Informe Anual 2011/2012 - Defensoria del Pueblo de la Provincia
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Informe Anual 2011/2012 - Defensoria del Pueblo de la Provincia
CONMEMORACIÓN DEL BICENTENARIO DE LA CREACIÓN Y JURA DE LA BANDERA ARGENTINA 27 de febrero de 1812 - 27 de febrero de 2012 El día 27 de febrero de 1812, Manuel Belgrano izó a orillas del Río Paraná, en lo que hoy es la Ciudad de Rosario, en la Provincia de Santa Fé, una bandera celeste y blanca, la que hizo jurar a sus soldados antes de partir al frente de batalla contra las tropas realistas en el actual noroeste argentino. Como bien lo señala el Profesor Julián Feroni, docente de la Universidad Nacional de Rosario e Investigador del Conicet: “El 27 de febrero es un hecho histórico, pero también es una “fecha patria”, un día simbólico que se conmemora año a año. La celebración del Bicentenario de la creación de la Bandera es una excelente oportunidad para rescatar y pensar su significado histórico, pero también el simbólico. Para lo primero debemos analizar los hechos enmarcándolos en su propio contexto y despojarnos de cualquier preconcepto. La reflexión sobre el sentido simbólico supone pensar nuestro papel como ciudadanos en la comunidad. ............Esto ayuda a pensar que ese camino iniciado hace 200 años sigue en construcción; que la historia no está determinada de antemano; que es un gran rompecabezas colectivo. La historia de Belgrano y de la creación de la Bandera puede ser un buen ejemplo para enfrentar un futuro a construir con fuertes ideales y convicciones.” Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut conmemoramos el Bicentenario de la Creación y Primera Jura de la Bandera Argentina, porque es uno de los símbolos que nos identifica como nación y nos une fraternalmente como pueblo. Por ello, nuestra portada en este Informe Anual – 2011/2012 2 DEFENSORÍA DEL PUEBLO PROVINCIA DEL CHUBUT INFORME ANUAL 2011 – 2012 SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS de la PROVINCIA DEL CHUBUT: Como lo establece la Ley Provincial V Nº 81 (antes Ley 4518) y en mi carácter de Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut, someto a su consideración el presente Informe Anual, que corresponde a la gestión llevada a cabo durante el período comprendido entre el 1 de marzo del año 2011 y el 29 de febrero del año 2012. Durante el año 2011 se produjo la renovación de las autoridades gubernamentales y legislativas, en nuestra provincia y en el país, tema sustancial para la reafirmación democrática. Que los ciudadanos ejerzamos libremente el derecho a votar resulta fundamental aunque insuficiente, si no es acompañado por instituciones sólidas y confiables, y por una sociedad que demande a sus autoridades que actúen con responsabilidad y que rindan cuentas de su gestión. La Defensoría del Pueblo como organismo de la democracia, procura la promoción de la vigencia efectiva de los derechos fundamentales, ejerciendo al mismo tiempo su rol de colaboradora crítica del Estado y señala las deficiencias y vacíos de la administración pública que no contribuyen a consolidar la democracia. Con ese objetivo es que se realizan todas las gestiones necesarias para dar respuesta a las demandas de las ciudadanas y los ciudadanos que así lo requieren, y en particular, atendiendo la situación de las personas más vulnerables. 3 Durante el período al que corresponde el presente Informe Anual, la Defensoría del Pueblo realizó UN MIL CUATROCIENTAS SESENTA Y OCHO (1.468) ACTUACIONES, de las cuales el 77%, o sea un total de UN MIL CIENTO VEINTISEIS (1.126), fueron tramitadas como GESTIONES INFORMALES, y TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS (342) esto es el 23%, los casos que se tramitaron FORMALMENTE. Las actuaciones referidas, buscaron enfrentar los principales problemas que aquejan a la ciudadanía, entre los que destacan las vulneraciones relacionadas con la deficiente prestación de los servicios públicos, con las prestaciones de la seguridad social, con la atención de la salud, el derecho a una vivienda digna, el derecho a la educación, entre otros. En el presente informe anual se produce una variación de las temáticas reclamadas. En informes anteriores observábamos que la relación se mantenía sin una variación significativa, pero en este último año los “servicios públicos” ocupan el primer lugar en cantidad de reclamos, relegando a un segundo y tercer término las cuestiones de la seguridad social y de la salud. Asimismo se ha observado un incremento sustancial de la cantidad de actuaciones en un área, que sin ser específico de la Defensoría, motiva la permanente queja, reclamo o consulta de nuestros co-provincianos, y que se refiere a las cuestiones del derecho civil en general y defensa del consumidor. No está de más recordar que para que actúe la Defensoría de Pueblo, se requiere la previa intervención de la Administración Pública Provincial o la omisión de una obligación legal o constitucional por parte de ésta o de las empresas concesionarias de servicios públicos. No tenemos competencia para resolver conflictos entre particulares, no podemos intervenir en relaciones horizontales entre ellos, pero sí podemos y debemos ser una Institución que genere espacios de diálogo y solución pacífica de conflictos. Como expresara el Dr. Alejandro Nató: “nuestra misión es abordar los conflictos antes que lleguen a la instancia de crisis, en un sistema de alerta temprana, escuchar a los actores y plantear soluciones integrales y pacíficas.” 4 El informalismo en la manera de actuar del Defensor del Pueblo, es lo que nos permite agilizar los procedimientos y obtener en tiempos muy breves la respuesta a la situación reclamada o demandada. En el 87% de los casos la respuesta es positiva, o sea, satisface tanto al que reclama o demanda como a la administración o a la empresa que son objeto de la reclamación. Además es preciso que resaltemos la recepción positiva de los reclamos y la colaboración que prestan los funcionarios y empleados de los organismos provinciales, municipales e incluso nacionales y de las empresas prestatarias de servicios públicos. Entendemos que es mejor que el Defensor del Pueblo no tenga que emitir recomendaciones o exhortaciones, sino que sea la propia institución reclamada la que resuelva los reclamos presentados o que se acepte una solución amistosa. Tomando en cuenta las distintas problemáticas, una de las prioridades de esta Institución ha sido la de procurar una relación cercana con la ciudadanía, basada en la confianza y en el espíritu de colaboración, que cumple un doble propósito: gestionar ante la autoridad competente la restitución efectiva del derecho vulnerado, y lograr que cada habitante de la Provincia se sienta escuchado, comprendido y atendido por “su” Estado. Hemos creado una página web (http://www.defpueblo.chubut.gov.ar) como un instrumento de la Defensoría de divulgación de las actividades que se realizan y como un puente más de comunicación con las ciudadanas y los ciudadanos de nuestra provincia. Debemos destacar la colaboración prestada en ese proceso por los agentes del Sector de Sistemas Informáticos de la Honorable Legislatura y en especial del Sr. Jorge Avendaño. Además, por iniciativa de la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se confeccionaron folletos con información sobre la tarea del Defensor del Pueblo, su competencia y cómo presentar las quejas o reclamos, los que se distribuyeron en distintos ámbitos y fueron entregados a las personas que se acercaron a consultar. 5 En el Plenario de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.), realizada en el mes de julio del año 2011 en la Ciudad de Santiago del Estero, y con motivo de la renovación de autoridades de esa Asociación, fui electo por cuarta vez consecutiva integrante del Consejo Directivo, en el cargo de Tesorero en mi carácter de Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut, con mandato hasta el mes de julio del año 2013. En esa oportunidad, quien resultara electo Presidente de A.D.P.R.A, Dr. Carlos Bonicatto, Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, expresó: “..Mi compromiso es la dedicación y la búsqueda de la excelencia en esta tarea, así como la construcción de espacios de trabajo y discusión, con el fin de fortalecer las defensorías provinciales y ciudadanas, y el firme objetivo de posicionar a la figura del Defensor del Pueblo como una fuente calificada de opinión en los asuntos de Estado.” En el período de trabajo que estamos informando participamos de seminarios, jornadas y distintos encuentros realizados en nuestra Provincia, y en otras jurisdicciones del país, que además de permitirnos crear importantes vínculos con organizaciones y personas, contribuyen al fortalecimiento institucional de esta Defensoría. Como Defensor del Pueblo de la Provincia, participé el día 22 de noviembre del año 2011 del Plenario de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.), realizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde presenté los antecedentes correspondientes, para que a través de la Asociación se requiriera al área de transporte de la Nación y a las autoridades de las líneas aéreas comerciales la urgente normalización de los vuelos a la Provincia, inconvenientes que se iniciaran a partir de la erupción del volcán Puyehue, generando un impacto negativo en el desarrollo de todas las actividades de la Provincia. Asimismo, participé el día 23 de noviembre de 2011, del Seminario Internacional sobre “Elaboración y Difusión de Informes Defensoriales” a cargo del catedrático 6 Guillermo Escobar, en el marco del Programa Regional de Apoyo a las Defensorías del Pueblo de Iberoamérica (P.R.A.D.P.I.). El día 24 de ese mismo mes, asistí al XVI Asamblea General de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (F.I.O.), en el marco de la cual participé del Seminario Internacional “Erradicación de la Violencia contra las Mujeres – Avances, desafíos y experiencias regionales”. Quienes conformamos la Defensoría del Pueblo, la vemos como una institución que debe aportar a consolidar una sociedad inclusiva, equitativa y sostenible, para ello es necesario contar con una organización eficiente y eficaz, integrada por personal altamente calificado y con vocación de servicio. Por lo que -tal como lo señalara en el informe del período anterior- en la búsqueda de una mayor institucionalidad de esta Defensoría del Pueblo, es necesario incrementar la planta de personal, con profesionales y técnicos, con la capacidad de brindar las respuestas que la ciudadanía exige y se merece. Señalé también en el Informe del período anterior, la necesidad de dotar, a la Sede Esquel de esta Defensoría del Pueblo, de un espacio físico propio, no compartido con otros organismos. Con mucha satisfacción debemos informar que, desde hace unos meses, se cuenta con una oficina en la zona céntrica de la ciudad de Esquel. Nuevas instalaciones que redundan sin duda en la optimización de nuestra tarea. Por ello agradecemos a las Autoridades Legislativas que comprendieron nuestro pedido y a los funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial, en especial la Dirección General de Bosques, que durante mucho tiempo nos cediera parte de sus instalaciones para desarrollar nuestra tarea. Las grandes transformaciones requieren tiempo, pero siempre serán el resultado del esfuerzo de personas enfocadas en el logro de una visión de país y de provincia, inspirada en los principios y valores de la dignidad humana. 7 Han pasado doce años y algunos meses desde que la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut abrió sus puertas al público. En estos años la institución ha crecido, ampliado sus temas de atención, fortalecido sus lazos con las organizaciones de la sociedad civil, con las Defensorías del Pueblo de todo el país, de Iberoamérica y con organizaciones internacionales de derechos humanos. Y todo ello con un solo fin: velar por la protección y promoción de los derechos humanos, sobre todo los de los grupos más vulnerables. Quiero señalar que ese crecimiento ha sido posible gracias a la dedicación y vocación de servicio de la totalidad de los agentes de esta Defensoría, y en particular a la gestión de la Sra. Ana Matilde Rojel y de la Dra. Graciela Beatriz Casatti, en su carácter de Defensoras Adjuntas, por sus cualidades profesionales y su sensibilidad social. Tal como lo he manifestado reiteradamente en todos estos años, el compromiso de la Defensoría del Pueblo con los habitantes de nuestra Provincia se ha mantenido firme y constante. Nuestra labor continúa, nuestro compromiso permanece, seguiremos bregando por hacer efectivo cada derecho de cada persona, de cada lugar de nuestro territorio. RICARDO LUIS AZPARREN Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut RAWSON, CHUBUT, marzo de 2012.- 8 ACTIVIDAD INSTITUCIONAL 9 1 - CANTIDAD Y TIPO DE QUEJAS - TRATAMIENTO DADO A LAS MISMAS En la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, desde el inicio de su actividad hasta el día 29 de febrero del año 2012, se han tramitado en carácter de ACTUACIONES FORMALES un total de TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO (3.964). De ese total, TRESCIENTAS CUARENTA Y DOS (342) actuaciones corresponden al período comprendido entre el 01 de Marzo del año 2011 y el 29 de Febrero del año 2012. Cuando la Defensoría del Pueblo entiende que en virtud de la problemática, corresponde realizar un Trámite Formal, se da apertura a un expediente y se inicia la investigación de los hechos, según lo establecen los Artículos 23, 24 y ccs. de la Ley V - Nº 81 (antes Ley Nº 4518). En el período que estamos informando, se tramitaron además como Actuaciones Informales, UN MIL CIENTO VEINTISEIS (1.126) casos. Esta manera de actuar de la Defensoría del Pueblo, sin requisitos formales, nos permite dirigirnos a todos los niveles de la Administración Pública Provincial y de las distintas empresas concesionarias de servicios públicas - en el ámbito de nuestra competencia - sin necesidad de seguir la vía jerárquica. Nos permite requerir informes directamente a los funcionarios, por escrito o verbalmente, en forma personal o telefónica, utilizando el método que consideremos más apropiado para el caso en cuestión. Además mediante herramientas tales como la negociación o la mediación, y a través de la generación de un espacio de diálogo, procuramos la solución efectiva y en el menor plazo posible de los conflictos planteados. En síntesis, durante el período de este Informe Anual 2011-2012, la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut realizó un total de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO (1.468) UN MIL actuaciones, conformadas por actuaciones formales (342) e informales (1.126). Se Derivaron a organismos nacionales, provinciales y municipales, NOVENTA Y SIETE (97) casos. 10 Se Rechazaron un total de NUEVE (9) presentaciones. Respecto de las presentaciones (quejas, reclamos, denuncias) no admitidas para su trámite, por no dar cumplimiento a los requisitos de admisibilidad establecidos por el artículo 19 de la Ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) o por evidente incompetencia de esta Institución y luego de ser calificadas como tal, se le brinda información a la ciudadana o ciudadano sobre las circunstancias que motivaron la decisión, se le suministra información adicional y se lo orienta para encauzar la solución de los problemas que hubiera planteado. Se han dado por Concluidas y remitidas a su correspondiente Archivo, CIENTO SETENTA Y CUATRO (174) de las Actuaciones Formales. Como lo señaláramos en nuestros anteriores informes, en cada una de las Sedes de la Defensoría del Pueblo se atienden diariamente una importante cantidad de consultas telefónicas, en un número que en este período ha oscilado entre VEINTICINCO (25) y VEINTIOCHO (28) por día. Esta situación es significativa porque insume un tiempo considerable de trabajo, toda vez que la respuesta que se brinda es responsable. 11 TOTAL DE ACTUACIONES FORMALES POR PERÍODO ANUAL PERÍODO ACTUACIONES HASTA 15/03/04 16/03/04 al 15/03/2005 16/03/05 al 28/02/2006 01/03/06 al 28/02/2007 01/03/07 al 29/02/2008 01/03/08 al 28/02/2009 01/03/09 al 28/02/2010 01/03/10 al 28/02/2011 01/03/11 al 29/02/2012 1.212 328 269 306 346 461 349 351 342 TOTAL ACUMULADO 3.964 Gráfico del Total de Actuaciones Formales por Periodo Anual 12 TOTAL DE ACTUACIONES DESDE EL 16/03/2004 AL 29/02/2012 PERÍODO TOTALES FORMALES INFORMALES 16/03/04 al 15/03/2005 616 328 288 16/03/05 al 28/02/2006 1.323 269 1.054 01/03/06 al 28/02/2007 1.516 306 1.210 01/03/07 al 29/02/2008 1.265 346 919 01/03/08 al 28/02/2009 1.418 461 957 01/03/09 al 28/02/2010 1.251 349 902 01/03/10 al 28/02/2011 1.440 351 1.089 01/03/11 al 29/02/2012 1.468 342 1.126 TOTAL ACUMULADO 10.297 2.752 7.545 13 2 – TEMAS ABORDADOS Teniendo en cuenta la gran diversidad de las problemáticas que se trabajan en la Defensoría, expondremos a continuación una síntesis de las mismas, y señalaremos los hechos que se reiteran y aquellos que consideramos relevantes. En el período de trabajo que estamos informando, los servicios públicos ocupan el primer puesto en la cantidad de actuaciones realizadas, en tanto que las cuestiones de la seguridad social y salud ocupan el segundo y tercer lugar en cantidad de reclamos. Se ha incrementado sustancialmente la cantidad de actuaciones que se realizaron en un área que identificamos como DERECHO DE FAMILIA, CUESTIONES DEL DERECHO CIVIL EN GENERAL Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, que no obstante no ser de específica competencia de esta Defensoría, es muy demandada por las ciudadanas y ciudadanos, en especial en la Defensoría Adjunta Sede Esquel. 2.1 – SALUD Desde la perspectiva de la Defensoría del Pueblo, contribuir a la defensa y realización de los derechos humanos requiere una comprensión integral del derecho a la vida. Esto implica una protección amplia, que no significa únicamente exigir al Estado que respete y no vulnere este derecho fundamental, sino que implica además exigir a los poderes públicos que desarrollen una acción positiva tendiente a la plena realización de este derecho. El derecho a la vida es un requisito previo y un presupuesto para ejercer cualquier otro derecho humano, su debida garantía y adecuada protección requieren, a su vez, la realización de aspectos vinculados tanto a los derechos civiles y políticos, como a los económicos, sociales y culturales. Es esta la manera en que se puede hacer efectivo el principio de la dignidad humana y garantizar la 14 protección de la vida de las personas en su verdadera dimensión. La vulneración del derecho a la salud de las personas se evidencia de diferentes formas en la sociedad actual, y sin llegar a extremos, como la mala praxis, todas las acciones u omisiones que tienden al no reconocimiento de las prestaciones necesarias para lograr el restablecimiento de la salud de quien las requiere, constituyen una violación a este esencial derecho humano. Requieren la intervención de la Defensoría del Pueblo personas que tienen cobertura médica -ya sea por obra social o medicina prepaga- como también personas que al no tenerla, acceden a los servicios de salud a través de los hospitales públicos provinciales. La demora en el otorgamiento de turnos para cirugías, la provisión de insumos o medicamentos y reintegros por prestaciones, continúan siendo los mayores problemas para el acceso a los servicios de salud de la población. En cuanto a los que brinda el estado provincial, a través de los hospitales y otros centros de atención, las quejas son por inconvenientes en la atención; falta de medicamentos; demoras en turnos para cirugías y en el trámite y entrega de certificados de discapacidad, en los Hospitales de Puerto Madryn, Comodoro Rivadavia, Trelew y Esquel. Respecto de los reclamos a las obras sociales, se observa que un gran número de ellos es por la negativa de las mismas a realizar ciertas prestaciones y/o a la entrega de medicamentos, en evidente falta a sus obligaciones legales. La otra cuestión que es motivo de presentaciones ante la Defensoría del Pueblo es el “corte o suspensión” de los servicios, dándosele al afiliado –como única solución- la posibilidad de reconocer por reintegro la prestación o medicamento que le fuera prescripto. Modalidad ésta, que sin sustento legal ni justificativo alguno, profundiza la frustración de quien –ya en desventaja psicológica y emocional- tiene que resolver su problema de salud o la de su grupo familiar 15 desde sus propios recursos económicos, a pesar de haber realizado el aporte correspondiente a su obra social. En esta condición, está en nuestra Provincia, desde hace más de tres años la Obra Social Bancaria, OSBA, la que vulnera sistemáticamente el derecho a la salud de sus afiliados, incumpliendo con el otorgamiento prestacional debido, acudiendo los afectados a nuestra Institución a fin de instar el pago de los reintegros correspondientes, dado que tampoco cumplen en su inmediato pago. Se requiere en cada intervención la normalización de esta problemática, sin respuesta positiva en lo estructural hasta el presente. Otra problemática denunciada ante la Defensoría del Pueblo es la que se da en algunas obras sociales con los afiliados monotributistas, a quienes se les niega la prestación o el medicamento, exigiéndoseles distintos trámites administrativos y en ocasiones no se les brinda respuesta a sus requerimientos. La situación descripta muestra una marcada diferenciación con el resto de los afiliados, llegando en ocasiones a ser discriminatoria para quienes acceden por su condición de monotributistas. Durante el período que comprende el presente informe, se ha intervenido desde la Defensoría, formal e informalmente, ante la Obra Social Bancaria (OSBA), JERÁRQUICOS SALUD, OSECAC, SEROS-CHUBUT, UTGHRA, entre otras. Son permanentes y numerosas las gestiones que se realizan ante PAMI, PROFE y PROSATE, por demoras en la entrega de medicamentos para tratamientos inconvenientes oncológicos con o para internaciones, enfermedades derivaciones crónicas, a centros de prótesis, especializados, prestación del servicio de ambulancia y de cuidadores domiciliarios. Es necesario que se adopten medidas efectivas de refuerzo de los servicios públicos de salud –presupuestarias y de personal- como así también quizá sea necesaria una profunda revisión de los métodos de gestión, de manera 16 tal que se logre un sistema de salud de calidad, lo que no debemos olvidar es un mandato constitucional y un derecho social básico de todas las personas. 