Informe Anual 2011/2012 - Defensoria del Pueblo de la Provincia

Transcripción

Informe Anual 2011/2012 - Defensoria del Pueblo de la Provincia
CONMEMORACIÓN DEL BICENTENARIO DE LA
CREACIÓN Y JURA DE LA BANDERA ARGENTINA
27 de febrero de 1812 - 27 de febrero de 2012
El día 27 de febrero de 1812, Manuel Belgrano izó a orillas del Río Paraná, en lo
que hoy es la Ciudad de Rosario, en la Provincia de Santa Fé, una bandera celeste y
blanca, la que hizo jurar a sus soldados antes de partir al frente de batalla contra las
tropas realistas en el actual noroeste argentino.
Como bien lo señala el Profesor Julián Feroni, docente de la Universidad Nacional
de Rosario e Investigador del Conicet:
“El 27 de febrero es un hecho histórico, pero también es una “fecha patria”, un
día simbólico que se conmemora año a año. La celebración del Bicentenario de la
creación de la Bandera es una excelente oportunidad para rescatar y pensar su
significado histórico, pero también el simbólico. Para lo primero debemos analizar los
hechos enmarcándolos en su propio contexto y despojarnos de cualquier preconcepto. La
reflexión sobre el sentido simbólico supone pensar nuestro papel como ciudadanos en la
comunidad.
............Esto ayuda a pensar que ese camino iniciado hace 200 años sigue en
construcción; que la historia no está determinada de antemano; que es un gran
rompecabezas colectivo. La historia de Belgrano y de la creación de la Bandera puede ser
un buen ejemplo para enfrentar un futuro a construir con fuertes ideales y convicciones.”
Desde la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut conmemoramos el
Bicentenario de la Creación y Primera Jura de la Bandera Argentina, porque es uno de
los símbolos que nos identifica como nación y nos une fraternalmente como pueblo.
Por ello, nuestra portada en este Informe Anual – 2011/2012
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DEFENSORÍA DEL PUEBLO
PROVINCIA DEL CHUBUT
INFORME ANUAL 2011 – 2012
SEÑORAS DIPUTADAS Y SEÑORES DIPUTADOS
de la PROVINCIA DEL CHUBUT:
Como lo establece la Ley Provincial V Nº 81 (antes Ley 4518) y en mi carácter de
Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut, someto a su consideración el presente
Informe Anual, que corresponde a la gestión llevada a cabo durante el período
comprendido entre el 1 de marzo del año 2011 y el 29 de febrero del año 2012.
Durante el
año 2011 se produjo la renovación de las autoridades
gubernamentales y legislativas, en nuestra provincia y en el país, tema sustancial para la
reafirmación democrática. Que los ciudadanos ejerzamos libremente el derecho a votar
resulta fundamental aunque insuficiente, si no es acompañado por instituciones sólidas y
confiables, y por una sociedad que demande a sus autoridades que actúen con
responsabilidad y que rindan cuentas de su gestión.
La Defensoría del Pueblo como organismo de la democracia, procura la
promoción de la vigencia efectiva de los derechos fundamentales, ejerciendo al mismo
tiempo su rol de colaboradora crítica del Estado y señala las deficiencias y vacíos de la
administración pública que no contribuyen a consolidar la democracia. Con ese objetivo
es que se realizan todas las gestiones necesarias para dar respuesta a las demandas de
las ciudadanas y los ciudadanos que así lo requieren, y en particular, atendiendo la
situación de las personas más vulnerables.
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Durante el período al que corresponde
el presente
Informe Anual, la
Defensoría del Pueblo realizó UN MIL CUATROCIENTAS SESENTA Y OCHO (1.468)
ACTUACIONES, de las cuales el 77%, o sea un total de
UN MIL CIENTO
VEINTISEIS (1.126), fueron tramitadas como GESTIONES INFORMALES, y
TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS (342) esto es el 23%, los casos que se tramitaron
FORMALMENTE.
Las actuaciones referidas, buscaron enfrentar los principales problemas que
aquejan a la ciudadanía, entre los que destacan las vulneraciones relacionadas con la
deficiente prestación de los servicios públicos, con las prestaciones de la seguridad social,
con la atención de la salud, el derecho a una vivienda digna, el derecho a la educación,
entre otros.
En el presente informe anual se produce una variación de las temáticas
reclamadas. En informes anteriores observábamos que la relación se mantenía sin una
variación significativa, pero en este último año los “servicios públicos” ocupan el primer
lugar en cantidad de reclamos, relegando a un segundo y tercer término las cuestiones
de la seguridad social y de la salud. Asimismo se ha observado un incremento sustancial
de la cantidad de actuaciones en un área, que sin ser específico de la Defensoría, motiva
la permanente queja, reclamo o consulta de nuestros co-provincianos, y que se refiere a
las cuestiones del derecho civil en general y defensa del consumidor.
No está de más recordar que para que actúe la Defensoría de Pueblo, se
requiere la previa intervención de la Administración Pública Provincial o la omisión de una
obligación legal o constitucional por parte de ésta o de las empresas concesionarias de
servicios públicos. No tenemos competencia para resolver conflictos entre particulares, no
podemos intervenir en relaciones horizontales entre ellos, pero sí podemos y debemos
ser una Institución que genere espacios de diálogo y solución pacífica de conflictos. Como
expresara el Dr. Alejandro Nató: “nuestra misión es abordar los conflictos antes que
lleguen a la instancia de crisis, en un sistema de alerta temprana, escuchar a los actores
y plantear soluciones integrales y pacíficas.”
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El informalismo en la manera de actuar del Defensor del Pueblo, es lo que nos
permite agilizar los procedimientos y obtener en tiempos muy breves la respuesta a la
situación reclamada o demandada. En el 87% de los casos la respuesta es positiva, o
sea, satisface tanto al que reclama o demanda como a la administración o a la empresa
que son objeto de la reclamación.
Además es preciso que resaltemos la recepción positiva de los reclamos y la
colaboración que prestan los funcionarios y empleados de los organismos provinciales,
municipales e incluso nacionales y de las empresas prestatarias de servicios públicos.
Entendemos que es mejor que el Defensor del Pueblo no tenga que emitir
recomendaciones o exhortaciones, sino que sea la propia institución reclamada la que
resuelva los reclamos presentados o que se acepte una solución amistosa.
Tomando en cuenta las distintas problemáticas, una de las prioridades de esta
Institución ha sido la de procurar una relación cercana con la ciudadanía, basada en la
confianza y en el espíritu de colaboración, que cumple un doble propósito: gestionar ante
la autoridad competente la restitución efectiva del derecho vulnerado, y lograr que cada
habitante de la Provincia se sienta escuchado, comprendido y atendido por “su” Estado.
Hemos
creado
una
página
web
(http://www.defpueblo.chubut.gov.ar) como un instrumento
de
la
Defensoría
de divulgación de las
actividades que se realizan y como un puente más de comunicación con las ciudadanas y
los ciudadanos de nuestra provincia. Debemos destacar la colaboración prestada en ese
proceso por los agentes del Sector de Sistemas Informáticos de la Honorable Legislatura
y en especial del Sr. Jorge Avendaño.
Además, por iniciativa de la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se
confeccionaron folletos con información sobre la tarea del Defensor del Pueblo, su
competencia y cómo
presentar las quejas o reclamos, los que se distribuyeron en
distintos ámbitos y fueron entregados a las personas que se acercaron a consultar.
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En el Plenario de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República
Argentina (A.D.P.R.A.), realizada en el mes de julio del año 2011 en la Ciudad de
Santiago del Estero, y con motivo de la renovación de autoridades de esa Asociación, fui
electo por cuarta vez consecutiva integrante del Consejo Directivo, en el cargo de
Tesorero en mi carácter de Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut, con mandato
hasta el mes de julio del año 2013.
En esa oportunidad, quien resultara electo Presidente de A.D.P.R.A, Dr. Carlos Bonicatto,
Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, expresó: “..Mi compromiso es la
dedicación y la búsqueda de la excelencia en esta tarea, así como la construcción de
espacios de trabajo y discusión, con el fin de fortalecer las defensorías provinciales y
ciudadanas, y el firme objetivo de posicionar a la figura del Defensor del Pueblo como
una fuente calificada de opinión en los asuntos de Estado.”
En el período de trabajo que estamos informando participamos de seminarios,
jornadas y distintos encuentros realizados en nuestra Provincia, y en otras jurisdicciones
del país, que además de permitirnos crear importantes vínculos con organizaciones y
personas, contribuyen al fortalecimiento institucional de esta Defensoría.
Como Defensor del Pueblo de la Provincia, participé el día 22 de noviembre del
año 2011 del Plenario de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República
Argentina (A.D.P.R.A.), realizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde
presenté los antecedentes correspondientes, para que a través de la Asociación se
requiriera al área de transporte de la Nación y a las autoridades de las líneas aéreas
comerciales la urgente normalización de los vuelos a la Provincia, inconvenientes que se
iniciaran a partir de la erupción del volcán Puyehue, generando un impacto negativo en el
desarrollo de todas las actividades de la Provincia.
Asimismo, participé el día 23 de noviembre de 2011, del Seminario Internacional
sobre “Elaboración y Difusión de Informes Defensoriales” a cargo del catedrático
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Guillermo Escobar, en el marco del Programa Regional de Apoyo a las Defensorías del
Pueblo de Iberoamérica (P.R.A.D.P.I.).
El día 24 de ese mismo mes, asistí al XVI Asamblea General de la Federación
Iberoamericana del Ombudsman (F.I.O.), en el marco de la cual participé del Seminario
Internacional “Erradicación de la Violencia contra las Mujeres – Avances, desafíos y
experiencias regionales”.
Quienes conformamos la Defensoría del Pueblo, la vemos como una institución
que debe aportar a consolidar una sociedad inclusiva, equitativa y sostenible, para ello es
necesario contar con una organización eficiente y eficaz, integrada por personal
altamente calificado y con vocación de servicio. Por lo que -tal como lo señalara en el
informe del período anterior- en la búsqueda de una mayor institucionalidad de esta
Defensoría del Pueblo, es necesario incrementar la planta de personal, con profesionales
y técnicos, con la capacidad de brindar las respuestas que la ciudadanía exige y se
merece.
Señalé también en el Informe del período anterior, la necesidad de dotar, a la
Sede Esquel de esta Defensoría del Pueblo, de un espacio físico propio, no compartido
con otros organismos. Con mucha satisfacción debemos informar que, desde hace unos
meses, se cuenta con una oficina en la zona céntrica de la ciudad de Esquel. Nuevas
instalaciones que redundan sin duda en la optimización de nuestra tarea.
Por ello
agradecemos a las Autoridades Legislativas que comprendieron nuestro pedido y a los
funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial, en especial la Dirección General de Bosques,
que durante mucho tiempo nos cediera parte de sus instalaciones para desarrollar
nuestra tarea.
Las grandes transformaciones requieren tiempo, pero siempre serán el resultado
del esfuerzo de personas enfocadas en el logro de una visión de país y de provincia,
inspirada en los principios y valores de la dignidad humana.
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Han pasado doce años y algunos meses desde que la Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut abrió sus puertas al público. En estos años la institución ha crecido,
ampliado sus temas de atención, fortalecido sus lazos con las organizaciones de la
sociedad civil, con las Defensorías del Pueblo de todo el país, de Iberoamérica y con
organizaciones internacionales de derechos humanos. Y todo ello con un solo fin: velar
por la protección y promoción de los derechos humanos, sobre todo los de los grupos
más vulnerables.
Quiero señalar que ese crecimiento ha sido posible gracias a la dedicación y
vocación de servicio de la totalidad de los agentes de esta Defensoría, y en particular a la
gestión de la Sra. Ana Matilde Rojel y de la Dra. Graciela Beatriz Casatti, en su carácter
de Defensoras Adjuntas, por sus cualidades profesionales y su sensibilidad social.
Tal como lo he manifestado reiteradamente en todos estos años, el compromiso
de la Defensoría del Pueblo con los habitantes de nuestra Provincia se ha mantenido
firme y constante. Nuestra labor continúa, nuestro compromiso permanece, seguiremos
bregando por hacer efectivo cada derecho de cada persona, de cada lugar de nuestro
territorio.
RICARDO LUIS AZPARREN
Defensor del Pueblo
de la Provincia del Chubut
RAWSON, CHUBUT, marzo de 2012.-
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ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
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1 - CANTIDAD Y TIPO DE QUEJAS - TRATAMIENTO DADO A LAS MISMAS
En la Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, desde el inicio de su
actividad hasta el día 29 de febrero del año 2012, se han tramitado en carácter de
ACTUACIONES FORMALES un total de TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
CUATRO (3.964).
De ese total, TRESCIENTAS CUARENTA Y DOS (342) actuaciones
corresponden al período comprendido entre el 01 de Marzo del año 2011 y el
29
de Febrero del año 2012. Cuando la Defensoría del Pueblo entiende que en virtud de
la problemática, corresponde realizar un Trámite Formal, se da
apertura a
un
expediente y se inicia la investigación de los hechos, según lo establecen los Artículos 23,
24 y ccs. de la Ley V - Nº 81 (antes Ley Nº 4518).
En el período que estamos informando, se tramitaron además como Actuaciones
Informales, UN MIL CIENTO VEINTISEIS (1.126) casos. Esta manera de actuar de
la Defensoría del Pueblo,
sin requisitos formales, nos permite dirigirnos a todos los
niveles de la Administración Pública Provincial y de las distintas empresas concesionarias
de servicios públicas - en el ámbito de nuestra competencia - sin necesidad de seguir la
vía jerárquica. Nos permite requerir informes directamente a los funcionarios, por escrito
o verbalmente, en forma personal o telefónica, utilizando el método que consideremos
más apropiado para el caso en cuestión. Además mediante herramientas tales como la
negociación o la mediación, y a través de la generación de un espacio de diálogo,
procuramos la solución efectiva y en el menor plazo posible de los conflictos planteados.
En síntesis, durante el período de este Informe Anual 2011-2012, la
Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut realizó un total de
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO (1.468)
UN MIL
actuaciones, conformadas por
actuaciones formales (342) e informales (1.126).
Se Derivaron a organismos nacionales, provinciales y municipales, NOVENTA
Y SIETE (97) casos.
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Se Rechazaron un total de
NUEVE (9) presentaciones. Respecto de las
presentaciones (quejas, reclamos, denuncias) no admitidas para su trámite, por no dar
cumplimiento a los requisitos de admisibilidad establecidos por el artículo 19 de la Ley V
Nº 81 (antes Ley Nº 4518) o por evidente incompetencia de esta Institución y luego de
ser calificadas como tal, se le brinda información a la ciudadana o ciudadano sobre las
circunstancias que motivaron la decisión, se le suministra información adicional y se lo
orienta para encauzar la solución de los problemas que hubiera planteado.
Se han dado por Concluidas y remitidas a su correspondiente Archivo,
CIENTO SETENTA Y CUATRO (174) de las Actuaciones Formales.
Como lo señaláramos en nuestros anteriores informes, en cada una de las Sedes
de la Defensoría del Pueblo se atienden diariamente una importante cantidad de
consultas telefónicas, en un número que en este período ha oscilado
entre
VEINTICINCO (25) y VEINTIOCHO (28) por día. Esta situación es significativa
porque insume un tiempo considerable de trabajo, toda vez que la respuesta que se
brinda es responsable.
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TOTAL DE ACTUACIONES FORMALES POR PERÍODO ANUAL
PERÍODO
ACTUACIONES
HASTA 15/03/04
16/03/04 al 15/03/2005
16/03/05 al 28/02/2006
01/03/06 al 28/02/2007
01/03/07 al 29/02/2008
01/03/08 al 28/02/2009
01/03/09 al 28/02/2010
01/03/10 al 28/02/2011
01/03/11 al 29/02/2012
1.212
328
269
306
346
461
349
351
342
TOTAL ACUMULADO
3.964
Gráfico del Total de Actuaciones Formales por Periodo Anual
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TOTAL DE ACTUACIONES DESDE EL 16/03/2004 AL 29/02/2012
PERÍODO
TOTALES FORMALES
INFORMALES
16/03/04 al 15/03/2005
616
328
288
16/03/05 al 28/02/2006
1.323
269
1.054
01/03/06 al 28/02/2007
1.516
306
1.210
01/03/07 al 29/02/2008
1.265
346
919
01/03/08 al 28/02/2009
1.418
461
957
01/03/09 al 28/02/2010
1.251
349
902
01/03/10 al 28/02/2011
1.440
351
1.089
01/03/11 al 29/02/2012
1.468
342
1.126
TOTAL ACUMULADO
10.297
2.752
7.545
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2 – TEMAS ABORDADOS
Teniendo en cuenta la gran diversidad de las problemáticas que se
trabajan en la Defensoría, expondremos a continuación una síntesis de las
mismas, y señalaremos los hechos que se reiteran y aquellos que consideramos
relevantes.
En el período de trabajo que estamos informando, los servicios públicos
ocupan el primer puesto en la cantidad de actuaciones realizadas, en tanto que las
cuestiones de la seguridad social y salud ocupan el segundo y tercer lugar en
cantidad de reclamos. Se ha incrementado sustancialmente la cantidad de
actuaciones que se realizaron en un área que identificamos como DERECHO DE
FAMILIA, CUESTIONES DEL DERECHO CIVIL EN GENERAL Y DEFENSA DEL
CONSUMIDOR, que no obstante no ser de específica competencia de esta
Defensoría, es muy demandada por las ciudadanas y ciudadanos, en especial en la
Defensoría Adjunta Sede Esquel.
2.1 – SALUD
Desde la perspectiva de la Defensoría del Pueblo, contribuir a la defensa y
realización de los derechos humanos requiere una comprensión integral del
derecho a la vida. Esto implica una protección amplia, que no significa únicamente
exigir al Estado que respete y no vulnere este derecho fundamental, sino que
implica además exigir a los poderes públicos que desarrollen una acción positiva
tendiente a la plena realización de este derecho.
El derecho a la vida es un requisito previo y un presupuesto para ejercer
cualquier otro derecho humano, su debida garantía y adecuada protección
requieren, a su vez, la realización de aspectos vinculados tanto a los derechos
civiles y políticos, como a los económicos, sociales y culturales. Es esta la manera
en que se puede hacer efectivo el principio de la dignidad humana y garantizar la
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protección de la vida de las personas en su verdadera dimensión.
La vulneración del derecho a la salud de las personas se evidencia de
diferentes formas en la sociedad actual, y sin llegar a extremos, como la mala
praxis, todas las acciones u omisiones que tienden al no reconocimiento de las
prestaciones necesarias para lograr el restablecimiento de la salud de quien las
requiere, constituyen una violación a este esencial derecho humano.
Requieren la intervención de la Defensoría del Pueblo personas que tienen
cobertura médica -ya sea por
obra social o medicina prepaga- como también
personas que al no tenerla, acceden a los servicios de salud a través de los
hospitales públicos provinciales. La demora en el otorgamiento de turnos para
cirugías, la provisión de insumos o medicamentos y reintegros por prestaciones,
continúan siendo los mayores problemas para el acceso a los servicios de salud de
la población.
