TACÓGRAFO DIGITAL MANUAL para el transportista
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TACÓGRAFO DIGITAL MANUAL para el transportista
TACÓGRAFO DIGITAL MANUAL para el transportista Esperamos que este manual sirva para explicar y aclarar todas aquellas cuestiones que, después de una lectura sosegada de los Reglamentos citados, no estén lo suficientemente claras para todos los que utilizan el aparato tacógrafo. NORMATIVA Resumen de la legislación aplicable Dicha normativa estaba compuesta por el Reglamento CEE 3820/85 del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y el Reglamento CEE 3821/85 de Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera. Con el paso del tiempo se ha considerado conveniente la introducción de nuevos equipos de control dotados de dispositivos de registro electrónico de la información pertinente y una tarjeta personal de conductor, con el objetivo de garantizar la disponibilidad, la claridad, la facilidad de lectura, la impresión y la fiabilidad de los datos registrados y que permitan establecer un registro indiscutible, por una parte, de las acciones realizadas por el conductor durante los últimos días y, por otra parte, de la actividad del vehículo a lo largo de varios meses. Asimismo, ante la dificultad de interpretación, aplicación, ejecución y control de modo uniforme en todos los Estados miembros se hace necesario un conjunto de normas claras y sencillas que puedan ser comprendidas, interpretadas y aplicadas con mayor facilidad por el sector del transporte por carretera y por las autoridades encargadas de velar por su cumplimiento. Por ello, se han aprobado y publicado diversas disposiciones que han modificado el Reglamento CEE 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera , estableciendo, entre otras cuestiones, las condiciones de fabricación, ensayo, instalación y control del tacógrafo digital , que es obligatorio desde enero de 2006. En el mismo sentido, con fecha 11 de abril de 2006 se publicó el Reglamento (CE) 561/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2006 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo. La dificultad, en algunos casos, de estas normas y la importancia de su difusión, aconsejan la edición de este manual explicativo que permita una rápida compresión a todos los que, día a día, tienen que cumplir estas normas. QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A qué vehículos de transporte por carretera se aplica: a) Vehículos de mercancías, cuando su MMA > 3,5 Tn, incluido cualquier remolque o semirremolque, o b) vehículos de viajeros demás de nueve personas, incluido conductor y destinados a tal fin. A qué ámbito de transporte por carretera afecta: a) exclusivamente dentro de la Comunidad europea, o b) entre la Comunidad, Suiza y los países que sean parte contratante del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo c) viajes efectuados en países adheridos al acuerdo AERT Exentos: a) Viajeros, en servicios regulares, con trayectos < 50 km; b) cuya V.M.A. sea < 40km/h; c) de las fuerzas armadas, defensa civil, bomberos y las fuerzas de orden público; d) de ayuda humanitaria, de urgencia o destinados a operaciones de salvamento; e) vehículos especiales utilizados con fines médicos; f) de reparación de averías cuyo radio de acción < 100 km; g) de pruebas en carretera que aún no se hayan puesto en circulación; h) los de MMA <= 7,5 Tn utilizados para transporte no comercial; i) históricos que se utilicen para el transporte no comercial de viajeros o mercancías DEFINICIONES: Empresa de transporte: cualquier persona física o jurídica, o cualquier asociación o grupo de personas sin personalidad jurídica, con o sin ánimo de lucro, o cualquier organismo oficial, tanto si tiene personalidad jurídica propia como si depende de una autoridad que tenga dicha personalidad, cuya