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www.impuestos.gob.bo PR Con el pago de los impuestos Seguimos creciendo, para Vivir Bien ES U PU ES TO IMPUESTOS EN P R IM I N P C U IP E A S L T E O S S LÍNEAS GRATUITAS: CONSULTAS TRIBUTARIAS 800-10-3444 LA FACTURA UNIDAD DE TRANSPARENCIA 800-10-0333 Con el pago de tus impuestos seguimos creciendo, para Vivir Bien 2 1. PRESUPUESTO Bolivia es como una casa donde habitan diferentes personas, como maestros, mineros, empresarios, estudiantes, médicos y muchas otras más. Los gastos de la casa se financian con el aporte de todos los que la habitan. El aporte es de todos porque al interior de la casa existe una norma suprema llamada Constitución Política del Estado, que establece que es un deber de todas las bolivianas y bolivianos tributar en proporción de su capacidad económica de acuerdo a Ley. Presupuesto General del Estado BOLIVIA ión programac la a z li a e r e Cada año s ) y gastos s o s r u c e r ( esos n de los ingr lico para u b ú p r to c e el s el (egresos) d , se define ir c e d s e , o r periodo futu do, en el ta s E l e d l a r Gene y Presupuesto a a recibir v e s to n á u ma c cual se esti tar. se va a gas é u q n e e se decid Una de las fuentes principales de recursos del Estado es aquella constituida por los ingresos tributarios. Así, en la medida en que los ciudadanos tomamos conciencia de la importancia que tiene para el bien común el pago de impuestos, es posible asumir este deber como un acto de responsabilidad social, más que como una obligación legal. 2. IMPUESTOS PRINCIPALES LOS PRINCIPALES IMPUESTOS DEL ESTADO SON: IT IVA IUE EDUCACIÓN Los impuestos son el aporte en dinero que los ciudadanos están obligados a pagar para que a nivel nacional, departamental y municipal se dispongan de los recursos suficientes con los que se financiarán los gastos públicos. El Estado, con dichos aportes, brindará los servicios públicos de salud, educación y defensa; así también financiará algunos sistemas de protección social como el bono Juancito Pinto, el bono Juana Azurduy, la Renta Dignidad, etc. El aporte es proporcional a los ingresos de cada persona o institución, debiendo tributar en proporción de su capacidad económica conforme a Ley, a fin de que la carga de los gastos públicos se distribuya con mayor justicia social. BONOS: ESTADO SALUD CULTURA DESARROLLO er o valor al s im x á m o m ene co El Estado ti rrollo ará su desa r u g e s a y va de humano ión equitati c u ib tr is d e r mediante la n políticas e s o ic m ó n ntes eco ura, los excede ación, cult c u d e , d lu e sa sociales, d desarrollo n e n ió s r ve y en la rein Art. 306). E P C ( o v producti económico 3. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EL ¿QUÉ ES IVA? ¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR Y PAGAR MENSUALMENTE EL IVA? por todas a g a p e s e sto qu Es el impue es, por los n ie b e d s las venta s ras, por lo b o e d s o t contra ios n de servic ió c a t s e r p de alizadas. contratos e r s e n io c porta y por las im mediante la a g a p e s y eclara ual. El IVA se d lario mens u m r fo n u n de presentació Todas las Personas Naturales y Personas Jurídicas (Ver inciso 6) que desarrollen actividades económicas en el territorio nacional; como ser comercio e industria. Para el cálculo del pago de este impuesto se deben anotar todas las facturas que respaldan los ingresos y gastos en unos registros denominados Libros de Compra y Venta (LCV). 4. IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES l ¿Qué es e IT? ¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR Y PAGAR MENSUALMENTE EL IT? or realizar p a g a p e s sto que Es el impue en territorio s a ic m ó n o ec an actividades ales destac u c s la e d entro ión u nacional, d ria, profes t s u d in , comercio mbién se ta T I l E . c t uiler, e oficio, alq mediante la a g a p e s y declara ual. lario mens u m r fo n u n de presentació Todas las Personas Naturales y Personas Jurídicas (Ver inciso 6) que desarrollen actividades económicas en el territorio nacional; como ser comercio e industria. Para el cálculo del pago de este impuesto se deben anotar todas las facturas que respaldan los ingresos y gastos en unos registros denominados Libros de Compra y Venta (LCV). 5. IMPUESTO A LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS l ¿Qué es e ¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR Y PAGAR ANUALMENTE EL IUE? IUE? aga por las p e s e u q sto a Es el impue rre de cad ie c l a s a obtenid Si ganancias o a la Ley. d r e u c a e d ntable, rá el gestión co s se calcula ia c n a n a g existieron ontrario no c lo e d , to pues r. presente im sto a paga e u p im te is ex ción la presenta te n ia d e m eclara lario anual. u El IUE se d m r fo n u de Todas las Personas Naturales y Personas Jurídicas que están obligadas a llevar registros contables, todos los profesionales independientes y todos los que realicen remesas al exterior. 