En cuanto a los que brinda el estado provincial, a través de los hospitales
y otros centros de atención, las quejas son por inconvenientes en la atención; falta
de medicamentos; demoras en turnos para cirugías y en el trámite y entrega de
certificados de discapacidad, en los Hospitales
de Puerto Madryn, Comodoro
Rivadavia, Trelew y Esquel.
Respecto de los reclamos a las obras sociales, se observa que un gran
número de ellos es por la negativa de las mismas a realizar ciertas prestaciones
y/o a la entrega de medicamentos, en evidente falta a sus obligaciones legales.
La otra cuestión que es motivo de presentaciones ante la Defensoría del Pueblo es
el “corte o suspensión” de los servicios, dándosele al afiliado –como única
solución- la posibilidad de reconocer por reintegro la prestación o medicamento
que le fuera prescripto. Modalidad ésta, que sin sustento legal ni justificativo
alguno, profundiza la frustración de quien –ya en desventaja psicológica y
emocional- tiene que resolver su problema de salud o la de su grupo familiar
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desde sus propios recursos económicos, a pesar de haber realizado el aporte
correspondiente a su obra social.
En esta condición, está en nuestra Provincia, desde hace más de tres
años la Obra Social Bancaria, OSBA, la que vulnera sistemáticamente el derecho a
la salud de sus afiliados, incumpliendo con el otorgamiento prestacional debido,
acudiendo los afectados a nuestra Institución a fin de instar el pago de los
reintegros correspondientes, dado que tampoco cumplen en su inmediato pago.
Se requiere en cada intervención la normalización de esta problemática, sin
respuesta positiva en lo estructural hasta el presente.
Otra problemática denunciada ante la Defensoría del Pueblo es la que se
da en algunas obras sociales con los afiliados monotributistas, a quienes se les
niega la prestación o el medicamento, exigiéndoseles distintos trámites
administrativos y en ocasiones no se les brinda respuesta a sus requerimientos.
La situación descripta muestra una marcada diferenciación con el resto de los
afiliados, llegando en ocasiones a ser discriminatoria para quienes acceden por su
condición de monotributistas.
Durante el período que comprende el presente informe, se ha intervenido
desde la Defensoría, formal e informalmente, ante la Obra Social Bancaria (OSBA),
JERÁRQUICOS SALUD, OSECAC, SEROS-CHUBUT, UTGHRA, entre otras.
Son permanentes y numerosas las gestiones que se realizan ante PAMI,
PROFE y PROSATE, por demoras en la entrega de medicamentos para
tratamientos
inconvenientes
oncológicos
con
o
para
internaciones,
enfermedades
derivaciones
crónicas,
a
centros
de
prótesis,
especializados,
prestación del servicio de ambulancia y de cuidadores domiciliarios.
Es necesario que se adopten medidas efectivas de refuerzo de los
servicios públicos de salud –presupuestarias y de personal- como así también
quizá sea necesaria una profunda revisión de los métodos de gestión, de manera
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tal que se logre un sistema de salud de calidad, lo que no debemos olvidar es un
mandato constitucional y un derecho social básico de todas las personas.
2.2 – SEGURIDAD SOCIAL
El Derecho a la Seguridad Social es el conjunto de normas jurídicas que
regulan la protección de eventos sociales como la salud, la maternidad, la vejez,
entre otras, garantizando que todas y todos, las trabajadoras y los trabajadores,
tengan un seguro social obligatorio, jubilaciones y pensiones móviles y protección
integral de la familia.
Desde la Defensoría del Pueblo se procura el efectivo ejercicio del derecho
a los beneficios de la seguridad social, establecidos en el artículo 14 bis de la
Constitución Nacional, por lo que a partir de actuaciones de oficio o por denuncias
o quejas presentadas, se reclama ante los organismos que administran la
Seguridad Social, esto es el Instituto de Seguridad Social y Seguros (I.S.S.y S.) de
la Provincia y la Administración Nacional de la Seguridad Socia (ANSES), siendo
numerosa la cantidad de casos que se presentaron en el período que comprende
el presente informe.
Los reclamos recurrentes son por demoras
en el otorgamiento de
jubilaciones, pensiones, o retiros por invalidez, errores en las liquidaciones y pagos
de haberes previsionales, falta de pago de asignación universal por hijo, entre
otros.
Se realiza
a través de la Comisión Asistencial de Pensiones (CAP) el
seguimiento de los trámites de Pensiones No Contributivas Nacionales, por Vejez e
Invalidez. Por el Convenio de Asistencia y Colaboración celebrado entre nuestra
Defensoría con la Defensoría del Pueblo de la Nación, se logra arribar a resultados
positivos en la gran mayoría de los reclamos presentados.
2.3 – SERVICIOS PÚBLICOS
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En el período al que corresponde el presente Informe Anual, los reclamos
por la prestación de servicios públicos representan el tema que más demandara la
ciudadanía chubutense. Se incrementaron en un 79% el número de las
actuaciones de la Defensoría del Pueblo, vinculadas a reclamos por la prestación
de los servicios de gas, energía eléctrica, transporte y telefonía, sea esta fija o
móvil.
Son
temáticas
recurrentes
los
problemas
en
las
facturaciones,
disconformidad con las tarifas, deficiencia o falta de servicios, demoras en la
instalación o reparación de líneas, incumplimiento de normas vigentes.
LUZ, AGUA y CLOACAS
Han sido muy numerosas las presentaciones efectuadas ante la
Defensoría por los elevados montos de facturación, a criterio de los asociados a
las cooperativas prestadoras del servicio de energía eléctrica, y las consultas por la
quita de los subsidios a las tarifas.
Se ha intervenido de oficio o ante quejas presentadas por vecinos en
situaciones de inundaciones de espacios públicos por desborde de efluentes
cloacales.
Se recepcionaron reclamos por problemas con el alumbrado público en las
Ciudades de Trelew y Rawson.
Se realizaron distintas actuaciones
por problemas en el normal
abastecimiento de agua potable en las ciudades de Comodoro Rivadavia, Trelew,
Rawson y Trevelin, en la temporada de verano.
Ante la búsqueda de la solución a las situaciones expuestas, se
mantuvieron reuniones con los responsables de cada una de las Cooperativas de
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Servicios Públicos, concesionarias en el territorio provincial de la prestación de los
servicios indicados, como también con autoridades y concejales de los municipios
citados.
GAS
Desde la Defensoría del Pueblo y ante nuevos reclamos realizados por
pobladores de la zona cordillerana, se continuaron las acciones iniciadas durante el
período 2010-2011, referidas a la escasez de garrafas y cilindros en la zona
indicada. Se articuló directamente con los responsables de la Secretaría de Energía
del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con el objeto
de encontrar una pronta solución a la situación que afectara a las personas que no
cuentan en sus domicilios con la conexión a la red de gas natural.
Se recibieron numerosas consultas sobre los montos de las facturas por
servicio de gas natural realizadas por Camuzzi Gas del Sur S.A., referidas a
diferentes categorías residenciales, por la quita del subsidio a la tarifa con
incidencia en la facturación desde el mes de enero del año 2012.
Las facturaciones bimestrales recibidas por los usuarios corresponden a
los meses de verano, o sea el período de más bajo consumo, por lo que los
valores no son demasiados altos, pero la población se encuentra alerta porque
suponen que las facturas que correspondan a los meses de más alto consumo,
durante el invierno, podrían mostrar un incremento muy importante en los montos
a abonar.
La Defensoría requirió al ENARGAS la normativa aplicable, a partir de la
cual
realizó un análisis de las nuevas disposiciones y prescripciones legales,
dilucidando los alcances de la quita de subsidios en nuestra región y la incidencia
que las acciones judiciales en trámite tendrían sobre las facturaciones según las
categorías de usuarios. A partir del análisis realizado, se concluye que hay ciertos
vacíos en la normativa que se aplica
y que esa situación podría incidir
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negativamente en la economía de un universo importante de usuarios en el futuro
cercano.
Se requirió al ENARGAS información sobre la situación de un nuevo barrio
de la Ciudad de Esquel, ante la demora en el inicio de las obras de conexión
domiciliaria del servicio de gas natural.
COMUNICACIONES
Sin duda los reclamos e inquietudes más numerosos han sido, durante el
período que corresponde al presente Informe Anual, los referidos a la prestación
de los servicios que brinda la Empresa Telefónica de Argentina S.A. en cuanto al
servicio de telefonía fija e Internet y las Empresas de telefonía móvil del grupo de
Telefónica de Argentina SA, Movistar, y de las Empresas AMX Argentina-Claro y
Telecom Argentina S.A.
Los reclamos por los servicios de telefonía fija son en su gran mayoría por
inconvenientes con el cobro de servicios no solicitados (Internet); por la demora
en el traslado de líneas o problemas de instalación de Speedy- Banda Ancha y
errores en la facturación.
En el caso de la telefonía móvil, algunos de los inconvenientes
denunciados fueron por cambio de Planes de servicio -de prepago a abono
mensual-, falta de baja de las líneas aún cuando el usuario la hubiera tramitado
vía telefónica o postal; cobro de productos devueltos, modem de Internet que no
funcionan y casos en los que con baja solicitada, se continúan facturando los
servicios e incluso se intima al usuario a través de estudios jurídicos. Asimismo
desde la Defensoría se actuó en varias oportunidades en las que se afectó la
normal prestación del servicio de Internet y Telefonía Móvil.
Como resultado de las acciones realizadas por la Defensoría del Pueblo, la
Empresa Telefónica de Argentina SA, finalizó la obra de colocación de fibra óptica
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hasta la localidad de Trevelin, otorgando el servicio de Internet Speedy tan
esperado por los vecinos, hecho que fue agradecido via e-mail y a través de
medios de comunicación, por quienes habían solicitado nuestra intervención.
Debemos destacar que hasta la fecha, la Empresa Telefónica de
Argentina S.A., en cada ocasión que desde esta Defensoría se le ha reclamado,
ha respondido con celeridad y solucionando los inconvenientes que afectan a los
usuarios de esta Provincia.
Como ya informáramos -es un tema recurrente- desde la Defensoría del
Pueblo, asesoramos a un gran número de ciudadanas y ciudadanos a los que
desde estudios jurídicos (identificados como personas jurídicas, fideicomisos, etc.)
se les reclaman deudas inexistentes o prescriptas, argumentando que son en su
gran mayoría contraídas con empresas de telefonía móvil, del producto Claro o
Movistar, intimando al pago bajo apercibimiento de embargo de haberes y de
registrarlos en los bancos de datos del sistema financiero. En los casos que les
asiste el derecho, y luego de nuestra actuación, se logra el reconocimiento de la
inexistencia de la deuda.
Se tomó intervención de oficio, ante el conocimiento de que algunas
llamadas de emergencia, a las líneas gratuitas del Comando Radioeléctrico de
Esquel -los números 101 y 911- eran derivadas a Neuquén u otras localidades del
País, por las Empresas de telefonía móvil.
TRANSPORTE PÚBLICO
Es frecuente que desde la Defensoría del Pueblo se realicen gestiones
ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), ante organismos
provinciales y municipales de control del transporte y ante las empresas
prestatarias del servicio por reclamos que se presentan por presuntos
incumplimientos de
normas vigentes, tales como el no otorgamiento del
descuento para estudiantes o la entrega de pasajes gratis a personas con
21
discapacidad.
Las quejas más habituales se refieren, respecto del servicio de transporte
terrestre, a la deficiente prestación del servicio y demoras en los horarios preestablecidos.
En el período que estamos informando, una problemática que se
presentó fue la prolongada y reiterada suspensión de vuelos aero-comerciales, por
la presencia de ceniza volcánica en el territorio y en el espacio aéreo de la
Provincia, como consecuencia de la erupción del volcán Puyehue en el mes de
junio del año 2011. Ello ameritó la intervención de la Defensoría del Pueblo ante
el perjuicio que la situación ocasionara a la sociedad chubutense en su conjunto,
por la cancelación o suspensión de los vuelos, quien a través de la Asociación de
Defensores del Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.) requirió intervención
de las autoridades de Aerolíneas Argentinas, Austral, Administración Nacional de
Aviación Civil (A.N.A.C.), Secretaría de Transporte de Nación y el Ministerio de
Turismo, a fin de lograr la normalización de los vuelos.
2.4 – DISCAPACIDAD
La Defensoría aborda de manera permanente la situación de las personas
con discapacidad, quienes a pesar de ser una de las minorías más numerosas –
constituyen alrededor del 10%
de la población mundial- enfrentan barreras
físicas, sociales y culturales que no les permiten gozar plenamente de sus
libertades y derechos, tales como el derecho a una educación inclusiva, el derecho
al trabajo, el derecho a la participación política e incluso el derecho a desplazarse.
Una sociedad es verdaderamente inclusiva cuando cada persona puede
ejercer el derecho de contribuir con sus talentos al desarrollo de esa sociedad y
evita toda forma de discriminación.
22
Por ello es que el trabajo de la Defensoría del Pueblo está orientado a
promover que las personas con discapacidad gocen de igualdad de oportunidades,
sean incluidas y reconocidas como miembros activos de la sociedad y disfruten, en
lo posible, de una vida independiente.
Procuramos desde la Defensoría interactuar con los organismos e
instituciones que se ocupan del tema, se participa con habitualidad de las
reuniones de los Consejos Municipales de Discapacidad y del Consejo Provincial de
Discapacidad.
La Organización Mundial de la Salud y el Grupo del Banco Mundial
produjeron en forma conjunta, un Informe Mundial sobre la Discapacidad, con el
objeto de proporcionar información útil para la formulación de políticas y
programas innovadores que permitan mejorar las vidas de las personas con
discapacidades y faciliten la aplicación de la Convención de Naciones Unidas sobre
los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entró en vigor en mayo de
2008.
Ese Informe Mundial sobre la Discapacidad, propone medidas para todas
las partes interesadas - los gobiernos, las organizaciones de la sociedad civil y las
organizaciones de personas con discapacidad - para “crear entornos favorables,
promover la rehabilitación y los servicios de apoyo, asegurar una adecuada
protección social, crear políticas y programas inclusivos, y aplicar normas y
legislaciones, nuevas o existentes, en beneficio de las personas con discapacidad y
la comunidad en general. Las personas con discapacidad deberán ocupar un lugar
central en esos esfuerzos.”
En el marco de la reunión del Consejo Provincial de Discapacidad,
realizado en el mes de Setiembre de 2011, en la Ciudad de Esquel, el entonces
Director Provincial de Atención Integral de la Discapacidad, Dr. Juan Devetak,
puso énfasis en los lineamientos que el Informe Mundial contiene, y sostuvo que
son los que desde el área provincial de discapacidad se siguen.
23
En el período que comprende este informe, han
sido numerosas las
gestiones que se realizaron para que personas con discapacidad, hagan efectivo
el goce de sus derechos, requiriendo prestaciones de servicios de salud,
medicamentos, prótesis, pensiones asistenciales, condiciones de accesibilidad a
edificios públicos y establecimientos escolares, pasajes gratuitos, e incluso se ha
acompañado desde la Defensoría, a las familias en las que uno o más de sus
miembros tiene alguna discapacidad y requieren
al Instituto Provincial de la
Vivienda se evalúe la posibilidad de adaptación a sus necesidades.
Como casos relevantes señalamos:
a) el de un niño con discapacidad, por
el que se realizaron numerosas gestiones
respecto de su escolarización,
otorgamiento de una cuidadora domiciliaria, y atención de su salud, articulando las
acciones con la Asesoría de Menores e Incapaces de la Defensa Pública del Poder
Judicial de la jurisdicción Esquel, tanto como con la Direcciones de Discapacidad
de la Provincia y de la Municipalidad de Esquel.
b)
una
denuncia
por
presunta
discriminación presentada por una persona disminuida visual profunda, quien
manifestó haber sufrido agravios de parte de una docente, por lo que luego de
evaluada su presentación formal y su relato de los hechos, se decidió derivar los
antecedentes del caso al I.N.A.D.I.
2.5 – VIVIENDA
Respecto de la promoción y protección de lo que es un derecho humano
básico, el derecho a la vivienda adecuada, así consagrado por Pactos
Internacionales e incorporado en nuestras normas constitucionales, la Defensoría
del Pueblo procura el acompañamiento de quienes se presentan ante la Institución
manifestando su necesidad de contar con una vivienda que les permita una mejor
calidad de vida.
24
Son de público conocimiento las dificultades de acceso a la vivienda en las
que se encuentra un número importante de familias radicadas en la Provincia, lo
que genera conflictos sociales en las ciudades de mayor densidad poblacional, con
asentamientos ilegales, usurpaciones y las consecuencias de riesgo potencial a las
que se ven expuestas por no contar con condiciones mínimas de salubridad y
seguridad. Desde esta Defensoría se ha intervenido en aquellas situaciones que
así se le ha requerido o de oficio, realizando gestiones ante los organismos
competentes.
Es frecuente recepcionar reclamos de familias por diversas problemáticas,
tales como falta de mantenimiento en sus viviendas, falta de respuesta a sus
demandas, en situación de riesgo, con integrantes con discapacidad, montos de
las cuotas de los créditos otorgados. En el análisis de cada caso particular, se
evalúan con funcionarios del Ministerio de la Familia, del Instituto Provincial de la
Vivienda y Desarrollo Urbano, de las áreas sociales de los Municipios -según
corresponda-
las acciones a seguir, procurando desarrollar mecanismos de
articulación, con el fin de encontrar una solución a la cuestión planteada, sobre
todo en aquellos grupos familiares en situación de extrema vulnerabilidad.
2.6 – AMBIENTE y DESARROLLO SUSTENTABLE
Respecto al derecho a un ambiente sano y equilibrado, la Defensoría del
Pueblo considera que la creación del Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable ha constituido un hecho significativo para la gestión pública
ambiental de la Provincia. No obstante, creemos que es necesario que se continúe
con el proceso de fortalecimiento de la institucionalidad responsable en
la
materia, con el propósito de asegurar la implementación efectiva de la política
ambiental y garantizar la confianza de la ciudadanía en la actuación del Estado.
25
Hemos señalado en anteriores oportunidades que percibimos una
sociedad “atenta y demandante” a las cuestiones ambientales que puedan afectar
su calidad de vida y salud, y las de futuras generaciones.
Se está dando un incipiente debate en todo el país, al igual que en
nuestra Provincia, respecto del tema de la explotación de los recursos mineros, de
sus posibilidades de desarrollo y de la sustentabilidad de la actividad. Desde la
Defensoría del Pueblo, como organismo responsable de la defensa de los derechos
ambientales consagrados constitucionalmente, creemos que el Estado Provincial
debe GARANTIZAR una correcta aplicación de la legislación vigente, el acceso a
toda la información posible de las consecuencias inmediatas y futuras de la
actividad minera, rigurosos mecanismos de control que aseguren procesos lo
menos contaminantes posible, pero por sobre todo debe generar CONFIANZA en
la ciudadanía, a través de la implementación de políticas públicas que aseguren el
uso racional de los recursos naturales y la defensa del ambiente.