actividad sea el transporte por carretera, que actúe por cuenta de otro o por cuenta propia. Conductor: toda persona que conduzca el vehículo, incluso durante un corto período, o que esté a bordo de un vehículo como parte de sus obligaciones para conducirlo en caso de necesidad Otro trabajo: cualquier actividad definida como tiempo de trabajo con arreglo al artículo 3, letra a), de la Directiva 2002/15/CE, salvo la conducción, incluido cualquier trabajo para el mismo y otro empresario dentro o fuera del sector del transporte Transporte por carretera: todo desplazamiento realizado total o parcialmente por una carretera abierta al público de un vehículo, vacío o con carga, destinado al transporte de viajeros o de mercancías Servicios regulares de viajeros: los servicios nacionales e internacionales a los que se refiere el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 684/92 del Consejo Vehículo: un vehículo de motor, un tractor, un remolque o un semirremolque o un conjunto de estos vehículos, tal como se definen dichos términos a continuación: - - - - Vehículo de motor: vehículo con un dispositivo de propulsión que circule por carretera por sus propios medios, destinado normalmente al transporte de viajeros o de mercancías Tractor: vehículo con un dispositivo de autopropulsión que circule por carretera, concebido especialmente para tirar de remolques, semiremolques, herramientas o máquinas, o para empujarlos o accionarlos. Remolque: vehículo de transporte destinado a ser enganchado a un vehículo de motor o a un tractor Semirremolque: un remolque sin eje delantero, acoplado de forma que una parte importante de su peso y del peso de su carga sea soportada por el tractor o el vehículo de motor MMA, masa máxima autorizada: la masa máxima admisible del vehículo dispuesto para la marcha, incluida la carga útil. OBLIGACIONES EMPRESARIO Y CONDUCTOR: Empresario: 1.- Velar por el buen funcionamiento y la correcta utilización del aparato de control de la tarjeta de conductor. 2.- Conservar debidamente las hojas de registro, las impresiones y los datos transferidos, en orden cronológico y en forma legible durante un año por lo menos. 3.- Facilitar una copia de las mismas a los conductores que lo soliciten. 4.- Entregar a los conductores que lo soliciten copias de los datos transferidos de las tarjetas de conductor y las versiones impresas de dichas copias. 5.- Las hojas de registro, las impresiones y los datos transferidos deberán presentarse o entregarse a cualquier inspector autorizado que lo solicite. INFRACCIONES Y MULTAS Importe € Desde Hasta Leves Graves Muy graves Relativas al tacógrafo Manipulación maliciosa. Carencia del mismo. Carencia significativa de ficheros o datos en empresa o vehículo. Su 2.001 falsificación. No llevar insertada la tarjeta o llevar otra. 6.000 Carencia no significativa de ficheros o datos en empresa o vehículo. Inadecuado funcionamiento imputable al transportista. No asignar actividades a tiempos. 401 2.000 No realizar anotaciones, pero que fácilmente. Utilizar una tarjeta caducada. 200 400 sean Leves Graves Muy gr. Relativas al Tiempo de Conducción deducibles Importe € Desde Hasta > 50% tiempo de conducción 3.301 4.600 > 20 y < 50% tiempo de conducción 1.501 2.000 301 400 > 1 y 20% tiempo de conducción Leves Graves Muy gr. Relativas al tiempo de descanso Importe € Desde Hasta < 50% tiempo de descanso 3.301 4.600 < 20 y > 50% tiempo de conducción 1.501 2.000 301 400 < 1 y > 20% tiempo de conducción Baremo Sancionador No lo reflejamos en este documento por su extención de 154 páginas. Puedes disponer de él en nuestra web, en la siguiente dirección. Puede sufrir cambios. http://www.n1jundiz.com/datos/paginas_doc/archivo64/Baremo%20Sancionador%202007.pdf COMPONENTES DEL TACÓGRAFO DIGITAL Sensor de movimiento El sensor de movimiento es la parte