2.2 – SEGURIDAD SOCIAL El Derecho a la Seguridad Social es el conjunto de normas jurídicas que regulan la protección de eventos sociales como la salud, la maternidad, la vejez, entre otras, garantizando que todas y todos, las trabajadoras y los trabajadores, tengan un seguro social obligatorio, jubilaciones y pensiones móviles y protección integral de la familia. Desde la Defensoría del Pueblo se procura el efectivo ejercicio del derecho a los beneficios de la seguridad social, establecidos en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, por lo que a partir de actuaciones de oficio o por denuncias o quejas presentadas, se reclama ante los organismos que administran la Seguridad Social, esto es el Instituto de Seguridad Social y Seguros (I.S.S.y S.) de la Provincia y la Administración Nacional de la Seguridad Socia (ANSES), siendo numerosa la cantidad de casos que se presentaron en el período que comprende el presente informe. Los reclamos recurrentes son por demoras en el otorgamiento de jubilaciones, pensiones, o retiros por invalidez, errores en las liquidaciones y pagos de haberes previsionales, falta de pago de asignación universal por hijo, entre otros. Se realiza a través de la Comisión Asistencial de Pensiones (CAP) el seguimiento de los trámites de Pensiones No Contributivas Nacionales, por Vejez e Invalidez. Por el Convenio de Asistencia y Colaboración celebrado entre nuestra Defensoría con la Defensoría del Pueblo de la Nación, se logra arribar a resultados positivos en la gran mayoría de los reclamos presentados. 2.3 – SERVICIOS PÚBLICOS 17 En el período al que corresponde el presente Informe Anual, los reclamos por la prestación de servicios públicos representan el tema que más demandara la ciudadanía chubutense. Se incrementaron en un 79% el número de las actuaciones de la Defensoría del Pueblo, vinculadas a reclamos por la prestación de los servicios de gas, energía eléctrica, transporte y telefonía, sea esta fija o móvil. Son temáticas recurrentes los problemas en las facturaciones, disconformidad con las tarifas, deficiencia o falta de servicios, demoras en la instalación o reparación de líneas, incumplimiento de normas vigentes. LUZ, AGUA y CLOACAS Han sido muy numerosas las presentaciones efectuadas ante la Defensoría por los elevados montos de facturación, a criterio de los asociados a las cooperativas prestadoras del servicio de energía eléctrica, y las consultas por la quita de los subsidios a las tarifas. Se ha intervenido de oficio o ante quejas presentadas por vecinos en situaciones de inundaciones de espacios públicos por desborde de efluentes cloacales. Se recepcionaron reclamos por problemas con el alumbrado público en las Ciudades de Trelew y Rawson. Se realizaron distintas actuaciones por problemas en el normal abastecimiento de agua potable en las ciudades de Comodoro Rivadavia, Trelew, Rawson y Trevelin, en la temporada de verano. Ante la búsqueda de la solución a las situaciones expuestas, se mantuvieron reuniones con los responsables de cada una de las Cooperativas de 18 Servicios Públicos, concesionarias en el territorio provincial de la prestación de los servicios indicados, como también con autoridades y concejales de los municipios citados. GAS Desde la Defensoría del Pueblo y ante nuevos reclamos realizados por pobladores de la zona cordillerana, se continuaron las acciones iniciadas durante el período 2010-2011, referidas a la escasez de garrafas y cilindros en la zona indicada. Se articuló directamente con los responsables de la Secretaría de Energía del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con el objeto de encontrar una pronta solución a la situación que afectara a las personas que no cuentan en sus domicilios con la conexión a la red de gas natural. Se recibieron numerosas consultas sobre los montos de las facturas por servicio de gas natural realizadas por Camuzzi Gas del Sur S.A., referidas a diferentes categorías residenciales, por la quita del subsidio a la tarifa con incidencia en la facturación desde el mes de enero del año 2012. Las facturaciones bimestrales recibidas por los usuarios corresponden a los meses de verano, o sea el período de más bajo consumo, por lo que los valores no son demasiados altos, pero la población se encuentra alerta porque suponen que las facturas que correspondan a los meses de más alto consumo, durante el invierno, podrían mostrar un incremento muy importante en los montos a abonar. La Defensoría requirió al ENARGAS la normativa aplicable, a partir de la cual realizó un análisis de las nuevas disposiciones y prescripciones legales, dilucidando los alcances de la quita de subsidios en nuestra región y la incidencia que las acciones judiciales en trámite tendrían sobre las facturaciones según las categorías de usuarios. A partir del análisis realizado, se concluye que hay ciertos vacíos en la normativa que se aplica y que esa situación podría incidir 19 negativamente en la economía de un universo importante de usuarios en el futuro cercano. Se requirió al ENARGAS información sobre la situación de un nuevo barrio de la Ciudad de Esquel, ante la demora en el inicio de las obras de conexión domiciliaria del servicio de gas natural. COMUNICACIONES Sin duda los reclamos e inquietudes más numerosos han sido, durante el período que corresponde al presente Informe Anual, los referidos a la prestación de los servicios que brinda la Empresa Telefónica de Argentina S.A. en cuanto al servicio de telefonía fija e Internet y las Empresas de telefonía móvil del grupo de Telefónica de Argentina SA, Movistar, y de las Empresas AMX Argentina-Claro y Telecom Argentina S.A. Los reclamos por los servicios de telefonía fija son en su gran mayoría por inconvenientes con el cobro de servicios no solicitados (Internet); por la demora en el traslado de líneas o problemas de instalación de Speedy- Banda Ancha y errores en la facturación. En el caso de la telefonía móvil, algunos de los inconvenientes denunciados fueron por cambio de Planes de servicio -de prepago a abono mensual-, falta de baja de las líneas aún cuando el usuario la hubiera tramitado vía telefónica o postal; cobro de productos devueltos, modem de Internet que no funcionan y casos en los que con baja solicitada, se continúan facturando los servicios e incluso se intima al usuario a través de estudios jurídicos. Asimismo desde la Defensoría se actuó en varias oportunidades en las que se afectó la normal prestación del servicio de Internet y Telefonía Móvil. Como resultado de las acciones realizadas por la Defensoría del Pueblo, la Empresa Telefónica de Argentina SA, finalizó la obra de colocación de fibra óptica 20 hasta la localidad de Trevelin, otorgando el servicio de Internet Speedy tan esperado por los vecinos, hecho que fue agradecido via e-mail y a través de medios de comunicación, por quienes habían solicitado nuestra intervención. Debemos destacar que hasta la fecha, la Empresa Telefónica de Argentina S.A., en cada ocasión que desde esta Defensoría se le ha reclamado, ha respondido con celeridad y solucionando los inconvenientes que afectan a los usuarios de esta Provincia. Como ya informáramos -es un tema recurrente- desde la Defensoría del Pueblo, asesoramos a un gran número de ciudadanas y ciudadanos a los que desde estudios jurídicos (identificados como personas jurídicas, fideicomisos, etc.) se les reclaman deudas inexistentes o prescriptas, argumentando que son en su gran mayoría contraídas con empresas de telefonía móvil, del producto Claro o Movistar, intimando al pago bajo apercibimiento de embargo de haberes y de registrarlos en los bancos de datos del sistema financiero. En los casos que les asiste el derecho, y luego de nuestra actuación, se logra el reconocimiento de la inexistencia de la deuda. Se tomó intervención de oficio, ante el conocimiento de que algunas llamadas de emergencia, a las líneas gratuitas del Comando Radioeléctrico de Esquel -los números 101 y 911- eran derivadas a Neuquén u otras localidades del País, por las Empresas de telefonía móvil. TRANSPORTE PÚBLICO Es frecuente que desde la Defensoría del Pueblo se realicen gestiones ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), ante organismos provinciales y municipales de control del transporte y ante las empresas prestatarias del servicio por reclamos que se presentan por presuntos incumplimientos de normas vigentes, tales como el no otorgamiento del descuento para estudiantes o la entrega de pasajes gratis a personas con 21 discapacidad. Las quejas más habituales se refieren, respecto del servicio de transporte terrestre, a la deficiente prestación del servicio y demoras en los horarios preestablecidos. En el período que estamos informando, una problemática que se presentó fue la prolongada y reiterada suspensión de vuelos aero-comerciales, por la presencia de ceniza volcánica en el territorio y en el espacio aéreo de la Provincia, como consecuencia de la erupción del volcán Puyehue en el mes de junio del año 2011. Ello ameritó la intervención de la Defensoría del Pueblo ante el perjuicio que la situación ocasionara a la sociedad chubutense en su conjunto, por la cancelación o suspensión de los vuelos, quien a través de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.) requirió intervención de las autoridades de Aerolíneas Argentinas, Austral, Administración Nacional de Aviación Civil (A.N.A.C.), Secretaría de Transporte de Nación y el Ministerio de Turismo, a fin de lograr la normalización de los vuelos. 2.4 – DISCAPACIDAD La Defensoría aborda de manera permanente la situación de las personas con discapacidad, quienes a pesar de ser una de las minorías más numerosas – constituyen alrededor del 10% de la población mundial- enfrentan barreras físicas, sociales y culturales que no les permiten gozar plenamente de sus libertades y derechos, tales como el derecho a una educación inclusiva, el derecho al trabajo, el derecho a la participación política e incluso el derecho a desplazarse. Una sociedad es verdaderamente inclusiva cuando cada persona puede ejercer el derecho de contribuir con sus talentos al desarrollo de esa sociedad y evita toda forma de discriminación. 22 Por ello es que el trabajo de la Defensoría del Pueblo está orientado a promover que las personas con discapacidad gocen de igualdad de oportunidades, sean incluidas y reconocidas como miembros activos de la sociedad y disfruten, en lo posible, de una vida independiente. Procuramos desde la Defensoría interactuar con los organismos e instituciones que se ocupan del tema, se participa con habitualidad de las reuniones de los Consejos Municipales de Discapacidad y del Consejo Provincial de Discapacidad. La Organización Mundial de la Salud y el Grupo del Banco Mundial produjeron en forma conjunta, un Informe Mundial sobre la Discapacidad, con el objeto de proporcionar información útil para la formulación de políticas y programas innovadores que permitan mejorar las vidas de las personas con discapacidades y faciliten la aplicación de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en mayo de 2008. Ese Informe Mundial sobre la Discapacidad, propone medidas para todas las partes interesadas - los gobiernos, las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones de personas con discapacidad - para “crear entornos favorables, promover la rehabilitación y los servicios de apoyo, asegurar una adecuada protección social, crear políticas y programas inclusivos, y aplicar normas y legislaciones, nuevas o existentes, en beneficio de las personas con discapacidad y la comunidad en general. Las personas con discapacidad deberán ocupar un lugar central en esos esfuerzos.” En el marco de la reunión del Consejo Provincial de Discapacidad, realizado en el mes de Setiembre de 2011, en la Ciudad de Esquel, el entonces Director Provincial de Atención Integral de la Discapacidad, Dr. Juan Devetak, puso énfasis en los lineamientos que el Informe Mundial contiene, y sostuvo que son los que desde el área provincial de discapacidad se siguen. 23 En el período que comprende este informe, han sido numerosas las gestiones que se realizaron para que personas con discapacidad, hagan efectivo el goce de sus derechos, requiriendo prestaciones de servicios de salud, medicamentos, prótesis, pensiones asistenciales, condiciones de accesibilidad a edificios públicos y establecimientos escolares, pasajes gratuitos, e incluso se ha acompañado desde la Defensoría, a las familias en las que uno o más de sus miembros tiene alguna discapacidad y requieren al Instituto Provincial de la Vivienda se evalúe la posibilidad de adaptación a sus necesidades. Como casos relevantes señalamos: a) el de un niño con discapacidad, por el que se realizaron numerosas gestiones respecto de su escolarización, otorgamiento de una cuidadora domiciliaria, y atención de su salud, articulando las acciones con la Asesoría de Menores e Incapaces de la Defensa Pública del Poder Judicial de la jurisdicción Esquel, tanto como con la Direcciones de Discapacidad de la Provincia y de la Municipalidad de Esquel. b) una denuncia por presunta discriminación presentada por una persona disminuida visual profunda, quien manifestó haber sufrido agravios de parte de una docente, por lo que luego de evaluada su presentación formal y su relato de los hechos, se decidió derivar los antecedentes del caso al I.N.A.D.I. 2.5 – VIVIENDA Respecto de la promoción y protección de lo que es un derecho humano básico, el derecho a la vivienda adecuada, así consagrado por Pactos Internacionales e incorporado en nuestras normas constitucionales, la Defensoría del Pueblo procura el acompañamiento de quienes se presentan ante la Institución manifestando su necesidad de contar con una vivienda que les permita una mejor calidad de vida. 24 Son de público conocimiento las dificultades de acceso a la vivienda en las que se encuentra un número importante de familias radicadas en la Provincia, lo que genera conflictos sociales en las ciudades de mayor densidad poblacional, con asentamientos ilegales, usurpaciones y las consecuencias de riesgo potencial a las que se ven expuestas por no contar con condiciones mínimas de salubridad y seguridad. Desde esta Defensoría se ha intervenido en aquellas situaciones que así se le ha requerido o de oficio, realizando gestiones ante los organismos competentes. Es frecuente recepcionar reclamos de familias por diversas problemáticas, tales como falta de mantenimiento en sus viviendas, falta de respuesta a sus demandas, en situación de riesgo, con integrantes con discapacidad, montos de las cuotas de los créditos otorgados. En el análisis de cada caso particular, se evalúan con funcionarios del Ministerio de la Familia, del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, de las áreas sociales de los Municipios -según corresponda- las acciones a seguir, procurando desarrollar mecanismos de articulación, con el fin de encontrar una solución a la cuestión planteada, sobre todo en aquellos grupos familiares en situación de extrema vulnerabilidad. 2.6 – AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE Respecto al derecho a un ambiente sano y equilibrado, la Defensoría del Pueblo considera que la creación del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable ha constituido un hecho significativo para la gestión pública ambiental de la Provincia. No obstante, creemos que es necesario que se continúe con el proceso de fortalecimiento de la institucionalidad responsable en la materia, con el propósito de asegurar la implementación efectiva de la política ambiental y garantizar la confianza de la ciudadanía en la actuación del Estado. 25 Hemos señalado en anteriores oportunidades que percibimos una sociedad “atenta y demandante” a las cuestiones ambientales que puedan afectar su calidad de vida y salud, y las de futuras generaciones. Se está dando un incipiente debate en todo el país, al igual que en nuestra Provincia, respecto del tema de la explotación de los recursos mineros, de sus posibilidades de desarrollo y de la sustentabilidad de la actividad. Desde la Defensoría del Pueblo, como organismo responsable de la defensa de los derechos ambientales consagrados constitucionalmente, creemos que el Estado Provincial debe GARANTIZAR una correcta aplicación de la legislación vigente, el acceso a toda la información posible de las consecuencias inmediatas y futuras de la actividad minera, rigurosos mecanismos de control que aseguren procesos lo menos contaminantes posible, pero por sobre todo debe generar CONFIANZA en la ciudadanía, a través de la implementación de políticas públicas que aseguren el uso racional de los recursos naturales y la defensa del ambiente. Considero oportuno citar al gran escritor argentino, Ernesto Sábato, quien en un artículo publicado en la revista El Correo de la Unesco de Julio-Agosto de 1992, dijera: ”. .Progreso, quizá, pero no indiscriminado, sino iluminado por las grandes filosofías de la existencia y de las sabias previsiones de aquellos idealistas que ya en el siglo XIX preconizaban la resacralización de la naturaleza y del hombre.” Como parte de nuestra tarea, participamos de diferentes foros donde se discute la temática ambiental. Asimismo es un tema de permanente tratamiento en los Plenarios de los Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA). Tal como informamos en anteriores informes, desde la Defensoría se realiza el seguimiento de algunos temas que por su relevancia para garantizar la calidad ambiental de la Provincia, ameritan ese tratamiento. Entre ellos podemos citar el monitoreo permanente sobre la calidad del aire, de las aguas, tratamiento 26 de residuos sólidos urbanos, mortandad de ballenas, derrames de petróleo en las costas provinciales. Es menester destacar la colaboración del C.E.N.P.A.T. y otros organismos especializados. Dentro de las actividades de este año, han sido frecuentes las denuncias y correspondientes intervenciones de esta Defensoría por derrames de efluentes cloacales, derrames de petróleo en la zona de Comodoro Rivadavia, colocación de antenas de telefonía, impacto ambiental de algunas obras, entre otras. Como caso relevante podemos señalar las actuaciones iniciadas de oficio ante la posible instalación de antenas de telefonía que no contaba con permisos municipales previos, en la zona de Las Golondrinas y en la Ciudad de Esquel. Un grupo de vecinos domiciliados en la intersección de las calles Rivadavia y Guido Spano de Esquel observaron y denunciaron la construcción de una base de importantes dimensiones, donde se proyectaba asentar una antena de 24 metros para implementar una red de cobertura de Telefónica de Argentina S.A. para los servicios de telefonía fija e Internet. Los vecinos manifestaron su preocupación por posible emisión de ondas perjudiciales para la salud, ya que ni las propias autoridades municipales ni los responsables de la empresa, les suministraban información fehaciente sobre la cuestión, y sumado a ello la contaminación visual que provocaría su instalación. Por todo ello solicitaron la reubicación de la antena señalada. Las obras iniciadas por una empresa subcontratista de Telefónica de Argentina, no contaba con el permiso municipal correspondiente, según lo informara la Secretaría de Obras Públicas. Esta intervención concluyó con la paralización de la obra de colocación de antenas en Esquel. Una situación similar se dio en el Paraje Las Golondrinas, donde ante el reclamo ciudadano por haberse colocado una antena sin autorización previa, se produjo su retiro. 