.3.1 Las redes deberán ser operadas fijas. En ningún caso se podrán unir más de dos redes.
4.2.3.2 El límite de esfuerzo permisible en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de
San Luis Potosí es el siguiente:
a)
Un máximo de cinco redes de enmalle para tilapia azul (Oreochromis aureus).
b)
Un máximo de cinco redes de enmalle para carpa común (Cyprinus carpio).
Estas cantidades, así como las que pudieran establecerse para otros tipos de equipo de pesca, serán
revisadas periódicamente con base en los resultados de las investigaciones científicas y tecnológicas que se
realicen sobre el desarrollo de la pesquería. Su eventual modificación será notificada mediante acuerdos que
se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.
4.2.4 Se establecen las siguientes tallas mínimas de captura para cualquier tipo de aprovechamiento en el
embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí:
a)
Para la tilapia azul (Oreochromis aureus) de 220 milímetros de longitud total.
b)
Para carpa común (Cyprinus carpio) de 400 milímetros de longitud total.
4.2.5 Se autoriza realizar la pesca comercial de lunes a sábado a partir de las 18:00 horas hasta las 6:00
horas del día siguiente, sobre las especies de tilapia azul (Oreochromis aureus) y carpa común (Cyprinus
carpio).
4.2.6 Los concesionarios y permisionarios de la pesca comercial que operen en el embalse, deberán
registrar las circunstancias de la pesca en la bitácora que se publica como Anexo 2 de la presente Norma
Oficial Mexicana, la cual se encuentra registrada con la homoclave CONAPESCA-01-042-L en el Registro
Federal de Trámites y Servicios (RFTS), y entregarla mensualmente a las oficinas de la Secretaría, en un
plazo no mayor de cinco días después de cada mes calendario, con el propósito de evaluar oportunamente las
operaciones de pesca.
4.3 La pesca deportivo-recreativa en el embalse de la presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San
Luis Potosí, podrá realizarse por personas físicas de nacionalidad mexicana y extranjera al amparo de
permisos correspondientes. Cuando ésta se realice desde tierra no se requerirá de permiso. Esta actividad
estará condicionada siempre a la disponibilidad y conservación del recurso de que se trate y queda sujeta a la
observancia de las disposiciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-017-PESC-1994, Para regular las
actividades de pesca deportivo-recreativa en las aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 1995 y demás disposiciones
legales aplicables.
4.3.1 Se autoriza para la pesca deportivo-recreativa la captura y retención diaria por pescador de tres
ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides) de más de 350 milímetros de longitud total.
4.3.2 Para la pesca deportivo-recreativa se podrá llevar a cabo el método de captura y liberación de los
ejemplares de lobina negra (Micropterus salmoides), por lo que los ejemplares que sean capturados después
de haber cumplido con la cuota diaria deberán ser regresados al agua en adecuadas condiciones de
sobrevivencia.
Las embarcaciones utilizadas en la pesca deportivo-recreativa, deberán de contar con viveros para
mantener en buenas condiciones de sobrevivencia a los organismos que sean liberados.
4.3.3 Los prestadores de servicios de pesca deportivo-recreativa, deberán entregar sus bitácoras de pesca
que se publica como (Anexo 3) la cual se encuentra registrada con la homoclave CONAPESCA-01-042-D en
el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS) dentro de las 72 horas siguientes, contadas a partir del
arribo de sus embarcaciones en la Oficina Federal de la Secretaría.
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(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
4.3.4 Para la pesca deportivo-recreativa se podrán utilizar cañas de pescar y curricanes.
4.4 La pesca de consumo doméstico se sujetará a las disposiciones de la Ley General de Pesca
y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables y podrá realizarse bajo las siguientes
condiciones:
4.4.1 Sólo podrán realizarla los habitantes residentes de las comunidades ribereñas del embalse de la
presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí.
4.4.2 Sólo podrán utilizarse como equipos para este tipo de pesca las líneas manuales que pueda utilizar
individualmente el pescador.
4.4.3 Sólo podrán capturarse un máximo de 5 kilogramos diarios por pescador, de cualquiera de las
especies enlistadas en el apartado 4.1 de esta Norma Oficial Mexicana. Los productos pesqueros capturados
se destinarán para el consumo directo y no podrán comercializarse. Los ejemplares capturados deben cumplir
con los requisitos del apartado 4.2.4.
4.5 Los ejemplares capturados mediante actividades de pesca comercial y deportivo-recreativa no podrán
ser fileteados a bordo de las embarcaciones.
4.6 No se permiten actividades de pesca empleando chinchorros de arrastre, atarrayas, trasmallos, así
como las técnicas conocidas como “apaleo”, “arreo”, “corraleo” o “motoreo”, de la misma manera no se
permite el uso de explosivos en auxilio a la pesca ya que inciden en forma negativa sobre el recurso pudiendo
afectar las zonas reproductivas de las especies.
4.7 La siembra o repoblamiento de especies para el mejoramiento productivo del embalse de la presa
“La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, se podrá realizar bajo las condiciones que determine
la Secretaría en base a los estudios que realice el INAPESCA.
4.8 Con el propósito de inducir un óptimo aprovechamiento desde el punto de vista biológico, la Secretaría
a través de la CONAPESCA, establecerá periodos y zonas de veda para la captura de las especies ubicadas
en el embalse de la presa “La Muñeca”, durante los principales periodos de reproducción, nacimiento
y crecimiento de las nuevas generaciones.
4.9 La Secretaría, en base a los resultados de los estudios que se realicen, dará a conocer con la debida
anticipación las fechas de inicio y término de las vedas, con base en la Norma Oficial Mexicana
NOM-009-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la
captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los
Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994, mediante
acuerdos que se publicarán en el mismo órgano oficial.
4.10 Los permisionarios que realizan el aprovechamiento de los recursos pesqueros en el embalse de la
presa “La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, al amparo de los permisos de pesca comercial,
quedan obligados a:
4.10.1 Colaborar con la Secretaría en sus programas pesqueros, en la preservación del medio ecológico,
la conservación de especies, así como apoyar en los programas de repoblamiento del medio natural, en los
términos y condiciones que fije la Secretaría.
4.10.2 Participar en programas de pesca y acuacultura que se lleven a cabo por el Gobierno Estatal
y Municipal conforme a los convenios o acuerdos de coordinación o colaboración que establezca la
Secretaría.
4.10.3 Participar con las autoridades competentes en los Programas de Seguridad de la Vida en el Agua
y en el cumplimiento de las disposiciones aplicables a tal efecto.
4.11 La Secretaría por medio del INAPESCA, se encargará de evaluar el desarrollo de la actividad
pesquera y elaborará Programas de Administración y Aprovechamiento del recurso. Para los efectos
anteriores, la Secretaría invitará a participar a los gobiernos Estatal, Municipal y productores.
4.12 La introducción de especies de flora y fauna acuáticas vivas en cualesquiera de los estadios de su
ciclo de vida, con fines de acuacultura o repoblación, sólo podrá ser permitida por la Secretaría, a través de la
CONAPESCA, cuando se justifique su introducción y se acredite que las especies a introducir se encuentran
libres de parásitos o enfermedades que pudieran dañar a las especies ya existentes u ocasionar problemas
fitosanitarios o zoosanitarios, o de salud pública y se deberá cumplir con lo establecido en la Norma Oficial
Mexicana NOM-011-PESC-1993, Para regular la aplicación de cuarentenas, a efecto de prevenir la
introducción y dispersión de enfermedades certificables y notificables, en la importación de organismos
acuáticos vivos en cualesquiera de sus fases de desarrollo, destinados a la acuacultura y ornato, en los
Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1994.
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(Primera Sección)
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4.13 La introducción de especies de flora y fauna acuáticas vivas en cualquiera de los estadios de su ciclo
de vida también estará sujeta a la resolución en materia de impacto ambiental que emita la autoridad
competente.
4.14 La Secretaría, a través de la CONAPESCA, con base en las investigaciones y programas de
desarrollo tecnológico que realice o valide el INAPESCA, con el objeto de garantizar la protección y el óptimo
aprovechamiento del recurso pesquero, notificará mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la
Federación, acerca de nuevos sistemas, equipos o artes de pesca que se autoricen para su utilización; así
como los niveles de esfuerzo pesquero y aquellas relativas a la actualización de especies y de equipos o artes
de pesca autorizados en la Norma Oficial Mexicana.
4.15 La Secretaría concesionará o permitirá actividades de acuacultura dentro del embalse de la presa
“La Muñeca”, ubicada en el Estado de San Luis Potosí, a través de la CONAPESCA, con base en las
investigaciones y programas de desarrollo tecnológico que realice o valide el INAPESCA, considerando para
tales acciones lo previsto en el numeral 4.12.
5. Grado de concordancia con normas y recomendaciones Internacionales
5.1 No hay normas equivalentes.
6. Bibliografía
6.1 Instituto de Ciencias del Mar y Limnología, Unidad Mazatlán, Universidad Nacional Autónoma de
México 2008. Estudio Biológico-Pesquero, Diagnóstico Socioeconómico, elaboración de Plan de Manejo
(incluyendo la Formación y Operación de Comités de Manejo) de la Presa La Muñeca (Tierra Nueva, San Luis
Potosí). Informe de Investigación. 56 p.
6.2 http://www.canalmar.com/diccionario/diccionario-naútico
7. Observancia de esta Norma Oficial Mexicana
7.1 La vigilancia del cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría, a
través de la CONAPESCA, cuyo personal realizará los actos de inspección y vigilancia que sean necesarios,
en su caso, en colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y
Municipal, en el ámbito de sus respectivas atribuciones. Las infracciones a la misma se sancionarán en los
términos de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones aplicables.
8. Evaluación de la Conformidad
8.1 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana se realizará por la Secretaría
a través de la CONAPESCA.
8.2 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana también podrá ser efectuada
por personas acreditadas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
En este caso, la lista de las personas acreditadas por la Secretaría, estará disponible en la página de
Internet de la CONAPESCA: www.conapesca.sagarpa.gob.mx, así como en las oficinas de la Dirección
General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la CONAPESCA, sita en avenida Camarón Sábalo sin
número, esquina avenida Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán,
Sinaloa.
8.3 El procedimiento para la Evaluación de la Conformidad será el siguiente:
8.3.1 A fin de determinar el grado de cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana se efectuarán
verificaciones por parte de los Oficiales Federales de Pesca y/o Terceros Acreditados en cualquiera de las
siguientes opciones:
8.3.1.1 En los sitios de acopio y/o desembarque, en las embarcaciones dedicadas a la pesca de las
especies de peces objeto de la presente Norma Oficial Mexicana.
8.3.1.2 Durante las operaciones de pesca o navegación de las embarcaciones.
8.3.2 En cualquiera de las opciones previstas en los apartados 8.3.1.1 y 8.3.1.2, se llevará a cabo la
comprobación de la talla de captura de las especies referidas en esta Norma Oficial Mexicana, en el caso de
la pesca comercial, mediante la medición de una muestra de 200 ejemplares obtenidos de manera aleatoria,
midiéndose la longitud total mediante ictiómetro o reglilla, y en los casos de la pesca deportivo-recreativa y de
consumo doméstico, midiendo la totalidad de ejemplares capturados.
76
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Las muestras de los ejemplares en todo caso deberán ser regresadas al particular una vez concluida la
comprobación correspondiente.
8.3.3 En cualquiera de las opciones previstas en los apartados 8.3.1.1 y 8.3.1.2, se llevará a cabo la
constatación ocular o comprobación de las características de los equipos de pesca descritos en la presente
Norma Oficial Mexicana.
a)
Para constatar la luz de malla de las redes, se medirá con vernier o cinta métrica, la distancia entre
dos nudos opuestos de un paño de red, medida en la parte interior de la malla en el sentido de
construcción del paño.
b)
Para constatar la caída de la red, se medirá el tamaño de malla “a paño estirado” por el número de
mallas utilizando cinta métrica.
c)
Para constatar la longitud de la red, se medirá la relinga superior utilizando cinta métrica.
d)
Para medir la longitud total de los peces, se medirá la distancia existente entre la punta del hocico del
pez y el extremo de la aleta caudal de la forma descrita en el Anexo I de esta Norma Oficial
Mexicana.
8.3.4 La supervisión de la composición de las capturas se efectuará en los centros de acopio y/o sitios de
desembarque.
8.4 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana, se llevará a cabo a petición
de parte, por lo que los particulares podrán solicitarla mediante escrito libre, el cual deberá contener los
siguientes requisitos de información:
•
Nombre de la Norma Oficial Mexicana de la que se solicita la evaluación de la conformidad.
•
Nombre o razón social del concesionario o permisionario de pesca.
•
Número de la concesión o permiso de pesca.
•
Vigencia de la concesión o permiso de pesca.
El escrito deberá ser dirigido al titular de la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la
CONAPESCA mediante el correo electrónico o en los números de fax que se den a conocer para este fin en la
página electrónica de la CONAPESCA (www.conapesca.sagarpa.gob.mx), o bien, mediante el envío por
correo a las oficinas de esa Dirección General, sita en avenida Camarón Sábalo sin número, esquina avenida
Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, de Mazatlán, Sinaloa.
El plazo de respuesta a la solicitud del interesado por parte de las autoridades, no deberá de ser mayor a
10 días hábiles.
8.5 Los Oficiales Federales de Pesca y/o Terceros Acreditados elaborarán por escrito un documento
denominado “Resultado de la Evaluación de la Conformidad”, que informe los detalles sobre el cumplimiento
de la Norma Oficial Mexicana, en escrito libre que contenga los datos de identificación del evaluado:
Nombre o razón social del concesionario o permisionario de pesca.
Número de la concesión o permiso de pesca.
Vigencia de la concesión o permiso de pesca.
Fecha de evaluación.
Elementos verificados.
Resultados de la verificación.
El Resultado de la Evaluación de la Conformidad, en caso de ser positivo, comprobará el cumplimiento de
la Conformidad de la Norma Oficial Mexicana respectiva, durante un periodo correspondiente a la temporada
anual de pesca de la especie, la vigencia será de un año calendario a partir de la emisión del Reporte.
El Resultado de la Evaluación de la Conformidad, será entregado al solicitante para los fines que a éste
convengan.
8.6 En caso de que el resultado de la Evaluación de la Conformidad, sea desfavorable para el interesado,
éste podrá solicitar una nueva Evaluación de la Conformidad, siguiendo el procedimiento a que se refiere el
numeral 8.4 de esta Norma Oficial Mexicana.
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DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
77
La autoridad correspondiente deberá de asignar a un evaluador distinto al que elaboró la primera
Evaluación de la Conformidad.
El resultado de este segundo informe, anulará el resultado obtenido en la primera evaluación de la
conformidad.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La presente Norma Oficial Mexicana, entrará en vigor a los 60 días siguientes al de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Todos los equipos de pesca actualmente en uso, cuyas características técnicas no
concuerden con las establecidas en la presente Norma Oficial Mexicana, podrán continuar utilizándose por un
periodo máximo de seis meses, contados a partir de su fecha de entrada en vigor, plazo durante el cual
deberán ser sustituidos por los equipos autorizados.
Ciudad de México, D.F., a 16 de junio de 2009.- El Coordinador General Jurídico, Wolfgang Rodolfo
González Muñoz.- Rúbrica.
78
(Primera Sección)
ANEXO 2
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
SAGARPA-BP-
Viernes 3 de julio de 2009
ANEXO 3
05
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
79
VESSEL INFORMATION
NOMBRE: Anotar el nombre de la embarcación.
NACIONALIDAD: Anotar la nacionalidad de la bandera de la embarcación.
MATRICULA: Anotar el número de matrícula otorgado por la autoridad correspondiente.
ESLORA : Anotar la medida de la eslora de la embarcación en metros lineales.
MANGA: Anotar la medida de la manga de la embarcación en metros lineales.
NAME: Vessel´s name.
NATIONALITY: Vessel´s flag nationality.
VESSEL REGISTER: Registration number granted by the respective authority.
LENGTH: Vessel´s length in lineal meters.
BEAM: Vessel´s beam in lineal meters.
PERMIT
NUMBER: Permit number granted to the ship to carry out activities of sport-recreational fishing on board.
THE PERMIT HOLDER: Permit´s holder name.
DURACION DEL VIAJE DE PESCA
DURATION OF THE FISH TRIP
SALIDA VIA LA PESCA:
PUERTO: Anotar el nombre del puerto o sitio del cual zarpa el barco rumbo a la pesca.
FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas.
Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00.
ENTRADA A PUERTO:
PUERTO: Anotar el nombre del puerto o sitio de arribo en donde se realice el desembarque.
FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas.
Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00.
VOLUMEN DEL COMBUSTIBLE:
INICIO VIAJE LITROS: Anotar el volumen de combustible en litros con el cual la embarcación inicia su viaje de pesca.
TERMINO VIAJE LITROS: Anotar el volumen de combustible en litros con el cual la embarcación termina su viaje de pesca.
PORT: Departure port o place in wich the fishing departure authorization is granted.
DATE: Sequence day-month-year of the date when the fishing operation starts. The day and year will be writte in Arabic numbers. The
month will be writte using abbreviations e.g.: 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00.
PORT OF ARRIVAL:
PORT: Arrival port or place of unloading.
DATE: Sequence day-month-year of the date when the fishing operation starts. The day and year will be writte in Arabic numbers. The
month will be writte using abbreviations e.g.: 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00.
FUEL CONSUMPTION:
INITIAL VOLUME. Writte the initial fuel volume in litres.
FINAL VOLUME: Writte the final fuel volume in litres upon return.
FISHING RESULT
RESULTADO DE LAS OPERACIONES DE PESCA
ZONA DE PESCA: Anotar el nombre con el que se conozca el embalse donde se realiza la pesca.
FECHA: Anotar la secuencia día-mes-año del día en que inicie la operación de pesca. El día y año deberán anotarse con números arábigos. El mes
deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00.
HORA INICIO: Anotar la hora en que se inicien las operaciones de pesca.
FIN: Se anotará la hora de término de la faena de pesca. En ambos casos la precisión será a minutos; por ejemplo: las cinco y media de la mañana
se expresará 05:30, mientras que las cinco y media de la tarde se expresará 17:50 horas.
No. DE PESCADORES: Anotar el número de pescadores a bordo de la embarcación
CAPTURAS
ESPECIES: Para cada especie indicada en cada columna, anotar en el renglón correspondiente el número de peces capturados en el viaje, el
número de peces devueltos, el número de peces retenidos. El peso en kilogramos del total de peces retenidos, la talla mínima, máxima y promedio
en centímetros.
OTRAS: Anotar el número de peces capturados de otras especies, que será la suma del número de peces devueltos y el número de peces
retenidos durante el viaje de pesca, también anotar el peso en kilogramos, la talla mínima, máxima y promedio de los peces capturados, medidos en
centímetros, así como la talla promedio de los peces capturados durante el viaje de pesca, medidos en centímetros.
CARNADA VIVA: Si utilizó carnada viva en sus operaciones de pesca, escribir el nombre.
CARNADA: Si utilizó carnada en sus operaciones de pesca, escribir el nombre.
SEÑUELO: Si utilizó señuelo en sus operaciones de pesca, escribir el nombre.
FISHING ZONE: Quadrant code on map corresponding to the carried out sets.
DATE: Sequence day-month-year of the day of port arrival. The day and year will be written in arabic numbers. The month will be written
using abbreviations e.g. 5 of July 2000 will be written 05-Jul-00.
START TIME: Hour when the fishing operations started.
END TIME: Hour when the fishing operations ended. In both cases the time will be written hours and minutes; e.g. five thirty in the morning
will be expressed 05:30, while five thirty in the afternoon will be expressed 17:50 hours.
No. OF FISHERMEN: Number of fishermen on board.
CATCHES
SPECIES: Specify for each specie, in the corresponding column, the number of fishes captured during the trip; number of returned fishes to
the sea, and number of retained fishes. Specify weight in kilograms of retained fishes as well as its minimum, maximum and average size in
centimeters.
OTHERS: For other species write the total account of the catch during the trip, number of the returned fishes plus the number of the
retained fishes. Total of the retained fishes must specify its weight in kilograms, as well as its minimum, maximum and average size in
centimeters.
LIVE BAIT: If live bait was used in their fishing operations write the name.
BAIT: If bait was used in their fishing operations write the name.
ENTICEMENT: If enticement was used in their fishing operations write the name.
LIST OF FISHERMEN.
No. Se usará un orden numérico progresivo para indicar el nombre y número de permiso individual de cada pescador que participó en el viaje de
pesca.
No. De permiso individual: Escriba el número del permiso individual de cada uno de los pescadores.
Nombre: Se anotará el nombre completo de los pescadores con permiso individual a bordo de la embarcación.
No. It´ll be used a progresive number for the name an individual permit for each sportfisherman during the fish trip.
Individual permit number: It´ll be write the individual permit number of each one sportfisherman.
Name: It´ll be write the sportfishermen full name with their respective individual permit.
RESPONSABLE DE LOS DATOS ASENTADOS EN ESTE DOCUMENTO
SIGNATORY:
El capitán y/o patrón de pesca escribirá su nombre y firmará la bitácora de pesca responsabilizándose de la información vertida en ésta.
The Captain and/or the vessel´s Skipper will write his name and signature on the logbook, taking responsibility of the provided information.
RECEPCION DE BITACORA OFICINA FEDERAL DE SAGARPA
RECEIVE DATE IN SAGARPA OFFICE:
El Jefe de la Oficina de Pesca, deberá anotar el nombre de la oficina en la que se está recibiendo la bitácora, la fecha de recepción. El día y año
deberán anotarse con números arábigos. El mes deberá anotarse utilizando abreviaturas. Por ejemplo: 5 de Julio de 2000 se anotará 05-jul-00. Se
anotará también el nombre del jefe de la oficina, el cargo que ocupa y su firma.
The Head of the Office will write the name of the Office in which the logbook is submitted, as well as the reception date. The day and year
will be writte in Arabic numbers. The month will be writte using abbreviations e.g. 5 of July 2000 will be writte 05-Jul-00. The name, position
and signature of the Head of the Office must be added.
_________________________________
Viernes 3 de julio de 2009
LISTA DE PESCADORES
DIARIO OFICIAL
PERMISO
NUMERO: Anotar el número del permiso otorgado a la embarcación para llevar a cabo la pesca deportivo-recreativa a bordo.
VIGENCIA: Anotar la fecha de término de la vigencia.
TITULAR: Anotar el nombre de la persona a la que se otorgó el permiso.
(Primera Sección)
EMBARCACION
SAGARPA-BP-05
80
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LA BITACORA DE PESCA DEPORTIVA EN EMBALSES
INSTRUCTIVE FOR THE FILLING OUT OF THE SPORTFISHING LOGBOOK (CONTINENTAL WATERS)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
81
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
CIRCULAR No. 0027/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y
entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión otorgada a la
empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función
Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica.- Area de Responsabilidades.
CIRCULAR No. 0027/2009
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA
SUSPENSION OTORGADA A LA EMPRESA MANUFACTURAS Y MANTENIMIENTOS METALMECANICOS, S.A. DE C.V.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha dieciocho de junio de dos mil nueve, la Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el
Distrito Federal, en el cuaderno incidental del Juicio de Amparo 700/2009, promovido por la empresa
Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V., contra la resolución de dieciocho de mayo del
año en curso, dictada dentro del recurso de revisión 18/577/OIC/AR/RR/SP/0002/2009, determinó: “Por lo que
hace a los efectos y consecuencias de la resolución impugnada con fundamento en los artículos 124 y 192 de
la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional solicitada, para el efecto de que las cosas se
mantengan en el estado en que se encuentran, esto es, para que la parte quejosa pueda participar en los
procedimientos de licitación y de contratación con la Administración Pública;...”; por tanto, se suspende la
inhabilitación impuesta por el plazo de nueve meses por esta Area de Responsabilidades del Organo Interno
de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, a la aludida empresa, en el legajo administrativo de
sanciones 18/577/OIC/AR/UI/SP/0073/2008, hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto planteado
en el juicio de amparo de referencia, o se provea en diverso sentido.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular,
cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público que contraten, se realicen cargo total
o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 22 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de
Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Carlos Benjamín Silva Hernández.- Rúbrica.
CIRCULAR No. 0028/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y
entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la suspensión definitiva
otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función
Pública.- Organo Interno de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica.- Area de Responsabilidades.
CIRCULAR No. 0028/2009
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS,
LA
SUSPENSION
DEFINITIVA
METALMECANICOS, S.A. DE C.V.
OTORGADA
A
LA
EMPRESA
MANUFACTURAS
Y
MANTENIMIENTOS
82
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Oficiales mayores de las dependencias,
Procuraduría General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Con fecha veintitrés de junio de dos mil nueve, la Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el
Distrito Federal, en el cuaderno incidental del Juicio de Amparo 700/2009, promovido por la empresa
Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos, S.A. de C.V., contra la resolución de dieciocho de mayo del
año en curso, dictada dentro del recurso de revisión 18/577/OIC/AR/RR/SP/0002/2009, determinó: “Por lo
que hace a los efectos y consecuencias de la resolución impugnada con fundamento en los artículos 124
y 192 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que las cosas se
mantengan en el estado en que se encuentran, esto es, para que la parte quejosa pueda participar en los
procedimientos de licitación y contrataciones con la Administración Pública;...”; por tanto, se suspende la
inhabilitación impuesta por el plazo de nueve meses por esta Area de Responsabilidades del Organo Interno
de Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, a la aludida empresa, en el legajo administrativo de
sanciones 18/577/OIC/AR/UI/SP/0073/2008, hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto planteado
en el juicio de amparo de referencia, o se provea en diverso sentido.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular,
cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público que contraten, se realicen con cargo
total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 24 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de
Control en Pemex-Gas y Petroquímica Básica, Carlos Benjamín Silva Hernández.- Rúbrica.
CIRCULAR por la que se comunica a las unidades administrativas de la Presidencia de la República, a las
secretarías de Estado, departamentos administrativos, Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Procuraduría
General de la República, organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y
fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno Federal o una entidad paraestatal, así como a las
entidades federativas, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Gonzalo
Celorio Morayta.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función
Pública.- Organo Interno de Control de la Presidencia de la República.- Expediente PAS/ 32-D-0008/2008.
CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPUBLICA, A LAS SECRETARIAS DE ESTADO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y CONSEJERIA JURIDICA
DEL EJECUTIVO FEDERAL, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS,
EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA Y FIDEICOMISOS EN LOS QUE EL FIDEICOMITENTE SEA
EL GOBIERNO FEDERAL O UNA ENTIDAD PARAESTATAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS,
QUE DEBERAN ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON EL C. GONZALO
CELORIO MORAYTA.
Oficiales mayores de las dependencias,
Procurador General de la República
y equivalentes de las entidades de la
Administración Pública Federal y de los
gobiernos de las entidades federativas.
Presentes.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
83
Con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
1 fracción I, 11, 59, 60 fracción IV; 61 fracciones I, II, III y IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento; 2, 8 y 9 primer párrafo, 83 y 95 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo; 80 fracción I numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función
Pública, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo séptimo de la resolución de fecha 8 de junio de
2009, que se dictó en el expediente número PAS/32-D-0008/2008, mediante el cual se resolvió el
procedimiento de sanción administrativa incoado al C. Gonzalo Celorio Morayta, esta autoridad administrativa
hace de su conocimiento que a partir del día siguiente al en que se publique la presente Circular en el Diario
Oficial de la Federación, deberán abstenerse de recibir propuestas o celebrar contrato alguno sobre las
materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas,
con dicha empresa de manera directa o por interpósita persona, por el plazo de tres meses.
En virtud de lo señalado en el párrafo anterior, los contratos adjudicados y los que actualmente
se tengan formalizados con el mencionado infractor, no quedarán comprendidos en la aplicación de la
presente Circular.
Las entidades federativas y los municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular
cuando las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten, se realicen con cargo total o parcial
a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.
Una vez transcurrido el plazo antes señalado, concluirán los efectos de la presente Circular, sin que sea
necesario algún otro comunicado.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 10 de junio de 2009.- El Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno
de Control en Presidencia de la República, Octaviano Liceaga Zermeño.- Rúbrica.
PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
CONVOCATORIA para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder
Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la
Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos.
CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDAN FUNGIR COMO PERITOS ANTE LOS
ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL DIEZ.
La Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 81, fracción XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 52, fracción XVII, del
Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y
funcionamiento del propio Consejo; y 6o. del Acuerdo General 37/2001, que establece el procedimiento para
formar anualmente la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los Organos del Poder Judicial de
la Federación, las formalidades para su nombramiento, así como sus derechos y obligaciones, modificado por
el diverso 34/2004, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
Dirigida a todas las personas que estén capacitadas para formular dictámenes en cualquier área de la
ciencia, técnica, arte u oficio necesarios para el auxilio de la administración de justicia y que reúnan los
requisitos que se precisarán en las bases de la presente.
La lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación,
correspondiente al año dos mil diez, se elaborará conforme a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- DE LOS PARTICIPANTES.- Podrán participar todas aquellas personas que tengan título en el
arte, ciencia o técnica, sobre los cuales debe dictaminarse, en caso de que estén legalmente reglamentados;
o tengan conocimientos relacionados con el arte, ciencia o técnica respectiva, en caso de que no estén
legalmente reglamentados.
SEGUNDA.- DE LOS REQUISITOS.- Los interesados deberán cubrir los siguientes requisitos:
I.-
Tener título en el arte, ciencia o técnica sobre los cuales deba dictaminarse, en caso de que estén
legalmente reglamentados;
84
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
II.-
Tener conocimientos relacionados con el arte, ciencia o técnica respectiva, en caso de que no estén
legalmente reglamentados;
III.- Contar con un mínimo de cinco años de ejercicio profesional, excepto cuando la disciplina sea de
reciente aplicación, en cuyo caso, el mínimo deberá ser igual al tiempo en que inició la aplicación
de la citada disciplina;
IV.- Observar buena conducta y ser de reconocida solvencia moral;
V.-
No haber sido condenado por delito doloso, grave, patrimonial o contra la administración de justicia; y,
VI.- No haber sido sancionado por los órganos del Poder Judicial de la Federación, de algún Poder
Judicial Estatal, o de la Administración Pública Federal o Estatal, por la comisión de alguna falta
grave, en el caso de que se hayan desempeñado como servidores públicos.
TERCERA.- PERIODO PARA LA RECEPCION DE SOLICITUDES Y REQUISITOS DE LAS MISMAS.Durante la primera quincena de agosto de dos mil nueve, en la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial,
Adscripción y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal, sita en avenida Insurgentes
Sur, número 2417, piso 7, ala norte, colonia San Angel, delegación Alvaro Obregón, código postal 01000, en
la Ciudad de México, Distrito Federal, deberán entregarse las solicitudes por escrito de quienes deseen formar
parte de la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la
Federación, correspondiente al año dos mil diez, a la que se acompañarán los documentos siguientes:
I.-
Información curricular actualizada en la que se incluya: nombre completo, fecha de nacimiento,
nacionalidad, estado civil, cédula de identificación fiscal, domicilio, teléfono y estudios realizados;
II.-
Escrito en el que se expresará, bajo protesta de decir verdad:
a) No haber sido condenado por delito doloso, grave, patrimonial o contra la administración de
justicia;
b) No haber sido sancionado por los órganos del Poder Judicial de la Federación, de algún Poder
Judicial Estatal o de la Administración Pública Federal o Estatal, por la comisión de alguna falta
grave, en el caso de que se haya desempeñado como servidor público;
c) La materia o materias, rama, arte o especialidad en que sea experto y desea se le inscriba; y,
d) Los motivos por los que desea formar parte de la lista;
III.- Dos cartas de personas que lo conozcan y que avalen su conducta y solvencia moral, señalando sus
datos personales;
IV.- Copia de los tres últimos dictámenes que, en su caso, haya presentado ante algún Organo
Jurisdiccional o institución pública;
V.-
Copia certificada del título y cédula profesional, de ser el caso; y,
VI.- Copia certificada de alguna constancia que se tenga y de la cual se advierta la experiencia en la
materia de que se trate, para los casos en que el arte, ciencia o técnica no estén reglamentados.
CUARTA.- CONTINUIDAD DE LAS PERSONAS QUE INTEGRARON LA LISTA EN EL AÑO DOS MIL
NUEVE.- Las personas que hayan sido consideradas como peritos en el año dos mil nueve y deseen
continuar formando parte de la lista, en la Secretaría Ejecutiva mencionada, deberán presentar durante la
primera quincena del mes de agosto del año en curso, un escrito en el que manifiesten dicha intención.
QUINTA.- VERIFICACION DE DOCUMENTOS Y LISTA.- Durante la segunda quincena de agosto de dos
mil nueve, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal verificará que las
solicitudes y los documentos presentados ante la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y
Creación de Nuevos Organos, cumplan con lo establecido en esta convocatoria y elaborará una lista
preliminar de las personas que presentaron completa su documentación.
SEXTA.- DE LAS OPINIONES ESPECIALIZADAS.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del
Consejo de la Judicatura Federal podrá realizar los trámites conducentes ante instituciones o asociaciones
oficialmente reconocidas o de notorio prestigio, a fin de allegarse opiniones especializadas, en caso de que
sea necesario verificar la veracidad de la documentación presentada.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
85
SEPTIMA.- ELABORACION DE LA LISTA PRELIMINAR.- Durante la segunda quincena de septiembre
del presente año, y una vez recibida la lista preliminar, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción
y Creación de Nuevos Organos del Consejo de la Judicatura Federal la ordenará por ramas, especialidades y
circuitos judiciales.
OCTAVA.- APROBACION DE LA LISTA PRELIMINAR POR LA COMISION.- Durante la primera
quincena de octubre de dos mil nueve, la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de
Nuevos Organos someterá la lista preliminar a la consideración de la Comisión de Carrera Judicial del
Consejo de la Judicatura Federal para que ordene su difusión.
NOVENA.- PUBLICACION DE LA LISTA PRELIMINAR.- La lista preliminar que apruebe la Comisión de
Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal se publicará en la segunda quincena de octubre del año
en curso, en los estrados de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Poder Judicial de la
Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral; así como en
dos diarios de circulación nacional.
DECIMA.- OBSERVACIONES A LOS INTEGRANTES DE LA LISTA PRELIMINAR.- Dentro del
improrrogable plazo de cinco días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de la lista
preliminar en los estrados de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas precisadas en la base que
precede, cualquier persona podrá formular por escrito, de manera fundada, comedida y respetuosa, las
observaciones que estime pertinentes en relación con los integrantes de esa lista; las que, en su caso,
deberán dirigirse a la Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial, Adscripción y Creación de Nuevos Organos del
Consejo de la Judicatura Federal, por cualquier medio impreso o electrónico, excepto correo postal.
DECIMAPRIMERA.- RESOLUCION DE LAS OBSERVACIONES Y SU PUBLICACION.- Las
observaciones que se llegaren a presentar serán sometidas a la consideración de la Comisión de Carrera
Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, a fin de que resuelva lo conducente en la primera semana de
noviembre del año en curso, situación que se notificará a los interesados por conducto de la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del propio Consejo.
DECIMASEGUNDA.- DE LA EXCLUSION DE LA LISTA PRELIMINAR.- En caso de que la Comisión de
Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal determine alguna exclusión de la lista preliminar, la
persona no admitida tendrá derecho a solicitar información sobre los motivos que originaron dicha
determinación.
DECIMATERCERA.- DE LA APROBACION Y PUBLICACION DE LA LISTA.- En la segunda semana de
noviembre del presente año, la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal aprobará la
lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación,
correspondiente al año dos mil diez, la cual se publicará en el Diario Oficial de la Federación, así como en el
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. En dicha publicación se dará a conocer el número de
registro que corresponda a cada uno de los peritos.
DECIMACUARTA.- VIGENCIA DE LA LISTA.- La lista de personas que puedan fungir como peritos ante
los órganos del Poder Judicial de la Federación que se publique, tendrá vigencia del uno de enero al treinta
y uno de diciembre de dos mil diez.
DECIMAQUINTA.- La Comisión de Carrera Judicial podrá determinar que una persona sea excluida de la
lista, independientemente del tiempo de permanencia en ésta.
DECIMASEXTA.- DE LO NO PREVISTO EN ESTA CONVOCATORIA.- Las situaciones no previstas en la
presente convocatoria, serán decididas por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura
Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese esta convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en dos diarios de
circulación nacional.
SEGUNDO.- Publíquese la presente convocatoria en los estrados de los órganos jurisdiccionales del
Poder Judicial de la Federación.
LA LICENCIADA MARIA DE LOURDES MARGARITA GARCIA GALICIA, SECRETARIA EJECUTIVA DE CARRERA
JUDICIAL, ADSCRIPCION Y CREACION DE NUEVOS ORGANOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL,
CERTIFICA: Que la presente convocatoria para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos
ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez, fue aprobada por la
Comisión de Carrera Judicial en sesión de esta fecha, por unanimidad de votos de los señores Consejeros:
Presidente Juan Carlos Cruz Razo, Luis María Aguilar Morales y Jorge Efraín Moreno Collado. México, Distrito
Federal, a dos de junio de dos mil nueve.- Conste.- Rúbrica.
86
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA
PAGADERAS EN LA REPUBLICA MEXICANA
Con fundamento en el artículo 35 de la Ley del Banco de México; en los artículos 8o. y 10o. del
Reglamento Interior del Banco de México, y en los términos del numeral 1.2 de las Disposiciones Aplicables a
la Determinación del Tipo de Cambio para Solventar Obligaciones Denominadas en Moneda Extranjera
Pagaderas en la República Mexicana, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de
1996, el Banco de México informa que el tipo de cambio citado obtenido el día de hoy conforme
al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $13.1695 M.N.
(TRECE PESOS CON UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO DIEZMILESIMOS MONEDA NACIONAL)
por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente
México, D.F., a 2 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y
Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales,
Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
TASAS DE INTERES INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
Según resolución del Banco de México publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de
1995 y de conformidad con lo establecido en el Anexo 1 de la Circular 2019/95 dirigida a las instituciones
de banca múltiple, se informa que las Tasas de Interés Interbancarias de Equilibrio en Moneda Nacional a
plazos de 28 y 91 días obtenidas el día de hoy, fueron de 5.0450 y 5.0200 por ciento, respectivamente.
Las citadas Tasas de Interés se calcularon con base en las cotizaciones presentadas por los Bancos:
Banco Santander S.A., HSBC México S.A., Banco Nacional de México S.A., Banco Invex S.A., Banco Azteca
S.A., ScotiaBank Inverlat, S.A. y Banco Mercantil del Norte S.A.
México, D.F., a 2 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Gerente de Autorizaciones, Consultas y
Control de Legalidad, Héctor Rafael Helú Carranza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Nacionales,
Carlos Pérez Verdía Canales.- Rúbrica.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
87
EQUIVALENCIA de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de junio de 2009.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
EQUIVALENCIA DE LAS MONEDAS DE DIVERSOS PAISES CON EL DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMERICA, CORRESPONDIENTE AL MES DE JUNIO DE 2009.
Con fundamento en el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación y en los artículos 8o. y 10o. de su
Reglamento Interior, el Banco de México da a conocer para efectos fiscales, la cotización de las monedas
de diversos países contra el dólar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales al cierre
del mes de junio de 2009.
País (1)
Africa Central
Albania
Antillas Holandesas
Arabia Saudita
Argelia
Argentina
Australia
Bahamas
Bahrain
Barbados
Belice
Bermuda
Bolivia
Brasil
Bulgaria
Canadá
Chile
China
Colombia
Corea del Norte
Corea del Sur
Costa Rica
Cuba
Dinamarca
Ecuador
Egipto
El Salvador
Emiratos Arabes Unidos
Eslovaquia
Estonia
Etiopía
Estados Unidos de América
Federación Rusa
Fidji
Filipinas
Ghana
Gran Bretaña
Guatemala
Guyana
Haití
Honduras
Hong Kong
Hungría
India
Indonesia
Irak
Moneda
Franco
Lek
Florín
Riyal
Dinar
Peso
Dólar
Dólar
Dinar
Dólar
Dólar
Dólar
Boliviano
Real
Lev
Dólar
Peso
Yuan
Peso (2)
Won
Won (2)
Colón
Peso
Corona
Dólar
Libra
Colón
Dirham
Corona
Corona
Birr
Dólar
Rublo
Dólar
Peso
Cedi (2)
Libra Esterlina
Quetzal
Dólar
Gourde
Lempira
Dólar
Forint
Rupia
Rupia (2)
Dinar
Equivalencia de la
moneda extranjera
en dólares de los
E.E.U.U.A.
0.00215
0.01083
0.55866
0.26665
0.01369
0.26387
0.80870
1.00000
2.65263
0.50000
0.51118
1.00000
0.14238
0.51381
0.71937
0.86125
0.00188
0.14640
0.46597
0.00690
0.78505
0.00174
1.00000
0.18893
1.00000
0.17878
0.11429
0.27226
0.04671
0.08992
0.08807
1.00000
0.03214
0.48855
0.02077
0.06687
1.64660
0.12293
0.00489
0.02516
0.05292
0.12903
0.00518
0.02087
0.09797
0.00086
88
(Primera Sección)
Islandia
Israel
Jamaica
Japón
Jordania
Kenya
Kuwait
Líbano
Libia
Lituania
Malasia
Marruecos
Nicaragua
Nigeria
Noruega
Nueva Zelanda
Pakistán
Panamá
Paraguay
Perú
Polonia
Puerto Rico
Rep. Checa
Rep. De Sudáfrica
Rep. De Yemen
Rep. Democrática del Congo
Rep. Dominicana
Rep. Islámica de Irán
Rumania
Serbia
Singapur
Siria
Sri-Lanka
Suecia
Suiza
Surinam
Tailandia
Taiwan
Tanzania
Trinidad y Tobago
Turquía
Ucrania
Uruguay
Unión Monetaria Europea
Venezuela
Vietnam
DIARIO OFICIAL
Corona
Shekel
Dólar
Yen
Dinar
Chelín
Dinar
Libra (2)
Dinar
Litas
Ringgit
Dirham
Córdoba
Naira
Corona
Dólar
Rupia
Balboa
Guaraní (2)
Nuevo Sol
Zloty
Dólar
Corona
Rand
Rial
Franco
Peso
Rial (2)
Leu (2)
Dinar
Dólar
Libra
Rupia
Corona
Franco
Dólar
Baht
Nuevo Dólar
Chelín
Dólar
Lira
Hryvnia
Peso
Euro (3)
Bolívar Fuerte(4)
Dong (2)
Viernes 3 de julio de 2009
0.00783
0.25575
0.01128
0.01037
1.41064
0.01307
3.47729
0.66545
0.80263
0.40747
0.28417
0.12463
0.04918
0.00675
0.15557
0.65090
0.01228
1.00000
0.19920
0.33332
0.31555
1.00000
0.05425
0.12966
0.00496
0.00132
0.02786
0.10057
0.03347
0.01501
0.69072
0.02172
0.00870
0.12984
0.91971
0.36485
0.02938
0.03048
0.00076
0.15880
0.65178
0.12878
0.04241
1.40280
0.46570
0.05618
______________________________________
1)
Los nombres utilizados no necesariamente coinciden con los nombres oficiales y se listan sin
perjuicio del reconocimiento que en su caso se les otorgue como país independiente.
2)
El tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas.
3)
Los países que utilizan al Euro como moneda son: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, España,
Eslovenia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Portugal y Países Bajos.
4)
A partir del 2008 el Bolívar fue sustituido por el Bolívar Fuerte. Para cotizaciones anteriores al 2008 el
tipo de cambio está expresado en dólares por mil unidades domésticas.
México, D.F., a 1 de julio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Director de Disposiciones de Banca Central,
Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.- El Gerente de Operaciones Internacionales y Monedas,
Alejandro Aguilar Ceballos.- Rúbrica.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
89
ENCADENAMIENTO de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al mes
de abril de 2009.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.
INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR
En relación con los productos y servicios a que se refieren las fracciones I y II del artículo 20-Bis del
Código Fiscal de la Federación dados a conocer por este Banco de México en el Diario Oficial de la
Federación el 25 de julio de 2002, este Banco de México tomando en cuenta el cierre o ampliación de fuentes
de información y la desaparición o ampliación de marcas, modelos, presentaciones o modalidades, ha
resuelto encadenar los productos y servicios cuyas claves de identificación y especificación se encuentran
indicadas en el anexo de la presente publicación. Es de señalarse que en los nuevos artículos se da a
conocer el precio correspondiente a abril de 2009, como precio de referencia.
México, D.F., a 26 de junio de 2009.- BANCO DE MEXICO: El Director de Precios, Salarios
y Productividad, Javier Salas Martín del Campo.- Rúbrica.- El Director de Disposiciones de Banca Central,
Fernando Luis Corvera Caraza.- Rúbrica.
ANEXO
CD
CLAVE
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
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01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
01
001027
003021
007008
008048
009056
011002
013019
013082
014011
026001
028019
032017
032063
034006
038019
040017
042002
043025
048001
049031
049040
049053
053006
054010
056014
056017
056045
056100
064041
068045
085005
089055
090091
093006
093010
105006
106028
106033
108007
109003
109038
109073
113002
115004
116040
116066
119051
122016
122019
134053
134077
134079
134090
135036
135052
135109
136006
136027
136036
136041
137027
138014
138015
138029
138037
138038
138054
138055
139001
139015
139017
139038
139040
139047
140017
140036
140039
140056
141016
141018
141036
141037
NUEVA ESPECIFICACION
SANISSIMO, TOSTADAS, HORNEADAS, PAQ DE 270 GR
ACT II, PALOMERO, MANTEQUILLA, SOBRE DE 91 GR
PASTEL, 3 LECHES, 4 ESTACIONES
LA MODERNA, FIDEO, PAQ DE 220 GR
GOLDEN HILLS, MARIAS, CAJA DE 1 KG, C/6 PAQ DE 166.67 GR C/U
MAC'MA, RELLENAS, ABANICOS, CAJA DE 245 GR
NESTLE, CEREAL MIXTO, FITNESS, CAJA DE 590 GR
KELLOGG'S, CEREAL MIXTO, FROOT LOOPS, CAJA DE 520 GR
SORIANA, SUPER EXTRA, BOLSA DE 1 KG
A GRANEL
PAVO, PIERNA, A GRANEL
BERNINA, PATE, DE PAVO TUBO DE 200 GR
KIR, MORTADELA, DE AVE, PAQ DE 200 GR
FAIN, DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL
CALAMAR, COCIDO, A GRANEL
HUACHINANGO, ENTERO, A GRANEL
DANI, CANGREJO, LATA DE 120 GR
LALA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ENVASE DE 1 LT
LA VILLITA, OAXACA, PAQ DE 400 GR
NESTLE, NATURAL, ENVASES DE 225 ML
LYNCOTT, ACIDA, ENVASE DE 400 GR
LALA, ACIDA, ENVASE DE 450 GR
VIOLAC, AMERICANO, A GRANEL
GLORIA, S/SAL, BARRA DE 225 GR
CAPULLO, ACEITE DE CANOLA, BOTELLA DE 945 ML
INCA, MANTECA VEGETAL, PAQ DE 1 KG
AURRERA MP, MARGARINA, S/SAL, BARRA DE 225 GR
NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 946 ML
CIRUELA, A GRANEL
BOSC, A GRANEL
ENTEROS, POR PZA
D'CALIDAD CHEDRAUI, PINTO, BOLSA DE 1 KG
AURRERA, CHILE MORITA, BOLSA DE 100 GR
LA COSTEÑA, JALAPEÑOS, PICADOS EN ESCABECHE, LATA DE 380 GR
LA COSTEÑA, CHIPOTLES, ADOBADOS, LATA DE 220 GR
LA COSTEÑA, VINAGRE, DE MANZANA, BOTELLA DE 535 ML
MAFER, CACAHUATE ENCHILADO, BOLSA DE 190 GR
SABRITAS, PAPAS FRITAS, C/SAL, ORIGINAL, BOLSA DE 343 GR
NESQUIK, EN POLVO, LATA DE 380 GR
LAPOSSE, CARAMELO, RELLENO, BOLSA DE 500 GR
KINDER SORPRESA, CHOCOLATE, C/LECHE, HUEVO DE 20 GR
LAS SEVILLANAS, CARAMELO, LECHE DE CABRA Y NUEZ, DE 150 GR
ROSTIZADO, A GRANEL
RED BARON, 4 QUESOS, CONGELADA, CAJA DE 618 GR
CORONA, CLARA, EXTRA, C/6 BOTELLAS DE 190 ML C/U (1140)
CORONA, CLARA, C/24 BOTELLAS RETORNABLES DE 355 ML C/U 8520
BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 980 ML
PALL MALL, CON FILTRO, REGULARES, CAJETILLA CON 25 PZAS
PALL MALL, CON FILTRO, BOOTS, CAJETILLA CON 20 PZAS
VAN HEUSEN, CAMISA, 65% POLIESTER, 35% ALGODON
PARARI COLLECTION, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
MARCO MARINE, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
IMPERIAL, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
RIB, TRUSA, 100% ALGODON, 2 PIEZAS
CALVIN KLEIN, BOXER, 100% ALGODON
EVERLAST, CAMISETA, 100% ALGODON
GOLDTOE, CALCETINES, 98% ACRILICO - 2% ELASTANO
JBE, CALCETINES, 80% ALGODON - 20% NYLON
DOMENICO UOMO, CALCETINES, 75% ALGODON - 20% ELAST - 5% ELAS
GLEYTOR, CALCETINES, 100% POLIAMIDA
LEVI'S, 100% ALGODON
MARIO PUCCINI, TRAJE, 55% POLIESTER - 45% LANA
YVES SAINT LAURENT, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA
CALVIN KLEIN, TRAJE, 100% LANA
PERTEGAZ, TRAJE, 100% LANA
PH 1888, TRAJE, 100% LANA
PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% LANA
CORVEN M, TRAJE, 95% LANA - 5% MOHAIR
GUSSINI, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
YALE, 100% POLIESTER
THINGS CONTEMPO, 70% POLIESTER - 30% VISCOSA
CLASICOS, 75% POLIESTER - 25% VISCOSA
SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER
U.S.POLO ASSN 35% VISCOSA - 65% POLIESTER
WEEKEND, PIJAMA, 100% ALGODON
WILSON, BERMUDA, 100% POLIESTER
WEEKEND, JGO DE PANTS, 100% POLIESTER
CALVIN KLEIN, PIJAMA, 100% ALGODON
BISSET, 100% POLIESTER
METROPOLIS COMPANY, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
TAVATA, 100% POLIESTER
GILBERT, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
PRECIO
PROMEDIO ($)
ABRIL 2009
66.11
68.98
89.90
20.00
19.50
112.24
65.76
83.51
14.01
24.50
40.00
69.75
33.00
52.50
44.00
84.00
337.33
12.95
93.50
45.78
36.75
26.49
35.00
93.33
30.58
27.90
39.56
29.92
44.00
26.43
1.00
18.65
89.50
37.89
55.86
14.58
100.53
115.38
64.39
108.00
12.00
205.63
65.50
115.70
32.08
16.90
146.94
25.00
22.00
389.00
89.90
97.00
169.00
78.00
265.00
75.00
85.00
69.00
95.00
17.90
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(Primera Sección)
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141055
142051
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143032
143052
144009
144010
144040
145001
145003
145021
145022
145036
145039
145041
145044
145052
145053
146001
146009
146015
146021
146033
146053
146069
146079
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147001
147002
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147036
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147109
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148053
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152005
152017
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152031
152036
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155036
156004
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156013
156018
156022
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156054
156055
157024
159012
160054
163020
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163081
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164016
164018
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166070
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166092
166093
168019
168039
168041
168082
168092
DIARIO OFICIAL
OPTIMA, 100% ALGODON
NECTAR, 100% ALGODON
18 FOREVER, 92% ALGODON - 8% ELASTANO
DAVINCHY, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
BOGGS, 61% POLIESTER - 33% RAYON - 6% ELASTANO
SKINY, PANTALETA, 92% ALGODON, 8% ELASTANO
VICKY FORM, BRASIER, 79% POLIAMIDA - 21% ELASTANO
ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
CARLA CONTI, MEDIAS, 87% POLIAMIDA, 13% ELASTANO
WEEKEND, 100% ALGODON
CIMARRON, 100% ALGODON
CIMARRON, 100% ALGODON
VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER
725 ORIGINALS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
X-TEND, 100% POLIESTER
VANTACH, 100% POLIESTER
CREACIONES ANT MAR, 100% ACRILICO
725 ORIGINALS, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
GIOVANNI PAOLO, 72% POLIESTER - 20% VISCOSA - 5% ELAST
VIANNI CLASSIC, 72% POLIESTER - 23% VISCOSA - 5% ELASTA
SAHARA, 75% POLIESTER - 20% VICOSA - 5% ELASTANO
THINNER, 75% RAYON - 21% NYLON - 4% SPANDEX
KAROO, SHORT, 90% ALGODON - 10% POLIESTER
WILSON, PANTS, 100% POLIESTER
ILUSION, FONDO, 100% NYLON
NEW WAVE, CAMISON, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
PEMBROOKE, CONJUNTO, 100% POLIESTER
JOCES, CONJUNTO, 94% POLIESTER, 6% SPANDEX
BISSET, BATA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
ESTELE, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
KAROO, PIJAMA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
CHEROKEE, SACO, 100% POLIESTER
CHEROKEE, VESTIDO, 100% ALGODON
PAMMY, VESTIDO, 48% POLIESTER - 48% VISCOSA - 4% ELASTANO
EMA VALDEMOSSA, VESTIDO, 100% POLIESTER
LIFE, VESTIDO, 100% POLIESTER
EMANUELLE, VESTIDO, 100% POLIESTER
DUPLAN, VESTIDO, 100% POLIESTER
THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 84% POLIESTER - 16% ELASTANO
DISSORDERCY, VESTIDO, 100% ALGODON
THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 68% POLIEST., 29% VISCOSA, 3% ELASTA
KAROO, VESTIDO, 61% POLIESTER - 32% VISCOSA - 7% ELASTANO
THINNER, VESTIDO, 100% ALGODON
RUE DE LA PAIX, VESTIDO, 100% POLIESTER
BLUSH, VESTIDO, 100% POLIESTER
VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER
ALEXIS, 62% POLIESTER - 33% VISCOSA - 5% ELASTANO
BISSET, 100% POLIESTER
THINGS CONTEMPO, 100% POLIESTER
GILBERT, 100% POLIESTER
LA MODE, 76% POLIESTER - 20% VISCOSA - 4% ELASTANO
OLD NAVY, 100% ALGODON
GIOVANNI PAOLO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER
CORA TOSSETI, 96% POLIESTER - 4% SPANDEX
SPIN, 96% POLIESTER - 4% ALGODON
IMPRESS, 100% POLIESTER
DEVILLE, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% ALGODON
SIMPLY BASIC, 100% ALGODON
JUST 4 BOYS, 100% ALGODON
STRONG, 100% ALGODON
KULTUR, 100% ALGODON
GEORGE, 100% POLIESTER
YALE, 100% POLIESTER
DISNEY, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
NIKKI CLUB, PLAYERA, 100% ALGODON
PARLLIENI, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
POLO BY RALPH LAUREN, PLAYERA, 100% ALGODON
WEEKEND, PLAYERA, 100% ALGODON
SIMPLY BASIC, CAMISA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
725 ORIGINALS, PLAYERA, 100% ALGODON
METRO URBAN, PLAYERA, 100% ALGODON
UNITED STATES POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON
NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON
BASIC CONCEPTOS, PLAYERA, 100% ALGODON
US POLO, CAMISA, 100% ALGODON
HELLO KITTY, VESTIDO, 100% ALGODON
CHERSI, VESTIDO, 80% ALGODON - 20% POLIESTER
NINA CAROL'S, VESTIDO, 40% POLIESTER - 35% RAYON - 25% NYLON
JESSY FRANZ, VESTIDO, 100% ALGODON
PETITE DOMINIQUE, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
TWIST AND SHOT, VESTIDO, 100% ALGODON
HANES, BOXER, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/2 PZAS
WEEKEND BASIC NIÑOS, PLAYERA, 100% ALGODON
WEEKEND, PANTALETA, 94% ALGODON - 6% ELASTANO
BABY CREYSI, PANTALETA, 75% ALGODON - 25% POLIESTER
BABY CREYSI, PANTALETA, 75% POLIESTER - 25% ELASTANO
DUREX, CALCETAS, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
TEBI, CALCETINES, 70% ALGODON - 20% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON
PRIMMI, COMANDO, 100% ALGODON
BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON
BABY CREYSI, TRAJE, 100% ALGODON
BE THE BEST, TRAJE, 100% ALGODON, 3 PZAS
MON CARAMEL, TRAJE, 100% ALGODON
BALLOOMS BABYS, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
JACADI, MAMELUCO, 80% ALGODON - 20% POLIESTER
TIMBREE, MAMELUCO, 100% ALGODON
FIX BABY, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
COCORICO, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
BABY CRAYSI, CAMISETA, 100% ALGODON
ADIDAS, GORRA, 100% ALGODON, MOD 650196
PROVENZA, SUETER P/NIÑA, 100% ACRILICO
PROFITNES, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
KAROSSO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
CARIOCA, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
FISHER, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CONVERSE, CORTE TELA - SUELA SINTETICA
DENCY, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
LOREDANO, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
JULIO DE MUCHA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
HOSS POPO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CELMI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
VAGAR, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
WEST KIDS, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
VAVITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
ORTO UNO 355, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
TROPICANA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
VIA CATTINI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
SPORLINE, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SIINTETICA
GÖSH, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
GITANO,ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
Viernes 3 de julio de 2009
77.99
219.00
109.00
179.00
349.00
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179.00
169.00
298.00
59.90
198.00
198.00
298.00
198.00
199.00
129.00
99.98
89.00
259.00
69.90
159.00
169.00
92.00
219.00
119.00
169.00
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179.00
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129.00
169.00
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198.00
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214.00
268.00
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129.00
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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CAMBIO DE MARCA
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVO MODELO
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CIERRE DE FUENTE
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
DE INFORMACION
Viernes 3 de julio de 2009
01
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184024
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186020
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283010
283015
283025
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286009
287001
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289008
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291016
291027
292001
292014
295006
307005
309002
310002
310003
310005
310006
310007
310010
310014
310015
310016
310018
DIARIO OFICIAL
NEW WAVE, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
SHERWIN WILLIAMS, PINTURA, PINTA FACIL, BLANCO, DE 3.785 LT
TRUPER, EXTENSION, BLANCA, 4 MT, EXTD-4B
VENTANA, DE ALUMINIO BASICA, 1.50 X 1.20 M, SIN ACABADO
MERIDIAM PLUS, PINTURA, INT Y EXT, BOTE C/4 LT
TRUPER, CHAPA, PARA BAÑO, BOTON DE SEGURIDAD, MOD BAL-LB-B
WILSON, ACCS P/BAÑO, REGADERA, 3 PZAS, MOD BURGOS
LAVADO, DE CISTERNA, CAP DE 1100 LT
ASEO GENERAL, PAGO MENSUAL
ASEO GENERAL, PAGO MENSUAL
NIÑERA, PAGO POR DIA
RAMPE, ALACENA, C/ENTREPAÑOS, MOD METROPOLITAN 20802P
DC MUEBLES, PORTAGARRAFON, LAMINA CON MADERA
ACROS, 6 QUEM, ENC ELECT, MOD EAF5303
ACROS, 6 QUEM, ENC SEMIAUTOMATICO, HORNO, MOD AF4300QBLA
MAN / FAGOR, DE PASO, 11 LT, INSTANTANEO, MOD MFEP-11D
BOAL, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1), MOD MELANI
IKASA, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1), MOD OZUNA
MILAN, 5 PZAS, MAT, CABECERA, 2 BUROES, TOCADOR, LUNA, NOGAL
WHIRLPOOL, 498 DM3, ENFRIADOR DE AGUA, MOD WRT 18 VZO1
LG, 12 KG, 3 CICLOS, MOD WPI500 RS
EASY, 12 KG, AUT, MOD LAE-12030PB-BLA
MABE, HORNO DE MICROONDAS, MOD MA08DGO
LG, AP. ACONDIC. DE AIRE, 5050 BTU/H, 115 V, MOD W051CMTSS8
LG, ENFRIADOR DE AIRE, AUTOMATICO, MOD A122CXSFO
MAN, DE PEDESTAL, 3 VEL, OSCILATORIO, MOD VPG-9016
MYTEK, DE PEDESTAL, 12", 3 CM, 3 VEL, MOD 3337
GMERIT, DE PEDESTAL, 3VEL, 16", MOD RD40
KOOL OPERATOR, DE PISO, 20", 3 VELOCIDADES
MAN, DE PISO, 1 VELOCIDAD, MOD FREAL2020
FAN STAR, DE PEDESTAL, 16", MOD 3123
BLACK & DECKER, VAPOR Y ROCIO, ANTIADHERENTE, MOD W200
T- FAL, VAPOR, ULTRA GLIDE DIFFUSION, MOD FV3249
OSTER, VAPOR Y ROCIO, NIVELES DE TEMPERATURA, MOD 5002-13
OSTER, 1 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 450-10
MITSUI, 21, PANTALLA PLANA, MOD 2108PE
DAEWOO, 21, PANTALLA CONVENCIONAL, MOD DTG21335M, AUDIO
SAMSUNG, 21, PANTALLA PLANA, MOD CL-21Z43MJA/4 SLIM
COMPAQ, PORT, CORE 2 DUO/2GHZ, 2 GB, 120 GB, 21, MOD C768
HP, ESC, INTEL 2.53 GHZ, 4 GB, 320 GB, 19, MOD S3720LA
COMPAQ, ESC, N1AMD 256 MB, 80 GB, 17, PRESARIO MOD W5010L
HP, ESC, DUAL CORE 2.2GHZ, 3 GB, 320 GB, MOD. A6600
TOSHIBA, PORT, CORE 2, 3 GB, 320 GB, 14.1, MOD M305-SP49
SONY, MINICOMPONENTE, 3 CD, MP3, C/CONTROL, MOD. MHGT-222
SAMSUNG, REPRODUCTOR DVD, MOD DVD-1080P8
SONY, REPRODUCTOR DVD, MP3, MOD NS700HP
SAMSUNG, REPRODUCTOR DVD, CD, MP3, MOD DVD-P280
LG, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, MOD HDM1NEGRO
SONY, RADIOGRABADORA, 1 CD, MOD ZS-S2IP
LG, RADIOGRABADORA, AM/FM, 1 CASETE, 1 CD, LPC12
SONY, RADIOGRABADORA, AM/FM, MP3, CD, CASETE, MOD G770CPK
PHILIPS, FOCO, BLANCO, SOFTONE, 60 WATTS
OSRAM, FOCO, AHORRADOR, 20W-100W LUZ DE DIA TRIPLE
CHAHIN, ESCOBA, DE MIJO, 7 HILOS
GOLDEN HILLS, ESCOBA, DE PLASTICO, MOD MEGA
CRISA, REFRACTARIO, MOLDE PARA PAY, MOD 4740
NEW WAVE, BATERIA, 5 PZAS
ARMHER, PORTA GARRAFON, DE PLASTICO, VARIOS
JOY, CUBETA, CAP DE 11 LT
CHEROKEE, EDREDON, MATRIMONIAL, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
MOSLEY, COLCHA, INDIVIDUAL, C/OLAN, 100% POLOPROPILENO
MAINSTAYS HOME, EDREDON, INDIVIDUAL, 50% POL - 50% ALG, LEEDS
KU-KU SUPER, ESTAMBRE, BOLSA DE 200 GR
ESSENTIALS, ALMOHADA, 100% ALGODON
GOLDEN HILLS, JERGA, 48 CM X 150 CM
HOME, MATRIMONIAL, 50% ALG - 50% POL, ESTAMPADA, MOD ASHLEY
KALTEX HOME BASIC, INDIVIDUAL, 50% ALG - 50% POL, MOD 8275
CHEROKEE, QUEEN, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
HOME EXPRESSIONS, MEDIO BAÑO, BCA, 60 X 110 CM, 100% ALG
TOWEL, MEDIO BAÑO, 100% ALGODON, MOD ASTUR
NEW WAVE, PARA BAÑO, 1.80 X 1.80 VINIL
TELA PARA CORTINA, TERCIOPELO DE CRISTAL, 1MT X 1MT
ACE, EN POLVO, ACTIBLU, FLORAL, BOLSA DE 950 GR
TEPEYAC, BARRA DE 400 GR
GLADE, AEROSOL, CARICIAS BEBE, ENVASE DE 400 ML
PENTREXIL, CAPSULAS, C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL
ISOX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 100 MG, LAB SENOSIAIN
CECLOR, TABLETAS, CAJA C/14 DE 375 MG, LAB ALTANA
PENTREXIL, CAPSULAS, CAJA C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL
KLARICID, SUSPENSION, FCO DE 60ML, DE 250 MG, LAB ABBOTT
ALGITRIN, TABLETAS, CAJA C/12 DE 325/200 MG, LAB SCHERING PL
DOLOTANDAX, GRAGEAS, FCO C/24, LAB SANDOZ
LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/20 DE 10 MG, LAB PFIZER
INDERALICI, TABLETAS, CAJA C/42 DE 10 MG, LAB ASTRA ZENECA
MICARDIS PLUS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 80/12.5 MG, BOEHRINGE
NEUTROGENA, JABON, LIMPIADORA, BARRA DE 100 GR
EUCERIN, JABON, SUSTITUTO, PH5 SYNDET, DE 100 GR
SKIN CARE, SUSPENSION, ENVASE C/120 ML, LAB DARIER
THERAFLU, POLVO, GRANULADO, C/6 DE 9.816 GR C/U LAB NOVARTIS
PUENTE, PROTESIS FIJA PARA UNIDAD DE METAL PORCELANA
PUENTE, REMOVIBLE PARCIAL, METAL-ACRILICO
APENDICECTOMIA, MEDICAMENTOS Y MATERIAL, HASTA 48 HRS
ULTRASONIDO, DE EMBARAZO CON REPORTE
PARTO NORMAL, 2 NOCHES, CUNA, SALA, CAMA EXTRA, 1ER PIS
PARTO NORMAL, MEDICAMENTOS Y MATERIALES, HASTA 24 HRS
APLICACION DE TINTE, C/RAYITOS, PELO MEDIANO
PARIS FRANCE, AGUA DE TOCADOR, P/DAMA, C/ATOM, FCO DE 100 ML
ESCUDO, JABON DE TOCADOR, ANTIBACTERIAL, BARRA DE 200 GR
PANTENE, JABON DE TOCADOR, CUERPO, PRO V, BARRA DE 200 GR
CAMAY, JABON DE TOCADOR, ROMANTIC, 3 PZAS DE 200 GR C/U 600
MUM, ROLL-ON, ANTITRANSPIRANTE, FLORAL, ENV DE 45 GR
OBAO, ROLL-ON, ANTITRANSPIRANTE, FOR MEN, ENVASE DE 65 GR
OBAO, ROLL-ON, CLASIC, FOR MEN, ENVASE DE 65 GR
OBAO, ROLL-ON, SENSITIVE, ANTITRANSPIRANTE, ENVASE DE 65 ML
LUBRIDERM, CREMA PARA PIEL, NORMAL, ENVASE DE 400 ML
BIC, RASTRILLO, TWIN LADY, CON 12 PIEZAS
LOREAL, MAQUILLAJE LIQUIDO, INFALIBLE, ENVASE DE 30 ML
COLGATE, CEPILLO DENTAL, ZIG ZAG PLUS
PROPLUS, CEPILLO DENTAL, DOBLE AXION, MEDIANO
DALIA, PEINE, DE COLA, PAQ C/6 PZAS
GREAT VALUE, FRESCO AROMA, PAQ C/ 24 ROLLOS
REGIO, R3, ESTANDAR, PAQ C/12 ROLLOS, 510 HOJAS TRIPLES
KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC MAX, DE 9 A 13 KG, C/40 PZA
KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC MAX, 9-13 KG, PAQ C/25 PZAS
GOLDEN HILLS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA CON 90 PAÑUELOS
BANDERAZO, BASE METRO RIO DE LOS REMEDIOS
MEXICO - JALAPA, PRIMERA CLASE
MEXICO-SAN ANTONIO TX, REDONDO, VUELO MX 830 - 831
MEXICO-LOS ANGELES CA, REDONDO, VUELO AM 644-647
MEXICO-MIAMI, REDONDO, VUELO AM 412-429
TOLUCA-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO IJ 216
MEXICO-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO MX CLICK 7476
MEXICO-MONTERREY, SENCILLO, VUELO AM 918
MEXICO-ZACATECAS, SENCILLO, VUELO 7790
MEXICO-IXTAPA, SENCILLO, VUELO MX 537
MEXICO-TIJUANA, SENCILLO, VUELO AM 134
MEXICO-OAXACA, SENCILLO, VUELO AV 241
(Primera Sección)
49.13
175.54
62.00
839.99
167.40
198.80
176.00
200.00
3000.00
3200.00
200.00
2399.00
1349.00
4449.00
4139.00
4458.00
25046.00
7445.00
18366.00
12799.00
3200.00
5637.00
1462.00
2295.00
6155.00
495.00
336.00
260.00
499.00
633.00
349.00
198.00
575.00
218.00
945.00
1649.00
1745.00
2499.00
10199.00
12999.00
6498.00
11198.00
10449.00
4024.00
990.00
898.00
799.00
880.00
1509.00
765.00
2198.00
7.90
62.00
65.58
29.90
109.45
157.92
73.50
43.50
548.00
168.00
358.00
62.40
98.00
17.90
269.00
220.00
278.00
64.90
69.90
34.80
39.99
25.24
19.25
34.90
99.50
294.00
265.00
97.90
335.09
65.00
88.80
479.40
58.50
359.50
36.50
52.95
72.00
93.50
3000.00
3500.00
22000.00
500.00
6500.00
8485.00
500.00
330.00
42.45
41.00
39.50
15.65
19.70
19.40
19.90
107.00
41.90
179.00
23.50
22.60
16.80
2.42
43.60
111.68
75.00
9.20
6.96
258.00
6809.28
6036.22
11796.34
595.64
1305.44
1420.97
2972.94
2727.41
3349.65
897.76
PAR
CUBETA
PZA
PZA
BOTE
PAQ
JGO
SERV
SDO/M
SDO/M
SERV
UNIDAD
PZA
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
JGO
JGO
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
PZA
PZA
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PZA
JGO
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JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
JGO
JGO
JGO
PZA
PZA
PZA
MT
KG
KG
PZA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
FCO
CAJA
FCO
CAJA
CAJA
CAJA
PZA
PZA
FCO
CAJA
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
PZA
KG
KG
KG
PZA
PZA
PZA
PZA
LT
PAQ
PZA
PZA
PZA
PAQ
ROLLO
ROLLO
PAQ
PAQ
CAJA
VIAJE
VIAJE
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
91
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
NUEVO MODELO
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
NUEVO MODELO
NUEVOS MODELOS
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MODALIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
92
01
01
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02
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02
02
02
02
02
02
02
02
(Primera Sección)
310019
311012
311013
311021
311035
311038
311057
311058
312004
312010
312013
312019
315012
316007
317005
317010
317013
317014
318006
318008
318014
322013
322017
344010
344013
345011
345022
345028
345029
346007
346009
347018
348013
348041
350017
350019
353024
354014
355002
355011
355014
358001
358015
358021
358025
359004
359007
359012
359013
359014
359022
359026
362006
362009
363004
364012
378015
380001
382013
383017
001017
003003
009003
013001
014004
021001
022003
033001
043006
047002
047003
056008
066004
067002
067008
069008
082008
083002
088002
089006
090008
099004
109001
116008
119001
140003
144006
149002
172002
184002
184016
187002
187004
194008
208001
211003
216002
220001
221002
222001
229002
239003
241001
241008
283004
287001
291001
291004
292004
311008
311010
315001
316001
316002
317002
318004
321004
323001
323004
325002
346004
349002
352002
352003
361002
384002
384003
DIARIO OFICIAL
MEXICO-VILLAHERMOSA, SENCILLO, VUELO AM 419
SEAT, IBIZA, REFERENCE BASICO, STD, 2 PTAS, 1.6 LT, MOD 2009
NISSAN, TSURU, GS I, STD, S/AC, MOD 2009
NISSAN, ROGUE, SL, 2WD, TELA CVT, AUT, 5 PTAS, MOD 2009
VW, JETTA, CITY, STD, 4 PTAS, PINT MET, MOD 2009
VW, JETTA, EUROPA, AUT, A/AC, PINT METALICA, MOD 2009
NISSAN, TIIDA, HB EMOTION, STD, 4 PTAS, MOD 2009
FORD, EDGE, LIMITED, 6 VEL, PIEL, AUT, DVD, 4 P, MOD 2009
VELOCI, ROD. 20, MOD HOLIDAY
TURBO, ROD. 24, ALUMINIUM S330
BENOTTO, ROD. 20, 1 VEL, MOD BENOT BIC COLDST
VELOCI, ROD. 24, 7 VELOCIDADES, MOD KRIPTONITE
BARDAHL, MONOGRADO, SAE 40, MAXOIL, ENV. DE 950 ML
FIRESTONE, RIN 13, 175/30, EURODRIVE
GONHER, FILTRO, DE AIRE, MOD G4- 277
AEROVANTAGE, LIMPIA PARABRISAS, 22"ADAS
X VISION - 13, LIMPIA PARABRISAS, DE 325 MM, 1 PZA
HELLA, LIMPIA PARABRISAS, PAQ C/2 PZAS, MOD 19/21
LTH, L - 42R - 500 -12V
LTH, L58-575, 12V
LTH, 12 V, L-24-420
LAVADO, DE AUTO GRANDE, C/4 PTAS
LAVADO, AUTO COMPACTO
LOS CUATRO ACUERDOS, NOVELA, DR MIGUEL RUIZ, ED URANO
LOS INTOCABLES, POLITICA, JORGE ZEPEDA P, EDIT PLANETA
SCRIBE, BLOCK, TAMAÑO CARTA, ESCOLAR, RAYA, DE 80 HOJAS
OFFICE DEPOT, CARPETA, TAM CARTA, PASTA DE VINIL, VERDE
SCRIBE, CUADERNO, PROFESIONAL, ESCOLAR, C/ESPIRAL DE 100 HOJAS
SCRIBE, BLOCK, MARQUILLA, C/ESPIRAL DE 20 HOJAS
BIC KIDS, COLORES, ESCOLAR, PAQ C/ 12 PZAS
BIC, BOLIGRAFO, DE PUNTO MEDIANO, DIAMANTE PAQ C/3 PZAS
AGUASCALIENTES, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 4 EST
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
BACARDI, COPA, AÑEJO
CORONA, CERVEZA, POR LITRO
BAÑO PUBLICO, VAPOR GENERAL
CARRERA DE CABALLOS, PALCO CON PANTALLA PRIVADA
POR HORA
POR HORA
POR HORA
MYSCENE, MUÑECA, MOD CLUB DISCO
DISNEY, MUÑECA, PRINCESAS DESTELLOS
LEAP FROG, JUEGO DIDACTICO, PATITAS ABC
BRATZ, CARRO, CONVERTIBLE, CRUISER, BLANCO
SONY BMG, CD, CHAYANNE, VIVO
SOMERSET ENTERTAINMENT FISHER-PRICE, CD, CANCIONES DE CUNA
SONY BMG, CD, ALEJANDRO FERNANDEZ, DE NOCHE CLASICOS A MI MA
MUSART, CD, PEPE AGUILAR, POR MUJERES, COMO TU
WARNER MIUSIC, CD, ALEXANDER ACHA, VOY
SONY BMG, CD, ALEJANDRO FDEZ, DE NOCHE CLASICOS A MI MANERA
SONY BMG, CD, YURIDIA, ENTRE MARIPOSAS
VIDEO JUEGO, X-BOX 360
VIDEO JUEGO, PLAY STATION
SCHOOL STAR, FLAUTA, SOPRANO, ESCOLAR
VOIT, RAQUETA, DE TENIS, MOD 727
FLAUTAS, DE CARNE Y VASO DE AGUA GRANDE
BACARDI, RON, COPA
ASESORIA CONTABLE, PERSONA FISICA, PAGO MENSUAL
CREMACION, CON URNA BASICA
TORTILLA, A GRANEL
OVARB, LOLITA, POZOLERO, BOLSA DE 1 KG
GRAT VALUE, SALADAS, CAJA DE 990 GR
EL PURITANO, HOJUELAS DE MAIZ, SABOR CHOCOLATE, BOL 400 GR
DEL GRANERO, EXTRA, BOLSA DE 900 GR
AGUAYON, A GRANEL
SIRLOIN, A GRANEL
CECINA DE CERDO, A GRANEL
GREAT VALUE, ENTERA, ULTRAPASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT
VITALINEA, 0% PLUS, FRESA, ENVASE DE 125 GR
BAKERS AND CHEFS, NATURAK LIGHT S/GRASA, DE 4 KG
MI MARCA, MANTECA VEGETAL NAT, BOLSA DE 1 KG
AMARILLO, A GRANEL
RAYADA BLANCA, A GRANEL
CHARLESTON, A GRANEL
AMARILLO, A GRANEL
CHILE POBLANO, A GRANEL
LECHUGA ROMANA, PZA
LA HUERTA, CORTADOS, BOLSA DE 500 GR
DEL MARQUEZ, NEGRO, BOLSA DE 1 KG
DON ZABOR, DE ARBOL, EN BOLSA DE 100 GR
ORO, C/AZUCAR, FCO DE 200 GR
MI MIEL, MIEL DE ABEJA, BOT 500 GR
HEINEKEN, PAQ DE 6 BOTELLAS DE 330 ML/C/U
BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 980 ML
NEW WAVE, PAÑUELO, 100% ALGODON, MOD 136-1
PALOMARES, 96% ALGODON, 4% SPANDEX
AVENTURERO, 100% ALGODON
KISH, RELOJ P/DAMA, VARIOS MOD
ROTOPLAS, TINACO, BICAPA, C/FILTRO, VERTICAL, CAP. 1100 LT
IUSA, CABLE DE COBRE, UN CERO, MT
VALOR CATASTRAL DE 414970.92, TERR, DE 250 M2, CONST. 199 M
FIDEL VELAZQUEZ, VC $145,704, CONST 54 MT SUP 168
ASEO GENERAL, PAGO POR DIA.