del aparato que ofrece una señal representativa de la velocidad y distancia recorrida. Cables El cable es el elemento que establece la conexión entre el sensor de movimiento y la unidad intravehicular. Los datos recogidos por el sensor, se transmiten a la unidad y son almacenados por ésta. Es el único elemento que no exige homologación. Unidad intravehicular Este elemento se instala en la cabina del vehículo y es la parte visible del aparato tacógrafo. INSTRUMENTOS PARA DESCARGA E INTERPRETACIÓN DE DATOS Para descargar los datos que se van almacenando tanto en la Unidad intravehicular como en las tarjetas, se van a requerir un aparato extractor de ficheros y un programa informático, opcional, si queremos disponer de un análisis interpretativo y valorativo de las incidencias de la conducción y del descanso. Lector de tarjetas y tacógrafo digital (InnovaT de Fenadismer, Optac, Siemens, Strada, etc.). Programa de tratamiento y análisis de datos (InnovaT de Fenadismer, Datacograf, Strada, etc.) En N1Júndiz disponemos de software interpretativo de los ficheros. TARJETAS a) Tipos de tarjetas Tarjeta de conductor: De color blanco, cada conductor deberá introducirlo cada vez que se coloca al volante. Será personal –consta de fotografía y datos personales– y nadie más podrá utilizarla. Almacenará los datos de un mes que periódicamente se deberán descargar. Tendrá una validez de cinco años. En caso de pérdida, robo o deterioro los conductores deberán pedir otra. Tendrán siete días naturales para realizar la sustitución. Mientras reciban la tarjeta, tendrán que imprimir los datos registrados diariamente. Tarjeta de empresa: De color amarillo permitirá a la empresa recabar, visualizar o imprimir la información. Al mismo tiempo, se puede utilizar –insertándolo junto a la tarjeta del conductor– para descargar los datos. Las empresas podrán pedir las que necesiten hasta un máximo de 62 tarjetas. Tendrá una validez de 5 años. Tarjeta de control: De color azul, corresponderá a los inspectores de transporte o agentes policiales que quedarán registrados en el aparato en cuanto introduzcan su tarjeta. Estos podrán visualizar, transferir o imprimir la información almacenada que requieran. Tendrá una validez de 5 años. Tarjeta de taller: Los fabricantes, talleres concesionarios o de reparación homologados y centros de ITV dispondrán de tarjetas de color rojo que se renovarán anualmente. Al personal de estos talleres o centros se les permitirá probar, activar, calibrar y transferir datos del tacógrafo digital. b) Qué tarjetas debemos solicitar y cómo Los transportistas deben solicitar las tarjetas de conductor y de empresa en las delegaciones de transportes de cada provincia: Oficinas Vascas. Araba, Plaza de la Provincia, 4 Interior, 01001 Gasteiz. 945181857 Bizkaia, Iparraguirre, 21, 48009 Bilbao. 902542542 Gipuzkoa, Julio Caro Baroja, 2, Bajo. 20018 Donostia. 902542542 Nafarroa, Yaguas y Miranda, 5, 31071 Iruñea. 948427547 Otras provincias dirigirse a las oficinas competentes en materia de Transportes. Documentos a aportar. Los documentos necesarios para solicitar la tarjeta de conductor son: Foto en color con fondo blanco DNI / TIE / Pasaporte y formulario Justificante de tasas abonadas Permiso de conducir en vigor de categoría correcta (cuando el permiso no se encuentre inscrito en la DGT) Acreditación residencia / Tarjeta residencia / Visado de trabajo / autorización para trabajar de autoridad laboral (si es extranjero) Mandato de representación acreditado (si le representa una gestoría o a la hora de recoger: La tarjeta sólo se entregará al titular o a un representante que aporte autorización: con firma reconocida y fotocopia del DNI) Los documentos necesarios para solicitar una tarjeta de empresa son: Impreso cumplimentado DNI, TIE o CIF Acreditación de domicilio fiscal Justificante de tasas