27 2.7 – EDUCACIÓN La educación y el conocimiento son un derecho personal y social, garantizados por Pactos Internacionales e incorporados a nuestras normas constitucionales, por lo que la Defensoría del Pueblo aborda las cuestiones relacionadas con el ámbito educativo provincial en procura de defender y promocionar el ejercicio de ese derecho prioritario. Las ayudas económicas al estudio son un instrumento esencial para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y constituyen una valiosa herramienta para propiciar la permanencia de los alumnos en el sistema educativo e incentivar su esfuerzo y capacidad. En este período se recibieron numerosas consultas y reclamos ante la falta de pago de las becas nacionales, como así también por inconvenientes en la asignación y cobro de becas provinciales. Respecto de reclamos por cuestiones edilicias, se intervino de oficio ante el riesgo de que no se pudieran iniciar las clases en la Escuela N° 81, del Pasaje Entre Ríos de la localidad de Lago Puelo, por falta de finalización de las tareas de remodelación. Desde las áreas competentes se dio pronta solución y no hubo inconvenientes para que se iniciara el período escolar con normalidad. Asimismo se realizaron gestiones de oficio por problemas en el SUM de la Escuela del Barrio Badén de Esquel. La Defensoría del Pueblo actúa ante las autoridades educativas de la Provincia, cuando se afectan derechos no sólo de los alumnos, sino de cualquier otro miembro de esa comunidad, sean directivos, docentes, personal no docente o padres. Es así que se actuó ante fallas del sistema administrativo en la Junta de Clasificación Docente, respecto de las inscripciones de docentes. 28 Se recepcionaron reclamos referidos a inconvenientes relacionados con la escolaridad de niños con discapacidad y se realizaron gestiones por una ciudadana que reclamaba la posibilidad de rendir exámenes pendientes de un plan de estudios anterior. 2.8 – DERECHO DE FAMILIA, CUESTIONES DEL DERECHO CIVIL EN GENERAL Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR Como hemos indicado en reiteradas oportunidades, si bien no es de competencia de la Defensoría del Pueblo entender en temas que hacen al derecho de familia, cuestiones del derecho civil en general, y la defensa del consumidor, las personas afectadas por esas circunstancias recurren a esta Institución, y en el período que se corresponde con este informe anual, se ha incrementado notablemente la cantidad de consultas realizadas, lo que implica que se debe escuchar, contener, asesorar y orientar. Las diferentes temáticas que se plantean en lo que hace a derecho de familia, se refieren a cuotas alimentarias, régimen de custodia y tenencia de los hijos menores, divorcios, atención de las personas mayores. La tarea que realizamos desde la Defensoría consiste en hacer de nexo con los organismos competentes. Las consultas por conflictos con contratos de alquiler, cuestiones de derecho sucesorio, embargo de haberes, juicios ejecutivos, mensuras, posesión de tierras, u otras de la órbita del derecho civil, son reiteradas y numerosas, por lo que desde la Defensoría se indica a las personas cuáles son las instituciones con competencia para actuar y se las acompaña en lo pertinente. Respecto de los reclamos y quejas referidos a la vulneración de los derechos de los consumidores, que en un número importante de consultas se realizan ante la Defensoría, nuestra tarea es la de asesorar, articulando nuestra actuación con los organismos de Defensa del Consumidor. 29 Los conflictos entre vecinos son materia de numerosas presentaciones ante la Defensoría del Pueblo. En estos casos, y en la búsqueda de la pacificación social que es un objetivo de nuestro trabajo procuramos contener a los vecinos, escuchándolos y muchas veces ofreciendo nuestro espacio como un lugar de diálogo y conciliación, no obstante interactuar con instituciones con competencia en la temática. Por nuestra experiencia, entendemos que sería necesario contar con un equipo de mediadores comunitarios, en los ámbitos municipales. 2.9 - DOCUMENTACIÓN PERSONAL Garantizar el ejercicio del derecho a la identidad implica no sólo reconocer su importancia como derecho fundamental, sino también como una de las principales formas que tiene el Estado para identificar a sus ciudadanos y ciudadanas, y así, a su vez, garantizar el ejercicio de otros derechos y la eficacia de sus políticas públicas. A pesar de los avances en términos de documentación implementados en todo el país, sobre todo para la obtención del D.N.I. y de Pasaporte, la Defensoría del Pueblo ha intervenido para reclamar ante la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de nuestra Provincia y ante el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) por demoras en la entrega del Documento Nacional de Identidad, de certificados de nacimientos y matrimonio, como asimismo por errores en los datos personales indicados en los documentos. 2.10 – PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Desde la Defensoría del Pueblo, se realizaron numerosas gestiones por reclamos de ciudadanas y ciudadanos ante los inconvenientes producidos por figurar en los bancos de datos de morosos del sistema financiero o de las empresas telefónicas. Con el propósito de lograr aclarar las situaciones o rectificar los registros, a fin de lograr que los perjudicados pudieran operar normalmente en el sistema financiero, se interactuó con la Dirección Nacional de Protección de 30 Datos Personales, y con los responsables de algunas de las empresas involucradas. Como casos relevantes mencionamos: a) las actuaciones realizadas ante la citada Dirección Nacional, para lograr la rectificación de datos de un vecino de la ciudad de Trevelin, que le impedía concretar la compra de un automóvil; b) se presentó ante la Defensoría del Pueblo un vecino de la ciudad de Esquel, quien a pesar de haber cancelado un préstamo hipotecario, no lograba que el Banco Hipotecario le extendiera el correspondiente libre deuda requerido desde hacía 10 años. Por ese motivo, se encontraba registrado como moroso en los bancos de datos del sistema financiero, lo que no le permitía acceder a un crédito bancario que necesitaba con urgencia. La situación fue resuelta positivamente en no más de un mes desde el inicio de nuestra gestión. Hecho que el ciudadano agradeció especialmente. 2.11 – OTROS Desde la Defensoría del Pueblo se realizan diversas gestiones ante la importante cantidad de reclamos o consultas respecto de las condiciones de transitabilidad de la red vial provincial, nacional e incluso municipal y vecinal, por lo que se articula -de manera formal o informal- con la Administración de Vialidad Provincial, Vialidad Nacional, y autoridades municipales, según corresponda. Se plantean ante la Defensoría del Pueblo, quejas en materia de seguridad ciudadana, situaciones en la que se adopta una posición de especial prudencia, atendiendo a la importancia de los intereses y bienes jurídicos en juego. En ocasiones los quejosos indican que es necesaria una activa intervención de las fuerzas policiales para combatir los delitos en determinados barrios o localidades, considerando que no se vigila suficientemente determinadas 31 situaciones. Debemos tener presente que el objetivo de guardar el equilibrio en el ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad y a la seguridad, personal y colectiva, obliga a la sociedad y sobre todo al Estado a mantener una actitud exigente y, al mismo tiempo, generosa. Esa generosidad se debe de manifestar de forma concreta en la atención que los poderes públicos presten a las víctimas de los delitos. En estas cuestiones que hacen a la seguridad ciudadana, desde la Defensoría se da intervención a las autoridades policiales, a las del Poder Ejecutivo Provincial y si se lo considera necesario se aconseja y acompaña al reclamante a que exponga su situación ante las áreas competentes del Poder Judicial. Continúa siendo motivo de presentación y consulta ante la Defensoría del Pueblo las cuestiones referidas a las foto-multas, por lo que se asesora al ciudadano o ciudadana y eventualmente se indican los términos del rechazo por carta documento. Los casos que se presentan corresponden a municipios del norte de nuestro País, con mayor frecuencia de las Provincias de Córdoba, Santa Fe, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y algunos de la Provincia de Buenos Aires. Durante el último año de nuestra gestión se ha agregado una situación más, que se suma a la presunta ilegalidad de muchos casos de ese tipo de multas de tránsito, y es la que se presenta al ir el ciudadano o ciudadana a solicitar el Certificado Nacional de Antecedentes e Infracciones de Tránsito a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (SAFIT-CENAT), para gestionar la renovación de su registro de conducir. En ese momento, se le informa que tiene registrada una o más infracciones de tránsito, en uno o más lugares del País, no obstante nunca haber sido notificado/a y con el agravante que en la mayoría de los hechos, ni el 32 automóvil ni el multado/a estuvo en los lugares de la supuesta infracción. A través de la intervención de la Defensoría del Pueblo, se ha logrado en varias oportunidades que se revierta la injusta situación. Desde fines del año 2011, en el territorio de la Provincia se han manifestado inconvenientes en el normal abastecimiento de combustibles, coincidente con la época de vacaciones de verano, lo que afecta sensiblemente a la población en general y produce perjuicios a las actividades económicas que se desarrollan en la provincia. Desde la Defensoría del Pueblo se intervino de oficio, requiriendo informes a la Empresa YPF S.A. y a la Secretaría de Energía de la Nación dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, sobre los cupos destinados a las expendedoras, las razones de la falta de combustible suficiente en las mismas y la posibilidad de contemplar cupos adicionales de combustible si fuera necesario. En la búsqueda de la solución a la problemática, también se analizó la cuestión con autoridades de la Secretaría de Hidrocarburos de la Provincia, con la Defensoría del Pueblo de la Nación y la Asociación Argentina de Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.). Se han realizado funcionamiento de los diferentes gestiones ante reclamos por mal cajeros automáticos del Banco del Chubut S.A, en las ciudades de Trelew y Rawson, y ante la misma Institución se presentaron inquietudes de clientes, que recurrieron a esta Defensoría en busca de un canal de acercamiento al mencionado Banco. Fueron varias las inquietudes y reclamos de ciudadanas y ciudadanos de Cerro Centinela, Lago Puelo, Esquel y Puerto Pirámides, que merituaron actuaciones ante las autoridades del Instituto Autárquico de Colonización y 33 Fomento Rural (I.A.C.), por demoras en trámites solicitados, por requerimientos de títulos de propiedad, entre otros. La Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut ha intervenido ante el Instituto Provincial del Agua por diferentes reclamos presentados, como también ha realizado gestiones de buenos oficios por quejas presentadas que se corresponden con situaciones de exclusiva competencia municipal. 34 Total de Actuaciones según temas abordados, desde el 01/03/2011 al 29/02/2012 TEMAS ABORDADOS 2-1 2-2 2-3 2-4 2-5 2-6 2-7 2-8 2-9 2-10 2-11 SALUD. SEG SOCIAL. SERV PUBLICOS. DISCAPACIDAD. VIVIENDA. AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. EDUCACION. DER. DE FLIA, CIVIL EN GRAL Y DEF. CONSUMIDOR DOC PERSONAL. PROT DATOS PERS. OTROS TOTAL ACTUACIONES FORMALES E INFORMALES. CANT.ACTUACIONES PORCENTAJE 14,58 214 15,46 227 22,21 326 4,16 61 8,72 128 3,07 45 3,47 51 9,40 138 2,86 42 2,59 38 13,49 198 1468 100% Temas Abordados desde el 01/03/2011 al 29/02/2012 35 3 - RELACIONES INSTITUCIONALES Desde que iniciara mi gestión como Defensor del Pueblo he procurado establecer redes de cooperación con las instituciones homólogas y afines e integrar la Defensoría del Pueblo a las ya existentes. Estos espacios nos permiten discutir las temáticas de competencia de las Defensorías del Pueblo, elaborar estrategias de trabajo conjunto, intercambiar experiencias, y optimizar la cooperación técnica e institucional. Cuando los habitantes del Chubut reclaman contra la administración nacional, o presentan quejas por la actuación de otras jurisdicciones provinciales y/o municipales, es cuando se hace visible la cooperación con los Defensores del Pueblo de todo el país. La Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut integra el Consejo Directivo de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), por cuarto período consecutivo. El día 02 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se reunió con el Subsecretario de Medio Ambiente de la Municipalidad de esa ciudad, con quien evaluó la problemática presentada por vecinos de Barrio Don Bosco por posible contaminación de las playas del sector. En fecha 04 de marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una reunión de trabajo con el Lic. Oscar Méndez, Gerente General del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con el objeto de analizar varias presentaciones realizadas. El día 05 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se reunió con el Director de la Unidad de Gestión de Proyectos Especiales de ese Municipio, a los efectos de requerir información respecto de las tareas de reparación previstas en tramo de la ruta provincial sobre la Avenida Alejandro Maiz. 36 El día 10 marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo junto con el Dr. Ariel Gamboa, Subsecretario de Control Ambiental del Ministerio de Ambiente de la Provincia del Chubut, intercambiaron opiniones sobre distintos temas reclamados ante la Defensoría. En fecha 11 de marzo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó telefónicamente con funcionarios del Ministerio de Educación, ante quienes presentó inquietudes de padres de alumnos de la Escuela Nº 81 de El Hoyo, por obras de refacción sin finalizar ante el inicio del ciclo escolar. El 15 de marzo del año 2011, mediante vía telefónica, el Señor Defensor del Pueblo, se contactó con el Gerente de la Empresa Supercanal de la Ciudad de Trelew, con el objeto de trasladarle la queja de usuarios del servicio por la demora en la recepción de las facturas correspondientes al período vencido. El día 16 de marzo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó telefónicamente con la Directora Municipal de Defensa del Consumidor, para analizar problemáticas comunes. La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 17 de marzo de 2011, asistió a la disertación que brindó la Coordinadora Ejecutiva para la Gestión Comunitaria de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de Nación. El día 21 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, mantuvo comunicación telefónica con la Escribana General de Gobierno, por requerimientos de una vecina por inconvenientes en la tramitación de título de propiedad. En fecha 28 de marzo del año 2011, se recibió en Rawson a la Dra. Gabriela Barú, del área de Fiscalización de la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut, con el fin de coordinar acciones para dar respuesta a denuncias de familiares por el funcionamiento de un centro geriátrico ubicado en la Ciudad de Puerto Madryn. 37 En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se comunicó con funcionarios de PROSATE de esa ciudad, a quienes planteó los reclamos de una ciudadana por falta de atención traumatológica de urgencia. El día 29 de marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo recibió al Dr. Claudio Maza de la Secretaría de Salud de la Provincia, a quien se le transmitió un reclamo por la presunta demora en la derivación de un paciente de Trelew, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En fecha 31 de marzo del año 2011, y con el propósito de dar respuesta a una queja presentada por un afiliado de PAMI, el Defensor del Pueblo se contactó telefónicamente con el Sr. Oscar Lares de la Unidad Enlace con Defensorías del Pueblo, de la sede Buenos Aires del PAMI. En la misma fecha, y también vía telefónica, se trasladó a la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fé reclamos por demora en la entrega de medicamentos de afiliados de una obra social con sede central en esa Provincia. El 01 de abril del 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, mantuvo una reunión con el Gerente de LADE Esquel, por reclamos varios ante la cancelación de vuelos. La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, en fecha 05 de abril del año 2011, se comunicó telefónicamente con el Presidente de la Administración de Vialidad Provincial, a quien le requirió se asegure la “no transitabilidad” de un sector del camino vecinal entre KM 5 y KM 8, que aún no estaba habilitada al tránsito, con el objeto de evitar que se produzcan nuevos accidentes. En fecha 07 de abril de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo una reunión con la Supervisora de Educación Especial, para tratar el reclamo de padres de un alumno. 38 El día 12 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades del Instituto de Seguridad Social y Seguros, a fin de presentar el reclamo de un jubilado por errónea liquidación de sus haberes jubilatorios. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, mantuvo comunicación telefónica con la responsable de la Asociación de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (AJURPE), por reclamo de una jubilada radicada en la Ciudad de Mendoza. En la fecha indicada, la Defensora Adjunta Sede Esquel, vía telefónica, se comunicó con el Concejal de Trevelin, Sr. Jorge Posse, por corte de suministro de gas natural en esa localidad y otros reclamos de servicios públicos. En fecha 13 de abril del año 2011, vía telefónica, y ante consultas de ciudadanos por multas de tránsito realizadas en otras ciudades de nuestro país, el Defensor del Pueblo se contactó con el Juez de Faltas de la Ciudad de Trelew. El 20 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó con funcionarios de ANSES – TRELEW, a quienes les trasladó inquietudes de un pensionado, por incorrecta liquidación de la pensión correspondiente. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se reunió con la Directora Municipal de Defensa del Consumidor y se comunicó con el Defensor Oficial de esa circunscripción judicial, por inquietudes de ciudadanos por juicios ejecutivos. Mantuvo comunicación telefónica con la Supervisora de Educación Especial por propuesta educativa para estudiantes con discapacidad. El día 25 de abril de 2011, el Defensor del Pueblo se presentó ante los funcionarios del Sector Previsión del Instituto de Seguridad Social y Seguros, con el objeto de requerir información por reclamo de un beneficiario. La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, el día 27 de abril de 2011, se comunicó con funcionarios del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, para brindar respuesta a una vecina de esa Ciudad. 39 En fecha 28 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo realizó gestiones ante el Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, por el reclamo de un ciudadano de la zona de Esquel por la demora en la entrega de documentación oportunamente solicitada. En esa misma fecha, el Defensor del Pueblo participó de la Sesión Especial de la Honorable Legislatura de la Provincia, donde presentara su Informe Anual el Presidente de Superior Tribunal de Justicia, Dr. Daniel Caneo. El día 02 de mayo del año 2011 la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se comunicó telefónicamente con responsables de ANSES de esa ciudad, por reclamo por la demora en trámite de otorgamiento de pensión. El día 03 de mayo de 2011, y con el objeto de dar respuesta a varios reclamos presentados ante la Defensoría del Pueblo, el Defensor, se reunió con autoridades de la ANSES - TRELEW. La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 05 de mayo de 2011, se comunicó telefónicamente con el Delegado del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, por quejas de vecinos de un barrio en construcción. En fecha 06 de mayo de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., por reclamos varios presentados por usuarios de los servicios que la misma brinda. El día 09 de mayo del año 2011, el Defensor de Pueblo se contactó con funcionarios de la Comisión Asistencial de Pensiones (CAP) con sede en la ciudad de Trelew, con el propósito de conocer las razones en la demora de trámites iniciados ese organismo. El Defensor del Pueblo participó de la Jornada sobre “Violencia Institucional y Control Social”, organizada por el Ministerio de la Defensa Pública Provincial, en la Sede 40 Trelew de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco” el día 12 de mayo del año 2011. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó con la responsable del Área Viviendas de ese Municipio, por la problemática de una vecina y mantuvo además comunicación telefónica con el Defensor Público del área de los Derechos Sociales, Culturales y Económicos del Poder Judicial, respecto de la problemática mencionada. En fecha 16 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con el Vocal del I.S.S.y S. en representación de los trabajadores activos, con quien se analizó el reclamo de un afiliado. El 17 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se contactó telefónicamente con el Dr. Genovesio, responsable de la delegación del PAMI en la Ciudad de Trelew, por quejas referidas a la demora en la entrega de medicamentos para tratamientos oncológicos. La Defensora Adjunta Sede Esquel, en la misma fecha, participó del Acto de Inauguración de las instalaciones del Centro de día para personas con discapacidad. Ese mismo día en Sede Comodoro Rivadavia, la Defensora Adjunta se reunió con responsables de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, para brindar respuestas a la solicitud de una asociada. Por problemas en la prestación del servicio telefónico en la zona de Lagunita Salada, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut y de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., el día 18 de mayo del año 2011. Ese mismo día, se contactó telefónicamente con funcionarios del Instituto Provincial de la Vivienda y de la Municipalidad de Rawson, por reclamos de vecinos de Playa Unión referidos a la construcción de baños públicos. 