CAL-O-REX, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD G-10
SELTHER, MATRIMONIAL, MOD BANFIL
MOULIMEX HORNO TOSTADOR, MOD: TO-102150
OSTERIZER, 10 VEL, VIDRIO Y CROMO, MOD: 853-10
PANASONIC, MOD: TC-21 GX30X, DE 21PLG, A COLOR Y C/R.
COMPAQ, ESCR, ATHLON, DD320GB, RAM2GB, MOD SG3516LA
CHEDRAUI, VELAS, PAQ DE 7 PZAS
MARITEX, 100% ALGODON, MOD LIVERPOOL
BOLD, EN POLVO, FRESCURA PRIMAVERAL, BOLSA DE 850 GR
TOTAL COLOR, DETERGENTE LIQUIDO, BOTE DE 2 LT
ESCUDO, JABON DE TOCADOR, ALOE VERDE, BARRA DE 150 GR
SCHICK, RASTRILLO, EXACTO, PAQ C/5 PZAS
PETALO, ESTANDAR, PAQ DE 4 ROLLOS
REGIO, MANZANILLA, PAQ CON 4 ROLLOS R3
KLEEN BEBE, SUAVELASTIC, MAX, C/ALOE, GDE PAQ,40 PZAS
FORD, MONDEO, SE, AUT. A/AC 4 PTAS, ELECT, V6 MOD 2009
VW, BORA, STYLE, TRIPTONIC, A/AC, 4 PTAS, MOD 2009
AKRON MONOGRADOM SAE 40 W USO INTENSO, BOTE DE 946 ML
FIRESTON, 195/60 R15, 248430
FIRESTONE, MOD: F-560, 175-70-TR13
VW, FILTRO DE GASOLINA, P/JETTA 2005
LTH, 9 PLACASM, MOD: L22 F 450 (09N)
CAMBIO DE SILENCIADOR, MANO DE OBRA, NISSAN.
LIMPIEZA DE INYECTOR PARA AUTOMOVIL POINTER, C/U
ALINEACION Y BALANCEO DE 4 LLANTAS DE GOLF, INCLUYE PLOMOS
TARIFA POR HORA
MIRADO, CAJA DE 10 PZAS
TARIFA UNICA, FUNCION NORMAL.
ENTRADA GENERAL LUZ Y SONIDO DE UXMAL
PISTA DE PATINAJE, BOLETO POR DIA, TIEMPO ILIMITADO
KODAK, REVELADO E IMPRESION, ASA 100 DE 36 EXP.
PASAPORTE, VIGENCIA DE 3 AÑOS
REPOSICION DE TARJETA DE DEBITO TITULAR
Viernes 3 de julio de 2009
1929.44
127500.00
104700.00
288700.00
133830.00
171357.00
175150.00
361600.00
1499.00
4149.00
1298.00
1448.00
54.74
508.00
55.00
199.00
87.00
173.00
1108.00
946.00
978.00
40.00
40.00
174.50
258.00
25.62
19.90
9.80
46.80
37.95
13.50
2696.00
730.00
595.00
52.00
25.00
60.00
40.00
8.00
10.00
10.00
98.00
198.00
369.00
499.00
168.78
165.00
135.00
144.00
135.00
149.00
119.00
74.00
69.00
33.00
294.00
29.50
40.00
250.00
7475.00
12.00
18.50
31.82
33.00
18.78
74.95
59.00
65.13
11.20
24.90
18.48
21.73
11.57
3.83
7.82
17.38
19.08
5.72
47.20
12.90
145.00
244.50
57.48
33.14
121.94
13.50
419.00
134.90
150.00
1578.00
53.30
911.00
79.00
150.00
2599.00
2690.00
599.00
769.00
2499.00
10299.00
19.50
17.90
24.81
17.95
50.97
41.30
3.93
7.74
109.50
247400.00
211767.00
74.00
998.00
759.00
127.65
1099.00
120.00
149.50
340.00
7.00
25.50
50.00
40.00
80.00
112.00
850.00
57.50
SERV
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
LT
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
SERV
SERV
EJEMPL
EJEMPL
PZA
PZA
PZA
PZA
PAQ
PAQ
SERV
TARI/D
TARI/D
SERV
SERV
CUOTA
CUOTA
HORA
HORA
HORA
PZA
PZA
JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
RENTA
RENTA
PZA
PZA
PAQ
SERV
SERV
SERV
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
PZA
KG
KG
KG
KG
KG
LT
LT
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
MT
COSTO
CUOTA
SERV
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PAQ
PZA
KG
LT
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PAQ
ROLLO
ROLLO
PAQ
UNIDAD
UNIDAD
LT
PZA
PZA
PZA
PZA
SERV
SERV
SERV
SERV
CAJA
BOLETO
BOLETO
BOLETO
SERV
SERV
SERV
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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Viernes 3 de julio de 2009
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013007
038002
052004
065005
083001
097003
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108002
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115003
134005
136007
137001
137009
141003
141007
142009
142017
144007
145005
145009
146015
148001
148011
149001
152003
152011
156005
156011
163019
163022
165007
166002
168002
168021
168023
171003
184005
212002
214003
218001
223002
226004
280005
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358003
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100004
121008
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168017
233006
311005
311006
311011
311012
343008
343014
011008
045011
083016
096001
101002
122012
134005
134032
135013
135040
136001
137005
137007
137008
138008
138019
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140020
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145002
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146039
146043
147004
147031
147036
148001
148002
149005
149008
150004
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152007
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155001
155008
155020
155022
DIARIO OFICIAL
BIMBO, MULTIGRANO, BARRA DE TRIGO, CAJA DE 192 GR
PULPO, PRECOCIDO, A GRANEL
SORIANA MP, HELADO DE LECHE, VARIOS SABORES, ENVASE DE 1 LT
GRUPO VERDIN, BLANCA, ENVASE DE 1 KG
FRESH GARDEN, CORAZON DE LECHUGA, ENVASE CON 6 PIEZAS, 1 KG
BABY GOURMET, PAVO PRIMAVERA, ETAPA 2, FCO DE 100 GR
GOLDEN HILLS, SAL DE MESA, BOLSA DE 1 KG
IBARRA, EN TABLETA, PAQ DE 540 GR
CARLOS V, CHOCOLATE, PAQ C/16 PZAS DE 23 GR C/U
SAN RAFAEL, HAWAIANA, CAJA DE 844 GR
ROBB QUALITY, CAMISA, 100% ALGODON
DANIEL HECHTER, CALCETINES, 60% A - 29% P - 5% NY- 3% RU-3% SP
MARINA YACHTING, 100% ALGODON
SIMPLY BASIC, 100% ALGODON
X-TEND, 97% ALGODON - 3 % ELASTANO
X-TEND, 2 PZAS, 53% POLIESTER - 47% VISCOSA
VICKY FORM, BRASIER, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
ILUSION, BRASIER, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO
X-TEND, CASUAL, 100% ALGODON
VANTACH, 99% POLIESTER - 1 % VISCOSA
SHAMBALA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
KAROO, PANTALON DEPORTIVO, 100% ALGODON
SHAMBALA, 55% LINO - 45 % VISCOSA
MARCCAIN, 100% POLIESTER
GENERAL GLEN, 100% ALGODON
X-TEND, VESTIDO, 100% ALGODON
LINEA 2000, 85% POLIESTER - 15% RAYON
BARQUILLO, CONJUNTO 2 PZAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
WOOPY, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
SPALDING, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CHABELO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
VOGATTI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
ASALI, SANDALIAS, CORTE SINTETICA - SUELA SINTETICA
BAMBINO, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
TROPICANA, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
U.S. POLO ASSOCIATION, CINTURON, REVERSIBLE, 100% SINTETICO
PHILLIPS, CERRADURA DE SOBREPONER, DE BARRA, MOD 800 F
RAMPE, CENTRO DE ENTRETENIMIENTO, MOD 4220
MABE, 9 PIES CUBICOS, 2 PTAS, MOD MA009W
LASKO, DE PEDESTAL, MODELO 1885, CON CONTROL REMOTO
SONY, MICROCOMPONENTE, MOD MHC-EC 68
GE, LAMPARA CIRCULAR, ELECTONICA, 22 WATTS
PLANCHADO, DE CABELLO LARGO
MORELIA - MONTERREY, SENCILLO, VUELO 2245
BRATZ, MUÑECA, MOD 327141
TIA ROSA, DE TRIGO, TORTILLINAS, PAQ C/12 PZAS DE 294 GR
EL MARINO, MOLIDO C/CAFEINA, LATA DE 1360 GR
MORA NEGRA, TINTO, BOTELLA DE 750 ML
DOCKERS, 60% LINO - 40% ALGODON
GASPARIN, 60% POLIESTER - 40% RAYON
DORIN, ZAPATO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
EFE, ZAPATO, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICO
JOY, COLADOR, DE VERDURAS, MOD 295
VW, JETTA, EUROPA, AUTO TRIPTONIC, A/AC MOD 2009
VW, DERBY, AUSTERO, SEDAN, 4 PTAS, MOD 2009
REANAULT, MEGANE, BASICO, STD, A/AC, MOD 2009
MAZDA, 3, SEDAN, I-TURING, 5 VEL, A/AC, MOD 2009
CIENCIAS 2, 2DO SEC, DE ESTRELLA BURGOS, ED NUEVO MEXICO
LA MAGIA DE LA CIENCIA, 3o SEC, DE ROSALIA ALLIER, ED MCGRAW
NABISCO, RELLENAS, OREO, COMBINADO, CAJA DE 451 GR
LA LECHERA, CONDENSADA, LATA DE 397 GR
COL BLANCA, A GRANEL
HILL COUNTRY FARE, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA 822 GR
HILL COUNTRY FARE, NO RETORNABLE, TORONJA, BOT DE 2 LT
PALL MALL, CON FILTRO, XL, CAJETILLA CON 20 PZAS
X-TEND, CAMISA, 100% ALGODON
NEW ARMY, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
ZAGA, CAMISETA, 100% ALGODON
ALFANI, TRUSA, 90% ALGODON-10% ELASTANO
HICKOK, CALCETINES, 80% ALGODON - 15% POLIAMIDA - 5% SPANDEX
LEVI'S, 100% ALGODON
JORDACHE, 100% ALGODON
SILVER BLUE, 100% ALGODON
D'LAIZOR, TRAJE, 80% POLIESTER - 20% VISCOSA
VERZIAI, TRAJE, 100% LANA
BERMAN, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO
DOCKERS PREMIUM, 64% ALGODON - 36% POLIESTER
JOKE, PIJAMA, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
PIERRE CARDIN, CORBATA, 100% POLIESTER
CHOCOLATE, 100% ALGODON
EDOARDOS, 100% ALGODON
X-TEND, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
NEW FASHIONE, 100% POLIESTER
X-TEND, 100% ALGODON
GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA
PLAYTEX, BRASIER, 93% ALGODON - 7% ELASTANO
LEVI'S, 74% ALGODON-25% POLIESTER - 1% ELASTANO
INTERNACIONAL, 80% ALGODON - 18% POLIESTER - 2% ELASTAN
CIMARRON, 86% ALGODON - 12.5% POLIESTER - 1.5% ELASTANO
725 ORIGINALS, 97& ALGODON - 2% ELASTANO - 1% POLIESTER
DOCKERS, 63% POLIESTERÑ 32% ARON - 5% ELASTANO
X-TEND, 64% POLIESTER - 31% VISCOSA - 5% ELASTANO
X-TEND, 64% POLIESTER - 31% VISCOSA - 5% ELASTANO
GALIT, CONJUNTO, 100% POLIESTER
STACY ADAMS, CONJUNTO, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX
ITAVINA, CONJUNTO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
MARGARET, CONJUNTO, 94% POLIESTER - 6% ELASTANO
MABEL, CONJUNTO, 100% POLIESTER
BODY SILUETTE, MEDIA FAJA, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
EM COLLECCION, 96% VISCOSA - 4% SPANDEX
DUPLAN, 93% POLIESTER - 7% SPANDEX
RIMINI, 100% LINO
AREA CODE, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
FOLEY'S, 63% POLIESTER - 33% VISCOSA - 4% ELASTENO
X-TEND, 100% ALGODON
GRIEGO, 100% ALGODON
ZILERY'S, 55% POLIESTER - 45% LANA
TOPEKA, 50% POLIESTER - 50% VISCOSA
OFFCORSS, 100% POLIESTER
EDOARDOS, PLAYERA, 100% ALGODON
BOB ESPONJA, PLAYERA, 100% ALGODON
PICADILLY, PLAYERA, 55% ALGODON - 45% POLIESTER
X-TEND, PLAYERA, 82% ALGODON - 18% POLIESTER
ROCK REPUBLIC, PLAYERA, 100% ALGODON
725 ORIGINALS, CAMISA, 100% ALGODON
MARYBEL, VESTIDO, 60% RAYON - 40% POLIESTER
THAT GIRL, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
FIORELLA, VESTIDO, 100% ALGODON
THAT GIRL, VESTIDO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
GEORGE, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35 %ALGODON
JIM, CAMISETA, 100% ALGODON
SKINY, TOP CORPIÑO, 86% ALGODON -10% POLIESTER-4% ELASTANO
CREYSI BOY, CALCETINES, 85% ALGODON - 12% POLIAMIDA - 3% ELA
MARIANITA BABY'S, CALCETAS, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
DUREX, CALCETAS, 80% ALGODON - 16% POLIAMIDA - 4% ELASTANO
DUREX, CALCETINES, 63% ACRILICO - 36% POLIAMIDA -1% ELASTANO
(Primera Sección)
113.80
209.00
22.40
60.50
25.50
77.00
3.70
64.81
128.87
59.75
149.00
139.00
269.00
88.00
148.00
128.00
129.00
128.00
218.00
118.00
169.00
129.00
119.00
139.00
108.00
125.00
129.00
49.90
69.90
359.90
319.00
335.00
309.00
45.00
116.00
199.00
94.90
210.00
1995.00
4595.00
582.00
1999.00
65.90
70.00
2005.74
229.00
35.63
88.16
382.68
599.00
169.00
269.00
365.00
24.90
187273.00
107873.28
181900.00
214990.00
205.00
195.00
48.00
33.75
4.00
31.51
5.75
22.00
148.00
199.00
54.00
115.00
63.00
425.00
198.00
239.00
1195.00
3980.00
315.00
699.00
119.00
129.00
239.00
449.00
148.00
255.00
150.00
268.00
269.00
599.00
180.00
140.00
248.00
449.00
148.00
148.00
445.00
429.00
158.00
895.00
999.00
162.00
699.00
795.00
895.00
399.00
899.00
170.00
139.00
369.00
195.00
339.00
299.00
95.00
115.00
98.00
79.90
198.00
395.00
89.10
479.00
189.00
148.00
69.00
135.00
25.00
25.00
40.00
28.00
KG
KG
LT
KG
KG
KG
KG
KG
KG
PZA
PZA
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
TRAJE
TRAJE
PAR
PAR
PAR
PAR
PAR
PAR
PAR
PZA
JGO
PZA
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
SERV
VIAJE
PZA
KG
KG
LT
PZA
PZA
PAR
PAR
PZA
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
EJEMPL
EJEMPL
KG
KG
KG
KG
LT
CAJETI
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
TRAJE
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
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JGO
JGO
JGO
JGO
JGO
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PZA
PZA
PZA
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PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
PAR
PAR
PAR
93
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
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NUEVO MODELO
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NUEVO MODELO
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CAMBIO DE PRESENTACION
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MODALIDAD
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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CAMBIO DE MODALIDAD
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
94
05
05
05
05
05
05
05
05
05
05
05
05
05
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05
05
05
05
05
05
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05
05
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05
05
05
05
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05
05
05
05
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05
05
05
05
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05
05
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05
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05
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
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06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
06
(Primera Sección)
156001
156005
156008
156020
157003
157007
159007
163002
163008
163010
164001
164011
166002
166008
166011
167004
168007
168008
168032
168035
168042
171001
171020
171021
172005
172009
184007
184008
184037
205008
207001
209001
210001
211001
212008
213001
213006
214001
215003
220001
222001
222011
224002
231001
256005
256007
256010
257002
257004
258002
258006
286006
288008
292001
311001
311008
318008
358001
358012
359006
359011
013007
028002
033004
035004
041001
046004
049004
051003
061002
067004
089008
090009
094002
110004
118001
119001
135012
144007
145006
146005
146008
146012
147008
148004
148005
149007
150006
151005
152002
152005
152006
152010
154006
154007
155002
156007
161001
162001
167002
168008
171005
171006
184002
193002
194007
219004
224001
231001
232002
237001
238003
238004
239007
240001
241008
243006
245001
246004
256006
257002
257004
271003
274001
274002
285004
289003
DIARIO OFICIAL
MONDO BAMBINO, MAMELUCO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
BABY CREYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON
EL MARAVILLOSO MUNDO, MAMELUCO, 100% ALGODON
SNOOPY, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
X-TEND, PAÑALERO, 100% ALGODON
BABY CREYSI, PAÑALERO, 100% ALGODON
LEVI'S, GORRA, 100% ALGODON
ADIDAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
K-SWISS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
NIKE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
DIEGO TORREBLANCA, ZAPATOS, CORTE CAPRINO - SUELA SINTETICA
HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE BOVINO -SUELA SINTETICA
CACHORROS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
BLASITO, ZAPATOS, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
CACHORRO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
PUMA, HUARACHE, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
GRASS HOPPERS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
CONVERSE, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
RIDER, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
ADIDAS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
MOSSIMO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
NINE WEST, BOLSA, 100% POLIURETANO, MODSKU79909669
WHATEVER, BOLSA. 100% PILICLORURO DE VINILO, MOD3CHA06-05
CLOE, MALETAS, (1) PZA, 100% POL, MOD 431BEIG
BRASALETE, ACERO INOXIDABLE, AJUSTABLE VARIOS ESTILOS
ARGOLLA MATRIMONIAL, ORO 14 K, MOD A653-73010738
PUERTA, DE TAMBOR, CAOBILLA, 3MM, 80 X 2.13
GEO, CHAPA, P/PUERTRA, C/BOTON, MOD G-B
ORION, PAQ CATANIA, INC. SANITARIO Y LAVABO CON PEDESTAL
ALACENA, 2 PTAS, COLOR BCA, MOD SKU70361447
ACROS, 5 QUEM, HORNO 30, ACERO INOX, MOD 68822139
SOFA LOVE SEAT Y SILLON, (3-2-1-) EN PIEL, MOD CALIPSO
8 PZAS, (M 6 S Y VITRINA), COLOR CEDRO, MOD ROMINA
SIMMONS, INDIVIDUAL, BEAUTY REST SPA, MOD CARAVAGGIO
MESA DE CENTRO, EN PIEL, COLOR CHOCOLATE, MOD LISBOA
5 PZAS, MATRIMOMIAL, DE MADERA, COLOR CEDRO, MOD BERLIN
FERRARI, 4 PZAS, MADERA DE PINO, MOD67870
GE, 23 PIES CUBICOS, 2 PTAS, ACERO INOX. MOD GSML3REXAFGB
EASY, 14 KG, AUT, 24 PROGRAMAS, MOD LIE4560PM2
OSTERIZER, 2 VEL, METAL DRIVE, VASO VIDRIO, MODPST2
EMACHINES, ESCR, PENTIUM 4, 3.0 GHZ, 160 GB
SONY VAIO, PORT, CAMARA Y MICROF. PANT. 14" MOD VGN-CS170F
MCG, REPRODUCTOR DVD, C/USB, MOD HIG-DV 5601
VAJILLAS, JUEGO DE 24 PZAS, MOD CHOCOLATE 74042318
LAMISIL, COMPRIMIDOS, CAJA C/10 DE 250 MG, LAB. NOVARTIS
CEFRIAXONA-GI-QYF, SOL. INYECTABLE, C/ DE 500 MG
SPORASEC, CAPSULAS, CAJA C/12, LAB. JANSSEN - CILAG
SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE MG, LAB. LIOMONT
MOTRIN, GRAGEAS, FCO C/45 DE 400 MG, LAB. PFIZER
ATACAND PLUS, TABLETAS, CAJA C/14, LAB. ASTRAZENECA
CO-APROVEL, COMPRIMIDOS, CAJA C/28 DE 150/12.5MG, LAB. SANAFI
TEATRICAL, CREMA PARA LA PIEL, C/LANOLINA, ENVASE CON 400 GR
ESTEE LAUDER, LAPIZ LABIAL, 3.8 GR, MOD SKU73425684
KEEN BEBE, MEDIANO, SUAVELASTIC MAX, PAQ C/25 PZAS
CHEVROLET, CHEVY, C2, PAQ M, STD, 3PTAS, A/AC, MOD 2009
CHEVROLET, OPTRA, PAQ M, STD, A/AC, 4 TAS, MOD 2009
GONHER, 11 PLACAS, MOD 24 R
DISNEY, MUÑECO, STAR WARS, HAN SOLO, MODSKU67538136
MATTEL, MUÑECO, BATMAN, MOD P4914
WARNER, CD, ALEXANDER ACHA, VOY
EMI MUSIC, CD, RVD, LO MEJOR DE RVD
FROOT LOOPS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 230 GR
PAVO, PIERNA, A GRANEL
EL CHERO, MACHACA DE RES, PAQ DE 200 GR
COCHITO, EN FILETE, A GRANEL
YAVAROS, SARDINA EN SALSA DE TOMATE, LATA DE 425 GR
RANCHO LA ESENCIA, FRESCO, A GRANEL
EUGENIA, NATURAL, ENVASE DE 220 GR
SORIANA MP, GOUDA, A GRANEL
ORO, A GRANEL
RAYADA, A GRANEL
SAN LAZARO, PINTO, BOLSA DE 1 KG.
DINA, PASILLA, BOLSA DE 100 GR
DEL MONTE, CHICHAROS, LATA DE 200 GR
D'GARI, DE AGUA, LIGHT, DE NARANJA, CAJA DE 20 GR
OSO NEGRO, GINEBRA, BOTELLA DE 1 LT.
BACARDI, AÑEJO, BOTELLA DE 1 LT.
DICKIES, CAMISETA, 100% ALGODON
JOCELYN, 75% ALGODON- 25% LYCRA
VERSCI, 65% RAMIE - 35% ALGODON
LADY SUN, CONJUNTO, 100% POLIESTER
MOSES, PIJAMA, 100% ALGODON
WILSON, CONJUNTO DEPORTIVO, 100% POLIESTER
LADY ZARATOGA, 100% POLIESTER
GEORGE, 100% POLIESTER
BOLERO, 100% ALGODON
JIMMY JEANS, 100% ALGODON
KING VER, 50% POLIESTER - 50% RAYON
NAUTILO, CAMISA, 100% ALGODON
LAURA ASHLEY, VESTIDO, 100% ALGODON
CRANBERRY, VESTIDO, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
BABY ROSS, VESTIDO, 100% ALGODON
YOUNGLAND, VESTIDO, 55% ALGODON - 45% POLIESTER
DEMONY, PANTALETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
COCOA TEENS, BRASSIERE, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
DAVID EDEN, CALCETINES, 70% ALGODON - 30% NYLON
HOCKEY SPORT, TRAJE, 100% ALGODON
PC EXCALIBUR/USA DEDI, ESCOLAR, CAMISA Y PANTALON
PC COFFE TEA/LALIA, ESCOLAR, BLUSA Y FALDA
CALZALETAS, HUARACHES, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
JANY, ZAPATOS, CORTE SINTETICO -SUELA SINTETICA
BOLSA, MOD 807715
PRODIGY, MALETAS, 4 PZAS, MOD 8682
VIDRIO, FILTRASOL, 6 MM DE ESPESOR, 90* 1.40 CM
AXTEL, CONT E INST SIN APARATO, RESIDENCIAL
ASEO GENERAL, MEDIO TIEMPO, 2 DIAS X SEMANA
BLACK & DECKER, VAPOR, AVANT STEAM IRON, MOD F995
PANASONIC, REPRODUCTOR DVD, CD PLAYER, MOD DVD-554
CRISA, VAJILLA, JGO. DE 20 PZAS, MOD MAGUEYES
PRIMINUTE, BATERIA, ACERO INOX., 7 PZAS, MOD BOHEMIA
PRIMOR, KING SIZE, 2 PZAS Y 2 FUNDAS, 50% ALG - 50% POL
COLAP, COBIJA, 1.55 M * 2.10 M, 50% ACRILICO- 50%POLIESTER
TOLINOVA, COBERTOR, K.S., MOD E1001
AMERICANA, BAÑO, 100% ALGODON, 69 CM* 1.30 M
WINDOW CURTAINS, 2 PZAS, 70% POLIESTER-30% ALG, 142*91 CM
VIVA, EN POLVO, BOLSA DE 850 GR
CLOROX, CONCENTRADO, ENVASE DE 930 ML
AIR WICK, AMBIENTAL, AEROSOL, ANTITABACO, BOTE DE 325 GR
BAYGON, AEROSOL, VERDE, CUCARACHAS, BOTE DE 272 GR
OMNICEF R, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 300 MG., LAB. JANSSEN-CILAG
FEBRAX, TABLETAS, CAJA C/15, DE 275/300 MG, LAB. SYNTEX
ZALDIAR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 325/37.5 MG., LAB. GRUNENTHAL
APENDICECTOMIA, QUIROFANO, PATOLOGIA, CIRUJANO, ANESTESISTA
NORMAL, HABITACION, CUNERO, ATN. MEDICA QUIROFANO, PRIVADA
NORMAL, QUIROFANO, GINECOLOGO, PEDIATRA, ANESTESISTA
SPEED STICK, AEROSOL, 24/7, ENVASE DE 114 GR
CONAIR, SECADORA DE CABELLO, IONICA, MOD 187PKES
Viernes 3 de julio de 2009
219.00
128.00
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236007
DIARIO OFICIAL
VW, GOL, 5 VEL, A/AC, 4 PTAS, MOD 2009
NISSAN, TSURU, GSII, AUT, 4 PTAS, A/AC, MOD 2009
LAVADO DE CARROCERIA, CARRO CHICO
ENCERADO, CARRO CHICO
GEOGRAFIA 1, P/SEC, AUT. GOMEZ, ED. PUBLICACION CULTURA
HIST. DE LAS DOCTRINAS FILOSOFICAS, DE GUTIERREZ, ED. ESFIGE
FISICA, P/PREPA, CONCEP Y APLIC, DE TIPPENS, ED MCGRAW HILL
NORMA, CUADERNO, RAYA, 100 HOJAS, JEAN BOOK
LAS VEGAS, TERRESTRE, 3 NOCHES, HOTEL 3 EST.
DISCOTECA, ADMISION P/PERSONA
INTERNET BANDA ANCHA, 512 KBPS, RENTA MENSUAL
FOTORAMA DE MEXICO, JGO DE MESA, RUMMY, DE 106 FICHAS
WARNER MUSIC, CD, LAURA PAUSINI, PRIMAVERA ANTICIPADA
KODAK, PELICULA FOTOGRAFICA, 135 MM DE 27 EXP, FLASH
PARACHO, GUITARRA, ACUSTICA, CLASICA TIPO ESPAÑOLA, MOD 09
CHABELA, CERVEZA CON CLAMATO
ATAUD DE MADERA, PREP. CPO., VELACION, TRAM, LEG, CARROZA
QUAKER, AVENA FLAKES, CAJA DE 425 GR
POPULAR, DE PULPA, A GRANEL
CHULETA, CHUCK, A GRANEL
RETAZO, P/COCIDO, CARRIZO, A GRANEL
TERNERA, CHULETA, A GRANEL
CHIMEX, COCIDO, A GRANEL
ALMEJAS, CHIRLA, A GRANEL
SUNNY SEA, OSTIONES, AHUMADOS, LATA DE 85 GR
YOPLAIT, C/FRUTAS, ENVASE DE 220 GR
LUPITA, NATURAL, PASTEURIZADA, ENVASE DE 250 ML
GLORIA, C/SAL, CAJA CON 4 BARRAS DE 90 GR C/U, 360 GR
BLANCO, PAQ DE 30 PZAS
VALENCIA, A GRANEL
BOLA, A GRANEL
ROJA, MORENA, A GRANEL
BLANCA, A GRANEL
TOMATE VERDE, A GRANEL
PAQUETE DE 500 GR
CAZEROLA, PINTO, BOLSA DE 1 KG
CAMPBELL'S, SOPA INSTANTANEA, DE P. C/TALLARINES, LATA 300 G
MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, VASO DE 64 GR
CLEMENTE JACQUES, MERMELADA DE FRESA, FCO DE 500 GR
TIENDA ISSSTE, ESTANDAR, BOLSA DE 2 KG
BONAFONT, NATURAL, BOTELLA DE 1 LT
MARINO, 100% POLIESTER
BRUNO MAGNANI, 100% POLIESTER
DAVINCHY, 100% ALGODON
JNS, PANTALETA, 92% ALGODON - 8% ELASTANO
MASSIMA, 98% ALGODON - 2% SPANDEX
DUPLAN, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
LIFE STYLER, 100% POLIESTER
VIANNY PLUS, 63% POLIESTER - 31% VISCOSA - 6% ELASTANO
ADORABLE, 100% POLIESTER
MABEL, CONJUNTO, 100% POLIESTER
MARCCAIN, VESTIDO, 100% POLIESTER
FRANCESCA NOVO, VESTIDO, 65% LINO - 35% SPANDEX
BASEL, VESTIDO, 100% LINO
AUGUSTO, 100% POLIESTER
KIDDO, 100% POLIESTER
JESSY FRANZ, VESTIDO, 100% ALGODON
HELEN, VESTIDO, 98% ALGODON - 2% LUREX
SCOOBY DOO!, VESTIDO, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
CREYSI BOY, CAMISETA, 100% ALGODON
SKINY, PANTALETA, 100% ALGODON
TEBI, CALCETAS, PAQ 3 PARES, 100% POLIAMIDA
COSSITA, TRAJE, 100% ALGODON
CELI, TRAJE, 100% ALGODON
MON CARAMEL, TRAJE, 100% ALGODON
DISNEY BABY, CAMISETA, 100% ALGODON
UNIVERSO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
PRIMAVERA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
VALERIA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
GIUSEPPE, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
SANDY, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
WHIRLPOOL, 13 KG, 10 CICLOS, 5 TEMP. MOD 7MWT97770
OSTERIZER, 10 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 6799
HP, ESCR, CORE, 3 GB, 320 GB, 2.1 GHZ, CAMARA, MOD DVS 1135
PHILIPS, REPRODUCTOR DVD, MOD DVP3254 K
VIZION, ANTEOJOS PARA EL SOL
PONDS, ANGEL-FACE, ESTUCHE DE 11 GR
AFINACION, AUTO DE 4 CILINDROS
KENGO, GUANTE DE BEISBOL, MOD RODRIC
TORTILLA, A GRANEL
LOMO, REBANADO, ASADOR, A GRANEL
LA LECHERA, CONDENSADA, LIGERA Y DORADA, LATA DE 354 ML
LA COSTEÑA, CREMA, DE CHILE POBLANO, ENVASE DE 420 GR
CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT
DOCKERS, CAMISA, 100% ALGODON
DOCKERS, PLAYERA, 100% ALGODON
CARLO CORINTO, CALCETINES, 75% ALGODON - 23% POLIAMIDA- 2% EL
LEVI'S, 100% ALGODON
CHEROKEE, 65% POLIESTER - 35% OTROS
HAGGAR, 100% POLIESTER
PROFITNESS, SHORT, 100% POLIESTER
BASIC, BERMUDA, 100% ALGODON
JNS, BERMUDA, 100% ALGODON
PALOMA, 100% POLIESTER
VANTACH, 100% ALGODON
CHEROKEE, 100% ALGODON
X-TEND, 100% ALGODON
ILUSION, PANTALETA, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO
CHEROKEE, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
KEOPS, 77% ALGODON - 3% ELASTANO
LEVI'S, 99% ALGODON - 1% ELASTANO
SHAMBALA, 77% POLIESTER - 6% ELASTANO - 17% OTROS
GARI, 100% POLIESTER
VANTACH, 63% POLIESTER - 6% ELASTANO - 31% OTROS
HI-FASHION, CONJUNTO, 100% POLIESTER
CHEROKEE, PIJAMA, 100% ALGODON
ANNY, CONJUNTO, 45% RAYON - 55% OTROS
ACA GIRL, 100% ALGODON
X-TEND, 100% ALGODON
YALE, 65% POLIESTER - 35% RAYON
X-TEND, 87% POLIESTER - 13% ACRILICO
YALE, 65% POLIESTER- 35% RAYON
NEW ARMY, 100% POLIESTER
SPIDER-MAN, 100% POLIESTER
BE THE BEST, TRAJE, 100% ALGODON
BARQUILLO, TRAJE, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
ACA GIRL, CHAMARRA, 100% ALGODON
OPTIMA, SUDADERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
SILVER PLATE, CHAMARRA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
WILSON, GORRA, 100% ALGODON
GOISA, GORRA, 100% ALGODON
VAZ TAP, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
NAOKI, DE PEDESTAL, 3 EN 1, MOD CRSF-16A
OSTERIZER, 10 VEL, CROMADA, MOD 853-10
SONY, RADIOGRABADORA, MP3, KARAOKE, MOD CFB-G770CPK
SAN JORGE, SECADOR DE COCINA, 100% ALGODON, MOD 509979
(Primera Sección)
114668.00
135950.00
60.00
130.00
89.00
90.00
296.00
25.00
3816.25
70.00
285.00
144.00
163.00
50.00
515.00
45.00
4620.00
76.45
84.00
60.00
52.90
53.90
45.20
15.99
308.12
22.68
35.96
100.60
35.97
6.17
14.69
7.95
12.00
25.00
14.00
21.50
48.33
73.52
60.00
9.45
8.50
139.99
149.00
329.00
49.00
199.99
559.00
299.00
189.00
139.99
1169.00
209.99
699.00
1499.00
449.00
209.99
899.00
499.00
99.99
29.00
75.00
89.00
99.99
255.00
249.00
65.00
199.00
189.00
185.00
245.00
579.00
209.00
5251.30
497.00
16289.00
698.00
150.00
21.99
980.00
550.00
11.00
98.00
41.53
37.02
5.67
549.00
479.00
65.00
599.00
198.00
499.00
178.00
119.00
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189.99
129.00
198.00
150.00
39.99
148.00
239.00
649.00
169.00
269.99
149.00
749.00
214.90
309.99
388.00
170.00
174.99
108.00
154.99
89.90
349.00
188.00
125.00
538.00
79.99
449.00
95.00
78.00
155.00
308.00
748.00
2199.00
13.50
UNIDAD
UNIDAD
SERV
SERV
EJEMPL
EJEMPL
EJEMPL
PZA
SERV
CUOTA
RENTA
CAJA
PZA
PZA
PZA
SERV
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KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
LT
KG
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KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
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TRAJE
TRAJE
TRAJE
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PAR
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PAR
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
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KG
LT
KG
LT
PZA
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PAR
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PAR
UNIDAD
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95
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CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
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96
08
08
08
08
08
09
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09
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09
10
10
10
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10
10
10
10
11
11
11
11
11
11
11
(Primera Sección)
290002
317004
318002
345005
358006
138009
140007
141008
141011
144002
144003
144004
145004
145007
146013
147002
147011
147013
148002
148004
148006
148009
149001
149007
149008
150005
150006
152004
152006
156005
156008
156011
162002
163003
164012
172004
184004
205003
213004
221004
222002
222004
222005
225003
231004
273003
282004
292003
353006
358004
358006
001006
033001
043008
049002
059008
061003
096007
099004
116001
121003
122008
134005
134006
134023
139003
140011
141002
141003
141004
141011
142007
143008
144004
144011
145004
150003
152010
153003
153004
156004
157003
163009
163010
171010
172005
193003
205001
205003
212002
213003
215004
218003
219003
220001
222001
222003
223002
223007
224001
229004
230003
233001
236005
236008
237003
239004
241001
243001
266004
281004
286002
288003
289003
351003
358002
358006
359002
359005
364004
001013
004005
005005
032010
094004
099005
116006
DIARIO OFICIAL
REVLON, MASCARAS P/PESTAÑAS, FABULASHI, DE 7.9 ML
AUTO ESCUDO, ESPEJO, DEPORTIVO, TURBO
LTH, 12 V, 9 PLACAS, L-22F-450
SCRIBE, CUADERNO PROFESIONAL, HADAS, DE 100 HOJAS
HASBRO, JGO DE DESTREZA, ELEFANTIN, LANZAMARIPOSA
JBE, TRAJE, 100% ALGODON
GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON
L.P.S. COLLECTION, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
DELC, 45% POLIESTER - 65% ALGODON
SAHARA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
NEW'S, 100% ALGODON
TITANIUM JEANS, 100% ALGODON
RED COMPANY, 100% POLIESTER
SELLA, 100% POLIESTER
DIVA, CONJUNTO, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX
DUPLAN, VESTIDO, 100% POLIESTER
VIVOLI, VESTIDO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
DUOWOMAN, VESTIDO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
MABEL, 100% POLIESTER
LIFE, 100% ALGODON
LIFE, 100% ALGODON
SAHARA, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
U-51, 100% ALGODON
MANER'S CLUB, 100% ALGODON
COMETIN, 100% ALGODON
AMERICAN LEVEL, 100% POLIESTER
MANER'S CLUB, 100% POLIESTER
WOOPY, CONJUNTO, 65% ALGODON - 35% POLIESTER
TECNO- GIRL, CONJUNTO, 100% ALGODON
TIMBREE, TRAJE, 100% POLIESTER
CELI, TRAJE, 100% ALGODON
MARIONNETTE, TRAJE, 100% ALGODON
PC MONTFERRANT, ESCOLAR, BLUSA, FALDA
MUNICH, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
UP, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
PIEDRA BLANCA, ANILLO P/DAMA, 10 KL, C/UO2
VITROMARC, VIDRIO, 6 MM M2
MEDSA, MESA P/MICROONDAS C/PORTAGARRAFON, MOD 010
LILICO, 5 PZAS, KS, EST MODERNO, MOD FERRARI
SONY, 26", LCD, MOD 26 M40, COD 163063
ACER, PORT, 2 GHZ, DD160, PROC, 64X2, MOD 55205688
TOSHIBA, PORT, 2.16 GHZ, 160 GB, 2 GB, MOD L305 - SP 69121R
HP, ESCR, CORE 2 DUO, 2.8 GHZ, 500 GB, 4 GB, PAVILION 6630
SONY, RADIOGRABADORA, 3 CD, MP3, 1 CST, C/CFD-2035
SANTA ANITA, VAJILLA. 20 PZAS, MOD FLORENCE
ULTRASONIDO MAMARIO
ED HARDY, AGUA DE PERFUME, C/ATOMIZADOR, FCO DE 100 ML
PAMPERS, GRANDE, TOTAL DRY, PAQ C/38 PZAS
GIMNASIO, ZUMBA, CUOTA MENSUAL
HASBRO, JUEGO DE MESA, RUMMIKUB
MATTEL, BARBIE, MUÑECA, MOD M 2778
TORTILLA, AMARILLA A GRANEL
CHATA, CHILORIO, DE PAVO LATA DE 330 GR
HERSHEYS, ULTRAPASTEURIZADA, SABOR CHOCOLATE, ENV DE 900 ML
SAN MARCOS, NATURAL, FCO DE 400 GR
VALENCIA, A GRANEL
ATAULFO, A GRANEL
LA COSTEÑA, MERMELADA, DE FRESA, FCO DE 270 GR
LEGAL, C/AZUCAR, FCO DE 200 GR
ESTRELLA, CLARA, PAQ C/6 BOT NO RET. DE 325 ML C/U
HOYA DE CADENAS, TINTO, BOTELLA DE 750 ML
PALL MALL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS
GEORGE, CAMISA RAYAS, 100% ALGODON
725 ORIGINALS, CAMISA CUADROS, 100% ALGODON
ROBB QUALITY, 100% ALGODON
SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER
GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON
GEORGE, 91% NYLON - 9% ELASTANO
GEORGE, BLUSA AZUL ELECTRICO, 49% POLIESTER - 51% VISCOSA
GEORGE, BLUSA ROSA, 66% POLIESTER - 28% VISCOSA - 6% ELASTANO
VIANNI, 100% ALGODON
BODY SILUETTE, FAJA CAMISETA, 80% POLIESTER-20% ELASTANO
ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIESTER - 20% ELASTANO
725 ORIGINALS, BERMUDA BLANCA C/ROSA, 97% ALGODON -3% ELASTAN
BIKBOKFEMALE, 100% ALGODON
GEORGE, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
GEORGE BOY, 100% POLIESTER
NANCY GREEYS, VESTIDO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
BABY CREYSI, TRUSA, 100% ALGODON
BAMB, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER
SIMPLY BASIC, CAMISETA, 100% POLIESTER
PLAYERS, SURF, CORTE TEXTIL-FORRO TEXTIL - SUELA SINTETICA
725 ORIGINALS, CORTE SINTETICO-FORRO TEXTIL - SUELA SINT
TROLLEY, MALETAS, (1) PZA, MOD HARDY AMIES
VERSALES, RELOJ PARA HOMBRE
TECEL, PLAN CON TODO SIN APARATO
MEDSA, MUEBLE MICROONDAS C/PORTAGARRAFON, MOD 010
KONIAKI, LOCKER MICRO CAFE, MOD VALADRI TEX
RAMPE, CAJONERA, MOD MILAN
KERSON, 4 PZAS, K.S., CABEC, BUROS Y COMODA MOD FSRS
GENERAL ELECTRIC, 14 KG, BLANCA, TAPA DE CRISTAL
ALOHA BREEZE, DE TECHO, 36" MOD 2008
GENERAL ELECTRIC, VAPOR, ELECTRICA
OSTERIZER, 10 VEL, MOD 6640
GATEWAY, LAPTOP, 3 GB, RAM 250G
TOSHIBA, LAPTOP, 30 GB, MOD A305D
SONY, RADIOGRABADORA CON DOCKING IPOD
SONY, GENEZ, MP3, USB, MOD RIPPING
SONY, REPRODUCTOR DVD, BASICO
PROVIDENCIA, VELADORA, VASO DE 100 GR
MONARCA, ESCOBA MIXTA, DE FIBLAS
GOLDEN HILLS, CUBETA C/EXPRIMIDOR, DE 12 LT
COM MEX MP, JERGA, DE 50 X 120 CM
QUALITY COTTON, PROTECTOR P/COLCHON, MATRIMONIAL
KALTEX HOME, MATRIMONIAL, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
MARITEX, DE MANOS, 40 X 70 CM, 100% ALGODON
ARIEL, EN POLVO, OXIAZUL, CAJA DE 9 KG
VANISH, WHITE, ENVASE DE 6 LT
SEDASIVA, CINTA ADHESIVA, BLANCO DE 1.25 x 5
HERBAL ESSENCES, SHAMPOO, ENVASE DE 1 LT
ST IVES, COLAGEN ELASTIN, ENVASE DE 1 LT
REVLON, SOMBRA, ILUMINACION
CREATIVE BEAUTY, CEPILLO, MARMOS 5 CM
PAQUETE ALL ACCESS, 9 CANALES PREMIUM Y 28 BASICOS RENTA MEN
BARBIE, MUÑECA, CASTILLO DIAMANTES
POWER WHEELS, MONTABLE, MUSTANG BARBIE
SONY, CD, ROBERTO CARLOS
UNIVERSAL MUSIC, CD, KABAH
WILSON, BALON DE FUTBOL SOCCER, No. 5
MILPA REAL, TORTILLA, PAQ DE 470 GR
CONCHA, POR PZA
TELERA, POR PZA
FRITZ, QUESO DE PUERCO, A GRANEL
HERDEZ, CHICHAROS CON ZANAHORIAS, LATA DE 225 GR
DOLCA, MEZCLADO CON AZUCAR, FRASCO DE 200 GR
CORONA, CLARA, EXTRA, SIX PACK DE 2130 ML, DE 355 ML C/U
Viernes 3 de julio de 2009
99.90
80.00
988.00
32.90
398.00
2190.00
189.00
379.00
279.00
309.00
169.00
199.00
119.00
159.00
1099.00
795.00
439.00
599.00
499.00
149.00
139.00
199.00
139.00
159.90
155.00
159.00
159.90
129.00
189.00
169.00
289.00
259.00
285.00
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339.00
290.00
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7999.00
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358.00
600.00
799.00
127.00
550.00
278.00
254.00
9.63
121.21
24.69
25.00
4.00
12.63
56.48
205.00
19.85
113.33
22.00
198.00
198.00
169.00
158.00
189.00
98.00
128.00
158.00
179.00
162.00
59.50
228.00
149.00
148.00
128.00
89.00
24.00
34.80
58.00
24.90
98.00
278.00
299.00
164.00
458.85
1158.00
3918.00
1896.00
7999.00
5999.00
880.00
368.99
435.00
11770.01
17181.00
1299.50
3479.00
690.00
7.50
31.50
69.80
13.90
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210.00
14.90
19.24
14.83
32.00
73.09
69.00
85.00
35.90
339.00
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149.00
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120.00
17.02
3.50
1.50
54.20
28.22
211.50
24.65
PZA
PZA
UNIDAD
PZA
PZA
TRAJE
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PZA
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PZA
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JGO
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TRAJE
TRAJE
TRAJE
JGO
PAR
PAR
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MT2
PZA
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UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
JGO
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KG
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LT
KG
KG
KG
KG
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PAR
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PZA
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PZA
PAR
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PZA
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UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
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UNIDAD
PZA
UNIDAD
UNIDAD
PZA
UNIDAD
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PZA
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LT
PZA
LT
LT
PZA
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SERV
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PZA
KG
KG
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LT
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Viernes 3 de julio de 2009
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146006
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147009
148001
149003
150009
151007
155009
DIARIO OFICIAL
MARLBORO, CON FILTRO, ROJOS, CAJETILLA CON 20 PZAS
U.S.POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON
PLAY BOY, CAMISETA, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON
RINBROS ORIGINALES, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON
DUREX, CALCETINES, 64% ACRILICO, 35% POLIESTER, 1% ELASTANO
CALVIN KLEIN, CALCETINES, 3 PZAS, 70% AL - 20% PA - 16% EL
GLEYTOR, CALCETINES, 100% ACRILAN
DE BARONE, CALCETINES, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO
FARENHEIT, 100% ALGODON
NATURAL ISSUE, 65% POLIESTER, 35% VISCOSA
WEEKEND, PIJAMA, 100% ALGODON
MARIA NAVARRO, 63% POLIESTER - 32% RAYON- 5% SPANDEX
MARIA NAVARRO, 100% ALGODON
LADY SUN, S/V, 100% POLIESTER
UP DOWN, 100% ALGODON
OBSESION, 100% POLIESTER
MAREL, BRASIER, 91% POLIESTER - 9% ELASTANO
ODISEA, PANTALETA, 88% POLIAMIDA - 12% ELASTANO
ACTIVE, PANTIMEDIAS, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
CAMEO, TOBIMEDIAS, 89% POLIAMIDA - 11% ELASTANO
18 FOREVER, 100% ALGODON
MARIA NAVARRO, CONJUNTO, 100% POLIESTER
PIERRE CRISTINE, 100% LINO
JULIO, 100% VISCOSA
KOLIPSA, 100% POLIESTER
PIERRE CRISTINE, 100% POLIESTER
GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA
PIERRE CRISTINE, 65% POLIESTER, 35% ALGODON
LADY SUN, 97% POLIESTER - 3% SPANDEX
CHERSI, VESTIDO, 52% ALGODON - 48% POLIESTER
CHERSI, VESTIDO, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
FRUIT OF THE LOOM, PAQ 3 PZAS, 100% ALGODON
LEVI'S, CHAMARRA CABALLERO, 100% ALGODON
ADIDAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
ALL DAY, CORTE VACUNO - SUELA SINTETICA
CLASBEU, ZAPATOS, CORTE SINTETICO, SUELA SINTETICA
LA MODE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
LEVI'S, CINTURON, 100% PIEL
TRAVELERS, MALETAS, (3) PZAS, 100% POL. MODP. K52203
ASEO GENERAL, POR DIA
5 PZAS (M Y 4 S), MOD C-269-MAP
ACROS, 4 QUEM, E. ELECT, 30", COMAL, HOR C/V. MOD AF-5309S
AMERICA, MATRIMONIAL, MOD ETERNITY
SAMSUNG, 10", 2 PTAS, MOD RT-32YHSW
HAMILTON BEACH, CAFETERA, MOD 47304-MX, APAGADO AUT.
YORK, PORTATIL, SOLO FRIO, MOD PASA 12 FD.AKA
DAEWOO, MINICOMPONENTE, KARAOKE, REP.MP3/CD/CD, MOD XG-6480
JOY, CUBETA, DE 17 LTS, VARIOS COLORES
LA MODE BASIC, EDREDON, MAT, 50% POLIESTER - ALGODON M. EO02
BAND-AID, BANDITAS TRANS, CAJA/40 PZAS, JHONSONS & JHONSONS
DRIVE, SILLA DE RUEDAS, METALICA, C/VINIL, M. FSB768 S. ECON
HAB PRIV, C/T/V, SALA DE VISITAS, C/ALIMENTO POR DIA 103
HISTERECTOMIA, 2 NOCHES HOSP, MED GENERALES
DENSIOMETRIA OSEA, CHEQUEO DE DENSIDAD OSEA
HEMOGLOBINA GLUCOSILADA, DETECC. DE AZUCAR EN EL HIGADO
CESAREA, PAQ 48 HRS, QUIR, DER A SALA, MED GRALES
CESAREA, CIRUGIA, EQUIPO MED, ANESTE, INSTRUM, PEDIATRA
PERFIL GINECOLOGICO, NIVEL PROGESTERONA Y PROLACTINA
CABALLERO, CORTE NORMAL
TAMPAX, COMPAQ, PAQ C/8 PZAS
BIOLOGIA 2, LUIS CARLOS SAINZ, EDIT PRENTICE HALL
STAR MAX, PROF C/ ESP, RAYADO, 200 HOJAS
ZEBRA, ROLLER BALL, MOD ZARAZA, 1 PZA
PUERTO VALLARTA, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 EST
BALNEARIO, CUOTA POR DIA P /ADULTOS, EXC MIERCOLES
CAPITOL, CD, ROBBIE WILLIAMS, SWING WHEN YOU'RE WINNING
METROPOLYS COMPANY, CONJUNTO, 100% POLIESTER
FUROR, ASTRO BOY, 100% ALGODON
WHIRPOOL, 6 QUEM, ENC. ELECT., C/HORNO, MOD WF30995PB
LILICO, 4 PZAS, CABECERA, 2 BUROS Y TOCADOR, MOD FLORENCIA
SAMSUNG, AP. ACONDIC. DE AIRE, MINISPLIT, MOD AS 12 FBC
HAMILTON BEACH, 2 VEL, WAVE ACTION, MOD 52321
SONY, 25", PANTALLA MULTIMEDIA, MOD KV25FS120
SONY, REPRODUCTOR DVD, MULTIREGIONAL, MOD S75
ENERGIZER, 9 V, CUADRADA, C/1 PZA
LA MODE COLLECTION, ALMOHADA, ESTANDAR, 100% ALG, MOD 1777
CEDAX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 400 MG, LAB SHERING PLOUGH
BACTRIM, TABLETAS, CAJA C/30 DE 400/80 MG, LAB ROCHE
CANESTEN V, OVULOS, CAJA C/3 DE 200 MG, LAB BAYER
ISOX, TABLETAS, CAJA C/6 DE 100 MG, LAB SENOSIAN
CLAVULIN, TABLETAS, CAJA C/15 DE 500 MG, LAB SANFER
TYLEX CD, TABLETAS, CAJA C/30 DE 200 MG, LAB JANSSEN CILAG
FEBRAX, TABLETAS, CAJA C/15 DE 300 MG, LAB SYNTEX
DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYNTEX
ZALDIAR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 325 MG, LAB GRUNENTHAL
VYTORIN, COMPRIMIDOS, CAJA C/14 DE 10/20 MG, LAB MERCK SHAR
TRITACE, TABLETAS, CAJA C/16 DE 5 MG, LAB SANOFI AVENTIS
MICARDIS PLUS, COPRIMIDOS, CAJA C/14 DE 10/12.5 MG, LAB BOHE
GINECOLOGO, CONSULTA
HUGGIES, MEDIANO, ULTRACONFORT, NIÑA, PAQ C/25 PAÑALES
BARBIE, R 12, MOD 148012
TURBO, R 26, CUADRO ALUMINIO, MOD RDM40
GOLDEN HILLS, BASTON, ANTIRROBOS, DOBLE GANCHO
HAMBURGUESA DE POLLO, PAPAS Y REFRESCO MEDIANOS
ENTERO, A GRANEL
RUBIA, ENTERA, A GRANEL
REGIONAL, COSTAL CON 100 PZAS
RAYADA, PIEZA
VERDE VALLE, NEGRO QUERETARO, BOLSA DE 1 KG
VERDE VALLE, PERUANO MAYOCOBA, BOLSA DE 1 KG
KNORR, CREMA DE ELOTE, ENVASE DE 500 ML
GERBER, BABY GOURMET, FRUT DEL PARAISO, ET 3, FCO 113 GR
GERBER, JUGO DE FRUTAS, TROPICALES, ETAPA 2, FCO DE 175 ML
BLASON, TOSTADO Y MOLIDO C/CAFEINA, DE ALT, BOLSA DE 500 GR
COCA COLA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 600 ML
CRISTAL, NATURAL, GARRAFON DE 20 LT
CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT
FRENCH'S, MOSTAZA, FCO 397 GR
PALETA PAYASO, PALETAS, DE MALVAVISCO C/CHOCOLATE, PZA DE 45
BENDSON & HEDGES, CON FILTRO DORADOS, CAJETILLA CON 20
CAPALDI, TIPO POLO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
NAUTIC BAY, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
U.S. POLO ASSOCIATION, BOXER, 100% ALGODON
JBE, CALCETINES, 80% ALGODON - 20% POLIAMIDA MOD 14051
CALVIN KLEIN, 100 ALGODON, MOD MGI4B02
VERSALLES, 70% POLIESTER - 30% RAYON
GEISHA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
SECRETS, BOXER, 80% PA - 20% EL, MOD 3454
MELODY TEENS, 95% A - 5% EL, MOD 5678
BONGO, PIJAMA, 100% ALGODON
BETSEY STAR, 72% RAYON - 22% NYLON-2% POLIESTER - 4% SPANDEX
THINNER, VESTIDO, 100% RAYON
LADY SUN, 55% LINO - 45% VISCOSA
GRANADA, 100% ALGODON
MICHAEL, 100% POLIESTER
TASSO, PLAYERA TIPO POLO, 100% ALGODON
DUREX, CALCETINES, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
(Primera Sección)
28.00
259.00
109.00
79.00
30.00
259.00
65.00
19.00
309.00
279.00
198.00
480.00
550.00
199.00
169.00
399.00
69.00
54.00
65.00
14.00
329.00
1180.00
1490.00
1199.00
559.00
495.00
248.00
695.00
219.00
328.00
378.00
49.00
899.00
1299.00
499.00
189.00
298.00
229.00
1599.00
130.00
9790.00
7595.00
5620.00
4000.00
569.00
6699.00
2999.00
68.00
278.00
25.50
1600.00
1035.00
7391.30
800.00
200.00
6521.74
18500.00
880.00
60.00
24.10
89.00
42.80
18.00
7993.00
70.00
222.00
536.00
228.00
6199.00
5899.00
6899.00
699.00
6275.00
1835.00
56.50
108.00
521.25
104.74
97.40
210.00
237.70
418.00
105.32
149.12
201.50
317.77
316.45
339.53
300.00
82.00
896.00
3599.00
188.00
48.00
14.00
49.90
60.00
30.00
23.40
31.70
22.00
79.65
53.71
107.00
13.33
0.85
6.67
50.38
5.79
26.80
99.99
139.99
34.99
69.00
399.00
129.99
169.95
19.95
44.99
219.00
179.99
319.00
279.00
129.90
49.90
99.00
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CAJETI
PZA
PAQ
PAQ
PAR
PAQ
PAR
PAR
PZA
PZA
JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
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PZA
PAR
PAR
PZA
JGO
JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAQ
PZA
PAR
PAR
PAR
PAR
PZA
JGO
SERV
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
UNIDAD
UNIDAD
PZA
JGO
CAJA
PZA
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
SERV
PAQ
EJEMPL
PZA
PZA
SERV
CUOTA
PZA
JGO
PZA
UNIDAD
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PAQ
PZA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
SERV
PAQ
PZA
PZA
PZA
PAQ
KG
KG
COSTAL
PZA
KG
KG
LT
KG
LT
KG
LT
LT
LT
KG
PZA
CAJETI
PZA
PZA
PZA
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
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16
16
16
16
16
16
16
(Primera Sección)
156007
162002
163002
163003
164002
168023
168024
171010
205002
207002
209002
209003
210002
213002
213003
214001
214002
215002
215003
215004
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217003
221002
221003
221004
221007
223002
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224004
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239001
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256002
256003
257001
257002
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258002
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271002
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285001
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152004
152008
156002
156012
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168006
168009
172001
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140003
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094004
095001
095002
DIARIO OFICIAL
PINGOS, CONJ 3 PZAS, 100% ALGODON
PC SIN MARCA, ESCOLAR, BLUSA, FALDA SHORT
GOSH, CORTE MICROPIEL- SUELA
FLEXI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CAPA DE OZONO, CORTE TEXTIL SUELA SINTETICA
BARBIE, CORTE TEXTIL, SUELA SINTETICA
LADY PAULINA, CORTE SINTETICO, SUELA SINTETICA
U.S. POLO, CINTURON SINTETICO, P/CABALLERO, MOD 023 S
BUFETE VITRINA, COLOR NOGAL, DE 2.5 MT, MOD GRECIA
MABE, 4 QUEM, ENC ELECT, 30 C/BLANCO
SUSANA, SILLON 2-2-1, MODULAR, COLOR MOSTAZA
INMUJAL, 2 LOVE SEAT Y SILLON (2-2-1), TAPC/DAYCON MOD PAOLA
MURANO, 7 PZAS (M Y 6 SILLAS), CONGLOMERADO
5 PZAS, K.S., MOD WINDSOR
5 PZAS, KING SIZE, MOD MALIBU
MABE, 10 PIES CUBICOS, DOS PUERTAS, MOD RML10XHML
MABE, 14 PIES CUBICOS, 2 PTAS, C. BLANCO, MOD 71194
WHIRLPOOL, 10 KG, AUT, C. BLANCA, PERFECT CARE, MOD 7MWT74500
SAMSUNG, 13 KG, AUT, 5 CICLOS, MOD WA15L5G
WHIRLPOOL, 13 KG, PROFESSIONAL CARE, AUTOM, MOD 7MWT97730
LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.1 PIES CUB ACAB ESPEJO, MD MS1146
LG, AIRE ACONDICIONADO, 12000BTU, P/VENT, 110 V, MOD W121CMH
DAEWOO, 21", P/PLANA, MOD DTQ-213455
POLAROID, PANTALLA PLANA, LCD, MOD TLM-2320
LG, 21", P. PLANA, MOD 21FU9RL
PANASONIC, 14", P PLANA, MOD 11659
PANASONIC, MINICOMPONENTE, 5 CD MP3, MOD SC-AK77OLM-K7
PANASONIC, MINICOMPONENTE, MASH, 5 CD, MODSC-AK97OLM-K11
ATVIO, REPRODUCTOR DVD, MOD ATDV-8571
PROVIDENCIA, COBERTOR INF, 1.6X2.20, 85% ACRILICO - 15% POLI
HILASAL, MEDIO BAÑO, DE 69X140, 100% ALGODON, MOD CLASSIC
BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT
H24, AEROSOL, MATA CUCARACHAS, BOTE DE 285 GR
KEFLEX, SUSPENSION, FCO DE 100 ML, LAB LILLY
AMIKIN, SOL INYECTABLE, CAJA C/2AMP DE 2ML, LAB MEAD JOHNSON
DORIXINA F, COMP, CAJA C/10 DE 250 MG, LAB SIEGFRIED RHEIN
SEDALMERCK, TABLETAS, CAJA C/40 DE 500 MG, LAB MERCK
ALDACTONE A, TABLETAS, CAJA C/30 DE 25 MG, LAB PFIZER
LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/21 DE 40 MG, LAB PFIZER
P/DIA, HAB. ESTANDAR C/ALIMENTOS, TELEFONO Y TV, C/AA
PARTO NORMAL, HONORARIOS DEL GINECOLOGO Y ANESTESISTA
EMPASTE, MOLAR, CON AMALGAMA
PUMA, P/DAMA, EAU DE TOILETTE, FCO DE 75 ML
SPEED STICK, AEROSOL, ENVASE CON 100 GR
PONDS, CREMA PARA PIEL, PEPINO, LIMPIADORA, ENVASE DE 100 G
UNIKA, ULTRA DELGADA, C/ALAS, PAQ C/ 14 PZAS
SABA, ULTRADELGADA C/ALAS, PAQ C/12 TOALLAS
MICHELIN ASOCIADA, 175/70 R13, MOD PRIMERA A/S
LUNA NUEVA, STEPHENIE MEYER, ED ALFAGUARA
SPORT MAN'S, ALIM SECO P/PERRO, ALTA PROTEINA BOLSA DE 25 KG
CORONA, CERVEZA, BOTELLA DE 325 ML
VICTORIA, CERVEZA, BOTELLA DE 325 ML, C/BOTANA
JUGO DE NARANJA, COPA GRANDE
CORTE S/DESHUESAR, PECHUGA, A GRANEL
SANTA CLARA, ULTRAPASTEURIZADA, ENTERA, ENVASE DE 1 LT
PERA, MANTEQUILLA, A GRANEL
VERDE VALLE, PERUANO, PAQ DE 1 KG
KAS, NO RETORNABLE, TORONJA, BOTELLA DE 2.5 LT
GERALDINI, CORBATA, 100% POLIESTER
JUNIOR, 96% ALGODON, 4% ELASTANO
PERFIL, SACO Y PANT, 65% POLIESTER, 35% ACRILAN
ESXX, 93% POLIESTER, 7% SPANDEX
SHAMBALA, 100% POLIESTER
BEEP, 100% ALGODON
THAT'S IT, 95% ALGODON, 5% ELASTANO
B.B. CLUB, 65% POLIESTER, 35% ALGODON
KIDS WORLD, PAÑALERO, 55% ALGODON, 45% POLIESTER
MY SWEETIE PIE, MAMELUCO, 100% ALGODON
GRAN EMYCO, CORTE BOVINO, SUELA SINTETICA, FORRO PORCINO
COCONUT, SANDALIAS, CORTE, SUELA, SINTETICA
PALMIRA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
LTD, DAMA, RELOJ DE PULSO, MOD SLT 024
SHERWIN WILLIAMS, PINTURA P/ INTE Y EXTE, BCA, BOTE DE 19 LT
ASEO GENERAL, 1 DIA POR SEMANA, PAGO POR DIA
7 PZAS (M Y 6 S), MOD ARIZONA
EASY, 12 KG, MOD LAE 12030PB1
ARTIC CIRCLE, ENFRIADOR DE AIRE PORTATIL, MOD P500
SONY, 26", PANTALLA LCD, BRAVIA, MOD KDL 26M 4000
ACER, PORT, CORE 2 DUO, 3 GB RAM, 250 GB, MOD ASPIRE 2920-61
UNIREX, REPRODUCTOR DE CD, CASSETTE, MOD RX 949
DURACELL, TAMAÑO D, 1.5 VOLTS, PAQ C/2 PZAS
SIERRA, MANTA, 145 X 190, 100% POLIESTER
CREST, PASTA DENTAL, EXPRESSIONS, MENTA, 100 ML
CHEVROLET, MALIBU, B, AUTOM, A/AC, 5 PTAS, C/QUEMAC, MOD 2009
JOSE SARAMAGO, EL VIAJE DEL ELEFANTE, ED ALFAGUARA
SCRIBE, CUADERNO ITALIANO, ESPIRAL, RAYA, 100 HOJAS
MATTEL, POWER RANGERS, BLUE, MOD M6644
PLAY-DOH, MASA MODELADORA, 24 TARROS, MOD 23228
CAT CHOW, ALIM SECO P/GATO, PESCADOS Y MARISCOS, DE 1500 GR
SINCRONIZADAS, ORDEN DE 3, C/AGUA FRUTA FRESCA
ROBALO, ENTERO, A GRANEL
ANSERA, LENTEJAS, BOLSA DE 750 GR
SABATINNI, CORBATA, 100% POLIESTER
BASIC CONCEPTS, PANTALON DEPORTIVO, 100% ALGODON
AUSVER, 100% ALGODON
TIMBREE, VESTIDO, 100% ALGODON
PAMMY GIRLS, VESTIDO, 100% ALGODON
RINBROS, CAMISETA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS
GLEYTOR, CALCETINES 80% ALGODON - 10% POLIAMIDA - 10% EL
LA IDEAL, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
IMPAC 3000, CUBETA DE 19 LTS
LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.4 P3 MOD MS-1147GI
NAKAZAKI, RADIO, MP3/USB, AM-FM STEREO, MOD 8978
ENSUEÑO, SECADOR DE COCINA, ESTAMPADO, 100% ALGODON
MARTINI, COPA
MINSA, MASA DE NIXTAMAL, PAQ DE 1 KG
MAIZENA, FECULA DE MAIZ, NATURAL, CAJA DE 425 GR
DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL
HERDEZ, ATUN EN ACEITE, LATA DE 295 GR
MI LECHE, ULTRAPASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT
NIDO, ENTERA, LATA DE 360 GR
LA LECHERA, CONDENSADA, LATA DE 397 GR
NESTLE CLUB, C/FRUTAS, P/BEBER, ENVASE DE 500 GR
SAN MIGUEL, ASADERO, TROZO, A GRANEL
ESMERALDA, AMERICANO, REBANADO, A GRANEL
NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, C/OMEGA 3Y6, BOTELLA DE 1 LT
RAYADA, A GRANEL
MANTEQUILLA, A GRANEL
MANTEQUILLA, A GRANEL
CHILE SERRANO, A GRANEL
CHILE DE ARBOL, A GRANEL
COL BLANCA, POR KG
ENTEROS, A GRANEL
GOLDEN HILLS, FLOR DE MAYO, BOLSA DE 1 KG
HERDEZ, ELOTE, EN GRANOS, LATA DE 220 GR
LA COSTEÑA, PURE DE TOMATE, LATA DE 800 GR
DEL FUERTE, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, ENVASE DE 210 GR
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309.00
145.00
279.00
749.00
309.00
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289.00
65.00
6699.00
4399.00
6999.00
13099.00
7499.00
7199.00
6999.00
4399.00
4899.00
4390.00
5399.00
5219.00
1330.00
2899.00
1770.00
6399.01
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1699.00
3539.00
6999.00
382.00
286.00
89.00
4.75
27.83
160.00
215.10
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879.00
660.00
7000.00
250.00
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34.50
21.08
22.93
464.00
219.00
10600.00
14.00
14.00
10.00
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13.72
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5.17
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399.00
99.90
148.00
299.00
78.00
69.90
299.00
659.00
99.00
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103.00
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150.00
4690.00
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43.42
79.90
16.11
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199.00
16.50
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198.00
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99.00
99.00
89.00
89.90
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99.90
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1199.00
919.00
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50.00
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5.13
28.00
27.00
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3.60
9.48
21.90
28.61
23.69
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JGO
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UNIDAD
JGO
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KG
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PZA
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LT
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UNIDAD
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UNIDAD
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PAQ
PZA
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UNIDAD
EJEMPL
PZA
PZA
CAJA
KG
PAQ
KG
KG
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PZA
PZA
PZA
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PAQ
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PZA
CUBETA
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262006
295003
011003
045003
052002
055004
056005
056014
094003
101010
102006
106002
112003
114003
171005
210003
215004
229004
231002
DIARIO OFICIAL
CAMPBELL'S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 GR
LA PARROQUIA, MOLIDO S/CAFEINA, BOLSA DE 500 GR
CORDOBA, MOLIDO, PURO, PRIMA LAVADO, BOLSA DE 500 GR
FANTA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 2500 ML
SANTORINI, NATURAL, BOTELLA DE 1.5 LT
LA FINA, SAL DE MESA, BOLSA DE 500 GR
SABRITAS, PAPAS FRITAS, BOLSA DE 85 GR
ABUELITA, GRANULADO, PAQ DE 500 GR
NESQUICK, EN POLVO, CHOCOLATE, LATA DE 400 GR
KARO, MIEL DE MAIZ, MAPLE, FCO DE 680 GR
GUISADO, DE POLLO, A GRANEL
BARBACOA, DE RES, A GRANEL
HEINEKEN, CLARA, LAGER, LATA DE 330 ML
BARAIMA, BLANCO, BOTELLA DE 700 ML
L A CETTO, TINTO, BOTELLA DE 750 ML
DOMECQ XA, TINTO, CABERNET SAUVIGNON, BOTELLA DE 750 ML
DUREX, CALCETINES, 99% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
PIERRE MOUNTAINE, 100% ALGODON
POLARICE, 100% ALGODON
PIERRE CARDIN, 100% LANA
WALL STREET, 65% POLIESTER - 35% RAYON
KIRKLAND, SHORT, 100% ALGODON
FOREVER, 100% ALGODON
KAYO, CAPRI, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
FRV, 100% ALGODON
LOB, 100% POLIESTER
NECTAR, VESTIDO, 80% ALGODON- 20% OTROS
HISPANIA, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
SIMPLY BASIC, 100% POLIESTER
GET IT, 100% POLIESTER
OLIVER, PLAYERA, 100% ALGODON
DISNEY, VESTIDO, 100% ALGODON
YEDID, TRAJE, 100% ALGODON
FC FANTEX, ESCOLAR, FALDA Y BLUSA
LAVADO, CARGA DE 8 KG, S/JABON
NEXTRAVEL, MALETA, DE MANO, LATERALES, 100% POLI, MOD 167347
FERRETINA, BOLSA, 100% SINTETICA, MOD 1000
U.S. POLO, MALETAS, (1) PZA, 100% SINTETICA, MOD WX 6139-C
EXE SYSTEMS, BOLSA, 100% SINTETICA, MOD 180000
TAI, PORTAGARRAFON, (1) MOD PARIS
MUEBLES CONTEMPORANEOS, (M 4 S,BUFFET, VIT), MOD VENECIA
TAUROS, BATIDORA, DE INMERSION, MOD ROBOT 300 PLUS
KENMORE, DE PEDESTAL, 3 VEL, MOD VGP 2016
KENMORE, 4 VEL, VASA DE VIDRIO, MOD LPU 504
LG, 21", LCD, MOD 22LC2D
CONNECT, ESCR, ATHLON,1.6GHZ, 1MB, 80GB, DE 15, LCD, MOD PCCNFAM711
LG, MODULAR, 3CD MP3, MOD MCD 112
RCA, REPRODUCTOR DVD, MP3, MOD DRC 016
OSRAM, FOCO, 7 WATTS, CLASSIC, VELA, MOD 82485
VENTURE HOME, EDRECOLCHA, MATRIMONIAL, POLIEST, MOD DIVERSOS
ARIEL, EN POLVO, OXIANILLOS, CAJA DE 9000 GR
FABULOSO, LIMPIADOR, ENVASE DE 1 LT
GLADE, AEROSOL, AMBIENTAL, JARDIN CAMPESTRE, BOTE DE 323 GR
VAGITROL V, OVULOS, CAJA C/10, LAB BAYER
LAMISIL, TABLETAS, CAJA C/14 DE 250 MG, LAB NOVARTIS
AMOXIL, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB GLAXO SMITHKLINE
CLAVULIN 12 H, TABLETAS, CAJA C/10, LAB SANFER
TAVANIC, TABLETAS, CAJA C/5 DE 250 MG, LAB SANOFI AVENTIS
FEBRAX, PASTILLAS, CAJA C/15 DE 300 MG, LAB SYNTEX
TRADOL RETARD, TABLETAS, CAJA C/10 DE 50 MG, LAB GRONENTHAL
DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYNTEX
ADVIL, GRAGEAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB WYETH
VYTORIN, TABLETAS, CAJA C/14 DE 10/20 MG, LAB MSD
LIPITOR, TABLETAS, CAJA C/10 DE 20MG, LAB PFIZER
ALDACTONE A, TABLETAS, CAJA C/30 DE 25 MG, PFIZER
OVESTIN, CREMA VAGINAL, TUBO C/ 15 GR, LAB ORGANON
OXIGRICOL, TABLETAS, CAJA C/12 DE 2.5 MG, LAB RIMSA
FARMACOM, VENDAS, ELASTICA, DE 15CMx5CM DE ANCHO
KLEEN BEBE, GRANDE, SUAVELASTIC, PAQ C/14 PZAS
KOTEX, TAMPONES, SUPER, CAJA C/10 PZAS
SCOTTIS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA C/70 PAÑUELOS
OZEKY, RODADA 20, S/VELOCIDADES, MOD FREE STYLE
BF, GOODRICH, RIN 13, 175/70, MOD TOURING T/A
FOTORAMA DE MEXICO, JGO DE DESTREZA, MOD ZAPE RATON
WALT DISNEY, DVD, ROBIN HOOD, PZA
LEXAR, TARJETA DE MEMORIA, DE 2GB, PLATINUM II
SERV COMPLETO, VELACION EN DOMICILIO E INHUMACION, SIN TRAMI
SALAMI, DE CERDO, AHUMADO, A GRANEL
MAZATUN, ATUN EN ACEITE, ALETA AMARILLA, LATA DE 170 GR
GALA, A GRANEL
MORADA, A GRANEL
FAMILY PACK, PIZZA ENTERA, 4 REFRESCOS, NACHOS Y PAPAS
SIMPLY BASIC, PLAYERA, 100% ALGODON
DANIEL HECHTER, CALCETINES, 60% ALGODON - 29% POLIESTER - 11
TASSO, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
SHAMBALA, 100% POLIESTER
ITAVINA, CONJUNTO, 100% ALGODON
1-800 FASHION, PLAYERA, 100% ALGODON
ACTION GEAR, PLAYERA, 100% ALGODON
VITALE, TRAJE, 100% ALGODON
BABY EXPLOSION, CONJUNTO, 100% ALGODON
JWORLD, MALETA, RODANTE, 100% POLIESTER, MOD KRB001B
TAZZI, MESA P/COCINA, CON AZULEJO, MOD ALMA
LG, TV DE 21", MOD FU1RC-165, CLAVE 33473
LANIX, ESCRIT, CELERON, RAM 1GB, 80MB, MOD TITAN LE
ACER, PORTATIL, 12.1", DD320GB, 2GHZ, MOD ASPIRE 2930
HP, PORT, RM 70, 250 GB, 3072MB, DVD + RW, 12", MOD TX2532
PANASONIC, MINICOMPONENTE, MP3, 5CD, 7700WTS, MOD SCAK770LU
LG, MINICOMPONENTE, CD-R/RW, 12000W, USB, MP3, MOD MCV903
LG, REPRODUCTOR DVD, C/KARAOKE, ESC. PROGRESIVO, MOD DV397H
EKCO, MACHACADOR, DE PLASTICO
CIPROXINA, TABLETAS, CAJA C/8 DE 500 MG, LAB BAYER
DALICIN C, CAJA DE 16 CAPSULAS DE 300MG, LAB. PFIZER
LAMISIL, CREMA 1%, TUBO DE 7.5 GR, LAB. NOVARTIS
DOLO TIAMINAL, CAJA CON 30 CAPSULAS, LAB SILANES
TEMPRA, TABLETAS MAST, CAJA C/30 DE 160 MG, LAB MEAD JOHNSON
DOLAC DE 10MG, CAJA CON 10 TAB, LAB. SINTEX
AVAPRO, 150MG, CAJA CON 14 TABLETAS, LAB BRISTOL MAYER
MUCOSOLVAN, SOLUCION, FCO DE 120 ML, LAB BOEHRINGER INGELHE
GREAT VALUE, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA DE 180 PZAS
LARA, VAINILLA, DELICIOSAS, CAJA DE 600 GR
NAN, MATERNIZADA, 1, LATA DE 400 GR
DAIRY QUEEN, BLIZZARD, VARIOS SABORES, BOTE DE 1 LT
ALLENDE, BLANCO, PAQ C/30 PZAS
HEB, MP, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT
NUTRIOLI, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT
HERDEZ, ENSALADA, DE LEGUMBRES, LATA DE 220 GR
COCA COLA, NO RETORNABLE, BOTELLA DE 600 ML
CIEL, AGUA NATURAL, BOTELLA DE 1500 ML
RUFFLES, PAPAS FRITAS, ONDULADAS C/QUESO, BOLSA DE 190 GR
MACIZA, A GRANEL
BIRRIA, BORREGO, A GRANEL
GON GON, CINTURON, 100% PVC
ZAZ, MONACO PLUS, COD. 328316
LG, FUZZY LOGIC, 12 KG, TURB DRUM, MOD WFTI272TP
VIA HOGAR, VELADORA IMAGEN SAN JUDAS TADEO, VASO DE 420 GR
SANTA ANITA, VAJILLAS, JUEGO DE 20 PZAS, MOD CUADRADA
(Primera Sección)
46.29
158.00
88.50
5.40
4.20
7.80
131.18
76.10
49.31
32.79
89.00
90.00
38.97
71.43
101.33
106.00
26.90
109.00
189.00
487.00
269.00
279.00
349.00
187.90
259.00
499.00
269.00
469.90
98.00
149.00
79.00
168.00
152.90
57.80
10.00
141.50
219.50
279.00
130.00
705.00
20814.00
499.00
899.00
449.65
6271.50
5999.00
2083.40
609.00
49.00
269.00
19.09
12.25
114.46
114.60
505.50
84.30
266.00
200.00
105.50
139.00
141.60
21.00
325.40
390.00
220.20
283.00
59.90
12.50
47.88
36.50
8.50
1498.00
685.00
248.00
207.60
239.00
7000.00
68.75
52.35
34.30
11.50
185.00
48.00
139.00
91.01
179.00
160.00
99.90
38.00
69.00
228.00
370.00
1999.00
2599.00
6999.00
12999.01
22629.00
3699.00
6999.00
880.00
23.65
211.00
320.50
40.95
194.50
70.50
141.15
188.00
83.00
15.55
46.67
220.31
64.00
36.00
27.95
27.70
27.27
11.67
6.77
119.47
155.00
130.00
129.00
5499.00
4560.00
21.90
318.00
KG
KG
KG
LT
LT
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
LT
LT
LT
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
TRAJE
JGO
SERV
PZA
BOLSA
PZA
PZA
UNIDAD
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
PZA
KG
LT
LT
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
TUBO
CAJA
PZA
PAQ
CAJA
CAJA
UNIDAD
PZA
PZA
PZA
PZA
SERV
KG
KG
KG
KG
PAQ
PZA
PAQ
PZA
PZA
JGO
PZA
PZA
TRAJE
JGO
PZA
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
FCO
CAJA
KG
KG
LT
PAQ
LT
LT
KG
LT
LT
KG
KG
KG
PZA
UNIDAD
UNIDAD
PZA
JGO
99
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
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NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
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NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
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CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
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CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
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CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
100
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
18
19
19
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19
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19
19
19
19
19
20
20
20
20
20
20
20
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20
20
20
20
20
20
20
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20
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20
20
20
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20
20
20
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20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
20
236003
238004
240003
240004
243003
245004
246003
264001
289002
292003
310004
311010
323002
350002
350004
352003
359001
033004
089005
137006
137007
147003
147005
148003
148005
218001
226001
230001
239003
244004
256003
256004
256005
256006
257002
257003
258001
258004
290004
311003
001007
007002
011002
012002
014005
019002
020003
030003
041002
044002
045002
047002
054004
058005
063002
064004
066002
067002
073002
074004
077002
080002
082002
086002
087002
089002
095006
096002
105002
107002
108009
112002
120007
122007
138008
139002
139010
140010
141003
141006
141008
141011
141012
144011
144012
145002
145003
146023
147007
147013
148007
149003
149012
150009
150012
152004
153008
154005
156003
156005
156009
156010
156012
166010
166016
168004
168009
168012
168023
171002
172005
194007
194009
195002
205002
216005
217003
219006
222003
223008
224001
225001
231005
235006
241004
241005
244004
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
BEBE, ESTAMBRE, BOLA DE 100 GR
COLAP, RACHEL COLLECTION, MATRIMONIAL COBIJA
MIMARCA, CORTINA DE BAÑO, 72*72 M, LISA
DECOMAR, CORTINA, 100% POLIESTER, DUQUESA 1.50X2.10 MOD 03
BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT
CLOROX, SANITARIO, PASTILLA DE 100 GR
RAID, AEROSOL, MAX, BOTE DE 490 ML
BANANA BOAT, BLOQUEADOR, ENVASE C/236 ML FPS50 S/FRAGANCIA
REVLON, SECADORA DE CABELLO, HOT STYLIX TOURMALINE, IONICA
HUGGIES, GRANDE, ULTRACONFORT. PAQ C/14 PZAS
TAMPICO- MONTERREY, SENCILLO, VUELO 2566 6:45 AM
RENAULT, CLIO EXPRESION, 5 PTAS, A/AC DH, 5 VEL, MOD 2009
AFINACION MAYOR, F.I., MANO DE OBRA Y REFACCIONES STRATUS 02
SM, MARGARITA, SABOR TAMARINDO, COPA
MICHELADA, CON CHAMOY VASO DE 1 LT
FUNCION, ENTRADA GENERAL
WARNER MUSIC MEXICO, CD, ALEXANDER ACHA, VOY
CHIHUAHUA COUNTRY, MACHACA, DE RES, PAQ DE 175 GR
VERDE VALLE, PINTO, BOLSA DE 1 KG
NONSTOP, 100% ALGODON
TNM, 100% ALGODON
THINGS CONTEMPO, 100% POLIESTER
VIBRA, 100% ALGODON
SHAMBALA, 100% POLIESTER
MARCCAIN, 100% ALGODON
LASKO, CYCLONE, DE MESA, MOD 3520
GE, FOCO, STANDARD, 60 WATTS
REYNERA, ESCOBA, 6 HILOS, CORN BROOM
SELECTION EDITION, BAÑO NATURAL, 100% ALGODON
1-2-3, ANTIBACTERIAL, BARRA DE 350 GR
KEFLEX, TABLETAS, CAJA C/12, LAB LILLY
CIPROFLOX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 250 MG, LAB SENOCIAIN
ELEQUINE, TABLETAS, CAJA C/7, LAB JANSEN
LOTRIMIN, CREMA, TUBO DE 30 GR, LAB SHERING PLOUGH
RAPIX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SENOCIAIN
TEMPRA, TABLETAS, CAJA C/20, LAB BRISTON
LASIX, TABLETAS, CAJA C/20, LAB AVENTIS
ASPIRINA PROTECT, CAJA C/30 DE 100 MG, LAB BAYER
REVLON, MASCARA P/PESTAÑAS, LASHFULL, DE 7 GR
VW, JETTA, EUROPA, AUTOM, A/AC, MOD 2009
MILPA REAL, TOSTADAS, PAQ DE 360 GR
MARINELA, PASTELILLO, GANSITO, PAQ DE 50 GR
GAMESA, MALVAVISCO, CHOCOLATINES, CAJA CON 390 GR
HARINA DE TRIGO, A GRANEL
SUPER EXTRA, A GRANEL
REBANADO, DE CERDO EN BISTEC, ADOBADO, A GRANEL
PIERNA C/HUESO, A GRANEL
BAFAR, DE AVE, PAVO, FRANKFURT, PAQ C/ 500 GR
BRUNSWICK, SARDINA EN ACEITE, C/PICANTE, LATA DE 106 GR
CARNATION CLAVEL, ENTERA, VITAM Y MINERALES, BOLSA DE 500 GR
SMA GOLD, MATERNIZADA, LATA DE 900 GR
CHIQUITIN, QUESITO, FRESA, 4 PZA DE 90 GR C/U
LALA, ENTERA, UNTABLE, ENVASE DE 227 GR
TABASCO, A GRANEL
AGRIO, A GRANEL
JICAMA, A GRANEL
CHINO, A GRANEL
SIN SEMILLA, A GRANEL
SALADETTE, A GRANEL
BLANCA, A GRANEL
TOMATE VERDE, A GRANEL
ZANAHORIA, A GRANEL
CHILE POBLANO, A GRANEL
SIN ESPINAS, A GRANEL
VERDE, A GRANEL
PINTO, A GRANEL
MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, DE CAMARON, VASO DE 64 GR
MOLTO, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA DE 820 GR
LA GUACAMAYA, OREGANO, ENTERO, BOLSA DE 30 GR
MOLINOS SIGLO XX, EN POLVO, HORCHATA, VAINILLA, BOLSA C/ 500 GR
ABUELITA, EN TABLETA, PAQ DE 540 GR
KACER, CHICHARRON, PRENSADO, A GRANEL
TORRES, MIGUEL TORRES, HORS D'AGE, BOTELLA DE 700 ML
PALL MALL, C/FILTRO, EXACTOS, CAJETILLA C/20 PZAS
PIERRE CARDIN, 100% LANA
BLASON, 100% POLIESTER
WALL STREET, 98% POLIESTER -2% VISCOSA
LA NUEVA PAÑUELERA, PAÑUELO, 100% ALGODON
PALOMA, 100% POLIESTER
GIOVANNI PAOLO, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
PLAYBACK, 70% POLIESTER-24% VISCOSA - 6% ELASTANO
PALOMA, 100% ALGODON
X-TEND, 53% POLIESTER - 47% VISCOSA
LADY SUN, 97% ALGODON - 7% ELASTANO
NEMIYOL, 100% ALGODON
LADY SUN, 94% POLIESTER - 6% SPANDEX
GIANNI PAOLO, 100% POLIESTER
GIANNI FERAUD, CONJUNTO, 100% POLIESTER
RABBIT, VESTIDO, 100% POLIESTER
EMANUELLE, VESTIDO, 100% POLIESTER
ANNY LOUR, 100% POLIESTER
THAT'S IT, 100% ALGODON
TWICKERS, 100% ALGODON
X-TEND, 87% POLIESTER - 13% ACRILICO
NEXUS KIDS, 100% POLIESTER
BABY VARECCI, VESTIDO, 100% ALGODON
DISNEY BABY, TRUSA, 100% ALGODON
DISNEY, CORPIÑO, 100% ALGODON
BABY CRAYSI, MAMELUCO, 100% ALGODON
NENE WEAR, TRAJE, 100% ALGODON
BAMBU, TRAJE, 100% ALGODON
BARQUILLO, MAMELUCO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
BARQUILLO, TRAJE, 50% POLIESTER-50% ALGODON
CHABELO, ZAPATOS, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA
CHABELO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
SAHARA, ZAPATILLA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
SAYONARA, SANDALIA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
BANZINI, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
AZALEIA, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
PIERRE CARDIN, CINTURON, 100% PIEL, MOD 2966
MONTESCANO, RELOJ, PARA CABALLERO, MOD WF04
ASEO GENERAL, 3 DIAS POR SEMANA.