Considero oportuno citar al gran escritor argentino, Ernesto Sábato,
quien en un artículo publicado en la revista El Correo de la Unesco de Julio-Agosto
de 1992, dijera: ”. .Progreso, quizá, pero no indiscriminado, sino iluminado por las
grandes filosofías de la existencia y de las sabias previsiones de aquellos idealistas
que ya en el siglo XIX preconizaban la resacralización de la naturaleza y del
hombre.”
Como parte de nuestra tarea, participamos de diferentes foros donde se
discute la temática ambiental. Asimismo es un tema de permanente tratamiento
en los Plenarios de los Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA).
Tal como informamos en anteriores informes, desde la Defensoría se
realiza el seguimiento de algunos temas que por su relevancia para garantizar la
calidad ambiental de la Provincia, ameritan ese tratamiento. Entre ellos podemos
citar el monitoreo permanente sobre la calidad del aire, de las aguas, tratamiento
26
de residuos sólidos urbanos, mortandad de ballenas, derrames de petróleo en las
costas provinciales. Es menester destacar la colaboración del C.E.N.P.A.T. y otros
organismos especializados.
Dentro de las actividades de este año, han sido frecuentes las denuncias
y correspondientes intervenciones de esta Defensoría por derrames de efluentes
cloacales, derrames de petróleo en la zona de Comodoro Rivadavia, colocación de
antenas de telefonía, impacto ambiental de algunas obras, entre otras.
Como caso relevante podemos señalar las actuaciones iniciadas de oficio
ante la posible instalación de antenas de telefonía que no contaba con permisos
municipales previos, en la zona de Las Golondrinas y en la Ciudad de Esquel. Un
grupo de vecinos domiciliados en la intersección de las calles Rivadavia y Guido
Spano de Esquel observaron y denunciaron la construcción
de una base de
importantes dimensiones, donde se proyectaba asentar una antena de 24 metros
para implementar una red de cobertura de Telefónica de Argentina S.A. para los
servicios de telefonía fija e Internet.
Los vecinos manifestaron su preocupación
por posible emisión de ondas
perjudiciales para la salud, ya que ni las propias autoridades municipales ni los
responsables de la empresa, les suministraban información fehaciente sobre la
cuestión, y sumado a ello la contaminación visual que provocaría su instalación.
Por todo ello solicitaron la reubicación de la antena señalada.
Las obras iniciadas por una empresa subcontratista de Telefónica de Argentina, no
contaba con el permiso municipal correspondiente, según lo informara la
Secretaría de Obras Públicas. Esta intervención concluyó con la paralización de la
obra de colocación de antenas en Esquel.
Una situación similar se dio en el Paraje Las Golondrinas, donde ante el
reclamo ciudadano por haberse colocado una antena sin autorización previa, se
produjo su retiro.
27
2.7 – EDUCACIÓN
La educación y el conocimiento son un derecho personal y social,
garantizados por Pactos Internacionales e incorporados a nuestras normas
constitucionales, por lo que la Defensoría del Pueblo aborda las cuestiones
relacionadas con el ámbito educativo provincial en procura de defender y
promocionar el ejercicio de ese derecho prioritario.
Las ayudas económicas al estudio son un
instrumento esencial para
garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y constituyen
una valiosa herramienta para propiciar la permanencia de los alumnos en el
sistema educativo e incentivar su esfuerzo y capacidad. En este período se
recibieron numerosas consultas y reclamos ante la falta de pago de las becas
nacionales, como así también por
inconvenientes en la asignación y cobro de
becas provinciales.
Respecto de reclamos por cuestiones edilicias, se intervino de oficio ante
el riesgo de que no se pudieran iniciar las clases en la Escuela N° 81, del Pasaje
Entre Ríos de la localidad de Lago Puelo, por falta de finalización de las tareas de
remodelación. Desde las áreas competentes se dio pronta solución y no hubo
inconvenientes para que se iniciara el período escolar con normalidad. Asimismo
se realizaron gestiones de oficio por problemas en el SUM de la Escuela del Barrio
Badén de Esquel.
La Defensoría del Pueblo actúa ante las autoridades educativas de la
Provincia, cuando se afectan derechos no sólo de los alumnos, sino de cualquier
otro miembro de esa comunidad, sean directivos, docentes, personal no docente o
padres. Es así que se actuó ante fallas del sistema administrativo en la Junta de
Clasificación Docente, respecto de las inscripciones de docentes.
28
Se recepcionaron reclamos referidos a inconvenientes relacionados
con la escolaridad de niños con discapacidad y se realizaron gestiones por una
ciudadana que reclamaba la posibilidad de rendir exámenes pendientes de un plan
de estudios anterior.
2.8 – DERECHO DE FAMILIA, CUESTIONES DEL DERECHO CIVIL EN
GENERAL Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Como hemos indicado en reiteradas oportunidades, si bien no es de
competencia de la Defensoría del Pueblo entender en temas que hacen al derecho
de familia, cuestiones del derecho civil en general, y la defensa del consumidor,
las personas afectadas por esas circunstancias recurren a esta Institución, y en el
período que se corresponde con este informe anual, se
ha incrementado
notablemente la cantidad de consultas realizadas, lo que implica que se debe
escuchar, contener, asesorar y orientar.
Las diferentes temáticas que se plantean en lo que hace a derecho de
familia, se refieren a cuotas alimentarias, régimen de custodia y tenencia de los
hijos menores, divorcios, atención de las personas mayores. La tarea que
realizamos desde la Defensoría consiste en hacer de nexo con los organismos
competentes.
Las consultas por conflictos con contratos de alquiler, cuestiones de
derecho sucesorio, embargo de haberes, juicios ejecutivos, mensuras, posesión
de tierras, u otras de la órbita del derecho civil, son reiteradas y numerosas, por lo
que desde la Defensoría se indica a las personas cuáles son las instituciones con
competencia para actuar y se las acompaña en lo pertinente.
Respecto de los reclamos y quejas referidos a la vulneración de los
derechos de los consumidores, que en un número importante de consultas se
realizan ante la Defensoría, nuestra tarea es la de asesorar, articulando nuestra
actuación con los organismos de Defensa del Consumidor.
29
Los conflictos entre vecinos son materia de numerosas presentaciones
ante la Defensoría del Pueblo. En estos casos, y en la búsqueda de la pacificación
social que es un objetivo de nuestro trabajo procuramos contener a los vecinos,
escuchándolos
y muchas veces ofreciendo nuestro espacio como un lugar de
diálogo y conciliación, no obstante interactuar con instituciones con competencia
en la temática. Por nuestra experiencia, entendemos que sería necesario contar
con un equipo de mediadores comunitarios, en los ámbitos municipales.
2.9 - DOCUMENTACIÓN PERSONAL
Garantizar el ejercicio del derecho a la identidad implica no sólo
reconocer su importancia como derecho fundamental, sino también como una de
las principales formas que tiene el Estado para identificar a sus ciudadanos y
ciudadanas, y así, a su vez, garantizar el ejercicio de otros derechos y la eficacia
de sus políticas públicas.
A pesar de los avances en términos de documentación implementados en
todo el país, sobre todo para la obtención del D.N.I. y de Pasaporte, la Defensoría
del Pueblo ha intervenido para reclamar ante la Dirección General del Registro del
Estado Civil y Capacidad de las Personas de nuestra Provincia y ante el Registro
Nacional de las Personas (RENAPER) por demoras en la entrega del Documento
Nacional de Identidad, de certificados de nacimientos y matrimonio, como
asimismo por errores en los datos personales indicados en los documentos.
2.10 – PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Desde la Defensoría del Pueblo, se realizaron numerosas gestiones por
reclamos de ciudadanas y ciudadanos ante los inconvenientes producidos por
figurar en los bancos de datos de morosos del sistema financiero o de las
empresas telefónicas. Con el propósito de lograr aclarar las situaciones o rectificar
los registros, a fin de lograr que los perjudicados pudieran operar normalmente en
el sistema financiero, se interactuó con la Dirección Nacional de Protección de
30
Datos Personales, y con los responsables de algunas de las empresas
involucradas.
Como casos relevantes mencionamos:
a) las actuaciones realizadas ante la citada Dirección Nacional, para
lograr la rectificación de datos de un vecino de la ciudad de Trevelin, que le
impedía concretar la compra de un automóvil;
b) se presentó ante la Defensoría del Pueblo un vecino de la ciudad de
Esquel, quien a pesar de haber cancelado un préstamo hipotecario, no lograba
que el Banco Hipotecario le extendiera el correspondiente libre deuda requerido
desde hacía 10 años. Por ese motivo, se encontraba registrado como moroso en
los bancos de datos del sistema financiero, lo que no le permitía acceder a un
crédito bancario que necesitaba con urgencia.
La
situación fue resuelta
positivamente en no más de un mes desde el inicio de nuestra gestión. Hecho que
el ciudadano agradeció especialmente.
2.11 – OTROS
Desde la Defensoría del Pueblo se realizan diversas gestiones ante la
importante cantidad de reclamos o consultas respecto de las condiciones de
transitabilidad de la red vial provincial, nacional e incluso municipal y vecinal, por
lo que se articula -de manera formal o informal- con la Administración de Vialidad
Provincial, Vialidad Nacional, y autoridades municipales, según corresponda.
Se plantean ante la Defensoría del Pueblo, quejas en materia de
seguridad ciudadana, situaciones en la que se adopta una posición de especial
prudencia, atendiendo a la importancia de los intereses y bienes jurídicos en
juego. En ocasiones los quejosos indican que es necesaria una activa intervención
de las fuerzas policiales para combatir los delitos en determinados barrios o
localidades, considerando que no se vigila suficientemente determinadas
31
situaciones.
Debemos tener presente que el objetivo de guardar el equilibrio en el
ejercicio de los derechos fundamentales a la libertad y a la seguridad, personal y
colectiva, obliga a la sociedad y sobre todo al Estado a mantener una actitud
exigente y, al mismo tiempo, generosa. Esa generosidad se debe de manifestar de
forma concreta en la atención que los poderes públicos presten a las víctimas de
los delitos.
En estas cuestiones que hacen a la seguridad ciudadana, desde la
Defensoría se da intervención a las autoridades policiales, a las del Poder Ejecutivo
Provincial y si se lo considera necesario se aconseja y acompaña al reclamante a
que exponga su situación ante las áreas competentes del Poder Judicial.
Continúa siendo motivo de presentación y consulta ante la Defensoría del
Pueblo las cuestiones referidas a las foto-multas, por lo que se asesora al
ciudadano o ciudadana y eventualmente se indican los términos del rechazo por
carta documento.
Los casos que se presentan corresponden a municipios del norte de
nuestro País, con mayor frecuencia de las Provincias de Córdoba, Santa Fe, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y algunos de la Provincia de Buenos Aires.
Durante el último año de nuestra gestión se ha agregado una situación
más, que se suma a la presunta ilegalidad de muchos casos de ese tipo de multas
de tránsito, y es la que se presenta al ir el ciudadano o ciudadana a solicitar el
Certificado Nacional de Antecedentes e Infracciones de Tránsito a la Agencia
Nacional de Seguridad Vial (SAFIT-CENAT), para gestionar la renovación de su
registro de conducir. En ese momento, se le informa que tiene registrada una o
más infracciones de tránsito, en uno o más lugares del País, no obstante nunca
haber sido notificado/a y con el agravante que en la mayoría de los hechos, ni el
32
automóvil ni el multado/a estuvo en los lugares de la supuesta infracción. A través
de la intervención de la Defensoría del Pueblo, se ha logrado en varias
oportunidades que se revierta la injusta situación.
Desde fines del año 2011, en el territorio de la Provincia se han
manifestado inconvenientes en el normal abastecimiento de combustibles,
coincidente con la época de vacaciones de verano, lo que afecta sensiblemente a
la población en general y produce perjuicios a las actividades económicas que se
desarrollan en la provincia.
Desde la Defensoría del Pueblo se intervino de oficio, requiriendo
informes a la Empresa YPF S.A. y a la Secretaría de Energía de la Nación
dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios,
sobre los cupos destinados a las expendedoras, las razones de la falta de
combustible suficiente en las mismas y la posibilidad de contemplar cupos
adicionales de combustible si fuera necesario.
En la búsqueda de la solución a la problemática, también se analizó la
cuestión con autoridades de la Secretaría de Hidrocarburos de la Provincia, con la
Defensoría del Pueblo de la Nación y la Asociación Argentina de Defensores del
Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A.).
Se
han
realizado
funcionamiento de los
diferentes
gestiones
ante
reclamos
por
mal
cajeros automáticos del Banco del Chubut S.A, en las
ciudades de Trelew y Rawson, y ante la misma Institución se presentaron
inquietudes de clientes, que recurrieron a esta Defensoría en busca de un canal de
acercamiento al mencionado Banco.
Fueron varias las inquietudes y reclamos de ciudadanas y ciudadanos de
Cerro Centinela, Lago Puelo, Esquel y Puerto Pirámides, que merituaron
actuaciones
ante las autoridades del Instituto Autárquico de Colonización y
33
Fomento Rural (I.A.C.), por demoras en trámites solicitados, por requerimientos
de títulos de propiedad, entre otros.
La Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut ha intervenido ante
el Instituto Provincial del Agua por diferentes reclamos presentados, como
también ha realizado gestiones de buenos oficios por quejas presentadas que se
corresponden con situaciones de exclusiva competencia municipal.
34
Total de Actuaciones según temas abordados, desde el 01/03/2011 al
29/02/2012
TEMAS ABORDADOS
2-1
2-2
2-3
2-4
2-5
2-6
2-7
2-8
2-9
2-10
2-11
SALUD.
SEG SOCIAL.
SERV PUBLICOS.
DISCAPACIDAD.
VIVIENDA.
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
EDUCACION.
DER. DE FLIA, CIVIL EN GRAL Y DEF. CONSUMIDOR
DOC PERSONAL.
PROT DATOS PERS.
OTROS
TOTAL ACTUACIONES FORMALES E INFORMALES.
CANT.ACTUACIONES PORCENTAJE
14,58
214
15,46
227
22,21
326
4,16
61
8,72
128
3,07
45
3,47
51
9,40
138
2,86
42
2,59
38
13,49
198
1468
100%
Temas Abordados desde el 01/03/2011 al 29/02/2012
35
3 - RELACIONES INSTITUCIONALES
Desde que iniciara mi gestión como Defensor del Pueblo he procurado establecer
redes de cooperación con las instituciones homólogas y afines e integrar la Defensoría del
Pueblo a las ya existentes. Estos espacios nos permiten discutir las temáticas de
competencia de las Defensorías del Pueblo, elaborar estrategias de trabajo conjunto,
intercambiar experiencias, y optimizar la cooperación técnica e institucional.
Cuando los habitantes del Chubut reclaman contra la administración nacional, o
presentan quejas por la actuación de otras jurisdicciones provinciales y/o municipales, es
cuando se hace visible la cooperación con los Defensores del Pueblo de todo el país.
La Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut integra el Consejo Directivo
de la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), por cuarto
período consecutivo.
El día 02 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia, se reunió con el Subsecretario de Medio Ambiente de la Municipalidad de esa
ciudad, con quien evaluó la problemática presentada por vecinos de Barrio Don Bosco por
posible contaminación de las playas del sector.
En fecha 04 de marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una reunión
de trabajo con el Lic. Oscar Méndez, Gerente General del Instituto Provincial de la
Vivienda y Desarrollo Urbano, con el objeto de analizar varias presentaciones realizadas.
El día 05 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia, se reunió con el Director de la Unidad de Gestión de Proyectos Especiales de
ese Municipio, a los efectos de requerir información respecto de las tareas de reparación
previstas en tramo de la ruta provincial sobre la Avenida Alejandro Maiz.
36
El día 10 marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo junto con el Dr. Ariel
Gamboa, Subsecretario de Control Ambiental del Ministerio de Ambiente de la Provincia
del Chubut, intercambiaron opiniones sobre distintos temas reclamados ante la
Defensoría.
En fecha 11 de marzo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó
telefónicamente con funcionarios del Ministerio de Educación, ante quienes presentó
inquietudes de padres de alumnos de la Escuela Nº 81 de El Hoyo, por obras de refacción
sin finalizar ante el inicio del ciclo escolar.
El 15 de marzo del año 2011, mediante vía telefónica, el Señor Defensor del
Pueblo, se contactó con el Gerente de la Empresa Supercanal de la Ciudad de Trelew,
con el objeto de trasladarle la queja de usuarios del servicio por la demora en la
recepción de las facturas correspondientes al período vencido.
El día 16 de marzo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó
telefónicamente con la Directora Municipal de Defensa del Consumidor, para analizar
problemáticas comunes.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 17 de marzo de 2011, asistió a la
disertación que brindó la Coordinadora Ejecutiva para la Gestión Comunitaria de la
Subsecretaría de Defensa del Consumidor de Nación.
El día 21 de marzo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia, mantuvo comunicación telefónica con la Escribana General de Gobierno, por
requerimientos de una vecina por inconvenientes en la tramitación de título de propiedad.
En fecha 28 de marzo del año 2011, se recibió en Rawson a la Dra. Gabriela
Barú, del área de Fiscalización de la Secretaría de Salud de la Provincia del Chubut, con
el fin de coordinar acciones para dar respuesta a denuncias de familiares por el
funcionamiento de un centro geriátrico ubicado en la Ciudad de Puerto Madryn.
37
En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, se comunicó
con funcionarios de PROSATE de esa ciudad, a quienes planteó los reclamos de una
ciudadana por falta de atención traumatológica de urgencia.
El día 29 de marzo del año 2011, el Defensor del Pueblo recibió al Dr. Claudio
Maza de la Secretaría de Salud de la Provincia, a quien se le transmitió un reclamo por la
presunta demora en la derivación de un paciente de Trelew, a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
En fecha 31 de marzo del año 2011, y con el propósito de dar respuesta a una
queja presentada por un afiliado de PAMI, el Defensor
del Pueblo se contactó
telefónicamente con el Sr. Oscar Lares de la Unidad Enlace con Defensorías del Pueblo,
de la sede Buenos Aires del PAMI.
En la misma fecha, y también vía telefónica, se trasladó a la Defensoría del
Pueblo de la Provincia de Santa Fé reclamos por demora en la entrega de medicamentos
de afiliados de una obra social con sede central en esa Provincia.
El 01 de abril del 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, mantuvo una reunión
con el Gerente de LADE Esquel, por reclamos varios ante la cancelación de vuelos.
La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, en fecha 05 de abril del año
2011, se comunicó telefónicamente con el Presidente de la Administración de Vialidad
Provincial, a quien le requirió se asegure la “no transitabilidad” de un sector del camino
vecinal entre KM 5 y KM 8, que aún no estaba habilitada al tránsito, con el objeto de
evitar que se produzcan nuevos accidentes.