abonadas Mandato de representación o acreditado (si hay representación o gestoría) y escritura de poderes. Permiso de circulación de un vehículo (si la empresa no es titular de autorizaciones de transporte) En las siguientes páginas se adjuntan los impresos a rellenar para solicitar la tarjeta del conductor y la tarjeta de empresa. FUNCIONAMIENTO BÁSICO Antes de iniciar el viaje Al comenzar la jornada hay que insertar la tarjeta de conductor en la ranura 1, y si viaja un segundo conductor, éste deberá insertar la tarjeta en la ranura 2. Una vez insertada la tarjeta, en el visor del aparato aparecerán la hora local y la hora UTC (Tiempo Universal Coordinado). Después el aparato lee los datos de la tarjeta de conductor y muestra cuándo extrajo la tarjeta por última vez. Llegados a este punto se deben introducir manualmente datos adicionales, si no ha insertado la tarjeta justo al comenzar el turno de trabajo. Todas las entradas de tiempo deben hacerse utilizando la hora UTC. A continuación introducirá el país donde comienza el turno (seleccionándolo en un listado alfabético) y la Comunidad Autónoma. Aquí termina el inicio de sesión y aparece la pantalla estándar del aparato. Una vez comenzado el viaje. No hay que realizar ningún otro ajuste, el aparato pasa automáticamente a la actividad «Tiempo de conducción». Si viaja con un segundo conductor, se deberá seleccionar para él la actividad «Tiempo de disponibilidad». A las 4 horas y 15 minutos de conducir ininterrumpidamente el aparato emite un mensaje avisando que en breve deberá realizar una pausa. Cuando transcurran 4 horas y 30 minutos aparece otro mensaje avisando de que debe parar si no quiere superar su tiempo de conducción. En este momento si se trata de un único conductor debe parar y seleccionar manualmente la actividad «Pausa», cuando reinicie le marcha el tacógrafo automáticamente pasará a «Tiempo de conducción». Otra opción es que el conductor en vez de dejar la tarjeta insertada en el aparato, se lleve consigo la tarjeta, para lo cual debe cerrar sesión y cuando regrese al vehículo, deberá registrar manualmente el descanso al iniciar la sesión. Si son dos conductores deberán extraer sus correspondientes tarjetas, cerrando sus respectivas sesiones y cambiar las mismas de ranura. Después de iniciar ambos la sesión podrán continuar viaje. Atención con el registro de los descansos Cuando el vehículo está detenido el vehículo pasa automáticamente a posición de «Otras tareas» (por ejemplo en un atasco), por eso, si realiza un descanso siempre debe registrarlo manualmente como actividad «Pausa», porque si no sobrepasaría los tiempos de conducción. Desplazamientos en tren o ferry Deberá seleccionar el estado «Desplazamiento en tren o ferry» desde «Entrada vehículos » de la pantalla principal. El estado «desplazamiento en tren o ferry» finalizar cuando el vehículo vuelva a ponerse en movimiento. Control en carretera El conductor estará obligado a mostrar los tiempos de conducción y descanso correspondientes al día actual y a los 28 días anteriores (a partir de 01/01/2008), para ello deberá entregar al agente la tarjeta de conductor. Puede darse el caso de que el conductor viaje en modo mixto, esto es, unos días conduce un vehículo con tacógrafo digital y otros un vehículo con analógico. En este caso deberá aportar los informes diarios impresos de los días en que utilizó el tacógrafo digital, así como los discos de los días en que usó un tacógrafo analógico. Cambio del papel de la impresora Los informes se imprimen en papel térmico especial. Para cambiar el papel, simplemente hay que abrir el compartimento e introducir el papel. Es obligatorio llevar un rollo de papel de reserva. DESCARGA Y TRATAMIENTO DE DATOS a) Cuándo y cómo descargar: Datos del tacógrafo Es obligación del empresario descargar los datos del aparato