ASEO GENERAL, MEDIO TIEMPO, 5 DIASP/SEMANA, SUELDO MENSUAL
VIGILANCIA EN CASETA, 8 HRS POR DIA, SUELDO MENSUAL
ITALIA, MESA, REDONDA, ESTRUC. METALICA, MOD M719, PZA
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, P/COCINA, MOD 6019
YORK, MINISPLIT, 12K, 220V, SOLO FRIO, MOD 133873
GE, VAPOR, ROCIADOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD 169173
COMPAQ, ESCR, ADM643800, 2.0GB, 320 GBDD, PLANA19",M HP SG3516L
SAMSUNG, MINICOMPONENTE, HI-FI, MP3/USB/CD, MOD MAX-DA69
LG, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, USB, MOD DV387
PHILIPS, RADIOGRABADORA, CD/MP3, MOD AZ1130
CRISA, VASOS, JUEGO DE 12 PZAS, MOD 576619
ELEGANT HOME COLLECTION, EDREDON, MATRIMONIAL, MOD 04876
ARCOIRIS, EN POLVO, MULTIUSOS, BOLSA DE 900 GR
VIVA, EN POLVO, PODER DE BARRA, 10 BOLSAS DE 850 GR C/1
CORONA, TRADICIONAL, C/AROMA, BARRA DE 400 GR
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32.90
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DIARIO OFICIAL
LIRIO, C/ENVOLTURA, BARRA DE 400 GR
TRAMACET, TABLETAS, CAJA C/20, LAB. JANSEN CILAG
ADEROGYL 15, AMPOLLETAS, CAJA C/5, LAB. AVENTIS
RG, AGUA OXIGENADA, FCO. DE 185 ML
LE ROY, BENDA ELASTICA, 7.5 CM X 5 M, LAB. LE ROY
FRAGATTA, ARMAZON, MOD FRA-1040
VASECTOMIA, 2HRS QUIROF, 2HRS RECUP, EQUIP ELECTROMEDIC
CREST, PASTA DENT, PROT FAM, PAQ C/6PZA DE 110GR C/U
CHARMIN, NATURALS, PAQ C/40 ROLLOS DE 225 HOJAS DOBLES C/1
HERMOSILLO-GUADALAJARA, SENCILLO, VUELO 2057
ATLAS, CULTURA GRAL., AUT. MALCOLM WATSON, ED SILVER DOLPHIN
EL TESTAMENTO MAYA, LEYENDA, AUT STEVEN ALTEN, ED GRIJALBO
WALT DISNEY, HIGH SCHOOL MUSICAL 3, LA GRADUACION, PZA
CAMPEON, ALIM SECO P/PERRO, REC SECR, BOLS DE 15 KG
GAMESA, SURTIDO RICO, PAQ DE 546 GRS
ESPALDILLA, EN TROZO, A GRANEL
DEL CERO, A GRANEL
COSTILLA, SHORT RIB, A GRANEL
COCIDO, DE PECHO, A GRANEL
LA HUERTA, CONGELADO, BOLSA DE 500 GR
JEEP, PLAYERA, 100% ALGODON
VENETTO, CORBATA, 100% POLIESTER
AIRE, BIKINI, 72% POLIAMIDA - 28% ELASTANO
CHABELLY, MINIMEDIAS, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
SELLA, 80% POLIESTER - 20% SPANDEX
AUTHENTIC IVANIR, 100% ALGODON
GRANADA, 100% ALGODON
NEW ARMY, VESTIDO, 92% ALGODON - 8% SPANDEX
CLIFF, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
ZARINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
PUERTA, DE FIBRACEL, 82.5 X 2.62
REGIO, YESO, BULTO DE 40 KG
MABE, 5 QUEM, ENC ELECT, 30", MOD EM 1758 NI
CISIAMO, INDIVIDUAL, ORTOPEDICO
TAURUS, CAFETERA, P/10 TAZAS, MOD COFFEEMAX 10
SONY, PANTALLA, LCD, 19", MOD KAL19M4000
GATEWAY, ESCR, INTEL CORE, MEM 2GBDDR2, 640GB, 22", MOD4720
PHILIPS, RADIOGRABADORA, 1CD, AM-FM, MOD AZ302S
CINSA, BUDINERA C/TAPA, DEL NO 22
ARCOIRIS, EN POLVO, BIODEGRADABLE, BOLSA DE 900 GR
MELOX, SUSPENSION, FCO C/360 ML, LAB SANOFI AVENTIS
TURBO, ROD.20, MOD, PRINCESS 2007
BAFAR, DE AVE, DE PAVO, VIRGINIA, A GRANEL
CAMPESTRE, DE CERDO, A GRANEL
CECINA NATURAL, A GRANEL
BRUNSWICK, CAMARONES, LATA DE 105 GR
SUNNY SEA, OSTIONES, AHUMADOS, LATA DE 104 GR
PALETA, DE LECHE, GRANDE
STARKING, A GRANEL
GOLDEN DELICIUS, A GRANEL
CHINA, A GRANEL
AURRERA, CHILE MORITA, BOLSA DE 100 GR
LA MERCED, ALUBIA, BOLSA DE 500 GR
MODELO ESPECIAL, CLARA, PAQ 12 BOT DE 355 ML C/U - 4260 ML
SOUL & BLUES, CAMISA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
CLASICOS, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
GEORGE, CAMISA, 70% POLIESTER - 30% ALGODON
ANTONY POCHELLY, CALCETINES, 100% NYLON, PAQ C/2 PARES
PIERRE CARDIN, TRAJE, 100% LANA
ZALMA SPARK, 100% POLIESTER
PARLAY, 100% POLIESTER
GEORGE, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA
VICKI FORM, BRASIER, 82% POLIAMIDA - 18% ELASTANO
BERLEI, BRASIER, 81% POLIAMIDA - 19% ELASTANO
JEANS WEST, 99% ALGODON- 1% ELASTANO
VIA 44, 100% ALGODON
NEW'S, 79% ALGODON - 21% OTROS
GEORGE, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
FRANCESCA, 100% POLIESTER
ELIZABETH SHUE, 75% POLIESTER - 25% OTROS
GIANNI FERAUD, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
CRANBERRY, CAMISON, 93% RAYON - 7% ELASTANO
VITALE, CAMISON, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
CRISTY BOSE, CONJUNTO, 100% POLIESTER
MARGARET, VESTIDO, 100% POLIESTER
THINGS CONTEMPO, VESTIDO, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
ESSENTIALS, 68% POLIESTER - 32% OTROS
PARLAY, 100% POLIESTER
STRONG, 100% ALGODON
OLICO, 100% POLIESTER
ZILERY'S, 65% POLIESTER - 35% RAYON
JAYROS, 100% POLIESTER
DISNEY, CAMISA, 100% ALGODON
JOHNNY BOY, PLAYERA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
DISNEY, VESTIDO, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
ORIGILALES KUKI, CAMISETA, 100% ALGODON
U.S. POLO ASSOCIATION, BOXER, 100% ALGODON
WILSON, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
GRAN EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CEIBA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
CLOE, MALETAS, (1) PZA, MOD ARNE 314
LAVADO X DIA
MABE, CAMPANA EXTRACTORA, MOD 8020 N NEGRA
ARGENTA, BUFFETE Y VITRINA, MADERA DE NOGAL, MOD 110385
NOBEL PRINCE, 5 PZAS (M Y 4 S), DE FORMICA, MOD OLIMPIA
RAMPE, ALACENA, MOD 4210
RECORD, DE PEDESTAL, 3 VEL. MOD VPG-2016
UNIRIGHT, DE PISO, 16", MOD 16026
BLACK & DECKER, VAPOR, MOD F/995
LG, 21", P. PLANA, C/REMOTO, MOD 12705
SONY, 19", P. PLANA, MOD DKL-19M40
SAMSUNG, 19", P PLANA, MOD 19A330
TOSHIBA, PORT, 2.17 GHZ, 2 GB, 160 GB, MOD L305
SONY, REPRODUCTOR DVD, MULTIRREGION, MOD DVP-NS-700 HP
NAKAZAKI, RADIOGRABADORA, RADIO AM-FM, MP3, MOD 9858
PYRO-O-REY, REFRACTARIO DE CRISTAL C/TAPA, MOD 8586
SANTA ANITA, VAJILLA, JUEGO DE 20 PZAS, MOD TENDENCE
ANDINA, VAJILLA, 20 PZAS, MOD HIGH GROVE
VASCONIA, OLLA, CAZO, ALUMINIO, DE 22 CM
PRESTO, OLLA DE PRESION, DE 8 LT, MOD 3863
RUBBERMAID, RECIPIENTES P/ALIMENTOS, PAQ C/3 PZAS MOD FG7J00
QUALITY COTTON, EDREDON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON
BLANCOS EDITH, MANTEL, RECTANGULAR, 1.6X2.50, 100% ALGODON
QUALITY COTTON, MATRIMONIAL, 100% ALGODON
MAINSTAYS, COBERTOR, INDIVIDUAL, 80% ACRILICO-20% POLIESTER
HILASAL, MEDIO BAÑO, LISA, DE 76 X 142 CM
OLIMPIA, TELA P/CORTINA, 100% POLIESTER
IBIS, BARRA DE 350 GR
DALACIN C, CAPSULAS, CAJA C/30 DE 300 MG, LAB PFIZER
SPORANOX-15 D, CAP. CAJA C/15 DE 100 MG, LAB. JANSSEN- CILAG
FLOXSTAT, TABLETAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB JANSSEN SILAC
TERBAC, AMPOLLETA, CAJA C/1 DE 1 GR, I M, LAB SYNTEX
TONOPAN, TAB, CAJA C/ 30 DE 0.5 MG/125 MG/40 MG, LAB SANDOZ
DOLOTIAMINAL, CAPSULAS, CAJA DE 24, LAB SILANES
TRAMACET, TABLETAS, CAJA C/20 DE 37.5 MG, LAB JANSSEN SILAC
HIZAAR, TABLETAS, CAJA C/15 DE 50 MG, LAB MSD
(Primera Sección)
23.75
269.60
87.43
31.89
7.15
575.00
1115.50
72.80
125.01
1911.50
179.00
199.00
175.00
17.20
49.27
23.08
40.70
52.45
34.00
54.40
124.00
219.00
109.00
17.90
199.00
99.90
149.00
199.00
319.50
389.90
199.00
54.35
4949.00
1655.00
239.00
5099.00
12690.00
499.00
99.90
15.89
47.95
2299.00
60.25
83.38
65.00
306.10
380.77
10.00
24.95
27.43
32.88
87.00
24.40
27.35
249.00
248.00
171.00
17.99
3090.00
319.00
479.00
198.00
159.00
139.00
349.00
399.00
119.99
248.00
699.00
199.00
199.00
54.99
99.90
99.90
795.00
338.00
278.00
699.00
139.00
99.99
249.00
89.99
109.00
319.00
198.00
84.00
25.00
439.00
349.00
499.00
129.00
778.50
130.00
1099.00
3299.00
2795.00
2495.00
799.00
375.00
519.00
2699.00
5249.00
4790.00
11799.00
1044.05
495.00
110.00
1241.10
329.00
143.00
1300.50
44.90
399.00
254.15
474.00
350.00
99.00
28.49
21.14
376.95
414.80
308.00
418.70
146.19
216.50
235.90
375.95
KG
CAJA
FCO
LT
ROLLO
PZA
SERV
KG
PAQ
VIAJE
PZA
PZA
PZA
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
PZA
PZA
PZA
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
PAR
PZA
BULTO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
KG
FCO
UNIDAD
KG
KG
KG
KG
KG
PZA
KG
KG
KG
KG
KG
LT
PZA
PZA
PZA
PAQ
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
PAR
PAR
PAR
PZA
SERV
UNIDAD
UNIDAD
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
JGO
JGO
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
JGO
PZA
PZA
MT
KG
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
101
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MODALIDAD
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MODALIDAD
NUEVOS MODELOS
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
102
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
22
23
23
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23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
23
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
24
258004
281003
282002
286003
287002
288002
290002
291004
311003
311005
311009
311010
312002
322003
344003
345005
351004
355001
358002
358003
358004
358005
359003
361004
378001
378008
379009
380001
035003
069003
089006
098004
104007
119002
134016
144004
147004
147014
151006
151008
164007
164029
168022
205002
206002
209003
210002
211002
212004
213002
214005
215005
216008
217004
218004
219001
221004
222004
222005
223004
224004
256001
256005
257001
257003
258001
258003
263001
263003
282008
290004
325002
347002
359006
009003
013004
015008
021008
054003
080003
099004
110001
118001
122001
134007
134018
135009
135017
136004
137007
141001
141003
145003
145004
145005
145007
146005
147006
148001
148005
148007
151001
152005
152006
152007
156003
156006
156007
157001
164019
168006
171001
211003
212002
215003
216005
221002
222003
223004
230003
232005
235004
237002
256002
256006
257003
257004
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
CLEXANE, AMPOLLETAS, CAJA C/2 DE 40 MG, LAB SANOFI AVENTIS
LOREAL, TINTE, TRIPLE PROTECCION, CAJA DE 45 GR
SPIRIT, AGUA DE TOILETTE, P/DAMA,
DOVE, CREMA PARA PIEL, HUMECTANTE, FCO DE 200 ML
GILLETTE, CARTUCHOS, MATCH 3 TURBO, PAQ C/8 PZAS
LOREAL, LAPIZ LABIAL, ACORDS ORO, ENVASE DE 3.6 GR
RENOVA, RUBOR, SOMBRA P/OJOS, PZA DE 9.5 GR
PETALO, STANDAR, PAQ C/12 ROLLOS DE 240 HOJAS DOBLES C/U
VW, GOLF, AUSTERO, STD, 4 PTAS, MOD 2009
CHEVROLET, MALIBU, EQUIP. A/AC, 4 P, PAQ B, MOD 2009
MITSUBISHI, LANCER, ES, 5 VEL, 4 PTAS, C/CL, C/ABS, MOD 2009
SEAT, IBIZA, 5 VEL, 4 PTAS, S/QUEM, MOD 2009
BIMEX, BICICLETA, DE 18 VEL, DE MONTAÑA, MOD DOWN
ASPIRADO SHAMPOO CAMIONETA
EL SECRETO DEL MEDITERRANEO, BARBARA PASTOR, EDIT EDICIONES B
SCRIBE, LIBRETA, PROFESIONAL, 100 HOJAS
PAQ PREMIUM, MENSUALIDAD, 174 CANALES
PAGO MENSUAL
MATTEL, MUÑECA, MOD MYSCENE L9353
LEAPFROG, JUEGO DE SECUENCIAS, ¿QUE SIGUE?
STAR WARS, MUÑECO, NABOO SOLDIER
PLAYSKOOL, MUÑECO, BEBE SUAVE DE CAMA
SONY BMG, DVD, VICENTE FERNANDEZ, 1A FILA
KODAC, CAMARA FOTOG, DE 35 MM, MOD EC 200
MC NUGGETS, 10 PZAS, REFRESCO, PAPAS, DIA JUEVES
BIG KING, REFRESCO, PAPAS, CHICO
COMIDA CORRIDA Y NARANJADA NATURAL
SUPERIOR, CERVEZA MEDIANA
ROJO IMPERIAL, EN FILETE, A GRANEL
MELOCOTON, A GRANEL
MORELOS, FLOR DE MAYO, 6 BOLSAS DE 1 KG C/U
GREAT VALUE, ESTANDAR, BOLSA DE 2 KG
SOLO DOÑA MARIA, CONCENTRADO DE POLLO, BOLSA DE 1 KG
ANTILLANO, ORO, ESPECIAL, BOTELLA DE 1 LT
NEW ARMY, CAMISA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
INTERNACIONAL, 100% ALGODON
DUPLAN, 100% ALGODON
SELLA, 80% POLIESTER, 20% SPANDEX
FRANCO FERRY, CAMISA, 100% ALGODON
CHAVITOS, PLAYERA, 100% ALGODON
SULIVAN, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
WESTIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
FLEXI, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
MADERICHE, ALACENA, BLANCA, MOD PUERTAS DE CRISTAL
HAMBURGO, 5 PZAS (M Y 4 S)
PORTUGAL, SOFA LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1)
FRANCIA, 8 PZAS (M 6 S Y VITRINA)
SEALY, MATRIMONIAL, MOD FANTASY
APENAS, CENTRO DE ENTRETENIMIENTO,
GRACE, 5 PZAS, MATRIMONIAL
WHIRLPOOL, 18 PIES CUBICOS, MOD WRT18YAWD SATIN
EASY, 12 KG, AUT, MOD 12040
MABE, HORNO DE MICROONDAS, MOD HMM14
SAMSUNG, AP, ACONDIC DE AIRE, MOD VENT 5000 BT
MYTEK, DE PEDESTAL, MOD MY3167
BLACK & DECKER, VAPOR, MOD IM200
SAMSUNG, 21", PANTALLA PLANA, MOD 21243MJ
COMPAQ PRESARIO, DE ESCRITORIO, 1 GB RAM, 250 GB, MOD SG3503
HP PAVILION, PORTATIL, DUAL CORE RM72, 3GB, MOD DV5-1135
LG, MINICOMPONENTE, 1 CD, USB, LECTOR DE IPOD, MOD FBI62
SONY, REPRODUCTOR DE DVD, MOD NS57P
ELEQUINE, TABLETAS CAJA C/7 DE 500 MG, LAB JANSSEN
AUGMENTIN 12H JUNIOR, SUSPENSION, FCO DE 400MG-57MG-5ML, GSK
TYLEX, COMPRIMIDOS, CAJA C/20 DE 750 MG, LAB JANSSEN-CILAG
TRADOL, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 50 MG, LAB GRONENTHAL
ATACAND PLUS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 16MG/12.5 MG, ASTRA ZE
ZINTREPID, COMPRIMIDOS, CAJA C/28 DE 10/20 MG LAB SHERING-P
CELEBREX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 200 MG, LAB PFIZER
MESULID, TABLETAS, CAJA C/10 DE 100 MG, LAB ROCHE
RAFA MARQUEZ, LOCION, AFTER SHAVE, FCO DE 100 ML
REVLON, SOMBRA, ILLUMINANCE KHAKI SUEDE,
POR HORA
MEXICO, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 4 ESTRELLAS
WARNER MUSIC, CD, ARJONA, 5TO PISO
RITZ, SALADAS, CAJA DE 810 GR
FITNESS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 590 GRS
MILANESA DE POLLO, EMPANIZADA, A GRANEL
PALOMILLA, A GRANEL
LALA, C/SAL, ENVASE DE 227 GR
ZANAHORIA, BOLSA DE 454 GR
DOLCA, C/CAFEINA, FRASCO DE 50 GRS
JELL-O, DE AGUA, SABOR DURAZNO, CAJA DE 80 GR
MICO, ANIS, DULCE, BOTELLA DE 1 LT
DELICADOS, SIN FILTRO, OVALADOS, CAJETILLA CON 18 PZAS
FRANCO FERRY, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
STAR WEST, CAMISA, 100% ALGODON
FRANCO HERREA, BOXER, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
SOCCER, BOXER, PAQ C/ 2 PZAS, 100% ALGODON
CANNON, CALCETINES, 97% POLIAMIDA - 3% ELASTANO
CHEROKEE, 100% LINO
BONGO JEANS, 1005 ALGODON
PAMMY, 65% POLIESTER- 35% VISCOSA
VIANNI, 100% POLIESTER
YUVA, 74% ALGODON- 24% POLIESTER - 2% SPANDEX
ACA JOE, 62% POLIESTER- 33% VISCOSA - 3% 3LASTANO
ACA JOE, 50% POLIESTER- 47% ALGODON - 3% ELASTANO
RICAL, BATA, 1005 ALGODON
TELA, SEDA ROYAL, ESTAMPADO, 1X1.1 MT
NEW WAVE, 100% ALGODON
ACA JOE, 62% POLIESTER- 33% VISCOSA - 5% ELASTANO
NEW WAVE, 100% ALGODON
NORTH CREEK, PLAYERA, 100% ALGODON
BEEP, VESTIDO, 83% POLIESTER - 17% ELASTANO
BOLERO, JUMPER, 100% ALGODON
TELA, ALGODON POLARIS, 1X1.5 MT
BASIC CONCEPTS, TRAJE, 100% ALGODON
BUBBLY, CONJUNTO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
TASSO, CONJUNTO, 2 PZAS, 100% ALGODON
MARISITA BABY, 50% POLIESTER- 50% ALGODON
BEEP, ZAPATO, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
4 ELEMENTOS, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
SAMSONITE, MALETAS (3), MOD 180189
SEALY, MATRIMONIAL, ORTOPEDICO, MODELO BARILOCHE
AMERIWOOD, LIBRERO, ESQUINERO, MOD 155418
SAMSUNG, AUTO CAP. 15KG, MOD WA17X7RDP
HAMILTON BEACH, TOSTADOR, MOD 208459
LG, 26", LCD, MOD 167327
HP, PORT, 12.1", DD 250GB, 3072 MEM RAM, MOD 207003
LG, MINICOMPONENTE, 3 CD, MP3 MOD RMS10W
VILEDA, TRAPEADOR, MOD MOP
NEW WAVE, BATERIA, 7 PZAS, MOD 7S-2
MAINSTAYS, MATRIMONIAL 144 HILOS
MANHATTAN, MATRIMONIAL, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
KLARICID HP, SOLUCION INYECTABLE, DE 500 MG, LAB ABBOTT
TERBAC, SOLUCION INYECTABLE, DE 500 MG, LAB SINTEX
SYDOLIL, TABLETAS, CAJA C/36 PZAS, LAB. SIEGFRIED RHEIN
SINERGIX, PASTILLAS, C/10 PZAS DE 25MG/10MG, LAB RIMSA
Viernes 3 de julio de 2009
390.00
56.00
191.00
29.20
235.00
92.00
65.50
40.50
104465.00
257340.00
174900.00
137000.00
1299.00
35.00
220.00
9.45
409.00
299.00
239.00
329.00
149.00
169.00
182.00
183.00
35.00
79.00
50.00
12.00
50.50
40.00
20.15
10.57
39.30
69.90
119.00
179.00
895.00
169.00
89.90
199.00
179.50
949.00
469.00
2385.00
6990.00
8590.00
14990.00
2990.00
2990.00
7590.00
10990.00
5490.00
1569.00
1499.00
246.00
191.00
2490.00
8899.00
14399.00
3690.00
999.00
411.00
176.50
119.00
168.00
217.75
766.99
341.50
121.00
172.01
111.92
5.00
4591.20
165.00
35.12
65.76
52.90
95.00
128.72
17.62
274.00
101.16
79.60
17.00
168.00
89.99
24.99
59.99
34.00
298.00
110.00
139.00
169.00
298.00
278.00
198.00
179.00
29.99
118.00
258.00
158.00
129.00
118.00
118.00
14.99
69.90
79.99
229.81
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166001
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166011
171003
171006
172006
194007
205001
205004
DIARIO OFICIAL
ZESTORETIC, TABLETAS, CAJA C/14 PZAS DE 20 MG, LAB ASTRAZEN
JACQUELYN, SET DE CEPILLO Y PEINE, MOD CB4251
MAYBELLINE, BARNIZ PARA UÑAS, ENVASE DE 14.7 ML
JEEP, PATRIOT, A/AC, AUTOMATICA, SPORT, MOD 2009
HANNA, TURBO, RODADA 20 MOD 191412
FIRESTONE, RIN 13, 175/70R13, MOD F560
FIOR DI PASTA, SEMILLA DE MELON, PAQ DE 200 GR
GAMESA, SURTIDO RICO, CAJA DE 710 GR
S-MART, HARINA DE TRIGO, EXTRAFINA, PAQ DE 1 KG
FROOT LOOPS, CEREAL MIXTO, CAJA DE 520 GR
HOLANDA, HELADO DE VAINILLA, ENVASE DE 1 LT
SALADETTE, A GRANEL
SCHETTINO, LENTEJA, BOLSA DE 500 GR
TECATE, LIGHT, FAMILIAR, BOTELLA NO RET. DE 940 ML
BACARDI, BLANCO, BOTELLA DE 680 ML
FOREVER, 100% POLIESTER
BLUE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
GE, CAFETERA, P/42 TAZAS, MOD 168959
OSTER, VAPOR, SUELA ANTIADHERENTE, MOD 5002
OSTERIZER, 16 VEL, VASO DE VIDRIO, MOD 6817
PHILIPS, 32", LCD, HD, MOD PFL5413D/85
DURACELL C, PAQ C/2 PZAS
SELECT EDITION, MEDIO BAÑO, 70 X 1.35 M, MOD 079
FRUCTIS, CREMA P/PEINAR, ENVASE DE 300 ML
ZAN ZUSI, MASACARA P/PESTAÑAS, ROLL-ON, ENVASE DE 14 GR
VOGUE, CLASICO, ROLLO, C/500 HOJAS DOBLES
SCOTTIS, PAÑUELOS DESECHABLES, CAJA C/140 PZAS
FORD, FOCUS, EUROPA SPORT, 4 PTAS, EQUIPADO, MOD 2009
LAVADO DE MOTOR Y ENGRASADO
LAS VEGAS, AEREO, 3 NOCHES, HOTEL 3 EST.
EL BRAVO, MATUTINO, DE LUNES A DOMINGO
MAC'MA, RELLENA, BARQUILLOS, CAJA DE 300 GR
CUETARA, SURTIDAS, SURTIDO DIARIO, CAJA DE 725 GR
CHULETA, PREMIUM, A GRANEL
FUD, PASTEL PIMIENTO, A GRANEL
TUNY, ATUN EN ACEITE, LATA DE 170 GR
MIAU, MEJILLONES, EN ESCABECHE, LATA DE 115 GR
LOS CUATES, PASTEURIZADA, SEMIDESCREMADA, BOLSA DE 1 LT
LALA, ULTRAPASTEURIZADA, SEMIDESCREMADA, ENVASE DE 1 LT
NAN, MATERNIZADA, 2, LATA DE 400 GR
LA LECHERA, CONDENSADA, SIRVE FACIL, PAQ C/2 DE 900 GR
SUPER ARRIEROS, NATURAL, A GRANEL
CREAM DREAM, HELADO DE LECHE, ENVASE DE 1 LT
AGUASCALIENTES, S/SAL, BARRA DE 90 GR
JEVSA, BLANCO, PAQ C/12 PZAS
SORIANA MP, BLANCO, PAQ C/30 PZAS
SORIANA MP, BLANCO, PAQ C/12 PZAS
CRIOLLO, A GRANEL
ATAULFO, A GRANEL
SALADETTE, A GRANEL
DEL MARQUEZ, PINTO, BOLSA DE 1 KG
MEMBER'S CHOICE, PINTO, PAQ DE 5 BOLSAS DE 1 KG C/U
MYDAC, CHILE PASILLA, BOLSA DE 454 GR
EL MEXICANO, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 800 GR
CHOW NISSIN, SOPA INSTANTANEA, CAMARON, ENVASE DE 113.4 GR
LOS PORTALES, C/CAFEINA, FCO DE 200 GR
ELEFANTE, SAL DE MESA, BOTE DE 1 KG
COSTEÑOS, FRITURAS DE MAIZ, CHURROS, BOLSA DE 350 GR
GREAT VALUE, DE AGUA, DIFERENTES SABORES, CAJA DE 100 GR
ARROZ, BLANCO, A GRANEL
MERCADO, DE 2 INGREDIENTES, FAMILIAR SENCILLA DE 18"
DON PEDRO, GRAN RESERVA, BOTELLA DE 750 ML
GUSSINI, CAMISA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
PANINO, CAMISA, 100% ALGODON
PORTO SUR, CAMISA, 100% ALGODON
GUSSINI, CALCETINES, 54% ALGODON - 45% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
FACCHINO ITALY, CALCETINES, 67% ACR - ALG - 32% POLIAMIDA - 1% ELAST
SILVERADO, 100% ALGODON
RAYO JEANS, 100% ALGODON
YALE, 100% POLIESTER
DUBANTI, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO
CLERICCI, CORBATA, 100% POLIESTER
LYN, PAÑUELOS, 35% ALGODON - 65% POLIESTER, C/3 PZAS
KAROO, 100% ALGODON
AF COLLECTIBLES, 100% ALGODON
FRUIT OF THE LOOM, BIKINI, 100% ALGODON
CAMEO, O VARIEDADES, PROTECTOPIE, 98% POLIA - 2% EL, C/3 PZAS
BIKBOKFEMALE JEANS, 88% ALGODON - 10% POLIESTER - 2% OT
LADY, 100% ALGODON
VIANNI CLASSIC, 100% POLIESTER
MARCCAIN, 100% POLIESTER
HYSTERIA, 55% LINO - 45% VISCOSA
VIANNI MATERNITY, CONJUNTO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
D'FRIDA, O VARIEDADES, BABY DOLL, 100% POLIAMIDA
SAHARA, CONJUNTO, 100% RAYON
VIANNI CLASSIC, 50% ALGODON - 50% VISCOSA
SAHARA, 100% VISCOSA
KAROO, 86% ALGODON - 12% POLIESTER - 2% ELASTANO
MARCCAIN, 100% POLIESTER
FBS KIDS, 100% ALGODON
ALFIO SPORT, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% POLIESTER
NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON
CHEVERNICE, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
COCONUT DESIGN, 100% ALGODON
ROXY, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
HANES, TRUSA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS
HANES, PANTALETA, 100% ALGODON, PAQ C/3 PZAS
4 EVER, CAMISETA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
DUREX, CALCETINES, 63% ALGODON - 34% POLIAMIDA - 3% ELASTANO
BASILITA, MAMELUCO, 100% ALGODON
BABY CREYSI, MAMELUCO, 75% ALGODON - 25% POLIESTER
PIC, CAMISETA, 100% ALGODON
LA IDEAL, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
YOSSER, SUETER, 100% ACRILICO
FLEXI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
CATERPILLAR, CORTE PIEL - SUELA DE CUERO
ATHLETIC WORKS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
GOTCHA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
CHARLY, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
725 ORIGINALS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
JANY, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
LADY SUN, ZAPATILLAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
QUIO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
725 ORIGINALS, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
DIVANO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
PIECO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
DRILO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
VAVITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
BLASITO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
SWITCH, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
UNICCO, CINTURON, 100% PIEL, MOD 2X1C1
BOLSA DE MANO, 100% TALLO DE TRIGO, MOD 6059
TIMEX, RELOJ, PARA DAMA, EXTENSIBLE METAL, MOD M957PH
ASEO GENERAL, PAGO SEMANAL, POR 3 DIAS
TARGET, PORTAGARRAFON, MOD ESPAÑOL 102
HOME STYLE, CARRO DE COCINA, C/3 CANASTAS, MOD ND31008
(Primera Sección)
246.00
22.71
39.99
230900.00
1548.00
649.00
19.83
58.61
10.14
35.70
27.99
15.73
7.70
18.43
119.57
69.99
269.00
458.17
219.00
547.00
8999.00
53.29
94.50
109.97
40.32
4.50
15.17
215200.00
120.00
13445.10
7.00
110.00
42.76
101.00
49.50
62.94
308.48
8.50
13.00
209.19
44.83
30.50
21.81
71.25
21.90
41.40
16.85
8.74
12.65
18.25
18.90
18.68
87.89
22.06
98.68
195.00
7.10
48.00
52.00
29.00
149.00
122.67
139.00
149.90
229.00
27.90
44.90
114.45
159.90
179.00
104.90
89.90
54.90
59.90
59.90
59.90
14.90
149.00
62.91
129.00
174.90
229.00
169.00
129.90
499.00
229.00
239.00
154.00
164.90
139.00
139.90
149.00
119.00
107.91
99.90
79.90
49.90
52.90
39.90
21.90
31.40
38.90
23.90
24.90
219.90
599.00
1299.00
198.00
288.00
319.00
238.00
248.00
289.00
348.00
300.00
409.00
349.00
229.00
299.00
248.00
228.00
99.90
139.00
848.00
400.00
965.60
645.00
CAJA
PZA
PZA
UNIDAD
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KG
KG
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LT
KG
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UNIDAD
SERV
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KG
KG
KG
KG
KG
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LT
KG
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LT
KG
PAQ
PAQ
PAQ
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
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KG
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PAR
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SERV
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234004
236001
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
D'JAREL, 7 PZAS (M Y 6 S), MOD ROMA
MABE, 4 QUEM, ENC ELECT, HORNO, MOD EM203 N/B
MABE, 5 QUEM, CAPELO DE CRISTAL, COD 60633
ALBANY, 7 PZAS, (M Y 6 S), COD 110125
TRICK, LIBRERO, C/RUEDAS Y NICHOS, MOD 237
TITTAN, LITERA, TRIPLE, INDIVIDUAL, COD 160490
ESTRELLA, 6 PZAS, KS, COD 170014
DAEWOO, 11 PIES CUBICOS, MOD DFR-11205B
BLACK & DECKER, CAFETERA, P12 TAZAS, MOD DLX900
WESTINGHOUSE, DE TECHO, MODELO TURBO SWIRL
HP, ESCR, PAVILION, MEM 3 GB, DD 320 GB, MOD A6600
RCA, RADIOGRABADORA, C/CD, MP3 Y RADIO, MOD RCD009
SONY, RADIOGRABADORA, C/CD, MP3, 1 DESCK, MOD CFD-535-CD
GARZA, VELA, DE PARAFINA S/VASO, MOD JAIBOL
CEPIMEX, RECOGEDOR, C/MANGO LARGO
ELEGANT HOME COLLECTION, COORDINADO, INDIVIDUAL, MOD RAPHAEL
EASY SHINE, FIBRA, ESPONJA SALVAUÑAS, 9.4X7X4.6 CM
SERALON, HILO, PAQ C/3 DE 9 GR C/U
JOMARA, ALMOHADA, 100% POLIESTER, MOD 9075
SORIANA, JERGA, DE COLOR, DE 90 X 50 CM
TERSUPIEL, COBERTOR, MATRIMONIAL, LISO, 100% POLIESTER
TOLINOVA, COBERTOR, JACQUARD, MATRIMONIAL, MOD 5017
MAESTRO LIMPIO, EN POLVO, PINO, BOLSA DE 950 GR
GREAT VALUE, SUAVIZANTE, C/AROMA, ENVASE DE 1700 ML
SORIANA MP, ENVASE DE 3750 ML
RENUZIT, AMBIENTAL, NEUTRALIZADOR DE OLORES, ENVASE 384 ML
KEFLEX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB LILLY
FLOXSTAT, TABLETAS, CAJA C/12 DE 200 MG, LAB JANSSEN-CILAG
SINERGIX, CAPSULAS, CAJA C/10 DE 25 MG/10MG, LAB RIMSA
NEO-MELUBRINA, TABLETAS, CAJA C/10 DE 500 MG, LAB SANOFI
PLAVIX, TABLETAS, CAJA C/28 DE 75 MG, LAB SANOFI AVENTIS
NORVAS, TABLETAS, CAJA C/10 DE 5 MG, LAB PFIZER
M, CONDONES, PAQ C/3, LAB PROFILATEX
LOSEC A-20, CAPSULAS, CAJA C/14 DE 20 MG, LAB ASTRA ZENECA
GENOPRAZOL, CAPSULAS, CAJA C/14 DE 20 MG, LAB GENOMMA
RENOVA, MAQUILLAJE LIQUIDO, MATTE, ENV DE 35 ML
LOREAL, ESMALTE PARA UÑAS, FRENCH, FCO DE 11.7 ML
SORIANA MP, SERVILLETAS DE PAPEL, PAQ DE 125 HOJAS
ENERGY, MULTIGRADO, SAE 25W-60, BOTE DE 946 ML
TAYRON, MONOGRADO, SAE 50W, HEAVY DUTY, BOTE DE 946 ML
PIRELLI, RIN 14, 185/60R14, MOD RADIAL
PNEUSTONE, RIN 14, P185/70R14, MOD STANDARD LOAD
GONHER, 12 VOLTS, MOD G-65
EVER START, 12 VOLTS, EXTREMO DE 11 PLACAS, MOD 35-550
URMAN, CUADERNO PROFESIONAL, FEMME, C/150 HOJAS
BIC, PLUMA, PUNTO MEDIANO, PAQ C/4 PZAS
MENSUALIDAD, PAQUETE GENERAL
FUJIFILM, PELICULA FOTOGRAFICA, SUPERIA X-TRA 400, DE 24 EXP
JOM, GUITARRA, MINI BAJITO
MENU DEL DIA, POLLO C/MOLE, SOPA DE TORTILLA Y AGUA
NABISCO, OTRAS, CHIPS AHOY!, CAJA DE 399 GR
QUAKER, 3 MINUTOS, CEREAL DE AVENA, BOTE DE 400 GR
ALPERA, A GRANEL
LOS VAQUEROS, CARNE SECA DE RES, PAQ DE 200 GR
MEDIANO, A GRANEL
SVELTY, DESCREMADA, FACIL DIGESTION, LATA DE 360 GR
MAZOLA, ACEITE DE MAIZ, BOTELLA DE 1 LT
LA COSTEÑA, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, LATA DE 820 GR
SABRITAS, PAPAS FRITAS, BOLSA DE 170 GR
PRESIDENTE, BOTELLA DE 200 ML
TOPS & BOTTOMS, PLAYERA, 100% ALGODON
RAMPAGE, CAMISA, 100% ALGODON
PLAY, TINES, PAQ C/2, 83% ALGODON - 12% POLIESTER - 5% ELAST
TOPS & BOTTOMS, 100% ALGODON
TOPS & BOTTOMS, 100% ALGODON
SPORT, BERMUDA, 100% POLIESTER
GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON
MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
VICKY FORM, BRASIER, 86% POLIAMIDA - 14% ELASTANO
JOCELYN, 75% ALGODON - 25% ELASTANO
VIANNI, CLASIC, 96% POLIESTER - 4% ELASTANO
BETSEY STAR, SHORT, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
NEW SPEED, 100% POLIESTER
KING VER, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% ALGODON
WINDTER, 100% POLIESTER
BATMAN, PLAYERA, 100% ALGODON
UNDER GROUD, PLAYERA, 100% ALGODON
TRAVESURAS, PLAYERA, POLO, 100% ALGODON
SIX & SEVEN, VESTIDO, 100% ALGODON
SUTIL, BRASIER, 60% POLIESTER - 40% ALGODON
BAMBI, CORPIÑO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
COCOA TEENS, BIKINI, 87% POLIAMIDA - 10% ELASTANO - 3% POLIE
CALCETIN, 70% ACRILAN - 25% NAYLON - 5% ELAST
ANTONY POCHELLY, TINES, PAQ C/2, 75% ALG - 20% NAY - 5% ELAS
STAR ACTION, TRAJE, 100% ALGODON
MINI, CONJUNTO, 100% ALGODON
TEJEDOR, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
CORRER, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
MAKKENA, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
PLAY HOMI, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
PROPER, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
CATALINA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
FELIPA ROSSI, ZAPATILLAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
HUSH PUPPIES, CORTE PIEL - SUELA CUERO
NOEMI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
KURA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
LOBO SOLO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
MOSSITO, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA.
TRIPLES, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
DUNLOP, ZAPATOS, CORTE TEXTIL - SUELA SINTETICA
PAOLA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
COLOSO, ZAPATOS, CROTE PIEL - SUELA SINTETICA
YUPI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA CUERO
PLANCHADO, UNA DOCENA DE ROPA
NECTAR, BOLSA, COD.920428
VINCENT, CINTURON, 100% SINTETICO, MOD 1415
TRAVELERS, MALETAS, (3) PZAS, 100% POLIESTER
LOONEY TUNES, RELOJ, PIOLIN, P/NIÑA, MOD 055
PISO, PARA INT 20 X 20, MOD TUCSON, COLOR HUESO, CAJA
MAGESTIC, VITRINA, ACERRIN PRENSADO, COD.110348
SEALY, INDIVIDUAL, COD.325163, MOD 100-234 POWER
MCG BUGATI, 4 PZAS, MATRIMONIAL, COD.477087
SAMSUNG, 14 PIES CUBICOS, 2 PUERTAS, BR.129948, MODRT38YHSW
EASY, 13 KG, BLANCA, COD. 657646, MOD LAE1304OPB1
SAMSUNG, AP. ACONDIC. DE AIRE, 2 TON, COD.261073,MODAS24FBC
ACER, LAPTOP, RAM 1 GB, DD 160 GB, ASPIRE ONE 1014
GATEWAY, ESCR, MEM 1 GB, DD 320 GB, COD.252840
LG, TEATRO EN CASA, MP3, COD.19937, 7 PZAS, MODMT353SD
SONY, REPRODUCTOR DVD, CD/RW/MP3, MODDVP-NS700HP
PHILIPS, RADIOGRABADORA, MOD AZ1134155
DURACELL, PAQ C/4 PZAS, TAMAÑO DOBLE A
GIBSON, VAJILLA, JUEGO DE 16 PZAS, MOD BASIC LIVING VIII
T-FAL, BATERIA, 4 PZAS, MODPREMICE PLUS
TORTIK P, TORTILLERO, MOD5051
TRAMONTINA, CUCHILLO, TRINCHANTE
WHITE LAMB, CORTINAS P/ COCINA, 100% POLIESTER
Viernes 3 de julio de 2009
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308.00
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153.00
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550.00
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320.00
34.00
299.00
59.00
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150.00
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398.00
298.00
298.00
298.00
249.00
499.00
298.00
198.00
490.00
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299.00
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207001
218001
226002
235002
236004
DIARIO OFICIAL
DREAMLAND, ALMOHADA, 100% POLIESTER, 2 PZAS
HILASAL, DISNEY PRINCESS, 100% ALGODON
ARIEL, EN POLVO, CON UN TOQUE DE DOWNY, BOLSA DE 800 GR
ISORBID AP, TABLETAS, CAJA C/ 40 DE 40 MG, LAB ARMSTRONG
APENDICECTOMIA, INCLUYE MATERIAL DE CURACION Y HAB.
FRESKA-RA, PASTA DENTAL, ANTICARIES, TUBO DE 132 ML
NIVEA, FOR MEN, AQUA COOL, ROLL ON, BOTE DE 50 ML
LUBRIDERM, CREMA PARA LA PIEL, NORMAL, ENVASE DE 400 ML
COVER GIRL, MAQUILLAJE LIQUIDO, ADVANCED, FRASCO CON 30 ML
SABA, C/ALAS, BUENAS NOCHES, PAQ C/12 PZAS
NATURELLA, FLUJO MODERADO, PAQ C/14 PZAS
HONDA, CR-V, LX, AUTOMATICO, 5 VEL, 2009
HONDA, FIT, LX, AUTOMATICO, 5 VEL, 4 PTAS, 2009
UNIROYAL, RIN 14, 175/70 R14, MONTADA
LTH, MOD L-47-550
POR NOCHE EN BASE A OCUPACION DOBLE, TARIFA TURISTICA
DISCOTECA, ENTRADA PERSONAL A DISCOTECA LOS SABADOS
CLASES DE BAILE, CIRCUITO CERRADO Y CARDIO, CUOTA MEN.
BARBIE, MUÑECA, BEACH GLAM, SUMMER, TERESA
IMPALA, CARREOLA, C/ACCESORIOS, 11 PIEZAS
MY SCENCE, MUÑECA, CRECIENDO CON GLAMOUR
KODAK, CAMARA, DIGITAL, 6.2 PX, 1 GB, MODC610
HUEVOS C/JAMON, LICUADO DE CHOCOMILK C/PLANTANO CHICO
QUINTA MARIA, CONEJO, ENTERO, A GRANEL
MANILA, A GRANEL
MIXTA COMBINADA, MEDIANA, C/5 INGREDIENTES, PZA
JOSE CUERVO ESPECIAL, REPOSADO, BOTELLA 990 ML
REAL HACIENDA, REPOSADO, BOTELLA DE 700 ML
OLEG CASSINI, 55% LINO - 45% ALGODON
U.S. POLO ASSOCIATION, 100% ALGODON
CANNON, 93% ACRILICO - 6% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
GADELLI, 75% ACRILICO - 23% POLIAMIDA - 2% ELASTANO
DONELLI, 84% ACRILICO - 15% POLIAMIDA - 1% ELASTANO
TELA, CHIFON PRIMAVERA, 100% POLIESTER P/MT
LA MODE, 77% POLIESTER - 19% VISCOSA - 4% ELASTANO
JUST 4 BOY, PLAYERA CLASSIC, 100% ALGODON
FIORELLA, 100% ALGODON
MON CARAMEL, CAMISETA, 100% ALGODON
HANES, SPORT CAMISETAS, PAQ C/3 PZAS, 100% ALGODON
ROSY, ABRIGO, 100% ACRILICO
LADY CARRANO, CORTE PIEL-FORRO SINTETICO - SUELA SINTETICO
ASEO GENERAL, POR DIA
ASEO GENERAL, POR DIA
CENTRO DE ENTRETENIMIENTO, DE MADERA NOGAL MOD-GALEON
ACROS, 11 KG, DE 2 TINAS, MOD- ALD1125
EASY, 12 KG, AUTOMATICA BLANCA, MOD- LAE12040PB
DAEWOO, 29", PANTALLA PLANA, MOD - DADTQ29F3SSF
SAMSUMG, 19", LDC, C/SINTONIZADOR, CONTROL, MOD M-LN19A330
HP, ESCR, PAVILION, MEM RAM 3GB, D D 320 GB, MOD- DV5-1135
ENERGIZER, ALCALINA, MAX, D2, PAQ C/2 PILAS ALCALINAS
DECOR BLINDS, PERSIANAS HORIZONTALES, DE PVC DE 1 X 1.20 CM
BLANCATEL, ENVASE DE 3.75 LT
HUGGIES, ULTRA CONFORT, ETAPA 3 PAQ C/38 PZAS
FISHER-PRICE, BARNEY, C/LUCES CANCION-MOD HORA DE DORMIR
CHEROKEE, CAMISA, 100% ALGODON
NINA RICCI, CAMISA, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
DOCKERS, 100% ALGODON
BETTY BOOP, PIJAMA, 100% ALGODON
CHEROKEE, VESTIDO, 100% ALGODON
CHEROKEE, 100% ALGODON
DAISY, VESTIDO, 100% POLIESTER
HISPANIA, VESTIDO, 100% POLIESTER
BISSET, 61% POLIESTER-33% VISCOSA - 6% ELASTANO
SIMPLY BASIC, 66% POLIESTER - 34% ALGODON
TIMBREE, TRAJE, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
TIMBREE, TRAJE, 100% ALGODON
VALENCIA, SOFA, LOVE SEAT Y SILLON (3-2-1)
GABY, MESA DE COCINA
SONY, 19", LCD, MOD KDL19M400
REPARACION DE FRENOS, AJUSTE Y LIMPIEZA, MANO DE OBRA
TECATE LIGHT, PAQ C/8 LATAS DE 355 ML C/U
CORONADO, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT
FELICCE ROYELLY, TRAJE, 100% POLIESTER
X-TEND, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
ACTIVE, MEDIAS, 87% POLIAMIDA - 13% ELASTANO
BISSET FASHION, PIJAMA, 80% POLIESTER - 20% ALGODON
SIMPLY BASIC, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% ALGODON
AUSVER, PANTALON P/NIÑO, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO
LABY MODA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
INFIMIDEAL, ESCOBA, 100% POLIPROPILENO
KALTEXHOME, MATRIMONIAL, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
ARIEL, EN POLVO, OXIANILLOS, C/BLANQUEADOR, BOLSA DE 800 GR
ROCEPHIN, SOLUCION INYECTABLE DE 500 MG, LAB. ROCHE, S.A.
VITACILINA, TUBO C/28GR, LAB. CIA. IINTER, DE COM. S.A. DE C
DALACIN C, C/16 CAPSULAS, 300 MG, LA. PFIZER
SUPREDOL, TABLETAS, CAJA C/10, LAB. LIOMONTS, S.A. DE C.V.
KETOROLACO, FCO C/10 TABLETAS, LAB. BEST. S.A.