41 La Defensora Adjunta Sede Esquel, en la misma fecha se comunicó con el Titular de la Comuna Rural de Colán-Conhué, por la temática de las casas tuteladas en esa comuna. El día 20 de mayo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó telefónicamente con responsables del área social del Instituto Provincial de la Vivienda en Rawson, a fin de dar respuesta a un vecino de Esquel. En fecha 23 de mayo de 2011, en las oficinas de la Defensoría del Pueblo en Rawson, se realizó una reunión de la que participaron vecinos de Playa Unión, autoridades de la Municipalidad de Rawson, del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable de la Provincia, representantes de la empresa responsable de la ejecución de la obra de cloacas y el Defensor del Pueblo, con el fin de encontrar una solución a los diferentes reclamos presentados. En la misma fecha, el Defensor del Pueblo se comunicó con la Sra. Raquel Fuertes, Directora del Banco del Chubut S.A., a quien se le planteó la situación de una deudora de la Institución, con un problema de discapacidad. Asimismo ese día se reclamó, via telefónica, ante funcionarios del PAMI Central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la demora en la entrega de audífonos a una afiliada de Trelew. El Defensor reclamó ante el médico auditor del PAMI Comodoro Rivadavia, en fecha 24 de mayo del año 2011, por la pronta autorización de remedios para tratamiento oncológico de un afiliado de la ciudad de Trelew. El día 26 de mayo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, ante la queja de una persona con discapacidad motora, se comunicó con el Jefe de la Junta de Certificación de Discapacidad del Hospital Zonal de Esquel. En fecha 27 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó telefónicamente con el Director Provincial de Discapacidad con sede en Esquel, por 42 reclamos ante la demora en el otorgamiento de turnos para realizar los trámites pertinentes para la obtención de certificados de discapacidad. En esa fecha también se comunicó con Dra. Paula Covello de la Comisión Nacional Asistencial de Pensiones de la Ciudad de Buenos Aires, ante reclamos de pensionados por falta de pago de asignaciones familiares. La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 31 de mayo de 2011, se contactó con la responsable de Relaciones Institucionales de la empresa Telefónica de Argentina S.A. en Buenos Aires, por reclamos en la facturación del servicio. El día 01 de junio de 2011 el Defensor del Pueblo concurrió al acto desarrollado en el Auditorio de la Legislatura Provincial con motivo de la celebración del “Día del Medio Ambiente” donde la Fundación Patagonia Natural presentó el Plan de Conservación Costero. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se comunicó con el Director Provincial de Discapacidad, por la queja presentada por padres de un menor, ante la denegatoria en primera instancia de un certificado de discapacidad. En fecha 02 de junio de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió en la ciudad de Trelew con el Dr. Ricardo Nassif, Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa de la Provincia de Chubut, para abordar temas relacionados con derechos económicos, sociales y culturales de los habitantes de la Provincia. En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, realizó gestiones ante la problemática de un grupo familiar en el marco del Programa “Trabajar para Incluir”, situación que fuera transmitida por el Director del Área de Recuperación de Empleo de la Provincia del Chubut. El 07 de junio de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió con el Delegado Regional de Obras Públicas de la Provincia, por cuestiones de accesibilidad en los establecimientos educativos de la Ciudad. Participó además de la reunión del Consejo Municipal de Discapacidad. 43 El día 08 de junio de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una comunicación telefónica con el Sr. Oscar Lares, responsable de Unidad de Enlace de PAMI a nivel Nacional con Defensorías del Pueblo, a fin de agilizar el reclamo de un afiliado. En fecha 10 de junio de 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se reunió con el responsable municipal de la Dirección de Parques y Paseos a efectos de considerar la problemática planteada por vecinos del Barrio Don Bosco, ante la existencia de frondosos árboles que ocasionan inconvenientes al tránsito vehicular. El Defensor del Pueblo mantuvo, el día 17 de junio del año 2011, reuniones con autoridades de la obra social SEROS con el propósito de dar respuesta concreta al reclamo realizado por un afiliado de la localidad de Lago Puelo. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con funcionarios regionales de la empresa Telefónica de Argentina S.A., por cuestiones referidas a la conexión del servicio de Speedy en la Ciudad de Trevelin. El día 24 de junio, El Defensor del Pueblo se presentó en las oficinas del Programa Mejor Vivir, de la Municipalidad de Rawson ante la solicitud de un beneficiario por reclamos de una obra oportunamente adjudicada. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se reunió con responsables de la Secretaría de Tierras y Hábitat de ese Municipio, con quienes se trató la problemática de usurpación de tierras. El Defensor del Pueblo se reunió con el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Trelew, el día 28 de junio del año 2011, con quien abordó diversos temas relacionados al servicio de transporte público de pasajeros. En la fecha indicada, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia mantuvo una reunión con el responsable zonal de la empresa Telefónica de Argentina S.A. para dar respuesta a reclamos varios de usuarios de los servicios prestados por esa empresa. 44 El día 05 de julio de 2011 se mantuvo contacto con las autoridades de PAMI de Gaiman, por reclamo de una prótesis efectuado por un afiliado. Ese mismo día, el Defensor del Pueblo recibió a funcionarios de PAMI-Rawson, quienes dieron respuestas ante el reclamo de una afiliada por cuidadora domiciliaria. En fecha 28 de julio del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, transmitió al Vicepresidente de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, los reclamos recibidos por adherentes al Servicio de Sepelios, respecto a la necesidad de acondicionar la sala velatoria. El día 29 de julio de 2011, el Defensor del Pueblo se presentó ante la Defensoría Federal, a fin de conocer el estado de una presentación efectuada por un afiliado al PAMI. El Defensor del Pueblo mantuvo una reunión con autoridades de ANSES de Trelew, el día 03 de agosto de 2011, con el objeto de requerir por el estado de varios reclamos efectuados por beneficiarios. El día 08 de agosto del año 2011, el Defensor del Pueblo y con el fin de dar respuesta a un reclamo por falta de insulina, en el Hospital de Puerto Madryn, se reunió en la Secretaría de Salud, con la funcionaria responsable del sector de Farmacia. La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, en fecha 09 de agosto de 2011, y ante el reclamo de representantes de distintas organizaciones comunitarias del Barrio 30 de octubre por problemas de inseguridad que se observan en el sector, se comunicó con funcionarios municipales y provinciales. El día 10 de agosto de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo reuniones con autoridades del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural en Rawson, a quienes presentó reclamo de un poblador de la zona de Lago Puelo. 45 En fecha 11 de agosto de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel participó del Foro sobre Discapacidad organizado por la Municipalidad de Trevelin. Asimismo mantuvo una reunión con el Intendente, Dr. Carlos Mantenga, el Director de Cultura y responsables del área de Arquitectura del Municipio mencionado, con quienes analizó los cuestionamientos efectuados por un grupo de vecinos a la obra de intervención del Molino Harinero y sus alcances. El día 16 de agosto de 2011, vía telefónica, el Defensor del Pueblo se comunicó con el Concejal Ing. Villahoz de la ciudad de Puerto Madryn, a quien se le transmitió la problemática de vecinos de esa ciudad relacionada con loteos en distintos barrios. Ese mismo día, el Defensor del Pueblo se comunicó con autoridades del Sistema PAMI Camoyte de Buenos Aires, por la demora en la remisión de un medicamento para tratamiento oncológico de un afiliado de la ciudad de Trelew. El día 19 de agosto de 2011 el Defensor del Pueblo concurrió al Instituto Provincial de la Vivienda y se entrevistó con funcionarios por reclamos de adjudicatarios de plan de viviendas de la ciudad de Rawson. El día 23 de agosto el Defensor del Pueblo se reunió con el funcionario responsable de Seros Vital, a fin de dar respuesta al reclamo de un afiliado de la ciudad de Sarmiento. En esa misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Esquel conjuntamente con la Subsecretaria de Acción Social de ese Municipio, abordaron la problemática de un menor con discapacidad. El día 24 de agosto del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel fue contactada por la responsable de Relaciones Institucionales de la empresa Telefónica de Argentina S.A. con sede en Buenos Aires, quien le confirmó la habilitación del servicio de Speedy-Banda ancha para los usuarios de la Ciudad de Trevelin. 46 El Defensor del Pueblo mantuvo una reunión, el día 29 de agosto de 2011, con el Dr. Claudio Maza de la Secretaría de Salud por una queja presentada ante la Institución y referida a una presunta falta de atención a un ciudadano de Trelew. En fecha 31 de agosto del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se comunicó con el Jefe del área de Saneamiento de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, a quien le transmitió el reclamo de vecinos del Barrio Gobernador Fontana, afectados por la pérdida de líquidos cloacales en espacios públicos. En esa misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Esquel, con el propósito de dar respuesta a la problemática de un menor con discapacidad y en riesgo, se reunió con el Jefe de Rehabilitación del Hospital Zonal de Esquel, con la Directora de Discapacidad de ese municipio, con la Directora de la Escuela Especial Nº 502 y se comunicó telefónicamente con la responsable de la Asesoría de Menores e Incapaces de esa circunscripción judicial. El día 01 de setiembre de 2011 el Defensor del Pueblo acompañó a vecinos del Barrio Constitución de la Ciudad de Trelew que reclamaban por problemas de seguridad, a una reunión con el Sub-Jefe de la Policía de la Provincia del Chubut. Ese mismo día, el Defensor del Pueblo mantuvo contacto telefónico con el Director del Hospital de Trelew, a fin de dar respuesta a un paciente que presentó reclamo por la demora en el otorgamiento de turno, para ser sometido a una cirugía. El Defensor del Pueblo, el día 02 de setiembre de 2011, se reunió con el Asesor Legal del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con el fin de dar respuesta al reclamo de una adjudicataria de Playa Unión. En fecha 06 de setiembre de año 2011 la Defensora Adjunta Sede Esquel participó de la reunión del Consejo Provincial de Discapacidad. 47 El día 07 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo reuniones con los Asesores Legales del Ministerio de Educación con el propósito de dar respuesta a una petición efectuada por una agente de ese organismo provincial. El día 08 de setiembre del año 2011, el Defensor del Pueblo se contactó telefónicamente con la Secretaría de Acción Social de la Municipalidad de Puerto Madryn, por solicitud de una habitante de esa ciudad, integrante de una familia en serio riesgo social. El Defensor del Pueblo se comunicó telefónicamente, el día 09 de setiembre de 2011, con autoridades de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT), con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de dar respuesta a la Dirección de Discapacidad de la Municipalidad de Puerto Madryn por reclamo de pasaje efectuado por una ciudadana. En la fecha indicada la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con el Intendente de Trevelin, a quien le transmitió la problemática de un vecino de esa ciudad. El día 13 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con el vocal en representación de los Activos del I.S.S. y S., con el propósito de dar respuestas a reclamos presentados ante la Defensoría. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, recibió telefónicamente una consulta del Juez de Paz de El Maitén, por la situación de un vecino de esa localidad adjudicatario de un plan de viviendas. El 19 de setiembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo una reunión con el Jefe de Rehabilitación del Hospital Zonal de esa ciudad, por reclamo de un afiliado de PAMI, con discapacidad motora. En fecha 20 de setiembre de 2011 el Señor Defensor del Pueblo participó en la ciudad de Gaiman, del Acto de Apertura de la “2da. Jornada de Información Migratoria y Actualización de Derechos”. 48 El día 21 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo presenció el Acto de Apertura del “1er Congreso Internacional sobre Tráfico y Trata de Personas” que se llevó a cabo en el Teatro Español de la ciudad de Trelew. El 23 de setiembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió con el Concejal Dr. Osvaldo González Salinas, por cuestiones relacionadas con reclamos vecinales. El día 03 de octubre de año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó telefónicamente con funcionarios de la Secretaría de Energía de la Nación, a fin de poner en conocimiento reclamos de habitantes de la zona de la cordillera de nuestra Provincia por el elevado precio del gas envasado. El día 07 de octubre de 2011, se recibió en la Defensoría en la Capital Provincial, al Concejal Electo de Puerto Madryn, Sr. Sudán, quien concurrió acompañado de vecinos de esa ciudad, que plantearon sus observaciones a la Ley Provincial que prohíbe el uso de bolsas de nylon en la zona. Ese mismo día, el Defensor del Pueblo mantuvo reunión con autoridades del I.A.C. por reclamos de pobladores de Cerro Centinela. En esa fecha el Defensor fue recibido por el Director de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, a quien se le informó respecto de un reclamo presentado. El día 11 de octubre de 2011, el Defensor se reunió con funcionarios del área legal de la Obra Social Seros, por reclamos de afiliados. El mismo día recibió la visita del Subsecretario del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable del Chubut, Dr. Ariel Gamboa, con quien evalúo distintas problemáticas de su competencia. El Defensor del Pueblo se reunió el día 12 de octubre del año 2011, con Vocales del I.S.S. y S.- SEROS, con el propósito de dar respuesta a reclamos realizados por un 49 afiliado, con serios problemas de salud y domiciliado en la Ciudad de Comodoro Rivadavia. En fecha 13 de octubre de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo comunicación con funcionarios zonales de la empresa Telefónica de Argentina S.A., para informarse sobre la colocación de una antena para el servicio de telefonía celular en la zona de Las Golondrinas. El día 17 de octubre de 2011, se recibió en la Defensoría del Pueblo, en Rawson, la grata visita de alumnos, docentes y padres, de la Escuela Especial Nro. 502 de la Ciudad de Esquel, quienes se encontraban recorriendo la zona de la costa provincial. El día 21 de octubre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con funcionarios de Telefónica de Argentina S.A. de la Ciudad de Trelew, para requerir información por problemas varios en la prestación del servicio telefónico. Con motivo de la falta de servicio de Internet, en la ciudad de Esquel y zona de influencia, la Defensora Adjunta de esa Sede, el día 25 de octubre de 2011, se comunicó con responsables de la empresa prestataria del servicio. El día 26 de octubre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con el Director del Área Programática de Salud de esa Ciudad, a quien planteó las quejas por la atención del servicio de salud, presentadas por una persona con discapacidad severa. En fecha 27 de octubre de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió con el Subsecretario de Obras Públicas de ese Municipio, a efectos de tratar cuestiones referidas a su área, en cuanto a obras para colocación de antenas de telefonía y conexión de energía eléctrica. 50 La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 28 de octubre de 2011 y por el reclamo de un afiliado se reunió con el responsable de la Obra Social UTHGRA. En fecha 03 de noviembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo en la ciudad de Rawson, una reunión con el Vocal representante de los Pasivos del Instituto de Seguridad Social y Seguros, para requerir información por diversas inquietudes presentadas por ciudadanos de la zona cordillerana. La Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo el día 07 de noviembre del año 2011, sendas reuniones con el Vocal por los Pasivos del Instituto de Seguridad Social y Seguros y la Asesora de Menores e Incapaces de la Justicia Provincial de esa circunscripción, por la problemática de un menor con discapacidad. En esa misma fecha, El Defensor del Pueblo se reunió con los responsables de la Cooperativa de Servicios Públicos de Rawson, con el propósito de dar respuestas al reclamo presentado por una asociada, con problemas de salud y sin recursos económicos. Por el mismo caso, el día 09 de noviembre de 2011 el Defensor se reunió con autoridades de PAMI de Rawson. El día 09 de noviembre de 2011 el Defensor del Pueblo se comunicó vía telefónica con autoridades de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, ante reclamos de multas de tránsito erróneamente labradas a ciudadanos de nuestra Provincia. Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel se contactó con el Director de Tránsito de la Municipalidad, por inconvenientes para el otorgamiento de licencia de conducir denunciados por un vecino de la ciudad. El día 11 de noviembre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con funcionarios del Ministerio de Educación a fin de dar respuestas a reclamos presentados. 51 El Defensor del Pueblo participó, el día 14 de noviembre de 2011, del Acto de Apertura de las “7º Jornadas Provinciales de Prevención de Adicciones” que se desarrolló en el Centro Cultural Municipal “José Hernández” de la ciudad de Rawson. El día 17 de noviembre de 2011 el Defensor del Pueblo participó en la Sesión Especial de la Honorable Legislatura Provincial en la que se hizo entrega de un “ Reconocimiento de Honor” a la Sra. Sabina Velásquez, alumna de la Escuela SemiPresencial de Yala Laubat. Durante los días 22, 23, 24 y 25 de noviembre de año 2011 el Defensor del Pueblo participó del 4to. Plenario Anual de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A) y de la XVI Asamblea General de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (F.I.O) que se desarrollaron en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El día 01 de diciembre de 2011, el Defensor del Pueblo recibió la visita de funcionarios locales y nacionales de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., con quienes se analizaron reclamos relacionados con los servicios de los que es prestataria la mencionada empresa. El día 14 de diciembre de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una reunió con el Titular del I.A.C con el objeto de tratar la problemática de terrenos en Puerto Pirámides, ante el reclamo de varios habitantes de lugar. En fecha 16 de diciembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con el Presidente de la Cooperativa 16 de octubre Ltda. ante inquietudes de vecinos de Trevelin por inconvenientes en los servicios que la misma presta. La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 19 de enero del año 2012, se comunicó con la Directora de Defensa del Consumidor de ese Municipio, en relación a 52 inconvenientes planteados por ciudadanos chubutenses respecto de las facturaciones del servicio de gas domiciliario. En fecha 27 de enero de 2012, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se reunió en las nuevas oficinas de la Sede de la Defensoría, con la Directora de Discapacidad de la Municipalidad de Esquel, con quien evaluó las temáticas comunes a ambas instituciones. La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 31 de enero de 2012, se comunicó telefónicamente con el Subsecretario de Obras Públicas de ese municipio, por reclamos referidos a permisos provisorios de servicios eléctricos. Ese mismo día, mantuvo comunicación con el Delegado de ENARGAS en la Provincia del Chubut, para dar respuesta a reclamos por conexiones domiciliarias de gas en un nuevo barrio de la ciudad de Esquel. El día 01 de febrero de 2012 se recibió en la Defensoría del Pueblo la visita del Diputado Provincial Sr. Anselmo Montes Segovia. El día 02 de febrero de año 2012, el Defensor del Pueblo se comunicó telefónicamente con funcionarios de la empresa Telefónica de Argentina S.A. para requerir información por la falta de servicio en una amplia zona de la costa este de la Provincia del Chubut. Con posterioridad se estableció que los inconvenientes presentados en la prestación de los servicios telefónicos y de Internet fueron producto de presunto sabotaje a las líneas, razón por la cual y ante la denuncia realizada por la Empresa, tomó intervención la Justicia Federal. En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, receptó los reclamos presentados por el Presidente de la Federación de Jubilados Chubut Sur, respecto de la problemática de varios de sus asociados, que fueron afectados por descuentos en sus haberes jubilatorios correspondientes a préstamos ya cancelados o que no fueron solicitados. Asimismo se comunicó telefónicamente con la Delegada Regional del Programa de Salud de la Tercera Edad, a quien le transmitió los reclamos de 53 jubilados por la falta de atención médica, en el Barrio Don Bosco de la Ciudad de Comodoro Rivadavia. El día 07 de febrero de 2012 el Defensor del Pueblo recibió al Ing. Pascualich, funcionario de la Cooperativa Eléctrica de Rawson, evaluando distintos reclamos por la prestación de los servicios de esa Cooperativa. Ese mismo día se reunió con la funcionaria del Sector Farmacia de la Secretaría de Salud, ante el reclamo de un ciudadano de Puerto Madryn, por la falta de medicamentos en el Hospital de esa ciudad, con quien se analizó la inmediata solución del problema denunciado. El día 08 de febrero del año 2012 mantuvo el Defensor del Pueblo una reunión con Funcionarios de la Obra Social SEROS, para brindar respuesta a reclamo de un afiliado. En esa misma fecha y por reclamo de un afiliado de la Obra Social Jerárquicos Salud, se comunicó vía telefónica con la ciudad de Santa Fe donde funciona la Sede Central de la obra social indicada. El día 13 de febrero de año 2012, el Defensor del Pueblo se reunió con el funcionario del Área de Acción Social del Municipio de Rawson Sr. Karmelo Rossini. La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia en fecha 14 de febrero de 2012, se comunicó con el Subsecretario de Control del Desarrollo Sustentable del Ministerio de Ambiente de la Provincia, con el objeto de tomar conocimiento de las acciones llevadas a cabo desde ese organismo provincial respecto del derrame de petróleo ocurrido en un área del Yacimiento Manantiales Behr. El día 15 de febrero del año 2012, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se reunió con el Secretario del Consejo de Administración de la Cooperativa Popular Ltda., por reclamos de ciudadanos ante repetidos cortes del servicio de provisión de agua potable. 