6. CICLO TRIBUTARIO DEL CONTRIBUYENTE Ambos tipos de contribuyentes, Personas Naturales y Personas Jurídicas, deben inscribirse al Padrón de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales, para poder cumplir con sus obligaciones tributarias y ejercer los derechos que le corresponden. Un contribuyente es una persona o empresa que está obligada a pagar impuestos. Los contribuyentes se clasifican en dos grandes grupos: Son hombres y mujeres que tienen un negocio propio o ejercen su profesión, por ejemplo, plomeros, médicos, abogados, arquitectos, entre otros. PERSONA JURÍDICA: Es una persona que existe físicamente pero no como un individuo, sino como empresa que es creada por una o más personas naturales que emprenderán una actividad económica. Esta persona jurídica tiene la capacidad de adquirir y poseer bienes, pero también adquiere obligaciones. ACLARACIONES PERSONAS NATURALES: Inscripción Regístrate para el NIT Inicio de actividades y emisión de facturas ORIENTACIÓN El ciclo de los contribuyentes tiene los siguientes pasos: Inactivación del NIT Cuando cierra el negocio Cambios y actualización -Dirección -Actividad NIT Actualización Declaraciones Juradas -Mensuales -Bimestrales -Trimestrales -Anuales SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE 8. FACTURAS Las facturas pueden ser: En la factura deben aparecer siguientes datos: Manuales Pre-valoradas Computarizadas Es un derecho exigir factura por toda compra. Todos los establecimiento, locales, tiendas, negocios, servicios, etc.; tienen la obligación de emitir factura a partir de Bs5.(cinco 00/100 bolivianos), sin que se la solicite. La factura es un documento que demuestra que una persona ha comprado un producto o ha pagado por un servicio. Los negocios que NO EMITEN la FACTURA serán sancionadas con clausura de su establecimiento. 7. INSCRIPCIÓN AL NIT El NIT es el Número de Identificación Tributaria. Cuando un negocio se inicia debe registrarse ante el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) en el Padrón Nacional de Contribuyentes a fin de obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT). Dicho registro o inscripción, al igual que todos los trámites ante el SIN son gratuitos. Este registro también permite conocer los impuestos, los formularios y el periodo en que debe presentar el pago de las obligaciones a las que un contribuyente debe regirse por la actividad que realiza. El NIT se materializa en un letrero de exhibición, por el cual los consumidores pueden identificar si el ofertante de un producto o servicio está obligado a presentar factura, para así exigirla como corresponde. mite IN y le per S l e r o p o ; dministrad tribuyentes n o c El NIT es a s lo a car ar e identifi z rsos li a u id iv d in ealizar dive r a r e d e c o aria eden pr ión Tribut c quienes pu a r t is in a nte la Adm ial con tod c trámites a r e m o c d la activida dad. y ejercer de la legali o c r a m l e d, y en normalida El NIT puede ser inactivado en cualquier momento. Por ejemplo, si el negocio no brinda buenos resultados o el propietario decide cerrarlo, debe obligatoriamente inactivar su NIT. La inactivación es gratuita y es la única manera de indicar que ya no se tiene obligaciones tributarias. EL NIT puede ser activado nuevamente en cuanto se reinicie el negocio o cuando se empiece una nueva actividad. 9. CONTROLADORES FISCALES sus dadanía ejerza u ci la e u q e d de Con el propósito ra por la compra u ct fa su a g n te derechos y ob quipo ha creado un e IN S l e , io ic rv se todo bien o ”, dores Fiscales la o tr n o C “ o d a denomin e los r los derechos d ta e sp re n rá a h s quiene cta y cando la corre fi ri e v s, o n a d a ciud s. ión de factura is m e a n u rt o p o En caso de no recibir factura se puede realizar una denuncia telefónica a través de la línea gratuita 800 10 3444. La cobertura es a nivel nacional y los horarios de atención son de 08:30 a 21:00 (días hábiles). Como segunda opción, el comprador puede acudir a cada Gerencia Distrital o Agencia Local del SIN de su ciudad, a objeto de presentar la denuncia personal, en cuyo caso se asignará inmediatamente un controlador fiscal que será portador de una credencial, memorándum de actuación y cédula de identidad; para proceder con el registro de la denuncia y así proceder con las acciones establecidas por no emisión de factura.