tacógrafo, como mínimo, cada 90 días. También estará obligado a descargar datos si se produce una avería en el aparato tacógrafo, o si se produce un cambio de titularidad en el vehículo. Una opción interesante es descargarlo el primer lunes del mes. Para la descarga, deberá insertarse la tarjeta de empresa en una de las ranuras del aparato, seleccionándose el modo empresa. En ese momento el menú ofertará la posibilidad de descargar los datos a la tarjeta, o hacerlo directamente a una llave de descarga. Si la descarga se hace en la tarjeta de empresa, los datos se almacenan en la misma, y será necesario pasarlos a un ordenador, mediante un lector de tarjetas. Si los datos se han almacenado en la llave de descarga, esta misma se conectará al ordenador, y se podrán transferir los archivos al ordenador. Datos de la tarjeta de conductor La descarga de datos de la tarjeta de conductor, deberá realizarse de forma mensual. Estas tarjetas tienen capacidad para almacenar datos durante 28 días, pero no conviene apurar el plazo. Será conveniente realizar las descargas cada 28 días. Existen también dos formas de descargar datos. La primera consiste en descargar los datos a través de un lector de tarjetas conectado a un ordenador. No obstante, también se podrán descargar los datos insertando en la unidad intravehicular las tarjetas de conductor y empresa, y transfiriendo los datos al aparato de descarga. b) Qué hacer con los datos descargados: Los archivos generados serán distintos en función de los datos que almacenen, según sean estos de empresa o de conductor. El nombre del archivo de datos del vehículo (empresa) está compuesto por los siguientes datos: Identificación de fichero, Matrícula del vehículo, País, Fecha de descarga (año/mes/dia), Hora de descarga (hora/minuto), y Extensión. Por lo tanto, el nombre del archivo quedará configurado de la siguiente manera: V-0000AAA-ESP-20060101-0000.TGD En cuanto a los archivos de datos del conductor está compuesto por los siguientes datos: Identificación del fichero, Número de tarjeta del conductor (16 dígitos), País, Fecha de descarga (año/mes/dia), Hora de descarga (hora/minuto), y extensión. En este caso, el nombre del archivo quedará configurado de la siguiente manera: C-0000000000000001-ESP-20060101-0000.TGD Los datos descargados, deberán conservarse obligatoriamente durante un año ( si bien por tema de posibles inspecciones laborales se deben guardar durante 4 años). No es conveniente utilizar ni la llave de descarga ni en el disco duro del ordenador como almacenamiento definitivo de datos, puesto que una avería o un virus podría ocasionar la perdida de todos los archivos. Por ello, una vez que los archivos estén en la memoria del ordenador, a parte de guardarlos ahí aconsejamos guardarlos en un “pincho” USB. Ojo !, no intentes abrir nunca un fichero pues se destruyen las claves digitales y se entiende que has intentado manipularlos con la consiguiente multa. c) Tratamiento de los datos: Los datos obtenidos del aparato tacógrafo aparecen encriptados dentro de los archivos, y es así como deben ser almacenados y conservados. En caso de que la Administración solicite los ficheros para una inspección, deberán enviarse en este formato, mediante un correo electrónico, que deberá ir acompañado de la firma electrónica de la empresa (habrá que solicitarla previamente). No obstante, existen programas de interpretación de los datos descargados que permiten emitir distintos informes sobre actividad diaria del conductor, velocidad, actividad diaria de vehículo, fallos, etc. Dado que los archivos de datos son estándar, con todos los programas se podrán leer e interpretar todos los archivos generados por un tacógrafo digital, independientemente de la marca. Programas interpretativos. Existen distintos programas con distintas prestaciones y precios como