En fecha 07 de abril de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo una
reunión con la Supervisora de Educación Especial, para tratar el reclamo de padres de un
alumno.
38
El día 12 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades
del Instituto de Seguridad Social y Seguros, a fin de presentar el reclamo de un jubilado
por errónea liquidación de sus haberes jubilatorios.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, mantuvo
comunicación telefónica con la responsable de la Asociación de Jubilados, Retirados y
Pensionados Provinciales (AJURPE), por reclamo de una jubilada radicada en la Ciudad de
Mendoza.
En la fecha indicada, la Defensora Adjunta Sede Esquel, vía telefónica, se
comunicó con el Concejal de Trevelin, Sr. Jorge Posse, por corte de suministro de gas
natural en esa localidad y otros reclamos de servicios públicos.
En fecha 13 de abril del año 2011, vía telefónica, y ante consultas de ciudadanos
por multas de tránsito realizadas en otras ciudades de nuestro país, el Defensor del
Pueblo se contactó con el Juez de Faltas de la Ciudad de Trelew.
El 20 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó con funcionarios
de ANSES – TRELEW, a quienes
les trasladó inquietudes de un pensionado,
por
incorrecta liquidación de la pensión correspondiente.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se reunió con la Directora
Municipal de Defensa del Consumidor y se comunicó con el Defensor Oficial de esa
circunscripción judicial, por inquietudes de ciudadanos por juicios ejecutivos. Mantuvo
comunicación telefónica con la Supervisora de Educación Especial por propuesta
educativa para estudiantes con discapacidad.
El día 25 de abril de 2011, el Defensor del Pueblo se presentó ante los
funcionarios del Sector Previsión del Instituto de Seguridad Social y Seguros, con el
objeto de requerir información por reclamo de un beneficiario.
La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, el día 27 de abril de 2011, se
comunicó con funcionarios del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, para
brindar respuesta a una vecina de esa Ciudad.
39
En fecha 28 de abril del año 2011, el Defensor del Pueblo realizó gestiones ante
el Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural, por el reclamo de un ciudadano
de la zona de Esquel por la demora en la entrega de documentación oportunamente
solicitada.
En esa misma fecha, el Defensor del Pueblo participó de la Sesión Especial de la
Honorable Legislatura de la Provincia, donde presentara su Informe Anual el Presidente
de Superior Tribunal de Justicia, Dr. Daniel Caneo.
El día 02 de mayo del año 2011 la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia,
se comunicó telefónicamente con responsables de ANSES de esa ciudad, por reclamo por
la demora en trámite de otorgamiento de pensión.
El día 03 de mayo de 2011, y con el objeto de dar respuesta a varios reclamos
presentados ante la Defensoría del Pueblo, el Defensor, se reunió con autoridades de la
ANSES - TRELEW.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 05 de mayo de 2011, se comunicó
telefónicamente con el Delegado del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo
Urbano, por quejas de vecinos de un barrio en construcción.
En fecha 06 de mayo de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades
de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., por reclamos varios presentados por
usuarios de los servicios que la misma brinda.
El día 09 de mayo del año 2011, el Defensor de Pueblo
se contactó con
funcionarios de la Comisión Asistencial de Pensiones (CAP) con sede en la ciudad de
Trelew, con el propósito de conocer las razones en la demora de trámites iniciados ese
organismo.
El Defensor del Pueblo participó de la Jornada sobre “Violencia Institucional y
Control Social”, organizada por el Ministerio de la Defensa Pública Provincial, en la Sede
40
Trelew de la Universidad Nacional de la Patagonia “San Juan Bosco” el día 12 de mayo
del año 2011.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se comunicó con la
responsable del Área Viviendas de ese Municipio, por la problemática de una vecina y
mantuvo además comunicación telefónica con el Defensor Público del área de los
Derechos Sociales, Culturales y Económicos del Poder Judicial, respecto de la
problemática mencionada.
En fecha 16 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con el Vocal
del I.S.S.y S. en representación de los trabajadores activos, con quien se analizó el
reclamo de un afiliado.
El 17 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se contactó telefónicamente
con el Dr. Genovesio, responsable de la delegación del PAMI en la Ciudad de Trelew, por
quejas referidas a la demora en la entrega de medicamentos para tratamientos
oncológicos.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, en la misma fecha, participó del Acto de
Inauguración de las instalaciones del Centro de día para personas con discapacidad.
Ese mismo día en Sede Comodoro Rivadavia, la Defensora Adjunta se reunió
con responsables de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, para brindar respuestas a
la solicitud de una asociada.
Por problemas en la prestación del servicio telefónico en la zona de Lagunita
Salada, el Defensor del Pueblo se reunió con autoridades de Servicios Públicos de la
Provincia del Chubut y de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., el día 18 de mayo del
año 2011.
Ese mismo día, se contactó telefónicamente con funcionarios del Instituto
Provincial de la Vivienda y de la Municipalidad de Rawson, por reclamos de vecinos de
Playa Unión referidos a la construcción de baños públicos.
41
La Defensora Adjunta Sede Esquel, en la misma fecha se comunicó con el Titular
de la Comuna Rural de Colán-Conhué, por la temática de las casas tuteladas en esa
comuna.
El día 20 de mayo del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó
telefónicamente con responsables del área social del Instituto Provincial de la Vivienda
en Rawson, a fin de dar respuesta a un vecino de Esquel.
En fecha 23 de mayo de 2011, en las oficinas de la Defensoría del Pueblo en
Rawson, se realizó una reunión de la que participaron vecinos de Playa Unión,
autoridades de la Municipalidad de Rawson, del Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable de la Provincia, representantes de la empresa responsable de la
ejecución de la obra de cloacas y el Defensor del Pueblo, con el fin de encontrar una
solución a los diferentes reclamos presentados.
En la misma fecha, el Defensor del Pueblo se comunicó con la Sra. Raquel
Fuertes, Directora del Banco del Chubut S.A., a quien se le planteó la situación de una
deudora de la Institución, con un problema de discapacidad.
Asimismo ese día se reclamó, via telefónica, ante funcionarios del PAMI Central
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la demora en la entrega de audífonos a una
afiliada de Trelew.
El Defensor reclamó ante el médico auditor del PAMI Comodoro Rivadavia, en
fecha 24 de mayo del año 2011, por la pronta autorización de remedios para tratamiento
oncológico de un afiliado de la ciudad de Trelew.
El día 26 de mayo de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel, ante la queja de
una persona con discapacidad motora, se comunicó con el Jefe de la Junta de
Certificación de Discapacidad del Hospital Zonal de Esquel.
En fecha 27 de mayo del año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó
telefónicamente con el Director Provincial de Discapacidad con sede en Esquel, por
42
reclamos ante la demora en el otorgamiento de turnos para realizar los trámites
pertinentes para la obtención de certificados de discapacidad.
En esa fecha también se comunicó con Dra. Paula Covello de la Comisión
Nacional Asistencial de Pensiones de la Ciudad de Buenos Aires, ante
reclamos de
pensionados por falta de pago de asignaciones familiares.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 31 de mayo de 2011, se contactó con
la responsable de Relaciones Institucionales de la empresa Telefónica de Argentina S.A.
en Buenos Aires, por reclamos en la facturación del servicio.
El día 01 de junio de 2011 el Defensor del Pueblo concurrió al acto desarrollado
en el Auditorio de la Legislatura Provincial con motivo de la celebración del “Día del Medio
Ambiente” donde la Fundación Patagonia Natural presentó el Plan de Conservación
Costero.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se comunicó con
el Director Provincial de Discapacidad, por la queja presentada por padres de un menor,
ante la denegatoria en primera instancia de un certificado de discapacidad.
En fecha 02 de junio de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió en la ciudad de
Trelew con el Dr. Ricardo Nassif, Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa de
la Provincia de Chubut, para abordar temas relacionados con
derechos económicos,
sociales y culturales de los habitantes de la Provincia.
En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, realizó
gestiones ante la problemática de un grupo familiar en el marco del Programa “Trabajar
para Incluir”, situación que fuera transmitida por el Director del Área de Recuperación de
Empleo de la Provincia del Chubut.
El 07 de junio de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió con el
Delegado Regional de Obras Públicas de la Provincia, por cuestiones de accesibilidad en
los establecimientos educativos de la Ciudad. Participó además de la reunión del Consejo
Municipal de Discapacidad.
43
El día 08 de junio de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una comunicación
telefónica con el Sr. Oscar Lares, responsable de Unidad de Enlace de PAMI a nivel
Nacional con Defensorías del Pueblo, a fin de agilizar el reclamo de un afiliado.
En fecha 10 de junio de 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se
reunió con el responsable municipal de la Dirección de Parques y Paseos a efectos de
considerar la problemática planteada por vecinos del Barrio Don Bosco, ante la existencia
de frondosos árboles que ocasionan inconvenientes al tránsito vehicular.
El Defensor del Pueblo mantuvo, el día 17 de junio del año 2011, reuniones con
autoridades de la obra social SEROS con el propósito de dar respuesta concreta al
reclamo realizado por un afiliado de la localidad de Lago Puelo.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con funcionarios
regionales
de la empresa Telefónica de Argentina S.A., por cuestiones referidas a la
conexión del servicio de Speedy en la Ciudad de Trevelin.
El día 24 de junio, El Defensor del Pueblo se presentó en las oficinas del
Programa Mejor Vivir, de la Municipalidad de Rawson ante la solicitud de un beneficiario
por reclamos de una obra oportunamente adjudicada.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia se reunió con
responsables de la Secretaría de Tierras y Hábitat de ese Municipio, con quienes se trató
la problemática de usurpación de tierras.
El Defensor del Pueblo se reunió con el Secretario de Gobierno de la
Municipalidad de Trelew, el día 28 de junio del año 2011, con quien abordó diversos
temas relacionados al servicio de transporte público de pasajeros.
En la fecha indicada, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia mantuvo
una reunión con el responsable zonal de la empresa Telefónica de Argentina S.A. para
dar respuesta a reclamos varios de usuarios de los servicios prestados por esa empresa.
44
El día 05 de julio de 2011 se mantuvo contacto con las autoridades de PAMI de
Gaiman, por reclamo de una prótesis efectuado por un afiliado.
Ese mismo día, el Defensor del Pueblo recibió a funcionarios de PAMI-Rawson,
quienes dieron respuestas ante el reclamo de una afiliada por cuidadora domiciliaria.
En fecha 28 de julio del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia, transmitió al Vicepresidente de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, los
reclamos recibidos por adherentes al Servicio de Sepelios, respecto a la necesidad de
acondicionar la sala velatoria.
El día 29 de julio de 2011, el Defensor del Pueblo se presentó ante la Defensoría
Federal, a fin de conocer el estado de una presentación efectuada por un afiliado al
PAMI.
El Defensor del Pueblo mantuvo una reunión con autoridades de ANSES de
Trelew, el día 03 de agosto de 2011, con el objeto de requerir por el estado de varios
reclamos efectuados por beneficiarios.
El día 08 de agosto del año 2011, el Defensor del Pueblo y con el fin de dar
respuesta a un reclamo por falta de insulina, en el Hospital de Puerto Madryn, se reunió
en la Secretaría de Salud, con la funcionaria responsable del sector de Farmacia.
La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, en fecha 09 de agosto de
2011, y ante el reclamo de representantes de distintas organizaciones comunitarias del
Barrio 30 de octubre por problemas de inseguridad que se observan en el sector, se
comunicó con funcionarios municipales y provinciales.
El día 10 de agosto de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo reuniones con
autoridades del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural en Rawson, a
quienes presentó reclamo de un poblador de la zona de Lago Puelo.
45
En fecha 11 de agosto de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel participó del
Foro sobre Discapacidad organizado por la Municipalidad de Trevelin. Asimismo mantuvo
una reunión con el Intendente, Dr. Carlos Mantenga, el Director de Cultura y
responsables del área de Arquitectura del Municipio mencionado, con quienes analizó los
cuestionamientos efectuados por un grupo de vecinos a la obra de intervención del
Molino Harinero y sus alcances.
El día 16 de agosto de 2011, vía telefónica, el Defensor del Pueblo se comunicó
con el Concejal Ing. Villahoz de la ciudad de Puerto Madryn, a quien se le transmitió la
problemática de vecinos de esa ciudad relacionada con loteos en distintos barrios.
Ese mismo día, el Defensor del Pueblo se comunicó con autoridades del Sistema
PAMI Camoyte de Buenos Aires, por la demora en la remisión de un medicamento para
tratamiento oncológico de un afiliado de la ciudad de Trelew.
El día 19 de agosto de 2011 el Defensor del Pueblo concurrió al Instituto
Provincial de la Vivienda y se entrevistó con funcionarios por reclamos de adjudicatarios
de plan de viviendas de la ciudad de Rawson.
El día 23 de agosto el Defensor del Pueblo se reunió con el funcionario
responsable de Seros Vital, a fin de dar respuesta al reclamo de un afiliado de la ciudad
de Sarmiento.
En esa misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Esquel conjuntamente con la
Subsecretaria de Acción Social de ese Municipio, abordaron la problemática de un menor
con discapacidad.
El día 24 de agosto del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel fue
contactada por la responsable de Relaciones Institucionales de la empresa Telefónica de
Argentina S.A. con sede en Buenos Aires, quien le confirmó la habilitación del servicio de
Speedy-Banda ancha para los usuarios de la Ciudad de Trevelin.
46
El Defensor del Pueblo mantuvo una reunión, el día 29 de agosto de 2011, con el
Dr. Claudio Maza de la Secretaría de Salud por una queja presentada ante la Institución y
referida a una presunta falta de atención a un ciudadano de Trelew.
En fecha 31 de agosto del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia se comunicó con el Jefe del área de Saneamiento de la Sociedad Cooperativa
Popular Limitada, a quien le transmitió el reclamo de vecinos del Barrio Gobernador
Fontana, afectados por la pérdida de líquidos cloacales en espacios públicos.
En esa misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Esquel, con el propósito de dar
respuesta a la problemática de un menor con discapacidad y en riesgo, se reunió con el
Jefe de Rehabilitación del Hospital Zonal de Esquel, con la Directora de Discapacidad de
ese municipio, con la Directora de la Escuela Especial Nº 502 y se comunicó
telefónicamente con la responsable de la
Asesoría de Menores e Incapaces de esa
circunscripción judicial.
El día 01 de setiembre de 2011 el Defensor del Pueblo acompañó a vecinos del
Barrio Constitución de la Ciudad de Trelew que reclamaban por problemas de seguridad,
a una reunión con el Sub-Jefe de la Policía de la Provincia del Chubut.
Ese mismo día, el Defensor del Pueblo mantuvo contacto telefónico con el
Director del Hospital de Trelew, a fin de dar respuesta a un paciente que presentó
reclamo por la demora en el otorgamiento de turno, para ser sometido a una cirugía.
El Defensor del Pueblo, el día 02 de setiembre de 2011, se reunió con el Asesor
Legal del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, con el fin de dar
respuesta al reclamo de una adjudicataria de Playa Unión.
En fecha 06 de setiembre de año 2011 la Defensora Adjunta Sede Esquel
participó de la reunión del Consejo Provincial de Discapacidad.
47
El día 07 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo reuniones con
los Asesores Legales del Ministerio de Educación con el propósito de dar respuesta a una
petición efectuada por una agente de ese organismo provincial.
El día 08 de setiembre del año 2011, el Defensor del Pueblo se contactó
telefónicamente con la Secretaría de Acción Social de la Municipalidad de Puerto Madryn,
por solicitud de una habitante de esa ciudad, integrante de una familia en serio riesgo
social.
El Defensor del Pueblo se comunicó telefónicamente, el día 09 de setiembre de
2011, con autoridades de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT), con
sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el fin de dar respuesta a la Dirección
de Discapacidad de la Municipalidad de Puerto Madryn por reclamo de pasaje efectuado
por una ciudadana.
En la fecha indicada la Defensora Adjunta Sede Esquel se comunicó con el
Intendente de Trevelin, a quien le transmitió la problemática de un vecino de esa ciudad.
El día 13 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con el vocal en
representación de los Activos del I.S.S. y S., con el propósito de dar respuestas a
reclamos presentados ante la Defensoría.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel, recibió telefónicamente una
consulta del Juez de Paz de El Maitén, por la situación de un vecino de esa localidad
adjudicatario de un plan de viviendas.
El 19 de setiembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo una
reunión con el Jefe de Rehabilitación del Hospital Zonal de esa ciudad, por reclamo de un
afiliado de PAMI, con discapacidad motora.
En fecha 20 de setiembre de 2011 el Señor Defensor del Pueblo participó en la
ciudad de Gaiman, del Acto de Apertura de la “2da. Jornada de Información Migratoria y
Actualización de Derechos”.
48
El día 21 de setiembre de 2011, el Defensor del Pueblo presenció el Acto de
Apertura del “1er Congreso Internacional sobre Tráfico y Trata de Personas” que se llevó
a cabo en el Teatro Español de la ciudad de Trelew.
El 23 de setiembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió
con el Concejal Dr. Osvaldo González Salinas, por cuestiones relacionadas con reclamos
vecinales.
El día 03 de octubre de año 2011, el Defensor del Pueblo se comunicó
telefónicamente con funcionarios de la Secretaría de Energía de la Nación, a fin de poner
en conocimiento reclamos de habitantes de la zona de la cordillera de nuestra Provincia
por el elevado precio del gas envasado.
El día 07 de octubre de 2011, se recibió en la Defensoría en la Capital Provincial,
al Concejal Electo de Puerto Madryn, Sr. Sudán, quien concurrió acompañado de vecinos
de esa ciudad, que plantearon sus observaciones a la Ley Provincial que prohíbe el uso
de bolsas de nylon en la zona.
Ese mismo día, el Defensor del Pueblo mantuvo reunión con autoridades del
I.A.C. por reclamos de pobladores de Cerro Centinela.
En esa fecha el Defensor fue recibido por el Director de Recursos Humanos del
Ministerio de Educación, a quien se le informó respecto de un reclamo presentado.
El día 11 de octubre de 2011, el Defensor se reunió con funcionarios del área
legal de la Obra Social Seros, por reclamos de afiliados.
El mismo día recibió la visita del Subsecretario del Ministerio de Ambiente y
Control del Desarrollo Sustentable del Chubut,
Dr. Ariel Gamboa, con quien evalúo
distintas problemáticas de su competencia.
El Defensor del Pueblo se reunió el día 12 de octubre del año 2011, con Vocales
del I.S.S. y S.- SEROS, con el propósito de dar respuesta a reclamos realizados por un
49
afiliado, con serios problemas de salud y domiciliado en la Ciudad de
Comodoro
Rivadavia.
En fecha 13 de octubre de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo
comunicación con funcionarios zonales de la empresa Telefónica de Argentina S.A., para
informarse sobre la colocación de una antena para el servicio de telefonía celular en la
zona de Las Golondrinas.