LIPITOR, C/10 TABLETAS, 20MG, LAB. PFIZER
PLAVIX, CAJA C/14 TABLETAS, LAB. SANOFI
DOLO - NEUROBION, CAJA C/30 GRAGEAS, LAB. MERCK, S. DE C.V
MESULID, CAJA C/10 TABLETAS, 10MG, LAB. BEST, S.A
TORTILLA, A GRANEL
BOLILLO, P/PZA
WONDER, INTEGRAL, PAQ DE 475 GR
BIMBO, PASTEL, PANQUE C/NUEZ, PAQ DE 270 GR
LOS GALLOS, HARINA DE TRIGO, PAQ DE 1 KG
3 MINUTOS, CEREAL DE AVENA, BOTE DE 400 GR
RETAZO, C/HUESO, DE RES, A GRANEL
A GRANEL
MENUDO, PANCITA, A GRANEL
FUD, DE PAVO, PAQ DE 400 GR
GALA, A GRANEL
ROJA, A GRANEL
CHINO, A GRANEL
CHILE POBLANO, A GRANEL
CAMPBELL'S, CREMA DE POLLO C/CHAMPIÑONES, LATA DE 300 GR
MARUCHAN, SOPA INSTANTANEA, VASO DE 64 GR
TECATE, CLARA, PAQ C/6 LATAS DE 355 ML C/U
WELS, CAMISA, 100% ALGODON
SILVER, PIJAMA, 100% ALGODON
WFA, SHORT, 100% ALGODON
MIRIL, CONJUNTO, 100% POLIESTER
PETITE, 100% ALGODON
GACELA, 100% POLIESTER
PLAYER, PLAYERA, 100% ALGODON
BEBY, CAMISETA, 100% ALGODON
ALEXIA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
VALENTINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
GON GON, CINTURON, 100% PIEL, MOD 210
MANO DE OBRA, CAMBIO DE FLOTADOR, EN TANQUE DE AGUA
RUSTICO, 5 PZAS (M Y 4 S), CUADRADA, MOD ASNAT
MABE, 4 QUEM, 30", C/HORNO, MOD 17521
MASTER GRAFT, DE PISO, ASP. 16", MOD 896
GENERAL ELECTRIC, FOCO, 100 WATTS
PRIMOUR, ENDRECOLCHA, MATRIMONIAL, MOD LAURELES
SOLA, AGARRADOR DE COCINA, DE 20 X 20 CM, MOD 283
(Primera Sección)
130.00
118.00
28.13
383.00
9600.00
75.76
23.25
106.25
156.00
34.35
23.36
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178300.00
812.50
1299.00
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30.00
500.00
70.00
239.00
140.00
999.00
70.00
64.90
20.00
128.00
110.93
158.21
278.00
199.00
38.15
28.00
42.90
29.99
298.00
99.00
399.00
65.00
54.00
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199.00
140.00
150.00
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3089.52
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45.30
79.90
17.80
130.00
259.00
178.00
449.00
649.00
559.00
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328.00
699.00
795.00
89.90
95.00
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139.00
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1599.00
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218.50
23.24
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299.99
178.00
45.00
129.00
88.00
149.00
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25.90
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22.50
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171.20
30.00
5.40
2.50
42.11
62.96
12.00
38.13
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31.50
56.25
24.00
28.35
8.32
14.04
55.00
78.13
134.37
141.90
109.00
62.90
218.00
125.00
99.00
104.00
29.90
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112.00
79.90
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3.90
331.00
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UNIDAD
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KG
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UNIDAD
UNIDAD
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LT
PAQ
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PZA
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TRAJE
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LT
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PAR
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FCO
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CAJA
CAJA
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KG
KG
KG
KG
KG
KG
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077010
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134006
134013
135022
137005
138007
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
LIRIO, C/ENV, BARRA DE 400 GR
PERMA SHARP II, RASTRILLO, P/CABALLERO, 7 PZAS
CAMBIO DE BALATAS, 4 RUEDAS, MANO DE OBRA
AFINACION, PARA MOTOR, AUTO CHICO, MANO DE OBRA
CARS, CARRO, MOD RPM#64
LOS GUEROS, OAXACA A GRANEL
PORCELANITE, LOSETA, ALFA ROJO, 33 X 33, CAJA 1.5 MT
GALICIA, 5 PZAS (M Y 4 S) TUBULAR
ALEGRO, 7 PZAS (M Y 6 S) EN MADERA DE ROBLE, MOD AF 3637
BLACK & DECKER, VAPOR, ROCIO, MOD 925
MOULINEX, 7 VEL, VASO DE PLASTICO, TURBO BLENDER, MOD LM2100
GIBSON, VAJILLA, JUEGO DE 20 PZAS
SAN MARCOS, BATERIA, 5 PZAS, DE ACERO INOXIDABLE
GARAMICINA, AMPOLLETA CON JERINGA, DE 160 MG, LAB SCHERING
SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 MG, LAB LIOMONT
ORAL-B, CEPILLO DENTAL, 40, VISION
GOL, BASICO, 2 PTAS MOD 2009
CHEVROLET, OPTRA, PAQ A, AUT, 5 VEL, 4 PTAS MOD 2009
KIMBER, PAPEL, BOND, 500 HOJAS, TAMAÑO CARTA
SONY BMG, CD, ALEJANDRO FERNANDEZ, 15 AÑOS, 15 EXITOS
SONY BMG, CD, VICENTE FERNANDEZ, PRIMERA FILA
PASAPORTE, VIGENCIA DE 3 AÑOS
ESMERALDA, OAXACA, A GRANEL
LA COSTEÑA, FRUTAS EN ALMIBAR, PIÑA, LATA DE 800 GR
DULCE DIA, ESTANDAR, BAJA EN CALORIAS, BOLSA DE 1 KG
GOLDEN HILLS, SARTEN, DE TEFLON 24 CMS
LOREAL, LAPIZ LABIAL, INFALIBLE, LIPSTICK, ENV DE 2.30 GR
ARMAR AUTO, LAMPARA, TECHNO PARA CARRO, LUMINADOR DE LECTURA
MANTECA, BLANCA, A GRANEL
CHIHUAHUA COUNTRY, MACHACA, PAQ DE 75 GR
BONA CREMA, ACIDA, ENVASE DE 200 GR
LALA, C/SAL, CAJA DE 227 GR
EL MEXICANO, JALAPEÑOS, ENTEROS, LATA DE 780 GR
ALFRESCO, FRUTAS EN ALMIBAR, DURAZNOS, MITADES, LATA DE 820 GR
PICADILLO, A GRANEL
LA HOLANDESA, ROMPOPE, BOTELLA DE 1 LT
FRANCO HERRERA, BOXER, 50% ALG - 50% POL
PLAYSTAR, CALCETINES, 80% ALGODON - 12% POLIESTER - 8% ELASTANO
PLAYSTAR, CALCETINES, 80% ALG - 12% POL - 8% ELAST
JAYROS, 100% ALGODON
GIULLIANI, 100% POLIESTER
ORIGINALES JOSELITO S.A., FAJA Y MOÑO, 100% POLIESTER
GUSSINI, PIJAMA, 100% ALGODON
P/X SHIRTS, 96% ALGODON - 4% SPANDEX
MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
MISS COCOA INTIMATES, PANTALETA, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
MISS COCOA LINGERIE, BRASIER, 90% POLIESTER - 10% ELASTANO
JIMMY, 100% ALGODON
CELYBER, 100% ALGODON
NORTH CREEK, CAPRI, 100% POLIESTER
BASIC CONCEPTS, PLAYERA, 100% ALGODON
DUCE VINTAGE, PLAYERA, 100% ALGODON
STEPAHNIE, VESTIDO, 97% ALGODON-3% ESLATANO
PIDOMANO, VESTIDO, 100% ALGODON
APOLO KIDS, BOXER, 100% ALGODON
COCOA TEENS, PANTALETA, 87% POLIAMIDA - 10% ELASTANO - 3% POLIESTER
BABY FACE, MAMELUCO, 100% POLIESTER
TEJEDOR, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
PULGUITAS, CAMISETA, 50% POLIESTER - 50% ALGODON
CINSA, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD C-101 386 BU
TAMAYO, ESCRITORIO, MOD CD-RACK
DAEWOO, HORNO DE MICROONDAS, 1.3 PIES, COD 430488
LG, 21", CODIGO 13355
SAMSUNG, 21", P. PLANA, MOD CL-21Z43MJA/4 COD. 287806
COMPAQ, ESCR, AMD SEMPRON, RAM2.0GHZ, DD160GB, PRESARIO
PANASONIC, MINICOMPONENTE, MOD SA-AK770, COD226671
HYUNDAI, TEATRO EN CASA, MOD HY-1045HT
OSRAM, LAMPARA, INCANDESCENTE, 75 WATTS
PENTREXIL, CAPSULAS, CAJA C/28 DE 500 MG, LAB BRISTOL MYERS
FLAGENASE, TABLETAS, CAJA C/30 DE 400 MG, LAB LIOMONT
BIOMETRIA HEMATICA
PARTO NORMAL, HOSPITALIZACION Y MEDICAMENTOS
REVLON, LOCION, FCO 443 ML, JEAN NATE
NIVEA, CREMA PARA LA PIEL, SOLIDA, ENVASE DE 200 GR
COLGATE, CEPILLO DENTAL, EXTRA CLEAN, P/ADULTO
NATURELA,S/ALAS, NORMAL, PAQ 14 PZAS
ALWAYS, SIN ALAS, PAQ C/18 PZAS
STINGER GT, RIN 15, 225/70R15, COD562297
BILLAR, POR HORA, MESA REGLAMENTARIA
TV NOTAS, SEMANAL, GRUPO EDITORIAL NOTMUSA
KODAK, CAMARA, DIGITAL, EASY SHARE, 4 MEGAPIXEL, MODC310
MARIBEL, ANIMALITOS, BOLSA DE 800 GR
BRANLI, HOJUELAS DE AVENA, BOLSA DE 1 KG
8A, BLANCO, PAQ DE 1650 GR
PALL MALL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS
LAMADRID, 60% ALGODON - 40% POLIESTER
SPESA, 95% POLIESTER - 5% SPANDEX
ROMANZA, PIJAMA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
NEW FASHION, 100% POLIESTER
REEBOK, PLAYERA, 100% POLIESTER
AUGMENTIN, SUSPENSION PEDIATRICA, FCO DE 60 ML, LAB GLAXOSMI
AZITROCIN, SUSPENSION INFANTIL, FCO C/600 GR, LAB PFIZER
CLAVULIN, SUSPENSION, FCO DE 60 ML DE 250-62.5 MG/5 ML, LAB
CIPROFLOX, TABLETAS, CAJA C/12 DE 500 MG, LAB SENOSIAIN
CECLOR, TABLETAS, CAJA C/14 DE 375 MG, LAB ALTANA
TEMPRA, TABLETAS, CAJA C/20 DE 500 MG, LAB BRISTOL MYERS
ALKA SELTZER, TABLETAS EFERVESCENTES, CAJA C/12, LAB BAYER
SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB LIOMONT
MICARDIS, TABLETAS, CAJA C/14 DE 40 MG, LAB BOEHRINGER INGEL
DAFLON, TABLETAS, CAJA C/20 DE 500 MG, LAB SANFER
CO-DIOVAN, TABLETAS, FCO C/14 DE 80 MG/12.5 MG, LAB NOVARTIS
OROXADIN, CAPSULAS, CAJA C/15 DE 100 MG, LAB SANOFI AVENTIS
VOLTAREN, GRAGEAS, CAJA C/30 DE 50 MG, LAB NOVARTIS PHARMA
EUGLUCON, TABLETAS, CAJA C/50 DE 5 MG, LAB ROCHE
FOSAMAX, TABLETAS, CAJA C/30 DE 10 MG, LAB MERCK SHARP
PALMOLIVE, JABON DE TOCADOR, NATURALS, BARRA DE 180 GR
REGIO, R3 EVOLUTION, PAQ C/12 ROLLOS 180 HOJAS
PAPER AND CO, CUADERNO PROFESIONAL, DE 100 HOJAS
MATTEL, MUÑECA, PRINCESA DISNEY, MOD 5051
JUGUEMEX, JGO DE TE, TINKERBELL
UNIVERSAL MUSIC, CD, MARCO ANTONIO SOLIS, NO MOLESTAR
TORTILLA, A GRANEL
VIPS, PASTEL, PAY DE QUESO C/ZARZAMORA CAJA DE 1200 GR
CRESTA DORADA, A GRANEL
MONARCA, PASTEURIZADA, ENVASE DE 1 LT
ESMERALDA, MOZARELLA, A GRANEL
PRIMAVERA, MARGARINA, BARRA DE 90 GR
SALADETTE, A GRANEL
BLANCA, A GRANEL
BLANCA, A GRANEL
TOMATE VERDE, A GRANEL
CAMEL, CON FILTRO, CAJETILLA CON 20 PZAS
JEAN SIGNATORE, CAMISA, 100% ALGODON
U.S. POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON
ZAGA, CAMISETA, 100% ALGODON
HILFINGER DENIM, 199% ALGODON
PERRY ELLIS, TRAJE, 51% POLIESTER - 49% ALGODON
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21.25
35.90
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32.50
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049003
DIARIO OFICIAL
DUBANTI, 100% POLIESTER
WALL STREET, 65% POLIESTER - 35% VISCOSA
NECTAR, BERMUDA, 70% POLIESTER - 30% VISCOSA
PROGRESSIVE, BERMUDA, 100% POLIESTER
B-NINE SPORTS, BERMUDA, 100% POLIESTER
STARTER, CONJUNT0 DEPORTIVO, 100% POLIESTER
DAVINCHY, 199% POLIESTER
GEORGE, 100% ALGODON
OPTIMA, 100% ALGODON
SKINY, BIKINI, 90% POLIAMIDA - 10% ELASTANO
MAREL, PANTALETA, 80% POLIAMIDA - 20% ELASTANO
MAREL, BRASIER, 85% POLIAMIDA - 15% ELASTANO
BENDETTA, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
TRIO, 100% POLIESTER
JEAN LAURENT, 100% POLIESTER
WALT DISNEY, PIJAMA, 100% POLIESTER
INTERROGACION, PIJAMA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
CONNECTED, 100% POLIESTER
DUPLAN, 55% LINO - 45% RAYON
VIANNI, 55% LINO - 45% ALGODON
GEORGE, 55% LINO - 45% VISCOSA
ALCANTARA, 100% POLIESTER
NEXUS KIDS, 100% POLIESTER
ZILERY'S, 65% POLIESTER - 35% RAYON
OSCAR DE LA RENTA, 100% POLIESTER
MANER'S CLUB, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
GET IT, 65% POLIESTER - 35% RAYON
NEXUS KIDS, CAMISA, 100% POLIESTER
REFILL, PLAYERA, 100% ALGODON
DYNOKIDS, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
DISNEY, VESTIDO, 100% ALGODON
SIMPLY BASIC, VESTIDO, 100% ALGODON
HANES, BOXER, 100% ALGODON
PIDO MANO, BOXER, 100% ALGODON
BOLO, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
MON CARAMEL, MAMELUCO, 100% ALGODON
DYNOKID2, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
TIMEX, RELOJ, DE QUARZO, MOD CARRIAGE
DISNEY, RELOJ P/NIÑA, MOD PRINCESS
MABE, 6 QUEM, ENC ELECT, 30", HORNO, MOD 6200L
CULIACAN, MATRIMONIAL, C/BOX, MOD 135-264 GOLDEN
FTY, SOFA CAMA, MATRIMONIAL, TELA VINI-PIEL, MOD 2007
MOULINEX, CAFETERA, P/10 TAZAS, MOD HELIORA 13093
HP, ESCR, PEN 2DC, 3GB, DD320GB, 19, LCD, MOD PAVILION, A6600
PANASONIC, MINICOMP, AM/FM/5CDW/MP3, MOD SA-AK970
LG, REPRODUCTOR DVD, GRABADOR, MOD DR385
NOUVELA, VELA, AROMATICA, CON TAPA, VARIOS AROMAS
DEMUR, CORTINA P/BAÑO, 100% VINYL, 1.80x180m, MOD CRISANTEMO
CLOROX, CAJA C/9 BOTELLAS DE 940 ML C/U
DENVAR, CAPSULAS, CAJA C/3 DE 400 MG, LAB MERCK
CEDAX, CAPSULAS, CAJA C/5 CAPSULAS DE 400 MG, LAB SCHERAMEX
BAJA REPUBLICA, ANTEOJOS, P/SOL, MOD 983561
VW, GOL, BASICO, STD, 5 VEL, 4PTAS, MOD 2009
MERCURIO, RODADA 26", 21 VELOCIDADES, MOD KAIZER
MYSCENE, MUÑECA, MOD BOUTIQUE STREET
RANCHO DON FRANCISCO, PALETA, A GRANEL
SIRLOIN, DELGADO, A GRANEL
ARIZTIA, PAVO, PIERNA BATE, AHUMADA, A GRANEL
PARMA, SALAMI, TIPO GENOVA, PAQ DE 100 GR
TILAPIA, MEDIANA, CONGELADA, A GRANEL
DANONINO, VARIOS SAB, PAQ C/ 4 PZAS DE 45 GR C/U
LALA, C/ FRUTAS, ENVASE DE 1 KG
SORIANA, TAMARINDO, BOLSA DE 350 GR
CALIFORNIA, NEGRO, BOLSA DE 1 KG
SORIANA MP, NEGRO, BOLSA DE 1 KG
NESTLE, NATURAL, PAQ C/6 BOTELLAS DE 500 ML C/U
BROADWAY, CON FILTRO, ROJOS, CAJETILLA CON 20 PZAS
YALE, 83% POLIESTER - 17% ALGODON
TOP 3, CAMISA, 100% ALGODON
FRANCO HERRERA, TRUSA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
BERNARD'S, 100% ALGODON
GIULLIANI, 100% POLIESTER
LUCIANI, 100% POLIESTER
GUSSINI, 65% POLIESTER - 35% ACRILICO
AMAZON, PLAYERA, 65% POLIESTER - 35% ALGODON
NAUTIC BAY, PLAYERA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
VIANNI, 100% ALGODON
DELC, 65% ALGODON - 35% POLIESTER
ILUSION, BRASIER, 98% POLIAMIDA - 2% ELASTANO
VIANNI, BERMUDA, 72% ALGODON - 25% POLIESTER - 3% ELASTANO
18 FOREVER, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
LEE, 98% ALGODON - 2% ELASTANO
LOGIC, SHORT, 95% POLIESTER - 5% ELASTANO
PADOVA, CONJUNTO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
SPIN, CONJUNTO, 100% POLIESTER, 2 PZAS
GOOD AND COOL, 97% POLIESTER, 3% ELASTANO
MARCCAIN, CONJUNTO, 99% POLIESTER - 1% METALICO, 2 PZAS
LADY ZARATOGA, 95% POLIESTER - 5% POLIESTER
PAMMY, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
DISEÑOS PINKY, 100% POLIESTER
MISS COCOA, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
STRONG, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% ALGODON
NORTH CREEK, 100% ALGODON
SIMPLE FASHION, 100% ALGODON
HARRISON CLOTHING LINE, 100% ALGODON
BOLERO, 100% ALGODON
JIMMY, 100% ALGODON
NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON
SPIDER MAN, CAMISA, 100% ALGODON
U.S. POLO ASSOCIATION, CAMISA, 100% ALGODON
FIORELLA, CONJUNTO, 100% ALGODON, 2 PZAS
BUBLY, CONJUNTO, 97% ALGODON - 3% ELASTANO
HOCKEY, TRUSA, 100% ALGODON
DEMONY, PANTALETAS, 50% ALGODON - 50% POLIESTER, PAQ 3 PZAS
JUST 4 GIRLS, CALCETAS, 78% AL - 19% POLIA - 3% ELA, PAQ 3 PZ
JR GIRLS SPORT, CALCETAS, 65% ALGODON - 15% NYLON - 20% SPAN
TIMBREE, CONJUNTO, 100% POLIESTER, 2 PZAS
PINGOS, CONJUNTO, 50% POLIESTER - 50% ALGODON, 2 PZAS
CAROSELLO, 100% ALGODON
BOLO, MAMELUCO, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
T-REX, CONJUNTO, 100% ALGODON, 2 PZAS
GOTCHA, CORTE Y SUELA SINTETICO - FORRO TELA
GRAN EMYCO, ZAPATOS, CORTE BOVINO-FORRO PORCINO - SUELA SIN
HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE BOVINO-FORRO TELA - SUELA SINTETI
BAM-BU, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
HALSTON, CINTURON, 100% CUERO RECICLADO
MABE, 4 QUEMADORES Y PARRILLA, 30", ENC ELECT, MOD EM70LL0
HOMESTYLE, NATURAL REST, MATRIMONIAL
PHILIPS, RADIOGRABADORA, MOD DC1010
CINSA, BATERIA, 7 PZAS, MOD SANTA CLARA
CYNTHIA, MATRIMONIAL, MOD JAZMIN
VEL ROSITA, LIQUIDO, ENVASE DE 500 ML
VOGUE, PAQ C/4 ROLLOS DE 500 HOJAS DOBLES C/U
SCOTTIS, CAJA C/140 PIEZAS, HOJA DOBLE
YAMAHA, GUITARRA ACUSTICA, MOD GC-40/GCM-40
LA QUINTA, NATURAL, A GRANEL
(Primera Sección)
139.90
299.00
239.00
99.90
129.90
398.00
399.00
248.00
78.00
79.00
44.90
149.00
219.99
129.99
119.99
569.00
79.90
995.00
895.00
229.00
248.00
139.99
99.00
249.00
279.00
159.90
109.00
79.90
99.00
42.42
198.00
128.00
49.90
24.90
239.00
179.00
49.90
468.00
229.00
3699.00
2299.00
2899.00
327.00
13799.00
6999.00
1799.00
128.00
34.90
6.92
324.50
378.02
404.00
108933.00
1899.00
159.20
89.90
80.95
51.40
349.00
39.10
40.49
19.90
31.14
22.90
18.40
4.04
22.00
179.00
99.99
24.99
169.99
389.99
399.99
189.00
179.00
139.99
119.00
299.00
89.90
219.00
289.00
389.00
64.99
249.00
629.00
84.90
169.00
179.99
199.00
69.99
129.99
119.00
169.00
164.00
59.90
149.00
169.00
124.99
139.00
149.00
139.00
379.00
99.99
9.99
19.99
159.00
14.99
169.00
209.00
269.00
229.00
49.99
289.00
619.00
559.00
219.00
68.95
3399.00
2799.00
1104.15
369.00
159.00
34.00
22.90
15.49
2022.15
29.50
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TRAJE
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TRAJE
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UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
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LT
CAJA
CAJA
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UNIDAD
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KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
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PAQ
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PZA
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PAR
PAR
PAR
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PZA
UNIDAD
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LT
PAQ
CAJA
PZA
LT
107
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
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NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE PRESENTACION
NUEVOS MODELOS
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
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NUEVO MODELO
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NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
108
39
39
39
39
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41
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42
42
43
43
43
43
43
43
43
054001
064004
085003
095004
096001
137006
171010
210002
213002
230004
256001
256004
256005
257001
257002
257003
257004
258001
258002
258003
258004
287001
047002
066005
066006
100004
116004
136003
137007
137009
137011
140007
146010
150003
150007
151003
155007
155009
155011
157011
159003
163018
163023
164023
164036
165013
165021
166003
168002
168015
168017
168022
171003
172001
172004
207004
210002
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222003
223001
229004
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234002
236001
239002
240001
294003
343010
358003
358005
361003
008002
013001
046002
056002
064001
065003
076003
081003
089001
093002
102004
108002
134007
137003
138004
140001
140006
141003
146004
146005
147003
147005
148002
148005
151001
154002
156001
156003
164005
218002
227001
229001
256001
256002
256003
257002
265002
358001
358003
013003
050002
095002
102004
106001
156005
285001
289002
292002
293001
004006
005006
020002
021002
022006
027001
042003
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
CHIPILO, S/SAL, BARRA DE 500 GR
DON ZABOR, TAMARINDO, BOLSA DE 500 GR
ENTEROS, A GRANEL
KNORR, SOPA INSTANTANEA, DE CODITOS, SOBRE DE 75 GR
SAN MARCOS, FRUTAS EN ALMIBAR, PIÑA, LATA DE 800 GR
LEVI'S, 100% ALGODON, MODELO 528
SAMSONITE, PORTATRAJES, MOD 74235360
ALEJANDRO, 8 PZAS, (M 6 S Y VITRINA), MOD MDF
CIBELES, 5 PZAS, MOD IVONNE
CLASIC, ESCOBA, MANGO ERGONOMICO, DE VINIL
CANESTEN V, CREMA, AL 2%, LAB BAYER
VITACILINA, UNGUENTO, TUBO DE 16 GR, LAB CIA INTERN DE COM
TING, CREMA, TUBO DE 28 GR, LAB SANOFI AVENTIS
CAFIASPIRINA FORTE, TABLETAS, CAJA C/24 DE 650 MG, LAB BAYER
TEMPRA FORTE, TABLETAS, CAJA C/24 DE 600 MG, LAB JOHNSON
SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB LIOMONT
ASPIRINA, TABLETAS, CAJA C/40 DE 500 MG, LAB BAYER
CRESTOR, TABLETAS, CAJA C/30 DE 20 MG, LAB ASTRAZENECA
ASPIRINA PROTECT, TABLETAS, CAJA C/30 DE 500 MG, LAB BAYER
MICARDIS PLUS, TABLETAS, CAJA C/ 28 DE 80 MG, LAB BOEHRINGER
AVALIDE, TABLETAS, CAJA C/14 DE 150/12.5 MG, LAB BRISTOL
BIC, RASTRILLO, P/DAMA, SOLEIL, ALOE VERA PAQ 4 PZAS
CHAMYTO, C/FRUTAS, CON CEREAL, ENVASE DE 120 GR
CHINO, POR PZA
CHINO, POR PZA
BLASON, MOLIDO S/ CAFEINA, BOLSA DE 500 GR
CORONA, OSCURA, BOTELLA DE 940 ML
CANNON, CALCETINES, 70% ALGODON - 28% POLIAMIDA - 2% ELASTAN
REWIND, 100% ALGODON, MOD I8377
ZAMBUCA, 100% ALGODON, MOD 2JC0002
OP, 100% ALGODON, MOD HANOVER 9252-153
MOUNTAIN, CHALECO, 100% POLIESTER, MOD DE RAFFAELO
LADY SUN, CONJUNTO, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO
OSCAR BOYS, 55% LINO - 45% VISCOSA
ZILARY'S, 55% LINO - 45% VISCOSA
YELLOW KIDS, PLAYERA, 100% ALGODON
POLO CLUB, CALCETINES, 59% ALGODON - 27% POLIESTER - 14% OTR
RAMATY, CALCETINES, 68% ALGODON - 27% POLIAMIDA - 5% ELASTAN
RAMATY, CALCETINES, 95% MICROFIBRA - 5% ELASTANO
CORSEL, CAMISETA, 100% ALGODON
FIUME, SOMBRERO, 100% POLIESTER
CONVERSE, CORTE TEXTIL- SUELA SINTETICA
MARCO DELLI, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
ISABELLA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
HUSH PUPPIES, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
GEANCARLO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
COQUETA AUDAZ, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
LADY GLORE, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
RODRISA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
MODABELLA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
PADUS, SANDALIAS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
ACA JOE, CINTURON, 100% VINILO, M3409
CITIZEN, RELOJ, ECO DRIVE, PARA DAMA, MOD 8867
ORIANA, BRASALETE, DE ACERO, MOD A518
MABE, 6 QUEM, C/HORNO, MOD 60089
10 PZAS (M 8 S Y VITRNA), MOD CAPRI
LG, 21, PANTALLA PLANA, MOD 12705
HP, PORT, MINI NOTE, MOD 2133
DAEWOOD, MICROCOMPONENTE, MOD RB-43OUX
LA MACARENA, VELA, PAQ C/7 PZAS
JOY, HIELERA, DE PLASTICO
EKO, JUEGO DE COCINA, MOD 05948
JOMARA, ALMOHADA, SOPORTE MEDIO
TOWEL, TOALLA DE MANOS, DE 112 X 60 CM
CORTINA, LONETA RUSTICA C/PRECILLAS, DE 2.60 X 1.30 M
REGIO, SERVILLETAS DE PAPEL, PAQ DE 500 HOJAS
MOR. NUES-RIQUEZA PATRIMONIAL, PREPA EDT TRILLA AUT MACAZAGA
LEGO, PIEZAS PARA ARMAR, MOD 5585
FISHER-PRICE, BRILLANT BASIC
KODAK, ROLLO FOTOGRAFICO, ULTRAMAX 400, DE 30 MM C/ 36 EXP
LA MODERNA, FIDEO, PAQ DE 220 GR
CEREAL DE AVENA, A GRANEL
LA VILLITA, PANELA, PAQ DE 400 GR
1-2-3, ACEITE MIXTO, BOTELLA DE 1 LT
FRESA, MEXICANA, A GRANEL
BLANCA, S/SEMILLA, BOLSA DE 1 KG
VERDOLAGAS, A GRANEL
MANZANO, A GRANEL
NEGRO, MICHIGAN, A GRANEL
LA MORENA, JALAPEÑOS, EN RAJAS, LATA DE 200 GR
CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 1 LT
CHOCO MILK, EN POLVO, BOLSA DE 25 GR
PIERRE CARDAN, CAMISA, 70 % POLIESTER - 30% ALGODON
POLO CLUB, 100% ALGODON
YVES SAINT LAURENT, TRAJE, 2 PZAS, 55% POLIESTER - 45% LANA
NES SPORT, PANTS, 100% POLIESTER
DUNLOP, PANTS, 100% POLIESTER
CHOCOLATE, 97% ALGODON - 3% ESPANDEX
MARINGO, CONJUNTO, 62% POLIESTER - 33% VISCOSA - 5% ELASTANO
ALCANTARA, CONJUNTO, 100% POLIESTER
KAROO, VESTIDO, 100% ALGODON
BLUSK, 93% POLIESTER - 7% ELASTANO
ALEXIS, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
NORTH CREEK, CAMISA, 100% ALGODON
BABY CREYSI, CAMISETA, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
WIGO KIDS, TRAJE, 50% ALGODON - 50% POLIESTER
GET-IT, CONJUNTO, 100% ALGODON
FRIDA, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
TECNOMASTER, DE PEDESTAL, 40.6 CM, MOD 3169
LA CENTRAL, CERILLOS, PAQ C/10 CAJAS DE 50 LUCES C/U
OCOTLAN, VELA, PAVILO SIN PLOMO, MEDIANA 230 GR
ROCEPHIN, SOLUCION, INTRAMUSCULAR DE 1 GR, LAB ROCHE
ZINNAT, SUSPENSION, FCO DE 250 MG/5ML, LAB GLAXO SMITH KLIN
MACROZIT, SUSPENSION DE 600 ML, LAB LIO MONT
DOLAC, TABLETAS, CAJA C/10 DE 10 MG, LAB SYTEX
DESENFRIOL D, TABLETAS, CAJA C/30, LAB SCHERING
BRATZ, MUÑECA, MOD PLAY SPORTZ XTREME 100294E5
GLASFIRMA, PELOTA, 20 1/2, MOD WINNIE POOH
ZUCARITAS, HOJUELAS DE MAIZ, CAJA DE 195 GR
ESMERALDA, CHIHUAHUA, A GRANEL
CAMPBELL'S, CREMA DE CHAMPIÑONES, LATA DE 420 GR
CIEL, NATURAL, BOTELLA DE 5 LT
GOLDEN NUTS, CACAHUATE ENCHILADO, BOLSA DE 95 GR
MINI, CONJUNTO, 2 PZAS, 100% ALGODON
REXONA, ROLL-ON, POWDER, ENVASE DE 50 ML
NADAL, RIZADOR DE PESTAÑAS
HUGGIES, ETAPA 4 PAQ CON 25 PZAS
KOTEX, CLASICA, PAQ CON 10 PZAS
CONCHA, MEDIANA, POR PZA
BOLILLO, (BARRA/FRANCES), POR PZA
PIERNA, S/HUESO, DE CERDO, A GRANEL
DE LOMO, A GRANEL
ESPECIAL, A GRANEL
MONDONGO, A GRANEL
VIGILANTE, CALAMARES, EN SU TINTA, TROZOS, DE 115 GR
Viernes 3 de julio de 2009
88.93
26.80
14.50
93.33
29.21
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23.90
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699.50
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139.00
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154.00
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KG
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211002
213003
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214004
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219002
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265002
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021001
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168011
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226001
256001
256002
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257002
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287001
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323002
046002
056005
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155003
164018
165002
205002
210001
221003
225002
229001
242003
244001
339002
340001
342002
343004
358001
358003
359002
361001
DIARIO OFICIAL
LALA, YOGURT, C/FRESA, ENVASE DE 1 LT
GREAT, VALUE, ACEITE DE SOYA, BOTELLA DE 1 LT
PATRONA, VEGETAL, ENVASE DE 1 LT
VALENCIA, YUCATAN, PAQ C/100 PZAS
ATAULFO, PAQ DE 1 KG
BOSC, PAQ DE 1 KG
LA MERCED, CHILE ANCHO, BOLSA DE 100 GR
GREAT VALUE, CONCENTRADO DE POLLO, FCO DE 450 GR
SABRITAS, PAPAS FRITAS, ORIGINAL, BOLSA DE 167 GR
LA CORONA, EN POLVO, CHOCO KIWI, PAQ DE 400 GR
JOSE CUERVO, ESPECIAL, REPOSADO, ENVASE DE 695 ML
OSO NEGRO, VODKA, BOTELLA DE 1 LT
BACARDI, BLANCO, SUPERIOR, BOTELLA DE 750 ML
APPLETON, AÑEJO SPECIAL, JAMAICA RUN, BOTELLA DE 750 ML
CASILLERO DEL DIABLO, BLANCO, CHARDONNAY, BOTELLA DE 375 ML
MARISCAL, 100% ALGODON
INTRIGUE DESINGN, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
HYSTERIA, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
ALCANTARA, 97% POLIESTER - 3% ELASTANO
ACA JOE, SOMBRERO, 100% ALGODON
NEW WAVE, PLANTILLA, PAQ C/1 PAR, 85% LATEX, 15% POLIESTER
CATO, ACCS P/BAÑO, WC, MOD JAZMIN
MABE, 4 QUEM, ENC ELEC, 30, CUBIERTA DE ACERO, MOD EM8011CB
MABE, 4 QUEM, 1 COMAL, ENC ELCT, HORNO, MOD EM760DBIO
CAL-O-REX, AUTOMATICO, DE 38 LT, MOD B-10
MIMO, INDIVIDUAL, MOD GRACE
5 PZAS, K.S., MOD ARGENTINA
WHIRPOOL, 14 PIES CUBICOS, AUT, 2 PTAS, BLANCO, MOD WRT14Y
WHIRLPOOL, DE 9 PIES, 2 PUERTAS, AUTOMATICO, MOD WRT14YAWD
LG, HORNO DE MICROONDAS, 1.7 PIES, DIGITAL, MOD MS-1742DP
OSTER, VAPOR, MOD 5002
COMPAQ, ESCR, PROCESADOR AMD, 1024 MB, 250 GB, MOD SG 3503LA
JOSELYN, P/INTERIORES, DE 6 HILOS
CRISA, VAJILLA, DE 20 PZAS, MOD CONTEMPO
LIRIO, BARRA, LAVANDERIA, DE 400 GR
POSTDAY, COMPRIMIDOS, CAJA C/12 DE 0.75 MG, LAB IF
CLEARASIL, LOCON FACIAL, PIEL GRASA, DE 200 ML, LAB RECKITT
CONTAC ULTRA, TABLETAS, CAJA C/12, LAB GLAXO SMITH
TABCIN, TABLETAS EFERVESCENTES, CAJA C/12, LAB BAYER
INCRUSTACION, CON RESINA
PARTO NORMAL, HAB SENCILLA, PAQUETE
NOVELA, EL PACIENTE INGLES, M ONDAATJE, ED PERYNAT
DANPEX, CARPETA, CON BOTON, MOD SB-01
LAS MEJORES GELATINAS, MENSUAL, RADAR EDITORES
RANCHO DON FRANCISCO, DIEZMILLO, A GRANEL
RANCHO DON FRANCISCO, ESPECIAL, A GRANEL
RANCHO SANTA FE, CHULETA, A GRANEL
RANCHO SANTA FE, ARRACHERA, AMERICANA, A GRANEL
ARIZTIA, ARRACHERA DE PAVO, A GRANEL
YOPLAIT, FRESA, ENVASE DE 1 KG
LA CARRETA, CHILE CAMBRAY, BOLSA DE 75 GR
CAMPBELL'S, CREMA, DE ELOTE, LATA DE 310 GR
BLASON, TOSTADO Y MOLIDO, DESCAFEINADO, BOLSA DE 500 GR
McCORMICK, MAYONESA, C/JUGO DE LIMON, FCO DE 390 GR
McCORMICK, PIMIENTA, NEGRA MOLIDA, FCO DE 75 GR
SMIRNOFF, VODKA, PREMIUM, ROJA, BOTELLA DE 1 LT
IMPERIAL, CAMISA, 100% ALGODON
YALE, CAMISA, 100% ALGODON
WILLIAMS, PAQ C/3, 78% ALGODON - 20% POLIESTER - 2% ELASTAN
STRETCH, 95% ALGODON -5% POLIESTER
PRETYY LEGS, PANTIMEDIAS, 85% POLIDAMINA - 15% ELASTANO
BISSET, CONJUNTO DE PANTALON, 100% POLIESTER
AMERICAN VINTAGE, CAMISA, 100% ALGODON
TRIK TRAK, VESTIDO, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
APOLO, BOXER, 100% ALGODON
LAIZA, CORPIÑO, 100% ALGODON
GRUPO PT, MAMELUCO, 100% ALGODON
CLOWN, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
TOP MODA, ZAPATOS, VALERINA, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA
KARISMA, ZAPATOS, SANDALIA, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA
LADY PAULINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO-SUELA SINTETICA
LADY PAULINA, ZAPATOS, CORTE SINTETICO - SUELA SINTETICA
UNICO, CINTURON, 100% PIEL, VARIOS ESTILOS
TALISMAN, CERILLOS, PAQ C/10 DE 50 LUCES C/U
PYR-O-REY, REFRACTARIO, BANDEJA CUADRADA
COLAP, COBERTOR, MATRIMONIAL, 100% ACRILICO
BLANCATEL, LAVANDA, ENVASE DE 3.75 LT
GLADE, AMBIENTAL, AEROSOL, FRESCURA CITRICA, BOTE DE 400 ML
RAID, AEROSOL, MATA BICHOS, BOTE DE 400 ML
NIVEA, BLOQUEADOR, SUN, CREMA, FACTOR 50, ENVASE DE 125 ML
PETALO, ULTRASUAVE, PAQ/12 ROLLOS
IRAZA, CARPETA, TAMAÑO CARTA, PAQ DE 100
DISNEY, JUEGO DE MESA, SCRABBLE
GAMESA, OTRAS, POLVORONES, CAJA DE 520 GR
EL CERDITO, CHULETAS AHUMADAS, A GRANEL
NAIR, ATUN EN AGUA, LATA DE 170 GR
CIRUELA NEGRA, A GRANEL.
HERDEZ, CHICHAROS CON ZANAHORIAS, LATA DE 225 GR
LA COSTEÑA, PURE DE TOMATE, CONDIMENTADO, CAJA DE 210 GR
LA COSTEÑA, MERMELADA DE FRESA, FRASCO DE 540 GR
TANG, EN POLVO, SABOR NARANJA, S/AZUCAR, BOLSA DE 600 GR
SAN RAFAEL, HAWAIANA, PAQ DE 844 GR
SIMPLY BASIC, CALCETINES, 32% POLIESTER - 34% ALGODON - OTRO
SOCCER, TRAJE DE BAÑO, 100% POLIESTER
BETSEY STAR, 97% ALGODON - 3% SPANDEX
MISS COCOA, 95% ALGODON - 5% SPANDEX
X-TEND, 95% ALGODON - 5% ELASTANO
MISS COCCOA, 96% ALGODON - 4% ELASTANO
TWO CRAZY WOMAN, PANTS, 95% ALGODON - 5% SPANDEX
EMYCO, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
COMPAQ, PORT, 20GB, DISCO DURO 250GB, DVD, PRESARIO SG3603LA
DAEWOO, MINICOMPONENTE, 3CD, 2DECKS, MP3, MOD XG-646U
GE, FOCO, DOBLE BIAX 15, 15W, PZA
DENVAR, CAPSULAS, CAJA C/3 DE 400 MG, LAB. MERK
ELEQUINE, TABLETAS, CAJA C/7 DE 500 MG, LAB. JANSSEN-CILAG
TEMPRA FORTE, GRAGEAS, CAJA C/24 DE 650MG, LAB. MEAD-JOHNSON
SUPRADOL, TABLETAS, CAJA C/20 DE 10 MG, LAB. LIOMONT
HENO DE PRAVIA, COLONIA, SPLASH, BOTELLA DE 500 ML
BIC, RASTRILLO, CONFORT TWIN, MAXI, PAQ C/5 PZAS
RENOVA, DELINEADOR, DE PARPADOS Y CEJAS, PZA 1.1 G
AFINACION MAYOR, NISSAN A GAS, C/CAMBIO DE REP
FLAMINGOS, CANASTA, A GRANEL
CRISTAL, ACEITE COMESTIBLE, PURO DE MAIZ, BOTELLA 500 ML
EL DUENDE FRIJOLIN, PINTO AMERICANO, BOLSA DE 906 GR
GERBER, JUGO DE MANZANA, ET 2, FCO DE 175 ML
X-TEND, CALCETAS PAQ 3 PARES, 66% AC - 3% POL - 1% ELAS
FLEXI, ZAPATOS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
RIO GRANDE, BOTAS, CORTE PIEL - SUELA SINTETICA
SIENA, BARRA P/COCINA, MOD B. SIENA CHALE
PALERMO, (M 6 SILLAS Y VITRINA) NOGAL, MOD CDPALERMO
SONY, 22", LCD, MOD LCD22 SERIE L
PHILIPS, GRABADORA, CD, RADIO AM, FM, MOD RLRAZ1134
MEXICO, VELADORA, EN VASO C/IMAGEN
PINOL, LIMPIADOR, EL ORIGINAL, BOTELLA DE 1 LT
ZOTE, ROSA Y BLANCO, BARRA DE 200 GR
INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS
INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS
INSCRIPCION, COLEGIATURA Y OTROS GASTOS
MATEMATICAS 4, ALGEBRA, ORTIZ CAMPOS, ED. CULTURAL
MAISTO, CARRO, EARTHSHOKERS
MONTECARLO, JGO DE MESA, FERIA
SONY BMG, CD, VICENTE FERNANDEZ
KODAK, CAMARA DIGITAL, HAREM 863R
(Primera Sección)
19.22
20.50
20.78
42.50
15.28
42.00
98.00
86.94
108.23
29.25
147.71
66.50
126.17
187.87
253.33
399.00
69.90
89.90
149.90
188.90
11.50
712.94
5799.00
6998.00
2599.00
1399.00
5799.00
6999.00
8197.00
1999.00
218.00
7795.00
44.00
648.00
20.50
96.21
297.50
28.50
15.69
300.00
4025.00
49.00
13.50
20.00
93.50
50.90
79.50
83.50
64.90
23.90
159.87
53.52
124.00
56.15
452.00
145.00
169.00
239.00
29.99
109.99
34.90
189.00
134.99
159.00
19.99
14.99
49.99
419.00
139.00
199.00
279.00
289.00
99.90
10.50
78.90
285.00
5.31
27.00
44.50
136.90
46.90
76.00
257.00
32.69
80.50
42.35
32.86
25.33
16.90
39.44
39.17
72.87
18.00
75.00
139.99
119.99
80.00
299.99
99.99
479.00
7999.00
2100.00
33.90
474.15
352.55
43.50
55.80
106.00
31.60
29.60
1012.00
52.00
21.83
23.07
53.71
36.90
499.00
1248.00
3730.00
10180.00
6207.82
729.00
25.90
12.46
23.25
1175.00
927.50
1664.17
179.00
93.50
89.90
129.90
1979.00
_______________________
LT
LT
LT
PAQ
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
LT
LT
LT
LT
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
JGO
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
UNIDAD
PZA
JGO
KG
CAJA
LT
CAJA
CAJA
SERV
SERV
EJEMPL
PZA
EJEMPL
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
LT
PZA
PZA
PAQ
PZA
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
PAR
PAR
PAR
PAR
PZA
PAQ
PZA
PZA
LT
PZA
PZA
PZA
PAQ
PZA
CAJA
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
KG
PAR
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PZA
PAR
UNIDAD
UNIDAD
PZA
CAJA
CAJA
CAJA
CAJA
LT
PAQ
PZA
SERV
KG
LT
KG
LT
PAQ
PAR
PAR
UNIDAD
JGO
UNIDAD
UNIDAD
PZA
LT
KG
COSTO/M
COSTO/M
COSTO/M
EJEMPL
PZA
CAJA
PZA
UNIDAD
109
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MODALIDAD
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE PRESENTACION
CAMBIO DE MARCA
NUEVOS MODELOS
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
NUEVO MODELO
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE PRESENTACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CIERRE DE FUENTE DE INFORMACION
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
CAMBIO DE MARCA
110
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
INDICE
PRIMERA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE GOBERNACION
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de Gobernación y el Instituto
Federal Electoral ..............................................................................................................................
2
Trigésima Relación de Apoyos Programados del Fideicomiso 2106. Fondo de Apoyo Social para
Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos ..........................................................................................
6
Fe de erratas al Decreto por el que se expide la Ley Federal para el Control de Sustancias
Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas; y adiciona una
fracción XVII al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado el 9 de
junio de 2009 ....................................................................................................................................
54
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Acuerdo por el que se desincorpora del régimen del dominio público de la Federación, la
superficie de 1,832.93 metros cuadrados de terrenos ganados a la Laguna de Nichupté,
localizada en el kilómetro 19+500 de boulevard Kukulcán, lote 66, en la ciudad de Cancún,
Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, y se autoriza su enajenación a título
oneroso a favor de Operadora Ya’lma’k’an, S.A. de C.V., con el objeto de que la utilice para
complemento del desarrollo turístico existente .................................................................................
55
Acuerdo mediante el cual se modifican los numerales 2, 7.1, 7.2 y 10.1 y se adiciona el numeral
6.11 Bis a la Norma Oficial Mexicana NOM-009-CONAGUA-2001, Inodoros para uso sanitarioEspecificaciones y métodos de prueba ............................................................................................
57
Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
a través de la Comisión Nacional del Agua, el Estado de Sinaloa y la Comisión Estatal de Agua
Potable y Alcantarillado de Sinaloa, con el objeto de impulsar el federalismo, mediante la
conjunción de acciones y la descentralización de programas de agua potable, alcantarillado y
saneamiento a la entidad y fomentar el desarrollo regional .............................................................
59
SECRETARIA DE ECONOMIA
Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-B-072-CANACERO-2008 ..................................
65
Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-J-054-ANCE-2009, NMX-J-061-ANCE-2009,
NMX-J-449-ANCE-2009,
NMX-J-565/11-5-ANCE-2009,
NMX-J-610/3-6-ANCE-2009
y
NMX-J-610/4-1-ANCE-2009 .........................................................................................................................
Aviso
de
consulta
pública
PROY-NMX-GR-4301-5-IMNC-2009,
de
los
proyectos
PROY-NMX-GR-4302-IMNC-2009,
de
normas
65
mexicanas
PROY-NMX-GR-4308-2-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-7752-1-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-7752-3-IMNC-2009, PROY-NMX-GR-8566-1-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-11660-3-IMNC-2009,
PROY-NMX-GR-12480-4-IMNC-2009
y
PROY-NMX-GR-14518-IMNC-2009 .......................................................................................................
68
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Primera Sección)
111
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA
Y ALIMENTACION
Norma Oficial Mexicana NOM-070-PESC-2008, Pesca responsable en el embalse de la presa
La Muñeca, ubicada en el Estado de San Luis Potosí. Especificaciones para el aprovechamiento
de los recursos pesqueros ...............................................................................................................
70
SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
Circular No. 0027/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la
República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas,
la suspensión otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos,
S.A. de C.V. ......................................................................................................................................
81
Circular No. 0028/2009 por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la
República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas,
la suspensión definitiva otorgada a la empresa Manufacturas y Mantenimientos Metalmecánicos,
S.A. de C.V. ......................................................................................................................................
81
Circular por la que se comunica a las unidades administrativas de la Presidencia de la República,
a las secretarías de Estado, departamentos administrativos, Consejería Jurídica del Ejecutivo
Federal, Procuraduría General de la República, organismos descentralizados, empresas de
participación estatal mayoritaria y fideicomisos en los que el fideicomitente sea el Gobierno
Federal o una entidad paraestatal, así como a las entidades federativas, que deberán abstenerse
de aceptar propuestas o celebrar contratos con el C. Gonzalo Celorio Morayta ..............................
82
PODER JUDICIAL
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Convocatoria para integrar la lista de personas que puedan fungir como peritos ante los órganos
del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil diez .......................................
83
______________________________
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana .........................................................................................................................
86
Tasas de interés interbancarias de equilibrio ...................................................................................
86
Equivalencia de las monedas de diversos países con el dólar de los Estados Unidos de América,
correspondiente al mes de junio de 2009 .........................................................................................
87
Encadenamiento de productos del índice nacional de precios al consumidor, correspondiente al
mes de abril de 2009 ........................................................................................................................
89
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
Acuerdo por el que se establece el proceso de calidad regulatoria en la Secretaría de
Relaciones Exteriores .......................................................................................................................
1
112
(Primera Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social ....................................................
6
SECRETARIA DE SALUD
Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana ......................................
10
Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí .........
22
Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas.................
40
Convenio de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz ....................
55
COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA
Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación de
oficio identificada bajo el número de expediente IO-003-2009, por la posible comisión de prácticas
monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de
paneles y componentes de cristal en el territorio nacional ...............................................................
92
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Organización Productiva para
Mujeres Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos
Indígenas y el Estado de Michoacán de Ocampo ............................................................................
93
Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres
Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y los
municipios de Mérida, Motul, Chichimilá, Cansahcab, Conkal, Calotmul, Espitia y Buctzotz del
Estado de Yucatán ...........................................................................................................................
100
______________________________
AVISOS
Judiciales y generales ......................................................................................................................
106
__________________ ● __________________
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
ALEJANDRO LÓPEZ GONZÁLEZ, Director General Adjunto
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Secretaría de Gobernación
Tel. 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios
Dirección electrónica: www.dof.gob.mx
Impreso en Talleres Gráficos de México-México
*030709-15.00*
Esta edición consta de dos secciones
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
1
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
ACUERDO por el que se establece el proceso de calidad regulatoria en la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Relaciones Exteriores.
PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en los
artículos 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, y 1, 3 y 7, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece entre sus objetivos mejorar la regulación, la
gestión, los procesos y los resultados de la Administración Pública Federal para satisfacer las necesidades de
los ciudadanos en cuanto a la provisión de bienes y servicios públicos, así como garantizar la certeza jurídica
y predictibilidad de las normas y promover y garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a
la información;
Que en congruencia con lo anterior, el propio Plan determina en sus estrategias, elevar los estándares de
eficiencia y eficacia gubernamental a través de la sistematización y digitalización de todos los trámites
administrativos y el aprovechamiento de tecnologías de la información y comunicaciones para la gestión
pública, así como hacer más eficiente la operación y el gasto de las dependencias y entidades federales
y reducir la discrecionalidad de las autoridades administrativas en la aplicación de las normas;
Que el Programa Especial de Mejora de la Gestión de la Administración Pública Federal, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2008, tiene como objetivo mejorar la gestión de las
instituciones públicas federales, liberando recursos para orientarlos a las funciones sustantivas de éstas, por
lo que es necesario identificar y disminuir las cargas administrativas que asume el gobierno federal;
Que dicho Programa, prevé diversos sistemas para mejorar la gestión de las instituciones, entre los que
destaca el Sistema de Mejora Regulatoria Interna, cuyo objetivo es mejorar el marco normativo interno de las
dependencias y entidades mediante el proceso de calidad regulatoria;
Que es necesario que el marco normativo interno de las dependencias federales tenga calidad y brinde a
los sujetos obligados certeza jurídica y transparencia, para contribuir a una gestión pública más competente,
que propicie una verdadera autonomía de gestión y una oportuna y efectiva acción gubernamental;
Que actualmente diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuentan con
Comités de Mejora Regulatoria Interna y medios de difusión electrónica de su regulación interna vigente,
denominados Normatecas Internas; que han contribuido al logro de los objetivos y metas institucionales, y
Que es necesario seguir avanzando en el proceso de mejora regulatoria interna de esta dependencia,
estableciendo bajo un enfoque de mediano y largo plazo un proceso que asegure la calidad de la regulación,
para que las normas internas sean eficaces, eficientes, consistentes y claras; por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA
EN LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO PRIMERO
Disposiciones Generales
PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el proceso de calidad regulatoria que deberán
seguir las unidades administrativas de la Secretaría de Relaciones Exteriores generadoras de normas
internas, a fin de que dichas regulaciones sean, a través de una verdadera mejora regulatoria, eficientes,
eficaces y claras, lo que contribuirá a brindar certeza jurídica a los sujetos obligados por las regulaciones, a la
reducción efectiva de las cargas administrativas, y en general a mejorar la gestión pública.
SEGUNDO.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
I.
Areas normativas emisoras: A las unidades administrativas de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, que diseñen, elaboren, propongan, impulsen o sean responsables de la emisión de
regulación interna, o bien, de modificaciones, derogaciones o adiciones a la normas existentes;
2
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
II.
Calidad regulatoria: Conjunto de atributos de una regulación suficiente y adecuada, que al seguir un
proceso de análisis, diseño, consulta, difusión y evaluación, cumple con los objetivos para los que se
creó, brinda certeza jurídica y propicia una gestión eficiente y eficaz;
III.
Cargas administrativas: Son los tiempos, unidades de esfuerzo y documentos necesarios para
realizar un proceso, procedimiento o trámite gubernamental;
IV.
Certeza jurídica: Elemento fundamental de todo sistema jurídico, que consiste en la suficiencia
y difusión del marco normativo vigente, para tener plena seguridad sobre qué disposiciones aplican a
cada caso concreto y poder predecir qué tratamiento tendrá cada situación en la realidad, desde su
inicio y hasta su fin;
V.
COMERI: Es el Comité de Mejora Regulatoria Interna, constituido por la Secretaría de Relaciones
Exteriores para la revisión y dictaminación de sus proyectos normativos, como parte del proceso de
calidad regulatoria;
VI.
Disposiciones: Cualquier precepto, instrucción, mandato, pauta, canon o medida derivada o prevista
dentro de un documento normativo;
VII. Documento normativo, norma o regulación: Cualquier ordenamiento, instrumento o documento
que independientemente de su denominación, genera obligaciones o acciones para los servidores
públicos, los ciudadanos; los particulares, las instituciones o sus unidades administrativas;
VIII. Justificación regulatoria: Es el instrumento técnico que a manera de formato, detalla los elementos
que justifican la emisión o vigencia de una regulación. El formato de Justificación regulatoria será el
que determine la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme a criterios y elementos de
simplificación y calidad regulatoria;
IX.
Marco normativo interno: Conjunto de normas emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores,
a través de su Titular, del Oficial Mayor, de las unidades administrativas o de los servidores públicos
facultados, que por su ámbito de aplicación y sus efectos sobre la gestión, se dividen en:
IX.1. Marco normativo interno de operación: que comprende las normas internas que rigen los
servicios o trámites que brinda la institución conforme a sus facultades y atribuciones,
así como las que determinan su organización, distribución y asignación de funciones, el
desarrollo de tareas sustantivas y el cumplimiento de metas o compromisos institucionales.
IX.2. Marco normativo interno de administración: que comprende las normas internas que regulan
los temas de recursos humanos, recursos financieros, recursos materiales, las tecnologías de
la información y la transparencia.
X.
Normateca Interna: Al sistema electrónico de registro y difusión de normas internas que la
Secretaría de Relaciones Exteriores mantiene en Internet, para la consulta y acceso a su regulación
interna por parte de cualquier interesado;
XI.
Proyecto normativo: Son los proyectos de nuevas disposiciones o de reforma a los existentes, y
XII. Secretaría: A la Secretaría de Relaciones Exteriores, incluyendo sus órganos administrativos
desconcentrados.
CAPITULO SEGUNDO
Del Comité de Mejora Regulatoria Interna
TERCERO.- Se establece el Comité de Mejora Regulatoria Interna, como la instancia facultada de la
Secretaría para revisar y mejorar la regulación interna bajo criterios y elementos de simplificación y de calidad
regulatoria, a fin de asegurar la certeza jurídica y contribuir a incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión
gubernamental.
CUARTO.- El COMERI estará integrado por los siguientes miembros:
I.
Presidente, que será el Oficial Mayor de la Secretaría;
II.
Vocales, que serán los representantes de: Oficinas del Titular de la Secretaría de Relaciones
Exteriores, Subsecretaría de Relaciones Exteriores, Subsecretaría para América del Norte,
Subsecretaría para América Latina y el Caribe, Subsecretaría para Asuntos Multilaterales
y Derechos Humanos, Consultoría Jurídica, Unidad de Relaciones Económicas y Cooperación
Internacional, Dirección General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos, Dirección General de
Bienes Inmuebles y Recursos Materiales, Dirección General de Tecnologías de Información e
Innovación, y Dirección General de Delegaciones;
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
3
III.
Secretario Técnico, que será el Director General de Programación, Organización y Presupuesto,
o bien, quien designe el Presidente y que será el responsable de realizar las convocatorias a las
sesiones del Comité, así como de apoyar al Presidente y levantar las actas de cada sesión
celebrada;
IV.
Asesor jurídico, que será un representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
V.
Asesor técnico, que será el Titular del área de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión
Pública del Organo Interno de Control en la Secretaría, y
VI.
Invitados, que serán las personas físicas o morales, académicos, servidores públicos, instituciones
de investigación o de educación, cámaras, asociaciones, sociedades civiles, redes de expertos o
especialistas en los temas o materias a que correspondan las regulaciones, en las que el COMERI
considere necesaria su participación.
Los miembros a que se refieren las fracciones I a IV participarán en las sesiones del COMERI con voz
y voto. Los miembros a que se refieren las fracciones V y VI sólo tendrán voz.
Los miembros del COMERI a que se refieren las fracciones I a V podrán designar a sus suplentes, quienes
serán servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior al del miembro al que suplan y cuyo cargo no
podrá ser menor al de Subdirector de área o su equivalente.
Tratándose del Presidente, su suplente será el Secretario Técnico, o bien, quien designe el mismo
Presidente, quien actuará con ese doble carácter, teniendo por tanto, voz y voto de calidad.
QUINTO.- El COMERI sesionará de manera ordinaria por lo menos cuatro veces al año y de manera
extraordinaria a convocatoria de su Presidente o de su Secretario Técnico, previa propuesta razonada de
cualquiera de los miembros del COMERI.
Las convocatorias deberán hacerse de forma escrita, mediante documento impreso o por correo
electrónico con tres días hábiles de anticipación, tratándose de sesiones ordinarias y de cuando menos 24
horas tratándose de sesiones extraordinarias.
Para sesionar, el COMERI requerirá de la presencia de su Presidente o de su suplente, así como de la
mitad más uno de sus miembros. Sus determinaciones se tomarán por mayoría de los miembros presentes
y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
El Secretario Técnico enviará a los miembros del COMERI, a través del correo electrónico institucional, los
proyectos normativos, su Justificación regulatoria y la ficha electrónica en la que los miembros registrarán sus
comentarios y observaciones.
SEXTO.- Para el cumplimiento de su objeto, el COMERI tendrá las funciones siguientes:
I.
Realizar estudios, investigaciones y diagnósticos para determinar el impacto y efectividad de las
disposiciones, a fin de mejorarlas y garantizar su calidad;
II.
Acordar y coordinar acciones de mejora de las disposiciones, a efecto de contribuir a su calidad
regulatoria, la reducción de cargas administrativas y al logro de los objetivos institucionales;
III.
Proponer al Titular de la Secretaría, la formulación de proyectos de iniciativas de leyes, decretos
o reglamentos, que a consideración del COMERI sea necesario emitir o mejorar para reducir cargas
administrativas innecesarias, brindar mayor certeza jurídica y propiciar una gestión más eficiente
y eficaz;
IV.
Revisar de forma continua y programada, con la participación de las unidades administrativas
competentes, todo el marco normativo interno vigente, para asegurar su calidad regulatoria y la
disminución efectiva de cargas administrativas innecesarias, a fin de procurar su estandarización
y congruencia con los objetivos institucionales y las facultades y atribuciones conferidas a la
Secretaría;
V.
Analizar y dictaminar con base en la Justificación regulatoria, todos los proyectos normativos, a fin de
contribuir a su calidad regulatoria, asegurando que sean eficaces, eficientes, consistentes
y claros;
VI.
Analizar y recomendar cambios o modificaciones a las disposiciones de carácter general que inciden
en la gestión interna de la Secretaría, y cuya emisión, reforma o abrogación, sea competencia de
otras instituciones o áreas normativas de la Administración Pública Federal;
4
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
VII. Difundir todas las disposiciones vigentes y los proyectos normativos, a través de la Normateca
Interna, así como llevar a cabo acciones que garanticen que toda la regulación vigente está
publicada de forma íntegra y completa en dicho medio;
VIII. Aprobar en su caso, los procedimientos específicos para recibir y dictaminar los proyectos normativos,
así como para hacer las convocatorias respectivas y sesionar de forma electrónica
o virtual;
IX.
Aprobar los Lineamientos para el Funcionamiento de la Normateca Interna;
X.
Integrar Grupos de Trabajo para el diagnóstico, análisis, simplificación y mejora de las disposiciones
internas y las que se refieren en la fracción VI anterior, y
XI.
Las demás que le encomiende el Titular de la Secretaría.
CAPITULO TERCERO
De las etapas del proceso de calidad regulatoria
Análisis inicial
SEPTIMO.- Previo a la elaboración de cualquier proyecto normativo, el área normativa emisora
competente, deberá analizar de forma integral si éste es necesario y qué problemas o situaciones pretende
resolver o atender, y si existen otras alternativas.
Elaboración del proyecto normativo
OCTAVO.- Para la elaboración de cualquier proyecto normativo, el área normativa emisora competente
deberá determinar qué mecanismos o esquemas normativos deberá incluir su proyecto para alcanzar los
objetivos deseados y para tal efecto, deberá considerar que la regulación no genere discrecionalidad ni cargas
administrativas innecesarias, así como controles o restricciones que afecten negativamente la oportuna
gestión y eficacia de la Secretaría.
Consulta con usuarios y expertos
NOVENO.- Las áreas normativas emisoras deberán presentar ante el COMERI sus proyectos normativos,
junto con la Justificación regulatoria respectiva, cuando menos con veinticinco días hábiles de anticipación
a la fecha en que se pretenda emitir dicha regulación.
El COMERI podrá determinar un plazo menor, considerando las características del proyecto normativo
o las circunstancias de urgencia que se presenten. Dicho plazo en ningún caso podrá ser inferior a cinco
días hábiles.
De forma estrictamente excepcional y en casos de emergencia debidamente comprobada, el COMERI a
través de su Presidente y a petición fundada y motivada del área normativa emisora, podrá exceptuar la
presentación de los proyectos normativos para el dictamen correspondiente; sin embargo, después de emitida
dicha regulación, el área normativa emisora tendrá treinta días hábiles para someterla a revisión
y dictamen del COMERI, a efecto de que éste se pronuncie sobre su simplificación, mejora o eliminación.
DECIMO.- El COMERI deberá publicar el proyecto normativo en la Normateca Interna para efecto de
recibir por dicho medio o por correo electrónico, comentarios, sugerencias, observaciones o propuestas
de cualquier interesado.
Excepcionalmente y sólo en aquellos casos, en que el proyecto normativo contenga información que la
Secretaría vaya a clasificar como información reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública Gubernamental, podrá no publicarse el proyecto en la Normateca Interna,
pero el COMERI deberá asegurar que todos sus miembros tengan acceso a dicho proyecto.
Los comentarios, propuestas u observaciones que surjan en esta etapa serán glosados en un expediente
que integre el COMERI y deberán ser incorporados al proyecto, según determine el área normativa emisora.
Las propuestas que no sean incorporadas al proyecto deberán contar con una justificación del área normativa
emisora que señale el impacto negativo que tendría su inclusión.
DECIMO PRIMERO.- Para el análisis y dictamen de los proyectos normativos que correspondan al marco
normativo interno de operación, el área normativa emisora evaluará la necesidad y la conveniencia de invitar
al COMERI, a los usuarios históricos y/o potenciales de dicho proyecto, para efectos de esa revisión y
dictamen, lo cual en su caso, deberá solicitar por conducto del Presidente del COMERI o de su Secretario
Técnico, quienes evaluarán la solicitud y determinarán lo procedente.
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Revisión, análisis y dictamen
DECIMO SEGUNDO.- El COMERI, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción del proyecto
normativo, deberá revisarlo y analizarlo, con base en criterios y elementos de simplificación y calidad
regulatoria, y formular sus comentarios en la ficha electrónica a que hace referencia el artículo Quinto.
Una vez que concluya el plazo para que los miembros del COMERI emitan sus comentarios, el área
normativa emisora deberá enviar el dictamen correspondiente dentro de los siguientes cinco días hábiles, al
Secretario Técnico y al Titular del Area de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del Organo
Interno de Control en la Secretaría para su aprobación.
Los plazos establecidos podrán ser ampliados por el Secretario Técnico del COMERI por un término no
mayor de cinco días hábiles cada uno, cuando la complejidad del proyecto o cualquier otra circunstancia
justifique dicha prórroga.
Medición de atributos de calidad regulatoria
DECIMO TERCERO.- Desde el momento en que el proyecto normativo sea recibido por el COMERI
conforme al artículo anterior, el Titular del Area de Auditoría para Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública del
Organo Interno de Control en la Secretaría, deberá verificar que el mismo cumpla con los atributos de calidad
regulatoria que se indican en la Justificación regulatoria, para emitir su opinión favorable o, en su defecto, las
recomendaciones que considere necesarias.
Difusión
DECIMO CUARTO.- Los proyectos normativos dictaminados favorablemente, deberán ser incorporados
a la Normateca Interna dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que sean emitidos. Por lo que
ninguna norma interna podrá ser exigida o aplicada a servidor público o persona alguna, si no está
debidamente publicada en la Normateca Interna.
Las normas internas se publicarán en el medio antes citado de forma íntegra y completa, y en el caso de
normas que hayan sido modificadas o reformadas, la publicación será de una versión compilada en la que se
indique abajo del texto modificado la fecha en que tuvo lugar cada reforma.
Evaluación ex post de la regulación
DECIMO QUINTO.- El COMERI de acuerdo a las particularidades de la Secretaría y de su regulación
interna, deberá establecer mecanismos y aplicar metodologías que permitan evaluar los efectos e impactos de
la regulación vigente, a efecto de someter las normas internas a procesos de simplificación regulatoria
y mejora continua.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para el
funcionamiento del Comité de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Relaciones Exteriores”, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2008.
TERCERO.- El COMERI deberá emitir los Lineamientos para el funcionamiento de la Normateca Interna,
dentro de los sesenta días naturales posteriores a la entrada en vigor de este Acuerdo.
En tanto se expiden los Lineamientos a que se refiere la fracción IX del numeral Sexto del presente
Acuerdo, se continuarán aplicando las disposiciones emitidas con anterioridad en lo que no se oponga al
presente ordenamiento.
CUARTO.- Los proyectos normativos que correspondan al Marco Normativo Interno de Operación, no
estarán sujetos a este Acuerdo sino a partir del primero de enero del año 2010.
México, Distrito Federal, a los veintidós días del mes de junio de dos mil nueve.- La Secretaria de
Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
REGLAMENTO Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Desarrollo Social.
El Consejo Consultivo de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 55 y 56 fracción XII de la Ley
General de Desarrollo Social y, 1 del Decreto por el que se crea el Consejo Consultivo de Desarrollo Social,
aprobó por unanimidad el siguiente
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO CONSULTIVO DE DESARROLLO SOCIAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente instrumento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo
Consultivo de Desarrollo Social.
Artículo 2. El Consejo Consultivo de Desarrollo Social, es el órgano consultivo de la Secretaría de
Desarrollo Social, de participación ciudadana y de conformación plural, que tendrá por objeto analizar y
proponer programas y acciones que incidan en el cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social.
Artículo 3. Para los fines de este Reglamento, se establecen los siguientes términos:
I.
Consejo: El Consejo Consultivo de Desarrollo Social;
II.
Consejero: Los Consejeros miembros de este cuerpo colegiado, conforme la ley;
III.
Ley: Ley General de Desarrollo Social;
IV.
Presidente: El Titular de la Secretaría de Desarrollo Social;
V.
Secretario Ejecutivo: El que designe el Presidente del Consejo;
VI.
Reglamento: El Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Desarrollo Social, y
VII. Secretaría: La Secretaría de Desarrollo Social.
Artículo 4. El Consejo estará integrado por:
El Presidente, un Secretario Ejecutivo, así como, quince Consejeros que invite la Secretaría por conducto
de su Titular.
La participación de los Consejeros será por un año y podrá ser renovada, previa invitación que formule el
Presidente del Consejo, hasta por un periodo igual.
A las sesiones del Consejo podrán asistir los invitados especiales que proponga el Presidente.
Artículo 5. El Presidente del Consejo será suplido en sus ausencias por el Secretario Ejecutivo.
CAPITULO II
DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO
Artículo 6. Para cumplir con su objeto, el Consejo tendrá las funciones siguientes:
I.
Emitir opiniones y formular propuestas sobre la aplicación y orientación de la Política Nacional de
Desarrollo Social;
II.
Impulsar la participación ciudadana y de las organizaciones en el seguimiento, operación y
evaluación de la Política Nacional de Desarrollo Social.
El Consejo, podrá proponer formas y mecanismos para que la Secretaría considere y, en su caso,
realice las acciones que permitan lograr un mayor impulso de la participación ciudadana;
III.
Apoyar a la Secretaría en la promoción ante los gobiernos estatales y municipales para el
cumplimiento de la Política Nacional de Desarrollo Social;
IV.
Proponer a la Secretaría los temas que por su importancia ameriten ser sometidos a consulta
pública;
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V.
Proponer y propiciar la colaboración de organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros, en
el desarrollo social;
VI.
Proponer la realización de estudios e investigaciones en la materia;
VII. Solicitar a las dependencias responsables de la Política de Desarrollo Social información sobre los
programas y acciones que éstas realizan.
El Consejo, realizará dicha petición a la Secretaría Ejecutiva, para que por su conducto se solicite la
información;
VIII. Recomendar la realización de auditorías a programas prioritarios cuando existan causas que lo
ameriten;
IX.
Promover la celebración de convenios con dependencias del Ejecutivo Federal, entidades
federativas, municipios y organizaciones de la sociedad civil, para la instrumentación de los
programas relacionados con el desarrollo social;
X.
Informar a la opinión pública sobre los aspectos de interés general relativos a la Política Nacional de
Desarrollo Social.
El Consejo, podrá proponer los medios a través de los cuales, la Secretaría, podrá informar las
acciones del Consejo a la opinión pública;
XI.
Integrar las comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones;
XII. Promover formas de trabajo entre los sectores público, social y privado para la superación de la
pobreza;
XIII. Realizar visitas de campo, con el objeto de conocer la operación de los programas de la Secretaría;
XIV. Promover que las publicaciones, libros y demás documentos que elabore o solicite el Consejo en el
ejercicio de sus funciones, se hagan a través de medios electrónicos; y
XV. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.
CAPITULO III
DE LAS FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO
Artículo 7. El Presidente del Consejo tendrá las siguientes facultades:
I.
Representar al Consejo;
II.
Conducir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y dirigir sus debates;
III.
Firmar las actas y acuerdos de las sesiones del Consejo;
IV.
Someter al Consejo, para su aprobación, el calendario anual de sesiones del mismo;
V.
Proponer al Consejo la integración de comisiones y grupos de trabajo que sean necesarios para el
ejercicio de sus funciones;
VI.
Solicitarle al Secretario Ejecutivo, que realice el Informe Anual de Actividades del Consejo y
someterlo a la consideración de los Consejeros;
VII. Invitar a nombre de la Secretaría a quienes tendrán carácter de Consejeros, conforme a la fracción III
del artículo 2 del Decreto de creación de este Consejo;
VIII. Convocar a través del Secretario Ejecutivo, a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y
autorizar el orden del día correspondiente;
IX.
Proponer invitados especiales, para que asistan al Consejo.
Artículo 8. El Secretario Ejecutivo del Consejo, tendrá las siguientes funciones;
I.
Emitir las convocatorias para las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo, previo acuerdo
con el Presidente;
II.
Preparar las sesiones, verificar el quórum y levantar las actas correspondientes.
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III.
Llevar un registro y control de las actas, acuerdos y toda la documentación relativa al funcionamiento
del Consejo;
IV.
Firmar las actas y acuerdos que se levanten en las sesiones y remitírselos a los miembros del
Consejo dentro de los cinco días hábiles siguientes al cierre de la sesión que se trate;
V.
Informar al Presidente y a los miembros del Consejo sobre el seguimiento y cumplimiento de los
acuerdos aprobados por el Consejo.
VI.
Coordinar las comisiones y grupos de trabajo que autorice el Consejo;
VII. Fungir de enlace con las instancias consultivas de otros sectores de la Administración Pública
Federal, cuando así lo decida el Consejo, en el ejercicio de sus funciones;
VIII. Coadyuvar en las actividades que lleven a cabo los Consejeros, en el cumplimiento de las funciones
del Consejo;
IX.
Realizar el Informe Anual de Actividades;
X.
Suplir al Presidente del Consejo en su ausencia;
XI.
Proporcionar a los Consejeros, la información referente a los programas y acciones de desarrollo
social, así como, del marco jurídico de la dependencia, y
XII. Las demás que le señale el Presidente del Consejo.
Artículo 9. Los integrantes del Consejo tendrán las siguientes funciones:
I.
Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias, con voz y voto;
II.
Firmar las actas y acuerdos que se levanten en las sesiones del Consejo;
III.
En su caso, elegir un vocero de entre los miembros del Consejo, quien hará públicos los acuerdos
del Consejo;
IV.
Proponer al Consejo los asuntos que considere de interés relevante para su buen funcionamiento.
Asimismo, podrán proponer al Consejo, los asuntos que sean necesarios para el cumplimiento de las
funciones descritas en el artículo 7;
V.
Aprobar por mayoría de votos, los acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo.
Los acuerdos, deberán tomarse teniendo en cuenta el interés común y evitar con ello, el conflicto de
intereses, conforme a la normatividad aplicable;
VI.
Emitir opiniones y formular propuestas al seno del Consejo, sobre la aplicación y orientación de la
Política Nacional de Desarrollo Social;
VII. Considerar y en su caso aprobar el calendario anual de sesiones, la integración de comisiones y
grupos de trabajo;
VIII. Participar en las comisiones y grupos de trabajo que se integren;
IX.
Solicitar información a la Secretaría, a través del Secretario Ejecutivo, para el ejercicio de sus
funciones, y
X.
Las demás que les señale el Consejo.
CAPITULO IV
DEL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES Y LOS GRUPOS DE TRABAJO
Artículo 10. Las comisiones y grupos de trabajo, tendrán por objeto realizar estudios, investigaciones y
análisis relacionados con las funciones del Consejo; así como, formular propuestas y emitir opiniones sobre
temas específicos de la Política Nacional de Desarrollo Social en el ámbito de su competencia, previo acuerdo
por el Consejo. Cada comisión y grupo contará con un Coordinador Consejero y un Secretario Técnico por
parte de la Secretaría.
Artículo 11. El Coordinador Consejero de cada comisión y grupo de trabajo se encargará de integrar y
vigilar el cumplimiento del programa de actividades respectivo.
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Artículo 12. El Secretario Técnico tendrá las siguientes funciones:
I.
Hacer llegar a los miembros de las comisiones y grupos de trabajo la información o documentación
que requieran los integrantes de los mismos, así como, las que el Coordinador Consejero considere
pertinentes;
II.
Levantar el acta de las reuniones;
III.
Llevar el seguimiento de los acuerdos;
IV.
Las demás que le sean requeridas por el Coordinador Consejero.
Artículo 13. Las comisiones y grupos de trabajo se sujetarán a los siguientes lineamientos:
I.
Podrán participar en las comisiones y grupos de trabajo, los miembros del Consejo, así como, los
invitados especiales quienes únicamente tendrán voz;
II.
Se reunirán con la frecuencia que sus integrantes establezcan para la realización de su programa de
actividades;
III.
Sus opiniones y conclusiones no tendrán carácter definitivo. En todos los casos dichas conclusiones
tendrán que ser sancionadas por el Consejo;
IV.
Los Consejeros recibirán por escrito las propuestas y conclusiones de las comisiones y grupos de
trabajo, con el fin, de que tengan una visión integral de los temas que se hayan analizado;
V.
Las comisiones y grupos de trabajo, podrán recibir en el ejercicio de sus funciones, la colaboración
técnica de las unidades administrativas de la Secretaría cuando así lo requieran, así como, de otras
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuando así lo defina el pleno del
Consejo;
VI.
Deberán informar en las sesiones del Consejo, sobre los avances y resultados de sus actividades.
CAPITULO V
DE LAS SESIONES DEL CONSEJO
Artículo 14. Las sesiones se llevarán a cabo en el lugar que en forma expresa se determine en la
convocatoria, en el día y hora fijado.
Artículo 15. Las sesiones del Consejo serán válidas cuando se encuentren reunidos como mínimo, la
mitad más uno de sus miembros y se encuentre presente siempre el Presidente del Consejo o su Suplente.
Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.
En caso de no haber el quórum establecido, la sesión se verificará entre los tres y diez días hábiles siguientes
debiendo contar con el mismo quórum señalado en este artículo.
Artículo 16. Habrá sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se llevarán a cabo cuatro veces al
año, las sesiones extraordinarias se efectuarán en cualquier momento a juicio del Presidente, o cuando la
mayoría de los consejeros lo solicite.
Artículo 17. El orden del día deberá entregarse a los consejeros por lo menos con cinco días hábiles de
anticipación a la fecha de la sesión ordinaria o de dos días hábiles para las extraordinarias, acompañando la
documentación correspondiente de los asuntos a tratar.
Artículo 18. Los acuerdos deberán versar sobre los asuntos contenidos en el orden del día previamente
establecido.
TRANSITORIO
Unico. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
la Federación.
Contando con la aprobación de sus integrantes, el Dr. Gustavo Adolfo Merino Juárez, Subsecretario de
Prospectiva, Planeación y Evaluación, y Secretario Ejecutivo del Consejo Consultivo de Desarrollo Social,
realizará las gestiones necesarias para la publicación del presente Reglamento Interno en el Diario Oficial de
la Federación.
México, Distrito Federal, a primero de julio de dos mil nueve.- El Subsecretario de Prospectiva, Planeación
y Evaluación de la Secretaría de Desarrollo Social y Secretario Ejecutivo del Consejo Consultivo de Desarrollo
Social, Gustavo Adolfo Merino Juárez.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE SALUD
CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Michoacana.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR
SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO
POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER
DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA EL SISTEMA
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MICHOACANA, EN ADELANTE “DIF ESTATAL”, REPRESENTADO
POR SU DIRECTORA GENERAL, LA LIC. TEODORA VAZQUEZ ARROYO, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
I.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II.
Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para
coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de
Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad
federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el
ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada
entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que
corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III.
La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos
de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas,
niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún
tipo de discapacidad.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1
Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y
entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales,
estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de
servicios, y la realización de acciones en la materia.
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I.2
Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de
desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el
impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el
“DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos.
I.3
Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto
por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la
escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito
Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial
Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente
para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los
artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente
referido.
I.4
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, lo siguiente:
La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar
de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del
Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes
conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y
adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de
oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas
y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud,
educación y trabajo acorde con sus necesidades.
El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se
estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o
sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los
diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno.
El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad
para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con
independencia.
Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas
tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y
de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el
diseño de políticas públicas.
De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y
2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV
y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
atención a personas con discapacidad.
I.5
Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio
como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con
discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la
consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de
coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación
del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.6
Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1
Es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado
por la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán, publicada en el Periódico Oficial de fecha
14 de mayo de 1987 y demás disposiciones jurídicas aplicables.
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II.2
Dentro de sus objetivos se encuentran la prestación de servicios de asistencia social a la población
sujeta a estos servicios, así como la coordinación con otras dependencias para el logro de sus
objetivos.
II.3
Su representante legal está facultada para celebrar el presente instrumento jurídico de conformidad
con el artículo 21 fracciones VI y VII de la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán, misma
que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna.
II.4
Para efectos del presente convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Av. Acueducto y
Ventura Puente Lote 17, Col. Bosque Cuauhtémoc, C.P. 58020 en la ciudad de Morelia, Michoacán,
México.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir
el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país.
III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes.
III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de
Coordinación.
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado
Michoacán, para la realización de acciones en beneficio de “las personas con discapacidad”, de
acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas aplicables.
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio y están de acuerdo a sujetarse de
conformidad con las siguientes:
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de
la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V y VI, IX, X y XI de la Ley General de las
Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;
175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia; 21 fracción VII de la Ley de Asistencia Social del Estado de Michoacán; y
el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de
Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad y su Acuerdo Modificatorio publicado en el
Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008 las partes celebran el presente Convenio de
Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación,
entre “LAS PARTES” para la ejecución del proyecto específico “Programa Credencial Nacional para Personas
con Discapacidad”, contribuyendo al mejoramiento de la economía familiar de dichas personas respaldando
su condición social a través de contar con una base de datos sobre la población credencializada, lo que se
describe en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como
Anexo 1.