54 El día 17 de febrero de 2012, el Defensor del Pueblo se reunió en Rawson, con el responsable de Becas del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut. En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, mantuvo comunicación con la Directora del Área Programática Sur del Ministerio de Salud de la Provincia, con el fin de abordar temas de su competencia. 55 - ANEXO I - ACTUACIONES DE OFICIO. NOTA: Art. 14º - 1er párrafo Ley V – Nº 81 (antes Ley 4518) – El Defensor del Pueblo debe iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública Provincial, sus agentes y de las empresas concesionarias de servicios públicos aludidas en el artículo 1º de esta Ley, que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones o prestaciones, incluyendo aquellos capaces de afectar los intereses difusos o colectivos.- 56 COMODORO RIVADAVIA, 01 de Marzo de 2011 VISTO: Que el diario El Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia publicó el 27 de febrero de 2011 una nota titulada: “Una surgencia de gas mantiene en vilo al barrio Las Orquídeas” y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, desde hace un tiempo, vecinos de las calles Los Ferroviarios y Juan Zabalo del barrio Las Orquídeas, en Km.5, perciben un fuerte olor a gas; Que los vecinos manifestaron su preocupación por el movimiento que empezaron a observar hace algunos días en la calle Los Ferroviarios, que quedó limitada al acceso vehicular y se colmó de máquinas y camionetas de YPF, de la Secretaría de Medio Ambiente y de Defensa Civil , como asimismo de custodia policial; Que el diario Patagónico se comunicó con fuentes empresariales que confirmaron la presunción de los vecinos y aseguraron que se está trabajando sobre un pozo que fue abandonado por la ex estatal YPF en 1968, pero que debido a la técnica que se utilizaba en esa época, su sellado no quedó en condiciones óptimas; Que YPF tendrá que reabrir y abandonar dicho pozo de acuerdo al protocolo establecido por la resolución N° 05/95 que fija las pautas tecnológicas para el sellado definitivo, ya que tendrá que cementarse el viejo pozo en toda su profundidad; Que la temática planteada, es un tema de interés colectivo que afecta a un sector de la comunidad de la Zona Norte de Comodoro Rivadavia que debe preocupar y ocupar al Estado Municipal y Provincial; 57 Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0275/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ surgencias de gas preocupa a vecinos del Barrio Las Orquídeas”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 009/11 58 ESQUEL, 11 de MARZO de 2011.- VISTO: Las inquietudes manifestadas telefónicamente por padres de alumnos de la Escuela Nº 81 de El Hoyo en esta Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, sede Esquel, respecto de la situación edilicia de la Escuela y la necesidad de que se garantice el derecho de educación de sus hijos, ya que hasta el presente no se han iniciado las clases; CONSIDERANDO: Que, debido a que en la Escuela Provincial Nº 81 de la localidad de El Hoyo, se está ejecutando la construcción de un Salón de Usos Múltiples y la remodelación de los sanitarios, los que aun no han sido finalizados, existe la posibilidad de que provisoriamente se de comienzo a las clases, con la instalación de baños químicos para los niños y las niñas y personal del establecimiento. Que, en razón de que el ciclo lectivo ya ha dado comienzo en el mayor parte de nuestra Provincia del Chubut, esta situación ha de encontrar una pronta solución atendiéndose todos los aspectos para realizar la tarea educativa con las garantías operativas, sanitarias y de seguridad necesarias. Que en comunicación telefónica de esta Defensora Adjunta del Pueblo, sede Esquel, con la señora Subsecretaria de Educación, del Ministerio de Educación de nuestra Provincia del Chubut, Profesora Graciela Cigudoza, la misma garantizó la presencia de personal de Supervisión de Escuelas en la reunión de padres a realizarse el día lunes 14 de marzo del corriente año, en las instalaciones de la misma escuela, donde se tratarán las alternativas a seguir para garantizar el inicio de clases. 59 Que, por ser la temática presente una cuestión de interés colectivo, dado que afecta a la totalidad de alumnos y alumnas que concurren a la Escuela Provincial Nº 81 de la Localidad de El Hoyo, en esta Provincia del Chubut, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518); POR ELLO LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0695-11-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/ solicita informes sobre situación de la Escuela Nº 81 de la Localidad de El Hoyo – Provincia del Chubut .” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 008-11-E 60 RAWSON, 14 de Marzo de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2661/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Presuntos inconvenientes en la prestación del servicio de telefonía fija en la localidad de Cerro Cóndor” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante reclamos de vecinos de esa localidad y por las notas emitidas en los diversos medios informativos locales, en referencia a los presuntos inconvenientes que atravesaría el servicio de telefonía fija prestado por la empresa Telefónica de Argentina en ese lugar, afectando a los usuarios quienes no han tenido una respuesta favorable a su reclamo; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática denunciada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 049/11.61 RAWSON, 16 de Marzo de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2663/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Presuntos inconvenientes en el anexo de la escuela especial Nº 506 de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la nota publicada por el diario El Chubut de fecha 16 de marzo de 2011, en su página 13 de la sección Regional, donde bajo el titular “RECLAMAN QUE COMIENCE A FUNCIONAR ANEXO DE LA ESCUELA ESPECIAL 506”, se pone en conocimiento el reclamo efectuado por madres de 30 alumnos que se encuentran inscriptos para comenzar el ciclo educativo, y por motivos de falta de espacio en el establecimiento educativo Nº 506 de la ciudad de Trelew no lo pueden hacer; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática denunciada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 050/11.- 62 COMODORO RIVADAVIA, 11 de Abril de 2011 VISTO: Que el diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia publicó en la página 15 una nota titulada: “En el Juzgado de Faltas N°3 pararon por falta de baños” y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, los empleados municipales cuestionan que, el edificio de la Terminal de Ómnibus no dispone de la infraestructura adecuada para el funcionamiento de las oficinas en las que desempeñan sus tareas y que tampoco brinda las comodidades necesarias para los viajeros de las líneas de transporte de larga distancia que arriban y parten desde ese lugar; Que los empleados del Juzgado de Faltas N° 3 a cargo del Dr. Daniel Simunuvic, efectuaron en los últimos días una retención de servicios por no disponer de baños propios; Que también en la nota de referencia los agentes municipales se quejan por el sistema de calefacción que no está regulado; Que a las quejas de los empleados se suman la de los pasajeros que usan transitoriamente la Terminal, quienes demandan por un servicio de restaurante o confitería, como asimismo la instalación de un kiosco que permita a los viajeros asistirse de alguna provisión que satisfaga sus necesidades; Que la temática planteada debe preocupar y ocupar a los funcionarios municipales en aras de proteger los derechos que hacen a la mejor calidad de vida de las personas de nuestra comunidad y de los viajeros que visitan la ciudad; 63 Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0277/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ problemas de infraestructura afectarían el funcionamiento de actividades en la Terminal de ómnibus”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 010/11 64 RAWSON, 08 de Abril de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2666/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Presunta demora en la obtención del D.N.I. del señor XXXXX XXXXX” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación efectuada en el Diario El Chubut, Sección Puerto Madryn de fecha 5 de abril corriente año, en la que bajo el título “Quejas por atrasos en la confección de un DNI”, se da cuenta que el señor XXXXX XXXXX manifiesta que solicito desde hace más de ocho años un nuevo D.N.I. en el Registro Civil, sin obtener hasta el día de la fecha el duplicado correspondiente; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los episodios denunciados en el Diario El Chubut, Sección Regionales de fecha 5 de abril del año 2011. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 053/11.65 COMODORO RIVADAVIA, 19 de Abril de 2011.- VISTO: La publicación del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia del 18 de abril de 2011 titulada: “Un hombre se electrocutó al tratar de realizar una conexión ilegal en Km.8” y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada nota de prensa obrante a fs.01, un hombre que sería habitante de un sector del Barrio Standard Sur de Km.8, que en los últimos meses fuera ocupado por decenas de familias, sufrió una descarga eléctrica mientras intentaba realizar una conexión clandestina a un transformador de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada; Que el incidente tuvo graves consecuencias al producirle al autor del hecho graves lesiones y quemaduras, como así también daños al equipo de alta tensión que provocaron un corte de luz en la zona que abastece el transformador; Que la temática planteada es un tema de interés colectivo que afecta a un sector de la comunidad de la Zona Norte de Comodoro Rivadavia que debe preocupar y ocupar al Estado Municipal; Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; 66 POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0278/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ un hombre se electrocutó al tratar de realizar una conexión ilegal en Km.8”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 011/11 67 COMODORO RIVADAVIA, 09 de Mayo de 2011 VISTO: Las publicaciones periodísticas del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia de los días 8 y9 de mayo de 2011 y que fueran tituladas: “Usuarios de Aeropuertos Argentina 2000 pagan con multas la falta de inversión” y “El Senado analiza la falta de obras en Aeropuertos Argentina 2000” y; CONSIDERANDO: Que la explotación comercial de todo el Aeropuerto General Mosconi está en manos de la concesionaria Aeropuertos Argentina 2000 y que si bien existen espacios tercerizados, el establecimiento privado es administrado en forma directa por la concesionaria; Que conforme resulta de la citada nota periodística obrante a fs.02, los usuarios de Aeropuerto Argentina 200 en Comodoro Rivadavia comenzaron a pagar con multas la falta de inversión que se observa en la terminal aérea de la mencionada ciudad; Que en diciembre de 2002 la concesionaria anunció un plan de inversión de 63 millones de pesos, en la que se incluyó la ampliación del estacionamiento y que a casi una década el espacio para estacionar es el mismo; Que en los últimos años Comodoro Rivadavia tuvo un notable crecimiento económico que fue acompañado por el incremento de su población y una gran demanda de servicios; Que en la nota publicada por el diario Patagónico del lunes 9 de mayo de 2011 obrante a fs. 03 y que fuera titulada: “El Senado analiza la falta de obras en Aeropuertos Argentina 2000”, se hace referencia al Pedido de Informes que sobre la temática 68 planteada presentara en el Congreso Nacional el Senador Chubutense, Dr. Marcelo Guinle; Que de todo lo expuesto surge la necesidad de implementar por parte de la autoridad regulatoria una política de fiscalización más activa y mantener un seguimiento constante a los efectos de garantizar que las obras se finalicen en un tiempo prudencial; Que el objetivo fundamental de esta Defensoría del Pueblo es la protección de los derechos e intereses de los individuos y de la sociedad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública Provincial y de las empresas prestatarias de servicios públicos con actuación en el territorio de la Provincia mediante concesiones otorgadas por autoridades nacionales, provinciales o municipales, ello en función de lo prescripto por los artículos 1º, 14º y concordantes de la Ley V Nº 81; Que ante las presuntas irregularidades en el grado de cumplimento de Aeropuertos Argentina 2000 a las inversiones comprometidas, entre otras, para los aeropuertos de Chubut, deviene iniciar de oficio la presente actuación en amparo de los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex 4518) tendiente a esclarecer los hechos y a garantizar los derechos que asisten a los usuarios del servicio aéreo; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0283/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ reclamos por falta de inversión en el Aeropuerto de Comodoro Rivadavia”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 012/11 69 ESQUEL, 24 de MAYO de 2011.VISTO: Las inquietudes manifestadas por medios gráficos, radiales y televisivos de alumnos y autoridades educativas de la Escuela Nº 210 y 791 del Bº Badén de esta Ciudad de Esquel, respecto de que decidieron suspender las actividades físicas en el flamante Salón de Usos Múltiples ante una serie de irregularidades edilicias que no permitirían la utilización de este espacio con las garantías necesarias. CONSIDERANDO: Que el SUM es un espacio de casi 1.500 metros cuadrados destinado a la práctica de actividades deportivas y recreativas que demandó una inversión de 6 millones de pesos. El gimnasio fue inaugurado en octubre del año pasado, pero por falta de seguridad la directora de la Escuela Nº 210, decidió suspender las actividades, dado que además de que personal de la empresa constructora, trabajaba en el mismo espacio mientras los alumnos realizaban las actividades escolares, también tiene problemas eléctricos y de calefacción, la que no está funcionando, tal lo publicado en el diario Chubut. Que, las autoridades educativas manifestaron preocupación por la presencia de personal de la firma Pasquini Construcciones y numerosos elementos de obra. También llamaron la atención sobre la falta de calefacción en una de las alas del edificio, problemas eléctricos y la aparición de una grieta en el piso y otra en una pared. Que la presidenta de la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 791 manifestó que “Nuestros hijos venían a hacer gimnasia al SUM y el viernes tuvieron que hacer gimnasia afuera porque estaba cerrado, sin aviso suspendieron las actividades” agregó que, tanto docentes como el grupo de padres que se acercó ayer al establecimiento educativo, “no tuvimos ningún tipo de información pero sabemos que faltaba arreglar problemas de electricidad y calefacción. Y por ello la directora de la escuela 210 decidió 70 cerrar por falta de seguridad, los chicos hacían gimnasia y había personal de la empresa trabajando”. En tal sentido señaló que “este gimnasio esta destinado a la escuela 791 que, como no tiene edificio propio, trabaja en varias sedes; también lo utilizan los alumnos de la escuela 210 y el jardín, aparte de la comunidad, la Junta Vecinal y la Policía Comunitaria”. Que también como madre se mostró preocupada “por la falta de seguridad y ahora que estén haciendo gimnasia afuera con el frío que hace”. Que, por ser la temática presente una cuestión de interés colectivo, dado que afecta al alumnado de la Escuela Provincial Nº 210 y 791 del Bº Badén de esta Ciudad de Esquel, Provincia del Chubut, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518) POR ELLO LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0726-11-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/ solicita informes sobre situación del SUM de la Escuela Nº 210 y 791 del Bº Badén de la Ciudad de Esquel– Provincia del Chubut” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 014-11-E 71 COMODORO RIVADAVIA, 10 de Junio de 2011.- VISTO: Que en el transcurso de la tarde del 06 de junio de 2011, vecinos del Barrio Don Bosco de la ciudad de Comodoro Rivadavia, no pudiendo comunicarse con los teléfonos de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, lo hicieron con la Defensora Adjunta a efectos de trasmitir sus quejas y solicitar su intervención por los inconvenientes producidos por un corte inesperado del agua domiciliaria que provee el organismo mencionado y que estos reclamos se sumaron a los que en horas de esa mañana realizaron a través de Radio FM del Mar, usuarios del servicio domiciliario de Standard Norte por la falta del vital elemento durante el fin de semana y; CONSIDERANDO: Que tanto los vecinos de Don Bosco como los de Standard Norte plantearon sus quejas por carecer de información sobre el corte en cuestión ante la imposibilidad de comunicarse con los teléfonos que la Sociedad Cooperativa registra para atender los reclamos de los usuarios; Que la Defensora Adjunta trató de establecer contacto con responsables del área de saneamiento en horas de la tarde del 06 de junio, por distintos medios, incluyendo la telefonía celular, sin resultados positivos; Que atento los antecedentes obrantes en la Defensoría del Pueblo Adjunta en referencia a la distribución de agua potable en distintos barrios de la zona norte de la ciudad en el marco de la puesta en funcionamiento del nuevo Acueducto Arenal_ Ciudadela, deviene necesarios iniciar de oficio la presente actuación a los efectos de garantizar el servicio de agua que provee la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518). 72 POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0287/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ preocupación en vecinos de Don Bosco y otros barrios de Km.8 afectados por corte del agua que provee la S.C.P.L”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 019/11 73 COMODORO RIVADAVIA, 15 de Junio de 2011.- VISTO: La publicación periodística del Diario Patagónico del 12 de junio del corriente año que fuera titulada Los Comodorenses cometen múltiples infracciones por falta de señalización y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, debe preocupar y ocupar a los responsables de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia la cantidad de infracciones que cometen los conductores al acceder a las colectoras del Barrio Industrial por la Avenida Hipólito Yrigoyen; Que personal de tránsito entrevistado por el periodista responsable de la nota de referencia, reconoció la problemática en cuestión y expresó su opinión diciendo: “Hay mucha imprudencia pero también falta bastante señalización en lugares clave porque la ciudad creció bastante…”; Que el incremento producido en el parque automotor en los últimos años ha impactado considerablemente en las calles y rutas que recorren la ciudad, siendo necesario que desde el organismo competente, se trabaje en un programa de mejoramiento en el tránsito vehicular y peatonal que incluya en lo inmediato un plan de señalización en los sectores más riesgosos. Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; 74 POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0289/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ inconvenientes en el tránsito vehicular por falta de señalización en distintos sectores del Barrio Industrial”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 020/11 75 RAWSON, 28 de Junio de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2713/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Funcionamiento de cajero automático en la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que viven en la ciudad de Trelew, quienes ponen de manifiesto que el cajero automático que brinda servicio del Banco Chubut S.A. ubicado en la intersección de las calles 25 de Mayo y Corrientes de esa ciudad esta fuera de funciones, ocasionando que los usuarios del mismo deban trasladarse a otro cajero que se encuentra a una distancia considerable de ese lugar; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 078/11.76 RAWSON, 28 de Junio de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2714/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos que exigen mas presencia policial en la zona de la escuela de Bellas Artes de la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación efectuada por el Diario El Chubut, Sección Regional de fecha 27º de junio de 2011, en la que bajo el título “Piden más seguridad en la zona de la Escuela de Bellas Artes”, donde se pone de manifiesto una serie de hechos delictivos y vandálicos acaecidos en las inmediaciones de la Escuela de Bellas Artes de la ciudad de Trelew, y donde los afectados solicitan una mayor presencia en el lugar de efectivos policiales; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 079/11.77 COMODORO RIVADAVIA, 01 de Julio de 2011 VISTO: Las publicaciones periodísticas de los diarios el Patagónico y Crónica de la ciudad de Comodoro Rivadavia, de los días 27 y 28 de junio de 2011, en referencia a las viviendas que se inundaron en Rada Tilly por la rotura del caño del Nuevo Acueducto Comodoro Rivadavia – Rada Tilly y; CONSIDERANDO: Que el alud que inundó tres viviendas de Rada Tilly, ciudad costera vecina a Comodoro Rivadavia, en la madrugada del 26 de junio del corriente año, se originó por la rotura de un caño del Nuevo Acueducto en el tramo que conecta con Caleta Olivia; Que el río de agua con barro proveniente del cerro ingresó con fuerza en las casas arrastrando todo a su paso generando un cuadro de angustia y desesperación en sus habitantes que lograron escapar de la situación acorde los relatos que efectúan en las notas periodísticas obrantes a fs. 02 y 03; Que los integrantes de las familias damnificadas que fueron evacuadas por el Municipio de Rada Tilly hoy quieren saber quien reparará los daños y les resarcirá las pérdidas ocasionadas por el alud; Que la Sociedad Cooperativa Popular Limitada de la ciudad de Comodoro Rivadavia como empresa prestataria del servicio, en la voz de su gerente de Saneamiento, Ing. Marcos López, deslindó las responsabilidades del organismo mencionado ante el alud que afectó a vecinos del Barrio Mirador de Rada Tilly; Que el responsable del área de Saneamiento de la S.C.P.L, remarcó en la nota periodística obrante a fs. 04 que la responsabilidad es de la Empresa constructora de la obra, Ecosur Bahía y que los reclamos corresponden, a su vez, al Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento - ENHOSA; 78 Que el objetivo fundamental de esta Defensoría del Pueblo es la protección de los derechos e intereses de los individuos y de la sociedad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública Provincial y de las empresas prestatarias de servicios públicos con actuación en el territorio de la Provincia mediante concesiones otorgadas por autoridades nacionales, provinciales o municipales, ello en función de lo prescripto por los artículos 1º, 14º y concordantes de la Ley V Nº 81 (ex 4518). Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0294/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ rotura del Nuevo Acueducto Comodoro Rivadavia- Rada Tilly generó un alud que afectó a vecinos del Barrios Mirador” Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 023/11 79 COMODORO RIVADAVIA, 13 de Julio de 2011 VISTO: Que el diario Patagónico publicó en sus ediciones de los días 4,5 y 6 de julio de 2011, sendas notas referidas a las manifestaciones que, padres de los alumnos que concurren a la Escuela 519 han realizado para reclamar por mejores condiciones edilicias ante las necesidades de la comunidad escolar y; CONSIDERANDO: Que en la nota obrante a fs. 03 se hace referencia a que, padres de los 70 alumnos que concurren a la Esc. 519, ocuparon el viejo edificio de General Mosconi para denunciar entre otras cosas “…que nueve chicos toman clases en un trailer ante la falta de aulas, los peligros de las escaleras, la falta de seguridad, pérdida de gas en unas de las aulas, presencia de hormigas en el comedor…”; Que la Escuela de Educación Especial 519 que funciona desde hace 39 años en un edificio donado por Y.P.F., hoy se encuentra deteriorada y no brinda las condiciones para cumplir sus objetivos como tampoco garantiza seguridad a los integrantes de su comunidad; Que la Supervisora Técnica de Educación Especial en Comodoro Rivadavia, Prof. Elena Cocca, al concurrir al lugar manifestó que, “la única escuela que está en condiciones en la ciudad y que se construyó en el marco de la especialidad de los chicos es la 514 y agregó en sus declaraciones obrantes a fs.03 que “los padres en muchos casos tienen razón porque hace 30 años que gestionan una escuela nueva y que a pesar de estar bien mantenida, la escuela 519 cuyo edificio funcionó en su origen como lechería, hoy no se adapta a las necesidades de los niños; Que los padres que se manifestaron para reclamar por un nuevo edificio, recibieron el llamado de la Ministro de Educación, Mirtha Romero y también dialogaron 80 con el Intendente y Gobernador electo, Dr. Martín Buzzi, quien se comprometió a realizar en lo inmediato trabajos de limpieza y refacciones y ocuparse del proyecto en su nueva gestión, acorde lo publicado a fs.05; Que los niños tienen derecho a estudiar en un lugar digno y seguro y que el Estado a través de los sistemas de enseñanza formal y no formal deberá propiciar el ámbito adecuado para que éstos desarrollen sus capacidades; Que en consecuencia corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0295/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ padres de alumnos de la Esc. Esp. 519 reclaman mejoras edilicias”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 024/11 81 COMODORO RIVADAVIA, 13 de julio de 2011.VISTO: La nota periodística del diario El Patagónico del 12 de julio del 2011, titulada “Susto en un boliche cuando se partió el primer piso “y; CONSIDERANDO: Que el hecho al que referencia el titular de la nota periodística obrante a fs. 01 se produjo cuando más de 300 jóvenes disfrutaban del recital de la Banda de Rock Nacional “La 25“ a las cuatro (4) de la madrugada del 11 de julio de 2011; Que los jóvenes al saltar al ritmo de la música habrían causado el hundimiento del suelo flotante del primer piso y que el incidente generó disturbios, peleas y pánico en general en los concurrentes; Que en medio de la inspección ocular que se realizara en el boliche en horas de la mañana del día del recital, el director de Habilitaciones del Municipio, dispuso la clausura del local; Que si bien el lugar quedó clausurado y las actuaciones pasaron al Juez de Faltas, deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de quienes asisten a estos “boliches” como Punto com, que desde los organismos competentes se intervenga en forma inmediata; Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; 82 POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0297/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ la estructura del primer piso de “Punto com” cedió en un recital”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 025/11 83 COMODORO RIVADAVIA, 26 de julio de 2011 VISTO: Que en la noche del sábado 23 de julio del corriente año, vecinos del Barrio Don Bosco, se comunicaron al teléfono fijo de la Defensora Adjunta, Sra. Ana Rojel de Nassi, quien se domicilia en el mencionado barrio, para reclamar por un prolongado corte de luz en el sector y que el hecho fue reflejado en la nota periodística del diario Patagónico del martes 26 de julio y ; CONSIDERANDO: Que la interrupción del servicio que abarcó los barrios Don Bosco, Standard Sur, Centro y Norte de Km. 8, Restinga Ali, Caleta Córdova y Km. 5 se produjo entre las 20:30 del sábado 23 y la 01:30 del domingo 24 de julio del corriente año; Que desde la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, no se informó a la fecha de esta Resolución, sobre las causas que provocaron el corte de energía; Que varios vecinalistas de la zona norte manifestaron su preocupación por la inseguridad que experimentaron al permanecer tantas horas completamente a oscuras; Que atento que la naturaleza del reclamo de los vecinos potencia una situación de riesgo para un gran sector de la comunidad comodorense, la Defensora Adjunta resuelve iniciar de oficio la presente actuación, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: 84 LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0300/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ prolongado corte de luz afectó a barrios de la zona norte de la ciudad”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 029/11 85 COMODORO RIVADAVIA, 01 de Agosto de 2011 VISTO: La preocupación de un grupo de personas integrantes de las organizaciones comunitarias del Barrio Quino Costa por la crítica situación que estaría padeciendo una vecina de 70 años, pensionada de PAMI y; CONSIDERANDO: Que la secretaria de la Biblioteca Obispo Jaime de Nevares en nombre de las organizaciones del mencionado barrio, mediante un correo electrónico obrante a fs. 02, puso en conocimiento de la Defensoría del Pueblo de las dificultades que presenta la adulta mayor, Azucena Virginia Lesnik al vivir rodeada de personas alcohólicas que se acercan a su precaria vivienda atento su condición de discapacidad; Que la Defensora del Pueblo Adjunta, en respuesta al e- mail recibido solicitó a la representante barrial, que se efectúe ante la Defensoría Adjunta una presentación formal a efectos de dar cumplimiento al artículo 19° de la Ley V N° 81; Que en razón de la decisión tomada por las organizaciones del Quirno Costa de convocar a una reunión en la Sede Vecinal del mencionado barrio para exponer públicamente la situación de la señora Azucena Leznik, la Defensora del Pueblo Adjunta estima necesario a los efectos de garantizar la atención que PAMI debe brindarle a la pensionada; iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: 86 LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0302/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ organizaciones comunitarias del Barrio Quirno Costa solicitan intervención ante PAMI por la situación de riesgo que padecería una vecina de 70 años”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 031/11 87 COMODORO RIVADAVIA, 04 de Agosto de 2011 VISTO: El reclamo que formulan vecinos residentes en Barrio Presidente Ortiz, Km.5, por las dificultades que a diario se le presentan a los peatones que deben cruzar la Ruta N°1 y que pusieran de manifiesto en la nota periodística que el diario Patagónico del 03 de agosto de 2011 titulara: “Los vecinos de Kilómetro 5 piden semáforos y reductores en la Ruta 1” y; CONSIDERANDO: Que en la nota de referencia obrante a fs.01 un grupo de vecinos del Barrio Presidente Ortiz manifiesta su preocupación por el riesgo que significa cruzar la Avenida José Ingenieros (Ruta Pcial 1) en el tramo comprendido entre las rotondas ubicadas en los accesos norte y sur de esa barriada; Que el vecino XXXX XXXX recordó que hace unos meses juntaron más de 500 firmas demandando por semáforos, reductores de velocidad y controles preventivos de tránsito en el tramo en cuestión y que la Asociación Vecinal elevó ese reclamo al Municipio de la ciudad, pero que, a la fecha las respuestas no llegaron; Que la situación que exponen los vecinos es crítica y peligrosa y que especialmente afecta a los alumnos que concurren a los establecimientos educativos del barrio en los respectivos horarios de entrada y salida; Que deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de las personas que transitan y/o cruzan la Avenida Ingenieros que, desde los organismos competentes se intervenga en forma inmediata; 88 Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0304/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ vecinos de Km.5 reclaman semáforos, reductores de velocidad y controles preventivos de tránsito sobre la Ruta 1”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 032/11 89 COMODORO RIVADAVIA, 05 de Septiembre de 2011.VISTO: Las denuncias que adjudicatarios policiales de las 72 Viviendas ubicadas en el Barrio Próspero Palazzo, realizaron ante el Delegado del Instituto Provincial de la Vivienda en Comodoro Rivadavia en el trascurso de una reunión desarrollada en el Casino de Oficiales y ; CONSIDERANDO: Que un periodista del diario Patagónico cubrió la reunión convocada por el personal policial que habita el mencionado plan y detalló en la nota obrante a fs. 01, de los actuados las quejas que los adjudicatarios plantearon ante el delegado del I.P.V., Don Juan Perón; Que los vecinos reclamaron pérdidas en los baños, caídas del revoque, graves problemas en el sistema de la red cloacal, incumplimiento en el compromiso de acondicionar la casa 9 a la accesibilidad de una niña discapacitada, entre otras falencias; Que asimismo los adjudicatarios manifestaron sentirse sorprendidos por el costo de la cuota de la casa, que se abona por débito automático del sueldo y expresaron que los mil pesos que abonan, es muy elevado para el sueldo del efectivo policial que no supera los $4000 de bolsillo; Que la constructora que edificó las casas quebró y nadie se hizo responsable de las falencias, ni el jefe de obra que según los damnificados sería el actual Secretario Municipal de Obras Públicas, Arq. Maximiliano López; Que ante la serie de reclamos expuestos al I.P.V., el Comisario Antonio Zúñiga, presente en la reunión, se comprometió a que el área de servicio social, elabore un acta con la firma de los adjudicatarios; 90 Que atento que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) establece para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a esclarecer los hechos denunciados; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0312/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ vecinos del barrio policial de Próspero Palazzo denuncian fallas edilicias”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 038/11 91 COMODORO RIVADAVIA, 05 de Septiembre de 2011.VISTO: La publicación periodística del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia titulada: “Temor por el tránsito de camiones con explosivos en la zona céntrica” y; CONSIDERANDO: Que a fs. 01, obra la nota publicada el 5 de septiembre de 2011, mediante la cual el periodista manifiesta que en las últimas semanas numerosos vecinos se comunicaron con Defensa Civil para consultar respecto al paso de estos vehículos por pleno centro de la ciudad; Que los camiones que ingresan a la ciudad por el Módulo Norte policial ubicado en la intersección de las Rutas 3 y 39 son controlados por Gendarmería Nacional y a partir de ahí las unidades son acompañadas por móviles de Defensa Civil hasta la rotonda ubicada en las Rutas 3 y 26; Que el seguimiento que realiza Defensa Civil no está legislado y que el organismo municipal realiza el acompañamiento a efectos de señalizar y alertar a automovilistas y peatones la presencia de los camiones en cuestión, puntualizando que se evita el ingreso a la ciudad en horario de salida de los chicos de la escuela y que el paso está habilitado exclusivamente de las 6 (seis) hasta las 21 (veintiuna); Que a Defensa Civil sólo se le avisa el paso de camiones con explosivos, pero no con otras sustancias peligrosas, entre ellas las radiactivas y corrosivas; Que se hace necesario avanzar en el proyecto del “camino de circunvalación” a efectos de descomprimir el tránsito en la zona céntrica permitiendo que vehículos con cargas peligrosas eviten el paso por las principales avenidas de la ciudad; 92 Que la temática planteada debe preocupar y ocupar al Estado Municipal y Provincial porque atenta contra la seguridad de la población; Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema;; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0311/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ preocupa el transporte de sustancias peligrosas en la zona céntrica de la ciudad”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 037/11 93 COMODORO RIVADAVIA, 13 de Septiembre de 2011 VISTO: La publicación periodística del diario Patagónico del 12 de septiembre de 2011 titulada “Los jubilados le reclaman a PAMI más especialistas y menos esperas” y CONSIDERANDO: Que en la nota de referencia obrante a fs. 02 se pone de manifiesto que las quejas de los afiliados de PAMI por la calidad de la prestación médica es una constante desde hace varios años en Comodoro Rivadavia; Que los abuelos demandan una mejor atención que se traduzca en más especialistas en diversas áreas y en disminuir los tiempos de espera tanto para obtener un turno como para aguardar una consulta; Que atento la disponibilidad de camas (42 en el Hospital Alvear) que obliga a implementar un sistema de altas tempranas; debiera instrumentarse como en Puerto Madryn un programa de cuidados progresivos que contemple un trabajo en equipo de los médicos, permitiendo eliminar así los sectores para facilitar la ubicación de los pacientes de acuerdo a sus condiciones y patologías; Que el referente de la Federación de Jubilados de Chubut, XXXX XXXX sostiene que, si bien debe reconocerse que muchas cosas mejoraron en los últimos años, aún hay mucho por hacer; Que el señor Quinteros también manifiesta que es imprescindible disponer de una unidad de traslado para los casos complejos y responder al pedido de los médicos de cabecera y de especialistas que reclaman la actualización del valor de la cápita y los pagos adeudados; 94 Que los jubilados residentes en Comodoro Rivadavia cuestionan el sistema de atención al público que brinda PROSATE en San Martín y Saavedra… “somos cerca de 20 mil beneficiarios y sólo disponen de tres empleadas…”; Que debería evaluarse el funcionamiento de las gerenciadoras como intermediarias entre los jubilados y la obra social PAMI, atento que los afiliados viven permanentemente “un calvario” y “trabajar una política clara que solucione estos problemas”… concluye Mario Quinteros; Que ante las presuntas irregularidades en que estarían incurriendo tanto PAMI como PROSATE (programa de Salud de la Tercera edad) y en resguardo del derecho de las personas de la 3ra edad a recibir atención médica adecuada; corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (antes N°4518). POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0314/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ los jubilados le reclaman a PAMI mejoras en la atención”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 039/11 95 COMODORO RIVADAVIA, 15 de Septiembre de 2011.VISTO: Las publicaciones periodísticas de los diarios “Crónica” y “Patagónico” que en el día de la fecha titularan respectivamente: “Derrame con agua de producción afectó tierras próximas al Predio Ferial” y “Se rompió una cañería en la Planta Deshidratadora de Y.P.F.” y ; CONSIDERANDO: Que en la nota obrante a fs.02 el periodista del diario Crónica manifiesta que alrededor de las 06 (seis) de la mañana de ayer se produjo un derrame de agua de producción, conteniendo alrededor de un 1% de hidrocarburos, que afectó una amplia superficie desde la Planta Deshidratadora de Y.P.F. hasta cercanías del Predio Ferial; Que el incidente fue dado a conocer por la operadora, quien se ocupó desde temprano en trabajar en la recuperación de las tierras afectadas a través de los “camiones chupa” de distintas empresas con colaboración de diversas cuadrillas de operarios; Que el Director General de la Comarca Senguer- San Jorge de la Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental del Ministerio de Ambiente de la Provincia del Chubut, tomó conocimiento de la situación y efectuó un recorrido por la zona afectada, monitoreando las tareas de recuperación; Que el derrame se habría producido por un problema en la bomba impulsora de la planta y que unos 75 metros cúbicos de agua de producción con un 1% de hidrocarburo habría afectado 1600 metros cuadrados de superficie; Que el Director de la Comarca Senguer- San Jorge manifestó que desde el Ministerio se realizará una inspección diaria sobre la tarea hasta que se logre el saneamiento total del sector afectado; 96 Que en la nota del diario Patagónico obrante a fs. 04 se destaca que el Secretario de Gobierno y Función Pública de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, Dr. Jorge Echelini informó que la Municipalidad de la ciudad intervino a través de la Subsecretaría de Ambiente enviando inspectores para constatar