El día 17 de octubre de 2011, se recibió en la Defensoría del Pueblo, en Rawson,
la grata visita de alumnos, docentes y padres, de la Escuela Especial Nro. 502 de la
Ciudad de Esquel, quienes se encontraban recorriendo la zona de la costa provincial.
El día 21 de octubre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con funcionarios
de Telefónica de Argentina S.A. de la Ciudad de Trelew, para requerir información por
problemas varios en la prestación del servicio telefónico.
Con motivo de la falta de servicio de Internet, en la ciudad de Esquel y zona de
influencia, la Defensora Adjunta de esa Sede, el día 25 de octubre de 2011, se comunicó
con responsables de la empresa prestataria del servicio.
El día 26 de octubre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se
comunicó con el Director del Área Programática de Salud de esa Ciudad, a quien planteó
las quejas por la atención del servicio de salud, presentadas por
una persona con
discapacidad severa.
En fecha 27 de octubre de 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se reunió con
el Subsecretario de Obras Públicas de ese Municipio, a efectos de tratar cuestiones
referidas a su área, en cuanto a obras para colocación de antenas de telefonía y conexión
de energía eléctrica.
50
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 28 de octubre de 2011 y por el reclamo
de un afiliado se reunió con el responsable de la Obra Social UTHGRA.
En fecha 03 de noviembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel
mantuvo en la ciudad de Rawson, una reunión con el Vocal representante de los Pasivos
del Instituto de Seguridad Social y Seguros, para requerir información por diversas
inquietudes presentadas por ciudadanos de la zona cordillerana.
La Defensora Adjunta Sede Esquel mantuvo el día 07 de noviembre del año
2011, sendas reuniones con el Vocal por los Pasivos del Instituto de Seguridad Social y
Seguros y la Asesora de Menores e Incapaces de la Justicia Provincial de esa
circunscripción, por la problemática de un menor con discapacidad.
En esa misma fecha, El Defensor del Pueblo se reunió con los responsables de la
Cooperativa de Servicios Públicos de Rawson, con el propósito de dar respuestas al
reclamo presentado por una asociada, con
problemas de salud y sin recursos
económicos.
Por el mismo caso, el día 09 de noviembre de 2011 el Defensor se reunió con
autoridades de PAMI de Rawson.
El día 09 de noviembre de 2011 el Defensor del Pueblo se comunicó vía
telefónica con autoridades de la Municipalidad de la Ciudad de Córdoba, ante reclamos
de multas de tránsito erróneamente labradas a ciudadanos de nuestra Provincia.
Ese mismo día, la Defensora Adjunta Sede Esquel se contactó con el Director de
Tránsito de la Municipalidad, por inconvenientes para el
otorgamiento de licencia de
conducir denunciados por un vecino de la ciudad.
El día
11 de noviembre de 2011, el Defensor del Pueblo se reunió con
funcionarios del Ministerio de Educación a fin de dar respuestas a reclamos presentados.
51
El Defensor del Pueblo participó, el día 14 de noviembre de 2011, del Acto de
Apertura de las “7º Jornadas Provinciales de Prevención de Adicciones” que se desarrolló
en el Centro Cultural Municipal “José Hernández” de la ciudad de Rawson.
El día 17 de noviembre de 2011 el Defensor del Pueblo participó en la Sesión
Especial de la Honorable Legislatura Provincial en
la que se hizo entrega de un
“
Reconocimiento de Honor” a la Sra. Sabina Velásquez, alumna de la Escuela SemiPresencial de Yala Laubat.
Durante los días 22, 23, 24 y 25 de noviembre de año 2011 el Defensor del
Pueblo participó del 4to. Plenario Anual de la Asociación de Defensores del
Pueblo de la República Argentina (A.D.P.R.A) y de la XVI Asamblea General de
la Federación Iberoamericana del Ombudsman (F.I.O) que se desarrollaron en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El día 01 de diciembre de 2011, el Defensor del Pueblo recibió la visita de
funcionarios locales y nacionales de la Empresa Telefónica de Argentina S.A., con quienes
se analizaron reclamos relacionados con los servicios
de los
que es prestataria la
mencionada empresa.
El día 14 de diciembre de 2011, el Defensor del Pueblo mantuvo una reunió con
el Titular del I.A.C con el objeto de tratar la problemática de terrenos en Puerto
Pirámides, ante el reclamo de varios habitantes de lugar.
En fecha 16 de diciembre del año 2011, la Defensora Adjunta Sede Esquel se
comunicó con el Presidente de la Cooperativa 16 de octubre Ltda. ante inquietudes de
vecinos de Trevelin por inconvenientes en los servicios que la misma presta.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 19 de enero del año 2012, se comunicó
con la Directora de Defensa del Consumidor de ese Municipio, en relación a
52
inconvenientes planteados por ciudadanos chubutenses respecto de las facturaciones del
servicio de gas domiciliario.
En fecha 27 de enero de 2012, la Defensora Adjunta Sede Esquel, se reunió en
las nuevas oficinas de la Sede de la Defensoría, con la Directora de Discapacidad de la
Municipalidad de Esquel, con quien evaluó las temáticas comunes a ambas instituciones.
La Defensora Adjunta Sede Esquel, el día 31 de enero de 2012, se comunicó
telefónicamente con el Subsecretario de Obras Públicas de ese municipio, por reclamos
referidos a permisos provisorios de servicios eléctricos.
Ese mismo día, mantuvo comunicación con el Delegado de ENARGAS en la
Provincia del Chubut, para dar respuesta a reclamos por conexiones domiciliarias de gas
en un nuevo barrio de la ciudad de Esquel.
El día 01 de febrero de 2012 se recibió en la Defensoría del Pueblo la visita del
Diputado Provincial Sr. Anselmo Montes Segovia.
El día 02 de febrero de año
2012, el Defensor del Pueblo se comunicó
telefónicamente con funcionarios de la empresa Telefónica de Argentina S.A. para
requerir información por la falta de servicio en una amplia zona de la costa este de la
Provincia del Chubut. Con posterioridad se estableció que los inconvenientes presentados
en la prestación de los servicios telefónicos y de Internet fueron producto de presunto
sabotaje a las líneas, razón por la cual y ante la denuncia realizada por la Empresa, tomó
intervención la Justicia Federal.
En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, receptó los
reclamos presentados por el Presidente de la Federación de Jubilados Chubut Sur,
respecto de la problemática de varios de sus asociados, que fueron afectados por
descuentos en sus haberes jubilatorios correspondientes a préstamos ya cancelados o
que no fueron solicitados. Asimismo se comunicó telefónicamente con la Delegada
Regional del Programa de Salud de la Tercera Edad, a quien le transmitió los reclamos de
53
jubilados por la falta de atención médica, en el Barrio Don Bosco de la Ciudad de
Comodoro Rivadavia.
El día 07 de febrero de 2012 el Defensor del Pueblo recibió al Ing. Pascualich,
funcionario de la Cooperativa Eléctrica de Rawson, evaluando distintos reclamos por la
prestación de los servicios de esa Cooperativa.
Ese mismo día se reunió con la funcionaria del Sector Farmacia de la Secretaría
de Salud, ante el reclamo de un ciudadano de Puerto Madryn, por la falta de
medicamentos en el Hospital de esa ciudad, con quien se analizó la inmediata solución
del problema denunciado.
El día 08 de febrero del año 2012 mantuvo el Defensor del Pueblo una reunión
con Funcionarios de la Obra Social SEROS, para brindar respuesta a reclamo de un
afiliado.
En esa misma fecha y por reclamo de un afiliado de la Obra Social Jerárquicos
Salud, se comunicó vía telefónica con la ciudad de Santa Fe donde funciona la Sede
Central de la obra social indicada.
El día 13 de febrero de año 2012, el Defensor del Pueblo se reunió con el
funcionario del Área de Acción Social del Municipio de Rawson Sr. Karmelo Rossini.
La Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia en fecha 14 de febrero de 2012,
se comunicó con el Subsecretario de Control del Desarrollo Sustentable del Ministerio de
Ambiente de la Provincia, con el objeto de tomar conocimiento de las acciones llevadas a
cabo desde ese organismo provincial respecto del derrame de petróleo ocurrido en un
área del Yacimiento Manantiales Behr.
El día 15 de febrero del año 2012, la Defensora Adjunta Sede Comodoro
Rivadavia, se reunió con el Secretario del Consejo de Administración de la Cooperativa
Popular Ltda., por reclamos de ciudadanos ante repetidos cortes del servicio de provisión
de agua potable.
54
El día 17 de febrero de 2012, el Defensor del Pueblo se reunió en Rawson, con el
responsable de Becas del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.
En la misma fecha, la Defensora Adjunta Sede Comodoro Rivadavia, mantuvo
comunicación con la Directora del Área Programática Sur del Ministerio de Salud de la
Provincia, con el fin de abordar temas de su competencia.
55
- ANEXO I -
ACTUACIONES DE OFICIO.
NOTA: Art. 14º - 1er párrafo Ley V – Nº 81 (antes Ley 4518) – El Defensor del
Pueblo debe iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado
cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos, hechos
u omisiones de la Administración Pública Provincial, sus agentes y de las
empresas concesionarias de servicios públicos aludidas en el artículo 1º de
esta Ley, que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular,
abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente
o inoportuno de sus funciones o prestaciones, incluyendo aquellos capaces
de afectar los intereses difusos o colectivos.-
56
COMODORO RIVADAVIA, 01 de Marzo de 2011
VISTO:
Que el diario El Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia publicó el 27 de
febrero de 2011 una nota titulada: “Una surgencia de gas mantiene en vilo al
barrio Las Orquídeas” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, desde hace un
tiempo, vecinos de las calles Los Ferroviarios y Juan Zabalo del barrio Las Orquídeas, en
Km.5, perciben un fuerte olor a gas;
Que los vecinos manifestaron su preocupación por el movimiento que empezaron a
observar hace algunos días en la calle Los Ferroviarios, que quedó limitada al acceso
vehicular y se colmó de máquinas y camionetas de YPF, de la Secretaría de Medio
Ambiente y de Defensa Civil , como asimismo de custodia policial;
Que el diario Patagónico se comunicó con fuentes empresariales que confirmaron
la presunción de los vecinos y aseguraron que se está trabajando sobre un pozo que fue
abandonado por la ex estatal YPF en 1968, pero que debido a la técnica que se utilizaba
en esa época, su sellado no quedó en condiciones óptimas;
Que YPF tendrá que reabrir y abandonar dicho pozo de acuerdo al protocolo
establecido por la resolución N° 05/95 que fija las pautas tecnológicas para el sellado
definitivo, ya que tendrá que cementarse el viejo pozo en toda su profundidad;
Que la temática planteada, es un tema de interés colectivo que afecta a un sector
de la comunidad de la Zona Norte de Comodoro Rivadavia que debe preocupar y ocupar
al Estado Municipal y Provincial;
57
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0275/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ surgencias de gas
preocupa a vecinos del Barrio Las Orquídeas”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 009/11
58
ESQUEL, 11 de MARZO de 2011.-
VISTO:
Las inquietudes manifestadas telefónicamente por padres de alumnos de la
Escuela Nº 81 de El Hoyo en esta Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut, sede
Esquel, respecto de la situación edilicia de la Escuela y la necesidad de que se garantice
el derecho de educación de sus hijos, ya que hasta el presente no se han iniciado las
clases;
CONSIDERANDO:
Que, debido a que en la Escuela Provincial Nº 81 de la localidad de El Hoyo, se
está ejecutando la construcción de un Salón de Usos Múltiples y la remodelación de los
sanitarios, los que aun no han sido finalizados, existe la posibilidad de que
provisoriamente se de comienzo a las clases, con la instalación de baños químicos para
los niños y las niñas y personal del establecimiento.
Que, en razón de que el ciclo lectivo ya ha dado comienzo en el mayor parte de
nuestra Provincia del Chubut, esta situación ha de encontrar una pronta solución
atendiéndose todos los aspectos para realizar la tarea educativa con las garantías
operativas, sanitarias y de seguridad necesarias.
Que en comunicación telefónica de esta Defensora Adjunta del Pueblo, sede
Esquel, con la señora Subsecretaria de Educación, del Ministerio de Educación de nuestra
Provincia del Chubut, Profesora Graciela Cigudoza, la misma garantizó la presencia de
personal de Supervisión de Escuelas en la reunión de padres a realizarse el día lunes 14
de marzo del corriente año, en las instalaciones de la misma escuela, donde se tratarán
las alternativas a seguir para garantizar el inicio de clases.
59
Que, por ser la temática presente una cuestión de interés colectivo, dado que
afecta a la totalidad de alumnos y alumnas que concurren a la Escuela Provincial Nº 81
de la Localidad de El Hoyo, en esta Provincia del Chubut, por tanto corresponde iniciar de
oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos
1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518);
POR ELLO
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0695-11-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/
solicita informes sobre situación de la Escuela Nº 81 de la Localidad de El Hoyo
– Provincia del Chubut .”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 008-11-E
60
RAWSON, 14 de Marzo de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2661/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Presuntos inconvenientes en la prestación del servicio
de telefonía fija en la localidad de Cerro Cóndor” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante reclamos de
vecinos de esa localidad y por las notas emitidas en los diversos medios informativos
locales, en referencia a los presuntos inconvenientes que atravesaría el servicio de
telefonía fija prestado por la empresa Telefónica de Argentina en ese lugar, afectando a
los usuarios quienes no han tenido una respuesta favorable a su reclamo;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática denunciada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 049/11.61
RAWSON, 16 de Marzo de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2663/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Presuntos inconvenientes en el anexo de la escuela
especial Nº 506 de Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la nota
publicada por el diario El Chubut de fecha 16 de marzo de 2011, en su página 13 de la
sección Regional, donde bajo el titular “RECLAMAN QUE COMIENCE A FUNCIONAR
ANEXO DE LA ESCUELA ESPECIAL 506”, se pone en conocimiento el reclamo
efectuado por madres de 30 alumnos que se encuentran inscriptos para comenzar el ciclo
educativo, y por motivos de falta de espacio en el establecimiento educativo Nº 506 de la
ciudad de Trelew no lo pueden hacer;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática denunciada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 050/11.-
62
COMODORO RIVADAVIA, 11 de Abril de 2011
VISTO:
Que el diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia publicó en la página
15 una nota titulada: “En el Juzgado de Faltas N°3 pararon por falta de baños” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, los empleados
municipales cuestionan que, el edificio de la Terminal de Ómnibus no dispone de la
infraestructura adecuada para el funcionamiento de las oficinas en las que desempeñan
sus tareas y que tampoco brinda las comodidades necesarias para los viajeros de las
líneas de transporte de larga distancia que arriban y parten desde ese lugar;
Que los empleados del Juzgado de Faltas N° 3 a cargo del Dr. Daniel Simunuvic,
efectuaron en los últimos días una retención de servicios por no disponer de baños
propios;
Que también en la nota de referencia los agentes municipales se quejan por el
sistema de calefacción que no está regulado;
Que a las quejas de los empleados se suman la de los pasajeros que usan
transitoriamente la Terminal, quienes demandan por un servicio de restaurante o
confitería, como asimismo la instalación de un kiosco que permita a los viajeros asistirse
de alguna provisión que satisfaga sus necesidades;
Que la temática planteada debe preocupar y ocupar a los funcionarios municipales
en aras de proteger los derechos que hacen a la mejor calidad de vida de las personas de
nuestra comunidad y de los viajeros que visitan la ciudad;
63
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0277/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ problemas de
infraestructura afectarían el funcionamiento de actividades en la Terminal de
ómnibus”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 010/11
64
RAWSON, 08 de Abril de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2666/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Presunta demora en la obtención del D.N.I. del señor
XXXXX XXXXX” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación
efectuada en el Diario El Chubut, Sección Puerto Madryn de fecha 5 de abril corriente
año, en la que bajo el título “Quejas por atrasos en la confección de un DNI”, se da
cuenta que el señor XXXXX XXXXX manifiesta que solicito desde hace más de ocho años
un nuevo D.N.I. en el Registro Civil, sin obtener hasta el día de la fecha el duplicado
correspondiente;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los
episodios denunciados en el Diario El Chubut, Sección Regionales de fecha 5 de abril del
año 2011.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 053/11.65
COMODORO RIVADAVIA, 19 de Abril de 2011.-
VISTO:
La publicación del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro Rivadavia del 18 de
abril de 2011 titulada: “Un hombre se electrocutó al tratar de realizar una
conexión ilegal en Km.8” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada nota de prensa obrante a fs.01, un hombre que
sería habitante de un sector del Barrio Standard Sur de Km.8, que en los últimos meses
fuera ocupado por decenas de familias, sufrió una descarga eléctrica mientras intentaba
realizar una conexión clandestina a un transformador de la Sociedad Cooperativa Popular
Limitada;
Que el incidente tuvo graves consecuencias al producirle al autor del hecho graves
lesiones y quemaduras, como así también daños al equipo de alta tensión que
provocaron un corte de luz en la zona que abastece el transformador;
Que la temática planteada es un tema de interés colectivo que afecta a un sector
de la comunidad de la Zona Norte de Comodoro Rivadavia que debe preocupar y ocupar
al Estado Municipal;
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
66
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0278/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ un hombre se
electrocutó al tratar de realizar una conexión ilegal en Km.8”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 011/11
67
COMODORO RIVADAVIA, 09 de Mayo de 2011
VISTO:
Las publicaciones periodísticas del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro
Rivadavia de los días 8 y9 de mayo de 2011 y que fueran tituladas: “Usuarios de
Aeropuertos Argentina 2000 pagan con multas la falta de inversión” y “El
Senado analiza la falta de obras en Aeropuertos Argentina 2000” y;
CONSIDERANDO:
Que la explotación comercial de todo el Aeropuerto General Mosconi está en
manos de la concesionaria Aeropuertos Argentina 2000 y que si bien existen espacios
tercerizados, el establecimiento privado es administrado en forma directa por la
concesionaria;
Que conforme resulta de la citada nota periodística obrante a fs.02, los usuarios
de Aeropuerto Argentina 200 en Comodoro Rivadavia comenzaron a pagar con multas la
falta de inversión que se observa en la terminal aérea de la mencionada ciudad;
Que en diciembre de 2002 la concesionaria anunció un plan de inversión de 63
millones de pesos, en la que se incluyó la ampliación del estacionamiento y que a casi
una década el espacio para estacionar es el mismo;
Que en los últimos años Comodoro Rivadavia tuvo un notable crecimiento
económico que fue acompañado por el incremento de su población y una gran demanda
de servicios;
Que en la nota publicada por el diario Patagónico del lunes 9 de mayo de 2011
obrante a fs. 03 y que fuera titulada: “El Senado analiza la falta de obras en Aeropuertos
Argentina 2000”, se hace referencia al Pedido de Informes que sobre la temática
68
planteada presentara en el Congreso Nacional el Senador Chubutense, Dr. Marcelo
Guinle;
Que de todo lo expuesto surge la necesidad de implementar por parte de la
autoridad regulatoria una política de fiscalización más activa y mantener un seguimiento
constante a los efectos de garantizar que las obras se finalicen en un tiempo prudencial;
Que el objetivo fundamental de esta Defensoría del Pueblo es la protección de los
derechos e intereses de los individuos y de la sociedad frente a los actos, hechos y
omisiones de la Administración Pública Provincial y de las empresas prestatarias de
servicios públicos con actuación en el territorio de la Provincia mediante concesiones
otorgadas por autoridades nacionales, provinciales o municipales, ello en función de lo
prescripto por los artículos 1º, 14º y concordantes de la Ley V Nº 81;
Que ante las presuntas irregularidades en el grado de cumplimento de
Aeropuertos Argentina 2000 a las inversiones comprometidas, entre otras,
para los aeropuertos de Chubut, deviene iniciar de oficio la presente actuación
en amparo de los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex 4518) tendiente
a esclarecer los hechos y a garantizar los derechos que asisten a los usuarios
del servicio aéreo;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0283/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ reclamos por falta de
inversión en el Aeropuerto de Comodoro Rivadavia”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 012/11
69
ESQUEL, 24 de MAYO de 2011.VISTO:
Las inquietudes manifestadas por medios gráficos, radiales y televisivos de
alumnos y autoridades educativas de la Escuela Nº 210 y 791 del Bº Badén de esta
Ciudad de Esquel, respecto de que decidieron suspender las actividades físicas en el
flamante Salón de Usos Múltiples ante una serie de irregularidades edilicias que no
permitirían la utilización de este espacio con las garantías necesarias.