APORTACION DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008 y el oficio número 232.000.00/881/2008 de fecha 6 de octubre
de 2008, el “DIF NACIONAL” aportará un monto de $132,247.62 (ciento treinta y dos mil doscientos cuarenta
y siete pesos 62/100 M.N.).
Los recursos serán utilizados para la instalación de un módulo del Programa “Credencial Nacional para
Personas con Discapacidad”, la adquisición de impresora, computadora, periféricos y consumibles.
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NATURALEZA DE LOS RECURSOS
TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente
convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo
momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no
perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en
dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación,
contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de
servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la
ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la
cláusula segunda.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no sean devengados deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación a través
del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos e intereses financieros por el “DIF ESTATAL”
El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, a través de “DIF NACIONAL”, se
aplicará para aquellos apoyos que no se destinen a los fines previstos en el proyecto.
CUENTA BANCARIA
CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta
bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos
federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que
las erogaciones correspondan a los fines del proyecto.
Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del
“DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”.
COMPROMISOS DE LAS PARTES
QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a:
a)
Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1 se realicen
conforme a la normatividad aplicable;
b)
Aplicar en su totalidad los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio, garantizando
la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los rendimientos
financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto materia del
presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la verificación
y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c)
Justificar el ejercicio de los recursos económicos otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Dirección
General de Rehabilitación y Asistencia Social mediante un informe de cierre al 31 de diciembre
a más tardar los primeros días hábiles del 2009;
d)
Proporcionar y adecuar un área física con accesibilidad para las personas con discapacidad;
e)
Contar con un acceso o conexión a internet para la transmisión de datos del programa;
f)
Proporcionar los insumos para la operatividad del programa a partir de que se agoten los insumos
adquiridos con los recursos proporcionados por el “DIF NACIONAL” con las características señaladas
por éste;
g)
Emitir todas las credenciales con las características de diseño autorizadas para la operatividad del
programa por “DIF NACIONAL”;
h)
Proporcionar mantenimiento preventivo y correctivo, así como contar con el seguro correspondiente
contra daños y pérdida total del equipo y accesorios del Programa “Credencial Nacional para
Personas con Discapacidad”;
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
i)
Supervisar la ejecución del programa e informar sobre la población atendida y actividades
desarrolladas en la forma y periodicidad establecida por “DIF NACIONAL”;
j)
Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta
Pública de los apoyos a que se refiere el presente instrumento, con base en los formatos
y lineamientos que en su oportunidad le dé a conocer el “DIF NACIONAL”;
k)
Reintegrar a la Tesorería de la Federación, a través de “DIF NACIONAL”, los recursos federales
presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran devengado y/o aplicado
en el cumplimiento del objeto del presente instrumento;
l)
Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en
vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base
en el presente instrumento jurídico se entregan;
m)
Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles,
así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes;
n)
Aceptar y facilitar la realización de visitas de asesoría y seguimiento, y brindar la información y
documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función
Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran;
o)
Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto; y
p)
En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las
demás aplicables conforme a la legislación.
SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes:
a)
Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este
convenio para el objetivo descrito, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su
cargo referidas en la cláusula cuarta;
b)
Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite;
c)
En general, cumplir en todo momento con la normativa aplicable.
SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a:
a)
Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos
deberá contener la leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso
indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable
y ante la autoridad competente”.
REPRESENTANTES DE LAS PARTES
OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico
y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al
respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL”
LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA
DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
“DIF ESTATAL”
DR. OSCAR ALEJANDRO ZACARIAS CARDENAS
COORDINADOR GENERAL DEL C.R.E.E. MORELIA
Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar
decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante
titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
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DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
15
SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS
NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente
convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y
origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o
parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a)
No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que
notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de
los recursos otorgados;
b)
Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c)
No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el
“DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o
autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d)
No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la
documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos
del proyecto;
e)
Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
f)
Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones
sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
g)
Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h)
Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i)
En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas.
El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará
al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses
y rendimientos generados.
CONTROL Y VIGILANCIA
DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente
convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función
Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones
jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de
las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente.
TRANSPARENCIA
DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación
y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio,
consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así
como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización
de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y hasta el
cumplimiento de su objeto, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que
contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos
generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en
el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en
contrario.
En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el
“DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno
derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa.
Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en
el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula
segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas
de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento
de su suscripción, señalando “LAS PARTES” que están de acuerdo en dar por terminado a la fecha de la firma
del presente convenio, cualquier instrumento jurídico que se haya celebrado con anterioridad entre
“LAS PARTES”, respecto a la operación del Programa Credencial Nacional para Personas con Discapacidad.
DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación.
DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o
cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo,
acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de
México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de
su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el nueve de diciembre de dos mil ocho.- Por el
DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del
Río Leal.-Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica.
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION
CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
ENTIDAD FEDERATIVA: Michoacán
Naturaleza del Presupuesto
PROGRAMA CREDENCIAL NACIONAL PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
TOTAL
Nota:
Presupuesto
Programado
Diciembre
$132,247.62
$132,247.62
$132,247.62
$132,247.62
Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal
Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena
Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael
Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: el Director General, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica.
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(Segunda Sección)
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Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia
Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
29 de septiembre de 2008
PD-EO8-17-004
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
Morelia, Michoacán, 27 de septiembre de 2008
1. Datos Generales
Nombre del Estado
MICHOACAN
Nombre del Director LIC. TEODORA VAZQUEZ ARROYO
del SEDIF
Domicilio
Av. Acueducto esquina con Ventura Puente, Col. Bosque Cuauhtémoc, Morelia,
Mich. C.P. 58020
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
443-313-35-40
[email protected]
www.dif.michoacan.gob.mx
2. Nombre del Proyecto Integral
Fortalecimiento de las Capacidades Instaladas para la Atención Integral a Personas con Discapacidad en
el Estado de Michoacán.
3. Nombre del Proyecto Específico
Instalación de módulo para el Programa Credencial Nacional para personas con Discapacidad
4. Objetivo del Proyecto Específico
Contribuir al mejoramiento de la economía familiar de las personas con discapacidad en el estado de
Michoacán. Respaldar socialmente la condición de discapacidad, además de contar con una base de datos
sobre la población credencializada en el estado de Michoacán.
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
REGION 1:
1.
Acuitzio
2.
Alvaro Obregón
3.
Ario de Rosales
4.
Carácuaro
5.
Coeneo
6.
Copándaro
7.
Cuitzeo
Localidad(es)
Se consideran las localidades de los municipios
relativamente cercanas al Municipio de Morelia y con fácil
acceso al CREE Morelia.
18
(Segunda Sección)
8.
Charo
9.
Chucándiro
10.
Erongarícuaro
11.
Huandacareo
12.
Huaniqueo
13.
Huiramba
14.
Indaparapeo
15.
Villa Jiménez
16.
Lagunillas
17.
Villa Madero
18.
Morelia
19.
Nocupétaro
20.
Panindícuaro
21.
Pátzcuaro
22.
Puruándiro
23.
Queréndaro
24.
Quiroga
25.
Salvador Escalante
26.
Santa Ana Maya
27.
Tarímbaro
28.
Tacámbaro
29.
Turicato
30.
Tzintzuntzan
31.
Tzitzio
32.
Zacapu
33.
Zinapécuaro
34.
Contepec
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
Con este proyecto se beneficiarán alrededor de 1,600 personas con discapacidad en el estado
7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
No siempre es evidente la discapacidad en las personas, por lo que se hace necesario contar con un
medio de identificación que respalde socialmente esa condición y al mismo tiempo sirva para acceder a
diversos beneficios.
Asimismo, es importante recordar que el poder adquisitivo de las personas con discapacidad y sus familias
se ve mermado por los recursos económicos que se destinan para su atención y compra de equipo
especializado y transporte, así como la falta de oportunidades para el trabajo.
Por ello resulta necesario apoyar de manera efectiva a la población que presenta algún tipo de
discapacidad permanente, y una de estas maneras es mediante el otorgamiento de descuentos y precios
preferenciales en productos y servicios a través de una credencial nacional.
No debemos olvidar que la discapacidad es un problema con tendencia creciente, 2 por ciento anualmente
según fuentes del INEGI, debido en gran medida a la reducción progresiva de las tasas de mortalidad y al
incremento de la esperanza de vida. Aunado a lo anterior, factores como la migración, pobreza y etnicidad
y dispersión poblacional, impactan en forma negativa las posibilidades de bienestar y desarrollo de cientos
de pobladores de comunidades vulnerables y marginadas, reduciendo en 10 años las posibilidades de una
vida saludable.
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DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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En las próximas décadas la transición demográfica modificará la estructura por edades de la población, lo
que tendrá repercusiones en las necesidades y aumento en la demanda de los servicios en la población
adulta.
De acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2000 del INEGI, Michoacán tiene un total de 85,165
personas con discapacidad. El tipo de discapacidad que alcanza el primer lugar es el motriz, la cual se
presenta en 44.9% (38,239) de la población, seguida de la discapacidad visual, que también presenta un
mayor porcentaje de incidencias 26.8% (22,824), mientras que el tercer lugar la ocupa la discapacidad
auditiva, la cual es marcada por el 17% (14,478). Es importante mencionar, que el 25.0% (21,291) de la
población y grupo de edad de mayor incidencia de discapacidad son personas de 15 a 64 años de edad,
situación que se deriva de las condiciones que han enfrentado a lo largo de la vida. Por el contrario,
durante los primeros años de edad, de 0 a 4 años son los niños quienes muestran menor vulnerabilidad e
incidencia a sufrir algún trastorno por discapacidad.
En el Estado de Michoacán las personas con discapacidad no cuentan con una credencial que los respalde
socialmente y que les sirva para acceder a diversos beneficios como el transporte y otros, por lo que, con
la credencialización se estará incluyendo a este sector de la población en el acceso a los servicios.
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
La vida útil está proyectada para dar atención en un periodo de 5 años, por lo cual deberá ser revalorada la
situación y el desarrollo del fenómeno de la discapacidad.
Implementando estrategias para ampliar la capacidad instalada y promoviendo la firma de Convenios
Nacionales para el otorgamiento de descuentos a las personas credencializadas y continuar la firma de
convenios en los niveles estatal y municipal nos permitirá incrementar la vida útil del proyecto
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Lista y descripción de las OBRAS
No aplica
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
No aplica
No aplica
No aplica
Costo estimado de las obras
Obra
Monto
No aplica
Total
No aplica
10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
No aplica
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
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11. Lista y descripción de las ACCIONES
Vertiente A.3. Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de Personas con Discapacidad
A.3.15 Equipo de cómputo con respecto cada tipo de discapacidad
A.3.22 Adquisición de impresora, periféricos y consumibles.
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
Adquisición de impresora, Diciembre de 2008
computadora, periféricos y
consumibles.
Instalación de módulo para el
Programa Credencial
Nacional para personas con
Discapacidad
Diciembre de 2008
Costo estimado de las acciones
Acciones
Monto
Impresora Zebra P520i
$70,000.00
Computadora Laptop
$20,000.00
Periféricos (cámara fotográfica, tripie, pad de
huella, pad de firma)
$16,247.00
Consumibles para 3,000 credenciales
$26,000.62
Total
$132,247.62
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
En el Estado de Michoacán, se iniciaron operaciones del programa el 28 de noviembre de 2005
El trámite y la expedición de la credencial no tienen ningún costo para quienes lo solicitan, y con ella las
personas con discapacidad tienen acceso a beneficios, tales como: contar con algunos descuentos en
transporte terrestre y aéreo, descuentos en algunas farmacias, identificación, ingresar en el padrón de
discapacidad
La población a la que va dirigida el Programa son personas con discapacidad permanente de los
siguientes tipos: neuromotora, auditiva, músculo esquelética, visual, lenguaje e Intelectual.
Esta credencial está avalada por el Registro Nacional de Población (RENAPO)
Los requisitos del programa son:
Asistir personalmente al módulo de credencialización.
Solicitar y llenar con datos completos la cédula de registro.
Presentar original y copia de los siguientes documentos:
Certificado médico de discapacidad permanente, expedido por una institución pública del sector salud.
Acta de nacimiento o documento migratorio.
CURP (Clave única de registro de población).
Comprobante de domicilio.
Características de la credencial:
Un mismo diseño, imagen y colores en todo el país.
Impresa en material P.V.C. y con una durabilidad mínima de 5 años.
Impresa a colores por ambas caras.
Con fotografía.
Con huella digital.
Con código de barras.
Con holograma Securité
La población credencializada hasta septiembre de 2008 en el Estado de Michoacán asciende a 2,244.
Actualmente el Estado de Michoacán se encuentra en proceso final de la firma de beneficios, relacionado
con los siguientes aspectos:
Motivo para la adquisición de un módulo para fortalecer el programa Credencial Nacional para personas
con Discapacidad: Impresora Zebra P520i, Computadora Laptop, Periféricos (cámara fotográfica, tripie,
pad de huella, pad de firma, Consumibles para 3,000 credenciales)
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DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
Actualmente se atiende a un promedio de 130 personas mensuales, ya que el proceso de captura de datos
y emisión del plástico tarda aproximadamente 45 minutos por cada persona que solicita el servicio. Por
ello, con el aumento de un módulo de atención se prevé incrementar en un 60% aproximadamente la
atención de personas con discapacidad que buscan la credencial, dando como resultado el poder
credencializar a 1,600 personas) durante el próximo año
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Porcentaje de credenciales otorgadas a personas con Expediente del usuario
discapacidad
Informes mensuales de número de credenciales
Número de credenciales expedidas a personas con expedidas
discapacidad en el periodo
___________________________ x 100
Número de credenciales para personas con discapacidad
programadas en el período
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación.
SNDIF
Supervisión del avance del proyecto
SEDIF
Seguimiento de la ejecución del proyecto de acuerdo a los
compromisos establecidos.
16. Factores críticos de éxito.
No existen
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teodora Vázquez Arroyo
Directora General
Michoacán
Delia Villalobos Arciga
C.P.
Mireya
Hernández
Teléfono y correo electrónico
del
SDIF 443 31-13-35-40 al 42
[email protected]
Directora
de
Asistencia
e 443 3-13-35-40 al 42
Integración Social del SDIF
[email protected]
Michoacán
Campos Enlace Administrativa del SDIF 443 3-13-35-40 al 42
Michoacán
[email protected]
La Directora General del SEDIF, Teodora Vázquez Arroyo.- Rúbrica.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
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CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de San Luis Potosí.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR
SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO
POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER
DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, EN ADELANTE
“DIF ESTATAL”, REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA LIC. GUADALUPE ISADORA AVILA MONTOYA,
DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
I.
II.
III.
IV.
ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para
coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de
Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad
federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el
ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada
entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que
corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos
de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas,
niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún
tipo de discapacidad.
En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en
el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con
Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se
modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de
2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las
personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración
social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades.
Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para
modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la
profesionalización de los recursos humanos.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1 Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y
entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales,
estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de
servicios, y la realización de acciones en la materia.
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DIARIO OFICIAL
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I.2
Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de
desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el
impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el
“DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos.
I.3
Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto
por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la
escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito
Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial
Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente
para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los
artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente
referido.
I.4
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, lo siguiente:
La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar
de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del
Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes
conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y
adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de
oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas
y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud,
educación y trabajo acorde con sus necesidades.
El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se
estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o
sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los
diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno.
El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad
para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con
independencia.
Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas
tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y
de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el
diseño de políticas públicas.
El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana
garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación,
educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades.
De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y
2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y
XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
atención a personas con discapacidad.
I.5
Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio
como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con
discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la
consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de
coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación
del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.6
Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1
Es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, regulado
por la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipio de San Luis Potosí, publicada el 19 de
enero de 2002.
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II.2. Su representante legal está facultada para celebrar el presente instrumento jurídico de conformidad
con el artículo 29, fracción VII y VIII de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de
San Luis Potosí.
II.3
Que la Lic. Guadalupe Isadora Avila Montoya acredita su carácter de Directora General del Sistema
para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de fecha veintiséis de Septiembre del 2003 hasta
un máximo de la presente administración del veinticinco de Septiembre del 2009.
II.4
Para efectos del presente convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en Nicolás Fernando
Torre No. 500, Col. Jardín, C. P. 78270, en la ciudad de San Luis Potosí.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir
el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país.
III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes.
III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de
Coordinación.
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado San
Luis Potosí, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables.
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia
y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de
la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V y VI, IX, X y XI de la Ley General de las
Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;
175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia; 29, fracciones VII y VIII de la Ley de Asistencia Social para el Estado y Municipios de
San Luis Potosí y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a
conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad y su Acuerdo
Modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008;las partes celebran el
presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación,
entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Mantenimiento,
Equipamiento y Ampliación de UBRS” y “Equipamiento, Insumos y Materiales de Ortesis y Prótesis”, descritos
en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado como Anexo 1, así
como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en
el marco de las “REGLAS DE OPERACION”.
APORTACION DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados
apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de $2’893,000.00
(dos millones ochocientos noventa y tres mil pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán a lo largo del año
conforme al anexo 2.
NATURALEZA DE LOS RECURSOS
TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente
convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo
momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no
perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
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Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en
dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación,
contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de
servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la
ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la
cláusula segunda.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados
con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser
reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos
financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”.
El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos
que no se destinen a los fines previstos en el proyecto.
CUENTA BANCARIA
CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta
bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos
federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que
las erogaciones correspondan a los fines del proyecto.
Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del
“DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”.
COMPROMISOS DE LAS PARTES
QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a:
a)
Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de
acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y
demás normatividad aplicable;
b)
Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c)
Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos
participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento;
d)
Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos
con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten
fehacientemente la correcta aplicación de los recursos;
e)
Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta
Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas;
f)
Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este instrumento;
g)
Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los
recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran
devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento;
h)
Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en
vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base
en el presente instrumento jurídico se entregan;
i)
Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles,
así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes;
j)
Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de
aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio;
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k)
Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y
documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función
Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran;
l)
Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e
Integración Social;
m)
Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto;
n)
Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las
solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas
por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición
mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de
intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días
naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el
correo electrónico para tal efecto;
o)
Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la
integración del diagnostico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el
DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y
p)
En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las
demás aplicables conforme a la legislación.
Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del
proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes:
a)
Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la
cláusula cuarta;
b)
Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite;
c)
En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION”.
SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a:
a)
Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez
concluida la vigencia del mismo;
b)
Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos
deberá contener la leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso
indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable
y ante la autoridad competente”.
REPRESENTANTES DE LAS PARTES
OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico
y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al
respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL”
LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA
DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
“DIF ESTATAL”
LIC. JOSE IGNACIO PORTILLO RENDON
DIRECTOR DE INTEGRACION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
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Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar
decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante
titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS
NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente
convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y
origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o
parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a)
No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que
notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de
los recursos otorgados;
b)
Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c)
No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el
“DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o
autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d)
No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la
documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos
del proyecto;
e)
Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
f)
Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones
sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
g)
Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h)
Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i)
En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas.
El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará
al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses
y rendimientos generados.
CONTROL Y VIGILANCIA
DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente
convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función
Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones
jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de
las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente.
TRANSPARENCIA
DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación
y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio,
consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así
como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización
de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
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DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá
el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que
contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos
generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en
el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en
contrario.
En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el
“DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno
derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa.
Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en
el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula
segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas
de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento
de su suscripción.
DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación.
DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o
cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo,
acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de
México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de
su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, el ocho de septiembre de dos mil ocho.- Por el
DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del
Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica.
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION
CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
ENTIDAD FEDERATIVA: San Luis Potosí
NATURALEZA DEL PRESUPUESTO
PRESUPUESTO
PROGRAMADO
Septiembre
MANTENIMIENTO, EQUIPAMIENTO Y AMPLIACION
DE UBRS
$1,372,000.00
$1,372,000.00
EQUIPAMIENTO, INSUMOS Y MATERIALES DE
ORTESIS Y PROTESIS
$1,521,000.00
$1,521,000.00
TOTAL
$2,893,000.00
$2,893,000.00
NOTA:
Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal
Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena
Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael
Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Guadalupe Isadora Avila Montoya.Rúbrica.
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Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
5 de Agosto de 2008
PD-E08-24-001
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
San Luis Potosí, S.L.P. junio 2008
1. Datos Generales
Nombre del Estado
San Luis Potosí
Nombre del Director del Lic. Isadora Guadalupe Avila Montoya
SEDIF
Domicilio
Nicolás Fernando Torre No. 500, Col Jardín
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
2. Nombre del Proyecto Integral
FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACION DE LOS SERVICIOS DE REHABILITACION PARA LA
INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI.
2. Nombre del Proyecto Específico
MANTENIMIENTO, EQUIPAMIENTO Y AMPLIACION DE UNIDADES BASICAS DE REHABILITACION
(UBRS)
3. Objetivo del Proyecto Específico
Reequipar los centros y unidades básicas de rehabilitación con equipo básico necesario para su adecuado
funcionamiento y servicio.
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
San Luis Potosí
Cabeceras municipales
Ahualulco
San Luis Potosí
Alaquines
Ahualulco
Aquismón
Alaquines
Armadillo de los Infantes
Aquismón
Cárdenas
Armadillo de los Infantes
Catorce
Cárdenas
Cedral
Catorce
Cerritos
Cedral
Cerro de San Pedro
Cerritos
Ciudad del Maíz
Cerro de San Pedro
Ciudad Fernández
Ciudad del Maíz
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DIARIO OFICIAL
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Tancanhuitz de Santos
Ciudad Fernández
Ciudad Valles
Tancanhuitz de Santos
Coxcatlán
Ciudad Valles
Charcas
Coxcatlán
Ebano
Charcas
Guadalcázar
Ebano
Huehuetlán
Guadalcázar
Lagunillas
Huehuetlán
Matehuala
Lagunillas
Mexquitic de Carmona
Matehuala
Moctezuma
Mexquitic de Carmona
Rayón
Moctezuma
Rioverde
Rayón
Salinas
Rioverde
San Antonio
Salinas
San Ciro de Acosta
San Antonio
San Luis Potosí
San Ciro de Acosta
San Martín Chalchicuautla
San Luis Potosí
San Nicolás Tolentino
San Martín Chalchicuautla
Santa Catarina
San Nicolás Tolentino
Santa María del Río
Santa Catarina
Santo Domingo
Santa María del Río
San Vicente Tancuayalab
Santo Domingo
Soledad de Graciano Sánchez
San Vicente Tancuayalab
Tamasopo
Soledad de Graciano Sánchez
Tamazunchale
Tamasopo
Tampacán
Tamazunchale
Tampamolón Corona
Tampacán
Tamuín
Tampamolón Corona
Tanlajás
Tamuín
Tanquián de Escobedo
Tanlajás
Tierra Nueva
Tanquián de Escobedo
Vanegas
Tierra Nueva
Venado
Vanegas
Villa de Arriaga
Venado
Villa de Guadalupe
Villa de Arriaga
Villa de la Paz
Villa de Guadalupe
Villa de Ramos
Villa de la Paz
Villa de Reyes
Villa de Ramos
Villa Hidalgo
Villa de Reyes
Villa Juárez
Villa Hidalgo
Axtla de Terrazas
Villa Juárez
Xilitla
Axtla de Terrazas
Zaragoza
Xilitla
Villa de Arista
Zaragoza
Matlpa
Villa de Arista
El naranjo
Matlpa
El naranjo
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DIARIO OFICIAL
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11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
En el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, en el estado de San Luis Potosí se registraron
48,190 personas con discapacidad de las cuales, 20,442 presentaban discapacidad motora, 8,597
discapacidad auditiva, 2,610 de lenguaje, 14,198 visual, 7,248 mental y no especificado 376.
Se espera atender en los centro de rehabilitación (UBR): 11,000 pacientes de las distantes discapacidades
predominantemente la de tipo motor en 45%, así como otorgar 230,000 sesiones de terapia.
12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
Existen en San Luis Potosí, Unidades Básicas de Rehabilitación desde 1997, Actualmente contamos con
52 Unidades Básicas de Rehabilitación que se han inaugurado a lo largo de estos años hasta la fecha. En
estas unidades el equipo con el que se cuenta resulta insuficiente o ya ha dejado de funcionar o no esta
actualizado. El personal con el que cuentan las Unidades Básicas de Rehabilitación del Estado de San
Luis Potosí tiene la particularidad de ser personal capacitado.
12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
Se espera que este proyecto de reequipamiento tenga una vida útil de 5 años aproximadamente, función
deseada que se contempla en la mayoría de los equipos. Prologándose a su vez con un adecuado
mantenimiento.
TERCERA PARTE: Obras y acciones
13. Lista y descripción de las OBRAS
No aplica
Obras
Fecha de inicio
No aplica
Costo estimado de las obras
Obra
Monto
No aplica
Fecha de término
Total
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
No aplica
14. Lista y descripción de las ACCIONES
−
−
−
Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de
la Discapacidad.
Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de
atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF.
Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado.
−
10 CORRIENTES INTERFERENCIALES
−
10 ULTRASONIDOS 1 y 3 MHZ
−
6 ELECTROESTIMULADOR TRANSCUTANEO
−
6 TINAS DE REMOLINO PARA MIEMBRO INFERIOR.
−
2 EQUIPOS DE RAYO LASER
−
CALENTADORES PARA GEL
−
PARAPODIUM INFANTILES
−
MESAS PASTEUR
−
MESAS DE TRATAMIENTO MEDIDA ESPECIAL
−
COMPRESEROS DE 12
−
ASIENTOS ESPECIALES PARA NIÑOS DE CUSTODIA ADAPTABLES A SILLAS
CONVENCIONALES.
32
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
JUEGOS DE EVALUACION DE MANO
JUEGO PARA VESTIDO- DESVESTIDO
−
TABLA DE FOMY CON 30 PIJAS DE COLORES
−
PARAFINEROS
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad.
Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad.
Apoyo a financiar A.3.21.- Otros sujetos a aprobación.
−
50 COLCHONES DE 2 x 2
−
5 TIMON
−
POLEAS
−
BARRAS PARALELAS PARA ADULTO
−
SOPORTE PARCIAL PARA NIÑOS
−
10 ESPEJOS MOVILES
−
BARRAS PARALELAS PARA NIÑOS
−
10 BICICLETAS FIJAS
−
−
-
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
Adquirir el equipo médico especializado Agosto 2008
que se lista en el apartado de abajo
Octubre 2008
Requerimientos de las UBR
Diciembre 2008
Noviembre 2008
Costo estimado de las acciones
ACCIONES
Monto
50 COLCHONES DE 2 x 2
2 998.00
149 917.00
10 CORRIENTES INTERFERENCIALES
12 332.00
123 325.00
10 ULTRASONIDOS 1 y 3 MHZ
10 737.00
107 369.00
6 ELECTROESTIMULADOR TRANSCUTANEO
3 588.00
21 530.00
5 TIMON
4 148.00
20 742.00
3 POLEAS
3 522.00
10 566.00
6 TINAS DE REMOLINO PARA MIEMBRO
INFERIOR.
38 333.00
230 000.00
6 BARRAS PARALELAS PARA ADULTO
7 393.00
44 356.00
1 SOPORTE PARCIAL PARA NIÑOS
34 038.00
34 038.00
2 EQUIPOS DE RAYO LASER
23 401.00
46 802.00
6 CALENTADORES PARA GEL
1 293.00
7 759.00
6 PARAPODIUM INFANTILES
7 393.00
44 356.00
20 MESAS PASTEUR
1 388.00
27 756.00
20 MESAS DE TRATAMIENTO MEDIDA
ESPECIAL
3 404.00
68 076.00
8 COMPRESEROS DE 12
12 232.00
97 860.00
10 ESPEJOS MOVILES
3 404.00
34 038.00
2 BARRAS PARALELAS PARA NIÑOS
6 382.00
12 764.00
8 ASIENTOS ESPECIALES PARA NIÑOS DE
CUSTODIA ADAPTABLES A SILLAS
CONVENCIONALES.
2 659.00
21 274.00
2 JUEGOS DE EVALUACION DE MANO
13 083.00
26 167.00
1 JUEGO PARA VESTIDO- DESVESTIDO
7 978.00
7 978.00
1 TABLA DE FOMY CON 30 PIJAS DE COLORES
3 894.00
3 894.00
4 PARAFINEROS
3 829.00
15 317.00
10 BICICLETAS FIJAS
3 723.00
37 229.00
Total
1,193,113.00 + I.V.A. 178,966.00 = $1,372,079.00
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
33
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
Se han instalado desde 1997, hasta la actualidad 50 UBR, en el mismo número de municipios, las primeras
unidades básicas de rehabilitación cuenta con poco equipo electromédico, o con equipo que ya no
funciona adecuadamente, ocasionando que se otorguen servicios con muchas limitantes, es importante
destacar que con la existencia de las UBR se crea una gran expectativa en la población con discapacidad
de los municipios ya que ven mejorada su calidad de vida y gastan menos recursos, por lo que es
importante garantizar el adecuado funcionamiento de estas Unidades y apoyar a los municipios que se han
esforzado por mejorar la infraestructura de las mismas.
CUARTA PARTE: Metas e indicadores
15. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
Brindar terapia a 11,000 Personas con discapacidad que acuden a los centros de Rehabilitación.
11. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Porcentaje de personas que reciben prevención y Registro diario de consultas y terapias.
atención en discapacidad.
Número de personas que reciben prevención y
atención para la discapacidad durante el periodo
X 100
Número de personas que solicitan prevención y
atención para la discapacidad durante el periodo
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos
16. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación
DIF Nacional
Convenio de colaboración
DIF Estatal
Distribución de los recursos otorgados
DIF Municipal
Convenio de colaboración
18. Factores críticos de éxito.
El no adecuado seguimiento para la continuidad de las actividades de las Unidades Básicas de
Rehabilitación por parte de las administraciones municipales.
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto
21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Lic. Guadalupe
Montoya.
Cargo o puesto
Isadora
Avila Directora del DIF Estatal
Lic. José Ignacio Portillo Rendón
Teléfono y correo electrónico
01 444 151 5000
[email protected]
Director de Integración Social de 01 444 151 5000
Personas con Discapacidad
[email protected]
La Directora del DIF Estatal, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica.
34
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto
Fecha de recepción
FOLIO
6 de Agosto de 2008
PD-E08-24-002
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
San Luis Potosí, S.L.P.
1. Datos Generales
Nombre del Estado
San Luis Potosí
Nombre del Director del Lic. Guadalupe Isadora Avila Montoya
SEDIF
Domicilio
Nicolás Fernando Torre 500, Col. Jardín
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
(444)151-5005
[email protected]
www.difslp.gob.mx
2. Nombre del Proyecto Integral
Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con
discapacidad del Estado de San Luis Potosí.
2. Nombre del Proyecto Específico
EQUIPAMIENTO, INSUMOS Y MATERIALES DE ORTESIS Y PROTESIS
3. Objetivo del Proyecto Específico
Contar con el equipamiento necesario, así como con los insumos y materiales para la elaboración con
calidad de los trabajos de órtesis y prótesis, de los pacientes con discapacidad en situación vulnerable que
acuden al CREE para complementar su proceso de rehabilitación y lograr su integración escolar y/o
laboral, social y deportiva.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida
10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
San Luis Potosí
Cabeceras municipales
Ahualulco
San Luis Potosí
Alaquines
Ahualulco
Aquismón
Alaquines
Armadillo de los Infantes
Aquismón
Cárdenas
Armadillo de los Infantes
Catorce
Cárdenas
Cedral
Catorce
Cerritos
Cedral
Cerro de San Pedro
Cerritos
Ciudad del Maíz
Cerro de San Pedro
Ciudad Fernández
Ciudad del Maíz
Tancanhuitz de Santos
Ciudad Fernández
Ciudad Valles
Tancanhuitz de Santos
Coxcatlán
Ciudad Valles
Charcas
Coxcatlán
Ebano
Charcas
Guadalcázar
Ebano
Huehuetlán
Guadalcázar
Lagunillas
Huehuetlán
Matehuala
Lagunillas
Mexquitic de Carmona
Matehuala
Moctezuma
Mexquitic de Carmona
Rayón
Moctezuma
Rioverde
Rayón
Salinas
Rioverde
San Antonio
Salinas
San Ciro de Acosta
San Antonio
San Luis Potosí
San Ciro de Acosta
San Martín Chalchicuautla
San Luis Potosí
San Nicolás Tolentino
San Martín Chalchicuautla
Santa Catarina
San Nicolás Tolentino
Santa María del Río
Santa Catarina
Santo Domingo
Santa María del Río
San Vicente Tancuayalab
Santo Domingo
Soledad de Graciano Sánchez
San Vicente Tancuayalab
Tamasopo
Soledad de Graciano Sánchez
Tamazunchale
Tamasopo
Tampacán
Tamazunchale
Tampamolón Corona
Tampacán
Tamuín
Tampamolón Corona
Tanlajás
Tamuín
Tanquián de Escobedo
Tanlajás
Tierra Nueva
Tanquián de Escobedo
Vanegas
Tierra Nueva
(Segunda Sección)
35
36
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Venado
Vanegas
Villa de Arriaga
Venado
Villa de Guadalupe
Villa de Arriaga
Villa de la Paz
Villa de Guadalupe
Villa de Ramos
Villa de la Paz
Villa de Reyes
Villa de Ramos
Villa Hidalgo
Villa de Reyes
Villa Juárez
Villa Hidalgo
Axtla de Terrazas
Villa Juárez
Xilitla
Axtla de Terrazas
Zaragoza
Xilitla
Villa de Arista
Zaragoza
Matlpa
Villa de Arista
El naranjo
Matlpa
Viernes 3 de julio de 2009
El naranjo
11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
En el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, en el estado de San Luis Potosí se registraron
48,190 personas con discapacidad de las cuales, 20,442 presentaban discapacidad motora, 8,597
discapacidad auditiva, 2,610 de lenguaje, 14,198 visual, 7,248 mental y no especificado 376.
Se espera atender a 197 pacientes con discapacidad motora principalmente que requieren de una órtesis o
prótesis y que pueden acudir al centro durante el presente año.
12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
Las personas con alguna amputación presentan una disminución severa en su calidad de vida y en su
productividad laboral además de las secuelas emocionales asociadas. Se calcula que sólo el 10% de las
personas con amputación se someten a algún programa de rehabilitación, de los cuales sólo el 30% logra
adaptarse de manera adecuada a la prótesis
Las prótesis son sumamente costosas y pueden llegar a precios de hasta $90,000.00. Por lo anterior, el
costo económico que sufren los afectados así como los Sistemas de Salud a raíz de una amputación, son
considerablemente elevados.
La demanda de elaboración de órtesis y prótesis ha incrementado en el Estado, y se estima que habrá
incremento en la demanda de estos aparatos por que en la actualidad hay una mayor conciencia de la
importancia de la rehabilitación para la población en situación vulnerable que presenta discapacidad
motora, además se espera que se incremente la demanda de atención en este Centro de Rehabilitación
posterior a las obras de ampliación y modernización.
Durante el año 2007 se fabricaron 30 prótesis en el Laboratorio de este Centro, pero el tiempo promedio de
fabricación es de más 6 meses además de que por lo general el paciente debe de acudir en repetidas
ocasiones para que se realicen modificaciones al soquet o arreglos en la alineación ya que la calidad del
trabajo realizado no es el óptimo a pesar de que se cuenta con el material en cantidad necesaria con la
calidad requerida ya que son piezas fabricadas por compañías de renombre a nivel el internacional; todo lo
anterior retrasa el proceso de Rehabilitación de nuestros pacientes.
En el área de órtesis y prótesis de este centro contamos con dos auxiliares técnicos que recibieron la
capacitación en el CREE Iztapalapa para la fabricación de órtesis principalmente, pero no fabrican prótesis
o aparatos de complejidad elevada como los aparatos mixtos; contamos también con un Técnico Ortesista
Prótesista quien fabrica prótesis y órtesis, pero hemos detectado que la falta actualizarse.
Tenemos un gran número de pacientes de muy bajos recursos económicos, factor importante para el mal
manejo de enfermedades crónico-degenerativas que son una de las causas más importantes de
amputación en esta población les impide adquirir la prótesis de manera particular.
12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
Se espera que la vida útil de proyecto sea de 5 años.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
TERCERA PARTE: Obras y acciones
13. Lista y descripción de las OBRAS
No aplica
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
NO APLICA
Costo estimado de las obras
Obra
Monto
NO APLICA
Total
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
14. Lista y descripción de las ACCIONES
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad.
Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad.
Apoyo a financiar A.3.12.- Elaboración de prótesis y órtesis.
La lista para elaborar el órtesis y prótesis se presenta en la parte de abajo
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
30 de noviembre de 2008
Compra de equipo Específico Agosto del 2008
y material para órtesis y
prótesis.
Costo estimado de las acciones
Acciones
Monto
4 440.00
111 000.00
25 kits para prótesis para amputado por
debajo de rodilla. P/amputado abajo de rodilla
endoesquelética: adaptador giratorio de 4
patas p/pirámide adaptador p/tubo con
pirámide, tubo de extensión adaptador en
acero liviano, adaptador p/pie Sach con
tornillo en acero liviano, pie Sach, manga de
neopreno, funda y medias (1 par) cosméticas.
6 940.00
173 500.00
25 kits para prótesis para amputado por arriba
de rodilla. P/amputado arriba de rodilla
endoesquelética: adaptador giratorio de 3
patas rodilla tipo 3r15, adaptador piramidal,
tubo de extensión, adaptador p/pie Sach con
tornillo pie Sach, cinturón de neopreno, funda
y medias (1 par) cosméticas, válvula
de succión.
15 700.00
78 500.00
5 kits para prótesis para desarticulado de
cadera p/desarticulado de cadera: articulación
de cadera en acero liviano, tubo de extensión
adaptador en acero liviano, adaptador para
cadera, rodilla de 4 barras, adaptador
piramidal adaptador para pie Sach con tornillo,
pie Sach, funda y medias (1 par) cosméticas,
cinturón de neopreno para desarticulado de
cadera especial.
8 500.00
85 000.00
10 kits para prótesis para desarticulado de
rodilla p/desarticulado de rodilla: rodilla
protésica modular de 4 ejes, adaptador
piramidal para tubo, tubo de extensión,
adaptador para pie Sach con tornillo, pie
Sach, manga de neopreno medias (1 par) y
funda cosmética
37
38
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
13 143.00
92 000.00
9 643.00
67 500.00
6 500.00
3 500.00
4 500.00
4 500.00
13 000.00
7 000.00
9 000.00
9 000.00
3 300.00
1 900.00
2 500.00
2 750.00
3 748.00
21 500.00
9 900.00
3 800.00
5 000.00
5 500.00
3 748.00
43 000.00
8 000.00
3 900.00
3 000.00
6 000.00
2 200.00
3 500.00
15 500.00
16 000.00
3 900.00
3 000.00
6 000.00
2 200.00
3 500.00
31 000.00
1 APARATO PARA TOMA DE MOLDES POR
ABAJO Y POR ARRIBA DE RODILLA
1 APARATO PARA TOMA DE MOLDES PARA
DESARTICULADO DE CADERA
46 000.00
46 000.00
46 000.00
46 000.00
1 MARCO SOPORTE MODULAR (MODELO
LUCAS)
5 MESAS DE TRABAJO CON COMPARTIMENTOS
DE DURALUMINIO
26 000.00
26 000.00
12 000.00
60 000.00
4 500.00
3 000.00
6 500.00
4 500.00
3 000.00
6 500.00
7 kits para prótesis para amputado por debajo
de codo.
7 kit para prótesis para amputado por arriba
de codo.
Asesoria en fabricación de O Y P
2 MAQUINAS DE SUCCION
2 TALADROS DE COLUMNA
2 TALADROS DE COLUMNA PARA MESA
2 CARROS PARA TOMA DE MOLDES (PARA
ELABORAR FERULAS DE YESO.
3 STRAKER O SIERRA OSCILANTE ELECTRICAS
2 PLANCHAS DE PVA
2 TORNILLOS DE BANCO CON PEDESTAL
2 TORNILLOS DE CADENA CON PEDESTAL
1 ESMERIL CON PEDESTAL
2
DEVANADORAS
O
TRAUMAN
EXTRACTORES DE AIRE
2 MESAS DE RECTIFICACION DE YESO
CON
1 PIE DE ZAPATERO
1 PRENSA DE HUESILLO DE REVOLVER
1 CONTENEDOR DE YESO (DESPACHADOR)
1 NIVEL PELVICO DE BURBUJA
1 BATIDORA PARA YESO
2
SILLAS
PARA
NEUMATICAS
TOMA
DE
MOLDES
1 TUBO DE SUCCION CON PLATO 755X104=180
1 TUBO DE SUCCION CON PLATO 755 x43 =260
1 SOPORTE DE COLUMNA PARA TALADRO DE
MANO.
2 JUEGO DE FRESAS PARA DEVANADORA
1 MAQUINA PARA CORTAR CORREAS
1 PLOMADA LASER
1 COMPRESORA
ASESORIA PARA FABRICACION DE ORTESIS Y
PROTESIS
1 MAQUINA DE COSER PARA ZAPATERO
2 MAQUINA DE COSER INDUSTRIAL
1 BANCO DE ACABADO PARA ZAPATERO
1 PLANCHA PARA PLANTILLAS
2 ARMARIO DE ALMACEN
1 ESTANTE PARA MATERIAL ESPECIAL
1 ELEVADOR PARA SILLA DE RUEDAS
1 ARMARIO DE SEGURIDAD
Total
6 000.00
4 300.00
30 000.00
14 000.00
100 000.00
12 000.00
4 300.00
30 000.00
14 000.00
100 000.00
32 000.00
32 000.00
18 500.00
37 000.00
36 000.00
36 000.00
7 500.00
7 500.00
8 500.00
17 000.00
9 500.00
9 500.00
23 000.00
23 000.00
27 000.00
27 000.00
1 323,518.00 + I.V.A. 198,527.00 = $1 522,045.00
Nota: Para este proyecto el presupuesto autorizado es de $1,521,000.00 en caso de existir diferencia a la alza, el
Estado será quien aporte la cantidad que permita cumplir con las obras y/o acciones establecidas en el presente.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
39
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
En la actualidad contamos con el Laboratorio de órtesis y prótesis en el cuál se fabrican prótesis para
amputados por arriba y por debajo de rodilla, no se fabrican para amputados de extremidad superior ya
que no contamos con el personal capacitado. Desafortunadamente la calidad y la cantidad de órtesis que
fabrica el técnico ortesista protesista del Centro no cubre las expectativas de los pacientes ni de los
médicos que solicitan los aparatos, por lo que el personal de O y P requiere una adecuada asesoría para la
fabricación de estas ayudas.
CUARTA PARTE: Metas e indicadores
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
Dentro de l programa de atención a personas con discapacidad, se ha estimado que durante el año 2008
se fabricarán 20 prótesis, y 170 órtesis.
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Porcentaje de personas con discapacidad a Reporte de eficiencia - SISP 10
Registro de demanda
los que se les entregó una prótesis u órtesis
Número de personas con discapacidad a los
que se les entregó una prótesis u órtesis
Número de personas con discapacidad que
solicitaron una prótesis u órtesis
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos
16. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación
DIF Nacional
Convenio de Colaboración
DIF Municipal
Convenio de Colaboración
18. Factores críticos de éxito
La falta de capacitación del personal del área.
Falta de recurso humano en el área.
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Lic. Guadalupe
Montoya
Cargo o puesto
Isadora
Teléfono y correo electrónico
Avila Directora General del DIF Estatal [email protected]
Lic. José Ignacio Portillo Rendón
Director de área
[email protected]
La Directora General del DIF Estatal, Guadalupe Isadora Avila Montoya.- Rúbrica.
40
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR
SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO
POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER
DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS EN ADELANTE “DIF ESTATAL”,
REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, LA LIC. LYSETTE MARCOS RUIZ, DE CONFORMIDAD CON LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
I.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II.
Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para
coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de
Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad
federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el
ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada
entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que
corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III.
La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos
de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas,
niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún
tipo de discapacidad.
IV.
En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en
el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con
Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se
modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de
2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las
personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración
social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades.
Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para
modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la
profesionalización de los recursos humanos.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.1
Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y
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entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales,
estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de
servicios, y la realización de acciones en la materia.
I.2
Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de
desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el
impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el “DIF
ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos.
I.3
Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto
por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la
escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito
Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial
Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente
para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los
artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente
referido.
I.4
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, lo siguiente:
La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar
de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del
Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes
conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y
adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de
oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas
y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud,
educación y trabajo acorde con sus necesidades.
El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se
estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o
sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los
diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno.
El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad
para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con
independencia.
Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas
tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y
de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el
diseño de políticas públicas.
El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana
garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación,
educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades.
De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y
2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV y
XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
atención a personas con discapacidad.
I.5
Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio
como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con
discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la
consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de
coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación
del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.6
Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
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II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1
Que es un Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado
mediante Decreto Número 280, expedido por la cuadragésima novena legislatura del Estado de
Tamaulipas y publicado en el Periódico Oficial No. 21 de fecha 12 de marzo de 1977 y en donde, en
su Artículo 5, se mencionan las autoridades internas, mismas que son: El Patronato, la Presidenta
del Patronato, la Directora General y los Comités Municipales.
II.2
Que la Lic. Lysette Marcos Ruiz, acredita su personalidad como Directora General del
“DIF TAMAULIPAS” con nombramiento de fecha 01 de enero del 2005, expedido a su favor por el
C. Ing. Eugenio Hernández Flores, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas.
II.3
Que de acuerdo a lo que establece el decreto referido en la cláusula Primera, en su artículo Décimo
fracción VIII, así como en el numeral 32 fracción VII de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social
para el Estado de Tamaulipas, y artículo 12 fracción VIII y IX del decreto número 535 de fecha
octubre 15 de 1983, publicado en el Periódico Oficial 83, a través del cual se actualiza la
organización y funcionamiento del Sistema DIF Estatal, donde se establece que los integrantes del
patronato no percibirán retribución alguna; y que es la Directora General la facultada para firmar
convenios, contratos y actos jurídicos del Sistema.
II.4
Que para efectos fiscales y legales, declara que su domicilio lo establece en Calzada General Luis
Caballero 297, Ursulo Galván y Río San Juan, Colonia Tamatán, C.P. 87060, en Ciudad Victoria,
Tamaulipas.
II.5
Que su Representante Legal cuenta con la capacidad jurídica suficiente para el cumplimiento de las
obligaciones contraídas en el presente convenio.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir
el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país.
III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes.
III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de
Coordinación.
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado de
Tamaulipas, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables.
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia y
servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de
la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X y XI de la Ley General de las
Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;
175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia; 32 fracción VII de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social para el
Estado de Tamaulipas; y el Acuerdo por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da
a conocer las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con Discapacidad del 30 de
diciembre de 2007 y su Acuerdo Modificatorio publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto
de 2008, las partes celebran el presente Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse
a las siguientes:
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CLAUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación,
entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Donación de
Prótesis para Pacientes Amputados” y “Equipamiento para Rehabilitación Cardiaca de CREE de Ciudad
Victoria”, descritos en el documento que es agregado como parte integral del presente convenio e identificado
como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos económicos que se destinarán para la
ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACION”.
APORTACION DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados
apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de----------------- $2, 878, 000.00
(dos millones ochocientos setenta y ocho mil pesos 00/100 M.N.), que se distribuirán a lo largo del año
conforme al anexo 2.
NATURALEZA DE LOS RECURSOS
TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente
convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo
momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no
perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en
dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación,
contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de
servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la
ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la
cláusula segunda.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados
con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser
reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos
financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”.
El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos
que no se destinen a los fines previstos en el proyecto.
CUENTA BANCARIA
CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta
bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos
federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que
las erogaciones correspondan a los fines del proyecto.
Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del
“DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”.
COMPROMISOS DE LAS PARTES
QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a:
a)
Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de
acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y
demás normatividad aplicable;
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b)
Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c)
Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos
participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento;
d)
Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos
con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten
fehacientemente la correcta aplicación de los recursos;
e)
Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta
Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas;
f)
Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este instrumento;
g)
Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los
recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran
devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento;
h)
Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en
vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base
en el presente instrumento jurídico se entregan;
i)
Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles,
así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes;
j)
Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de
aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio;
k)
Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y
documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función
Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran;
l)
Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e
Integración Social;
m)
Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto;
n)
Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las
solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas
por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición
mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de
intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días
naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el
correo electrónico para tal efecto;
o)
Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la
integración del diagnóstico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el
DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y
p)
En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las
demás aplicables conforme a la legislación.
Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del
proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
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contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes:
a)
Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la
cláusula cuarta;
b)
Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite;
c)
En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION”.
SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a:
a)
Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez
concluida la vigencia del mismo;
b)
Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos y electrónicos
deberá contener la leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso
indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable
y ante la autoridad competente”.
REPRESENTANTES DE LAS PARTES
OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico
y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al
respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL”
LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA
DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
“DIF ESTATAL”
DR. VICENTE JOEL HERNANDEZ NAVARRO
COORDINADOR GENERAL DEL CREE.
Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar
decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante
titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS
NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente
convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y
origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o
parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a)
No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que
notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de
los recursos otorgados;
b)
Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c)
No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el
“DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o
autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
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d)
No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la
documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del
proyecto;
e)
Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
f)
Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones
sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
g)
Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h)
Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i)
En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas.
El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará
al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses
y rendimientos generados.
CONTROL Y VIGILANCIA
DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente
convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función
Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones
jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de
las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente.
TRANSPARENCIA
DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación
y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio,
consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así
como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización
de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá
el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que
contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos
generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en
el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo
en contrario.
En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el
“DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno
derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa.
Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en
el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula
segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
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DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas
de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento
de su suscripción.
DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación.
DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o
cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo,
acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de
México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de
su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a ocho de septiembre de dos mil ocho.- Por el
DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del
Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica.
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION
CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
ENTIDAD FEDERATIVA: Tamaulipas
PRESUPUESTO
NATURALEZA DEL PRESUPUESTO
DONACION DE PROTESIS PARA PACIENTES
AMPUTADOS
EQUIPAMIENTO PARA REHABILITACION CARDIACA DEL
CREE DE CIUDAD VICTORIA
TOTAL
PROGRAMADO
Septiembre
$1,500,000.00
$1,500,000.00
$1,378,000.00
$1,378,000.00
$2,878,000.00
$2,878,000.00
NOTA:
Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal
Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena
Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael
Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica.
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Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
8 de Agosto de 2008
PD-E08-28-001
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
Ciudad Victoria, Tamaulipas. 2008
1. Datos Generales
Nombre del Estado
Tamaulipas
Nombre del Director del
SEDIF
Lic. Lysette Marcos Ruíz
Domicilio
Calzada General Luis Caballero No. 297
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
834-318-14-19
[email protected]
www.diftamaulipas.gob.mx
2. Nombre del Proyecto Integral
Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Estatal de Atención a las Personas con Discapacidad de
Tamaulipas.
2. Nombre del Proyecto Específico
Donación de prótesis para pacientes amputados.
3. Objetivo del Proyecto Específico
Atender a personas con discapacidad amputados de miembros pélvicos y toráxicos.
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SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
10. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
San
Abasolo
González
Méndez
Aldama
Guémez
Mier
San Nicolás
Altamira
Guerrero
Miguel
Soto la
Alemán
Marina
Antiguo
Gustavo
Morelos
Díaz Ordaz
Miquihuana
Tampico
Burgos
Hidalgo
Bustamante
Jaumave
Camargo
Casas
Cruillas
Nuevo
Laredo
Fernando
Tula
Nuevo
Valle
Morelos
Hermoso
Jiménez
Ocampo
Victoria
Llera
Padilla
Villagrán
Mainero
Palmillas
Xicoténcatl
El Mante
Río Bravo
Gómez Farías Matamoros
Se consideran las localidades de los municipios
listados en la columna de la izquierda
San Carlos
11. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
En el Estado de Tamaulipas existen 52,484 personas con discapacidad de las cuales 25,167 tienen
discapacidad motora lo que equivale al 47.95%. Actualmente el único taller de Ortesis y Prótesis del Sector
Público localizado en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial de Ciudad Victoria se encuentra en
remodelación y reequipamiento por lo que no se está ofreciendo este servicio.
Se espera con la ejecución del proyecto poder atender a 151 personas con discapacidad motora.
12. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
La Organización Mundial de la Salud reporta que cada 30 segundos se ulcera un pie en el mundo y
termina en amputación. En el Estado de Tamaulipas se registra una alta incidencia de población hipertensa
y diabética que a la postre origina personas con discapacidad motora.
La problemática del Estado de Tamaulipas en cuanto a la atención de pacientes con amputaciones se
centra en la falta de personal y en la adquisición de insumos para la elaboración de prótesis para poder
otorgar el apoyo adecuado, adicionalmente, se cuenta solo con 1 Taller de Ortesis y Prótesis, que se
encuentra en remodelación y reequipamiento.
Cuando se encontraba en funcionamiento se realizaban 18 prótesis anuales aproximadamente ya que sólo
se contaba con un recurso humano, por lo que el SEDIF contrató otro recurso humano y con la adquisición
de insumos de este proyecto se espera elaborar 151 prótesis.
Cabe señalar que la población objetivo de este proyecto no tiene los recursos económicos para adquirir
una prótesis.
12. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
Se considera que la vida útil del proyecto sea de 5 años.
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DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
13. Lista y descripción de las OBRAS
No Aplica.
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Costo estimado de las obras
Obra
Monto
No Aplica.
No Aplica.
Total
No Aplica.
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
No Aplica.
14. Lista y descripción de las ACCIONES
Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la
Discapacidad.
Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de atención y
rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF.
Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado.
Abajo se lista el equipo médico especializado que se va a adquirir.
Acciones
Fecha de inicio
Adquisición y distribución de 4 de agosto del 2008
equipo médico especializado.
Fecha de término
15 de diciembre del 2008
Costo estimado de las acciones
Obra
Monto
Adquisición de insumos para prótesis:
Kit para amputación de desarticulado de cadera
(cantidad: 1)
Kit para amputación transfemoral (cantidad: 85)
Kit para amputación transtibial (cantidad: 49)
$16,400.00
$1´088,000.00
$279,300.00
Kit para amputación parcial de pie (cantidad: 5)
$13,500.00
Kit para amputación transhumeral (cantidad: 3)
$49,200.00
Kit para amputación transradial (cantidad: 8)
$53,600.00
*Se anexa desglose de insumos.
Total
$1,500,000.00
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
Actualmente el único taller de Ortésis y Prótesis del Sector Público localizado en el Centro de
Rehabilitación y Educación Especial de Ciudad Victoria se encuentra en remodelación y reequipamiento
por lo que no se está ofreciendo este servicio.
Se llevó a cabo la detección y valoración de pacientes amputados de escasos recursos que requieren una
prótesis para miembros superiores o interiores.
Se cuenta con el padrón de beneficiarios y los requerimientos de insumos para la elaboración de las
mismas.
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(Segunda Sección)
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CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
15. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
140 prótesis miembros inferiores
11 prótesis miembros superiores
11. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Porcentaje de personas que se les otorgó una Recibo
prótesis
Prótesis entregadas x 100
Prótesis programadas
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
16. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación.
SNDIF
Aportación de recursos
SEDIF
Infraestructura y Recurso Humano
DIF Municipales
Canalización de pacientes
18. Factores críticos de éxito.
Disponibilidad presupuestal
Voluntad política
Seguimiento y control de las obras y acciones
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
21. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teléfono y correo electrónico
Lic. Lysette A. Marcos Ruíz
Directora General
01-834-318-14-19
[email protected]
Dr. Vicente
Navarro
Joel
Hernández Director del CREE
Victoria, Tamaulipas
Ciudad 01-834-316-10-25
[email protected]
Dra. Dora Delia Cedillo Báez
Jefe
Departamento
Valoración y Tratamiento.
de 01-834-316-10-25
[email protected]
Dra. Marcela Reyes Juárez
Médico Físico Rehabilitador
01-834-316-10-25
[email protected]
Dra. Ana Lilia De León De la Médico Físico Rehabilitador
Fuente
01-834-316-10-25
[email protected]
TO y P Santiago Ledezma Pineda Técnico Ortopedista / Protésico
01-834-316-10-25
[email protected]
La Directora General del SEDIF Tamaulipas, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica.
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Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
8 de Agosto de 2008
PD-E08-28-002
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
Cd. Victoria, Tamaulipas, 2008
1. Datos Generales
Nombre del Estado
Tamaulipas
Nombre del Director del Lic. Lysette Marcos Ruiz
SEDIF
Domicilio
Calzada Gral. Luis Caballero 297, Ciudad Victoria, Tamaulipas
Teléfono
Correo electrónico
Página Web
01-834-318-14-19
[email protected]
www.diftamaulipas.gob.mx
2. Nombre del Proyecto Integral
Proyecto de Fortalecimiento del Sistema Estatal de Atención a las Personas con Discapacidad de
Tamaulipas.
3. Nombre del Proyecto Específico
Equipamiento para Rehabilitación Cardiaca del CREE de Ciudad Victoria.
4. Objetivo del Proyecto Específico
Brindar rehabilitación para mejorar la capacidad funcional y reducir síntomas en personas con
padecimientos cardiovasculares para prevenir la discapacidad.
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
Victoria
Ciudad Victoria
6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
Personas con insuficiencia cardiaca congestiva, angina de pecho, infarto agudo de miocardio, post cirugía
a corazón abierto, post transplante de corazón, angioplastia de globo, marcapasos, enfermedad cardiaca
congénita, enfermedad reumática, hipertensión.
Se espera con la ejecución del proyecto que se atienda a 200 personas por mes.
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7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
En México 115 muertes se deben a enfermedades del corazón asociadas a inactividad física, tabaquismo,
sobrepeso, hipertensión y diabetes mellitus siendo Tamaulipas quien ocupa el 2o. lugar en este último
padecimiento.
En el Estado de Tamaulipas no se ofrece este servicio a este segmento de la población para prevenir la
discapacidad originada por padecimientos cardiovasculares.
Por lo anterior, es fundamental crear un área para atender dicha problemática de salud pública.
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
Se considera que la vida útil del proyecto sea de 5 años.
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Lista y descripción de las OBRAS
No Aplica.
Obras
Fecha de inicio
Fecha de término
No Aplica.
No Aplica.
No Aplica.
Costo estimado de las obras
Obra
Monto
No Aplica.
No Aplica.
Total
No Aplica
10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
No Aplica.
11. Lista y descripción de las ACCIONES
-
Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de la
Discapacidad.
-
Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de
atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF.
-
Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado.
-
1 electrocardiógrafo
-
6 caminadoras con monitores y sistema de telemetría.
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
04 de septiembre del 2008
15 de diciembre del 2008
Costo estimado de las acciones
Obra
Monto
Electrocardiógrafo (Cantidad: 1)
Caminadora monitores
telemetría (Cantidad: 6)
Total
con
$75,000.00
sistema
de $1´303,000.00
$1´378,000.00
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12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
En el estado de Tamaulipas, actualmente no cuenta con el servicio para prevenir la discapacidad originada
por padecimientos cardiovasculares.
CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
200 pacientes por mes.
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Porcentaje de personas que reciben prevención y Reporte mensuales de atención
atención para la discapacidad.
La formula del es:
Número de personas que reciben prevención y
atención para la discapacidad durante el periodo
X 100
Número de personas que solicitan prevención y
atención para la discapacidad durante el periodo.
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación
SNDIF
Adquisición del equipo
SEDIF
Difusión del Programa
Secretaría de Salud de Tamaulipas
Canalización de pacientes.
16. Factores críticos de éxito
Disponibilidad presupuestal
Voluntad política
Seguimiento y control de las obras y acciones
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teléfono y correo electrónico
Lic. Lysette Marcos Ruiz
Directora General
01-834-318-14-19
[email protected]
Dra. Ana Lilia De León De la Fuente
Médico Físico Rehabilitador
01-834-316-10-25
[email protected]
Dr. Raymundo Hermenegildo Ramos Responsable del Proyecto 01-834-316-10-25
Rehabilitación Cardiaca
[email protected]
La Directora General de SEDIF Tamaulipas, Lysette Marcos Ruíz.- Rúbrica.
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CONVENIO de Coordinación que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.
CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL SISTEMA NACIONAL PARA EL
DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA, EN LO SUCESIVO DENOMINADO “DIF NACIONAL” REPRESENTADO POR
SU TITULAR, LA LIC. MARIA CECILIA LANDERRECHE GOMEZ MORIN, QUIEN SE HACE ASISTIR EN ESTE ACTO
POR LOS CC. C.P. ALBERTO DEL RIO LEAL Y EL DR. SERGIO MEDINA GONZALEZ, EN SU RESPECTIVO CARACTER
DE OFICIAL MAYOR Y JEFE DE LA UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL Y POR LA OTRA, EL SISTEMA
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE VERACRUZ EN ADELANTE “DIF ESTATAL”,
REPRESENTADO POR SU DIRECTORA GENERAL, LA PROFA. ZITA BEATRIZ PAZZI MAZA, DE CONFORMIDAD CON
LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4o., párrafo cuarto,
establece que toda persona tiene derecho a un medio adecuado para su desarrollo y bienestar,
aspiración que el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos.
La misma Constitución determina en su artículo 25 que el Estado debe garantizar que el desarrollo
nacional sea integral y sustentable, y en su artículo 26, establece la competencia del Estado para
organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez,
dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la
democratización política, social y cultural de la nación.
II.
Por su parte, la Ley de Planeación en sus artículos 33, 34, y 35 faculta al Ejecutivo Federal para
coordinar sus actividades de planeación con las entidades federativas mediante la suscripción de
Convenios de Coordinación, para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se
planeen de manera conjunta; asimismo, se señala que en éstos, se podrá convenir entre otros
rubros, la participación de las entidades en los procedimientos de coordinación entre las autoridades
federales, estatales y municipales para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada entidad
federativa, los lineamientos metodológicos para la realización de las actividades de planeación, en el
ámbito de su jurisdicción, así como la ejecución de las acciones que deban realizarse en cada
entidad federativa, y que competen a ambos órdenes de gobierno, considerando la participación que
corresponda a los municipios interesados y a los sectores de la sociedad.
III. La Ley de Asistencia Social, en su artículo 3o., señala que se entiende por asistencia social el
conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que
impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas
en estado de necesidad, indefensión desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una
vida plena y productiva.
Por su parte, el artículo 4o. fracción I inciso b, V y VI de esta ley, define entre otros, que son sujetos
de la asistencia social, personas con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales; las niñas,
niños y adolescentes con deficiencias en su desarrollo físico o mental; adultos mayores con algún
tipo de discapacidad.
IV. En congruencia con lo anterior, con fecha 30 de diciembre de 2007, el “DIF NACIONAL”, publicó en
el Diario Oficial de la Federación, las Reglas de Operación del Programa de Atención a Personas con
Discapacidad, en lo sucesivo referidas como las “REGLAS DE OPERACION”, mismas que se
modificaron mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de
2008 y que tiene como objetivo general, el de prestar servicios de atención y rehabilitación a las
personas con discapacidad o en curso de procesos discapacitantes; apoyarles en su integración
social con la finalidad de contribuir a su pleno desarrollo, a la generación de oportunidades.
Promover e instrumentar acciones de información y orientación a la población en general para
modificar los factores de riesgo, así como de detección temprana, prevención, llevar a cabo la
profesionalización de los recursos humanos.
DECLARACIONES
I. “DIF NACIONAL” declara que:
I.
I.1
Es un Organismo Público Descentralizado, con patrimonio propio y personalidad jurídica, normado
por la Ley General de Salud y la Ley de Asistencia Social, publicadas en el Diario Oficial de la
Federación los días 7 de febrero de 1984 y 2 de septiembre de 2004 respectivamente, teniendo
como objetivos, la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, así
como la realización de las demás acciones que establezcan las disposiciones legales aplicables y
entre sus atribuciones y funciones, actúa en coordinación con dependencias y entidades federales,
estatales y municipales en el diseño de las políticas públicas, operación de programas, prestación de
servicios, y la realización de acciones en la materia.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
I.2
Para el logro de sus objetivos, entre otras acciones reconoce la importancia de optimizar esfuerzos y
sumarse a iniciativas de la sociedad civil y del sector público, en congruencia con las estrategias de
desarrollo social y humano contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, para ampliar el
impacto de sus programas en la comunidad, por lo cual es su intención colaborar con el
“DIF ESTATAL”, para la ejecución de proyectos específicos.
I.3
Su Titular se encuentra facultada para celebrar el presente convenio de conformidad con lo previsto
por los artículos 37 inciso h) de la Ley de Asistencia Social; 22 fracciones I y II de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales y 11 fracciones X, XII y XV, de su Estatuto Orgánico, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 2006 y de acuerdo con el testimonio de la
escritura pública número 90,026, pasada ante la fe del notario público número 127 del Distrito
Federal, licenciado Jorge Sánchez Pruneda, de fecha 16 de enero de 2007; asimismo los CC. Oficial
Mayor y Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, cuentan con facultades igualmente
para asistir a la C. Titular en la firma del presente instrumento jurídico, de conformidad con los
artículos 15, fracción XVII, 17, fracción IV y 19 fracción XXVI del Estatuto Orgánico anteriormente
referido.
I.4
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 (PND), establece en su eje rector No. 3 IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES, lo siguiente:
La finalidad de la política social de esta Administración es lograr el desarrollo humano y el bienestar
de los mexicanos a través de la igualdad de oportunidades.
El PND, establece en la línea de acción No. 3.6 GRUPOS VULNERABLES, que: Es obligación del
Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes
conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y
adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de
oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas
y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud,
educación y trabajo acorde con sus necesidades.
El PND, establece en la estrategia No. 17.2: De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se
estima que cuando menos el 10% de los mexicanos vive con alguna discapacidad física, mental o
sensorial. Por esta razón se promoverá la incorporación de las personas con discapacidad a los
diferentes programas sociales que llevan a cabo los tres órdenes de gobierno.
El PND, señala en la estrategia No. 17.6 Otorgar apoyo integral a las personas con discapacidad
para su integración a las actividades productivas y culturales, con plenos derechos y con
independencia.
Se implementarán acciones diferenciadas según tipos de discapacidad, que permitan a las personas
tener un mayor acceso a los servicios educativos y de salud, así como oportunidades de recreación y
de inserción en el mercado laboral. Es fundamental incluir a las personas con discapacidad en el
diseño de políticas públicas.
El PND, establece en el objetivo 20: Promover el desarrollo sano e integral de la niñez mexicana
garantizando el pleno respeto a sus derechos, la atención a sus necesidades de salud, alimentación,
educación y vivienda, y promoviendo el desarrollo pleno de sus capacidades.
De acuerdo con los artículos 12 fracciones I incisos a, e; XII y XIV de la Ley de Asistencia Social y
2o. fracciones III, V, X, XI, XVII, XVIII y XXII; 17 fracciones I, II, IV, VIII, XI y 30 fracciones I, III, IV
y XVI de su Estatuto Orgánico, para el logro de sus objetivos lleva a cabo acciones en materia de
atención a personas con discapacidad.
I.5
Que en los términos de los artículos 33 y 34 de la Ley de Planeación, celebra el presente convenio
como instrumento de coordinación en materia de atención al programa de atención a personas con
discapacidad con el “DIF ESTATAL” para que coadyuve, en el ámbito de su competencia, a la
consecución de los objetivos de la planeación nacional, establecer los procedimientos de
coordinación en materia de atención a personas con discapacidad y con ello propiciar la planeación
del desarrollo integral de esa Entidad Federativa.
I.6
Señala como domicilio legal para todos los efectos de este Convenio, el ubicado en Avenida Emiliano
Zapata número 340, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03310,
México, Distrito Federal.
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II. “DIF ESTATAL” declara que:
II.1
Es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, regulado
por la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social de fecha 28 de enero de 1987.
II.2
Dentro de sus objetivos se encuentra la prestación de servicios de asistencia jurídica a personas de
escasos recursos económicos y orientación social a menores, indígenas, ancianos y personas con
discapacidad, el apoyo al desarrollo de la familia y la comunidad, así como el impulso al sano
crecimiento físico, mental y social de la niñez.
II.3
Su representante legal está facultado para celebrar el presente convenio de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 28 fracciones VII y VIII de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia
Social, misma que bajo protesta de decir verdad, no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna.
II.4
Señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida Miguel Alemán 109, Colonia Federal Código
Postal 91140, Xalapa, Veracruz.
III. “LAS PARTES” declaran conjuntamente que:
III.1 Ante la necesidad de emprender acciones coordinadas tendientes al mejoramiento de las
condiciones de vida de la población sujeta de asistencia social, es su interés y su voluntad suscribir
el presente instrumento jurídico, en beneficio de la población con discapacidad del país.
III.2 Que reconocen las ventajas que su participación conjunta en el desarrollo y cumplimiento del objetivo
señalado en el presente Convenio, puede derivar para el país y para ambas partes.
III.3 Que reconocen mutuamente su capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio de
Coordinación.
III.4 Es su deseo suscribir el presente instrumento jurídico, concurriendo en el territorio del Estado
Veracruz, asegurando la adecuada coordinación de acciones en materia de asistencia social, en el
marco del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, para la realización de acciones en
beneficio de “las personas con discapacidad”, de acuerdo con sus respectivas disposiciones jurídicas
aplicables.
III.5 Cuenta cada una de ellas con los recursos necesarios para proporcionar la colaboración, asistencia
y servicios inherentes al objeto de materia del presente convenio.
Que con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 4, 25 y 26 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 19 y 21 de la Ley General de Salud; 33, 34 y 35 de
la Ley de Planeación; 1o., 25 fracción VI, 75 fracción II segundo párrafo, 77 y demás relativos de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3o., 4o., 19, 21, 44, 45 y demás relativos de la Ley de
Asistencia Social, artículo 6o. fracción II, 7o. fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX, X y XI de la Ley General de las
Personas con Discapacidad, artículo 22 fracciones I y II de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales;
175, 178 y demás relativos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;
11 fracciones X, XII y XV y 15, fracción XVII y 17, fracción IV, del Estatuto Orgánico del Sistema Nacional para
el Desarrollo Integral de la Familia; Artículo 4 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; y el Acuerdo
por el que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia da a conocer las Reglas de Operación
del Programa de Atención a Personas con Discapacidad, mismas que se modificaron mediante acuerdo
publicado en el Diario Oficial de la Federación del 6 de agosto de 2008,las partes celebran el presente
Convenio de Coordinación y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
CLAUSULAS
OBJETO
PRIMERA.- El objeto del presente convenio, es establecer las bases y procedimientos de coordinación,
entre “LAS PARTES” para el apoyo y ejecución de los proyectos específicos denominados “Modernización y
Equipamiento de las Areas de Centro de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF)” y “Reequipamiento,
Materiales e Insumos de Ortesis y Prótesis”, descritos en el documento que es agregado como parte integral
del presente convenio e identificado como Anexo 1, así como la asignación y ejercicio de los recursos
económicos que se destinarán para la ejecución del mismo, en el marco de las “REGLAS DE OPERACION”.
APORTACION DE RECURSOS
SEGUNDA.- Con base en la suficiencia presupuestal contenida en el Decreto de Presupuesto de Egresos
de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008, las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION” y el Anexo 1, el “DIF NACIONAL” aportará recursos por concepto de subsidios considerados
apoyos transitorios que prevén las “REGLAS DE OPERACION” por un monto de $4’763,868.00
(cuatro millones setecientos sesenta y tres mil ochocientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), que se
distribuirán a lo largo del año conforme al anexo 2.
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(Segunda Sección)
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NATURALEZA DE LOS RECURSOS
TERCERA.- Los recursos que aporta el “DIF NACIONAL” para el cumplimiento del objeto del presente
convenio y que se realizan de conformidad con las “REGLAS DE OPERACION”, serán considerados en todo
momento como subsidios federales en los términos de las disposiciones aplicables; en consecuencia, no
perderán su carácter federal al ser canalizados al “DIF ESTATAL” y estarán sujetos, en todo momento, a las
disposiciones federales que regulan su control y ejercicio.
Igualmente, de conformidad con lo previsto por el artículo 1o. fracción VI de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el similar de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, el “DIF ESTATAL” se obliga a observar todas las disposiciones contenidas en
dichos ordenamientos, tratándose de acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación,
contratación, gasto y control de las adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y la prestación de
servicios de cualquier naturaleza u obras públicas y servicios relacionados con las mismas que para la
ejecución del proyecto se requieran realizar, con cargo parcial o total a los recursos federales señalados en la
cláusula segunda.
Asimismo, “LAS PARTES” aceptan que la aportación de los recursos económicos que se destinen para el
desarrollo de las acciones materia de este convenio, estará a cargo de “DIF NACIONAL” y la administración,
aplicación, información, así como la comprobación de la aplicación, será exclusivamente a cargo de
“DIF ESTATAL”, de conformidad con la normatividad aplicable.
Los recursos que no sean devengados a más tardar el 31 de diciembre y aplicados así como acreditados
con la documentación correspondiente, en los términos que señalen las disposiciones aplicables, deberán ser
reintegrados a la Tesorería de la Federación a través del “DIF NACIONAL”, incluyendo rendimientos
financieros e intereses por el “DIF ESTATAL”.
El mismo procedimiento de reintegro a la Tesorería de la Federación, se aplicará para aquellos apoyos
que no se destinen a los fines previstos en el proyecto.