el InnovaT de FENADISMER, Strada, Datacograf, Aplus42, etc. PREGUNTAS MÁS FRECUENTES ¿Qué hacer en caso de que se produzca un fallo en el tacógrafo? Deberá documentar las actividades a mano, en el reverso del papel de impresión. Si el viaje dura más de una semana desde que se inició el fallo, la reparación habrá de realizarse en el transcurso del viaje. ¿Cómo convertir la hora local en hora UTC? Si se encuentra en Reino Unido, Irlanda, Portugal, Islandia o en Canarias la hora local y la hora UTC serán la misma. Si se encuentran en otro país deberá restar las horas en función de la diferencia horaria y de si es invierno o verano. DIFERENCIAS DE HORA PAÍSES 00:00 h. UK, P, IRL, IS y Canarias. +01:00 h. A, B, CZ, CY,D, DK, E, F, H, I, L, NL, PL, S, SK, SLO +02:00 h. BG, EST, FIN, GR, LT, LV, RO, TR +03:00 h. RUS En invierno hay que restar una hora al horario local para obtener la hora UTC. En verano a la hora local se le tendrá que restar 2 horas para conseguir la hora UTC. ¿Qué ocurre si se acaba el papel mientras se está generando un informe? La impresión se reanudará tras introducir el nuevo rollo. ¿Cuál es el plazo máximo para solicitar una tarjeta de conductor o de empresa por pérdida, robo, deterioro, mal funcionamiento o retirada de la tarjeta actual? Siete días naturales a partir de que se produzca el hecho. Diputación Foral de Gipuzkoa, en el caso de nuestro Territorio, expedirá en el plazo de 5 días hábiles una nueva tarjeta, previa personación del interesado. Esta nueva tarjeta mantendrá el mismo plazo de validez que la anterior. ¿Cuál es la sanción por carecer de papel para la impresión de las actividades del conductor? La infracción se considera muy grave y se sanciona con 4.601 € Eso sí, en el caso de que pueda obtenerse la información de las actividades del conductor por otros medios la sanción se fija en 401 € . ¿Y la sanción por llevar insertada la tarjeta de otro conductor? La sanción es de 3.301 € y retirada de la tarjeta de conductor. ¿Cuántas tarjetas de empresa puede obtener como máximo una empresa? Podrán solicitarse tantas tarjetas como la empresa estime necesarias, hasta un máximo de 62. ¿Cada cuánto tiempo hay que realizar una revisión del tacógrafo digital? Cada dos años es preciso realizar una revisión de los vehículos con tacógrafos digitales en un Centro Técnico autorizado. ¿Cuándo hay que proceder a la descarga, transferencia o volcado de datos del tacógrafo? En estos casos: • Antes de transferir o ceder el vehículo, o antes de devolverlo al arrendatario • Cuando se detecte un mal funcionamiento, pero todavía puedan descargarse los datos • Cuando lo requiera la Administración • Al menos cada 90 días. ¿Cuándo hay que proceder a la descarga, transferencia o volcado de datos de la tarjeta de conductor? En estos casos: • Al abandonar el conductor la empresa • Cuando lo requiera la Administración. • Cuando caduque la tarjeta. • Antes de devolver la tarjeta al órgano emisor cuando ello resulte exigible. • Al menos cada 28 días. ¿Es necesario insertar la tarjeta de empresa para realizar la descarga-copia de los datos de la tarjeta de conductor o del tacógrafo? Sí en ambos casos, tanto para proceder a la descarga de los datos del tacógrafo como los de la tarjeta de conductor, tiene que estar insertada la tarjeta de empresa. ¿En el caso de que se conduzca sin introducir la tarjeta de conductor queda registro de esta circunstancia? Sí, queda registrado en la memoria del aparato. Señales de advertencia. 1. Una señal de una duración mínima de 30 segundos advertirá al conductor de que está utilizando el vehículo: - sin haber insertado su tarjeta con memoria, - con una tarjeta que funciona mal, - con la tarjeta insertada en la ranura equivocada, - cuando el aparato de control haya detectado uno o varios funcionamientos internos defectuosos y, en particular, los contemplados en los puntos 17 y 18 de la letra d) del capítulo II, - efectuando un rebasamiento de la velocidad máxima autorizada. 