CONSIDERANDO:
Que el SUM es un espacio de casi 1.500 metros cuadrados destinado a la práctica
de actividades deportivas y recreativas que demandó una inversión de 6 millones de
pesos.
El gimnasio fue inaugurado en octubre del año pasado, pero por falta de
seguridad la directora de la Escuela Nº 210, decidió suspender las actividades, dado que
además de que personal de la empresa constructora, trabajaba en el mismo espacio
mientras los alumnos realizaban las actividades escolares, también tiene problemas
eléctricos y de calefacción, la que no está funcionando, tal lo publicado en el diario
Chubut.
Que, las autoridades educativas manifestaron preocupación por la presencia de
personal de la firma Pasquini Construcciones y numerosos elementos de obra. También
llamaron la atención sobre la falta de calefacción en una de las alas del edificio,
problemas eléctricos y la aparición de una grieta en el piso y otra en una pared.
Que la presidenta de la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 791 manifestó
que “Nuestros hijos venían a hacer gimnasia al SUM y el viernes tuvieron que hacer
gimnasia afuera porque estaba cerrado, sin aviso suspendieron las actividades” agregó
que, tanto docentes como el grupo de padres que se acercó ayer al establecimiento
educativo, “no tuvimos ningún tipo de información pero sabemos que faltaba arreglar
problemas de electricidad y calefacción. Y por ello la directora de la escuela 210 decidió
70
cerrar por falta de seguridad, los chicos hacían gimnasia y había personal de la empresa
trabajando”.
En tal sentido señaló que “este gimnasio esta destinado a la escuela 791 que,
como no tiene edificio propio, trabaja en varias sedes; también lo utilizan los alumnos de
la escuela 210 y el jardín, aparte de la comunidad, la Junta Vecinal y la Policía
Comunitaria”.
Que también como madre se mostró preocupada “por la falta de seguridad y ahora
que estén haciendo gimnasia afuera con el frío que hace”.
Que, por ser la temática presente una cuestión de interés colectivo, dado que
afecta al alumnado de la Escuela Provincial Nº 210 y 791 del Bº Badén de esta Ciudad de
Esquel,
Provincia del Chubut, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente
actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la
V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
POR ELLO
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0726-11-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/
solicita informes sobre situación del SUM de la Escuela Nº 210 y 791 del Bº
Badén de la Ciudad de Esquel– Provincia del Chubut”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 014-11-E
71
COMODORO RIVADAVIA, 10 de Junio de 2011.-
VISTO:
Que en el transcurso de la tarde del 06 de junio de 2011, vecinos del Barrio Don
Bosco de la ciudad de Comodoro Rivadavia, no pudiendo comunicarse con los teléfonos
de la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, lo hicieron con la Defensora Adjunta a
efectos de trasmitir sus quejas y solicitar su intervención por los inconvenientes
producidos por un corte inesperado del agua domiciliaria que provee el organismo
mencionado y que estos reclamos se sumaron a los que en horas de esa mañana
realizaron a través de Radio FM del Mar, usuarios del servicio domiciliario de Standard
Norte por la falta del vital elemento durante el fin de semana y;
CONSIDERANDO:
Que tanto los vecinos de Don Bosco como los de Standard Norte plantearon sus
quejas por carecer de información sobre el corte en cuestión ante la imposibilidad de
comunicarse con los teléfonos que la Sociedad Cooperativa registra para atender los
reclamos de los usuarios;
Que la Defensora Adjunta trató de establecer contacto con responsables del área
de saneamiento en horas de la tarde del 06 de junio, por distintos medios, incluyendo la
telefonía celular, sin resultados positivos;
Que atento los antecedentes obrantes en la Defensoría del Pueblo Adjunta en
referencia a la distribución de agua potable en distintos barrios de la zona norte de la
ciudad en el marco de la puesta en funcionamiento del nuevo Acueducto Arenal_
Ciudadela, deviene necesarios iniciar de oficio la presente actuación a los efectos de
garantizar el servicio de agua que provee la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, todo
ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V
N° 81 (ex N°4518).
72
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0287/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ preocupación en
vecinos de Don Bosco y otros barrios de Km.8 afectados por corte del agua
que provee la S.C.P.L”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 019/11
73
COMODORO RIVADAVIA, 15 de Junio de 2011.-
VISTO:
La publicación periodística del Diario Patagónico del 12 de junio del corriente año
que fuera titulada Los Comodorenses cometen múltiples infracciones por falta de
señalización y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs.01, debe preocupar y
ocupar a los responsables de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Comodoro
Rivadavia la cantidad de infracciones que cometen los conductores al acceder a las
colectoras del Barrio Industrial por la Avenida Hipólito Yrigoyen;
Que personal de tránsito entrevistado por el periodista responsable de la nota de
referencia, reconoció la problemática en cuestión y expresó su opinión diciendo: “Hay
mucha imprudencia pero también falta bastante señalización en lugares clave porque la
ciudad creció bastante…”;
Que el incremento producido en el parque automotor en los últimos años ha
impactado considerablemente en las calles y rutas que recorren la ciudad, siendo
necesario que desde el organismo competente, se trabaje en un programa de
mejoramiento en el tránsito vehicular y peatonal que incluya en lo inmediato un plan de
señalización en los sectores más riesgosos.
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
74
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0289/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ inconvenientes en el
tránsito vehicular por falta de señalización en distintos sectores del Barrio
Industrial”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 020/11
75
RAWSON, 28 de Junio de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2713/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Funcionamiento de cajero automático en la ciudad de
Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que
viven en la ciudad de Trelew, quienes ponen de manifiesto que el cajero automático que
brinda servicio del Banco Chubut S.A. ubicado en la intersección de las calles 25 de Mayo
y Corrientes de esa ciudad esta fuera de funciones, ocasionando que los usuarios del
mismo deban trasladarse a otro cajero que se encuentra a una distancia considerable de
ese lugar;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 078/11.76
RAWSON, 28 de Junio de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2714/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos que exigen mas presencia policial
en la zona de la escuela de Bellas Artes de la ciudad de Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación
efectuada por el Diario El Chubut, Sección Regional de fecha 27º de junio de 2011, en la
que bajo el título “Piden más seguridad en la zona de la Escuela de Bellas Artes”,
donde se pone de manifiesto una serie de hechos delictivos y vandálicos acaecidos en las
inmediaciones de la Escuela de Bellas Artes de la ciudad de Trelew, y donde los afectados
solicitan una mayor presencia en el lugar de efectivos policiales;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 079/11.77
COMODORO RIVADAVIA, 01 de Julio de 2011
VISTO:
Las publicaciones periodísticas de los diarios el Patagónico y Crónica de la ciudad
de Comodoro Rivadavia, de los días 27 y 28 de junio de 2011, en referencia a las
viviendas que se inundaron en Rada Tilly por la rotura del caño del Nuevo Acueducto
Comodoro Rivadavia – Rada Tilly y;
CONSIDERANDO:
Que el alud que inundó tres viviendas de Rada Tilly, ciudad costera vecina a
Comodoro Rivadavia, en la madrugada del 26 de junio del corriente año, se originó por la
rotura de un caño del Nuevo Acueducto en el tramo que conecta con Caleta Olivia;
Que el río de agua con barro proveniente del cerro ingresó con fuerza en las casas
arrastrando todo a su paso generando un cuadro de angustia y desesperación en sus
habitantes que lograron escapar de la situación acorde los relatos que efectúan en las
notas periodísticas obrantes a fs. 02 y 03;
Que los integrantes de las familias damnificadas que fueron
evacuadas por el
Municipio de Rada Tilly hoy quieren saber quien reparará los daños y les resarcirá las
pérdidas ocasionadas por el alud;
Que la Sociedad Cooperativa Popular Limitada de la ciudad de Comodoro Rivadavia
como empresa prestataria del servicio, en la voz de su gerente de Saneamiento, Ing.
Marcos López, deslindó las responsabilidades del organismo mencionado ante el alud que
afectó a vecinos del Barrio Mirador de Rada Tilly;
Que el responsable del área de Saneamiento de la S.C.P.L, remarcó en la nota
periodística obrante a fs. 04 que la responsabilidad es de la Empresa constructora de la
obra, Ecosur Bahía y que los reclamos corresponden, a su vez, al Ente Nacional de
Obras Hídricas y Saneamiento - ENHOSA;
78
Que el objetivo fundamental de esta Defensoría del Pueblo es la protección de los
derechos e intereses de los individuos y de la sociedad frente a los actos, hechos y
omisiones de la Administración Pública Provincial y de las empresas prestatarias de
servicios públicos con actuación en el territorio de la Provincia mediante concesiones
otorgadas por autoridades nacionales, provinciales o municipales, ello en función de lo
prescripto por los artículos 1º, 14º y concordantes de la Ley V Nº 81 (ex 4518).
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0294/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ rotura del Nuevo
Acueducto Comodoro Rivadavia- Rada Tilly generó un alud que afectó a
vecinos del Barrios Mirador”
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 023/11
79
COMODORO RIVADAVIA, 13 de Julio de 2011
VISTO:
Que el diario Patagónico publicó en sus ediciones de los días 4,5 y 6 de julio de
2011, sendas notas referidas a las manifestaciones que, padres de los alumnos que
concurren a la Escuela 519 han realizado para reclamar por mejores condiciones edilicias
ante las necesidades de la comunidad escolar y;
CONSIDERANDO:
Que en la nota obrante a fs. 03 se hace referencia a que, padres de los 70
alumnos que concurren a la Esc. 519, ocuparon el viejo edificio de General Mosconi para
denunciar entre otras cosas “…que nueve chicos toman clases en un trailer ante la falta
de aulas, los peligros de las escaleras, la falta de seguridad, pérdida de gas en unas de
las aulas, presencia de hormigas en el comedor…”;
Que la Escuela de Educación Especial 519 que funciona desde hace 39 años en un
edificio donado por Y.P.F., hoy se encuentra deteriorada y no brinda las condiciones para
cumplir sus objetivos como tampoco garantiza seguridad a los integrantes de su
comunidad;
Que la Supervisora Técnica de Educación Especial en Comodoro Rivadavia, Prof.
Elena Cocca, al concurrir al lugar manifestó que, “la única escuela que está en
condiciones en la ciudad y que se construyó en el marco de la especialidad de los chicos
es la 514 y agregó en sus declaraciones obrantes a fs.03 que “los padres en muchos
casos tienen razón porque hace 30 años que gestionan una escuela nueva y que a pesar
de estar bien mantenida, la escuela 519 cuyo edificio funcionó en su origen como
lechería, hoy no se adapta a las necesidades de los niños;
Que los padres que se manifestaron para reclamar por un nuevo edificio,
recibieron el llamado de la Ministro de Educación, Mirtha Romero y también dialogaron
80
con el Intendente y Gobernador electo, Dr. Martín Buzzi, quien se comprometió a realizar
en lo inmediato trabajos de limpieza y refacciones y ocuparse del proyecto en su nueva
gestión, acorde lo publicado a fs.05;
Que los niños tienen derecho a estudiar en un lugar digno y seguro y que el
Estado a través de los sistemas de enseñanza formal y no formal deberá propiciar el
ámbito adecuado para que éstos desarrollen sus capacidades;
Que en consecuencia corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente
a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518);
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0295/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ padres de alumnos
de la Esc. Esp. 519 reclaman mejoras edilicias”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 024/11
81
COMODORO RIVADAVIA, 13 de julio de 2011.VISTO:
La nota periodística del diario El Patagónico del 12 de julio del 2011, titulada
“Susto en un boliche cuando se partió el primer piso “y;
CONSIDERANDO:
Que el hecho al que referencia el titular de la nota periodística obrante a fs. 01 se
produjo cuando más de 300 jóvenes disfrutaban del recital de la Banda de Rock Nacional
“La 25“ a las cuatro (4) de la madrugada del 11 de julio de 2011;
Que los jóvenes al saltar al ritmo de la música habrían causado el hundimiento del
suelo flotante del primer piso y que el incidente generó disturbios, peleas y pánico en
general en los concurrentes;
Que en medio de la inspección ocular que se realizara en el boliche en horas de
la
mañana del día del recital, el director de Habilitaciones del Municipio, dispuso la
clausura del local;
Que si bien el lugar quedó clausurado y las actuaciones pasaron al Juez de Faltas,
deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de quienes asisten a estos
“boliches” como Punto com, que desde los organismos competentes se intervenga en
forma inmediata;
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
82
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0297/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ la estructura del
primer piso de “Punto com” cedió en un recital”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 025/11
83
COMODORO RIVADAVIA, 26 de julio de 2011
VISTO:
Que en la noche del sábado 23 de julio del corriente año, vecinos del Barrio Don
Bosco, se comunicaron al teléfono fijo de la Defensora Adjunta, Sra. Ana Rojel de
Nassi, quien se domicilia en el mencionado barrio, para reclamar por un
prolongado
corte de luz en el sector y que el hecho fue reflejado en la nota periodística del diario
Patagónico del martes 26 de julio y ;
CONSIDERANDO:
Que la interrupción del servicio que abarcó los barrios Don Bosco, Standard Sur,
Centro y Norte de Km. 8, Restinga Ali, Caleta Córdova y Km. 5 se produjo entre las
20:30 del sábado 23 y la 01:30 del domingo 24 de julio del corriente año;
Que desde la Sociedad Cooperativa Popular Limitada, no se informó a la fecha de
esta Resolución, sobre las causas que provocaron el corte de energía;
Que varios vecinalistas de la zona norte manifestaron su preocupación por la
inseguridad que experimentaron al permanecer tantas horas completamente a oscuras;
Que atento que la naturaleza del reclamo de los vecinos potencia una situación
de riesgo para un gran sector de la comunidad comodorense, la Defensora Adjunta
resuelve iniciar de
oficio
la presente actuación, todo ello en el marco
de las
atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518);
POR ELLO:
84
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0300/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ prolongado corte de
luz afectó a barrios de la zona norte de la ciudad”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 029/11
85
COMODORO RIVADAVIA, 01 de Agosto de 2011
VISTO:
La preocupación de un grupo de personas integrantes de las organizaciones
comunitarias del Barrio Quino Costa por la crítica situación que estaría padeciendo una
vecina de 70 años, pensionada de PAMI y;
CONSIDERANDO:
Que la secretaria de la Biblioteca Obispo Jaime de Nevares en nombre de las
organizaciones del mencionado barrio, mediante un correo electrónico obrante a fs. 02,
puso en conocimiento de la Defensoría del Pueblo de las dificultades que presenta la
adulta mayor, Azucena Virginia Lesnik al vivir rodeada de personas alcohólicas que se
acercan a su precaria vivienda atento su condición de discapacidad;
Que la Defensora del Pueblo Adjunta, en respuesta al e- mail recibido solicitó a la
representante barrial, que se efectúe ante la Defensoría Adjunta una presentación formal
a efectos de dar cumplimiento al artículo 19° de la Ley V N° 81;
Que en razón de la decisión tomada por las organizaciones del Quirno Costa de
convocar a una reunión en la Sede Vecinal del mencionado barrio para exponer
públicamente la situación de la señora Azucena Leznik, la Defensora del Pueblo Adjunta
estima necesario a los efectos de garantizar la atención que PAMI debe brindarle a la
pensionada; iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer el tema atento
las
atribuciones conferidas por los artículos
1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex
N°4518);
POR ELLO:
86
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0302/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ organizaciones
comunitarias del Barrio Quirno Costa solicitan intervención ante PAMI por la
situación de riesgo que padecería una vecina de 70 años”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 031/11
87
COMODORO RIVADAVIA, 04 de Agosto de 2011
VISTO:
El reclamo que formulan vecinos residentes en Barrio Presidente Ortiz, Km.5, por
las dificultades que a diario se le presentan a los peatones que deben cruzar la Ruta N°1
y que pusieran de manifiesto en la nota periodística que el diario Patagónico del 03 de
agosto de 2011 titulara: “Los vecinos de Kilómetro 5 piden semáforos y reductores en la
Ruta 1” y;
CONSIDERANDO:
Que en la nota de referencia obrante a fs.01 un grupo de vecinos del Barrio
Presidente Ortiz manifiesta su preocupación por el riesgo que significa cruzar la Avenida
José Ingenieros (Ruta Pcial 1) en el tramo comprendido entre las rotondas ubicadas en
los accesos norte y sur de esa barriada;
Que el vecino XXXX XXXX recordó que hace unos meses juntaron más de 500
firmas demandando por semáforos, reductores de velocidad y controles preventivos de
tránsito en el tramo en cuestión y que la Asociación Vecinal elevó ese reclamo al
Municipio de la ciudad, pero que, a la fecha las respuestas no llegaron;
Que la situación que exponen los vecinos es crítica y peligrosa y que
especialmente afecta a los alumnos que concurren a los establecimientos educativos del
barrio en los respectivos horarios de entrada y salida;
Que deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de las personas que
transitan y/o cruzan la Avenida Ingenieros que, desde los organismos competentes se
intervenga en forma inmediata;
88
Que corresponde en consecuencia
y atento
las
atribuciones conferidas por los
artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0304/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ vecinos de Km.5
reclaman semáforos, reductores de velocidad y controles preventivos de
tránsito sobre la Ruta 1”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 032/11
89
COMODORO RIVADAVIA, 05 de Septiembre de 2011.VISTO:
Las denuncias que adjudicatarios policiales de las 72 Viviendas ubicadas en el
Barrio
Próspero Palazzo, realizaron ante el Delegado del Instituto Provincial de la
Vivienda en Comodoro Rivadavia en el trascurso de una reunión desarrollada
en el
Casino de Oficiales y ;
CONSIDERANDO:
Que un periodista del diario Patagónico cubrió la reunión convocada por el
personal policial que habita el mencionado plan y detalló en la nota obrante a fs. 01, de
los actuados las quejas que los adjudicatarios plantearon ante el delegado del I.P.V.,
Don Juan Perón;
Que los vecinos reclamaron pérdidas en los baños, caídas del revoque, graves
problemas en el sistema de la red cloacal, incumplimiento en el compromiso de
acondicionar la casa 9 a la accesibilidad de una niña discapacitada, entre otras falencias;
Que asimismo los adjudicatarios manifestaron sentirse sorprendidos por el costo
de la cuota de la casa, que se abona por débito automático del sueldo y expresaron que
los mil pesos que abonan, es muy elevado para el sueldo del efectivo policial que no
supera los $4000 de bolsillo;
Que la constructora que edificó las casas quebró y nadie se hizo responsable de las
falencias, ni el jefe de obra que según los damnificados sería el actual Secretario
Municipal de Obras Públicas, Arq. Maximiliano López;
Que ante la serie de reclamos expuestos al I.P.V., el Comisario Antonio Zúñiga,
presente en la reunión, se comprometió a que el área de servicio social, elabore un acta
con la firma de los adjudicatarios;
90
Que atento que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) establece
para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a
esclarecer los hechos denunciados;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0312/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ vecinos del barrio
policial de Próspero Palazzo denuncian fallas edilicias”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 038/11
91
COMODORO RIVADAVIA, 05 de Septiembre de 2011.VISTO:
La publicación periodística del diario Patagónico de la ciudad de Comodoro
Rivadavia titulada: “Temor por el tránsito de camiones con explosivos en la zona
céntrica” y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra la nota publicada el 5 de septiembre de 2011, mediante la cual
el periodista manifiesta que en las últimas semanas numerosos vecinos se comunicaron
con Defensa Civil para consultar respecto al paso de estos vehículos por pleno centro de
la ciudad;
Que los camiones que ingresan a la ciudad por el Módulo Norte policial ubicado en
la intersección de las Rutas 3 y 39 son controlados por Gendarmería Nacional y a partir
de ahí las unidades son acompañadas por móviles de Defensa Civil hasta la rotonda
ubicada en las Rutas 3 y 26;
Que el seguimiento que realiza Defensa Civil no está legislado y que el organismo
municipal realiza el acompañamiento a efectos de señalizar y alertar a automovilistas y
peatones la presencia de los camiones en cuestión, puntualizando que se evita el ingreso
a la ciudad en horario de salida de los chicos de la escuela y que el paso está habilitado
exclusivamente de las 6 (seis) hasta las 21 (veintiuna);
Que a Defensa Civil sólo se le avisa el paso de camiones con explosivos, pero no
con otras sustancias peligrosas, entre ellas las radiactivas y corrosivas;
Que se hace necesario avanzar en el proyecto del “camino de circunvalación” a
efectos de descomprimir el tránsito en la zona céntrica permitiendo que vehículos con
cargas peligrosas eviten el paso por las principales avenidas de la ciudad;
92
Que la temática planteada debe preocupar y ocupar al Estado Municipal y
Provincial porque atenta contra la seguridad de la población;
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518) iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0311/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ preocupa el
transporte de sustancias peligrosas en la zona céntrica de la ciudad”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 037/11
93
COMODORO RIVADAVIA, 13 de Septiembre de 2011
VISTO:
La publicación periodística del diario Patagónico del 12 de septiembre de 2011
titulada “Los jubilados le reclaman a PAMI más especialistas y menos esperas” y
CONSIDERANDO:
Que en la nota de referencia obrante a fs. 02 se pone de manifiesto que las
quejas de los afiliados de PAMI por la calidad de la prestación médica es una constante
desde hace varios años en Comodoro Rivadavia;
Que los abuelos demandan una mejor atención que se traduzca en más
especialistas en diversas áreas y en disminuir los tiempos de espera tanto para obtener
un turno como para aguardar una consulta;
Que atento la disponibilidad de camas (42 en el Hospital Alvear) que obliga a
implementar un sistema de altas tempranas; debiera instrumentarse como en Puerto
Madryn un programa de cuidados progresivos que contemple un trabajo en equipo de los
médicos, permitiendo eliminar así los sectores para facilitar la ubicación de los pacientes
de acuerdo a sus condiciones y patologías;
Que el referente de la Federación de Jubilados de Chubut, XXXX XXXX sostiene
que, si bien debe reconocerse que muchas cosas mejoraron en los últimos años, aún hay
mucho por hacer;
Que el señor Quinteros también manifiesta que es imprescindible disponer de una
unidad de traslado para los casos complejos y responder al pedido de los médicos de
cabecera y de especialistas que reclaman la actualización del valor de la cápita y los
pagos adeudados;
94
Que los jubilados residentes en Comodoro Rivadavia cuestionan el sistema de
atención al público que brinda PROSATE en San Martín y Saavedra… “somos cerca de 20
mil beneficiarios y sólo disponen de tres empleadas…”;
Que debería evaluarse el funcionamiento de las gerenciadoras como intermediarias
entre los jubilados y la obra social PAMI, atento que los afiliados viven permanentemente
“un calvario” y “trabajar una política clara que solucione estos problemas”… concluye
Mario Quinteros;
Que ante las presuntas irregularidades en que estarían incurriendo tanto PAMI
como PROSATE (programa de Salud de la Tercera edad) y en resguardo del derecho de
las personas de la 3ra edad a recibir atención médica adecuada; corresponde iniciar de
oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el marco de las
atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81 (antes N°4518).