CUENTA BANCARIA
CUARTA.- Los recursos que proporcione “DIF NACIONAL”, se ejercerán por medio de una cuenta
bancaria productiva, la cual el “DIF ESTATAL”, se obliga a aperturar para la administración de los recursos
federales materia del presente instrumento jurídico y que distinga contablemente su origen e identifique que
las erogaciones correspondan a los fines del proyecto.
Los depósitos de los recursos federales, estarán sujetos a la presentación previa por parte del
“DIF ESTATAL” del recibo fiscal que en derecho corresponda a satisfacción de “DIF NACIONAL”.
COMPROMISOS DE LAS PARTES
QUINTA.- El “DIF ESTATAL” se compromete a:
a)
Recibir y canalizar los recursos señalados en la Cláusula Segunda, así como supervisar que la
ejecución y desarrollo de las actividades objeto del presente Convenio y su Anexo 1, se realicen de
acuerdo a lo señalado en los mismos, a las disposiciones de las “REGLAS DE OPERACION” y
demás normatividad aplicable;
b)
Aplicar en su totalidad, los recursos señalados en la cláusula segunda de este convenio,
garantizando la liberación expedita de los mismos, los cuales deberán destinarse, incluyendo los
rendimientos financieros que por cualquier concepto generen, exclusivamente a los fines del proyecto
materia del presente instrumento jurídico así como llevar a cabo todas las acciones tendientes a la
verificación y comprobación de la correcta aplicación de los recursos presupuestales;
c)
Celebrar convenios con los gobiernos de los municipios de la entidad federativa, para que éstos
participen en la ejecución de las materias y actividades de este instrumento;
d)
Informar cuando menos en forma trimestral al “DIF NACIONAL” a través de la Unidad de Asistencia e
Integración Social, el estado que guarda la ejecución del proyecto para el cual se aprobaron apoyos
con las metas y objetivos alcanzados a la fecha, anexando los documentos que acrediten
fehacientemente la correcta aplicación de los recursos;
e)
Presentar al “DIF NACIONAL”, la información necesaria para la integración del Informe de Cuenta
Pública de los apoyos a que se refiere las presentes Reglas;
f)
Entregar al “DIF NACIONAL”, el informe final sobre los resultados y alcances obtenidos en la
ejecución de las acciones materia de este instrumento;
g)
Reintegrar a la Tesorería de la Federación a través de “DIF NACIONAL”, según sea el caso, los
recursos federales presupuestales, y en su caso, los productos financieros que no se hubieran
devengado y/o aplicado en el cumplimiento del objeto del presente instrumento;
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h)
Conservar debidamente resguardada, durante el periodo que establece la normatividad aplicable en
vigor, la documentación original comprobatoria del ejercicio del gasto de los recursos que con base
en el presente instrumento jurídico se entregan;
i)
Publicar los avances físicos-financieros en las páginas del sistema de Internet que tenga disponibles,
así como en los medios y con la frecuencia que al efecto determinen ambas partes;
j)
Vigilar y supervisar el cumplimiento de los compromisos, tiempos, objeto, metas, porcentajes de
aportación y demás contenido del proyecto materia del presente convenio;
k)
Aceptar y facilitar la realización de visitas de supervisión e inspección, y brindar la información y
documentación desagregada por género que solicite el “DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función
Pública y/o las instancias fiscalizadoras, para los efectos que dichas instancias requieran;
l)
Justificar el ejercicio de los subsidios otorgados por el “DIF NACIONAL” a la Unidad de Asistencia e
Integración Social;
m)
Señalar expresamente y en forma idéntica la participación y apoyo del Gobierno Federal, a través del
“DIF NACIONAL”, tanto en las acciones de difusión, divulgación y promoción del proyecto;
n)
Otorgar la atención que corresponda, conforme a la disponibilidad de sus recursos propios, a las
solicitudes de ayudas funcionales y de atención de personas con discapacidad que le sean enviadas
por la Unidad de Asistencia e Integración Social, sin que para el efecto tenga que mediar petición
mediante oficio en papel. Para este efecto, se conviene que el e-mail será el medio oficial de
intercambio, y el SEDIF se obliga a informar de la atención correspondiente en un máximo de 30 días
naturales la fecha en que reciba la petición. Para lo cual, dará a conocer al “DIF NACIONAL” el
correo electrónico para tal efecto;
o)
Designar a un enlace con el “DIF NACIONAL” para proporcionar información que contribuya a la
integración del diagnóstico nacional de discapacidad, en los términos y metodologías que el
DIF NACIONAL establezca y comunique por escrito, y
p)
En general, cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento; el Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2008, las “REGLAS DE OPERACION” y las
demás aplicables conforme a la legislación.
Las partes acuerdan que para efectos del inciso d) de esta cláusula, los informes de avance o final del
proyecto, serán enviados, recibidos o archivados a través de medios electrónicos o por cualquier otra
tecnología que permita identificar al firmante. En consecuencia, el “DIF ESTATAL” acepta que la información
contenida, producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, reconociendo la plena validez,
eficacia y efectos legales, sin perjuicio de que la veracidad de los mismos, pueda ser verificada por las
unidades administrativas del “DIF NACIONAL” o cualquier otra autoridad, conforme a lo previsto en las
disposiciones aplicables.
SEXTA.- El “DIF NACIONAL” se compromete a realizar las acciones siguientes:
a)
Asignar y aportar los recursos económicos federales previstos en la cláusula segunda de este
convenio, previo cumplimiento del “DIF ESTATAL” de las obligaciones a su cargo referidas en la
cláusula cuarta;
b)
Otorgar la asistencia técnica y orientación al “DIF ESTATAL” cuando éste se la solicite;
c)
En general, cumplir en todo momento con las disposiciones contenidas en las “REGLAS DE
OPERACION”.
SEPTIMA.- “LAS PARTES” se comprometen a:
a)
Suscribir un acta de cierre y finiquito de las acciones materia del presente instrumento, una vez
concluida la vigencia del mismo;
b)
Las partes acuerdan que la difusión y divulgación que se realice por medios impresos
y electrónicos deberá contener la leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus
recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este
Programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso
indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo a la ley aplicable
y ante la autoridad competente”.
60
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
REPRESENTANTES DE LAS PARTES
OCTAVA.- Para la adecuada operación de las actividades a que se refiere el presente instrumento jurídico
y a efecto de que en forma conjunta supervisen la realización del proyecto “LAS PARTES”, designan al
respecto a los siguientes representantes:
“DIF NACIONAL”
LIC. MARIA CECILIA AMERENA SERNA
DIRECTORA GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
“DIF ESTATAL”
LIC. MARIA DEL CARMEN VILLALOBOS ROMO
DIRECTORA DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL
Los representantes titulares podrán designar suplentes, quienes deberán contar con facultades para tomar
decisiones, los cuales deberán ser cuando menos del nivel jerárquico inferior siguiente al del representante
titular, cuidándose que sea homogéneo y adecuado para garantizar la ejecución de las decisiones adoptadas.
SUSPENSION O CANCELACION DE LA ENTREGA DE LOS APOYOS
NOVENA.- “DIF ESTATAL” acepta que en caso de incumplimiento a lo establecido en el presente
convenio, particularmente de las obligaciones a su cargo, el “DIF NACIONAL”, atendiendo a la gravedad y
origen del incumplimiento, podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente, ya sea total o
parcialmente, la entrega de los apoyos asignados al proyecto materia de este convenio.
Son causas de suspensión o cancelación, además, las siguientes:
a)
No aplique los apoyos entregados para los fines aprobados o los apliquen inadecuadamente que
notoriamente adviertan ineficiencia o deshonestidad, en cuyo caso, deberá reintegrar la totalidad de
los recursos otorgados;
b) Incumpla con la ejecución del proyecto sujeto de apoyo;
c)
No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así lo soliciten el
“DIF NACIONAL”, la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente o
autorizada, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados;
d) No entregue a la Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social, los informes y la
documentación que acredite los avances y la conclusión de los compromisos y conceptos del
proyecto;
e)
Presente información falsa sobre los conceptos de aplicación y los finiquitos de los conceptos
apoyados;
f)
Con motivo de la inviabilidad del proyecto, en razón de la alteración o cambio de las condiciones
sobre la producción, organización, mercado, financieras o técnicas, entre otras;
g) Con motivo de duplicidad de apoyos a conceptos idénticos de otros programas o fondos federales;
h) Existan adecuaciones a los calendarios de gasto público o disminución grave de ingresos públicos
que afecten de manera determinante el presupuesto autorizado;
i)
En general, exista incumplimiento de los compromisos establecidos en el presente convenio, las
“REGLAS DE OPERACION” y las disposiciones que derivan de éstas.
El “DIF ESTATAL” acepta, que ante la suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos, reintegrará
al “DIF NACIONAL” los recursos otorgados o su parte proporcional, según corresponda así como los intereses
y rendimientos generados.
CONTROL Y VIGILANCIA
DECIMA.- El control, vigilancia y evaluación de los recursos públicos federales a que se refiere el presente
convenio, corresponderá indistintamente a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público; de la Función
Pública y demás autoridades, conforme al ámbito material de competencia otorgado en las disposiciones
jurídicas aplicables.
Con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento de las obligaciones
a cargo del “DIF ESTATAL”, a partir de la firma de este convenio, el “DIF NACIONAL” o las unidades
administrativas de éste, podrán ordenar la realización de visitas de supervisión y verificación, sin perjuicio de
las facultades y atribuciones de la Secretaría de la Función Pública o cualquier otra autoridad competente.
TRANSPARENCIA
DECIMA PRIMERA.- “LAS PARTES” convienen en promover y fomentar la transparencia de la asignación
y ejercicio de los recursos destinados a los apoyos de los proyectos, a que se refiere el presente convenio,
consecuentemente, promoverán la publicación del padrón de beneficiarios y de los proyectos apoyados, así
como sus avances físicos-financieros en las páginas electrónicas oficiales de Internet que tengan disponibles.
CONVENCIONES GENERALES
DECIMA SEGUNDA.- El personal de cada una de “LAS PARTES” que sea designado para la realización
de cualquier actividad relacionada con este convenio de Coordinación permanecerá en forma absoluta bajo la
dirección y dependencia de la entidad, con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil,
administrativa o cualquier otra, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte
opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar
prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada a realizar labores de
supervisión de los trabajos que se realicen.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
61
DECIMA TERCERA.- El presente convenio tendrá una vigencia a partir de la fecha de su firma y concluirá
el día 31 de diciembre de 2008, pudiendo darse por terminado anticipadamente, mediante escrito libre que
contenga una manifestación explícita de que se desea terminar anticipadamente el convenio, con los datos
generales de la parte que desea terminar el convenio, por lo menos (30) treinta días hábiles de antelación, en
el entendido de que las actividades que se encuentren en ejecución deberán ser concluidas salvo acuerdo en
contrario.
En caso de que “DIF ESTATAL” incumpla sus obligaciones señaladas en este instrumento jurídico, el
“DIF NACIONAL” podrá rescindir administrativamente el presente convenio, dicha rescisión operará de pleno
derecho y sin necesidad de acción judicial o arbitral previa.
Consecuentemente, “DIF ESTATAL” acepta que ante la rescisión del Convenio, éste quedará obligado en
el término que le establezca el “DIF NACIONAL”, a la devolución de la cantidad señalada en la cláusula
segunda de este convenio o su parte proporcional, según sea el caso, sin responsabilidad alguna por los
gastos, expensas, erogaciones o análogos que hubiere realizado.
DECIMA CUARTA.- Las modificaciones o adiciones que se realicen al presente convenio, serán pactadas
de común acuerdo entre las partes y se harán constar por escrito, surtiendo sus efectos a partir del momento
de su suscripción.
DECIMA QUINTA.- “LAS PARTES”, por los medios de difusión más convenientes, promoverán y
divulgarán entre los promotores, ejecutores, responsables de los proyectos e interesados en general, las
características, alcances y resultados de la coordinación prevista en el presente convenio de coordinación.
DECIMA SEXTA.- En caso de suscitarse algún conflicto o controversia con motivo de la interpretación y/o
cumplimiento del presente Convenio, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo, de no lograrlo,
acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de
México, Distrito Federal, renunciando desde este momento al fuero que les pudiera corresponder en razón de
su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa.
DECIMA SEPTIMA.- En cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 36 de la Ley de
Planeación, el presente convenio de coordinación será publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Enteradas las partes de sus términos y alcances legales del presente Convenio de Coordinación, lo firman
en cinco tantos en la Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de septiembre de dos mil ocho.- Por el
DIF Nacional: la Titular, María Cecilia Landerreche Gómez Morin.- Rúbrica.- El Oficial Mayor, Alberto del
Río Leal.- Rúbrica.- El Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica.
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
UNIDAD DE ASISTENCIA E INTEGRACION SOCIAL
DIRECCION GENERAL DE REHABILITACION Y ASISTENCIA SOCIAL
REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
ANEXO 2. DEL CONVENIO DE COORDINACION
CALENDARIO PARA LA RADICACION DEL PRESUPUESTO ASIGNADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008
ENTIDAD FEDERATIVA: Veracruz
NATURALEZA DEL PRESUPUESTO
PRESUPUESTO
PROGRAMADO
Septiembre
Modernización y equipamiento de las áreas del Centro
de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF) y
Unidades Básicas de Rehabilitación (UBRs).
$2,261,868
$2,261,868
REEQUIPAMIENTO, MATERIALES E INSUMOS DE
ORTESIS Y PROTESIS
$2,502,000
$2,502,000
TOTAL
$4,763,868
$4,763,868
NOTA:
Este calendario de ministración de recursos puede variar conforme a la disponibilidad presupuestal
Por el DIF Nacional: el Jefe de la Unidad de Asistencia e Integración Social, Sergio Medina González.Rúbrica.- La Directora General de Rehabilitación y Asistencia Social del SNDIF, María Cecilia Amerena
Serna.- Rúbrica.- El Director General de Programación, Organización y Presupuesto del SNDIF, Raúl Rafael
Anaya Núñez.- Rúbrica.- Por el DIF Estatal: la Directora General, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
6 de Agosto de 2008
PD-E08-30-001
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
1. Datos Generales
Nombre del Estado
Veracruz.
Nombre del Director del Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza
SEDIF
Domicilio
Av. Miguel Alemán No. 109, Col.: Federal C.P. 91140 Xalapa, Ver.
Teléfono
Correo electrónico
01-22-88-42-37-30
/
37
Página Web
www.difver.gob.mx
Ext.: 3202 / 3203
2. Nombre del Proyecto Integral
Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con
discapacidad en el Estado de Veracruz.
3. Nombre del Proyecto Específico
Reequipamiento, Materiales e insumos de Ortesis y Prótesis
4. Objetivo del Proyecto Específico
Reequipamiento y adaptación del Taller de Ortesis y Prótesis (TOyP) con maquinaria exprofesa, para la
elaboración de sistemas ortoprotésicos, facilitando con ello, el proceso de manufactura por el personal
técnico, obteniendo como resultado un producto terminado de primera calidad y funcional para los usuarios
del Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE) de Xalapa, Ver.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
Xalapa, Veracruz.
ACATLAN
ACAYUCAN
ACTOPAN
ACUILTZINGO
ACULA
ALTO LUCERO
ALTOTONGA
APAZAPAN
ATOYAC
ATZALAN
AYAHUALULCO
BANDERILLA
BOCA DEL RIO
CERRO AZUL
CHICONTEPEC
CHOAPAS LAS
CHOCAMAN
COATEPEC
COATZINTLA
COMAPA
CORODBA
COSAUTLAN DE CARVAJAL
EMILIANO ZAPATA
GUTIERREZ ZAMORA
HIGO EL
HUATUSCO
HUEYAPAN DE OCAMPO
IGNACIO DE LA LLAVE
ISLA
IXHUACAN DE LOS REYES
IXHUATLAN DE MADERO
JALACINGO
JILOTEPEC
JUCHIQUE DE FERRER
MALTRATA
MANLIO FABIO ALTAMIRANO
MARIANO ESCOBEDO
MARTINEZ DE LA TORRE
(Segunda Sección)
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
MARTINEZ DE LA TORRE
MEDELLIN DE BRAVO
MISANTLA
MIXTLA DE ALTAMIRANO
NAOLINCO
NAUTLA
ORIZABA
OTATITLAN
PAPANTLA
PASO DE OVEJAS
PASO DEL MACHO
PEROTE
PLAYA VICENTE
POZA RICA
RAFAEL LUCIO
SALTABARRANCA
SANTIAGO SOCHIAPA
SANTIAGO TUXTLA
SOLEDAD DE DOBLADO
TAMIAHUA
TANTOYUCA
TEQUILA
TEZONAPA
TIERRA BLANCA
TIHUATLAN
TLACOLULA
TLALNEHUAYOCAN
TLAPACOYAN
TONAYAN
TRES VALLES
TUXPAN
TUXTILLA
URSULO GALVAN
UXPANAPA
VERACRUZ
VIGAS DE RAMIREZ LAS
VILLA ALDAMA
VILLA AZUETA
XALAPA
XICO
Viernes 3 de julio de 2009
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
De acuerdo al tipo y giro del proyecto, se pretende atender aproximadamente a 497 personas, donde el
100% corresponderá a la discapacidad motora. Esto se debe a que los productos que se fabricaran en el
TOyP están dirigidos a toda la población que presenta una discapacidad de tipo motora, sea esta,
musculoesquelita o neuromotora.
Nota: Dado el número de personas que se pretende atender, se adjunta por medio electrónico la lista de
solicitantes para la adquisición y/o donación de órtesis y prótesis en el ejercicio 2008.
7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
La discapacidad física o motora, es la principal discapacidad en el Estado de Veracruz, según datos
oficiales del INEGI 2000 y ponderado a 2005. Dicho censo nos indica que en el Estado de Veracruz existe
alrededor 201,239 Personas con Discapacidad (PCD), donde el 38.3% corresponde a la discapacidad
motriz, es decir 77,075 personas.
Las principal causa de este tipo de discapacidad es por enfermedad ya sea por amputaciones secundarias
a proceso diabéticos e insuficiencia arterial. Asimismo otras causas se deben a traumatismos ocasionados
por algún tipo de accidente y problemas neuromotores originados de manera congénita y al nacimiento.
En este sentido, el CREE de Xalapa, Ver., específicamente en del TOyP, pretende incrementar en el 2008
sus metas programadas en un 100% en comparación al 2007.
En el 2007 las metas programadas en el TOyP fueron de 247 productos ortésicos y protésicos, sin
embargo, se terminaron otorgando un total de 382 productos, es decir el 154.6%. Por tal motivo, en el 2008
se ha programado otorgar un total de 497 productos, el cual muy probablemente dicha programación se
volverá a incrementar, dado que durante el primer semestre del presente año, se cuenta con un padrón de
300 solicitudes, el cual corresponde a un 60.3% de la producción programada para este año.
Cabe mencionar que el otorgamiento de dichos apoyos ortésicos y protésicos, se ven incrementados
radicalmente en sus metas programadas de cada año, por la intensa promoción y difusión que el SEDIF
Estatal de Veracruz realiza a través de los programas del Gobierno del Estado
Lo anterior conlleva a que el TOyP muchas veces no se da abastos para cumplir en tiempo y forma la
intensa demanda de peticionarios que requieren y solicitan una órtesis o prótesis en el CREE de Xalapa,
Ver.
Por tal motivo, con la modernización y reequipamiento del TOyP, se pretende atender y favorecer la
entrega de órtesis y prótesis en tiempo y forma, beneficiando de esta manera a los solicitantes.
Las principales problemáticas que el TOyP presenta actualmente son:
Falta de presupuesto para la compra de maquinaria;
Equipo y herramienta no especializada para el ramo. En este punto, se comenta que el equipo y la
herramienta que actualmente tiene el TOyP fue adquirida con mucha anterioridad, y los cuales
son maquinarias de uso. Dicho equipo se encontraba almacenado y en condiciones no optimas. A
continuación se detalla el equipo y herramienta. Así como, el estado en que se encuentra dicho
equipo y herramienta:
EQUIPO Y HERRAMIENTA
1 banco de acabado con motor (reparado)
1 horno de panadero sin regulador de gas (mal estado)
ESTADO EN QUE SE ENCUENTRA
Funcional mas no apto
Poco funcional
1 trauman sin sistema de extractor de polvos
Funcional mas no apto
2 taladros de pedestal 5/8 x 17” (uno reparado de la piña)
Funcional mas no apto
1 mesa de trabajo con compresor invertido
Funcional mas no apto
1 compresor de una salida
Funcional mas no apto
2 tornillos de banco #6
Funcional mas no apto
2 torniquetes de banco 2”
Funcional mas no apto
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
2 yunques de 30 kg
Funcional mas no apto
2 máquinas de coser (una descompuesta)
Funcional mas no apto
1 planta para soldar
Funcional mas no apto
4 mesas de trabajo en madera (mal estado)
Funcional mas no apto
1 módulo móvil para herramientas
Funcional mas no apto
2 taladros de mano
Funcional mas no apto
2 sierras strycker
Funcional mas no apto
1 pistola de aire caliente
Funcional mas no apto
1 juego de dados (20 piezas)
Funcional mas no apto
1 caladora
Funcional mas no apto
2 niveles de gota
Funcional mas no apto
1 nivel láser
Funcional mas no apto
1 estuche de brocas (100 piezas)
Funcional mas no apto
1 motor de esmeril
Funcional mas no apto
1 transfer
Funcional mas no apto
1 alineador de cuatro planos
Funcional mas no apto
1 sierra circular para taladro de mano
Funcional mas no apto
1 compresor invertido de una salida
Funcional mas no apto
1 plancha de teflón para pva
Funcional mas no apto
26 limas para metal
Funcional mas no apto
19 botadores en mal estado
Funcional mas no apto
12 saca bocados de golpe (mal estado)
Poco funcionales
3 flexo metros
Funcional mas no apto
1 juego de dados (10 piezas)
Funcional mas no apto
2 juegos de llaves allen (mal estado)
Poco funcionales
4 machuelos
Funcional mas no apto
1 maneral para machuelos
Funcional mas no apto
3 alienadores para órtesis largas termoplásticas
Funcional mas no apto
1 plomada de bala
Funcional mas no apto
1 piedra de afilar
Funcional mas no apto
6 pares de guantes de piel
Funcional mas no apto
3 pares de guantes de asbesto (mal estado)
Poco funcionales
1 mesa de exploración
Funcional mas no apto
2 cepillos de alambre
Funcional mas no apto
3 espátulas para yeso
Funcional mas no apto
6 cardas
Funcional mas no apto
4 cuchillos con mango de madera
Funcional mas no apto
2 bancos de madera
Funcional mas no apto
4 pies para zapatero con pedestal
Funcional mas no apto
2 marcos para termo plástico (hechizos, sin marca)
Funcional mas no apto
1 báscula eléctrica
Funcional mas no apto
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
2 calibradores metálicos
Funcional mas no apto
1 pedestal de carga de peso
Funcional mas no apto
2 calibradores pélvicos
Funcional mas no apto
2 martillos de uña
Funcional mas no apto
7 martillos de bola
Funcional mas no apto
2 mazos de goma
Funcional mas no apto
2 tijeras para lámina
Funcional mas no apto
1 tijera de yeso
Funcional mas no apto
1 tijera zigzag
Funcional mas no apto
3 tijeras de taller
Funcional mas no apto
5 escuadras metálicas
Funcional mas no apto
2 llaves estilsón
Funcional mas no apto
3 prensas de carpintero
Funcional mas no apto
1 inyector de grasa
Funcional mas no apto
2 arcos para segueta
Funcional mas no apto
1 aceitero
Funcional mas no apto
7 alicatas
Funcional mas no apto
3 pinzas de punta
Funcional mas no apto
3 pinzas de electricista
Funcional mas no apto
4 pinzas de extensión
Funcional mas no apto
2 llaves pericas
Funcional mas no apto
3 pinzas de presión
Funcional mas no apto
5 formones para madera
Funcional mas no apto
6 grifas o dobladoras nacionales (en mal estado)
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Poco funcionales
2 grifas o dobladoras otto bock
Funcional mas no apto
19 desarmadores
Funcional mas no apto
25 llaves españolas
Funcional mas no apto
7 cinceles ½”
Funcional mas no apto
Con esta acción, los usuarios que acudan al CREE de Xalapa, Ver., tendrán la oportunidad de recibir una
mejor calidad en los servicios y en el otorgamiento de sus apoyos solicitados (órtesis y prótesis)
Por último, se menciona que los posibles beneficiados acudirán de diversas localidades del Estado de
Veracruz, quienes a su vez presentan una condición socioeconómica “precaria”.
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos.
Los equipos que se pretenden adquirir tendrán una vida útil mínima de tres años y máxima de 5 años,
dicho equipo al término de la administración actual –tomando en cuenta la vida útil mínima– tendría
aproximadamente un 66.6% de vida útil.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Lista y descripción de las OBRAS
Adecuación del Taller de órtesis y prótesis, las cuales estarán dirigidas a las siguientes áreas o espacios:
RECEPCION Y ESPERA
ADECUACIONES DEL ESPACIO DE RECEPCION Y ESPERA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
38.28
Pared
15.17
Piso
18.04
Techo
7.5
1
P. UNITARIO
$650.00
P. TOTAL
$24,882.00
$385.00
$5,840.45
$1,200.00
$21,648.00
Ventana 1.50 x 1.10 x650 m2
$1,350.00
$10,125.00
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
76.56
Pintura.
$45.00
$3,445.20
91.73
Aplanados
$97.70
$8,962.02
15.17
Falso Plafón
$300.00
$4,551.00
15.17
Pintura de plafón
3.79
Cimiento
15.8
9.9
$45.00
$682.65
$1,157.08
$4,385.33
Cadenas
$290.23
$4,585.63
Castillos
$235.00
$2,326.50
6
Salidas eléctricas
$504.50
$3,027.00
3
Suministro y colocación de gabinete y
lámpara de 2 x 39 Watts
$810.58
$2,431.74
3
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$633.75
TOTAL:
$101,026.27
AREA DE PRUEBA
ADECUACION DEL ESPACIO DE AREA DE PRUEBA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
33.5
Pared
$650.00
$21,775.00
11.22
Piso
$385.00
$4,319.70
13.32
Techo
$1,200.00
$15,984.00
1
Ventana 1.00 x 1.10
$1,265.00
$1,265.00
1
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
Pintura.
$45.00
$3,015.00
80.32
67
Aplanados
$97.70
$7,847.26
13.32
Falso Plafón
$300.00
$3,396.00
13.32
Pintura de plafón
$45.00
$599.40
4.46
Cimiento
$1,157.08
$5,160.58
18.6
Cadenas
$290.23
$5,390.28
9.9
Castillos
$235.00
$2,326.50
5
Salidas eléctricas
$504.50
$2,522.50
2
Suministro y colocación de gabinete y
lámpara de 2 x 39 Watts
$810.58
$1,621.16
3
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$633.75
TOTAL:
$79,356.13
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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ALMACEN
ADECUACIONES DEL ESPACIO DE ALMACEN CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
$650.00
P. TOTAL
32.25
Pared
$20,962.50
10.39
Piso
$385.00
$4,000.15
12.41
Techo
$1,200.00
$14,892.00
1
Ventana 0.80 x 3.00
$2,760.00
$2,760.00
1
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
64.5
Pintura.
$45.00
$2,902.50
76.91
Aplanados
12.41
Falso Plafón
12.41
Pintura de plafón
6.53
$97.70
$7,514.11
$300.00
$3,723.00
$45.00
$558.45
Cimiento
$1,157.08
$7,555.73
27.2
Cadenas
$290.23
$7,894.26
13.2
Castillos
$235.00
$3,102.00
3
Salidas eléctricas
$504.50
$1,513.50
2
Suministro y colocación de gabinete y
lámpara de 2 x 39 Watts
$810.58
$1,621.16
1
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$211.25
TOTAL:
$82,710.61
VESTIDOR DE PACIENTES
ADECUACIONES DEL ESPACIO DEL VESTIDOR PARA PACIENTES CON LOS SIGUIENTES
CONCEPTOS:
CANTIDAD
23
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
Pared
$650.00
$14,950.00
7.82
Piso
$385.00
$3,010.70
7.82
Techo 4.40 x 4.10
$1,200.00
$9,384.00
1
Ventana 1.50 x 1.10
$1,897.50
$1,897.50
1
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
46
Pintura.
$45.00
$2,070.00
53.82
Aplanados
$97.70
$5,258.21
7.82
Falso Plafón
$300.00
$2,346.00
7.82
Pintura de plafón
$45.00
$351.90
3.55
Cimiento
$1,157.00
$4,103.35
14.8
Cadenas
$290.23
$4,295.40
23.1
Castillos
$235.00
$5,428.50
4
Salidas eléctricas
$504.50
$2,018.00
2
Suministro y colocación de gabinete y
lámpara de 2 x 39 Watts
$810.58
$1,621.16
2
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$422.50
TOTAL:
$60,657.22
70
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
OFICINA PRIVADA
ADECUACIONES DEL ESPACIO DE OFICINA PRIVADA CON LOS SIGUIENTES CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
$650.00
P. TOTAL
28.75
Pared
$18,687.50
8.04
Piso
$385.00
$3,095.40
9.86
Techo
$1,200.00
$11,832.00
1
Ventana 1.10 x 2.40
$3,036.00
$3,036.00
1
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
57.5
Pintura.
$45.00
$2,857.50
67.36
Aplanados
9.86
Falso Plafón
9.86
Pintura de plafón
4.46
$97.70
$6,581.07
$300.00
$2,958.00
$45.00
$443.70
Cimiento
$1,157.08
$5,160.58
18.6
Cadenas
$290.23
$5,398.20
9.9
Castillos
$235.00
$2,326.50
4
Salidas eléctricas
$504.50
$2,018.00
1
Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2
x 39 Watts
$810.58
$810.58
3
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$633.75
TOTAL:
$69,338.78
CUBICULOS PARA VALORACION Y TOMA DE MEDIDAS
ADECUACIONES DE CUBICULOS PARA VALORACION Y TOMA DE MEDIDAS CON LOS
SIGUIENTES CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
27.5
Pared
$650.00
$17,875.00
7.5
Piso
$385.00
$2,887.50
9.24
Techo
$1,200.00
$11,088.00
1.1
Ventana 1.50 x 1.10
$1,897.50
$1,897.50
1.1
Puerta
$3,500.00
$3, 500.00
55
Pintura.
$45.00
$2,475.00
64.24
Aplanados
$97.70
$6,276.25
9.29
Falso Plafón
$300.00
$2,772.00
9.24
Pintura de plafón
$45.00
$415.80
5.2
Cimiento
$1,157.08
$6,016.82
22
Cadenas
$290.23
$6,385.06
17.5
Castillos
$235.00
$4,112.50
4
Salidas eléctricas
$504.50
$2,018.00
1
Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2
x 39 Watts
$810.58
$810.58
3
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$633.75
TOTAL:
$69,163.76
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
71
TALLER ORTESIS Y PROTESIS
ADECUACION DEL ESPACIO DEL TALLER DE ORTESIS Y PROTESIS CON LOS SIGUIENTES
CONCEPTOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
36.96
Pared
$650.00
$24,024.00
20.4
Piso
$385.00
$7,854.00
20.4
Techo
$1,200.00
$24,480.00
1
Ventana 1.10 x 3.40
$4,301.00
$4,301.00
1
Puerta
$3,500.00
$3,500.00
73.92
Pintura.
$45.00
$3,326.40
94.12
Aplanados
$97.70
$9,195.52
20.4
Falso Plafón
$300.00
$6,120.00
20.4
Pintura de plafón
$45.00
$918.00
4.56
Cimiento
$1,157.08
$5,276.28
38
Cadenas
$290.23
$11,028.74
19.8
Castillos
$235.00
$4,653.00
9
Salidas eléctricas
$504.50
$4,540.50
3
Suministro y colocación de gabinete y lámpara de 2
x 39 Watts
$810.58
$2,431.74
6
Suministro y colocación de contactos
$211.25
$1,267.50
TOTAL:
$112,916.68
Obras
Adecuación del Taller
Ortesis y Prótesis
Fecha de inicio
Fecha de término
de Julio de 2008
31 de diciembre de 2008
Costo estimado de las obras
Obras
Monto
Recepción y espera
$101,026.27
Area de prueba
$79,356.13
Almacén
$82,710.61
Vestidor para pacientes
$60,657.22
Oficina privada
$69,338.78
Cubículos para valoración y toma de medidas
$69,163.76
Taller órtesis y prótesis
$112,916.68
Sub-total:
$575,169.45
15% IVA:
$86,275.42
Total:
$661,444.87
72
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
Antes del año 2007, el TOyP no existía dentro de las instalaciones del CREE de Xalapa, Ver., de tal modo
que, a partir de febrero de 2007, el SEDIF de Veracruz en mutua coordinación con el CREE de Xalapa,
Ver., determinan la necesidad de instalar dentro de los espacios del CREE de Xalapa, Ver., el TOyP. Para
tal efecto, se adecua de manera exprofesa un espacio físico para instalar dicho Taller.
El espacio físico que el CREE de Xalapa, Ver., adecuó para instalar el TOyP, es un espacio construido con
techo de lámina de Zinc y dos de sus paredes están habilitadas con malla de tipo ciclón. En este sentido,
se puede decir que dicho taller cumple únicamente con algunas condiciones básicas y elementales para
realizar y llevar a cabo –de manera adecuada– la fabricación y entrega de los diversos apoyos ortésicos y
protésicos que la ciudadanía solicita. Sin embargo, para llevar a cabo una atención de calidad hacia el
solicitante, así como, para trabajar en condiciones adecuadas en la elaboración de los apoyos citados, se
requiere adecuar o habilitar áreas o espacios físicos que permitan brindar una mejor atención y calidad en
los servicios y en los apoyos funcionales (ortésicos y protésicos) que se fabrican.
A continuación se especifica la situación actual de cada una de las obras que se necesitan realizar para
adecuar en el TOyP:
1.- Recepción y espera:
Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP.
2.- Area de prueba:
Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP.
Cabe mencionar que las pruebas de las prótesis u órtesis elaboradas se realizan en un área externa al
TOyP, lo cual provoca un desplazamiento extra en el paciente y a su vez interrumpe procesos
fisioterapéuticos en otros pacientes.
3.- Almacén:
Actualmente esta área es compartida con el almacén general del SEDIF de Veracruz, lo cual
perjudica dos acciones elementales: 1) mal control y manejo de los insumos; y 2) pérdida de tiempo en los
procesos de recepción y entrega de los insumos que se utilizan para la fabricación de los apoyos
protésicos y ortésicos.
4.- Vestidor para pacientes:
Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP, el
cual es sumamente elemental para la privacidad del paciente.
5.- Despacho u oficina privada:
Actualmente no se cuenta con un espacio específico y determinado para esta área en el TOyP el
cual es necesario para realizar aspectos administrativos.
6.- 2 cubículos de valoración y toma de medidas:
Actualmente no se cuenta con estos espacios específicos y determinados para estas áreas en el
TOyP, los cuales son necesarios para tomas de medidas y valoraciones con el equipo multidisciplinario
(médicos especialistas) en los casos que sean necesarios.
7.- Taller órtesis y prótesis:
Actualmente no se cuenta con un espacio con las medidas adecuadas para realizar los diferentes trabajos
ortésicos y protésicos, el cual es necesario para el libre desplazamiento del personal que labora en dicho
taller.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
73
Tomando como referente las Reglas de Operación del Programa de Atención a Persona con
Discapacidad, el presente proyecto, estará determinado por la siguiente alineación:
-
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad.
-
Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con
discapacidad
−
Tipo de apoyo a Financiar A.3.12.- Elaboración de Ortesis y Prótesis.
DESCRIPCION DE LAS AREAS E INSUMOS
CUARTO DE MAQUINAS
AREA PARA LA LOCALIZACION DE MAQUINARIA PARA EL TRABAJO Y OPERATIVIDAD DE TOYP:
CANTIDAD
CONCEPTO
1
Extractor de polvos
1
Tubo y boquillas para
extractor de polvo
2
P. UNITARIO
DE 3 HP Marca Knova Mod. KN
CP-4043
$28,000.00
$28,000.00
$4,920.00
$4,920.00
Compuertas extractor de
polvo
$656.00
$1,312.00
4
Metros de manguera
de 5'
$574.00
$2,296.00
1
"Y" griega para
desviación
$656.00
$656.00
$170,000.00
$170,000.00
1
Lijadora Fresadora
Otto Bock Mod. 701F20, on
paro de seguridad
1
Piña para fresado
Otto Bock mod. 729W8=1 para
madera y pedilen
$4,200.00
$4,200.00
1
Piña para fresado
Otto Bock mod. 729W8=2 para
madera y pedilen
$3,900.00
$3,900.00
1
Piña para fresado
Otto Bock mod. 729W8=3 para
madera y pedilen
$3,000.00
$3,000.00
1
Piña para fresado
Otto Bock mod. 729W8=4 para
madera y pedilen
$3,100.00
$3,100.00
1
Piña para fresado
Otto Bock mod. 729W8=5 para
madera y pedilen
$3,000.00
$3,000.00
1
Piña para fresado
Otto Bock Mod. 729W17=5/8
$3,400.00
$3,400.00
1
Piña con filos cónicos
para termoplástico
Otto Bock Mod. 729W23=5/8
$4,200.00
$4,200.00
1
Piña para fresado
Otto Bock Mod. 729W31=1
$6,300.00
$6,300.00
1
Piña para fresado
Otto Bock Mod. 729W31=2
$7,000.00
$7,000.00
1
Piña para fresado
Otto Bock Mod. 729W33=1
$7,600.00
$7,600.00
1
Piña para fresado
Otto Bock Mod. 729W33=2
$9,000.00
$9,000.00
1
Esmeril de banco con
base
Marca Truper Mod. ESBA-3/4x8
motor de 1 1/2
$6,500.00
$6,500.00
1
Fresa para plásticos
Otto Bock Mod. 729S21=5/8
$6,800.00
$6,800.00
1
Fresa dentada espiral
Otto Bock Mod. 729S24=5/8
HSS
$3,500.00
$3,500.00
1
Soporte para
herramientas
Otto Bock Mod. 758Y27 para 20
fresas y conos de lija
$10,600.00
$10,600.00
1
Pulidor para
termoplasticos completo
Otto Bock Mod. 749F10=5/8
$1,350.00
$1,350.00
1
Disco abrasivo
Otto Bock MOD.
749Z12=160x16 para pulir
barras
$2,100.00
$2,100.00
1
Lijadora de banda de
disco
DAYTON MOD. 4TJ97B, Disco
de 12" Motor 1 HP
$26,000.00
$26,000.00
1
Carda
$229.60
$229.60
1
Banco de acabado con
turbina para extractor de
polvo
$34,000.00
$34,000.00
1
Sierra cinta marca
Dayton de
$22,000.00
$22,000.00
SUBTOTAL
$374,963.60
IVA
TOTAL:
P. TOTAL
$64,119.54
$439,083.14
74
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
TOMA DE MEDIDAS
AREA ESPECIFICA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE, EN DONDE SE TOMAN LAS MUESTRAS Y
MEDIDAS, EN ESTA SECCION ES DONDE SE INICIA EL PROCESO DE ELABORACION, AQUI MISMO SE
REALIZAN LAS PRUEBAS PERTINENTES DE LOS TRABAJOS ANTES DE SER ENTREGADOS A LOS
USUARIOS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
1
Láser line con tripie
$4,920.00
$4,920.00
1
Negatoscopio doble
$3,800.00
$3,800.00
Plantoscopio marca LOGSA MOD PL-01
$7,600.00
$7,600.00
$23,500.00
$23,500.00
$38,500.00
$38,500.00
$2,600.00
$5,200.00
$473.55
$473.55
1
Barras paralelas de 3 mts MARCA LOGSA MOD.
1
BP-03 DE ALTURA Y ANCHO AJUSTABLES EN
ACERO INOXIDABLE
Rampa con escalera, MARCA LOGSA MOD. RE08 RAMPA DE 5 METROS CON CUATRO
1
ESCALONES
PASAMANOS,
,
DE
ACERO
ESTRUCTURA
INOXIDABLE
DE
ACERO
INOXIDABLE PISO RAMPA Y
2
1
Mesas de acero con cubierta de plástico para
toma de medidas marca RUBER MAID
Compás de gruesos para exteriores de 12" marca
pec
SUBTOTAL
IVA
TOTAL:
$83,993.55
$6,269.97
$90,263.52
EQUIPO DE TALLER GENERAL
ESPACIO EN EL CUAL SE REALIZA EL ENSAMBLAJE, ALINEACION Y ACABADO:
CANTIDAD
CONCEPTO
1
Estación de Trabajo MARCA LOGSA MOD. ET-03
3
1
P. UNITARIO
P. TOTAL
$93,000.00
$93,000.00
Prensa de tubo
$4,100.00
$12,300.00
Horno para plantillas termoconformadas 24 x 35 cm
$2,400.00
$2,400.00
$16,000.00
$48,000.00
$4,920.00
$4,920.00
$7,000.00
$7,000.00
$63,000.00
$63,000.00
$1,066.00
$3,198.00
Mesa de trabajo industrial con gabinete de
3
5 cajones de acero MARCA EDSAL MOD. M5333
CUBIERTA DE MADERA DE ARCE DE 1 3/4 " X
180 cm x 90 cm,
1
Mesa con cubierta especial para corte de telas y
pieles
Rack para carga de soleras y metales MARCA
1
JARKE MOD. 4UK81,4UK82 CAPACIDAD DE
3000 LIBRAS ALTURA 84" , ANCHO 36"
1
3
Bomba de vacío para resinas de 6 canales
MARCA OTTO BOCK MOD. 755E6=110
Tubo de doble canal para succión
Viernes 3 de julio de 2009
1
DIARIO OFICIAL
Juego de brazo campana y motor extractor de aire
nederman
(Segunda Sección)
75
$54,000.00
$54,000.00
$2,500.00
$2,500.00
$18,100.00
$18,100.00
Anaquel para carretes MARCA DURHAM MOD.
1
368-95 CON 4 SOPORTES PARA CARRETES DE
1/2 " X 37 "
1
Anaquel para almacén de hojas de plástico
1
Set de brocas alta velocidad
$1,320.00
$1,320.00
1
Set de mangueras y conectores de mangueras
$2,132.00
$2,132.00
1
Set de pistolas para lavado sopleteado, etc.
$1,279.20
$1,279.20
1
Caladora marca crasftman mod. SKU 53248217
$2,600.00
$2,600.00
$3,200.00
$3,200.00
$2,300.00
$2,300.00
$15,000.00
$15,000.00
$500.00
$1,000.00
1
Pistola
de
aire
caliente
MARCA
MASTER
APPLIANCE MOD. VT-750C
1
Dremel con accesorios
1
Caja para herramientas con ruedas y llave
2
Arco para segueta STANLEY
1
Barra de remachado
$1,640.00
$1,640.00
1
Cortatubo ridgit
$1,033.00
$1,033.00
1
Dobladores de acero LOGSA
$3,600.00
$3,600.00
1
Juego de desarmadores crafstman de 16 piezas
$724.00
$724.00
2
Juego de llaves allen en "T" 8 piezas
$1,033.00
$2,066.00
2
Juego de llaves allen métricas 9 piezas
$310.00
$620.00
3
Juego de llaves allen estándar 13 piezas
$380.00
$760.00
1
Mezclador de yeso doble aspa
$380.00
$380.00
1
Juego de extractor de tornillos rotos
$328.00
$328.00
1
Pinzas de corte de cable de acero
$1,343.00
$1,343.00
$551.00
$551.00
$3,099.00
$3,099.00
$215.00
$215.00
$2,560.00
$2,560.00
$11,000.00
$11,000.00
1
Quita rebaba de tubo marca noga y 20 navajas
b10
1
Rack para suelas y pieles
1
Sacabocados manual de estrella
1
Set de sacabocados punzones y cinceles de 16
piezas
plancha
1
con
antomicas
base
MARCA
para
conformar
LOGSA
plantillas
MOD.
P-T1
FABRICADA EN CERO INOXIDABLE, TANQUE
PARA ALMACENAR VACIO
SUBTOTAL
$367,168.20
IVA
$55,075.23
TOTAL:
$422,243.43
76
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
CUARTO DE YESO
VACIADO DE MOLDES NEGATIVOS, MODIFICACION DE MOLDES POSITIVOS Y TERMO-CONFORMADOS
PARA DIFERENTES SISTEMAS:
CANTIDAD
CONCEPTO
P. UNITARIO
P. TOTAL
3
Base sujetadoras de acero inoxidable para moldes de
yeso, MARCA LOGSA MOD. BA03 CON AJUSTE DE
ALTURA,
$4,800.00
$14,400.00
1
Bomba de vacío se sello líquido MARCA
VACCUTECH MOD. A-1 DE SIMPLE ETAPA,
DESPLAZAMIENTO DE 23 PCY VACIO MAXIMO DE
27" M,
$20,600.00
$20,600.00
1
Bomba de vacío de alta eficiencia MARCA LOGSA
MOD. B-4
$28,900.00
$28,900.00
1
Silo para yesos MARCA OTTO BOCK 754G1=1G
$33,900.00
$33,900.00
1
Mesa de rectificación de yesos MARCA OTTO BOCK
MOD. 758A10 CUBIERTA DE ACERO INOXIDABLE
$49,800.00
$49,800.00
1
Juego de marcos con soporte para laminar de 12' y
14"
$12,300.00
$12,300.00
1
Horno para termocomformados de rayos infrarrojos
MARCA LOGSA MOD. HIR 500
$130,000.00
$130,000.00
1
Tijeras para yeso dentadas MARCA OTTO BOCK
MOD. 719G2 ACERO INOXIDABLE, CORTE
INFERIOR DENTADO
$3,300.00
$3,300.00
1
Cámara para desidratados de yesos MARCA LOSGA
MOD. HS=3500 CON LAMPARAS INFRARROJAS,
SISTEMA DE EXTRACCION DE VAPORES
$120,000.00
$120,000.00
1
Tarja doble MARCA LOGSA MOD. TD 02 DE
ACERO
INOXIDABLE
CON
CAJONES
Y
CONEXIONES
$38,900.00
$38,900.00
SUBTOTAL:
$452,100.00
IVA
$67,815.00
TOTAL
$519,915.00
INSUMOS GENERALES
CANTIDAD
ESPECIFICACIONES
TECNICAS
CONCEPTO
20
Cinturón
neopreno.
de
4
Desmoldante
silicón.
de En spray caja de 12
piezas.
1
Universal.
UNIDAD DE
MEDIDA
P. UNITARIO
P. TOTAL
Pieza
$690.00
$13,800.00
Pieza
$504.00
$2,016.00
Velcro de 1" carda y
Rollo de 25 m.
felpa.
Pieza
$157.50
$157.50
1
Velcro de 2" carda y
Rollo de 25 m.
felpa.
Pieza
$315.00
$315.00
30
Venda enyesada.
Caja de 15 cm. Marca
gypsona
Pieza
$210.00
$6,300.00
15
Venda enyesada.
Caja de 20 cm. Marca
gyposna
Pieza
$270.00
$4,050.00
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
5
Cajas de bio foam
con 12 piezas
2
Resistol 3080.
En lata de 18 litros para
calzado.
1
Resistol de gasolina.
2
Rollo de cinta
nylon de 1".
4
Piel oscaria.
5 Kg
de
(Segunda Sección)
77
$423.50
$2,116.00
Pieza
$1,228.50
$2,457.00
En lata de 18 litros.
Pieza
$605.85
$605.85
De 50 m.
Pieza
$210.00
$420.00
Negra para talabartería
de 300 decímetros mas
menos aprox.
Pieza
Fibra de vidrio.
$3,600.00
Kg.
$90.00
$450.00
10
Alyplass de 3/16"
metro
$290.00
$2,900.00
10
tubos con conector
para prótesis AK
piramidal de 30 mm
Pieza
$446.77
$4,467.70
10
tubos con conector
para prótesis BK
piramidal de 30 mm
Pieza
$446.77
$4,467.70
20
Funda cosmética ak.
Importada para rodillas
libres
y
tipo
3r15,
preconformada.
Pieza
$840.00
$16,800.00
20
Funda cosmética ak.
Importada para rodillas
policéntricas tipo 3r20,
preconformada.
Pieza
$840.00
$16,800.00
20
Funda cosmética bk.
Importada
preconformada.
Pieza
$420.00
$8,400.00
10
Conector para socket
De acero inoxidable.
tipo 4r41.
Pieza
$676.20
$6,762.00
10
Conector para socket De acero inoxidable, con
tipo 4r22.
rotador integrado.
Pieza
$241.50
$2,415.00
10
Conector de tubo tipo
De acero inoxidable.
4r21.
Pieza
$450.00
$4,500.00
40
Medias
recubrimiento.
de
Pieza
$235.20
$9,408.00
30
Suspensión
neopreno bk.
de Reforzada con likra en
diferentes tallas.
Pieza
$294.00
$8,820.00
10
Teflón.
Mts
$346.50
$3,465.00
3
Stokinette de fibra de
Pieza de 3mts.
vidrio 5".
Pieza
$450.00
$1,350.00
5
Stokinette de fibra de
Pieza de 3mts.
vidrio 7".
Pieza
$650.00
$3,250.00
5
Stokinette de naylon
Rollo de kg.
de 4".
Pieza
$225.75
$1,128.75
5
Stokinette de naylon
Rollo de kg.
de 6".
Pieza
$225.75
$1,128.75
5
Stokinette de nylon
Rollo de kg.
de 3".
Pieza
$225.75
$1,128.75
15
Cople para terminal
Aluminio con rosca.
de muñeca mediano.
Pieza
$250.00
$3,750.00
4
Espuma de pedilen, Otto bock,
compuesto a y b.
4.600 kg.
Pieza
$1,000.00
$4,000.00
Para cosmética ak.
Por metro.
lata
de
78
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
20
Juego
de
barras De aluminio nacional con
órtesis larga 3/4x1/4. candado alargado.
Pieza
$605.85
$12,117.00
20
Juego
de
órtesis
3/16x5/8.
Pieza
$393.75
$7,875.00
15
Juego
de
barras De aluminio nacional con
órtesis larga 3/16x ½. candado alargado.
Pza
$393.75
$5,906.25
5
Juegos de aparato
tipo
klenzac
con USMC
estribo
juego
$700.00
$3,500.00
5
Juegos de
corto con
mediano
juego
$700.00
$3,500.00
25
Articulación
tamarack.
Pieza
$446.77
$11,169.25
15
Articulaciones
de
cadera para órtesis Pediátrica.
larga pediátrica par.
Par
$241.50
$3,622.50
15
Articulaciones
de
Juego
monocéntricas
cadera para órtesis
con candado alargado.
larga adulto.
Par
$241.50
$3,622.50
15
Conector para socket Fabricado en aluminio.
termoplástico.
(Plato azul USMC)
Pieza
$881.47
$13,222.05
15
Polietileno de 1/2.
Cuadro de 16x16X1/2.
Pza
$241.50
$3,622.50
15
Polipropileno de 1/2.
Cuadro de 16x16X1/2.
Pza
$157.00
$2,708.00
20
Paquete de medias
Para cosmética bk.
de recubrimiento.
Pieza
$200.00
$4,000.00
5
Unidades ak libres.
De acero inoxidable con
block de madera.
Pieza
$4,080.30
$20,401.50
5
Polietileno de 5 mm.
Importado para órtesis
de tronco.
Pieza
$838.95
$4,194.75
7
Bolsas de pva.
Cajas de 10".
Pieza
$507.15
$5,070.00
7
Bolsas de pva.
Cajas de 4".
Pieza
$374.32
$2,620.24
7
Bolsas de pva.
Cajas de 6".
Pieza
$410.55
$2,873.85
20
bock
Peliteimportado 3/16.
Pieza
$550.00
$11,000.00
10
Polipropileno de
4 mm.
Importado
hoja
1.22x2.44 m.
de
Pieza
$1,231.65
$12,316.50
15
Polipropileno de
5 mm.
Importado
hoja
1.22x2.44 m.
de
Pieza
$1,485.22
$22,278.30
50 kg.
Resina acrílica.
Resina
acrílica
laminado.
Pieza
$12,160.21
$24,320.43
45
Válvulas de succión.
De rosca de aluminio
para socket laminado en
resina
Pieza
$210.00
$9,450.00
6
Plaztazote de 1/4
Pieza
$264.50
$1,587.00
Para fijar o pegar.
Pieza
$12,160.21
$12,160.21
De 4 ejes tipo 3r20.
Pieza
$4,927.65
$24,638.25
25 kg.
5
TOTAL:
barras
De aluminio nacional con
larga
candado alargado.
aparato
estribo USMC
Adultos rectas.
lite Para socket
(no eva).
Resina acrílica.
Unidades
policéntricas.
ak
transtibial
para
$369,050.13
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
Acciones
Fecha de inicio
Fecha de término
Reequipamiento
Julio 2008
31 de diciembre de 2008
79
Costo estimado de las acciones
Acciones
CUARTO DE MAQUINAS
TOMA DE MEDIDAS
Monto
$439,083.14
$90,263.52
EQUIPO DE TALLER EN GENERAL
$422,243.43
CUARTO DE YESOS
$519,915.00
INSUMOS GENERALES
Total
$369,050.13
$1´840,555.10
COSTO TOTAL DEL PROYECTO
OBRAS Y ACCIONES
OBRAS
Monto
$661,444.87
ACCIONES
$1´840,555.10
GRAN TOTAL DEL PROYECTO
$2´501,999.97
12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
El TOyP inicio sus actividades de producción a partir de febrero de 2007. Anteriormente la producción de
prótesis y órtesis solicitadas y requeridas por los especialistas del CREE Xalapa, Ver., se subrogaba a
través de un taller externo a este Sistema, donde el SEDIF en coordinación con los SDIF Municipales y el
propio beneficiario realizaban una aportación económica para que dicho taller elaborara y entregara las
diversas órtesis y prótesis que se le solicitaban.
Esta acción implicaba mayor gasto a los solicitantes, así como al SEDIF y SMDIF, aunado que por tal
acción, muchos solicitantes terminaban desistiendo por adquirir sus apoyos solicitados. Asimismo,
recurrentemente se tenía el problema de la calidad del producto, ya que tanto el médico especialista como
los beneficiarios se quejaban constantemente de los productos que dicho taller entregaba.
Tomando en cuenta las anteriores anotaciones, el SEDIF del Estado de Veracruz, realizó un esfuerzo
extraordinario e instalo en el CREE de Xalapa, Ver, un TOyP el cual fabrica productos ortésicos y
protésicos aun menor costo y sobre todo, ofrece mayor calidad en su producción.
Con ello, la asistenta social y rehabilitación de las PCD que acuden al CREE de Xalapa, Ver., está
empezando a ser atendida y beneficiada con mejor y mayor calidad.
Sin embargo, a consecuencia de la alta promoción y difusión del TOyP a través de la radio, televisión y
distintas Jornadas Itinerante (Programa del Gobierno del Estado de Veracruz), la población que requiere
de este vital apoyo –para integrarse activa y productivamente a la sociedad– a incrementado
sustancialmente.
Aunque el TOyP trabaja al 100% en la fabricación de órtesis y prótesis, la realidad es que tanto el área
física, como la maquinaria con la que actualmente se cuenta –para la fabricación de dichos productos– no
son las más optimas, ya que dicho Taller, no cuenta con las dimensiones y/o medidas adecuadas para
atender y realizar dichos productos, aunado a que la maquinaria, por ser de uso, muchas veces se
descompone, lo cual conlleva a detener los procesos de fabricación y entrega de los productos solicitados
por los pacientes que acuden al CREE Xalapa, Ver.
CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
Suministrar el equipo solicitado en el TOyP, permitirá mejorar la calidad de producto terminado en un 80%
y el costo beneficio del mismo producto aumentaría en un 20% su tiempo de vida útil en relación a los
productos que se elaboran y entregan actualmente.
De tal modo, con la modernización y reequipamiento del área de órtesis y prótesis, el número de apoyos
ortésicos y protésicos que se pretende otorgar de 497 productos en el presente año, podrá ser igual o
mayor al número de apoyos solicitados por la población con discapacidad motriz que acude o es
canalizada constantemente, por diversas instancias, al CREE de Xalapa, Ver.
80
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
Expediente clínico en el paciente del CREE de Xalapa,
Ver., y archivo general de solicitudes de prótesis y órtesis
Porcentaje de PCD que se les otorgó una
durante el periodo.
órtesis y prótesis durante el periodo
INDICADOR:
FORMULA:
Número de PCD que recibieron una órtesis y
prótesis
_____________________________ X 100
Número de PCD que solicitaron una órtesis y
prótesis durante el periodo.
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación.
Sistema Nacional para el Desarrollo Integral Para la autorización, seguimiento y evaluación de este
de la Familia (SNDIF)
proyecto específico (TOyP).
16. Factores críticos de éxito
Actitud laboral negativa.
Sindicalismo.
Narcotráfico.
Usos y costumbres.
Procesos administrativos inadecuados.
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Teléfono y correo electrónico
Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza.
Directora General SEDIF
01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37
Ext.: 3202 / 3203
www.difver.gob.mx
Lic. María del Carmen Villalobos Directora
de
Asistencia
Romo.
Integración Social.
e 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37
Ext.: 3500
www.difver.gob.mx
Dr. David Rodríguez Leyva.
Subdirector
de
Servicios 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37
Asistenciales Médicos.
Ext.: 3502 / 3503
www.difver.gob.mx
O.P.C. Francisco Javier Flores Responsable del Taller de órtesis 01 (228) 8-42-37-30 / 8-42-37-37
Ramírez
y prótesis
Ext.: 3112 / 3504
www.difver.gob.mx
La Directora General DIF Estatal Veracruz, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
81
Programa de Atención a Personas con Discapacidad
Unidad de Asistencia e Integración Social.
Dirección General de Rehabilitación y Asistencia Social.
FORMATO PARA LA IDENTIFICACION Y VALIDACION DE PROYECTOS ESPECIFICOS
PRIMERA PARTE: Identificación del proyecto.
Fecha de recepción
FOLIO
6 de agosto de 2008
PD-E08-30-002
Lugar y Fecha de emisión del proyecto
Xalapa, Ver. Julio de 2008
1. Datos Generales
Nombre del Estado
Veracruz de Ignacio de la Llave
Nombre del Director del Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza
SEDIF
Domicilio
Miguel Alemán Núm. 109, col. Federal, C. P. 91140, Xalapa Ver.
Teléfono
Correo electrónico
012288423730
y
012288423737 Ext. 3202 y
3203
Página Web
www.difver.gob.mx
2. Nombre del Proyecto Integral
Fortalecimiento y modernización de los servicios de rehabilitación e integración de las personas con
discapacidad en el Estado de Veracruz.
3. Nombre del Proyecto Específico
Modernización y equipamiento de las áreas del Centro de Tecnología Adaptada (CTA), Terapia Física (TF)
y Unidades Básicas de Rehabilitación (UBRs).
4. Objetivo del Proyecto Específico
1.
Mejorar la calidad de los servicios de rehabilitación en el CTA y terapia de lenguaje e incrementar en
un 15 % las sesiones de terapia otorgadas a los beneficiarios.
2.
Ofrecer una atención de mejor calidad al usuario de las áreas de rehabilitación, para lograr una
recuperación y reintegración a la vida diaria en menor tiempo y con ello, disminuir el costo de
atención.
3.
Cumplir con los programas sustantivos que cada UBRs realiza en pro de las personas con
discapacidad; dando los implementos de trabajo necesarios y funcionales para prestar una atención
que refleje un beneficio sustancial en los pacientes, aunado a una capacitación adecuada del
personal a cargo de las mismas.
82
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
SEGUNDA PARTE: Cobertura y problemática a ser atendida.
5. Localización Geográfica del Programa o Proyecto
Municipio(s)
Localidad(es)
Xalapa
Chicontepec, el Higo, Huayacocotla, Pánuco, Tantoyuca,
Cerro Azul, Naranjos Amatlan, Ozuluama, Pueblo Viejo,
Castillo de Teayo, Papantla; Poza Rica, Alamo Temapache,
Tihuatlan, Tuxpan, Zozocolco de Hidalgo, Altotonga,
Atzalan, Colipa, Martínez de la Torre, Misantla, Nautla,
Tlapacoyan, Vega de Alatorre, Actopan, Alto Lucero,
Cosautlan de Carbajal, Naolinco, Perote, Xico, Atoyac,
Chocaman, Córdoba, Coscomatepec, Cuichapa, Cuitláhuac,
Huatusco, Omealca, Paso del Macho, Tezonapa, Tomatlan,
Atlahilco, Atzacan, Canerino Z. Mendoza, Iztaczoquitlan,
Maltrata, Nogales, Orizaba, Zongolica, Boca del Río,
Catemaco, Ignacio de la Llave, Paso de Ovejas, San Andrés
Tuxtla, Santiago Tuxtla, Soledad de Doblado, Veracruz,
Carlos A. Carrillo, Cosamaloapan, Isla, Playa Vicente, Tierra
Blanca, Tlacotalpan, Tres Valles, Acayucan, Coatzacoalcos,
Cosoleacaque, Jesús Carranza, Juan Rodríguez Clara, Las
Choapas,
Minatitlan,
Oluta,
Sayula
de
Alemán,
Tatahuicapan y Uxpanapan.
6. Población que se espera atender, describirla por tipo de discapacidad
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
No existe un padrón de beneficiarios exclusivo de los pacientes que acuden al Centro de Tecnología
Adaptada; pero dentro del censo INEGI 2000 se reporta una población con discapacidad de 172,835 en el
Estado de Veracruz, de los cuales un 16.9% presentan una discapacidad Auditiva y un 6.5 una
discapacidad de Lenguaje, equivalente a 11,234
Durante el año en curso de enero a junio se han realizado 1,644 sesiones y se han atendido a 79
pacientes de primera vez. La consulta de alteraciones de la audición, voz, lenguaje y habla fue de 551
personas de los cuales 181 son niños de entre 1 y 11 años.
2.- Terapia Física:
De la productividad anual del CREE realizada en el 2007 donde se otorgaron a 1,562 Personas 28,133
sesiones de terapia física en sus diversas modalidades. Consideramos que al realizarse este proyecto se
incrementaría un 12 % aproximadamente la productividad.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
Se espera atender a aproximadamente a 24,285 personas en consulta médica en las 75 unidades básicas
de rehabilitación distribuidas en el Estado de Veracruz, de las cuales la discapacidad motriz es la
mayormente atendida, las discapacidades auditiva, de lenguaje, visual y mental son canalizadas al lugar
más cercano para su atención por la especialidad que corresponda.
No existe un padrón de beneficiarios exclusivo de los pacientes que acuden las Unidades Básicas de
Rehabilitación en el estado; pero dentro del censo INEGI 2000 se reporta una población con discapacidad
de 172,835 en el Estado de Veracruz, de los cuales el 38% presentan una discapacidad motora, 16.9%
presentan discapacidad Auditiva y 6.5% una discapacidad de Lenguaje. Durante el año en curso de Enero
a Junio se han realizado 9,586 consultas médicas, 92,263 sesiones de terapia física en UBRs.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
83
7. Descripción de la problemática a ser atendida y sus causas
1.- Centro de Tecnología Adaptada (CTA):
En esta vertiente del proyecto integral se pretende combatir el rezago en equipo de cómputo, así como de
los programas (software), reacondicionar en forma adecuada las áreas para su aislamiento, obteniendo un
mejor aprovechamiento por parte de los usuarios del CTA.
La problemática a ser atendida tiene que ver con el mejoramiento en infraestructura del área de trabajo del
CTA, mejorando la calidad de las terapias de lenguaje y aprendizaje; y teniendo una mayor cobertura, la
cual es necesaria ya que en el estado de Veracruz se está llevando a cabo el programa de Implante
Coclear, para lo cual el paciente requiere seguir un protocolo de estudios para su aceptación, con esto
inicia un programa pre-implante a base de terapia de lenguaje y posteriormente es implantado y tres
semanas después reinicia las sesiones de terapia de lenguaje las cuales como requisito deben ser por lo
menos tres veces a la semana con duración. Por todo lo anterior, requerimos de una mejora en las
instalaciones para evitar interrupciones durante el tiempo de tratamiento de un paciente, así como una
actualización en el equipo de cómputo y software. Asimismo contamos con un área improvisada donde se
realizan traducciones a Sistema Brayle por parte de un Lic. en Derecho, el cual es invidente y nos apoya
con este servicio, esto requiere de un software especial.
Las principales causas que se han presentado son:
−
falta de presupuesto para la compra de equipo de cómputo;
−
equipo de cómputo obsoleto;
−
sofwares no actualizados;
−
área insuficiente para una mejor atención;
−
área no ventilada;
−
la falta de aislamiento influye en una inadecuada terapia individual ya que la mayor incidencia es de
niños con problemas de hipoacusia;
Con el fortalecimiento del CTA se espera un incremento en la cobertura de atención de aproximadamente
un 15% para las personas que presentan una discapacidad auditiva y de lenguaje. Asimismo los usuarios
que acudan al Centro, tendrán la oportunidad de recibir una mejor calidad en los servicios del CTA.
Cabe mencionar que los usuarios que acuden al CREE-Xalapa, provienen de diversas localidades del
Estado de Veracruz, quienes a su vez presentan una condición socioeconómica “precaria”.
2.- Terapia Física:
La problemática de las personas con discapacidad en el estado de Veracruz, se enfoca a la prevención y a
la mejora en la atención oportuna y de calidad, esto puede lograr al tener centros de rehabilitación con la
capacidad y tecnología adecuados a los 66,195 personas con discapacidad motriz en el estado, así
contamos con un CREE ubicado en la capital del estado, el cual, está inmerso en instalaciones de DIF
Estatal y no fue planeado para la atención de la población creciente de estos tiempos, este CREE cuenta
con un área de electroterapia con 5 ultrasonidos, 1 láser, 4 aparatos de corrientes interferenciales, 1
diatermia, 2 electro estimuladores, 1 parafinero, 1 fluido terapia y 4 compreseros, también se cuenta con
una tracción cervical y lumbar, todo lo anterior de antigüedad variable de entre 2 y 20 años, siendo algunos
obsoletos y con capacidad insuficiente para la atención; el área de hidroterapia cuenta con 35 mts.
cuadrados aproximadamente donde se encuentran distribuidas 1 tina de Hubbard, 1 tina horizontal, 1 tina
de miembros torácicos y 1 de miembros pélvicos; en mecanoterapia tenemos un gimnasio de 42 mts
cuadrados de superficie, 4 colchonetas, 2 barras paralelas( infantil y adulto), 2 grúas de carga parcial de
peso ( infantil y adulto) , 3 bicicletas, 1 caminadora, 2 barras suecas, 1 escalerilla de dedos, 2 poleas con
peso, 1 timón ( inservible) 1 mesa de posición (que frecuentemente requiere de mantenimiento) ya que por
ser manual los engranes ya están desgastados, 1 espejo de postura; el área de terapia ocupacional es
pequeña para las necesidades actuales no cuenta con área de adiestramiento para las actividades de la
vida diaria, presenta 1 mesa de trabajo, 7 sillas metálicas, 1 silla de altura, 1 espejo de postura, 1 mesa de
canavel inservible, material didáctico básico muy escaso de terapia ocupacional, el cual se encuentra
deteriorado y es insuficiente para la atención de la población actual.
De forma tal, es inherente que se requiere contar con el material necesario para dar la atención digna que
merece la población discapacitada siendo el impacto de ejecución del proyecto estimado a 2,804 personas
en el año 2008, incrementando así en un 12% la cobertura de atención a la discapacidad en el Estado de
Veracruz.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
La distribución geográfica del estado de Veracruz hace difícil el traslado de los pacientes con alguna
discapacidad a este Centro de Rehabilitación para ser atendidos, siendo primordial ofrecer un servicio
oportuno, efectivo, de calidad y cerca de su lugar de origen. Por lo que es importante contar con el
instrumental en buenas condiciones y actualizado, así como con el personal capacitado para tal fin. Por lo
tanto con el reequipamiento de las UBRs se espera disminuir el costo de los tratamientos, evitando el
desplazamiento y la estancia prolongada de los pacientes en el CREE Xalapa.
84
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
8. Vida útil del proyecto y narración de los motivos
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
El proyecto específico aquí presentado, pretende tener un tiempo de duración de 5 años, ya que dentro de
las vertientes que se propone, en su mayoría es el equipamiento y remodelación.
Lo anterior comprenderá tanto el periodo de la administración estatal actual, así como principios de la
administración estatal entrante.
2.- Terapia Física:
El equipo electromédico que recibe mantenimiento en forma constante (preventivo y/o correctivo) tiene una
vida útil entre 5 y 8 años, ya que su uso es constante durante la jornada laboral.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
La duración de la vida del proyecto será de 3 años, esto debido al cambio de administración, aunque se
considera factible la continuación de éste por la administración siguiente. De tal modo, la vida útil del
equipo electromédico es de 5 años dependiendo del uso.
TERCERA PARTE: Obras y acciones.
9. Lista y descripción de las OBRAS
Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención de
la Discapacidad.
Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de
atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF.
-
Apoyo a financiar C.1.8- Otro tipo de de adecuaciones de inmuebles e instalaciones.
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
−
Modificación y aislamiento de la totalidad de los cubículos de área del CTA.
−
Climatización del área para un mejor ambiente de aprendizaje y trabajo.
−
Obras
Modificación
y
aislamiento de la totalidad
de los cubículos de área
de CTA.
Fecha de inicio
Fecha de término
Septiembre de 2008
1 de diciembre de 2008
−
Climatización
del
área para un mejor
ambiente de aprendizaje y
trabajo
−
Costo estimado de las obras
Obras
Monto
Modificación y aislamiento de la totalidad de $22,500.00
los cubículos de área de CTA.
Climatización de área, para un
ambiente de aprendizaje y trabajo
Total
mejor $22,500.00
$45,000.00
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(Segunda Sección)
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10. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las OBRAS
Proyecto en etapa inicial
11. Lista y descripción de las ACCIONES
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
-
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad.
-
Acción A.3.- Las destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con
discapacidad.
-
Apoyo a financiar A.3.22.- Otros sujetos a aprobación.
Adquisición de equipo de cómputo con monitor C/Touch screen ENTEC 15” o 17” LCD y sofwares
actualizados y su conexión a red.
2.- Terapia Física:
-
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad
-
A.3.- Destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad.
-
Apoyo a financiar A.3.4.- Equipo de mesoterapia o mecanoterapia.
Mecanoterapia:
-
2 Timones ejercitadotes de hombro, que permiten alcanzar el arco de movimiento completo en
el hombro y fortalecerlo.
-
1 caminadora eléctrica para entrenamiento de marcha
-
2 ejercitadores magneciser de pedal funcionan para ejercitar miembros torácicos y miembros
pélvicos.
-
1 Ergómetro isocinético para miembros inferiores. Aparato de entrenamiento que mejora
fuerza muscular con tensión variable y arco de movimiento con protección de articulaciones.
-
1 bicicleta fija. Mejora arcos de movimientos de miembros pélvicos, mejora la coordinación y
la fuerza muscular
-
2 cilindros de 10 x 60 cm. Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y
manejo de diferentes etapas de estimulación temprana.
-
2 cilindros de 20 x 60 cm. Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y
manejo de diferentes etapas de estimulación temprana.
-
2 cuñas de 15 x 50 x 50 cm Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y
manejo de diferentes etapas de estimulación temprana.
-
2 cuñas de 30 x 60 x 80 cm Material útil para mejorar equilibrio, defensas, fortalecimiento y
manejo de diferentes etapas de estimulación temprana.
-
6 colchones de 200 x 100 x 10 cm de espesor. Necesarios para trabajar diferentes tipos de
ejercicios.
-
2 mesas estabilizadoras para niño. Utiles para estabilizar al paciente en una posición
adecuada para trabajar dentro de las sesiones.
-
1 mesa estabilizadora para adulto. Utiles para estabilizar al paciente en una posición
adecuada para trabajar dentro de las sesiones.
-
1 ergómetro isocinético para miembros superiores. Aparato de entrenamiento que mejora
fuerza muscular con tensión variable y arco de movimiento con protección de articulaciones.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
-
Vertiente A.- Acciones de Prevención y Atención de Personas con Discapacidad
-
A.3.- Destinadas a apoyar la asistencia y rehabilitación de personas con discapacidad.
-
A.3.2.- Equipo de estimulación eléctrica:
-
2 Equipo láser. Regenerador de tejido, poder antiinflamatorio y analgésico de alta potencia.
-
1 Equipo de Diatermia.
-
2 ultrasonidos terapéuticos therasoud 3.4 Tratamiento de terapia física con efecto
antiinflamatorio y regenerador de tejido.
-
2 Electroestimuladores Theramini 2. Función analgésica y relajante.
-
1 baño de parafina paracare tratamiento de calor superficial con poder antiinflamatorio y
analgésico
-
2 Cabezal para ultrasonido chatanuga complemento para ultrasonidos ya existentes.
-
1 silla de altura variable para tina de hidroterapia
-
2 ejercitadores de mano handtrainer
-
1 Mesa de Inclinación variable.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
-
Vertiente C.- Acciones de Equipamiento, Infraestructura y Profesionalización para la Atención
de la Discapacidad.
-
Acción C.1.- Las de remodelación o construcción de infraestructura de centros y unidades de
atención y rehabilitación a personas con discapacidad, por parte de los SEDIF y SMDIF.