2. Una señal de advertencia al conductor antes de superar las 4 horas y 30 minutos de período máximo de conducción y las 9 horas de tiempo de conducción diario, 15 minutos antes y en el momento de rebasar el límite. 3. Una señal de advertencia al conductor, 15 minutos antes y en el momento de dejar de cumplir el período de descanso diario de 8 horas en las últimas 24 horas. Las señales de advertencia serán de tipo acústico, visual o una combinación de ambos y deberán ser perfectamente reconocibles para el usuario. Capacidad de las memorias. De la tarjeta del conductor : puede y debe contener datos de 28 días mínimo. Del tacógrafo: puede y debe contener datos de 365 días mínimo. Como rellenar manualmente las actividades. Por fallo del tacógrafo. Control de policía. Qué presentar si se conducen vehículos con tacógrafos analógico y digital: 1 La tarjeta de conductor, 2 Los documentos de impresión diarios si proceden (del día en curso y los 28 anteriores), 3 Los discos diagrama si proceden, si se ha conducido vehículo con tacógrafo analógico (del día en curso y los 28 anteriores), * 4 Certificado de conductor si procede (si se ha estado de baja, de vacaciones o por haber conducido un vehículo excluído del ámbito del Rgto 561/2006). Pictogramas de Eventos y Fallos. INTERPRETACIÓN DE PICTOGRAMAS 1.- Pictogramas básicos Personas Empresa Controlador Conductor Taller/Centro de ensayo Fabricante Actividades Disponible Conducción Descanso Trabajo Pausa Indeterminado Aparato Ranura del conductor Ranura del segundo conductor Tarjeta Reloj Pantalla Almacenamiento externo Fuente de alimentación Impresora/Doc. impreso Sensor Tamaño de los neumáticos Vehículo/Unidad intravehicular Condiciones específicas Fuera de ámbito Puente/Paso a nivel Diversos Incidentes Comienzo del período de trabajo diario Lugar Seguridad Hora Fallos Final del período del trabajo diario da manual de las actividades del conductor Velocidad Total/Resumen Calificadores Diario Semanal Dos semanas Desde o hasta 2.- Combinaciones de pictogramas DIAGRAMA DE NAVEGACIÓN POR EL MENÚ STONERIDGE DIAGRAMA DE NAVEGACIÓN POR EL MENÚ SIEMENS DIAGRAMA DE NAVEGACIÓN POR EL MENÚ ACTIA ENTRADAS ADICIONALES Ojo con las Entradas Adicionales. Cuando se inserte la tarjeta de conductor hay que introducir las entradas manuales para GRABAR EN LA TARJETA las actividades realizadas por el conductor cuando ésta ha estado fuera del tacógrafo. El no cumplimentarlas es objeto de sanción. Paso Menú del Siemens Explicación / Significado Texto de bienvenida; durante un lapso de unos 3 segundos aparece la hora local ajustada (16:00) y la hora UTC (14:00). Aparece el apellido del conductor. Una barra móvil muestra que el aparato está leyendo la tarjeta de conductor. Durante unos 4 segundos se visualiza la fecha y la hora de la última retirada de la tarjeta en hora UTC. Seleccionar "Sí" y confirmarlo. a Deseamos continuar ese turno, por tanto seleccionamos "No" y confírmamos. Ajustar con la tecla confirmarla. b la hora deseada de la primera actividad a introducir y Ajustar la actividad deseada y confirmarla. Deseamos continuar ese turno, por tanto seleccionamos "No" y confírmamos. a Ajustar con la tecla confirmarla. c la hora deseada de la segunda actividad a introducir y Ajustar la actividad deseada y confirmarla. - Aceptar las entradas: Seleccionar "Sí" y confirmarlo. - Si seleccionamos "No", vuelves al paso 4. Puedes introducir de nuevo los datos. Aparece la pantalla estándar. Podemos comenzar a conducir. DIAGRAMA DE ENTRADAS ADICIONALES STONERIDGE DIAGRAMA DE ENTRADAS ADICIONALES SIEMENS DIAGRAMA DE ENTRADAS ADICIONALES ACTIA INTERPRETACIÓN DE DOCUMENTOS DE IMPRESIÓN
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