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0314/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ los jubilados le
reclaman a PAMI mejoras en la atención”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 039/11
95
COMODORO RIVADAVIA, 15 de Septiembre de 2011.VISTO:
Las publicaciones periodísticas de los diarios “Crónica” y “Patagónico” que en el día
de la fecha titularan respectivamente: “Derrame con agua de producción afectó
tierras próximas al Predio Ferial” y “Se rompió una cañería en la Planta
Deshidratadora de Y.P.F.” y ;
CONSIDERANDO:
Que en la nota obrante a fs.02 el periodista del diario Crónica manifiesta que
alrededor de las 06 (seis) de la mañana de ayer se produjo un derrame de agua de
producción, conteniendo alrededor de un 1% de hidrocarburos, que afectó una amplia
superficie desde la Planta Deshidratadora de Y.P.F. hasta cercanías del Predio Ferial;
Que el incidente fue dado a conocer por la operadora, quien se ocupó desde
temprano en trabajar en la recuperación de las tierras afectadas a través de los
“camiones chupa” de distintas empresas con colaboración de diversas cuadrillas de
operarios;
Que el Director General de la Comarca Senguer- San Jorge de la Subsecretaría de
Regulación y Control Ambiental del Ministerio de Ambiente de la Provincia del Chubut,
tomó conocimiento de la situación y efectuó un recorrido por la zona afectada,
monitoreando las tareas de recuperación;
Que el derrame se habría producido por un problema en la bomba impulsora de la
planta y que unos 75 metros cúbicos de agua de producción con un 1% de hidrocarburo
habría afectado 1600 metros cuadrados de superficie;
Que el Director de la Comarca Senguer- San Jorge manifestó que desde el
Ministerio se realizará una inspección diaria sobre la tarea hasta que se logre el
saneamiento total del sector afectado;
96
Que en la nota del diario Patagónico obrante a fs. 04 se destaca que el Secretario
de Gobierno y Función Pública de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia, Dr. Jorge
Echelini informó que la Municipalidad de la ciudad intervino a través de la Subsecretaría
de Ambiente enviando inspectores para constatar el hecho junto a personal de Defensa
Civil que ayudó en las tareas de contención y limpieza;
Que el artículo 109° de la Constitución Provincial prevee el derecho de los
ciudadanos a un ambiente que asegure la dignidad de su vida y su bienestar;
Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 31° establece que el Municipio debe
procurar para los vecinos un ambiente sano y equilibrado y proteger el ecosistema
humano, natural y biológico, y en especial el aire, el agua, el suelo y el subsuelo,
eliminando o evitando todos los elementos contaminantes no aceptables que puedan
afectarlo;
Que ante las presuntas irregularidades en que habría incurrido la empresa y en
resguardo del derecho de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano, corresponde
iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el tema, todo ello en el
marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, 14° y ccs. de la Ley V N° 81
(antes Ley N°4518)
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0315/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame con “agua
de producción” afectó tierras próximas al Predio Ferial”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 040/11
97
COMODORO RIVADAVIA, 27 de Septiembre de 2011.VISTO:
Que los médicos cirujanos del Hospital Regional de la ciudad de Comodoro
Rivadavia vienen desplegando desde el pasado mes de agosto un plan de lucha por
reclamos salariales que afecta la salud de las personas que tienen programadas diversas
intervenciones quirúrgicas y ;
CONSIDERANDO:
Que la situación conflictiva que generaron los cirujanos del hospital en las últimas
semanas del mes en curso fue difundida ampliamente por los distintos medios de
comunicación escritos, orales, televisivos y digitales de la ciudad, atento que las medidas
adoptadas por estos profesionales de la medicina están ocasionando un fuerte impacto
en una franja muy sensible de la población;
Que las diversas notas periodísticas de los diarios Patagónico y Crónica obrantes a
fs. 01/05
refieren a que el conflicto que los cirujanos del Hospital mantienen con la
Secretaría de Salud de la Provincia pareciera no tener retorno, sobre la base de que las
cuestiones salariales comprometen el presupuesto futuro, por lo que el tema debería ser
abordado con las autoridades electas;
Que en la nota del diario Patagónico obrante a fs.03 se informa que el personal de
enfermería y de servicios representados por la Asociación de Trabajadores del Estado
analizará mañana en asamblea si inicia un plan de lucha en reclamo de mejoras salariales
y laborales en consonancia con los cirujanos;
Que ante la gravedad y la complejidad de la situación descripta in supra deviene
necesario que los estamentos involucrados trabajen para garantizar la atención integral
de la salud de los pacientes que concurren al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia;
98
Que atento que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°,14° y ccs. de la Ley V N° 81 establecen para esta
Defensoría del Pueblo; corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a
esclarecer los hechos;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0317/11 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ medidas de fuerzas
de los cirujanos del Hospital Regional afectan la salud de la población”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 042/11
99
RAWSON, 28 de Septiembre de 2011.VISTO:
La Actuación
Nº 2751/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas edilicios en el Barrio Constitución de la
ciudad de Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación
efectuada en el Diario El Chubut, Sección Regional de fecha 23º de septiembre junio del
corriente año, en la que bajo el título “Nos ataron los caños con alambre y las
viviendas se inundan”, se da cuenta de los varios inconvenientes que vienen sufriendo
los vecinos del Barrio Constitución de la ciudad de Trelew, debido a las tareas de
reparación y mejoramiento efectuadas por una empresa constructora privada, en el
marco de un programa lanzado por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo
Urbano de la Provincia del Chubut y que cuenta con el aval del Municipio de dicha ciudad;
Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación
de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a
resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los
episodios denunciados en el Diario El Chubut, Sección Regionales de fecha 23º de
septiembre del año 2011.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 142/11.100
RAWSON, 03 de Octubre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2757/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos de la calle María Humpreys de la
ciudad de Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
reclamos de vecinos de la ciudad de Trelew, que viven en la calle María Humpreys a la
altura de la calle Moreno, quienes dan cuenta de los varios inconvenientes que vienen
sufriendo los vecinos del lugar debido a los trabajos que fueron realizados por la empresa
Forever Pipe, contratada por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Ltda., para
realizar tareas de mejoramiento en la red cloacal. Debido a estas obras, la apertura del
pavimento que hasta la fecha no ha sido reparado, los vecinos se han visto enormemente
afectados por la rotura de cristales de sus viviendas y vehículos, por la presencia de
canto rodado extraído y el transito permanente en el lugar;
Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación
de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a
resolver la problemática planteada;
POR ELLO
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a solucionar los
episodios denunciados por los vecinos de la ciudad de Trelew.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 148/11.101
RAWSON, 03 de Octubre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2759/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Reclamo de vecinos por la falta de rampa de acceso
para discapacitados en el edificio de Jefatura de Policía de la Provincia de
Chubut en la ciudad de Rawson” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
reclamos de vecinos de la ciudad de Rawson, quienes dan cuenta de la falta de una
rampa para el acceso de discapacitados motrices en el edificio donde funciona la Jefatura
de la Provincia del Chubut, ex hotel Provincial, violando así la normativa provincial
vigente que establece y garantiza el acceso a edificios públicos para las personas con
algún tipo de discapacidad motriz;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 147/11.102
ESQUEL, 05 de OCTUBRE de 2011.VISTO:
La situación que se ha hecho pública por medios de información radiales,
televisivos y gráficos, y de consulta en esta Defensoría del Pueblo, sede Esquel,
respecto del reclamo de vecinos de la Ciudad de Esquel y del Paraje Las Golondrinas
en Lago Puelo de que se estarían realizando obras para la colocación de antenas
telefónicas no autorizadas,
CONSIDERANDO:
Que, respecto del reclamo en Esquel, un grupo de vecinos domiciliados en la
intersección de Rivadavia y Guido Spano se percataron de la construcción de una base
de importantes dimensiones donde se asentaría una de las antenas de 24 metros
proyectadas para implementar una red de cobertura de Telefónica de Argentina S.A.,
para llevar el servicio de telefonía fina e Internet a numerosos sectores que no
cuentan con ellos.
Que, sin embargo, las obras iniciadas por una empresa subcontratista de
Telefónica, no tenía los permisos municipales correspondientes, tal como lo admitieron
desde el sector de la Secretaría de Obras Públicas, tomando conocimiento a través de
la presentación de la nota suscripta por 30 personas de los barrios Güemes y Zabaleta.
Que, temerosos de poder ser afectados por ondas perjudiciales para la salud y
por la contaminación visual que implicaría una torre de esta envergadura, pidieron la
reubicación de la antena.
Que la preocupación textualmente manifestada por un representante de los
vecinos dice: “… más que nada tenía que ver con la necesidad de saber si las antenas
iban a emitir ondas ionizantes o no ionizantes, no somos expertos pero nos explicaron
que hay antenas que emiten ondas de telefonía celular ionizantes perjudiciales para la
salud y otras que no. Aparentemente estas antenas iban a emitir ondas no ionizantes,
pero todo aparentemente porque nadie tenía ningún tipo de información. Y ahora nos
103
informaron que la empresa va a colocar los dispositivos para mejorar el servicio en
Esquel a través de antenas preexistentes»…”.
Que en este mismo sentido han mostrado preocupación y hecho las
presentaciones respectivas ante el Municipio de Lago Puelo y su Concejo Deliberante
los vecinos del Paraje Las Golondrinas al detectar que se estaba instalando una antena
sin autorización previa.
Que estos vecinos también reclaman falta de información sobre el tipo de
antenas y sus posibles efectos en cuanto a la salud, dado la cercanía de las viviendas
de algunos de ellos a la antena a instalar.
Que el municipio intimó a la Empresa a la presentación de la documentación
pertinente en un término de 48 hs., pero los vecinos están dispuestos a tratar de
impedir la continuidad de la obra hasta tanto no tengan la información solicitada.
Que por los hechos descriptos precedentemente, la Defensoría del Pueblo, sede
Esquel considera la necesidad de que la Empresa Telefónica de Argentina S.A. informe
sobre el plan de obras a realizar en esta región cordillerana de la Provincia del Chubut,
describiendo tipo y cantidad de antenas y equipos a colocar, su ubicación geográfica,
alcances en cuanto a la afectación de la salud, si cumplen con las normativas
internacionales de la OMS (Organización Mundial de la Salud), y todo otro dato que
fuere esencial, en cumplimiento con las prescripciones Constitucionales y las leyes
especiales que amparan los Derechos de Lealtad Comercial, del Consumidor, de Medio
Ambiente y Salud, entre otras.
Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo, dado que la
situación afecta a ciudadanos de la Ciudad de Esquel y de la Comarca Andina en el
Municipio de Lago Puelo, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación
en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V,
Nº 81 ( antes Nº 4518);
POR ELLO
104
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0762-11-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/ intervención
ante Telefónica de Argentina S.A por instalación antena en Esquel y Comarca
Andina.”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 022-11-E
105
RAWSON, 06 de Octubre de 2011.VISTO:
La Actuación
Nº 2764/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Suspensión de los vuelos comerciales a la Provincia del
Chubut” y;
CONSIDERANDO:
Que es de público y notorio conocimiento las constantes suspensiones que se
vienen sucediendo en la prestación de los servicios de vuelos comerciales con destino a la
ciudad de Trelew, en virtud que las empresas prestatarias del servicio justifican que las
mismas se deben a la presencia de ceniza volcánica en suspensión, fenómeno
metereológico ocasionado por la erupción del volcán Puyehue en el sur de la República
de Chile afectando la región patagónica argentina, como así también es el de la
imposibilidad de arribar a la ciudad por la presencia de humedad en la pista de aterrizaje
local;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
RESOLUCION DPCH Nº 150/11.106
ESQUEL, 11 de OCTUBRE de 2011.-
VISTO:
La inquietud traída a esta Defensoría del Pueblo, sede Esquel, por
ciudadanos que se encuentran, por diferentes causales, en situación de ocupantes
informales de distintos inmuebles, y que solicitan se les conceda el permiso provisorio
de conexión de energía por parte de los municipios;
CONSIDERANDO:
Que, en la actualidad, el servicio de energía eléctrica es considerado
jurisprudencialmente como un Derecho público esencial que garantiza la mejor calidad
de vida y la salud de las personas, amparado constitucionalmente, considerado dentro de
los derechos humanos,
y que no afecta en modo alguno el derecho a la propiedad
privada –también con amparo constitucional-, por lo que tampoco crea derechos de los
ocupantes respecto de ella.
Que, es también fundamento del criterio jurisprudencial el hecho que
un inmueble sin servicio eléctrico y habitado por un grupo familiar que se ve obligado a
utilizar otros medios para proveerse mínimamente de luz, como velas, lámparas a gas,
kerosene, etc.; corre potencialmente un riesgo mayor de que se produzca un siniestro
por incendio, concluyendo en tal sentido, que es, entonces, también una medida
protectora de la propiedad y de la salud de las personas, ante la eventualidad de este
tipo de situaciones.
Que, a efectos de una comprensión más acabada sobre la concepción
jurídica actual del derecho de las personas -con situaciones de ocupación irregular o
ilegal-, a contar con el servicio de energía eléctrica, existen numerosos fallos sobre el
tema de nuestra Provincia del Chubut entre los que se pueden mencionar: “CAYUPÁN,
CESAR JAVIER y otra c/COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIO ELÉCTRICO Y
107
OTROS SERVICIOS PÚBLICOS CORCOVADO LTDA s/AMPARO” (Expte. Nº 216/05) que
tramitara ante el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esquel; “PAYALEF, MARÍA ELENA
c/ COOPERATIVA ELÉCTRICA DE CONSUMO Y VIVIENDA LTDA., TW s/acción de Amparo”
(Expte. Nº 16-fº 54-año 2000-Let´a155); “DE LUCIA, DANIEL EDUARDO c/COOP. DE
PROVISIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS Y VDA. DE PTO. MADRYN s/ Acción de Amparo”
(Expte. Nº 19.642 – año 2004); “PAILLALAF, CARLOS ALBERTO Y OTRA c/COOPERATIVA
ELECTRICA DE TRELEW s/sumarísimo” (Expte. 170, Folio 65, Año 1997, Lera 51721.