-
Apoyo a financiar C.1.10.- Equipo médico especializado
Para el reequipamiento de las Unidades Básicas del Estado de Veracruz consideramos que son
necesarios los siguientes equipos:
−
Ultrasonido
−
Tina de Remolino de cuerpo completo
−
Timón de Hombro
−
Poleas de pared
−
Silla de ruedas
−
Plantoscopio
−
Pelota de Bobath
−
Parafinero
−
Mesa de tratamiento
−
Lámpara de Rayos infrarrojos
−
Espejo móvil
−
Espejo de pared
−
Escalerilla para dedos
−
Electroestimulador portátil (tens)
−
Electroestimulador
−
Compresero caliente chico
−
Compresero frío
−
Colchón de tratamiento
−
Cilindros
−
Cuñas
−
Bicicleta fijas
−
Barras suecas
−
Barras paralelas
−
Balancín de madera
−
Escalera con rampa
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
Acciones
(Segunda Sección)
Fecha de inicio
Fecha de término
Septiembre 2008
15 de diciembre de 2008
•
En mecanoterapia ofrecer equipo Septiembre 2008
moderno seguro y útil para su
recuperación.
15 de diciembre de 2008
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
•
Reequipamiento
2.- Terapia Física:
•
Aumentar el número de sesiones de
electroterapia:
Láser,
diatermia,
ultrasonido, electroestimulación.
Mejorar la apariencia del gimnasio, lo
•
cual influye en el estado anímico del
paciente
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
•
Por medio del reequipamiento de las
UBRs lograr una funcionalidad óptima en
cada una de éstas que conlleve a una
atención de calidad al beneficiario.
•
Actualizar el equipo electromédico de Septiembre 2008
cada una de las UBRs o en su defecto de
las que más lo requieran.
•
Optimizar
el
trabajo
de
los
encargados de UBRs con equipo
actualizado y funcional.
Costo estimado de las acciones
Acciones
Monto
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
Adquisición de 7 equipos de cómputo y $150,000.00
sofware, actualizados y conectadas en red.
Total:
$150,000.00
2.- Terapia Física:
2 Equipo de láser terapia
$72,000.00
1 Diatermias
$97,600.00
2 Equipo de electroestimulación theramini 2
$40,000.00
2 timones ejercitadotes de hombro magneciser
$7,000.00
1 Caminadora eléctrica
$42,000.00
2 Ultrasonidos terapéutico therasoud 3.4
$28,000.00
2 ejercitador magnessicer de pedal
$3,400.00
1 baño de parafina paracare
$1,700.00
1 Ergómetro isocinético para miembros inferiores.
$62,000.00
2 Cabezal para ultrasonido chatanuga
$7,200.00
1 bicicleta fija
$6,000.00
2 cilindros de 10 x 60 cm.
$518.00
2 cilindros de 20 x 60 cm.
$1,410.00
2 cuñas de 15 x 50 x 50 cm
$1,288.00
15 de diciembre de 2008
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DIARIO OFICIAL
2 cuñas de 30 x 60 x 80 cm
$3,340.00
6 colchones de 200 x 100 x 10 cm de espesor
$20,610.00
1 silla de altura variable para tina de hidroterapia
$8,000.00
2 mesas estabilizadoras para niño
$14,000.00
1 mesa estabilizadora para adulto
$9,000.00
2 ejercitadores de mano handtrainer
$5,000.00
1 ergómetro
superiores
isocinético
para
$59,000.00
miembros
1 Mesa de inclinación variable
Total:
$47,800.00
$536,868.01
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
Balancín de madera c/cubierta de vynyl
$3,289.00
Barras paralelas
$8,447.00
Barras suecas
$3,003.27
Bicicleta fija
$3,458.58
Cilindro de 90 x 30
$1,487.25
Colchón de cuña
$635.37
Colchón cilíndrico
$2,040.67
Colchón de tratamiento
$3,326.00
Compresero chico caliente
$9,867.00
Electroestimulador muscular
Electroestimulador portátil “TENS”
Escalerilla para dedos
$22,383.81
$2,085.52
$912.76
Espejo de pared
$4,566.46
Espejo móvil
$5,681.00
Lámpara de rayos infrarrojos
$3,313.67
Mesa de tratamiento
$5,232.50
Mesa de tratamiento con colchón
$5,364.41
Parafinero
$3,829.20
Pelota Bobath
$703.58
Plantoscopio
$3,352.50
Poleas de pared
$2,713.40
Timón de hombro
$4,164.51
Tina de hidromasaje cuerpo completo
$62,653.90
Ultrasonido
$19,733.28
TOTAL POR UNIDAD (SE ESPERA ATENDER ENTRE
8 Y 9 UBR. LA CANTIDAD SOLICITADA DE CADA UNA
DEPENDERIA DE SUS REQUERIMIENTOS)
Total asignado para atender a todas las UBR´s:
$182,244.64
$1,575,000.00
GRAN TOTAL DEL PROYECTO $2,261,868.01
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DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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12. Antecedentes, etapas concluidas y/o situación actual de cada una de las ACCIONES
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
Actualmente se cuanta con 5 cubículos de atención para los cuales se tienen contratados a una terapeuta
de lenguaje, una Lic. en Intervención educativa, una Pedagoga y un Psicólogo realizando su servicio social
y una pasante de Terapia de Lenguaje.
Los cubículos no tienen una división apropiada, lo que permite la trasmisión del sonido y de la voz al
momento de trabajar los terapeutas de manera simultánea, lo que provoca interrupciones frecuentes y
distracciones tanto del terapeuta como del paciente. Contamos con 7 equipos de cómputo los cuales son
ya obsoletos para los Softwares actuales, algunos de éstos presentan fallas frecuentes e incompatibilidad
de programas. Lo que provoca el retraso en la atención ya que el mantenimiento y actualización de este
tipo de equipo específico para una discapacidad debe ser permanente, lo cual no se ha llevado a cabo
durante los últimos 5 años.
2.- Terapia Física:
Durante el año 2007 se beneficiaron a 1,562 personas con 28,133 sesiones de las diversas terapias con
las que contamos, las cuales se brindan en condiciones inadecuadas ya que contamos con un área de
mecano- terapia de 7 x 6 mts. La cual es insuficiente para la demanda actual, por lo que hemos tenido que
manejar grupos de terapia, el equipo con el que se cuenta en esta área varía en el tiempo de antigüedad
entre 3 y 15 años; esto aunado a un mal mantenimiento preventivo y correctivo, y al uso constante, hace
que se requiera un reequipamiento de esta área. En cuanto al espacio continuaremos limitados ya que no
existen espacios para ampliación y se encuentra en construcción un nuevo Centro de Rehabilitación.
Hasta hace algunos años contábamos con una pequeña área de electroterapia con cuatro cubículos de
tratamiento, por lo que se realizó la construcción de 5 cubículos los cuales se encuentran separados de los
primeros debido a los espacios disponibles. Los cuales en las horas de mayor demanda se vuelven
insuficientes al igual que el equipo con el que se cuenta, ya que sólo tenemos un solo láser el cual
trasladan los terapeutas al sitio donde es necesario. Unicamente existe una diatermia la cual es obsoleta e
insuficiente para cubrir las necesidades.
En cuanto al resto del equipo con el que se labora requiere de mantenimiento urgente ya que durante los
años anteriores no se le dio de manera preventiva por lo que presentan fallas frecuentes; algunos de éstos
son modelos antiguos por lo que ya no existen refacciones para repararlos.
En cuanto a los colchones para ejercicio de piso se encuentran en pésimo estado por lo que el servicio
para el paciente es de mala calidad.
Todo lo anterior hace necesario el reequipamiento de estas dos áreas básicas para la rehabilitación del
paciente con equipo moderno y necesario para una atención de calidad.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
Contamos con 75 Unidades Básicas de Rehabilitación a lo largo de todo el estado, de las cuales la
mayoría requieren y solicitan en forma constante del reequipamiento de las mismas, ya que el deterioro por
el uso constante es perceptible; las múltiples solicitudes de los municipios recibidas se deben a que en
Diciembre de 2007 hubo cambio de administración y las nuevas autoridades solicitan el apoyo para ofrecer
una mejor atención a su población.
90
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
CUARTA PARTE: Metas e indicadores.
13. Metas específicas del proyecto que espera alcanzar
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
Se pretende un incremento sustancial de 15 % en las sesiones de terapia de lenguaje y aprendizaje
otorgada a los beneficiarios. Hasta el mes de junio de 2008 se han realizado 1,644 sesiones 1,573
subsecuentes y 79 valoraciones a pacientes de primera vez. La consulta de alteraciones de la audición,
voz, lenguaje y habla fue de 551 personas de los cuales 181 son niños de entre 1 y 11 años.
2.- Terapia Física:
El reequipamiento del área de mecanoterapia permite a los terapeutas ampliar la diversidad de
tratamientos que se ofrecen a los usuarios mejorando la calidad y disminuyendo el tiempo de la atención lo
que se refleja en una mejor respuesta al tratamiento, con equipo moderno como los ergómetros que
permiten un mejor acondicionamiento músculo-esquelético y que limita el daño a las articulaciones, por lo
que proporcionaremos tratamientos adecuados a los avances tecnológicos más actualizados. El mejorar
las condiciones actuales de colchonetas, cuñas, y cilindros da una ambientación confortable al usuario,
influyendo en el estado de ánimo de nuestros pacientes.
Durante el año en curso se han realizado 4,951 sesiones de electroterapia hasta el mes de Junio y 6,318
sesiones de mecanoterapia, lo cual esperaríamos aumentar con el equipo y material solicitado en 12 %
aproximadamente. Durante el periodo de enero a junio se han recibido a 940 solicitudes de servicio.
3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
El reequipamiento de las UBRs permite a los encargados y auxiliares de terapia ampliar la diversidad de
tratamientos que se ofrecen a los usuarios mejorando la calidad y disminuyendo el tiempo de la atención lo
que se refleja en una mejor respuesta al tratamiento, con equipo moderno. El mejorar las condiciones
actuales de colchonetas, cuñas, y cilindros da una ambientación confortable al usuario, influyendo en el
estado de ánimo de nuestros pacientes.
Durante el año en curso se han realizado 85,238 sesiones hasta el mes de Junio con lo que se han
beneficiado a 12,403 personas, con lo cual esperaríamos aumentar la calidad de la atención ofrecida en
las UBRs. Esto de la mano de la capacitación del personal a cargo.
14. Indicadores que permitan verificar el cumplimiento de las metas (en los términos del punto 6
“Evaluación” de las reglas de operación)
Indicador
Documento, informe o fuente de verificación
1.- Centro de Tecnología Adaptada:
INDICADOR:
Expediente clínico del paciente.
Porcentaje de personas que reciben
Informes de productividad.
prevención y atención para la discapacidad.
Padrón de beneficiarios.
Informe de demanda de servicios.
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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2.- Terapia Física:
Expedientes clínicos
Número de personas que reciben prevención
Informes diarios de actividades (SISP),
y atención para la discapacidad durante el
Informe mensual de actividades de terapia física.
periodo
Padrón de beneficiarios
____________________________ X 100%
Informe de Demanda de servicios
FORMULA:
Número de personas que solicitan prevención 3.- Unidades Básicas de Rehabilitación:
y atención para la discapacidad durante el Expedientes clínicos.
periodo.
Informes diarios de actividades (SISP).
Informe mensual de actividades de UBRs.
Informe trimestral de UBRs.
QUINTA PARTE: Relaciones interinstitucionales y factores críticos.
15. Relaciones interinstitucionales
Institución
Puntos de coordinación o concertación.
Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Para la autorización, seguimiento y evaluación del proyecto
Familia (SNDIF)
(CTA, TF y UBR´s)
Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de Para dar seguimiento y evaluación al objetivo destinado a
la Familia (SEDIF).
las UBR´s, donde participarán los Sistema Municipal Para
el Desarrollo Integral de la familia (SMDIF) que cuenten
con UBR´s
16. Factores críticos de éxito.
•
Actitud laboral negativa por parte del personal que otorga los servicios a personas con discapacidad.
•
Narcotráfico
•
Usos y costumbres.
•
Procesos administrativos.
SEXTA PARTE: Seguimiento, control y evaluación del proyecto.
17. Cadena de mando del SEDIF responsable del seguimiento, control y evaluación
Nombre
Cargo o puesto
Profra. Zita Beatriz Pazzi Maza
Directora General SEDIF
Lic. María del Carmen Villalobos Directora
de
Asistencia
Romo
Integración Social.
Teléfono y correo electrónico
e
Dr. David Rodríguez Leyva
Subdirector
de
Servicios
Asistenciales Médicos.
Dr. César Méndez Martínez
Encargado de CTA
Lic. Marisa Vignola Arguelles
Encargada de UBRs.
Edgar García García
Encargado del Proyecto de T.F.
La Directora General del SEDIF, Zita Beatriz Pazzi Maza.- Rúbrica.
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(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA
EXTRACTO del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia inicia la investigación de oficio
identificada bajo el número de expediente IO-003-2009, por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas
en el mercado de la producción, distribución y comercialización de paneles y componentes de cristal en el territorio
nacional.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal
de Competencia.
“EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA INICIA LA
INVESTIGACION DE OFICIO IDENTIFICADA BAJO EL NUMERO DE EXPEDIENTE IO-003-2009, POR LA POSIBLE
COMISION DE PRACTICAS MONOPOLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DE LA PRODUCCION, DISTRIBUCION
Y COMERCIALIZACION DE PANELES Y COMPONENTES DE CRISTAL EN EL TERRITORIO NACIONAL.
Derivado de los elementos de convicción aportados mediante el programa de reducción de sanciones
previsto en los artículos 33 bis 3 de la Ley Federal de Competencia Económica, 43 y 44 del Reglamento de la
Ley Federal de Competencia Económica, esta Comisión Federal de Competencia cuenta con elementos
suficientes para el inicio de una investigación por prácticas monopólicas absolutas. Las posibles prácticas
monopólicas a investigar consisten en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes
económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea fijar, elevar, concertar o manipular el precio de
venta o compra de bienes o servicios al que son ofrecidos o demandados en los mercados, o intercambiar
información con el mismo objeto o efecto; establecer la obligación de no producir, procesar, distribuir,
comercializar o adquirir sino solamente un cantidad restringida o limitada de bienes o la prestación o
transacción de un número, volumen o frecuencia restringidos o limitados de servicios; así como dividir,
distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios,
mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables. El mercado a investigar
es el de la producción, distribución y comercialización de paneles y componentes de cristal en el territorio
nacional. Lo anterior, en la inteligencia que las conductas concretas que puedan constituir prácticas
monopólicas, habrán de determinarse, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el
artículo 33 de la Ley Federal de Competencia Económica, toda vez que el presente acuerdo da inicio a un
procedimiento de investigación en el que aún no se han identificado las conductas que pueden constituir
prácticas monopólicas, ni se ha determinado el sujeto a quien deberá oírsele en defensa como probable
responsable de infracciones a la Ley Federal de Competencia Económica.
Se autoriza al Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas y Restricciones al
Comercio Interestatal de esta Comisión, para que en términos del artículo 31 de la Ley Federal de
Competencia Económica, expida órdenes de presentación de documentación e información relevante, cite a
declarar a quienes tengan relación con la investigación, así como para realizar visitas de verificación, y para
tramitar, coordinar y supervisar el procedimiento, utilizando, en su caso, las medidas de apremio
correspondientes.
Lo anterior se publica de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley Federal de
Competencia Económica, con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar en la presente
investigación. El periodo de investigación comenzará a contar a partir de la publicación de este extracto.
México, Distrito Federal, a veintitrés de junio de dos mil nueve.- Así lo acordó y firma el Secretario
Ejecutivo.- Rúbrica.- Conste.”
Atentamente
El Secretario Ejecutivo, Ali B. Haddou Ruiz.- Rúbrica.
(R.- 291562)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
93
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO
DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Organización Productiva para Mujeres
Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de
Michoacán de Ocampo.
CONVENIO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA
MUJERES INDIGENAS, EN ADELANTE “EL PROGRAMA” DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009; QUE CELEBRAN LA
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR EL M. V. Z.
PEDRO BARRERA PEREZ, EN SU CARACTER DE DELEGADO EN EL ESTADO DE MICHOACAN, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, Y POR LA OTRA EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO, MTRO. LEONEL GODOY RANGEL, GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO
POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, M.D. FIDEL CALDERON TORREBLANCA; EL SECRETARIO DE FINANZAS Y
ADMINISTRACION, C.P. RICARDO HUMBERTO SUAREZ LOPEZ; LA SECRETARIA DE LA MUJER, PROFA. CRISTINA
PORTILLO AYALA; EL COORDINADOR DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO, ING. ISIDORO RUIZ ARGAIZ; Y LA
COORDINADORA DE CONTRALORIA, LIC. ROSA MARIA GUTIERREZ CARDENAS A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES
DENOMINARA “EJECUTIVO DEL ESTADO”; LOS CUALES CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARA “LAS PARTES”, DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B, establece la
obligación para la Federación, los estados y los municipios de impulsar el desarrollo regional de las zonas
indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus
pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno.
II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, recoge las aspiraciones, demandas y propuestas de los
diversos grupos de la sociedad, incluyendo a las comunidades indígenas, los tres órdenes de gobierno y la
población en general, estableciendo en su artículo cuarto que las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, establecerán los mecanismos necesarios para la coordinación con los
distintos órdenes de gobierno y la concentración con los diversos grupos sociales y de los particulares, con la
finalidad de promover su participación amplia y responsable en la consecución de los objetivos del
citado Plan.
III. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 3 Igualdad de Oportunidades, objetivo 15,
estrategia 15.1 señala que se constituirá la atención a los indígenas en un objetivo estratégico transversal
para toda la Administración Pública Federal.
IV. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán señala que las autoridades
estatales garantizarán el desarrollo integral de los pueblos indígenas y velarán por la atención de sus
demandas con pleno respeto a su cultura y promoverán acciones para su beneficio.
V. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2009, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 25 que los programas
que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 17, considerándose
dentro de ese documento a los programas de “LA COMISION”.
VI. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el
objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos,
entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA”, deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION”
que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.
VII. Con fecha 29 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación “Acuerdo de
modificación a las reglas de operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas, Fondos
Regionales Indígenas, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas, Coordinación para el Apoyo a la
Productividad, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Fomento y Desarrollo de las Culturas
Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia e Infraestructura Básica para la Atención de los
Pueblos Indígenas” en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION”.
94
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
VIII. Que “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” establecen como objetivo general
“Contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en
localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización, vinculada a un
proyecto productivo”.
IX. Que de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” existe la necesidad de
celebrar un Convenio de Coordinación con las instancias ejecutoras para la ejecución de “EL PROGRAMA”.
X. Que “EL PROGRAMA”, considera los siguientes apoyos:
a) Proyecto de Organización Productiva
b) Acompañamiento
c) Promotoras indígenas
d) Capacitación
e) Operación, seguimiento y evaluación
DECLARACIONES
I. De “LA COMISION”:
I.1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de su Ley Orgánica, es un organismo
descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con
patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley
publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.
I.2. Que de conformidad con el artículo 2 de su Ley Orgánica tiene como objeto orientar, coordinar,
promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones
públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene entre sus
funciones establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas,
con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones
conjuntas en favor de los pueblos y comunidades indígenas.
I.3. Que de conformidad con el artículo 3 de su Ley Orgánica rige sus acciones, entre otros, por los
siguientes principios:
a)
Promover la no discriminación o exclusión social y la construcción de una sociedad incluyente, plural,
tolerante y respetuosa de la diferencia y el diálogo intercultural.
b)
Impulsar la integralidad y transversalidad de las políticas, programas y acciones de la Administración
Pública Federal para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.
c)
Incluir el enfoque de género en las políticas, programas y acciones de la Administración Pública
Federal para la promoción de la participación, respeto, equidad y oportunidades plenas para las
mujeres indígenas.
I.4. Que adicionalmente a las estrategias y acciones de gobierno señaladas en las leyes citadas en los
antecedentes, “LA COMISION” de acuerdo con las funciones establecidas en el artículo 2 fracciones XI y XIV
de su Ley, puede instrumentar y operar programas y acciones para el desarrollo de los pueblos indígenas
cuando no correspondan a las atribuciones de otras dependencias o entidades de la Administración Pública
Federal o en colaboración, en su caso, con las dependencias y entidades correspondientes, así como
establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la
participación que corresponda a sus municipios, para llevar a cabo programas, proyectos y acciones conjuntas
en favor de los pueblos y comunidades indígenas.
I.5. Que el C. M.V.Z. Pedro Barrera Pérez, Delegado Estatal en Michoacán cuenta con las facultades
suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con el Poder otorgado ante
el Notario Público número 104, licenciado José Ignacio Sentíes Laborde, con ejercicio y residencia en la
Ciudad de México, Distrito Federal, mediante Escritura Pública 83486 de fecha 10 de abril de 2008 y en el
artículo 33 fracción VII de su Estatuto Orgánico que lo faculta para celebrar, por instrucciones del Director
General, los convenios y acuerdos de colaboración, coordinación y concertación con las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, el Gobierno Estatal, así como con los gobiernos municipales y
con las organizaciones de los sectores social y privado, respectivamente, para llevar a cabo programas,
proyectos y acciones conjuntas en favor de los pueblos y comunidades indígenas.
I.6. Que para efectos del presente instrumento señala como su domicilio el ubicado en Periférico Nueva
España número 2537, colonia Hospitales de don Vasco en Morelia, Michoacán, código postal 58248.
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II De “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”:
II.1 Que el Estado de Michoacán de Ocampo, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante
de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; y 14 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán
de Ocampo.
II.2 Que el Gobernador del Estado, Mtro. Leonel Godoy Rangel, cuenta con atribuciones para firmar el
presente Convenio, de conformidad con el artículo 65 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 3o., 8o., de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Michoacán de Ocampo; y 36 de la Ley de Planeación del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.3 Que el Secretario de Gobierno, M.D. Fidel Calderón Torreblanca, tiene reconocidas las atribuciones
para firmar el presente Convenio, de acuerdo con los artículos, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15, 16, 22, 23, fracción I y
44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6,
fracción I, 11, fracción XVIII y 18 del Reglamento Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado
de Michoacán de Ocampo.
II.4 Que el Secretario de Finanzas y Administración, C.P. Ricardo Humberto Suárez López, cuenta con
atribuciones para firmar el presente convenio de conformidad a lo estipulado en los artículos 62, 65 y 66 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15,
16, 22, 24 fracción III y 44, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Michoacán de Ocampo; 6, fracción II, 11, fracción XVIII y 37 del Reglamento Interior de la Administración
Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo:
II.5 Que la Secretaria de la Mujer, Profra. Cristina Portillo Ayala, tiene reconocidas las atribuciones para
firmar el presente instrumento jurídico de acuerdo con lo señalado en los artículos 62, 65 y 66 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 1o., 2o., 8o., 9o., 11, 12, 13, 15,
16, 22, 36 fracciones I, II, III y IV y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de
Michoacán de Ocampo; 6, fracción XIV, 11, fracción XVIII y 175 del Reglamento Interior de la Administración
Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.6 Que el Coordinador de Planeación para el Desarrollo, Ing. Isidoro Ruíz Argáiz, cuenta con las
atribuciones legales suficientes para firmar el presente Convenio, de conformidad con los artículos 1o., 2o.,
8o., 12, 15, 16, 40 fracción I y 41 fracciones VI y VIII y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; 6o., fracción XVII, 11, fracción XVIII y 191 del Reglamento
Interior de la Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.7 Que la Coordinadora de Contraloría, Lic. Rosa María Gutiérrez Cárdenas, cuenta con las atribuciones
necesarias para firmas el presente Convenio, de conformidad con los artículos 1o., 2o., 8o., 12, 15, 16, 40
fracción II y 42 fracciones IX y XVI y 44 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Michoacán de Ocampo; 6, fracción XVIII, 11, fracción XVIII y 198 del Reglamento Interior de la
Administración Pública Centralizada del Estado de Michoacán de Ocampo.
II.8 Que para efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Avenida
Madero Poniente número 63, Centro, código postal 58000, en Morelia, Michoacán.
Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de “LAS PARTES” con fundamento en lo que
disponen los Artículos 2, 26, 40, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 45 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 33,
34 y 44 de la Ley de Planeación; 54, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley de Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y 176, 178, 179 y 180 de su Reglamento; 18 fracción V, 25, 26, décimo, décimo
primero y décimo quinto transitorios del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
2009; 2 fracciones XI y XIV de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; las
“REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”; artículos 62, 66 y 130 segundo párrafo de la Constitución
Política del Estado de Michoacán de Ocampo; 8, 9, 11, 12, 22, 23, 24, 36, 40 fracciones I y II, 41 y 42 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; “LAS PARTES” han decidido
suscribir el presente instrumento para la aplicación de los recursos de “EL PROGRAMA” conforme a las
siguientes:
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CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio tiene por objeto la ejecución de “EL PROGRAMA” de
conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” a efecto de impulsar la participación de las mujeres
indígenas en procesos autogestivos para su organización en torno a un proyecto productivo, en el marco de
“EL PROGRAMA”, los cuales se detallarán en los anexos de Ejecución que se formalizarán para la
transferencia de los recursos y en el Plan de Trabajo que presentará “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, mismo
que se considerará parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA. MONTO Y ACCIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio
“LA COMISION” se compromete a aportar recursos hasta por la cantidad de $2’600,000.00 (dos millones
seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) monto que será depositado a la cuenta bancaria que para tal efecto
apertura “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” por conducto de la Secretaría de la Mujer, para financiar los
proyectos de organización productiva y acompañamiento a los mismos con apego a las “REGLAS DE
OPERACION” de “EL PROGRAMA”. Sujeto a la disponibilidad presupuestal de “LA COMISION” para el
ejercicio fiscal 2009 y a la legislación federal aplicable en la materia. “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” aportará
la cantidad de $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.), recursos que serán utilizados para
financiar proyectos productivos de acuerdo a las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”, así como
la implementación de un programa de capacitación y/o formación en apoyo a los proyectos productivos. De
igual manera, establece el compromiso de aportar de manera mensual, la cantidad de $700.00 (setecientos
pesos 00/100 M.N.), para complemento de las becas a promotoras de “LA COMISION”, en un total de siete
becarias, por toda la vigencia del presente instrumento legal.
Los recursos se transferirán a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” de acuerdo con los anexos de Ejecución,
en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos y número de beneficiarias con apego a
“EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”.
TERCERA. PLAN DE TRABAJO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá establecer en un Plan de
Trabajo, la capacidad operativa, la cobertura geográfica y el número aproximado de proyectos que de acuerdo
a la metodología participativa propuesta en “EL PROGRAMA” puede comprometer durante la vigencia del
presente instrumento.
CUARTA. OBLIGACIONES DE LA COMISION.- “LA COMISION”.- Se compromete a:
a) Dar a conocer a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” las Reglas de Operación para el ejercicio fiscal 2009
de “EL PROGRAMA”.
b) Revisar y validar el Plan de Trabajo que presente “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”.
c) Revisar y, en su caso, validar los proyectos de organización productiva y acompañamiento presentados
por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”, que cumplan con los criterios y normatividad aplicable.
d) Aportar los recursos federales en los términos señalados en la cláusula segunda, siempre y cuando las
propuestas presentadas cumplan con la normatividad establecida.
e) Supervisar durante la operación de “EL PROGRAMA” el cumplimiento de la normatividad, lineamientos
y especificaciones técnicas del financiamiento de los proyectos de organización productiva contenidos en los
anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos y número de
beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”.
f) Apoyar a “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” con un Sistema Integral de Mujeres para “EL PROGRAMA”
y dar seguimiento al registro de los proyectos productivos, y programas de acompañamiento que se ejecuten.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL EJECUTIVO DEL ESTADO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO”.- Se
compromete a:
a) Presentar un plan de trabajo detallado que contenga la capacidad operativa, cobertura, propuesta de
asistencia técnica, acompañamiento y recursos humanos, materiales y financieros que aplicará en la
ejecución de las acciones de “EL PROGRAMA”, asimismo, donde defina su propuesta de zonas de atención,
capacidad operativa y propuesta de acompañamiento a los grupos solidarios en todas las acciones previas al
desarrollo de proyectos y organización, documento que será soporte del presente instrumento, el cual ya ha
sido presentado y autorizado.
b) Cubrir con recursos propios las acciones de la fase de planeación y diseño del proceso de
acompañamiento.
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c) Aplicar la normatividad y las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”.
d) Participar en el Programa de Capacitación Institucional que convoque “LA COMISION” por conducto de
la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Michoacán y apoyar los gastos de traslado y hospedaje del
personal operativo a su cargo.
e) Impulsar la participación de las mujeres indígenas en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación
del proyecto productivo; revisar que los proyectos de organización productiva cumplan con los criterios de
viabilidad establecidos en las “REGLAS DE OPERACION”, así como integrar el expediente técnico del
proyecto objeto del presente Convenio; y entregar una copia de su proyecto y expediente técnico a cada uno
de los grupos con los que haya tenido relación en la ejecución de “EL PROGRAMA”.
f) Capturar en el Sistema Integral de Mujeres, los datos requeridos para la autorización de los proyectos
de organización productiva, el acompañamiento, así como las fases que integren su seguimiento; la captura
de este seguimiento será condición para autorizar apoyos de continuidad.
g) Instrumentar el acta de entrega-recepción e incorporarla al expediente.
h) Acompañar, asesorar y capacitar a los grupos de mujeres indígenas beneficiadas, en las distintas fases
de la organización productiva: conformación de grupos, elaboración y ejecución del proyecto de organización
productiva, así como adquisiciones, asistencia técnica y evaluación de resultados.
i) Avisar a “LA COMISION”, de cualquier problema o desastre que afecte al proyecto en un plazo no mayor
a dos días hábiles, contados a partir de que la beneficiaria le comunique, para que “LA COMISION” pueda
prever las acciones que correspondan.
j) Aportar recursos para el pago de becas de las promotoras y, en su caso, para el gasto administrativo
y de operación del personal asignado a los procesos de capacitación y seguimiento de “EL PROGRAMA”, de
conformidad con la Carta de Becarias, que se agrega al presente instrumento como Anexo.
k) Asignar recursos humanos suficientes para atender la normatividad del programa y brindar el
seguimiento a grupos (máximo diez grupos por persona, considerando la dispersión geográfica de los
Proyectos).
l) Integrar y mantener actualizado un expediente técnico por cada proyecto financiado y realizar los
procesos de captura necesarios en el Sistema Integral de Mujeres, así como un registro específico sobre las
acciones de capacitación y acompañamiento realizadas.
m) Ejercer los recursos federales que se le transfieran por parte de “LA COMISION” única
y exclusivamente en “EL PROGRAMA” de acuerdo a los proyectos que se autoricen en los anexos de
Ejecución que se suscriban.
n) Garantizar la correcta aplicación de los recursos de “EL PROGRAMA” y resguardar la documentación
comprobatoria de los mismos.
o) En su caso, informar por escrito a la Dirección de “EL PROGRAMA”, el monto de los recursos no
ejercidos durante el trimestre y el motivo.
p) Abstenerse de realizar acciones de proselitismo político, sindical o religioso
q) Formular mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero de los proyectos bajo su
responsabilidad y remitirlas a la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Michoacán, en un máximo de
cinco días hábiles posteriores al término de cada mes a reportar.
r) Informar a “LA COMISION” sobre el avance físico y financiero de las acciones establecidas, de
“EL PROGRAMA” y elaborar un informe al finalizar el presente ejercicio fiscal, sobre las acciones
desarrolladas, en el que se establezcan las metas alcanzadas y, en su caso, los motivos por los que no se
realizaron, así como las localidades beneficiadas y los impactos generados.
SEXTA. RESPONSABLES DE “LAS PARTES”.- “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente
convenio, designan como responsables a:
“LA COMISION” designa al Ing. Fernando Ortíz Flores, Responsable del Departamento de Fortalecimiento
de Capacidades, de la Delegación Estatal de la CDI en Michoacán
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“EL EJECUTIVO DEL ESTADO” designa a la C.P. Mireya Vieyra García, Asesora de la Secretaría de la
Mujer del Gobierno del Estado de Michoacán y a la C. Ana María García Hernández, Jefa del Departamento
de Proyectos Productivos de la Secretaría de la Mujer del Gobierno del Estado de Michoacán.
SEPTIMA. PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá entregar a
“LA COMISION” el plan de acompañamiento junto con el proyecto, mismo que debe incluir: justificación,
objetivos y metas, metodología, estructura del personal asignado y perfiles, considerando las acciones
específicas en todo el proceso, presupuesto, calendarización de acciones, instrumentos de control y
seguimiento, de acuerdo a las exigencias del Programa y conforme a lo siguiente:
a) El plan de acompañamiento se dictaminará por “LA COMISION”.
b) El monto máximo destinado para el acompañamiento podrá ser hasta el 10% del monto total de
recursos a ejercer por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” destinados a cada proyecto.
c) Los rubros permitidos en el plan de acompañamiento son los relacionados con la asesoría o
capacitación en aspectos básicos sobre administración, organización, comercialización, tales como: pago de
consultorías, capacitación y asistencia técnica, realización de talleres, reuniones de intercambio
de experiencias y capacitación a los grupos de mujeres, adquisición o elaboración de material didáctico y de
medios impresos de apoyo, renta de locales y equipo electrónico para capacitación, pago de traslado y
alimentación de las mujeres indígenas, relacionado a los eventos citados, previa autorización de la Dirección
Responsable de “LA COMISION” de “EL PROGRAMA” mediante la operación de cursos, talleres o asistencia
técnica, así como los traslados, hospedajes, alimentación y material didáctico, debiendo comprobar dichos
gastos con: facturas de consumo, recibos de pequeños contribuyentes, informes de seguimiento al proyecto,
memorias de talleres de capacitación, copia de materiales de difusión.
d) Solicitar a “LA COMISION” la gestión de recursos de cada proyecto autorizado una vez firmados el
presente Convenio y el Anexo de Ejecución respectivo.
OCTAVA. EJERCICIO DE LOS RECURSOS.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá documentar con
apego a la normatividad federal aplicable, a “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” la
comprobación del ejercicio de los recursos transferidos por “LA COMISION”.
Asimismo, “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá recabar el documento comprobatorio de la entrega de
los recursos a los grupos beneficiados, de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de
“EL PROGRAMA”, cuya copia entregará a “LA COMISION”, previo cotejo con originales.
NOVENA. CONTABILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS.- Como parte del proceso de aprendizaje y para
transparencia en el uso de los recursos que reciban los grupos solidarios beneficiados por “EL PROGRAMA”,
“EL EJECUTIVO DEL ESTADO” deberá orientar a los grupos a llevar una contabilidad elemental que les
permita control sobre aportaciones, ingresos y gastos y permita soportar documentalmente el ejercicio
del recurso mismo que será responsabilidad de cada uno de los grupos solidarios.
DECIMA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales que
no sean devengados al 31 de diciembre de 2009, deberán ser reintegrados a “LA COMISION” dentro de los
cinco días naturales del ejercicio fiscal siguiente.
Los recursos federales que no se destinen a los fines autorizados deberán ser reintegrados a
“LA COMISION” por “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha
en que la primera se lo solicite a éste.
En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los
aprovechamientos y rendimientos financieros que generen dichos recursos; situación que habrá de realizar
“EL EJECUTIVO DEL ESTADO” a través de la Delegación Estatal de “LA COMISION”, para que se realice el
reintegro a la Tesorería de la Federación, conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables.
DECIMA PRIMERA. SUSPENSION DE APOYOS.- En caso de que se detecten desviaciones o
incumplimiento en el ejercicio o transferencia de los recursos “LA COMISION” a través de la Dirección
Responsable de “EL PROGRAMA” suspenderá los apoyos y solicitará la intervención de las instancias
correspondientes.
DECIMA SEGUNDA. BUENA FE.- “LAS PARTES” declaran que en el presente Convenio no existe dolo,
error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la
simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento así como para todo aquello que
no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo.
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DECIMA TERCERA. DIFUSION Y TRANSPARENCIA.- La papelería y documentación oficial para los
Programas deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político.
Queda Prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”.
Toda la publicidad que se adquiera para la ejecución de “EL PROGRAMA”, tales como anuncios en
medios electrónicos, impresos complementarios o de cualquier otra índole vinculados con los programas de
comunicación social, deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público y queda prohibido su uso
con fines partidistas o de promoción personal”. Para efectos de lo anterior, deberán tomar en cuenta las
características del medio de comunicación.
DECIMA CUARTA. PROHIBICION DE CESION DE DERECHOS.- Ninguna de “LAS PARTES” podrá
ceder o transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio.
DECIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que el personal que
designen para la ejecución de las actividades del presente Convenio, se entenderá exclusivamente
relacionado con la parte que lo emplea, por lo que en ningún caso se le podrá considerar como patrón
solidario o sustituto.
DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- “LAS PARTES” acuerdan que estarán exentas
de toda responsabilidad en caso de retraso, demora o incumplimiento total o parcial de las acciones
enmarcadas en el presente Convenio debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente
acreditados.
DECIMA SEPTIMA. SUPREMACIA DE “LAS REGLAS DE OPERACION”. Con independencia de lo
previsto en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia prevalecerá el contenido de
“LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”.
DECIMA OCTAVA. MODIFICACIONES.- Con el objeto de evaluar la aplicación y efectividad del presente
instrumento, “LAS PARTES” se comprometen a revisar periódicamente tanto su contenido como las acciones
realizadas y, en su caso, a adoptar las medidas que resulten necesarias para su mejor ejecución, en
consecuencia podrán replantear los compromisos establecidos en él, mediante la celebración de convenios
Modificatorios que se considerarán parte integrante del mismo. Cualquier modificación deberá efectuarse de
común acuerdo por “LAS PARTES” y por escrito.
DECIMA NOVENA. JURISDICCION.- “LAS PARTES” acuerdan que en caso de presentarse alguna
controversia en la interpretación de las obligaciones pactadas, se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales
federales de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo que expresamente renuncian a la jurisdicción que en
razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles.
VIGESIMA. CONTRALORIA SOCIAL.- “EL EJECUTIVO DEL ESTADO” se compromete a apoyar a
“LA COMISION” en la promoción de la contraloría social de “EL PROGRAMA”, en acciones que consistirán en
capacitar a la(o)s beneficiaria(o)s, elaborar y distribuir material de difusión, colaborar en la instalación de los
comités de contraloría social y asesorar a sus integrantes, atender solicitudes de información así como
atender y dar seguimiento a las quejas y denuncias recibidas.
VIGESIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir de su
firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que pueda
exceder del 31 de diciembre de 2009.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al
desarrollo social”.
Leído que fue el presente Convenio de Coordinación y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo
suscriben por cuadruplicado en la ciudad de Morelia, Mich., a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
nueve.- Por la Comisión: el Delegado Estatal en Michoacán, Pedro Barrera Pérez.- Rúbrica.- Por el Ejecutivo
del Estado: el Gobernador del Estado de Michoacán, Leonel Godoy Rangel.- Rúbrica.- El Secretario de
Gobierno, Fidel Calderón Torreblanca.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Ricardo
Humberto Suárez López.- Rúbrica.- La Secretaria de la Mujer, Cristina Portillo Ayala.- Rúbrica.El Coordinador de Planeación para el Desarrollo, Isidoro Ruíz Argáiz.- Rúbrica.- La Coordinadora de
Contraloría, Rosa María Gutiérrez Cárdenas.- Rúbrica.
(R.- 291506)
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CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa Organización Productiva para Mujeres Indígenas,
que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y los municipios de Mérida, Motul,
Chichimilá, Cansahcab, Conkal, Calotmul, Espitia y Buctzotz del Estado de Yucatán.
CONVENIO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA ORGANIZACION PRODUCTIVA PARA
MUJERES INDIGENAS, EN ADELANTE “EL PROGRAMA” DURANTE EL EJERCICIO FISCAL 2009; QUE CELEBRAN LA
COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR DIANA
MERCEDES CANTO MORENO, EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN EL ESTADO DE YUCATAN, A QUIEN
EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, Y LOS MUNICIPIOS DE MERIDA, MOTUL, CHICHIMILA,
CANSAHCAB, CONKAL, CALOTMUL, ESPITA Y BUCTZOTZ, EN LO SUCESIVO “LAS EJECUTORAS”, A TRAVES DE
SUS AYUNTAMIENTOS REPRESENTADO POR SUS PRESIDENTES MUNICIPALES LOS CC. CESAR JOSE
BOJORQUEZ ZAPATA, CELINA YOLANDA MONTAÑEZ Y AVILES, JOSE EDILBERTO TZAB ORTIZ, PAULINO EK
CHAN, MARIA ELENA UICAB QUIJANO, GREGORIO MENDEZ MENDEZ, FRANCISCO JAVIER CHIMAL KUK Y JOSE
FRANCISCO RIVERO LIZAMA Y DE SUS SECRETARIOS MUNICIPALES JORGE MANUEL PUGA RUBIO, YOLANDA
GUADALUPE POOL POOL, EUDALDO TUN BALAM, JESUS ROLANDO CASTILLO NOH, JOAQUIN CORDERO
GUARDIA KANTUN, ALBA ROSA POLANCO MENDOZA, PEDRO LUCILO PECH BALAM Y SANTIAGO CAMPOS
QUIÑONES, MISMAS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES NOMBRARA “LAS PARTES”
DOCUMENTO QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. El artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, apartado B, establece la
obligación para la Federación, los estados y los municipios de impulsar el desarrollo regional de las zonas
indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus
pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno.
II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, recoge las aspiraciones, demandas y propuestas de los
diversos grupos de la sociedad, incluyendo a las comunidades indígenas, los tres órdenes de gobierno y
la población en general, estableciendo en su artículo cuarto que las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, establecerán los mecanismos necesarios para la coordinación con los
distintos órdenes de gobierno y la concentración con los diversos grupos sociales y de los particulares, con
la finalidad de promover su participación amplia y responsable en la consecución de los objetivos del
citado Plan.
III. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en su eje 3 Igualdad de Oportunidades, objetivo 15,
estrategia 15.1 señala que se constituirá la atención a los indígenas en un objetivo estratégico transversal
para toda la Administración Pública Federal.
IV. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán en su artículo 95 Bis, fracción IV,
señala que el Estado garantizará, protegerá y promoverá el desarrollo social, económico, político y cultural del
pueblo maya, fortaleciendo las economías locales, para mejorar sus condiciones de vida, mediante acciones
coordinadas entre los tres órdenes de gobierno, con la participación activa de las comunidades mayas.
V. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, establece en su artículo 28 que los programas
que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 18, considerándose
dentro de ese documento a los Programas de “LA COMISION”.
VI. El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el
objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos,
entre los que se encuentran los de “EL PROGRAMA”, deberán sujetarse a “LAS REGLAS DE OPERACION”
que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.
VII. Con fecha 29 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación “Acuerdo de
modificación a las Reglas de Operación de los siguientes programas: Albergues Escolares Indígenas,
Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas,
Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Promoción de Convenios en
Materia de Justicia, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas e Infraestructura Básica para la Atención de los
Pueblos Indígenas, en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION”.
VIII. Que “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” establecen como objetivo general
“Contribuir a mejorar las condiciones de vida y posición social de las mujeres indígenas que habitan en
localidades de alta y muy alta marginación, impulsando y fortaleciendo su organización, vinculada a un
proyecto productivo”.
IX. Que de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” existe la necesidad de
celebrar un Convenio de Coordinación con las instancias ejecutoras para la ejecución de “EL PROGRAMA”.
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X. Que “EL PROGRAMA”, considera los siguientes apoyos:
a) Proyecto de Organización Productiva
b) Acompañamiento
c) Promotoras indígenas
d) Capacitación
e) Operación, seguimiento y evaluación
DECLARACIONES
I. De “LA COMISION”:
I.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con
personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa,
de conformidad con el artículo 1o. de su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de
mayo de 2003.
I.2. Que de conformidad con el artículo 2o. de su Ley tiene como objeto orientar, coordinar, promover,
apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el
desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene entre sus funciones
establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la
participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a
favor de los pueblos y comunidades indígenas.
I.3. Que Diana Mercedes Canto Moreno, Delegada Estatal en Yucatán cuenta con las facultades
suficientes para suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 33 de su Estatuto Orgánico y el Poder otorgado ante el licenciado José Ignacio Sentíes Laborde
Notario Público número 104, de la Ciudad de México, Distrito Federal, mediante Escritura Pública número
82499 de fecha 3 de septiembre de 2007.
I.4. Que para efectos legales del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en el predio
número 389 planta alta de la calle 72 (Av. Reforma) por 37 de la colonia García Ginerés de Mérida, Yucatán,
código postal 97100.
II. De “LAS EJECUTORAS”:
II.1. Que están investidos de personalidad jurídica, manejan su propio patrimonio conforme a la ley y
gozan de autonomía plena para gobernar y administrar los asuntos propios, en los términos de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular del Estado.
II.2. Que conforme a lo establecido en las fracciones I y XV del artículo 55 de la Ley de Gobierno de los
Municipios del Estado de Yucatán, la representación jurídica de los Ayuntamientos recae en su Presidente
Municipal, quien tiene la facultad de celebrar a nombre de éstos, todos los actos y contratos necesarios para
el desempeño de los negocios administrativos y la eficaz prestación de los servicios públicos, debiendo
suscribirlos en unión del Secretario.
II.3 Que los cargos que ostentan los Presidentes Municipales, por ser públicos y notorios no necesitan
acreditarse y que los cargos de los Secretarios Municipales, se acreditan con los documentos que se anexan
al presente instrumento.
II.4. Que el cabildo de sus Ayuntamientos autorizó la formalización del presente instrumento.
II.5 Que para efectos legales del presente instrumento, señalan como su domicilio los predios que ocupan
los Palacios Municipales de cada uno de los municipios comparecientes.
Por lo expuesto y en el ámbito de aplicación de cada una de “LAS PARTES” con fundamento en lo que
disponen los artículos 2o. Apartado B, 26, 40, 43 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5 de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 54, 74, 75, 76, 77, 78 y 79 de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176, 178, 179 y 180 de su Reglamento; 17 fracción V, 23, 24 y
25 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009; 2 fracciones XI y XIV de la Ley
de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; las “REGLAS DE OPERACION” de
“EL PROGRAMA”, artículos 1, 12, 76 y 77 base cuarta de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Yucatán, fracciones I y XV del artículo 55 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán,
“LAS PARTES” han decidido suscribir el presente instrumento para la aplicación de los recursos de
“EL PROGRAMA” conforme a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio tiene por objeto la ejecución de “EL PROGRAMA” de
conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” a efecto de impulsar la participación de las mujeres
indígenas en procesos autogestivos para su organización en torno a un proyecto productivo, en el marco
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de “EL PROGRAMA”, los cuales se detallarán en los Anexos de Ejecución que se formalizarán para la
transferencia de los recursos y en el Plan de Trabajo que presentarán “LAS EJECUTORAS”, mismos que se
considerarán parte integrante del presente instrumento.
SEGUNDA. MONTO Y ACCIONES.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio
“LA COMISION” se compromete a aportar recursos hasta por la cantidad de $3´768,679.20, (tres millones
setecientos sesenta y ocho mil seiscientos setenta y nueve pesos 20/100 moneda nacional), para financiar los
proyectos de organización productiva y acompañamiento a los mismos de conformidad con el objeto del
presente instrumento, con apego a las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”. Sujeto a la
disponibilidad presupuestal de “LA COMISION” para el ejercicio fiscal 2009 y a la legislación federal aplicable
en la materia. Dichas aportación se detallan a continuación.
MUNICIPIOS
PARA EL FINANCIAMIENTO
DE PROYECTOS
PARA EL
ACOMPAÑAMIENTO DE
PROYECTOS
TOTAL
MERIDA
$520,000.00
$52,000.00
$572,000.00
MOTUL
$390,000.00
$39,000.00
$429,000.00
CANSAHCAB
$390,000.00
$39,000.00
$429,000.00
CONKAL
$260,000.00
$26,000.00
$286,000.00
CHICHIMILA
$966,072.00
$96,607.20
$1,062,679.20
CALOTMUL
$300,000.00
$30,000.00
$330,000.00
ESPITA
$300,000.00
$30,000.00
$330,000.00
BUCTZOTZ
$300,000.00
$30,000.00
$330,000.00
$3,426,072.00
$342,607.20
$3,768,679.20
Los recursos se transferirán a “LAS EJECUTORAS” de acuerdo con los Anexos de Ejecución, en los que
se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos, y número de beneficiarias con apego a
“EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”.
TERCERA. PLAN DE TRABAJO.- “LAS EJECUTORAS” deberán establecer en un Plan de Trabajo la
capacidad operativa, la cobertura geográfica y el número aproximado de proyectos que de acuerdo a
la metodología participativa propuesta en “EL PROGRAMA” puede comprometer durante la vigencia del
presente instrumento.
CUARTA. OBLIGACIONES. DE LA COMISION.- “LA COMISION” se compromete a:
a) Dar a conocer a “LAS EJECUTORAS” las “REGLAS DE OPERACION” para el ejercicio fiscal 2009 de
“EL PROGRAMA”.
b) Revisar y validar el Plan de Trabajo que presente “LAS EJECUTORAS”.
c) Revisar y, en su caso, validar los proyectos de organización productiva y acompañamiento presentados
por “LAS EJECUTORAS”, que cumplan con los criterios y normatividad aplicable.
d) Aportar los recursos federales en los términos señalados en la Cláusula Segunda, siempre y cuando las
propuestas presentadas cumplan con la normatividad establecida.
e) Supervisar durante la operación de “EL PROGRAMA” el cumplimiento de la normatividad, lineamientos
y especificaciones técnicas del financiamiento de los proyectos de organización productiva contenidos en los
Anexos de Ejecución, en los que se detallan los municipios, localidades, proyectos, montos, y número de
beneficiarias con apego a “EL PROGRAMA” una vez autorizados por “LA COMISION”.
f) Apoyar a “LAS EJECUTORAS” con un Sistema Integral de Mujeres para “EL PROGRAMA” y dar
seguimiento al registro de los proyectos productivos, y programas de acompañamiento que se ejecuten.
QUINTA. OBLIGACIONES DE LAS EJECUTORAS.- “LAS EJECUTORAS” se comprometen a:
a) Presentar un Plan de Trabajo detallado que contenga la capacidad operativa, cobertura, propuesta de
asistencia técnica, acompañamiento y recursos humanos, materiales y financieros que aplicará en la
ejecución de las acciones de “EL PROGRAMA”, asimismo, donde defina su propuesta de zonas de atención,
capacidad operativa y propuesta de acompañamiento a los grupos solidarios en todas las acciones previas al
desarrollo de proyectos y organización, documento que será soporte del presente Instrumento, el cual ya ha
sido presentado y autorizado.
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b) Cubrir con recursos propios las acciones de la fase de planeación y diseño del proceso de
acompañamiento.
c) Aplicar la normatividad y las “REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA”.
d) Participar en el Programa de Capacitación Institucional que convoque “LA COMISION” por conducto de
la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Yucatán y apoyar los gastos de traslado y hospedaje del
personal operativo a su cargo.
e) Impulsar la participación de las mujeres indígenas en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación
del proyecto productivo; revisar que los proyectos de organización productiva cumplan con los criterios de
viabilidad establecidos en las “REGLAS DE OPERACION”, así como integrar el expediente técnico del
proyecto objeto del presente Convenio; y entregar una copia de su proyecto y expediente técnico a cada uno
de los grupos con los que haya tenido relación en la ejecución de “EL PROGRAMA”.
f) Capturar en el Sistema Integral de Mujeres, los datos requeridos para la autorización de los proyectos
de organización productiva, el acompañamiento, así como las fases que integren su seguimiento; la captura
de este seguimiento será condición para autorizar apoyos de continuidad.
g) Instrumentar el acta de entrega-recepción e incorporarla al expediente.
h) Acompañar, asesorar y capacitar a los grupos de mujeres indígenas beneficiadas, en las distintas fases
de la organización productiva: conformación de grupos, elaboración y ejecución del proyecto de organización
productiva, así como adquisiciones, asistencia técnica y evaluación de resultados.
i) Avisar a “LA COMISION”, de cualquier problema o desastre que afecte al proyecto en un plazo no mayor
a dos días hábiles, contados a partir de que la beneficiaria le comunique, para que “LA COMISION” pueda
prever las acciones que correspondan.
j) Aportar recursos para el pago de becas de las promotoras y, en su caso, para el gasto administrativo y
de operación del personal asignado a los procesos de capacitación y seguimiento de “EL PROGRAMA”, de
conformidad con la Carta de Becarias, que se agrega al presente Instrumento como Anexo 1.
k) Asignar recursos humanos suficientes para atender la normatividad del programa, y brindar el
seguimiento a grupos (máximo 10 grupos por persona, considerando la dispersión geográfica de los
Proyectos).
l) Integrar y mantener actualizado un expediente técnico por cada proyecto financiado y realizar los
procesos de captura necesarios en el Sistema Integral de Mujeres, así como un registro específico sobre
las acciones de capacitación y acompañamiento realizadas.
m) Ejercer los recursos federales que se le transfieran por parte de “LA COMISION” única y
exclusivamente en “EL PROGRAMA” de acuerdo a los proyectos que se autoricen en los Anexos de Ejecución
que se suscriban.
n) Garantizar la correcta aplicación de los recursos del Programa y resguardar la documentación
comprobatoria de los mismos.
o) En su caso, informar por escrito a la Dirección del PROGRAMA, el monto de los recursos no ejercidos
durante el trimestre y el motivo.
p) Abstenerse de realizar acciones de proselitismo político, sindical o religioso.
q) Formular mensualmente reportes sobre el avance físico-financiero de los proyectos bajo su
responsabilidad y remitirlas a la Delegación de “LA COMISION” en el Estado de Yucatán, en un máximo de
cinco días hábiles posteriores al término de cada mes a reportar.
r) Informar a “LA COMISION” sobre el avance físico y financiero de las acciones establecidas, de
“EL PROGRAMA” y elaborar un informe al finalizar el presente ejercicio fiscal, sobre las acciones
desarrolladas, en el que se establezcan las metas alcanzadas y, en su caso, los motivos por los que no se
realizaron, así como las localidades beneficiadas y los impactos generados.
SEXTA. RESPONSABLES DE “LAS PARTES”.- “LAS PARTES” para el cumplimiento del presente
Convenio, designan como responsables a:
“LA COMISION” designa a la licenciada Graciela Osornio Morales, Jefa del Departamento de
Fortalecimiento de Capacidades de los Indígenas.
El Municipio de Mérida designa a Ligia González Chacón, Jefa del Departamento de Pequeño Mundo
Solidario.
El Municipio de Motul designa a Gustavo Rebolledo Hernández, operador del programa
El Municipio de Chichimilá designa a Reyna Aracely Chi Poot, oparadora del programa.
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El Municipio de Cansahcab designa a Gregoria May Nahuat, operadora del programa.
El Municipio de Conkal designa a Nelson Cruz Estrella, operador del programa.
El Municipio de Calotmul designa a Luis Enrique Chulim Cuxim, operador del programa.
El Municipio de Espita designa a Alejandro Caamal Chulim, operador del programa.
El Municipio de Buctzotz designa a Diego Viramontes Suárez, operador del programa.
SEPTIMA. PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO.- “LAS EJECUTORAS” deberán entregar a “LA COMISION” el
plan de acompañamiento junto con el proyecto, mismo que debe incluir: justificación, objetivos y metas,
metodología, estructura del personal asignado y perfiles, considerando las acciones específicas en todo el
proceso, presupuesto, calendarización de acciones, instrumentos de control y seguimiento, de acuerdo a las
exigencias del Programa y conforme a lo siguiente:
a) El plan de acompañamiento se dictaminará por “LA COMISION”.
b) El monto máximo destinado para el acompañamiento podrá ser hasta el 10% del monto total de
recursos a ejercer por “LAS EJECUTORAS” destinados a cada proyecto.
c) Los rubros permitidos en el plan de acompañamiento son los relacionados con la asesoría o
capacitación en aspectos básicos sobre administración, organización, comercialización, tales como: pago de
consultorías, capacitación y asistencia técnica, realización de talleres, reuniones de intercambio de
experiencias y capacitación a los grupos de mujeres, adquisición o elaboración de material didáctico y
de medios impresos de apoyo, renta de locales y equipo electrónico para capacitación, pago de traslado y
alimentación de las mujeres indígenas, relacionado a los eventos citados, previa autorización de la Dirección
Responsable de “LA COMISION” de “EL PROGRAMA” mediante la operación de cursos, talleres o asistencia
técnica, así como los traslados, hospedajes, alimentación y material didáctico, debiendo comprobar dichos
gastos con: facturas de consumo, recibos de pequeños contribuyentes, informes de seguimiento al proyecto,
memorias de talleres de capacitación, copia de materiales de difusión.
d) Solicitar a “LA COMISION” la gestión de recursos de cada proyecto autorizado una vez firmados el
presente Convenio y el Anexo de Ejecución respectivo.
OCTAVA. EJERCICIO DE LOS RECURSOS.- “LAS EJECUTORAS” deberán documentar con apego a la
normatividad federal aplicable, a “LAS REGLAS DE OPERACION” de “EL PROGRAMA” la comprobación del
ejercicio de los recursos transferidos por “LA COMISION”.
Asimismo, “LAS EJECUTORAS” deberán recabar el documento comprobatorio de la entrega de los
recursos a los grupos beneficiados, de conformidad con “LAS REGLAS DE OPERACION” de
“EL PROGRAMA”, cuya copia entregará a “LA COMISION”, previo cotejo con originales.
NOVENA. CONTABILIDAD DE LOS BENEFICIARIOS.- Como parte del proceso de aprendizaje y para
transparencia en el uso de los recursos que reciban los grupos solidarios beneficiados por “EL PROGRAMA”,
“LAS EJECUTORAS” deberán orientar a los grupos a llevar una contabilidad elemental que les permita control
sobre aportaciones, ingresos y gastos y permita soportar documentalmente el ejercicio del recurso mismo que
será responsabilidad de cada uno de los grupos solidarios.
DECIMA. DEVOLUCION DE LOS RECURSOS.- “LAS PARTES” acuerdan que los recursos federales que
no sean devengados al 31 de diciembre de 2009, deberán ser reintegrados a “LA COMISION” dentro de los
cinco días naturales del ejercicio fiscal siguiente.
Los recursos federales que no se destinen a los fines autorizados deberán ser reintegrados a
“LA COMISION” por “LAS EJECUTORAS” dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha en que la
primera se lo solicite a éste.
En los casos de los dos supuestos establecidos en los párrafos anteriores el reintegro deberá incluir los
aprovechamientos y rendimientos financieros que generen dichos recursos; situación que habrán de realizar
“LAS EJECUTORAS” a través de la Delegación estatal de “LA COMISION”, en el Estado de Yucatán, para
que se realice el reintegro a la Tesorería de la Federación conforme a lo establecido en las disposiciones
aplicables.
DECIMA PRIMERA. SUSPENSION DE APOYOS.- En caso de que se detecten desviaciones
o incumplimiento en el ejercicio o transferencia de los recursos “LA COMISION” a través de la Dirección
Responsable de “EL PROGRAMA” suspenderá los apoyos y solicitará la intervención de las instancias
correspondientes.
DECIMA SEGUNDA. BUENA FE.- “LAS PARTES” declaran que en el presente Convenio no existe dolo,
error, mala fe, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera anular el mismo y que es la
simple manifestación de voluntades y para su interpretación y cumplimiento, así como para todo aquello que
no esté expresamente estipulado en el mismo, “LAS PARTES” lo resolverán de común acuerdo.
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DECIMA TERCERA. DIFUSION Y TRANSPARENCIA.- La papelería, documentación oficial, así como la
publicidad y promoción que adquieran las dependencias y entidades para la ejecución de “EL PROGRAMA”,
deberán incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda
prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.
La publicidad que adquieran las dependencias y entidades para la difusión de programas
gubernamentales deberá incluir la siguiente leyenda: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido
político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Para lo anterior,
deberán considerarse las características de cada medio.
DECIMA CUARTA. PROHIBICION DE CESION DE DERECHOS.- Ninguna de “LAS PARTES” podrá
ceder o transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio.
DECIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD LABORAL.- “LAS PARTES” convienen en que el personal que
designen para la ejecución de las actividades del presente Convenio, se entenderá exclusivamente
relacionado con la parte que lo emplea, por lo que en ningún caso se le podrá considerar como patrón
solidario o sustituto.
DECIMA SEXTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- “LAS PARTES” acuerdan que estarán exentas
de toda responsabilidad en caso de retraso, demora o incumplimiento total o parcial de las acciones
enmarcadas en el presente Convenio debido a causas de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente
acreditados.
DECIMA SEPTIMA. SUPREMACIA DE “LAS REGLAS DE OPERACION” con independencia de lo previsto
en el presente instrumento, en caso de cualquier controversia prevalecerá el contenido de “LAS REGLAS DE
OPERACION” de “EL PROGRAMA”.
DECIMA OCTAVA. MODIFICACIONES.- Con el objeto de evaluar la aplicación y efectividad del presente
instrumento, “LAS PARTES” se comprometen a revisar periódicamente tanto su contenido como las acciones
realizadas y, en su caso, a adoptar las medidas que resulten necesarias para su mejor ejecución, en
consecuencia podrán replantear los compromisos establecidos en él, mediante la celebración de Convenios
Modificatorios que se considerarán parte integrante del mismo. Cualquier modificación deberá efectuarse de
común acuerdo por “LAS PARTES” y por escrito.
DECIMA NOVENA. JURISDICCION.- “LAS PARTES” acuerdan que en caso de presentarse alguna
controversia en la interpretación de las obligaciones pactadas, se sujetarán a la jurisdicción de los Tribunales
Federales de la Ciudad de Mérida, Yucatán, por lo que expresamente renuncian a la jurisdicción que en razón
de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa, pudiera corresponderles.
VIGESIMA. CONTRALORIA SOCIAL.- “LAS EJECUTORAS” se comprometen a apoyar a “LA COMISION”
en la promoción de la contraloría social de “EL PROGRAMA”, en acciones que consistirán en capacitar a
la(o)s beneficiaria(o)s, elaborar y distribuir material de difusión, colaborar en la instalación de los comités de
contraloría social y asesorar a sus integrantes, atender solicitudes de información así como atender y dar
seguimiento a las quejas y denuncias recibidas”.
VIGESIMA PRIMERA. VIGENCIA.- El presente Convenio de Coordinación entrará en vigor a partir de su
firma y tendrá vigencia hasta el total cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, sin que pueda
exceder del 31 de diciembre de 2009.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al
desarrollo social”.
Leído que fue el presente Convenio de Coordinación y enteradas las partes de su contenido y alcance, lo
suscriben por cuadruplicado en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los trece días del mes de abril de dos mil
nueve.- Por la Comisión: la Delegada Estatal en Yucatán, Diana Mercedes Canto Moreno.- Rúbrica.- Por las
Ejecutoras: el Presidente Municipal de Mérida, Yuc., César José Bojórquez Zapata.- Rúbrica.- El Secretario
Municipal de Mérida, Yuc., Jorge Manuel Puga Rubio.- Rúbrica.- La Presidenta Municipal de Motul, Yuc.,
Celina Yolanda Montañez y Avilés.- Rúbrica.- La Secretaria Municipal de Motul, Yuc., Yolanda Guadalupe
Pool Pool.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Chichimilá, Yuc., José Edilberto Tzab Ortiz.- Rúbrica.El Secretario Municipal de Chichimilá, Yuc., Eudaldo Tun Balam.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de
Cansahcab, Yuc., Paulino Ek Chan.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Cansahcab, Yuc., Jesús Rolando
Castillo Noh.- Rúbrica.- La Presidenta Municipal de Conkal, Yuc., María Elena Uicab Quijano.- Rúbrica.El Secretario Municipal de Conkal, Yuc., Joaquín Cordero Guardia Kantun.- Rúbrica.- El Presidente
Municipal de Calotmul, Yuc., Gregorio Méndez Méndez.- Rúbrica.- La Secretaria Municipal de Calotmul,
Yuc., Alba Rosa Polanco Mendoza.- Rúbrica.- El Presidente Municipal de Espita, Yuc., Francisco Javier
Chimal Kuk.- Rúbrica.- El Secretario Municipal de Espita, Yuc., Pedro Lucilo Pech Balam.- Rúbrica.El Presidente Municipal de Buctzotz, Yuc., José Francisco Rivero Lizama.- Rúbrica.- El Secretario Municipal
de Buctozotz, Yuc., Santiago Campos Quiñones.- Rúbrica.
(R.- 291504)
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SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Juzgado Décimo Menor Civil
León, Gto.
Secretaría
EDICTO
Se ordena anunciar la Venta Judicial en Primera y Pública almoneda del siguiente bien inmueble: Una casa
habitación ubicada en calle COLINA DEL FRESNO NUMERO 307 LETRA “A” DEL FRACCIONAMIENTO
COLINAS DE SANTA JULIA de esta ciudad, con una superficie de 75 m2, con las siguientes medidas y
colindancias: al Norte 15 metros con casa número 307; al Sur 15 metros con casa número 309; al Oriente 5
metros con casa número 308 letra “A”; y al Poniente 5 metros con calle Colina del Fresno; cuyas demás
características obran en autos. Para lo cual se señalan las 11:00 once horas del día 14 catorce de Julio del año
2009 dos mil nueve, a fin de que tenga lugar en el despacho de este Juzgado el remate del bien inmueble antes
descrito, siendo postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $165,000.00 (CIENTO
SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.), valor asignado pericialmente; por tanto convóquese a postores,
anunciándose este remate a través de edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el
Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de avisos de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 1411 del Código de Comercio, así como 469 y 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria al mercantil. Lo anterior dentro del Juicio Ejecutivo Mercantil número 2393/08 promovido por
el LIC. MAURICIO HERNANDEZ CABRERA en contra de JULIO CESAR VARGAS sobre el pago de pesos.
León, Gto., a 15 de junio de 2009.
La C. Secretaria del Juzgado Décimo Menor Civil
Lic. Ma. del Rosario Maldonado Araujo
Rúbrica.
(R.- 290781)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Novena Sala Civil
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: GERARDO GUERRA OROZCO
EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO, RELATIVO AL TOCA NUMERO 1278/2007 DERIVADO
DEL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL SEGUIDO POR ADMINISTRACION DE CARTERAS NACIONALES S.
DE R.L. DE C.V., en contra de GUERRA RAMIREZ RENE Y OTROS., LA NOVENA SALA CIVIL DEL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS AL
TERCERO PERJUDICADO GERARDO GUERRA OROZCO, HACIENDOLE SABER QUE CUENTA CON UN
TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA ULTIMA PUBLICACION DE ESTE EDICTO,
PARA COMPARECER ANTE LA AUTORIDAD FEDERAL A DEFENDER SUS DERECHOS, QUEDANDO
A SU DISPOSICION LAS COPIAS SIMPLES DE TRASLADO EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS EN LA
H. NOVENA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SITO EN
EL DECIMO PISO DE LA CALLE RIO DE LA PLATA, NUMERO CUARENTA Y OCHO, COLONIA
CUAUHTEMOC, DELEGACION CUAUHTEMOC, CODIGO POSTAL SEIS MIL QUINIENTOS, EN MEXICO
DISTRITO FEDERAL.
PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION.
México, D.F., a 16 de junio de 2009.
La C. Secretaria de Acuerdos de la Novena Sala
Lic. María de la Luz Alonso Tolamatl
Rúbrica.
(R.- 290867)
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(Segunda Sección)
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Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
CATALINA COLE SANCHEZ.
En los autos del juicio de amparo número 636/2009-IV, promovido por Pedro Orozco Merino, contra actos
de la Junta Especial Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y Actuario adscrito a la
misma, al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en
la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio
de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento
que en la secretaría de este juzgado quedan a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que
cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para
que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos.
Atentamente
México, D.F., a 29 de mayo de 2009.
La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
Lic. Araceli Palacios Duque
Rúbrica.
(R.- 290300)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Primera Sala Civil
EDICTO
VIRGINIA FERNANDEZ PEREZ.
Por medio del presente se le hace de su conocimiento de la demanda de garantías interpuesta por
BERNABE DIAZ MORENO contra de la sentencia dictada por esta Sala el tres de marzo del dos mil nueve, en
el toca 56/2009/01 para resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la
sentencia definitiva del treinta de septiembre del dos mil ocho, dictada por el C. Juez Cuadragésimo Sexto
de lo Civil, derivado del juicio ORDINARIO CIVIL seguido por ROMERO VAZQUEZ GUILLERMO en contra de
BERNABE DIAZ MORENO. A efecto de que acuda la tercera perjudicada VIRGINIA FERNANDEZ PEREZ en
el término de treinta días, contados a partir del día siguiente de la última publicación, ante el Décimo Segundo
Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, en defensa de sus intereses. Quedando a su
disposición en la Secretaria de esta Sala las copias de traslado respectivas.
México, D.F., a 9 de junio de 2009.
La Secretaria Auxiliar de Acuerdos de la Primera Sala Civil
Lic. Liliana Ruiz Quintana
Rúbrica.
(R.- 290429)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 17/2009-I y sus acumulados 54/2009-I y 168/2009-I, promovido por
Roberto Ruiz Domínguez, Circus Marketing, sociedad anónima de capital variable, por conducto de su
apoderado Miguel Rodrigo Valle Salinas y Antonio García Huerta, respectivamente, contra actos del Juez
Décimo Séptimo de lo Civil del Distrito Federal y otras autoridades; por autos de doce, veintiocho y veintiséis,
todos de enero de dos mil nueve, se admitieron las demandas de amparo promovidas por dichos quejosos; se
tuvo como terceros perjudicados a Eligio P. Cartagena Pérez o Eligio Pascual Cartagena Pérez, su sucesión,
Miguel Angel Orozco Romero, Juan Carlos Hinojosa Luelmo, Luis Arturo Hinojosa Luelmo, Sabas Hinojosa
Ríos, Julio César Hinojosa Luelmo, Quetzal Club, sociedad anónima, José Pedro Valenzuela Escandón y
108
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Pablo Rincón Gallardo Corcuera, su sucesión, se señaló como acto reclamado: todas y cada una de las
actuaciones judiciales contenidas en el juicio ordinario civil expediente 19/1988 seguido por Cartagena Pérez
Eligio P. en contra de Sabás Hinojosa Ríos y otros y la orden de desposesión de la casa marcada con el
número 20, de la avenida Castillo de Chapultepec, colonia Lomas de Reforma, Delegación Miguel Hidalgo, en
esta ciudad; y a la fecha no se ha podido emplazar a los terceros perjudicados Sabas Hinojosa Ríos, Julio
César Hinojosa Luelmo, Quetzal Club, sociedad anónima, José Pedro Valenzuela Escandón y Pablo Rincón
Gallardo Corcuera, su sucesión a pesar de haber solicitado la investigación de domicilio a diversas
instituciones, quienes en cumplimiento al requerimiento realizado por este Juzgado de Distrito, algunas de
ellas proporcionaron domicilios en los cuales las diligencias fueron infructuosas y otras informaron no tener
registro al respecto; en consecuencia, hágase del conocimiento de dichos terceros perjudicados mediante
edictos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
circulación en la república mexicana que puede ser en cualquiera de los siguientes: El Reforma, El Universal,
El Financiero, La jornada, y El Excélsior, por tres veces de siete en siete días, para que se presenten ante
este Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, sito en el acceso seis, nivel
plaza, del Palacio de Justicia Federal, ubicado en Eduardo Molina número dos, colonia El Parque, Delegación
Venustiano Carranza, México, Distrito Federal dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente
al de la última publicación y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, ya que de no
hacerlo, se les harán las subsecuentes notificaciones por medio de lista que se fije en los estrados de este
Juzgado. Se expide el presente edicto, en cumplimiento a lo ordenado en proveído de veintisiete de mayo de
dos mil nueve.
Dos firmas ilegibles. Rúbricas.
México, D.F., a 27 de mayo de 2009.
La Secretaria
Lic. Azucena Lazalde Iñiguez
Rúbrica.
(R.- 290857)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio de amparo 247/2009-3, promovido por Raquel del Carmen Cuesta Mireles,
apoderada legal de Pérez Chow y Asociados, Sociedad Civil, contra actos del fiscal Desconcentrado en
Cuauhtémoc de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, consistentes en la resolución dictada
el ocho de octubre de dos mil ocho, por la que resolvió en definitiva el no ejercicio de la acción penal en la
averiguación previa FCH/CUH-2/T3/3562/07-10, en la que figura como probable responsable Gerardo Enrique
Ramos Ruiz, señalado como tercero perjudicado en este juicio, de quien a la fecha se desconoce el domicilio
donde pueda ser emplazado, por lo que en esta fecha, se ordenó dicho emplazamiento por edictos, que
deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los
periódicos de mayor circulación en esta ciudad, conforme con lo dispuesto por el artículo 30, fracción II de la
Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a aquél
ordenamiento; de igual forma, se hace saber al mencionado tercero perjudicado que deberá presentarse por
sí o por conducto de representante, a manifestar lo que a su derecho convenga, dentro del plazo de treinta
días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, quedando a su disposición copia simple de
la demanda de garantías en la Actuaría de este órgano jurisdiccional. Si pasado este plazo no comparece, por
sí o por conducto de apoderado que pueda representarlo, se seguirá el trámite del juicio, realizando las
subsecuentes notificaciones mediante la lista de acuerdos de este Juzgado de Distrito.
Atentamente
México, D.F., a 29 de mayo de 2009.
La Secretaria del Juzgado Décimo Tercero de Distrito
de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
Angélica Rodríguez Gómez
Rúbrica.
(R.- 290124)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
109
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Jalisco
Supremo Tribunal de Justicia del Estado
Jalisco
H. Séptima Sala
EDICTO
Emplácese tercera perjudicada Ana María González Gutiérrez, demandada 30 días, a partir día siguiente
última publicación, comparezca H. Tercer Tribunal Colegiado Materia Civil Tercer Circuito, amparo directo
306/2009, hacer valer derechos, juicio constitucional, promovido Carlos Alfonso Valadez López, abogado de la
actora y otros, contra H. Séptima Sala S.T.J.E. Acto reclamado, sentencia 13 trece de Junio 2008, toca
256/2007, apelación interpuesta actor y codemandado, expediente 790/1999, Juzgado Primero de lo Civil de
éste Primer Partido Judicial.