el hecho junto a personal de Defensa Civil que ayudó en las tareas de contención y limpieza; Que el artículo 109° de la Constitución Provincial prevee el derecho de los ciudadanos a un ambiente que asegure la dignidad de su vida y su bienestar; Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 31° establece que el Municipio debe procurar para los vecinos un ambiente sano y equilibrado y proteger el ecosistema humano, natural y biológico, y en especial el aire, el agua, el suelo y el subsuelo, eliminando o evitando todos los elementos contaminantes no aceptables que puedan afectarlo; Que ante las presuntas irregularidades en que habría incurrido la empresa y en resguardo del derecho de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano, corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (antes Ley N°4518) POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0315/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame con “agua de producción” afectó tierras próximas al Predio Ferial”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 040/11 97 COMODORO RIVADAVIA, 27 de Septiembre de 2011.VISTO: Que los médicos cirujanos del Hospital Regional de la ciudad de Comodoro Rivadavia vienen desplegando desde el pasado mes de agosto un plan de lucha por reclamos salariales que afecta la salud de las personas que tienen programadas diversas intervenciones quirúrgicas y ; CONSIDERANDO: Que la situación conflictiva que generaron los cirujanos del hospital en las últimas semanas del mes en curso fue difundida ampliamente por los distintos medios de comunicación escritos, orales, televisivos y digitales de la ciudad, atento que las medidas adoptadas por estos profesionales de la medicina están ocasionando un fuerte impacto en una franja muy sensible de la población; Que las diversas notas periodísticas de los diarios Patagónico y Crónica obrantes a fs. 01/05 refieren a que el conflicto que los cirujanos del Hospital mantienen con la Secretaría de Salud de la Provincia pareciera no tener retorno, sobre la base de que las cuestiones salariales comprometen el presupuesto futuro, por lo que el tema debería ser abordado con las autoridades electas; Que en la nota del diario Patagónico obrante a fs.03 se informa que el personal de enfermería y de servicios representados por la Asociación de Trabajadores del Estado analizará mañana en asamblea si inicia un plan de lucha en reclamo de mejoras salariales y laborales en consonancia con los cirujanos; Que ante la gravedad y la complejidad de la situación descripta in supra deviene necesario que los estamentos involucrados trabajen para garantizar la atención integral de la salud de los pacientes que concurren al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia; 98 Que atento que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°,14° y ccs. de la Ley V N° 81 establecen para esta Defensoría del Pueblo; corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer los hechos; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0317/11 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ medidas de fuerzas de los cirujanos del Hospital Regional afectan la salud de la población”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 042/11 99 RAWSON, 28 de Septiembre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2751/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas edilicios en el Barrio Constitución de la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación efectuada en el Diario El Chubut, Sección Regional de fecha 23º de septiembre junio del corriente año, en la que bajo el título “Nos ataron los caños con alambre y las viviendas se inundan”, se da cuenta de los varios inconvenientes que vienen sufriendo los vecinos del Barrio Constitución de la ciudad de Trelew, debido a las tareas de reparación y mejoramiento efectuadas por una empresa constructora privada, en el marco de un programa lanzado por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut y que cuenta con el aval del Municipio de dicha ciudad; Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los episodios denunciados en el Diario El Chubut, Sección Regionales de fecha 23º de septiembre del año 2011. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 142/11.100 RAWSON, 03 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2757/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos de la calle María Humpreys de la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos reclamos de vecinos de la ciudad de Trelew, que viven en la calle María Humpreys a la altura de la calle Moreno, quienes dan cuenta de los varios inconvenientes que vienen sufriendo los vecinos del lugar debido a los trabajos que fueron realizados por la empresa Forever Pipe, contratada por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Ltda., para realizar tareas de mejoramiento en la red cloacal. Debido a estas obras, la apertura del pavimento que hasta la fecha no ha sido reparado, los vecinos se han visto enormemente afectados por la rotura de cristales de sus viviendas y vehículos, por la presencia de canto rodado extraído y el transito permanente en el lugar; Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a solucionar los episodios denunciados por los vecinos de la ciudad de Trelew. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 148/11.101 RAWSON, 03 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2759/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos por la falta de rampa de acceso para discapacitados en el edificio de Jefatura de Policía de la Provincia de Chubut en la ciudad de Rawson” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos reclamos de vecinos de la ciudad de Rawson, quienes dan cuenta de la falta de una rampa para el acceso de discapacitados motrices en el edificio donde funciona la Jefatura de la Provincia del Chubut, ex hotel Provincial, violando así la normativa provincial vigente que establece y garantiza el acceso a edificios públicos para las personas con algún tipo de discapacidad motriz; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 147/11.102 ESQUEL, 05 de OCTUBRE de 2011.VISTO: La situación que se ha hecho pública por medios de información radiales, televisivos y gráficos, y de consulta en esta Defensoría del Pueblo, sede Esquel, respecto del reclamo de vecinos de la Ciudad de Esquel y del Paraje Las Golondrinas en Lago Puelo de que se estarían realizando obras para la colocación de antenas telefónicas no autorizadas, CONSIDERANDO: Que, respecto del reclamo en Esquel, un grupo de vecinos domiciliados en la intersección de Rivadavia y Guido Spano se percataron de la construcción de una base de importantes dimensiones donde se asentaría una de las antenas de 24 metros proyectadas para implementar una red de cobertura de Telefónica de Argentina S.A., para llevar el servicio de telefonía fina e Internet a numerosos sectores que no cuentan con ellos. Que, sin embargo, las obras iniciadas por una empresa subcontratista de Telefónica, no tenía los permisos municipales correspondientes, tal como lo admitieron desde el sector de la Secretaría de Obras Públicas, tomando conocimiento a través de la presentación de la nota suscripta por 30 personas de los barrios Güemes y Zabaleta. Que, temerosos de poder ser afectados por ondas perjudiciales para la salud y por la contaminación visual que implicaría una torre de esta envergadura, pidieron la reubicación de la antena. Que la preocupación textualmente manifestada por un representante de los vecinos dice: “… más que nada tenía que ver con la necesidad de saber si las antenas iban a emitir ondas ionizantes o no ionizantes, no somos expertos pero nos explicaron que hay antenas que emiten ondas de telefonía celular ionizantes perjudiciales para la salud y otras que no. Aparentemente estas antenas iban a emitir ondas no ionizantes, pero todo aparentemente porque nadie tenía ningún tipo de información. Y ahora nos 103 informaron que la empresa va a colocar los dispositivos para mejorar el servicio en Esquel a través de antenas preexistentes»…”. Que en este mismo sentido han mostrado preocupación y hecho las presentaciones respectivas ante el Municipio de Lago Puelo y su Concejo Deliberante los vecinos del Paraje Las Golondrinas al detectar que se estaba instalando una antena sin autorización previa. Que estos vecinos también reclaman falta de información sobre el tipo de antenas y sus posibles efectos en cuanto a la salud, dado la cercanía de las viviendas de algunos de ellos a la antena a instalar. Que el municipio intimó a la Empresa a la presentación de la documentación pertinente en un término de 48 hs., pero los vecinos están dispuestos a tratar de impedir la continuidad de la obra hasta tanto no tengan la información solicitada. Que por los hechos descriptos precedentemente, la Defensoría del Pueblo, sede Esquel considera la necesidad de que la Empresa Telefónica de Argentina S.A. informe sobre el plan de obras a realizar en esta región cordillerana de la Provincia del Chubut, describiendo tipo y cantidad de antenas y equipos a colocar, su ubicación geográfica, alcances en cuanto a la afectación de la salud, si cumplen con las normativas internacionales de la OMS (Organización Mundial de la Salud), y todo otro dato que fuere esencial, en cumplimiento con las prescripciones Constitucionales y las leyes especiales que amparan los Derechos de Lealtad Comercial, del Consumidor, de Medio Ambiente y Salud, entre otras. Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo, dado que la situación afecta a ciudadanos de la Ciudad de Esquel y de la Comarca Andina en el Municipio de Lago Puelo, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V, Nº 81 ( antes Nº 4518); POR ELLO 104 LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0762-11-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/ intervención ante Telefónica de Argentina S.A por instalación antena en Esquel y Comarca Andina.” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 022-11-E 105 RAWSON, 06 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2764/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Suspensión de los vuelos comerciales a la Provincia del Chubut” y; CONSIDERANDO: Que es de público y notorio conocimiento las constantes suspensiones que se vienen sucediendo en la prestación de los servicios de vuelos comerciales con destino a la ciudad de Trelew, en virtud que las empresas prestatarias del servicio justifican que las mismas se deben a la presencia de ceniza volcánica en suspensión, fenómeno metereológico ocasionado por la erupción del volcán Puyehue en el sur de la República de Chile afectando la región patagónica argentina, como así también es el de la imposibilidad de arribar a la ciudad por la presencia de humedad en la pista de aterrizaje local; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. RESOLUCION DPCH Nº 150/11.106 ESQUEL, 11 de OCTUBRE de 2011.- VISTO: La inquietud traída a esta Defensoría del Pueblo, sede Esquel, por ciudadanos que se encuentran, por diferentes causales, en situación de ocupantes informales de distintos inmuebles, y que solicitan se les conceda el permiso provisorio de conexión de energía por parte de los municipios; CONSIDERANDO: Que, en la actualidad, el servicio de energía eléctrica es considerado jurisprudencialmente como un Derecho público esencial que garantiza la mejor calidad de vida y la salud de las personas, amparado constitucionalmente, considerado dentro de los derechos humanos, y que no afecta en modo alguno el derecho a la propiedad privada –también con amparo constitucional-, por lo que tampoco crea derechos de los ocupantes respecto de ella. Que, es también fundamento del criterio jurisprudencial el hecho que un inmueble sin servicio eléctrico y habitado por un grupo familiar que se ve obligado a utilizar otros medios para proveerse mínimamente de luz, como velas, lámparas a gas, kerosene, etc.; corre potencialmente un riesgo mayor de que se produzca un siniestro por incendio, concluyendo en tal sentido, que es, entonces, también una medida protectora de la propiedad y de la salud de las personas, ante la eventualidad de este tipo de situaciones. Que, a efectos de una comprensión más acabada sobre la concepción jurídica actual del derecho de las personas -con situaciones de ocupación irregular o ilegal-, a contar con el servicio de energía eléctrica, existen numerosos fallos sobre el tema de nuestra Provincia del Chubut entre los que se pueden mencionar: “CAYUPÁN, CESAR JAVIER y otra c/COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIO ELÉCTRICO Y 107 OTROS SERVICIOS PÚBLICOS CORCOVADO LTDA s/AMPARO” (Expte. Nº 216/05) que tramitara ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esquel; “PAYALEF, MARÍA ELENA c/ COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CONSUMO Y VIVIENDA LTDA., TW s/acción de Amparo” (Expte. Nº 16-fº 54-año 2000-Let´a155); “DE LUCIA, DANIEL EDUARDO c/COOP. DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS Y VDA. DE PTO. MADRYN s/ Acción de Amparo” (Expte. Nº 19.642 – año 2004); “PAILLALAF, CARLOS ALBERTO Y OTRA c/COOPERATIVA ELECTRICA DE TRELEW s/sumarísimo” (Expte. 170, Folio 65, Año 1997, Lera 51721. Que, en el entendimiento entonces, que la conexión al servicio de energía eléctrica es un derecho esencial para la calidad de vida y la salud de las personas, esta Defensoría del Pueblo promueve estas gestiones con el fin de articular las acciones necesarias -alternativas a la promoción de acciones judiciales excepcionales como la acción de amparo-, atento los antecedentes jurisprudenciales existentes sobre el tema. Que, esta concepción ha sido así entendida en otros casos similares por la Municipalidad de Esquel, por la misma Cooperativa 16 de Octubre LTDA, por Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, y otras Cooperativas y municipios quienes, a fin de evitar la judicialización de los casos que pudieren surgir, y ante la gestión de esta Defensoría del Pueblo, han resuelto expedir certificados de permiso de conexión en forma provisoria, mientras se resuelvan los conflictos respecto de la ocupación de los inmuebles por las vías legales que correspondan. Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo, dado que la situación afecta a numerosos ciudadanos de la Ciudad de Esquel y de la zona de competencia territorial de esta sede Esquel, que se encuentran como ocupantes informales, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V, Nº 81 ( antes Nº 4518); POR ELLO 108 LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0763-11-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/permisos provisorios de conexión de energía eléctrica.” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 023-11-E 109 RAWSON, 18 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2774/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas con los servicios de Internet y de Movistar brindados por la empresa Telefónica de Argentina S.A.” y; CONSIDERANDO: Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que viven en las ciudades de Trelew, Rawson y Puerto Madryn, y que son usuarios de los servicios de Internet domiciliaria y de Movistar prestados por la Empresa Telefónica de Argentina S.A. manifestando que ambos servicios se encontraban caídos sin poder conectarse para su utilización normal durante la tarde del día 17 de octubre de 2011; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 157/11.110 RAWSON, 20 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2775/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas con el servicio de Movistar brindado por la empresa Telefónica de Argentina S.A.” y; CONSIDERANDO: Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que viven en las ciudades de Trelew, Rawson y Puerto Madryn, y que son usuarios del servicio de Movistar prestado por la Empresa Telefónica de Argentina S.A. manifestando que el servicio se encontraba caído sin poder conectarse para su utilización normal durante la tarde del día 19 de octubre de 2011; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 159/11.111 RAWSON, 27 de Octubre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2781/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas con la red cloacal de la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos llamados de vecinos del barrio Menfa de la ciudad de Trelew, en referencia a los constantes problemas de los sistemas cloacales que se ven colapsados, originando ello desbordes que afectan a las personas que viven en el lugar; Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática ut supra expresada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 176/11.112 RAWSON, 02 de Noviembre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2782/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas con el suministro de agua potable en la localidad de Puerto Pirámides” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos llamados de habitantes y turistas de la localidad de Puerto Pirámides por la falta de suministro de agua potable para consumo humano, originando ello numerosos problemas para desarrollar con normalidad las actividades cotidianas en el lugar; Que con fecha 5 de octubre de 2011 el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut realizó una gestión informal en referencia a la temática planteada, y se comunicó con el Subsecretario de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, Ing. Nelson Williams, quien informó que desde ese organismo a su cargo se viene trabajando arduamente para dar una solución al problema que aqueja a esa localidad; Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática ut supra expresada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 179/11.113 ESQUEL, 15 de NOVIEMBRE de 2011.VISTO: El planteamiento de malestar de vecinos de esta Ciudad de Esquel en medios gráficos, y que han sido también motivo de consulta en esta Defensoría del Pueblo, sede Esquel, respecto de que algunas llamadas de emergencia a las líneas gratuitas del Comando Radioeléctrico de Esquel, los números 101 y 911, son derivadas a Neuquen u otras localidades del País; CONSIDERANDO: Que, la Policía de esta Provincia de Chubut atribuye a las compañías de telefonía celular el inconveniente que se viene suscitando en numerosos casos al tratar el usuario de comunicarse a las líneas gratuitas del Comando Radioeléctrico de Esquel. Que, hasta el año pasado los llamados al 101 realizados por clientes de Claro terminaban siendo derivados automáticamente a la delegación policial de Puerto Madryn y a su vez, los llamados de los clientes de Claro en Puerto Madryn terminaban siendo transferidos a Esquel, donde un agente de policía era quien intentaba derivar el alerta a la Ciudad balnearia. Que, en la actualidad, para sorpresa del cliente, en algunos casos las llamadas de Esquel son derivadas a la Ciudad de Neuquén u otras localidades del país. Que el Comisario Mayor señor Juan Carlos Espíndola, Jefe de la URE de Policía, expresó en medios de comunicación que cuando un ciudadano marca el 101 o el 911, tiene que estar programado para comunicar situaciones de emergencia a la Policía, pero que se han encontrado con la dificultad de la derivación de algunas de las llamadas a diferentes puntos del País por parte de las Empresas de Telefonía móvil, Claro, Movistar, Personal. Que desde la Jefatura del Comando Radioléctrico han enviado una nota a la empresa y que la respuesta fue que es el propio cliente el que tiene que reclamar a la 114 Empresa correspondiente. Que, en el entendimiento de la importancia del tipo de comunicación a la que se accede a través de estas líneas que son para informar, requerir, y/o denunciar situaciones de emergencia y urgencia de los Ciudadanos de nuestra Ciudad con el servicio de seguridad brindado por la Policía del Chubut, es esencial el análisis por parte de las prestadoras de servicio de telefonía celular a fin de arbitrar las medidas necesarias para solucionar el inconveniente que suscitan las derivaciones de las llamadas a otros puntos del País, eximiendo al cliente de ser quien deba realizar el reclamo en forma personal por cada llamada incorrectamente derivada. Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo, dado que la situación afecta a numerosos ciudadanos de la Ciudad de Esquel, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V, Nº 81 ( antes Nº 4518); POR ELLO LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0776-11-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/ intervención ante Empresas de Telefonía móvil, respecto de las derivaciones a distintos puntos del País de alguna de las llamadas de emergencia del 101 y 911.” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 029-11-E 115 RAWSON, 27 de Diciembre de 2011.VISTO: La Actuación Nº 2804/11 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas con la iluminación de la costa de Playa Unión” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación efectuada por el Diario El Chubut, Sección Rawson de fecha 26 de diciembre de 2011, en la que bajo el título “La costa de Playa Unión estuvo sin iluminación en Nochebuena y Navidad”, donde se pone de manifiesto que en las noches de los días 24 y 25 de diciembre la iluminación del sector costero del balneario de Playa Unión no funcionó, originando el reclamo de vecinos que expresaron su preocupación en este organismo a mi cargo, respecto de la seguridad por la oscuridad en que se encontraba la zona; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática ut supra expresada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 192/11.116 ESQUEL, 04 de ENERO de 2012.VISTO: Las manifestaciones en medios de difusión, y mediante consulta en esta sede de la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut de adjudicatarios del Barrio Asociación de Empleados de Salud de esta Ciudad de Esquel, respecto de la situación de la falta del servicio de gas natural en las treinta viviendas de dicho barrio entregadas por el IPV y DU, CONSIDERANDO: Que a fines del mes de Noviembre/11, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut (IPV y DU), a pedido de los beneficiarios y a pesar de no tener habilitado el suministro de gas natural hizo la entrega formal de las primeras 30 casas del plan habitacional de la Asociación Empleados de la Salud. Que, según el Delegado zonal del IPV y DU de Esquel, señor Raúl Piva, el planteo de los vecinos era que tenían la necesidad de ocupar sus viviendas por varios motivos y principalmente por temor a que fueran ocupadas ilegalmente. Que, sin embargo el Delegado reconoció -en manifestaciones realizadas al Diario Chubut-, que desde el IPV «…todavía no sabemos cuándo van a tener servicio de gas y ellos tampoco, vamos a seguir acompañándolos en la gestión correspondiente al pedido de habilitación del servicio y estuvieron de acuerdo con eso…». Que también advirtió que desde el organismo provincial la obra estaba terminada como corresponde, con la red construida por el IPV y DU y ya transferida a Camuzzi Gas del Sur S.A., con gas en la tubería, y que no sabían hasta cuando iban a seguir sin gas las viviendas adjudicadas. Que, por otro lado precisó que «…Camuzzi nos entregó una nota en febrero, diciendo que el suministro del gas estaba supeditado a la terminación de una obra que 117 están construyendo en Gobernador Costa, una planta compresora que tendría que haber estado terminada en junio. De febrero a junio pensamos que no debería haber problema y seguimos con la obra pero a la fecha esa obra que no depende de nosotros, que está a cargo de una empresa contratada por Emgasud, no terminó la obra y no podemos tener a la gente de rehén esperando que termine la obra, la decisión política es adjudicar las viviendas a cada vecino y seguir con el trámite que estábamos haciendo para que esas familias tengan gas…» Que, por ser la problemática presente una cuestión que afecta a un grupo de adjudicatarios de viviendas del IPV y DU, atinente a la falta del servicio de gas natural, corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518); POR ELLO LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT A CARGO RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0789-12-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/ solicita informes sobre el otorgamiento del servicio de gas natural a adjudicatarios del Barrio de la Asociación de Empleados de Salud de la Ciudad de Esquel, Chubut” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 002-12-E 118 ESQUEL, 06 de ENERO de 2012.- VISTO: La situación respecto de la falta de combustible en la Ciudad de Esquel y otras Ciudades y localidades de la Provincia del Chubut que se ha suscitado desde los últimos días del año 2011 y hasta la fecha; CONSIDERANDO: Que la falta de combustible en esta época del año en que comienzan las vacaciones afecta sensiblemente a la población en general dado que se genera una mayor circulación automovilística de particulares con fines turísticos, y una intensificación en las actividades comerciales, industriales y de las empresas de transporte público, de taxis y remises entre otros. Que debido a esta situación se han estado formando improvisadas filas de automóviles que se han llegado a extender por un kilómetro a la redonda de las estaciones de servicio. Que por tal motivo también muchos ciudadanos de la Provincia han cancelado sus vacaciones a otros destinos de la región o del País. Que evidentemente esto causa un perjuicio para el movimiento económico que deriva de la industria del turismo y que este efecto es extensivo a otras actividades industriales y productivas de esta Provincia y de la Argentina toda. Que, en razón de ello desde diferentes sectores de la ciudadanía y del Estado Provincial se ha concluido que sería esencial el aumento de los cupos de combustibles entregados por las petroleras a las expendedoras de combustible de la Ciudad de Esquel y el resto de nuestra Provincia del Chubut, 119 Que, por ser la problemática presente una cuestión que afecta a la mayoría de los ciudadanos de la Provincia del Chubut, atinente a la falta de combustible líquido para los automotores, corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518); POR ELLO LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0790-12-E, caratulada “DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/ falta de combustible en las expendedoras de la Ciudad de Esquel y otras Ciudades y localidades de la Provincia del Chubut” Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales e informales que resulten necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 003-12-E 120 RAWSON, 13 de Enero de 2012.VISTO: La Actuación Nº 2810/12 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas en el suministro de energía en la ciudad de Rawson” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos reclamos recibidos en este organismo a mi cargo, que dan cuenta de los serios inconvenientes que vienen sufriendo los vecinos de la ciudad de Rawson y del balneario de Playa Unión, a raíz de los cortes en el suministro de energía eléctrica que se han producido en los últimos días; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los hechos ut supra enunciados.. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 002/12.121 RAWSON, 06 de Febrero de 2012.VISTO: La Actuación Nº 2817/12 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Reiterados hechos delictivos a turistas en la ciudad de Trelew” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación efectuada por el Diario El Chubut, Sección Policial de fecha 28 de enero de 2012, en la que bajo el título “Desvalijan a turistas suizos en pleno centro de Trelew”, como así también numerosos reclamos telefónicos de vecinos del lugar, donde ponen de manifiesto una serie de hechos delictivos y acaecidos en las inmediaciones del Museo Paleontológico Edigio Feruglio de la ciudad de Trelew, y donde los afectados y comerciantes solicitan una mayor presencia en el lugar de efectivos policiales; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 004/12.122 RAWSON, 06 de Febrero de 2012.VISTO: La Actuación Nº 2818/12 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Mal estado de la calzada de la Ruta Provincial Nº 25, tramo Trelew – Las Chapas” y; CONSIDERANDO: Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos llamados de habitantes de las localidades del valle inferior del Río Chubut, como así también de turistas que circulan por la ruta provincial Nº 25, quienes reclaman por el mal estado en que se encuentra la cinta asfáltica de la mencionada ruta en el tramo comprendido entre la ciudad de Trelew y el paraje de Las Chapas. La ruta presenta gran cantidad de baches con sus banquinas en muy mal estado, y como así también la falta de pintado de la señalización de la misma; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la problemática ut supra expresada. Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el trámite de la presente. Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 003/12.- 123 COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO: La nota periodística del diario Patagónico del 11 de enero de 2012, titulada “Por aparente falta de mantenimiento un pozo de YPF derramó petróleo en Castelli” y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs. 02 el derrame se produjo al mediodía del martes diez de enero del corriente año por rotura de un puente de producción ocasionado tras la voladura de uno de los cercos perimetrales del aparato de bombeo que impactó en la cañería y empezó a verter crudo; Que el Subsecretario de Ambiente de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, Fabián Suárez acompañado de otros funcionarios municipales, anoticiados del accidente a través del Ministerio de Ambiente de Chubut (que recibió la noticia) se hicieron presentes inmediatamente en el lugar y pudieron constatar el derrame que se observa en la fotografía del diario obrante a fs. 01; Que transcurrido un tiempo prudencial también se acercaron al lugar en cuestión referentes de la cartera provincial de incumbencia y posteriormente enviados de la operadora; Que labradas las actas correspondientes que serían elevadas al Tribunal de Faltas para evaluar sanciones, se solicitó la urgente reparación y remediación del pozo como asimismo los operarios de YPF detuvieron la producción; Que el representante del Ministerio de Ambiente de la Provincia del Chubut refirió a la presunta negligencia de la empresa y pidió que se maximicen los esfuerzos para impedir este tipo de accidentes manifestando que el Estado pondrá énfasis en el control de la actividad que se desarrolla en el ejido urbano; 124 Que el artículo 41° de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes gocen del derecho a un ambiente sano y equilibrado imponiendo por su parte un deber jurídico de todos los ciudadanos de preservarlo, obligación que le corresponde al Estado Nacional, Provincial y Municipal; Que por su parte el Art. 109° de la Constitución Provincial, también prevée el derecho de los ciudadanos a un ambiente que asegure la dignidad de su vida y su bienestar; Que en consecuencia corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema y constatar las tareas de remediación que se hubieren realizado; todo en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0319/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame de petróleo en cercanías de viviendas del barrio Castelli”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 002/12 125 COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO: Que el diario Patagónico del 26 de enero de 2012, publicó en su tapa la fotografía de un campo que, ubicado a unos treinta kilómetros de la ciudad de Comodoro Rivadavia, muestra un considerable derrame de petróleo y; CONSIDERANDO: Que a fs. 02 de los actuados, puede leerse “Un yacimiento de CAPSA sufrió un derrame en Manantiales Behr”, ubicando así la zona donde ocurrió el derrame reflejado en la fotografía que el diario publicó en su tapa; Que el derrame fue detectado el fin de semana anterior a la fecha de la nota periodística y que, inmediatamente, un equipo de 20 operarios tanto del área de Ambiente Provincial como de la empresa CAPSA (Compañía Argentina del Petróleo S.A.) comenzó con las tareas de remediación en la zona en cuestión; Que el Ministro de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable de Chubut, Eduardo Maza, supervisó las tareas necesarias para minimizar el impacto ambiental de un derrame de aproximadamente 60m3 de hidrocarburos el día 25 de enero, acompañado del Subsecretario de Gestión Ambiental, Ariel Gamboa; Que el derrame se produjo en Manantiales Behr y Sector 4 de CAPSA, a unos ocho kilómetros del casco urbano de Diadema Argentina (barrio de la zona norte de la ciudad) y de la Ruta Provincial 39, afectando la flora del lugar; Que deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de los habitantes radicados en las proximidades del accidente y en resguardo del medioambiente que nos circunda, iniciar de oficio la presente actuación, todo ello en el marco de las atribuciones 126 conferidas a esta Defensoría del Pueblo por los artículos 1°, 14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0320/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame de petróleo en Manantiales Behr – Sector 4 de CAPSA”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 003/12 127 COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO: La publicación periodística del diario Patagónico del 01 de Febrero de 2012, titulada Jubilados denuncian el cierre de la terapia intermedia y reclaman insumos y mejoras en la atención del Hospital Alvear y; CONSIDERANDO: Que en la nota de referencia obrante a fs.01 un grupo de afiliados a la Obra Social PAMI denuncian que la falta de personal en el Hospital Alvear obligó el cierre de la terapia intermedia el 26 de enero del corriente año, obligando a los pacientes con determinadas patologías a ser redistribuidos en salas comunes o dándoles de alta; Que los afiliados XXXX XXXX, XXX XXXX y XXXX XXXX brindaron su testimonio y pidieron a las autoridades de salud que tomen medidas urgentes por la delicada situación que estaría atravesando la salud pública; Que los mencionados jubilados reclaman por insumos y mejoras en la atención del Hospital Alvear: adecuar los consultorios médicos, falta de tensiómetros, guantes de látex y elementos varios de atención primaria, cuestionando también la falta de enfermeros; Que ante las presuntas irregularidades en que estarían incurriendo tanto PAMI como PROSATE, acorde las denuncias formuladas en la nota periodística de referencia, y en resguardo del derecho de las personas de la 3ra edad a recibir atención médica adecuada; corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); 128 POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0321/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ jubilados reclaman por mejoras e insumos en el Hospital Alvear y denuncian el cierre de la terapia intermedia”. Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 004/12 129 COMODORO RIVADAVIA, 14 de Febrero de 2012.VISTO: La nota periodística del diario Crónica del 10 de Febrero de 2012 que fuera titulada “Vecinos de Palazzo viven al frente de un pozo infeccioso desde hace meses” y; CONSIDERANDO: Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs. 01 vecinos residentes del barrio Próspero Palazzo de la ciudad de Comodoro Rivadavia, se comunicaron telefónicamente con la redacción del diario para expresar su preocupación e indignación por la situación que viven quienes habitan en cercanías de una laguna que desprende olores pestilentes por los componentes que la conforman, Que de la mencionada nota se desprende que, desde hace varios meses, un grupo de vecinos de las calles Teniente Candelaria y Juan José Paso reclaman a la Sociedad Cooperativa Popular Limitada por el desborde de aguas cloacales que afectan sus viviendas; Que los vecinos demandantes manifiestan que los operarios de la empresa prestataria del servicio acuden al lugar en cuestión brindando una solución momentánea al realizar las tareas de destape, pero a los pocos días le situación se repite; Que las vecinas Estela y Yolanda, al formular declaraciones al diario Crónica hacen público el clamor de que el organismo competente trabaje en una solución definitiva y que “alguien” intervenga; Que deviene necesario a los efectos de garantizar que todos los habitantes gocen del derecho a un ambiente sano y equilibrado atento la normativas vigentes en el estado provincial y municipal; iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el 130 tema; todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0323/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ Vecinos de Próspero Palazzo preocupados por los desbordes cloacales en sus viviendas y por el estado contaminante de la laguna que circunda el sector” Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 009/12 131 COMODORO RIVADAVIA, 17 de Febrero de 2012 VISTO: Que el diario Patagónico publicó en el día de la fecha, 14 de febrero de 2012 la nota titulada “Suspenden atención en odontología porque no hay anestesia” y; CONSIDERANDO: Que en la mencionada nota obrante a fs.01 el periodista refiere a los inconvenientes que tuvieron pacientes del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia por falta de insumos; Que una de las especialidades más afectadas fue la de odontología porque por falta de anestesia no se estarían realizando extracciones y arreglos, y que solo se estarían atendiendo urgencias por guardia; Que las personas que se encontraban en el Hospital en el momento de la nota periodística dieron testimonios de situaciones que les tocó vivir con pacientes que tuvieron intervenciones sin contar con los productos necesarios por falta de recursos para adquirirlos; Que deviene necesario a los efectos de garantizar la atención adecuada de las personas que se asisten en el Hospital Regional, que desde los organismos competentes se intervenga en forma eficiente; Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema; POR ELLO: 132 LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0324/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ en el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia habrían suspendido el servicio de odontología por falta de anestesia” Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 010/12 133 RAWSON, 17 de Febrero de 2012.VISTO: La Actuación Nº 2821/12 caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut s/ Problemas en el suministro de combustibles en la Provincia del Chubut” y; CONSIDERANDO: Que en el marco de la citada actuación se han recibido numerosos reclamos telefónicos de personas que viven en distintos puntos de nuestra provincia, manifestando la notable escasez de combustibles en las estaciones de servicio, hecho que les genera preocupación atento la vital necesidad de contar con los mismos para garantizar la prestación de servicios públicos, semipúblicos y permitir el normal desarrollo de sus actividades económicas; Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518) establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a resolver la problemática planteada; POR ELLO: EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE: Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática planteada. Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada que resultare pertinente. Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el trámite de la presente actuación. Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION DPCH Nº 027/12.134 COMODORO RIVADAVIA, 22 de Febrero de 2012 VISTO: Que en el día de la fecha 16 de febrero de 2012, el diario Patagónico publica una nota titulada “La avería en un conducto de Y.P.F. con agua de purga causó un derrame” y; CONSIDERANDO: Que conforme se lee en la citada publicación obrante a fs. 01, en horas de la tarde de ayer, por causas que se tratan de establecer, se rompió una cañería que transportaba agua de purga de la Planta Deshidratadora de la operadora Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales en Comodoro Rivadavia, situada entre los barrios Rodríguez Peña y Ciudadela; Que las aguas empetroladas alcanzaron las líneas de alta tensión como puede observarse en la fotografía que ilustra la nota periodística; Que los profesionales de la empresa que inspeccionaron el lugar, indicaron las tareas a desarrollar y sobre las diecinueve horas se dispuso que una máquina topadora comenzara con las tareas de contingencia removiendo tierra y tapando el líquido derramado; Que las autoridades de la empresa procedieron a informar del incidente a los funcionarios del área ambiental del Municipio de la ciudad afectada y del Ministerio de la Provincia del Chubut manifestando que dieron inicio al proceso investigativo correspondiente para determinar las causas del hecho en cuestión; Que atento que en el transcurso del pasado mes de enero se han denunciado otros derrames de petróleo producidos en sendas instalaciones operadas por Y.P.F. S.A., deviene necesario a los efectos de garantizar la preservación, conservación, defensa y 135 mejoramiento del ambiente en el territorio provincial para sus habitantes y las generaciones futuras conforme los dispuesto en el artículo 1° del Código Ambiental de la Provincia del Chubut, que desde los organismos competentes se intervenga en forma eficiente; Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema y constatar las tareas de remediación que se hubieren realizado; POR ELLO: LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT RESUELVE Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0325/12 la que será caratulada: “Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ la rotura de una cañería de la Planta Deshidratadora de Y.P.F. S.A. provocó un derrame de agua de purga en un sector del ejido municipal de Comodoro Rivadavia” Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el trámite de la presente actuación. Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese. RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 013/12 136 DOCUMENTACIÓN FOTOGRAFICA 137 138 139 140 141 142 143 ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut Dn. Ricardo Luis Azparren Defensoras del Pueblo Adjuntas Sede Esquel Sede Comodoro Rivadavia Dra. Graciela Beatriz Casatti Sra. Ana Matilde Rojel Asesoria Legal Dr. Carlos Gustavo Cuenca Colaboradores: Mirtha Ivanna Lezcano Eurlyn Kely Evans Mauricio Rafael Huanquinahuel Flavia Ojeda Diana Vargas Mirta Delgado Martín Arpires Armando Olmos 144 Indice -Mensaje del Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut Dn Ricardo Luis Azparren a los Sres. Diputados -Actividad Institucional 3 9 1-Cantidad y tipo de quejas – Tratamiento dado a las mismas 2-Temas Abordados 3-Relaciones Institucionales -Anexo I – Actuaciones de Oficio 52 -Documentación Fotográfica 135 -Organigrama Institucional 142 -Indice 143 145