Guadalajara, Jal., a 16 de junio de 2009.
La Secretario de Acuerdos
Lic. Diana Arredondo Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 290955)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal
EDICTO
Emplazamiento Terceros Perjudicados
MARCO ANTONIO CASTILLO GATICA
JOSE ZEPEDA YEO
Presente
En los autos del juicio de amparo 702/2009, promovido por DISTRIBUIDORA DE ABASTO
MICHOACANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRA por conducto de su representante
legal Mauricio Arturo Guadarrama Poiré, contra actos de la Junta Especial Número Once de la Local de
Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, el Presidente y Actuario adscrito, al ser señalados como terceros
perjudicados y desconocerse su domicilio, el cinco de junio de dos mil nueve, se ordenó su emplazamiento
por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en
uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndoles saber que deben
presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación de tales
edictos, ante este juzgado a hacer valer sus derechos y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones, con
el apercibimiento que de no hacerlo, se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las de
carácter personal, se les harán por lista. Queda a su disposición, en la Secretaría de Acuerdos, copia simple
de la demanda de garantías.
Atentamente
México, D.F., a 11 de junio de 2009.
La Secretaria
Lic. Lourdes Cristina Valadez Pérez
Rúbrica.
(R.- 291360)
Estado de Querétaro
Poder Judicial
Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil
Secretaría
Querétaro, Qro.
EDICTO DE REMATE
En el Juzgado Sexto de Primera Instancia Civil de esta Capital y su Distrito Judicial y dentro de los autos
del expediente 1289/2006 relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, que sobre PAGO DE PESOS promueve
FINANCIERA RURAL, ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO, en contra de SIMEON MORA
MARTINEZ; se ordenó la publicación del presente edicto de remate, señalándose las 13:00 TRECE HORAS
DEL DIA 7 SIETE DE JULIO DE 2009 DOS MIL NUEVE, a fin de que tenga verificativo en su PRIMERA Y
PUBLICA ALMONEDA, el remate del siguiente bien:
110
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
1.- PARCELA 345, ZONA GUION 1, P1/1, RANCHO LA SOLEDAD MUNICIPIO DE IRAPUATO,
GUANAJUATO, CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 3-51-52.27 HAS., Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y
COLINDANCIAS:
AL NORESTE: EN 151.63 MTS., LINDA CON BRECHA.
AL SURESTE: EN 231.26 MTS., LINDA CON PARCELA 346.
AL SUROESTE: EN 154.72 MTS., LINDA CON BRECHA.
AL NOROESTE: EN 235.71 MTS., LINDA CON PARCELA 344.
CON UN VALOR TOTAL DE $1,009,750.00 (UN MILLON NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA
PESOS 00/100 M.N.), SIENDO POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR
DEL AVALUO.
Se convocan postores, en la inteligencia que para tomar parte en la subasta, deberán los licitadores
consignar previamente en el Juzgado, una cantidad de por lo menos el 10% del valor del bien que sirve como
base para el remate, sin este requisito no serán admitidos.- conste.Para su publicación por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS EN LOS ESTRADOS DE ESTE
JUZGADO, ASI COMO EN LOS ESTRADOS DEL JUZGADO COMPETENTE DE IRAPUATO, GTO. (LUGAR
DONDE SE UBICA EL INMUEBLE A REMATAR) Y EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, en el
entendido de que los días que medien entre una y otra publicación en el periódico deberán contarse por
días naturales.
Querétaro, Qro., a 4 de junio de 2009.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Claudia Sofía Cervantes Sánchez
Rúbrica.
(R.- 291017)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de México
Naucalpan de Juárez
Exp. 233/2009-C
EDICTO
Eduardo Cuevas Casamitjana, apoderado de la quejosa MARIA CONCEPCION JACOB MARTINEZ, por
su propio derecho, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra actos de los JUEZ DECIMO
PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TLALNEPANTLA CON RESIDENCIA
EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MEXICO y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA
PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL ESTADO DE MEXICO CON RESIDENCIA EN TLALNEPANTLA,
ESTADO DE MEXICO, consistente en todo lo actuado en el juicio ordinario civil 1094/2007.
En el juicio de amparo 233/2009-C, se han señalado las DIEZ HORAS DEL DIA DIECISIETE DE JUNIO
DE DOS MIL NUEVE, para que tenga verificativo la audiencia constitucional, en la que figura como tercero
perjudicada Juana Rodríguez Aldana y como se desconoce el domicilio actual y correcto de la tercero
perjudicada, se ordena su notificación por edictos, para que se presente dentro del término de TREINTA
DIAS, contados del siguiente al de la última notificación, en el local de este Juzgado Octavo de Distrito en el
Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, quedando a su disposición en la secretaría de
este juzgado federal, las copias de traslado correspondientes. Si no se presenta en ese término, por sí, por
apoderado o por gestor que puedan representarlo, se seguirá el juicio en su rebeldía y las ulteriores
notificaciones les surtirán por lista que se fija en los estrados de este órgano de control constitucional.
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 12 de junio de 2009.
La Secretaria
Lic. Montserrat Menéndez Rota
Rúbrica.
(R.- 290943)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
111
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna
Torreón, Coah.
EDICTO
Dentro de los autos del proceso penal 94/2008, no se decretó el decomiso de un automotor tipo tracto
camión, quinta rueda, marca Kenworth, modelo 1981, color blanco, serie número 454033, motor número
28133201, placas de circulación 640DT3, del Servicio Público Federal, ni de un semiremolque, tipo caja
cerrada, marca Navarro, modelo 1992, serie 1S12E9485NE344717, con placas de circulación 793UD8, del
Servicio Público Federal, por lo que se hace del conocimiento de Humberto Medina Vázquez y Erika Janeth
Quintero Mejía, o en su defecto, de quienes acrediten ser sus legítimos propietarios, que tienen tres meses,
contados a partir de la publicación del presente edicto, para que acrediten ante este Juzgado Segundo de
Distrito en la Laguna, con residencia en esta ciudad, ubicado en Independencia 2111 oriente, colonia
San Isidro de Torreón, Coahuila, la propiedad de los citados bienes, a efecto de proceder a su devolución;
bajo el apercibimiento que de no hacerlo, éstos causarán abandono a favor del Gobierno Federal, lo anterior
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales y 24,
de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.
Torreón, Coah., a 9 de junio de 2009.
El Juez Segundo de Distrito en La Laguna
Lic. Nicolás Salazar Varela
Rúbrica.
(R.- 291497)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en el Estado
Culiacán, Sinaloa
EDICTO
A QUIEN CORRESPONDA:
EN AUTOS DE LA CAUSA PENAL 248/1989, INICIADA CONTRA JOSE VIDAL DIARTE RAMOS Y
OTROS, POR UN DELITO CONTRA LA SALUD Y OTROS, SE DICTO UN ACUERDO QUE DICE: POR
DESCONOCERSE LA IDENTIDAD Y EL DOMICILIO DONDE PUEDA SER LOCALIZADO EL PROPIETARIO
DEL BIEN RELACIONADO AL SUMARIO CONSISTENTE EN: UNA CAMIONETA FORD, TIPO PICK UP,
MOTOR 15HNBC0901, REGISTRO FEDERAL DE AUTOMOVILES 8932144, MODELO 1978, ROJA CON
FRANJAS BLANCAS, PLACAS DE CIRCULACION UF2299 (O VF2299) DEL ESTADO DE SINALOA, SE
ORDENA LA DEVOLUCION DEL MISMO AL INTERESADO, APERCIBIDO QUE DE NO COMPARECER A
RECLAMARLO EN EL PLAZO DE TRES MESES, CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL ERARIO
FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 182-Ñ DEL CODIGO FEDERAL DE
PROCEDIMIENTOS PENALES, CON RELACION AL 24 DE LA LEY FEDERAL PARA LA ADMINISTRACION
Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO
Culiacán, Sin., a 11 de junio de 2009.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Sinaloa
Jesús Alberto Chávez Hernández
Rúbrica.
(R.- 291498)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Nuevo León
Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial
Monterrey, N.L.
EDICTO No. 54705
El día 4 cuatro de agosto del 2009 dos mil nueve a las 10:30 diez horas con treinta minutos en el local de
este Juzgado Segundo de Jurisdicción Concurrente se llevara a cabo la audiencia de remate en publica
subasta y primera almoneda dentro de los autos que integran el expediente 618/2007 relativo al JUICIO
EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR JUAN ANTONIO GONZALEZ PINEDA EN CONTRA DE
ERICK AARON QUIROZ RODRIGUEZ Y BLANCA NELLY GARCIA GONZALEZ respecto del bien inmueble
consistente en: LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO (122) CIENTO VEINTIDOS, DE LA CALLE
PRIVADA DIAMANTE, DEL FRACCIONAMIENTO PRIVADAS NOGALAR, EN SAN NICOLAS DE LOS
GARZA, NUEVO LEON, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO
112
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
(158), DE LA MANZANA NUMERO (132), DEL FRACCIONAMIENTO PRIVADAS NOGALAR, UBICADO EN
EL MUNICIPIO DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON CON UNA SUPERFICIE DE (112.00)
M2., CIENTO DOCE METROS CUADRADOS CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL
NORESTE 7.00 SIETE METROS Y DA FRENTE A LA CALLE PRIVADA DIAMANTE, AL SUROESTE MIDE
(7.00) METROS Y COLINDA CON LIMITE AL FRACCIONAMIENTO; AL NOROESTE MIDE (16.00)
DIECISEIS METROS COLINDANDO CON EL LOTE NUMERO 157; AL SURESTE (16.00) DIECISEIS
METROS Y COLINDA CON EL LOTE NUMERO 159. DICHA MANZANA SE ENCUENTRA CIRCUNDADA
POR LAS SIGUIENTES CALLES, AL NORESTE CON CALLE PRIVADA DIAMANTE; AL SUROESTE CON
LIMITE DEL FRACCIONAMIENTO; AL NOROESTE CON CALLE CALCUTA Y AL SURESTE CON AVENIDA
LAPIZLAZU. EN EL INMUEBLE ANTES DESCRITO, SE ENCUENTRA LA FINCA MARCADA CON EL
NUMERO (122) CIENTO VEINTIDOS, DE LA CALLE PRIVADA DIAMANTE, DEL FRACCIONAMIENTO
PRIVADAS NOGALAR, EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON; sirviendo de base para el remate
del bien inmueble citado con antelación, la cantidad de $922,000.00 (NOVECIENTOS VEINTIDOS MIL
PESOS 00/100 MN), que representa el valor pericial y será postura legal para intervenir en la Audiencia de
Remate, la cantidad de $614,666.66 SEISCIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS
PESOS 66/100 MN), que representa las dos terceras partes de la Cantidad anteriormente citada. por lo que
convóquese a postores por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03-tres veces dentro del
término de 09-nueve días, tanto en el Diario Oficial de la Federación, en los estrados de éste Juzgado, así
como en los estrados del Juzgado Menor del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León, esto con el
deseo manifiesto de convocar a licitadores, .- Así mismo se hace del conocimiento que aquellas personas que
deseen intervenir como postores a la audiencia de remate, deberán consignar mediante certificado de
depósito expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, el 10% diez por ciento del
valor total del avalúo rendido por los peritos en este juicio, sin cuyo requisito no serán admitidos en la subasta,
. Por otro lado respecto a las personas interesadas en participar como postores en la audiencia de remate, se
les podrá brindar mayor información en la Secretaría de este Juzgado
El C. Primer Secretario del Juzgado Segundo Concurrente
Lic. Héctor Hugo González Cantú
Rúbrica.
(R.- 291436)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
México
Juzgado Vigésimo Primero de lo Civil
EDICTO
En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL, expediente 177/2006, promovido por
AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V., en contra de MINERVA JIMENEZ CRUZ Y/OTROS. El C.
Juez, Vigésimo Primero de lo Civil de esta ciudad dicto los siguientes autos: “México, Distrito Federal a
veintidós de mayo del año dos mil nueve. Agréguese a su expediente…el escrito… se señalan las ONCE
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga
verificativo el remate en Primera Almoneda del inmueble embargado consistente en el lote de terreno número
13, Manzana 161, Zona 1, de la Colonia San Agustín Atlapulco, del Ex ejido San Agustín Atlapulco, en el
Municipio de Chimalhuacan, Estado de México, precio de avaluo $536,000.00 (QUINIENTOS TREINTA Y
SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), por tanto, se ordena convocar postores por medio de edictos que deberán
publicarse en los términos ordenados en el artículo 1411 del Código de Comercio, es decir, por tres veces
dentro de nueve días y toda vez que en dicho numeral no se precisa los lugares en que deberán fijarse, en
atención a lo previsto por el artículo 1054 del Código de Comercio, se aplica supletoriamente el Código
Federal de Procedimientos Civiles y por ende, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, en la
tabla de avisos de éste Juzgado y se ordena girar atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez de
Distrito con jurisdicción en Chimalhuacan, Estado de México, como lo dispone el artículo 474 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, con la aclaración de que la postura legal es el
precio de avalúo como lo dispone el artículo 1410 del Código de Comercio. Notifíquese. Lo proveyó y firma el
C. Juez Vigésimo Primero de lo Civil, Licenciado BRUNO CRUZ JIMENEZ, quien actúa ante la Secretaria de
Acuerdos, Licenciada ELSA REYES CAMACHO, que autoriza y da fe.
Para su publicación por tres veces dentro de nueve días y en atención a lo previsto por el artículo 1054 del
Código de Comercio, se aplica supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles y por ende,
deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de éste Juzgado.
México, D.F., a 27 de mayo de 2009.
La C. Secretaria de Acuerdos “A”
Lic. Elsa Reyes Camacho
Rúbrica.
(R.- 291448)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
113
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Noveno de Distrito en el Estado
Coatzacoalcos, Ver.
Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia
en Coatzacoalcos, perteneciente al Décimo Circuito
1/2007-I
EDICTO
En los autos del juicio ordinario civil 1/2007-I, promovido por José Antonio Hernández Sandoval, por su
propio derecho y en su carácter de apoderado leal de Elia del Carmen Ancira Pérez de Hernández y Elisa
Anaya Ruiz, se dicto el siguiente acuerdo:
Coatzacoalcos, Veracruz, quince de junio de dos mil nueve.
Con fundamento en el artículo 62, del Código Federal de Procedimientos Civiles, agréguese a los autos
para los efectos legales procedentes, el escrito de cuenta, signado por José Antonio Hernández Sandoval,
parte actora en este juicio.
En atención a lo que solicita, con fundamento en los artículos 304 y 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, emplácese por medio de edictos a las demandadas Pegaso, Sociedad Anónima de
Capital Variable y Desarrollo Industrial de Coatzacoalcos, Sociedad Anónima de Capital Variable, los cuales
serán publicados por tres veces consecutivas tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los
periódicos de mayor circulación que se edite en la República Mexicana; haciendo saber a las demandadas
que José Antonio Hernández Sandoval, Elia del Carmen Ancira Pérez de Hernández y Elisa Anaya Ruiz, les
reclaman las siguientes prestaciones en la vía ordinaria civil:
“A).- LA DESOCUPACION Y ENTREGA TOTAL Y DEFINITIVA DE LA PARTE FRONTAL DE LA
FRACCION DE LAS (50) CINCUENTA HECTAREAS PROPIEDAD DEL SUSCRITO Y DE MIS
REPRESENTADAS CUYOS DATOS Y COLINDANCIAS MAS ADELANTE ENUNCIARE Y QUE SE
ENCUENTRA INVADIDA Y OCUPADA INDEBIDAMENTE Y DE MANERA IRREGULAR POR LA PRIMERA
DE LAS PERSONAS MORALES NOMBRADAS EN EL INCISO A), CON CORREDORES DE TUBERIAS DE
LAS CUALES IGNORO QUE PRODUCTO PASAN POR ELLAS, DE QUE CALIDAD SON DICHOS TUBOS,
DE QUE CALIBRE Y MEDIDA, A QUE NIVEL O PROFUNDIDAD SE ENCUENTRAN, ETC, Y DEMAS
DATOS QUE EL SUSCRITO IGNORO Y QUE DESDE LUEGO Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO
OCASIONAN AL SUSCRITO Y A MIS REPRESENTADAS DAÑOS Y PERJUICIOS;
B).- LA RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA, DERIVADA DEL ACCIDENTE QUE SE REGISTRO EL
DIA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999, APROXIMADAMENTE A LAS 13:50 HORAS, FRENTE AL
COMPLEJO PETROQUIMICO DE LA CANGREJERA, UBICADO EN LA CARRETERA COSTERA DEL
GOLFO (180) KM. 008 + 00, SINIESTRO QUE AFECTA LA TOTALIDAD DE NUESTRO PREDIO
OCASIONANDONOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE SERAN DETERMINABLES A JUICIO DE PERITOS EN
LA ETAPA PROBATORIA DE ESTE CONTROVERTIDO; ASI COMO, LOS DAÑOS Y PERJUICIOS
CAUSADOS Y QUE SE SIGAN CAUSANDO POR LA OCUPACION DIRECTA DE LA SUPERFICIE Y
SUBSUELO DE NUESTRO PREDIO SIN AUTORIZACION DE LOS COMPARECIENTES; TODO ESTO
ADEMAS LES CONSTA A LOS CC. VICENTE LARA BARROSO Y VICENTE IGNACIO LARA ANTHEL;
C).- COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR LES DEMANDO A DICHAS PERSONAS MORALES EN
TERMINOS DE LO PREVISTO POR EL ARTICULO 1915 DEL CODIGO CIVIL FEDERAL EN VIGOR, EL
PAGO DE LA INDEMNIZACION POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS EN LA FRACCION DE
LAS (50) HECTAREAS PROPIEDAD DEL SUSCRITO Y DE MIS REPRESENTADAS, POR TRABAJOS EN
MANTENIMIENTO E INTRODUCCION DE CORREDORES DE TUBERIAS EN NUESTRA PROPIEDAD, ASI
COMO LA OCUPACION DIRECTA SIN AUTORIZACION ALGUNA DE LOS COMPARECIENTES, DE LOS
CORREDORES DE TUBERIAS EN LA SUPERFICIE Y SUBSUELO DE NUESTRA PROPIEDAD; Y POR
CONCEPTOS DE RESTABLECIMIENTO DEL AREA MEDIANTE RELLENO DE ARENA, PAGO DE DAÑOS
EN EL AREA AFECTADA POR DESTRUCCION TOTAL DE LA MISMA, ASI COMO DESTRUCCION DE
CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN EL LUGAR; GENERANDO TALES CONCEPTOS DE DAÑOS Y
PERJUICIOS LA CANTIDAD TOTAL DE $6’000,000.00 (SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M. N.), SEGUN
114
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
PERITAJE ADJUNTO REALIZADO POR EL C. ARQUITECTO FERNANDO CESPEDES PALAFOX Y QUE
APARECE DENTRO DE LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL EXPEDIENTE NO. 31/2000, QUE SE
ANEXA COMO PRUEBA CON EL PRESENTE ESCRITO INICIAL DE DEMANDA EN COPIAS
CERTIFICADAS;
D).- PARA EL SUPUESTO CASO Y DADA LAS CIRCUNSTANCIAS, DE QUE NO SE CONDENARA A LA
DEMANDADA LA ENTREGA Y DESOCUPACION FISICA Y TOTAL DE LA FRACCION DE TERRENO
INVADIDA, SE LES CONDENE A LA DEFINICION Y UBICACION CORRECTA DEL AREA QUE ESTA
SIENDO AFECTADA DE MANERA CONCRETA Y DEFINITIVA Y DADA LA NATURALEZA DE LOS
FLUIDOS CONDUCIDOS POR LOS CITADOS CORREDORES DE TUBERIAS, SE LES CONDENE ADEMAS
A LA EJECUCION DE DOS PASOS DE ENTRADA Y/O SALIDA DEL PREDIO A LA CARRETERA FEDERAL
COSTERA DEL GOLFO (180), KM. 008 + 000, DE POR LO MENOS DE 12 METROS DE ANCHO CADA
UNO, A MANERA DE SERVIDUMBRE DE PASO, CON LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD SUFICIENTES
PARA SOPORTAR EL PASO DE VEHICULOS PESADOS, POR ENCIMA DEL CORREDOR DE TUBERIAS,
Y EN EL LUGAR DETERMINADO POR NUESTRO PERITO EL C. FERNANDO CESPEDES PALAFOX,
DENTRO DEL JUICIO 31/2000 DEL INDICE DEL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO Y
TAMBIEN ADJUNTO AL PRESENTE, A EFECTO DE QUE LA EXISTENCIA DE LAS MISMAS NO SEA UNA
LIMITANTE DEL USO DEL SUELO, O EN SU CASO, SE LES CONDENE AL PAGO DEL COSTO DE SU
REALIZACION A LOS SUCRITOS, DEL ORDEN DE $1’620,000.00 (UN MILLON SEISCIENTOS VEINTE MIL
PESOS M. N.), CADA UNO, PARA UN COSTO TOTAL POR AMBOS PASOS DE $3’240,000.00 (TRES
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), SEGUN VALORACION ADJUNTA;
E).- EL PAGO DE LOS INTERESES MORATORIOS Y LEGALES, EN TERMINOS DEL ARTICULO 2395
DEL CODIGO CIVIL FEDERAL, QUE SE GENEREN Y SE SIGAN GENERANDO SOBRE LA CANTIDAD
DETERMINADA COMO INDEMNIZACION A LOS COMPARECIENTES A PARTIR DE LA FECHA DE LA
EJECUTORIA DICTADA EN EL PRESENTE ASUNTO HASTA SU PAGO TOTAL EFECTIVO A LOS
SUSCRITOS Y/O A LA REALIZACION Y ENTREGA DE LA OBRA A SATISFACCION DE LOS
OCURRENTES, ASI COMO, LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR VICIOS OCULTOS, NEGLIGENCIA,
EVICCION, ETC.
F).- EL PAGO DE LOS GASTOS Y COSTAS DEL PRESENTE JUICIO INCLUYENDO EL PAGO DEL
CONTRATO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES CELEBRADO ENTRE EL SUSCRITO
Y LOS PROFESIONISTAS SEÑALADOS COMO NUESTROS ABOGADOS PATRONOS EN EL PRESENTE
ASUNTO Y QUE SE CALCULARAN SOBRE LA BASE DEL (20%) VEINTE POR CIENTO, DE LAS
PRESTACIONES OBTENIDAS, EN SU CASO, POR LOS ACCIONANTE, DE ACUERDO AL ARTICULO 1206
DEL CODIGO CIVIL FEDERAL.
Hágase saber a las demandadas tanto en el Diario Oficial de la Federación, como en uno de los periódicos
de mayor circulación que se edite en la República Mexicana, que en la Secretaría de este Juzgado está a su
disposición copia de la demanda y anexos, a fin que en el término de nueve días produzcan su contestación,
contados a partir del día siguiente de la última publicación de los edictos; apercibidos que de no hacerlo, se
les tendrá por perdidas el derecho para dar contestación a la demanda instaurada en su contra.
Congruente con lo anterior, requiérase a la parte actora, para que dentro del término de tres días, contado
a partir de que quede debidamente notificado del presente acuerdo, acuda a este Tribunal a recoger los
edictos de que se trata y para que dentro del plazo de diez días, que se considera prudente, demuestre haber
gestionado su publicación en los periódicos referidos; apercibida que de no hacerlo en esos lapsos sin razón
justificada, se entenderá que no tiene interés en la prosecución del juicio.
Notifíquese; hágase personalmente a la parte actora.
Lo proveyó y firma Irma Caudillo Peña, Juez Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz, ante Eduardo
Aguiñaga Jiménez, Secretario que autoriza y da fe. Firmas.
Dado en la ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, quince de junio de dos mil nueve.
El Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Veracruz
Eduardo Aguiñaga Jiménez
Rúbrica.
(R.- 291359)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
115
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
EDICTO
En los autos del juicio ejecutivo mercantil expediente 1/2005-I, promovido por ROBERTO GONZALEZ
CARLOCK, por propio derecho, en contra de los codemandados LILIA MARIN GALLEGOS, JUAN RAMON
ESTUDILLO CEREZO y JUAN ESTUDILLO MARIN, en su carácter de apoderado legal de ESPACIOS
CALOTLI, S.A. DE C.V., en la audiencia de tercera almoneda se ordenó lo que en su parte esencial dice:
“---por no haber solicitado el mandatario judicial de la parte actora, la adjudicación del bien inmueble en
comento, y no haberse cumplido lo establecido por el numeral 1412 del ordenamiento mercantil aplicable, con
fundamento en el artículo 475 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al
Código de Comercio aplicable y por no haberse cumplido lo establecido por el numeral 1412 del ordenamiento
mercantil aplicable, se señalan las ONCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL QUINCE DE JULIO DEL
AÑO EN CURSO, para la audiencia pública de cuarta almoneda, respecto del inmueble ubicado en la CALLE
DE PIAMONTE 11, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ACOXPA, EL CUAL SE INTEGRA DE LA
LOTIFICACION PARCIAL DE LOS LOTES 3, 4, y 5 DE LA MANZANA 4, DELEGACION TLALPAN, CODIGO
POSTAL 14300, EN ESTA CIUDAD, sirviendo de base para el remate la cantidad de $3’159,000.00 (TRES
MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS 00/100), que resulta de deducir el diez por ciento de
$3´510,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL PESOS 00/100), precio base fijado para esta
tercera almoneda. Habida cuenta de lo anterior, convóquense postores y anúnciese en pública subasta
POR UNA SOLA VEZ, en la forma que previenen los numerales 474 y 475, del ordenamiento federal adjetivo
civil, esto es, publicándose edictos en el “Diario Oficial” de la Federación y en la puerta de este Juzgado, de
manera que, entre la publicación o fijación del edicto y la fecha del remate, medie un plazo que no sea menor
de cinco días. - - -”.
México, D.F., a 22 de junio de 2009.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal
Lic. Raymundo Esteban Alor García
Rúbrica.
(R.- 291518)
AVISOS GENERALES
Estados Unidos Mexicanos
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Responsabilidades
Procedimiento DGR/B/09/2007/R/03/007
Oficio DGR/B/B1/1899/2009
ASUNTO: Se notifica resolución y pliego definitivo de responsabilidades 041/2009.
C. CUITLAHUAC FLORES CASTRO
C. JESUS JAVIER BARRERA VALDEZ
COMAQ, S.A. DE C.V.
En cumplimiento a lo ordenado dentro de los puntos resolutivos PRIMERO, CUARTO, SEPTIMO y OCTAVO,
de la resolución de fecha 22 de mayo de 2009, dictada por el Director General de Responsabilidades de la
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Auditoría Superior de la Federación, dentro de los autos que integran el procedimiento para el Fincamiento de
responsabilidades resarcitorias DGR/B/09/2007/R/03/007, instruido entre otros, a los CC. CUITLAHUAC
FLORES CASTRO, JESUS JAVIER BARRERA VALDEZ y a la persona moral COMAQ, S.A. DE C.V, por este
medio en vía de notificación se hace de su conocimiento que en relación a la presunta responsabilidad
resarcitoria que se le atribuyó en el procedimiento de mérito, se resolvió:
“- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - RESUELVE - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Esta Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría Superior de la Federación,
es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo señalado en el
Considerando I que antecede.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - CUARTO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a Cuitlahuac Flores Castro, en
calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal,
por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de
$48,482.86 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 86/100 M.N.), la cual,
como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de
$37,776.90 (TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 90/100 M.N.), más su
actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por
$10,705.97 (DIEZ MIL SETECIENTOS CINCO PESOS 97/100 M.N.); en los términos del Considerando VI de
esta resolución.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - SEPTIMO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a Jesús Javier Barrera Valdez, en
calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal,
por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de
$141,692.87 (CIENTO CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 87/100 M.N.), la
cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad
de $110,404.29 (CIENTO DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 29/100 M.N.), más su
actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por
$31,288.58 (TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.); en los términos
del Considerando IX de esta resolución.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - OCTAVO.- Es existente la responsabilidad resarcitoria atribuida a la persona moral COMAQ, S.A. de C.V.,
en calidad de responsable directo, debiendo resarcir el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal,
por lo que se le finca el Pliego Definitivo de Responsabilidades a título de indemnización, por la cantidad de
$190,175.73 (CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 73/100 M.N.), la cual, como se
señala, comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de
$148,181.18 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y UN PESOS 18/100 M.N.), más su
actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por
$41,994.55 (CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS 55/100 M.N.); en los
términos del Considerando X de esta resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - DECIMO.- En cumplimiento a los anteriores resolutivos, con fundamento en lo dispuesto por el
artículo 53, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, notifíquese la presente resolución
y el Pliego Definitivo de Responsabilidades a los responsables “… Cuitlahuac Flores Castro, …, Jesús Javier
Barrera Valdez, y a las personas morales COMAQ, S.A. DE C.V.”, para que en un plazo de quince días
naturales cubran ante la Tesorería de la Federación el monto de dicho Pliego. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DECIMOPRIMERO.- Remítase copia autógrafa de la resolución y del Pliego Definitivo de
Responsabilidades a la Tesorería de la Federación, para el efecto de que si en un plazo de quince días
naturales contados a partir de la notificación, éste no es cubierto, se haga efectivo en términos de ley,
mediante el procedimiento administrativo de ejecución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - DECIMOTERCERO.- Hágase del conocimiento de los responsables “… Cuitlahuac Flores Castro, …,
Jesús Javier Barrera Valdez, y a las personas morales COMAQ, S.A. DE C.V.”, que pueden impugnar la
presente resolución directamente ante la Auditoría Superior de la Federación mediante la interposición del
Recurso de Reconsideración, o bien, mediante juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa en términos del artículo 59, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. - “
“- - - DECIMOQUINTO.- Verifíquese a través de la Dirección General de Responsabilidades de la Auditoría
Superior de la Federación, el cumplimiento de lo ordenado y, en su oportunidad, archívese el expediente del
presente procedimiento, como asunto total y definitivamente concluido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
“- - - Así lo resolvió y firma el Lic. Guillermo Narváez Bellacetin, Director General de Responsabilidades de
la Auditoría Superior de la Federación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -”
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Asimismo, derivado de la resolución de mérito el Director General de Responsabilidades de la Auditoría
Superior de la Federación, emitió el Pliego Definitivo de Responsabilidades número 041/2009, de fecha 22 de
mayo de 2009, en el que en relación a los CC. CUITLAHUAC FLORES CASTRO, JESUS JAVIER BARRERA
VALDEZ y a la persona moral COMAQ, S.A. DE C.V., se determinó:
PLIEGO DEFINITIVO DE RESPONSABILIDADES
DATOS DE REFERENCIA
ENTIDAD FISCALIZADA
DELEGACION DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN MILPA ALTA
IMPORTE DE LA RESPONSABILIDAD
“Cuitlahuac Flores Castro, Coordinador Técnico de la Dirección General de Obras Públicas y Desarrollo
Urbano; por la cantidad de $48,482.86 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS
PESOS 86/100 M.N.), la cual comprende el daño causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la
cantidad de $37,776.90 (TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 90/100 M.N.),
más su actualización, desde la fecha en que se cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve,
por $10,705.97 (DIEZ MIL SETECIENTOS CINCO PESOS 97/100 M.N.).“
“Jesús Javier Barrera Valdez, la cantidad de $141,692.87 (CIENTO CUARENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 87/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño
causado al Estado en su Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $110,404.29 (CIENTO DIEZ MIL
CUATROCIENTOS CUATRO PESOS 29/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se
cometió la irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $31,288.58 (TREINTA Y UN MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.).“
“COMAQ, S.A. de C.V., la cantidad de $190,175.73 (CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SETENTA Y
CINCO PESOS 73/100 M.N.), la cual, como se señala, comprende el daño causado al Estado en su
Hacienda Pública Federal, por la cantidad de $148,181.18 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO
OCHENTA Y UN PESOS 18/100 M.N.), más su actualización, desde la fecha en que se cometió la
irregularidad al treinta de abril de dos mil nueve, por $41,994.55 (CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y CUATRO PESOS 55/100 M.N.).“
México, D.F., a 17 de junio de 2009.
El Director General
Lic. Guillermo Narváez Bellacetin
Rúbrica.
(R.- 291443)
Conmutador:
Inserciones:
Sección de Licitaciones
Producción:
Suscripciones y quejas:
Domicilio:
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION
DIRECTORIO
50 93 32 00
Exts. 35078, 35079, 35080 y 35081
Fax: 35076
Ext. 35084
Exts. 35094 y 35100
Exts. 35181 y 35009
Río Amazonas No. 62
Col. Cuauhtémoc, México, D.F.
C.P. 06500
México, D.F.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Vicepresidencia de Normatividad
Dirección General Técnica
Vicepresidencia de Supervisión de Banca de Desarrollo y Finanzas Populares
Dirección General de Supervisión de Entidades de Ahorro y Crédito Popular
Oficios 311-80734/2009 y 134-74640/2009
CNBV.311.311.16 (5796) “2009-06-12” <10>
Asunto: Autorización para la organización y funcionamiento de Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
Federación Nacional de Cajas Solidarias, A.C.
Alvaro Obregón número 151, piso 1, colonia Roma,
C.P. 06700, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F.
Fesolidaridad, S.C. de R.L. de C.V.
Madrid No. 55, colonia Del Carmen Coyoacán
C.P. 04100, México, D.F.
At’n.: Lic. Carmen Gicela Castillo Durán
Representante legal de la Federación
Lic. Jesús Alejandro Arreola Prado
Representante legal de la Sociedad
La Junta de Gobierno de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión celebrada el 4 de junio
de 2009 y en atención a la solicitud de Federación Nacional de Cajas Solidarias A.C., contenida en
el escrito recibido el 12 de enero de 2009, por el cual, en nombre de la sociedad denominada Fesolidaridad,
S.C. de R.L. de C.V., solicita la autorización de la Comisión para que dicha sociedad se organice y funcione
como Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, con fundamento en los artículos 9 de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular; 2, 4, fracción XI y 12, fracción V, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 1,
3 fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entre otros, acordó:
“SEPTIMO.- Los miembros de la Junta de Gobierno, con base en la opinión favorable del Comité de
Autorizaciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitida en su sesión celebrada el 2 de abril
de 2009, autorizaron por unanimidad, la organización y funcionamiento como Entidad de Ahorro y Crédito
Popular, bajo la figura de Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, a la sociedad que se denominará
“Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.”, con un nivel de operaciones I, en términos de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular.”
La presente Autorización se concede de conformidad con las bases siguientes:
Primera.- Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se organizará y funcionará como Sociedad
Cooperativa de Ahorro y Préstamo conforme a lo dispuesto por los artículos 9, 10 y demás aplicables de la
Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Segunda.- Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular, la Ley General de Sociedades Cooperativas, las demás que le sean aplicables y particularmente
a lo siguiente:
I. Su denominación será “Fesolidaridad”, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Cooperativa
de Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o de su abreviatura S.C. de A.P. de
R.L. de C.V.
II. Su domicilio social se ubicará en el Distrito Federal y tendrá un Nivel de Operaciones I.
Tercera.- Por su naturaleza, la Autorización es intransmisible de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Cuarta.- La Autorización deberá publicarse, a costa de la interesada, en el Diario Oficial de la Federación,
de conformidad con lo establecido en el décimo párrafo del artículo 9 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Quinta.- La Autorización surtirá sus efectos al día hábil siguiente al de su notificación, de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación, en aplicación supletoria de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular, en términos de lo dispuesto por el artículo 8 de dicho ordenamiento legal.
Sexta.- De conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, esta
Comisión podrá revocar la Autorización que nos ocupa, entre otros, si la sociedad denominada Fesolidaridad,
S.C. de A.P. de R.L. de C.V., no presenta el testimonio de la escritura o bases constitutivas para su aprobación a
que se refiere el artículo 10, fracción I de dicho ordenamiento legal, dentro de los noventa días hábiles a partir
de que haya sido otorgada la autorización.
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Séptima.- Esta Comisión se reserva la facultad de llevar a cabo las acciones que considere necesarias
para verificar que Fesolidaridad, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., cuenta con lo necesario para el debido
cumplimiento de su objeto social.
Lo anterior, se notifica con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, fracción V y 9 de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular; 134, fracción I, 135 y 136, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación; y en
ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 16, fracciones I y XVI, así como antepenúltimo y
penúltimo párrafo, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 1, 3, 4, 9, 11, penúltimo y último
párrafo, 12, 24, fracciones I, inciso a) y II, en relación con el 16, fracción VI y 17, fracción XII, 37, fracción XI, y
56 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 18 de agosto de 2003, modificado mediante los Decretos publicados en ese Diario Oficial el 21
de diciembre de 2005 y el 26 de diciembre de 2007; 17, fracción I, incisos 1) y 3), 30, fracción I, inciso 2) y 40
del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los
vicepresidentes, directores generales, supervisores en jefe y gerentes de la misma Comisión, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008, modificado por los Acuerdos publicados en ese
Organo de difusión el 7 de agosto de 2008 y el 3 de febrero de 2009; así como 1, fracciones III y VIII del
Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Comisión Nacional
Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2008.
Atentamente
México, D.F., a 12 de junio de 2009.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores
Director General de Supervisión de
Entidades de Ahorro y Crédito Popular
Director General Técnico
Ing. Rodrigo Sánchez Arriola Luna
Héctor Barrenechea Nava
Rúbrica.
Rúbrica.
(R.- 291495)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
EDICTO
Se notifica al C. VICTOR MANUEL GARCIA PEREZ y/o el dueño del menaje del inmueble ubicado en
Calle José Santos Chocano número 2416, colonia Martínez, código postal 64550 en la Ciudad de Monterrey,
Estado de Nuevo de León, el Acuerdo de aseguramiento provisional de fecha 4 cuatro de diciembre del año
dos mil ocho, decretado en la averiguación previa número PGR/040/LD/2000, lo anterior a efecto de que
manifieste lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en
Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda,
ubicada en avenida Paseo de la Reforma número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc,
México, Distrito Federal, lugar en donde se pone a su disposición las constancias conducentes al citado
aseguramiento; así mismo se le apercibe que en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el
plazo de noventa días naturales, que señale el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales,
a partir de la presente notificación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 15 de enero de 2009.
El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la SIEDO
Lic. Jaime Rey López Salazar
Rúbrica.
(R.- 291561)
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Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
EDICTO
Se notifica al C. DANIEL TREJO FEDERICO Y/O MULTIVALORES ARRENDADORA, S.A. DE C.V. Y/P
PROPIETARIO del vehículo automotor marca BMW, color negro, tipo sedán cuatro puertas, modelo 2001,
serie WBAAV11001CD65675, con placas de circulación LWL 98-79 del Estado de México, del acuerdo de
aseguramiento provisional de fecha 10 de febrero del año 2009, decretado en la Averiguación Previa número
PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2006, lo anterior a efecto de que manifieste lo que a su derecho convenga en
las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, ubicada en avenida Paseo de la Reforma
número 75, planta baja, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtemoc, México, Distrito Federal, lugar en donde
se pone a su disposición las constancias conducentes al citado aseguramiento; así mismo se le apercibe que
en caso de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de noventa días naturales, que señale el
artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, a partir de la presente notificación, dichos
bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 11 de febrero de 2009.
El Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la SIEDO
Lic. Jaime Rey López Salazar
Rúbrica.
(R.- 291565)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
EDICTO
Con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 40 del Código Penal Federal; 2 fracción II, 38, 123, 180 y 181 del Código Federal de
Procedimientos Penales; 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y demás de la Ley Federal para la Administración y Enajenación
de Bienes del Sector Público; 4o. fracciones I, inciso A), subincisos b), c) y e), y V, 10 fracciones V y IX, 11
fracción I inciso b), 14, y 20 fracción II inciso e), de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la
República, en relación con los diversos 1, 2, 15, 27, 28 fracción III inciso a) y penúltimo párrafo, de su
Reglamento; y los Acuerdos A/020/99 y A/011/00 en sus artículos cuarto y noveno, emitidos por el Procurador
General de la República, se notifica a JOSE ISAIAS SOLIS GARCIA, alias el CHACHIS, y o su representante
legal, y/o cualquier persona que tenga derecho, que en fecha treinta de julio de dos mil ocho, se dictó acuerdo
de aseguramiento dentro de la averiguación previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2008, en el que se
aprecia en su parte conducente: “…En la ciudad de México, Distrito Federal, a los 30 treinta días del mes de
julio de 2008 dos mil ocho.
VISTO el estado que guarda la Averiguación Previa número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/046/2008, con el
objeto de que el Ministerio Público de la Federación adopte las medidas a que se refieren los artículos 123 y
181 del Código Federal de Procedimientos Penales, en relación con el artículo 40 del Código Penal Federal,
referentes a impedir que se pierdan, destruyan o alteren las huellas o vestigios del hecho delictuoso, los
instrumentos o cosas objeto o efectos del mismo, y con ello impedir que el delito se siga cometiendo y que se
dificulte la investigación…RESUELVE…PRIMERO.- Se decreta el ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO de
Tractocamión marca Internacional, tipo quinta rueda- Chato-C9670, de color blanco y azul, de tres ejes,
modelo 1983, sin placas de circulación, Tractocamión marca Kenworth, tipo quinta rueda- Chato, de color
blanco y azul, de tres ejes, (los dos sin llantas), modelo se ignora, sin placas de circulación, muestra un
engomado en el parabrisas AG-06895 del estado de Baja California, Tractocamión marca Freightliner,
tipo quinta rueda-Volteo-Torton, de color blanco y azul, de tres ejes, modelo 1987, con placas de circulación
786-BX5 del Servicio Público Federal., Semiremolque marca Utility, tipo caja refrigerada, de color blanco, de
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dos ejes, modelo 1999, número económico L4A706, sin placas de circulación, Camioneta marca Chevrolet,
tipo Caja-doble rodado-3500, de color blanco modelo 2003, Vehículo Cerrado, con placas de circulación
JK-53-269 del Estado de Jalisco. ….” Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga
en las oficinas que ocupa esta Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda, sita en Paseo de la Reforma número setenta y
cinco, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal,
apercibiéndose al interesado o su representante legal que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en
un término de noventa días naturales siguientes al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor
del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de enero de 2009.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Grimaldo Gerardo Cajero Morales
Rúbrica.
(R.- 291567)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
EDICTO
Con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 40 del Código Penal Federal; 2 fracción II, 38, 123, 180 y 181 del Código Federal de Procedimientos
Penales; 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y demás de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector
Público; 4o. fracciones I, inciso A), subincisos b), c) y e), y V, 10 fracciones V y IX, 11 fracción I inciso b), 14, y 20
fracción II inciso e), de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en relación con los diversos
1, 2, 15, 27, 28 fracción III inciso a) y penúltimo párrafo, de su Reglamento; y los Acuerdos A/020/99 y A/011/00
en sus artículos cuarto y noveno, emitidos por el Procurador General de la República, se notifica a HECTOR
SILVA ALCALA o PABLO ESQUEDA, y/o su representante legal, y/o cualquier persona que tenga derecho, que
en fecha diez de diciembre de dos mil siete, se dictó acuerdo de aseguramiento dentro de la averiguación previa
número PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/100/2007, en el que se aprecia en su parte conducente: “…En la ciudad de
México, Distrito Federal, siendo a los 10 diez días del mes de diciembre de 2007 (dos mil siete).
VISTO, el estado que guardan las actuaciones en la presente Averiguación Previa y analizadas todas y
cada una de las constancias que obran agregadas a esta indagatoria, para proceder al aseguramiento
precautorio…. RESUELVE… - - - PRIMERO.- Se ordena el aseguramiento precautorio de: 1) Un inmueble
ubicado en Andador M. Bancalari, 1210, colonia Educadores Jaliscienses, en Toanala, Jalisco, con menaje;
02) 11,409 once mil cuatrocientos nueve piezas de billetes de denominación de 100 cien dólares de los
Estados Unidos de América, al parecer falsos; 03) 64 sesenta y cuatro frascos pequeños de pintura color
verde, vacíos y 15 llenos, 04) utensilios para serigrafía entre ellos bastidores, láminas para revelado y objetos
diversos que se utilizan al parecer en las técnicas de serigrafía e impresión en papel, 05) una máquina al
parecer de imprenta de color verde con gris, 06) Una placa o laminilla metálica en la que se aprecia cuatro
veces el número 100, Diez placas o laminillas metálicas en las que no se aprecia nada, Dos placas o
laminillas metálicas en la que se aprecia la parte anversa de un billete de 100 dólares. Una placa o laminilla
metálica en la que se aprecia el frente de un billete de 100 dólares, Una placa metálica en la que se aprecia
cuatro figuras de una persona al parecer el personaje de un billetes de cien dólares “Franklin”, 07) Trescientos
cincuenta hojas de papel en la que aparece en su adverso y reverso, la figura de cuatro billetes de 100
dólares, de manera escalonada, con su número de serie cada uno de ellos el primero CH14298806A, el
segundo AB81866490Q, el tercero AB81189899A, el cuarto BJ07613900A, 08) Tres bastidores con un
plástico en la que se aprecia en medio de este, números de 100 cien, correspondientes al parecer de la marca
de agua de un billete, 09) dos bastidores con un plástico en la que se aprecia en medio solo pinturas, 10). Un
bote con etiqueta blanca que tiene la leyenda VERDE DE REALCE. 11). Un bote que contiene tinta para
impresión con una etiqueta roja con la leyenda COLORTEC.A; por ser objeto o instrumento o producto de la
comisión de algún delito, por lo que a efecto de que los mismos no se alteren, destruyan o desaparezcan, es
procedente el decretar el aseguramiento ministerial de los mismos….”
Lo anterior, a efecto de que manifiesten lo que a su derecho convenga en las oficinas que ocupa esta
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación
o Alteración de Moneda, sito en Paseo de la Reforma número setenta y cinco, colonia Guerrero, Delegación
Cuauhtémoc, código postal 06300, México, Distrito Federal, apercibiéndose al interesado o su representante
legal que de no manifestar lo que a su derecho convenga, en un término de noventa días naturales siguientes
al de la notificación, los bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 5 de enero de 2009.
El Agente del Ministerio Público de la Federación
Lic. Grimaldo Gerardo Cajero Morales
Rúbrica.
(R.- 291569)
122
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recursos y Servicios
CONVOCATORIA PUBLICA PARA OBTENER TITULOS DE AUTORIZACION
A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT. AGRS-014/2009
Con fundamento en los artículos 16 de la Ley Aduanera y 3o. transitorio de la Ley del Servicio de
Administración Tributaria, este último publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre
de 1995, 28 fracción XLVII, en relación con el 29 apartado “D”, del Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria, en vigor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Organo Desconcentrado
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ha decidido autorizar en términos del precepto citado
en primer lugar los servicios que más adelante se precisan, por lo cual convoca a las personas morales
interesadas en obtener un Título de Autorización para prestar al SAT los servicios que a continuación
se describen:
Servicios de Administración de Activos Digitales (SAD)
Se refieren al conjunto de capacidades que soportan la generación, administración y distribución de
documentos electrónicos y archivos digitales a través de la organización. Lo anterior administrado bajo un
esquema por documento o por usuario que incluye el manejo de un grupo de documentos y/o información
digital relacionados a este usuario. Las personas morales interesadas en obtener un Título de Autorización
deberán acreditar la experiencia en al menos uno de los servicios que se precisan a continuación:
Servicios de Administración de Contenido.- Incluyen la funcionalidad de administración del almacenamiento,
mantenimiento y recuperación de activos digitales, así como de los respaldos de información. Lo anterior
incluye el manejo de flujos de trabajo, identificación de contenido, publicación y control de activos digitales.
Servicios de Administración de Activos Digitales.- Se refieren a la funcionalidad de digitalización de
documentos, Lectura Optica de Caracteres (LOC), manejo de relaciones y ligas entre documentos,
indexación, clasificación, manejo de control de versiones, y el mantenimiento de documentos y archivos
digitales de la organización, así como la conversión de documentos de un formato a otro. Además en este
servicio se debe contemplar el pre-proceso de información en medios físicos, incluyendo el acopio y preparación
de los mismos.
Servicios de Administración de Conocimiento.- Incluyen la funcionalidad de identificación, agrupación y
transformación de documentos, reportes y otras fuentes de información significativa con un valor agregado. Lo
anterior incluye el acceso a la información, definición de taxonomías, metadatos, categorías de la información
y acceso compartido de la información para grupos multiusuario.
Servicios de Administración de Registros.- Se refieren a la funcionalidad de protección, archivo,
clasificación y eliminación de documentos e información, así como la administración de derechos digitales
para el control del capital intelectual y los derechos de autor de la información bajo administración.
Servicio de Acreditación de Identidad y Enrolamiento.- El servicio debe ser capaz de desarrollar el proceso
de acreditación de identidad y enrolamiento a partir de la verificación y digitalización de documentos,
verificación de información dentro del padrón de contribuyentes del SAT y captura de información biométrica
del contribuyente. A continuación se describen los componentes de servicio requeridos para sustentar el
Servicio de Acreditación de Identidad y Enrolamiento:
a) Servicio de Captura de Huellas Digitales.- Este servicio debe permitir la captura de las huellas digitales
con calidad AFIS, la transmisión, almacenamiento y resguardo de la información en bases de datos sobre
equipos propios del proveedor. Adicionalmente se debe incluir el conjunto de capacidades para consultar y
explotar la información de los equipos en donde se encuentre almacenada la información a través de alguna
aplicación y servicios Web (Web Services).
b) Servicio de Toma de Fotografía Digital.- Este servicio permite tomar fotografías y almacenarlas en
formato digital hacia bases de datos.
c) Servicio de Desarrollo de Sistema.- Este servicio debe incluir el conjunto de capacidades que permitan
el diseño, desarrollo e implementación de un sistema de software que sustente e integre los servicios
especificados anteriormente.
Todos los servicios deben desarrollarse bajo las mejores prácticas internacionales, basándose en el marco
de referencia de ITIL (Infraestructure Technology Information Library).
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
123
REQUISITOS
Las interesadas en obtener un Título de Autorización deberán cumplir, de conformidad con el artículo 16
de la Ley Aduanera, con los siguientes requisitos:
I. Tener cinco años de experiencia prestando los servicios que se vayan a autorizar.
II. Tener un capital social pagado de por lo menos $1’373,988.00 M.N. (actualizado de conformidad con el
anexo 2 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, publicadas en el Diario Oficial de
la Federación el 12 de mayo de 2009).
III. Cumplir con los requisitos de procedimiento que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezca
en la convocatoria que para estos efectos publique en el Diario Oficial de la Federación.
De conformidad con la fracción III del artículo 16 de la Ley Aduanera, se fija como requisito de
procedimiento que las interesadas deben cumplir, el entregar la documentación que se detalla a continuación:
a. Carta original en papel membretado de la persona moral solicitante, en la cual el apoderado legal,
manifieste el interés de su representada en obtener el Título de Autorización motivo de esta convocatoria,
debiendo indicar el número de convocatoria y el tipo de servicios, así como domicilio para oír y recibir
notificaciones. Dicha carta deberá contener firma autógrafa del representante legal.
b. Original o copia certificada del testimonio de la(s) escritura(s) pública(s) que contenga(n) el acta
constitutiva y sus principales reformas, misma(s) que deberá(n) contener los datos de inscripción en el
Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
c. Original o copia certificada de los estados financieros del año inmediato anterior, auditados y
dictaminados conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación o, en su defecto, del testimonio de
la escritura pública, o del acta de asamblea de accionistas, protocolizada ante fedatario público, con una
antigüedad no mayor a tres años, mismas que deberán contener los datos de inscripción en el Registro
Público correspondiente, con lo que la persona moral solicitante acredite contar con el capital social pagado
actualizado a que se refiere el artículo 16 fracción II de la Ley Aduanera.
d. Copia certificada de la cédula de identificación fiscal.
e. Original o copia certificada de los estados financieros auditados, correspondientes al ejercicio fiscal
inmediato anterior a la fecha de presentación de la documentación y que de conformidad con el artículo 32-A,
párrafo sexto, del Código Fiscal de la Federación deban contar con el dictamen correspondiente, así como los
estados financieros internos del ejercicio fiscal que se encuentre en curso.
f. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que manifieste
bajo protesta de decir verdad, que su representada está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales, para efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.
g. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que manifieste,
bajo protesta de decir verdad, que el capital social pagado de su representada no ha sido disminuido con
posterioridad a la fecha del documento con el que haya acreditado el cumplimiento del requisito establecido
en el inciso c) de esta convocatoria.
h. Copia certificada de la identificación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal de la
persona moral solicitante.
i. Original o copia certificada del poder notarial del representante legal de la solicitante, en el que acredite
tener facultades generales para actos de administración, mismo que deberá contener los datos de inscripción
en el Registro Público correspondiente.
j. Original del currículum de la solicitante, donde manifieste la experiencia de al menos cinco años en la
prestación de servicios similares a los que se pretende autorizar en esta convocatoria, mismo que deberá
contener la firma autógrafa del representante legal.
k. Copia certificada de contratos, pedidos o convenios, al menos tres indistintamente, de los que se
desprenda la prestación de servicios similares a los señalados en esta convocatoria, con los que compruebe
la experiencia de al menos cinco años prestando servicios similares a los solicitados en esta convocatoria; dos
de los contratos deberán haber sido celebrados en los últimos cinco años y otro haber sido celebrado hace
cinco años o más; en el caso de que los contratos impliquen información reservada o confidencial se deberá
proporcionar copia certificada testada en la parte conducente por el notario público que lleve a cabo la
certificación correspondiente.
l. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que declare bajo protesta
de decir verdad que su representada cumple con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
m. Carta original en papel membretado, con firma autógrafa del representante legal en la que declare bajo
protesta de decir verdad que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las
124
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración
Pública Federal, Procuraduría General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto
participan personas físicas o morales, que se encuentren en dicho supuesto.
Todos los documentos que se presenten deberán estar en idioma español, legibles y no contener
tachaduras ni enmendaduras, excepto por los contratos, los cuales podrán estar en idioma diferente al
español, en cuyo caso deberán acompañarse de traducción simple al español.
Las personas morales interesadas en obtener el Título de Autorización para prestar al SAT los servicios
descritos en la presente convocatoria, podrán presentar la documentación a partir del día de la publicación de
la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el 30 de septiembre de 2009, en un
horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar todos y cada uno de los documentos antes señalados.
El procedimiento para el otorgamiento del Título de Autorización a que se refiere esta convocatoria será de
la siguiente forma:
1. En la entrega de la documentación, se realizará por el área competente la revisión cuantitativa.
2. En el supuesto de que cumpla, se remitirá la documentación al área requirente del servicio para la
evaluación cualitativa de la documentación, realizándose en forma simultánea la evaluación cualitativa de
la documentación legal. Tanto en la evaluación cuantitativa y jurídico cualitativa como en la cualitativa se
emitirá un dictamen por el área respectiva.
3. En el supuesto de que la interesada cumpla con estas dos etapas, se emitirá el Título de Autorización
correspondiente.
4. En el supuesto de incumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria, se requerirá a la
interesada para que de conformidad con los artículos 17-A y 32 de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, presente la documentación faltante dentro del plazo de 10 días hábiles, posteriores a la
notificación; de lo contrario, la solicitud será rechazada, lo cual se notificará a la misma. Una vez transcurridos
sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dictamine el rechazo de la solicitud de Título de
Autorización, la convocante podrá proceder a la devolución de la documentación presentada, previa petición
de la interesada o a su destrucción, salvo que hubiere sido recurrido el trámite, en cuyo caso la
documentación se conservará hasta la total conclusión del recurso e instancias subsecuentes.
5. En el caso de que la solicitud hubiere sido rechazada por la omisión de alguno de los requisitos
contenidos en esta convocatoria, la interesada podrá presentar la solicitud de Título de Autorización
nuevamente, con el total de la documentación señalada en la misma, durante la vigencia de ésta.
El SAT podrá modificar la vigencia de la convocatoria, siempre que la modificación se haga del
conocimiento de las interesadas por el mismo medio utilizado para su publicación.
La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración Central de Apoyo Jurídico, sita en
calle Sinaloa número 43, piso 1, colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06700, México, D.F., a
la atención del licenciado José Gerardo Córdova Bejarano, Administrador Central de Apoyo Jurídico, de la
Administración General de Recursos y Servicios. La entrega de los títulos de autorización se llevará a cabo
previa cita al teléfono 11-02-30-80.
Con el objeto de aclarar posibles dudas, podrán formularse preguntas mediante correo electrónico a la
siguiente dirección: [email protected].
Para efectos de notificación, el SAT publicará el otorgamiento o no otorgamiento del Título de Autorización
en la página electrónica del SAT: www.sat.gob.mx, en la sección “Transparencia” en la subsección “Otra
Información de Transparencia”, “Títulos de Autorización (artículo 16 de la Ley Aduanera)”, en la subsección
“Otorgamiento de Títulos”, a más tardar 45 días hábiles posteriores, contados a partir de la fecha de recepción
de la documentación, dicho plazo se interrumpirá en el caso de que el SAT considere necesario requerir
información a la solicitante, reanudándose cumplido el requerimiento.
Efectos y alcances del Título de Autorización.
Los títulos de autorización que se otorguen, de conformidad con la presente convocatoria, no eximen a las
autorizadas de la obligación de sujetarse al o los requisitos establecidos en los procedimientos de contratación
que se instrumenten para la prestación de los servicios motivo de la presente convocatoria.
México, D.F., a 3 de julio de 2009.
El Administrador Central de Apoyo Jurídico de la Administración General
de Recursos y Servicios del Servicio de Administración Tributaria
Lic. José Gerardo Córdova Bejarano
Rúbrica.
(R.- 291429)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
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INMOBILIARIA MAIR, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
A LOS ACCIONISTAS:
CON FUNDAMENTO EN LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD Y A LOS ARTICULOS 183,
186, 187 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, EN PRIMERA CONVOCATORIA, SE
INVITA A LOS ACCIONISTAS DE INMOBILIARIA MAIR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE;
PARA QUE ASISTAN A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS QUE TENDRA
LUGAR EL 28 DE JULIO DE 2009 A LAS 11:00 HORAS EN EL DOMICILIO DE LA SOCIEDAD, UBICADO
EN URBINA NUMERO 73, COLONIA PARQUE INDUSTRIAL NAUCALPAN, EN NAUCALPAN DE JUAREZ,
ESTADO DE MEXICO, CODIGO POSTAL 53370, PARA DESARROLLAR EL SIGUIENTE:
ORDEN DEL DIA
I.- LISTA DE ASISTENCIA E INSTALACION DE LA ASAMBLEA.
II.- NOMBRAMIENTO DEL SECRETARIO, ESCRUTADORES, Y PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA.
III.- INFORME A LA ASAMBLEA DE LA DONACION DE ACCIONES DE LAS QUE ES TITULAR EL
SR. JAIME CURIEL Y RODRIGUEZ.
IV.- DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DE DECLARAR EN SUSPENSION DE ACTIVIDADES
A LA SOCIEDAD.
V.- ASUNTOS GENERALES.
POR LO ANTERIOR SE SOLICITA SU PUNTUAL ASISTENCIA PARA EL DESAHOGO DE LOS PUNTOS
ANTERIORES, QUE SON DE GRAN IMPORTANCIA.
Atentamente
Naucalpan, Edo. de Méx., a 26 de junio de 2009.
Apoderado
Jaime Curiel y Rodríguez
Rúbrica.
(R.- 291407)
“MEXQUIM”, S.A. DE C.V.
AVISO
CONVOCATORIA
SE CONVOCA A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE “MEXQUIM”, S.A. DE C.V., A LA CELEBRACION
DE UNA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, QUE TENDRA VERIFICATIVO
EL DIA MIERCOLES 8 DE JULIO DE 2009 A LAS 18:00 HORAS, EN EL DOMICILIO FISCAL DE LA
EMPRESA. CALLE RETORNO 3 DE ORIENTE 259 NUMERO 112, INT 1, COLONIA AGRICOLA ORIENTAL,
CODIGO POSTAL 08500, DELEGACION IZTACALCO, MEXICO, D.F., MISMA QUE SE DESARROLLARA
CON EL SIGUIENTE:
ORDEN DEL DIA
1.- LISTA DE ASISTENCIA
2.- INSTALACION LEGAL DE LA ASAMBLEA
3.- LECTURA, DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DEL INFORME DE LA ADMINISTRACION
CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS DE LOS AÑOS 2005, 2006, 2007, 2008 Y 2009.
4.- LECTURA, DISCUSION Y APROBACION, EN SU CASO, DEL INFORME Y DICTAMEN DEL
COMISARIO CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS DE LOS AÑOS 2005, 2006, 2007, 2008 Y 2009.
5.- REDACCION, LECTURA Y APROBACION DEL CONTENIDO DEL ACTA QUE SE LEVANTE CON
MOTIVO DE LA ASAMBLEA.
PARA CONCURRIR A LA ASAMBLEA CONVOCADA, LOS SEÑORES ACCIONISTAS DEBERAN
DEPOSITAR SUS ACCIONES Y, EN CASO DE NOMBRAR REPRESENTANTE, SUS RESPECTIVAS
CARTAS PODER, ANTE EL ADMINISTRADOR UNICO, EN LA DIRECCION INDICADA LINEAS ARRIBA, A
MAS TARDAR EN LA FECHA Y HORAS SEÑALADAS PARA LA CELEBRACION DE LA ASAMBLEA,
DOMICILIO EN EL QUE ADEMAS, ESTARAN A SU DISPOSICION LOS INFORMES, BALANCES, ESTADOS
FINANCIEROS Y DOCUMENTOS A LOS QUE ESTE ORDEN DEL DIA SE REFIERE.
México, D.F., a 30 de junio de 2009.
Liquidador
Ing. Gómez Bautista Abraham
Rúbrica.
(R.- 291566)
126
(Segunda Sección)
DIARIO OFICIAL
Viernes 3 de julio de 2009
Pemex Exploración y Producción
Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos
EDICTO
COMUNICACION DE LA DETERMINACION DEL PROCEDIMIENTO DE
RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO No. 418235964 A LA EMPRESA
CONSTRUCCION, INGENIERIA Y MONTAJE INTEGRAL, S.A. DE C.V.
Con fundamento en los artículos 61 fracciones II y III de la Ley de Obras Públicas Servicios Relacionados
con las Mismas; 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo de aplicación supletoria
en términos del artículo 13 de la citada Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y
párrafo tercero, incisos b) y c), de la cláusula vigésima del Contrato número 418235964, por ignorarse el
domicilio de la empresa Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V., se comunica lo siguiente:
Determinación del Procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato número 418235964, referente a
la “Construcción de un Módulo entre Plataformas Akal-C7 y Akal-C8 para ubicar obras complementarias que
incluyen oficinas administrativas, talleres, baños y bodegas”, que Pemex Exploración y Producción tiene
celebrado con la empresa Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V.; de conformidad con lo siguiente:
Una vez que se han considerado los argumentos y pruebas, en términos del artículo 61, fracción II, de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y en el tercer párrafo, inciso b) de la
cláusula vigésima del Contrato número 418235964, mismas que hace valer la contratista Construcción,
Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V., en su escrito de fecha 12 de junio de 2009, se tiene que dichos
argumentos y medios probatorios, no desvirtúan los incumplimientos que se le imputaron en el oficio número
PEP-SCSM-226-2009, de fecha 30 de marzo de 2009, que le fuera notificado mediante edictos publicados los
días 20, 21 y 22 de mayo en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en
el territorio nacional “El Universal”; por tal motivo, Pemex Exploración y Producción, ratifica en sus términos
todos y cada uno de ellos, los cuales se tienen por reproducidos en obvio de repeticiones innecesarias,
quedando debidamente acreditado que la conducta del contratista encuadró en la causal de Rescisión
Administrativa marcada con el número III, de la cláusula décima novena del acuerdo de voluntades número
418235964, la cual textualmente dispone lo siguiente:
“DECIMA NOVENA.- RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.
En caso de incumplimiento del CONTRATISTA a cualquiera de las obligaciones del contrato, durante la
vigencia del contrato, PEP podrá optar entre exigir el cumplimiento del mismo, o declarar la rescisión conforme
al procedimiento de ley y exigir el pago de las penas convencionales por atraso estipuladas en este contrato.
PEP procederá a la rescisión administrativa del contrato cuando se presente alguna de las siguientes
causas en forma enunciativa más no limitativa.
…
III.- Si el CONTRATISTA, no ejecuta los trabajos de conformidad con los estipulado en el contrato o sin
motivo justificado no acata las ordenes dadas por el Residente de Obra o por el supervisor…”
Por lo anteriormente expuesto, Pemex Exploración y Producción, con fundamento en el artículo 61
fracciones II y III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y 127 de su
Reglamento y en el tercer párrafo, inciso c) de la cláusula vigésima del acto jurídico número 418235964,
dentro del término señalado en el citado precepto legal y disposición contractual, determina Rescindir
Administrativamente el Contrato de Obra Pública sobre la Base de Precios Unitarios número 418235964, cuyo
objeto consiste en “Construcción de un Módulo entre Plataformas Akal-C7 y Akal-C8 para ubicar obras
Complementarias que incluyen oficinas administrativas, talleres, baños y bodegas”, celebrado con el
contratista Construcción, Ingeniería y Montaje Integral, S.A. de C.V.”, para todos los efectos a que haya lugar.
Esta Determinación de Rescisión Administrativa surtirá sus efectos contractuales, a partir de que sea
debidamente notificado el Contratista.
Queda a su disposición, en el domicilio ubicado en: Edificio Administrativo Kikab, Calle 60 sin número
entre avenida Concordia y avenida Aviación, colonia Petrolera, código postal 24170, en Ciudad del Carmen,
Campeche, en horario de 8:00 a 15:30 horas; que corresponden a las oficinas de la Subdirección de la
Coordinación de Servicios Marinos de Pemex Exploración y Producción, el oficio número PEP-SCSM-432-2009
y sus anexos, de fecha 25 de junio de 2009, el cual contiene las consideraciones que motiva la determinación
del procedimiento de Rescisión Administrativa del Contrato número 418235964; mismo que podrá ser
consultado en días hábiles, en el domicilio y horarios antes mencionados.
Atentamente
Ciudad del Carmen, Camp., a 25 de junio de 2009.
El Subdirector de la Coordinación de Servicios Marinos de Pemex Exploración y Producción
Ing. Manuel de Jesús Alegría Constantino
Rúbrica.
(R.- 291576)
Viernes 3 de julio de 2009
DIARIO OFICIAL
(Segunda Sección)
127
Petróleos Mexicanos
Pemex Gas y Petroquímica Básica
Gerencia de Recursos Materiales
CONVOCATORIA PUBLICA
De conformidad con el artículo 132 de la Ley General de Bienes Nacionales, así como con las Bases
Generales que Regulan la Enajenación Onerosa de Bienes Muebles No Utiles de Petróleos Mexicanos y
Organismos Subsidiarios, Pemex Gas y Petroquímica Básica, a través de la Gerencia de Recursos Materiales,
llevará a cabo las licitaciones públicas números PGPB-900-09-B-045-GRM a la PGPB-900-09-B-050-GRM, en
las que podrán participar personas físicas y morales nacionales y extranjeras para la venta de bienes muebles
improductivos no útiles para Pemex Gas y Petroquímica Básica. Los bienes motivo de estas licitaciones son:
Licitación
PGPB-900-09-B-
Descripción del bien
Cantidad
U. M.
Valor para
venta
045-GRM
Refacciones para turbinas y compresores
1
Lote
$69,669.88
046-GRM
Aceites y grasas
1
Lote
$6,677.68
047-GRM
Materiales de construcción
1
Lote
$135,140.93
048-GRM
Productos químicos
1
Lote
$49,411.62
049-GRM
Refacciones turbinas hispano suiza
1
Lote
$594,693.96
050-GRM
Juntas, empaques y cespoles
1
Lote
$20,985.62
Localización de los bienes: Complejo Procesador de Gas Ciudad Pemex.
Recepción y apertura de ofertas: viernes 17 de julio de 2009 a las 11:00 horas, auditorio Antonio J.
Bermúdez, ubicado en el primer piso del edificio “A”, avenida Marina Nacional número 329, colonia Huasteca,
México, D.F., código postal 11311, teléfono directo lada (01-55) 19-44-55-94.
Fallo: viernes 17 de julio de 2009 al concluir el acto de recepción y apertura de ofertas en el mismo lugar.
Plazo de retiro por licitación: 40 días hábiles.
La Gerencia de Recursos Materiales, proporcionará en avenida Marina Nacional número 329, edificio B-1,
4o. piso, colonia Huasteca, código postal 11311, D.F., teléfono (01-55) 19-44-55-94 a partir del día 3 de julio
de 2009 de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, en días hábiles, la siguiente documentación:
1. Las bases que regirán la enajenación con un costo de $300.00 -trescientos pesos 00/100 M.N.- IVA
incluido, las cuales podrán adquirirse del 3 al 15 de julio de 2009 en el domicilio antes citado. El pago deberá
realizarse mediante depósito bancario, en efectivo o mediante cheque de caja a nombre de Pemex Gas y
Petroquímica Básica en la cuenta CIE contrato número 6712-6 de BBVA Bancomer. En el formato CIE del
banco, asentará su nombre o razón social en el apartado de referencia y en el apartado de concepto anotará
el número de licitación y concepto que paga -Pago bases de licitación-. La adquisición de las bases es
requisito para participar en el evento.
2. Las autorizaciones de acceso a las instalaciones de los centros de trabajo, para la inspección de los
bienes motivo de esta licitación.
3. Formato de cédula de ofertas.
4. Las ofertas deberán presentarse conforme se señala en las bases de licitación.
5. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública se procederá a su
subasta en el mismo evento, siendo postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para
venta considerado para la licitación, y un 10% menos en segunda almoneda.
El comprador de bases deberá proporcionar nombre, domicilio fiscal y Registro Federal de Contribuyentes.
La presente convocatoria y bases de licitación podrán ser consultadas en las direcciones de Internet:
http://www.sucap.pemex.com y http://www.gas.pemex.com.
México, D.F., a 3 de julio de 2009.
El Gerente de Recursos Materiales
C.P. José Luis Gómez Góngora
Rúbrica.
(R.- 291469)
128
Pemex Refinación
LICITACION PUBLICA No. GAS-LP-04/2009
CONVOCATORIA
Descripción de los bienes
Cant.
Unidad
Ubicación
Garantía
Autotanques, diferentes modelos
8
Pieza
TAR Iguala, Gro.
2
Autotanques, diferentes modelos y marcas
4
Pieza
3
Autotanque y dos tractocamiones
3
Pieza
Diversos centro de trabajo
(TAR Celaya, e Irapuato, Gto.
TAR, Cuernavaca, Mor.
10% del valor
para venta
10% del valor
para venta
10% del valor
para venta
Costo de
bases
$1,000.00
Obtención de bases
Del 3 al 15 de julio 2009
Registro, recepción de
documentos y ofertas
17 de julio de 2009
de 10:00 a 10:30 Hrs.
Plazo de
retiro
30 días
hábiles
30 días
hábiles
30 días
hábiles
Valor para venta
($)
654,735.00
396,810.00
581,460.00
Presentación y apertura de ofertas
Fallo
17 de julio de 2009 al término de la
recepción de documentos e inscripción
17 de julio de 2009
al término de la apertura de ofertas
México, D.F., a 3 de julio de 2009.
La Subgerente
Ing. Rosa María Rodríguez Luna
Rúbrica.
(R.- 291542)
Viernes 3 de julio de 2009
Las personas interesadas en participar, deberán comprar las bases de esta convocatoria, cuyo costo deberá ser cubierto mediante cheque de caja o efectivo,
previa obtención de recibo de pago en la página de Internet: http://www.ref.pemex.com <transparencia><Desincorporación de Bienes><Compra de Bases> y realizar
el pago en el banco Scotiabank/Inverlat mediante la ficha electrónica obtenida vía correo electrónico; una vez cubierto el pago, deberán obtener las bases en la
página de Internet: http://www.ref.pemex.com. La inspección de los bienes se podrá llevar a cabo del 4 al 16 de julio 2009, en días hábiles, en un horario de 9:00
a 14:00 horas, previa obtención del pase de acceso el que deberá ser solicitado a la dirección electrónica: [email protected]. Para entrar a las
instalaciones de Pemex Refinación, es obligatorio el uso de ropa de algodón, camisa manga larga y zapatos de tipo industrial. Las ofertas deberán ser garantizadas
en los términos de las bases respectivas. De no lograrse la venta de los bienes por el procedimiento de licitación pública, se procederá a su subasta en el mismo
evento, siendo postura legal en primera almoneda, las dos terceras partes del valor para venta considerado en la licitación, menos un 10% en segunda almoneda.
Para cualquier información al respecto, favor de comunicarse a los teléfonos (55) 19448957 y (55) 19442500, extensiones 53280, 53282 y 53245. Visite para efectos
informativos las páginas en Internet en las direcciones: http://www.ref.pemex.com y http://www.sucap.pemex.com.
DIARIO OFICIAL
No.
lote
1
(Segunda Sección)
Pemex Refinación, organismo público descentralizado, en cumplimiento de las disposiciones que se establecen en el título quinto de la Ley General de Bienes
Nacionales y las Bases Generales que Regulan la Enajenación Onerosa de Bienes Muebles No Utiles de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, invita a las
personas físicas y morales nacionales que tengan interés de participar en la licitación pública número GAS-LP-04/2009, que se llevará a cabo en las oficinas de la
Subgerencia de Administración Patrimonial de Bienes Muebles, para la venta de bienes improductivos con la clasificación, localización y depósito de garantía que a
continuación se indica.

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