Que, en el entendimiento entonces, que la conexión al servicio de
energía eléctrica es un derecho esencial para la calidad de vida y la salud de las
personas, esta Defensoría del Pueblo promueve estas gestiones con el fin de articular las
acciones necesarias -alternativas a la promoción de acciones judiciales excepcionales
como la acción de amparo-, atento los antecedentes jurisprudenciales existentes sobre el
tema.
Que, esta concepción ha sido así entendida en otros casos similares
por la Municipalidad de Esquel, por la misma Cooperativa 16 de Octubre LTDA, por
Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, y otras Cooperativas y municipios quienes,
a fin de evitar la judicialización de los casos que pudieren surgir, y ante la gestión de esta
Defensoría del Pueblo, han resuelto expedir certificados de permiso de conexión en
forma provisoria, mientras se resuelvan los conflictos respecto de la ocupación de los
inmuebles por las vías legales que correspondan.
Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo,
dado que la situación afecta a numerosos ciudadanos de la Ciudad de Esquel y de la
zona de competencia territorial de esta sede Esquel, que se encuentran como ocupantes
informales, por tanto corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de
las atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V, Nº 81 ( antes Nº
4518);
POR ELLO
108
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0763-11-E, caratulada “DEFENSORÍA
DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/permisos provisorios de conexión de
energía eléctrica.”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 023-11-E
109
RAWSON, 18 de Octubre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2774/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas con los servicios de Internet y de Movistar
brindados por la empresa Telefónica de Argentina S.A.” y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que
viven en las ciudades de Trelew, Rawson y Puerto Madryn, y que son usuarios de los
servicios de Internet domiciliaria y de Movistar prestados por la Empresa Telefónica de
Argentina S.A. manifestando que ambos servicios se encontraban caídos sin poder
conectarse para su utilización normal durante la tarde del día 17 de octubre de 2011;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 157/11.110
RAWSON, 20 de Octubre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2775/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas con el servicio de Movistar brindado por la
empresa Telefónica de Argentina S.A.” y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la citada Actuación se han recibido reclamos de personas que
viven en las ciudades de Trelew, Rawson y Puerto Madryn, y que
son usuarios del
servicio de Movistar prestado por la Empresa Telefónica de Argentina S.A. manifestando
que el servicio se encontraba caído sin poder conectarse para su utilización normal
durante la tarde del día 19 de octubre de 2011;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 159/11.111
RAWSON, 27 de Octubre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2781/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas con la red cloacal de la ciudad de Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
llamados de vecinos del barrio Menfa de la ciudad de Trelew, en referencia a los
constantes problemas de los sistemas cloacales que se ven colapsados, originando ello
desbordes que afectan a las personas que viven en el lugar;
Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación
de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a
resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática ut supra expresada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 176/11.112
RAWSON, 02 de Noviembre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2782/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas con el suministro de agua potable en la
localidad de Puerto Pirámides” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
llamados de habitantes y turistas de la localidad de Puerto Pirámides por la falta de
suministro de agua potable para consumo humano, originando ello numerosos problemas
para desarrollar con normalidad las actividades cotidianas en el lugar;
Que con fecha 5 de octubre de 2011 el Defensor del Pueblo de la Provincia del
Chubut realizó una gestión informal en referencia a la temática planteada, y se comunicó
con el Subsecretario de Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, Ing. Nelson
Williams, quien informó que desde ese organismo a su cargo se viene trabajando
arduamente para dar una solución al problema que aqueja a esa localidad;
Que atento a la naturaleza de la temática denunciada y a la presunta afectación
de derechos de las personas, corresponde iniciar de oficio investigación tendiente a
resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática ut supra expresada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 179/11.113
ESQUEL, 15 de NOVIEMBRE de 2011.VISTO:
El planteamiento de malestar de vecinos de esta Ciudad de Esquel en medios
gráficos, y que han sido también motivo de consulta en esta Defensoría del Pueblo, sede
Esquel, respecto de que algunas llamadas de emergencia a las líneas gratuitas del
Comando Radioeléctrico de Esquel, los números 101 y 911, son derivadas a Neuquen u
otras localidades del País;
CONSIDERANDO:
Que, la Policía de esta Provincia de Chubut atribuye a las compañías de telefonía
celular el inconveniente que se viene suscitando en numerosos casos al tratar el usuario
de comunicarse a las líneas gratuitas del Comando Radioeléctrico de Esquel.
Que, hasta el año pasado los llamados al 101 realizados por clientes de Claro
terminaban siendo derivados automáticamente a la delegación policial de Puerto Madryn
y a su vez, los llamados de los clientes de Claro en Puerto Madryn terminaban siendo
transferidos a Esquel, donde un agente de policía era quien intentaba derivar el alerta a
la Ciudad balnearia.
Que, en la actualidad, para sorpresa del cliente, en algunos casos las llamadas de
Esquel son derivadas a la Ciudad de Neuquén u otras localidades del país.
Que el Comisario Mayor señor Juan Carlos Espíndola, Jefe de la URE de Policía,
expresó en medios de comunicación que cuando un ciudadano marca el 101 o el 911,
tiene que estar programado para comunicar situaciones de emergencia a la Policía, pero
que se han encontrado con la dificultad de la derivación de algunas de las llamadas a
diferentes puntos del País por parte de las Empresas de Telefonía móvil, Claro, Movistar,
Personal.
Que desde la Jefatura del Comando Radioléctrico han enviado una nota a la
empresa y que la respuesta fue que es el propio cliente el que tiene que reclamar a la
114
Empresa correspondiente.
Que, en el entendimiento de la importancia del tipo de comunicación a la que se
accede a través de estas líneas que son para informar, requerir, y/o
denunciar
situaciones de emergencia y urgencia de los Ciudadanos de nuestra Ciudad con el
servicio de seguridad brindado por la Policía del Chubut, es esencial el análisis por
parte de las prestadoras de servicio de telefonía celular a fin de arbitrar las medidas
necesarias para solucionar el inconveniente que suscitan las derivaciones de las
llamadas a otros puntos del País, eximiendo al cliente de ser quien deba realizar el
reclamo en forma personal por cada llamada incorrectamente derivada.
Que, la problemática presente es una cuestión de interés colectivo, dado que la
situación afecta a numerosos ciudadanos de la Ciudad de Esquel, por tanto corresponde
iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones conferidas por los
artículos 1º, 14º y ccs. de la Ley V, Nº 81 ( antes Nº 4518);
POR ELLO
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0776-11-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT s/ intervención
ante Empresas de Telefonía móvil, respecto de las derivaciones a distintos
puntos del País de alguna de las llamadas de emergencia del 101 y 911.”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 029-11-E
115
RAWSON, 27 de Diciembre de 2011.VISTO:
La
Actuación
Nº 2804/11
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas con la iluminación de la costa de Playa
Unión” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación
efectuada por el Diario El Chubut, Sección Rawson de fecha 26 de diciembre de 2011, en
la que bajo el título “La costa de Playa Unión estuvo sin iluminación en
Nochebuena y Navidad”, donde se pone de manifiesto que en las noches de los días
24 y 25 de diciembre la iluminación del sector costero del balneario de Playa Unión no
funcionó, originando el reclamo de vecinos que expresaron su preocupación en este
organismo a mi cargo, respecto de la seguridad por la oscuridad en que se encontraba la
zona;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática ut supra expresada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 192/11.116
ESQUEL, 04 de ENERO de 2012.VISTO:
Las manifestaciones en medios de difusión, y mediante consulta en esta sede de la
Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut de adjudicatarios del Barrio Asociación
de Empleados de Salud de esta Ciudad de Esquel, respecto de la situación de la falta del
servicio de gas natural en las treinta viviendas de dicho barrio entregadas por el IPV y
DU,
CONSIDERANDO:
Que a fines del mes de Noviembre/11, el Instituto Provincial de la Vivienda y
Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut (IPV y DU), a pedido de los beneficiarios y a
pesar de no tener habilitado el suministro de gas natural hizo la entrega formal de las
primeras 30 casas del plan habitacional de la Asociación Empleados de la Salud.
Que, según el Delegado zonal del IPV y DU de Esquel, señor Raúl Piva, el planteo
de los vecinos era que tenían la necesidad de ocupar sus viviendas por varios motivos y
principalmente por temor a que fueran ocupadas ilegalmente.
Que, sin embargo el Delegado reconoció -en manifestaciones realizadas al Diario
Chubut-, que desde el IPV «…todavía no sabemos cuándo van a tener servicio de gas y
ellos tampoco, vamos a seguir acompañándolos en la gestión correspondiente al pedido
de habilitación del servicio y estuvieron de acuerdo con eso…».
Que también advirtió que desde el organismo provincial la obra estaba terminada
como corresponde, con la red construida por el IPV y DU y ya transferida a Camuzzi Gas
del Sur S.A., con gas en la tubería, y que no sabían hasta cuando iban a seguir sin gas
las viviendas adjudicadas.
Que, por otro lado precisó que «…Camuzzi nos entregó una nota en febrero,
diciendo que el suministro del gas estaba supeditado a la terminación de una obra que
117
están construyendo en Gobernador Costa, una planta compresora que tendría que haber
estado terminada en junio. De febrero a junio pensamos que no debería haber problema
y seguimos con la obra pero a la fecha esa obra que no depende de nosotros, que está a
cargo de una empresa contratada por Emgasud, no terminó la obra y no podemos tener
a la gente de rehén esperando que termine la obra, la decisión política es adjudicar las
viviendas a cada vecino y seguir con el trámite que estábamos haciendo para que esas
familias tengan gas…»
Que, por ser la problemática presente una cuestión que afecta a un grupo de
adjudicatarios de viviendas del IPV y DU, atinente a la falta del servicio de gas natural,
corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las atribuciones
conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº 4518);
POR ELLO
LA DEFENSORA DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT A CARGO
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0789-12-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/
solicita informes sobre el otorgamiento del servicio de gas natural a
adjudicatarios del Barrio de la Asociación de Empleados de Salud de la Ciudad
de Esquel, Chubut”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 002-12-E
118
ESQUEL, 06 de ENERO de 2012.-
VISTO:
La situación respecto de la falta de combustible en la Ciudad de Esquel y otras
Ciudades y localidades de la Provincia del Chubut que se ha suscitado desde los últimos
días del año 2011 y hasta la fecha;
CONSIDERANDO:
Que la falta de combustible en esta época del año en que comienzan las
vacaciones afecta sensiblemente a la población en general dado que se genera una
mayor circulación automovilística de particulares con fines turísticos, y una intensificación
en las actividades comerciales, industriales y de las empresas de transporte público, de
taxis y remises entre otros.
Que debido a esta situación se han estado formando improvisadas filas de
automóviles que se han llegado a extender por un kilómetro a la redonda de las
estaciones de servicio.
Que por tal motivo también muchos ciudadanos de la Provincia han cancelado sus
vacaciones a otros destinos de la región o del País.
Que evidentemente esto causa un perjuicio para el movimiento económico que
deriva de la industria del turismo y que este efecto es extensivo a otras actividades
industriales y productivas de esta Provincia y de la Argentina toda.
Que, en razón de ello desde diferentes sectores de la ciudadanía y del Estado
Provincial se ha concluido que sería esencial el aumento de los cupos de combustibles
entregados por las petroleras a las expendedoras de combustible de la Ciudad de Esquel
y el resto de nuestra Provincia del Chubut,
119
Que, por ser la problemática presente una cuestión que afecta a la mayoría de los
ciudadanos de la Provincia del Chubut, atinente a la falta de combustible líquido para los
automotores, corresponde iniciar de oficio la presente actuación en el marco de las
atribuciones conferidas por los artículos 1º, 14º y ccs. de la V, Nº 81 (antes Ley Nº
4518);
POR ELLO
LA DEFENSORA DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar
de
Oficio la Actuación Nº 0790-12-E, caratulada
“DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT – SEDE ESQUEL s/
falta de combustible en las expendedoras de la Ciudad de Esquel y otras
Ciudades y localidades de la Provincia del Chubut”
Artículo 2º .- Realizar todas las gestiones formales
e informales que resulten
necesarias para el trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 003-12-E
120
RAWSON, 13 de Enero de 2012.VISTO:
La
Actuación
Nº 2810/12
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas en el suministro de energía en la ciudad de
Rawson” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
reclamos recibidos en este organismo a mi cargo, que dan cuenta de los serios
inconvenientes que vienen sufriendo los vecinos de la ciudad de Rawson y del balneario
de Playa Unión, a raíz de los cortes en el suministro de energía eléctrica que se han
producido en los últimos días;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer los hechos
ut supra enunciados..
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 002/12.121
RAWSON, 06 de Febrero de 2012.VISTO:
La
Actuación
Nº 2817/12
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Reiterados hechos delictivos a turistas en la ciudad de
Trelew” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante la publicación
efectuada por el Diario El Chubut, Sección Policial de fecha 28 de enero de 2012, en la
que bajo el título “Desvalijan a turistas suizos en pleno centro de Trelew”, como
así también numerosos reclamos telefónicos de vecinos del lugar, donde ponen de
manifiesto una serie de hechos delictivos y acaecidos en las inmediaciones del Museo
Paleontológico Edigio Feruglio de la ciudad de Trelew, y donde los afectados y
comerciantes solicitan una mayor presencia en el lugar de efectivos policiales;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 004/12.122
RAWSON, 06 de Febrero de 2012.VISTO:
La
Actuación
Nº 2818/12
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Mal estado de la calzada de la Ruta Provincial Nº 25,
tramo Trelew – Las Chapas” y;
CONSIDERANDO:
Que esta Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento mediante numerosos
llamados de habitantes de las localidades del valle inferior del Río Chubut, como así
también de turistas que circulan por la ruta provincial Nº 25, quienes reclaman por el mal
estado en que se encuentra la cinta asfáltica de la mencionada ruta en el tramo
comprendido entre la ciudad de Trelew y el paraje de Las Chapas. La ruta presenta gran
cantidad de baches con sus banquinas en muy mal estado, y como así también la falta de
pintado de la señalización de la misma;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a esclarecer la
problemática ut supra expresada.
Artículo 2º.- Realizar toda gestión formal o informal que resulte pertinente para el
trámite de la presente.
Artículo 3º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 003/12.-
123
COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO:
La nota periodística del diario Patagónico del 11 de enero de 2012, titulada “Por
aparente falta de mantenimiento un pozo de YPF derramó petróleo en Castelli” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs. 02 el derrame se
produjo al mediodía del martes diez de enero del corriente año por rotura de un puente
de producción ocasionado tras la voladura de uno de los cercos perimetrales del aparato
de bombeo que impactó en la cañería y empezó a verter crudo;
Que el Subsecretario de Ambiente de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia,
Fabián Suárez acompañado de otros funcionarios municipales, anoticiados del accidente a
través del Ministerio de Ambiente de Chubut (que recibió la noticia) se hicieron presentes
inmediatamente en el lugar y pudieron constatar el derrame que se observa en la
fotografía del diario obrante a fs. 01;
Que transcurrido un tiempo prudencial también se acercaron al lugar en cuestión
referentes de la cartera provincial de incumbencia y posteriormente enviados de la
operadora;
Que labradas las actas correspondientes que serían elevadas al Tribunal de Faltas
para evaluar sanciones, se solicitó la urgente reparación y remediación del pozo como
asimismo los operarios de YPF detuvieron la producción;
Que el representante del Ministerio de Ambiente de la Provincia del Chubut refirió
a la presunta negligencia de la empresa y pidió que se maximicen los esfuerzos para
impedir este tipo de accidentes manifestando que el Estado pondrá énfasis en el control
de la actividad que se desarrolla en el ejido urbano;
124
Que el artículo 41° de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes
gocen del derecho a un ambiente sano y equilibrado imponiendo por su parte un deber
jurídico de todos los ciudadanos de preservarlo, obligación que le corresponde al Estado
Nacional, Provincial y Municipal;
Que por su parte el Art. 109° de la Constitución Provincial, también prevée el
derecho de los ciudadanos a un ambiente que asegure la dignidad de su vida y su
bienestar;
Que en consecuencia corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente
a esclarecer el tema y constatar las tareas de remediación que se hubieren realizado;
todo en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley
V N° 81 (ex N°4518);
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0319/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame de petróleo
en cercanías de viviendas del barrio Castelli”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 002/12
125
COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO:
Que el diario Patagónico del 26 de enero de 2012, publicó en su tapa la fotografía
de un campo que, ubicado a unos treinta kilómetros de la ciudad de Comodoro Rivadavia,
muestra un considerable derrame de petróleo y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 de los actuados, puede leerse “Un yacimiento de CAPSA sufrió
un derrame en Manantiales Behr”, ubicando así la zona donde ocurrió el derrame
reflejado en la fotografía que el diario publicó en su tapa;
Que el derrame fue detectado el fin de semana anterior a la fecha de la nota
periodística y que, inmediatamente, un equipo de 20 operarios tanto del área de
Ambiente Provincial como de la empresa CAPSA (Compañía Argentina del Petróleo S.A.)
comenzó con las tareas de remediación en la zona en cuestión;
Que el Ministro de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable de Chubut,
Eduardo Maza, supervisó las tareas necesarias para minimizar el impacto ambiental de un
derrame de aproximadamente 60m3 de hidrocarburos el día 25 de enero, acompañado
del Subsecretario de Gestión Ambiental, Ariel Gamboa;
Que el derrame se produjo en Manantiales Behr y Sector 4 de CAPSA, a unos ocho
kilómetros del casco urbano de Diadema Argentina (barrio de la zona norte de la ciudad)
y de la Ruta Provincial 39, afectando la flora del lugar;
Que deviene necesario a los efectos de garantizar la seguridad de los habitantes
radicados en las proximidades del accidente y en resguardo del medioambiente que nos
circunda, iniciar de oficio la presente actuación, todo ello en el marco de las atribuciones
126
conferidas a esta Defensoría del Pueblo por los artículos 1°, 14 ° y ccs. de la Ley V N° 81
(ex N°4518);
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0320/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ derrame de petróleo
en Manantiales Behr – Sector 4 de CAPSA”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 003/12
127
COMODORO RIVADAVIA, 07 de Febrero de 2012.VISTO:
La publicación periodística del diario Patagónico del 01 de Febrero de 2012,
titulada Jubilados denuncian el cierre de la terapia intermedia y reclaman insumos y
mejoras en la atención del Hospital Alvear y;
CONSIDERANDO:
Que en la nota de referencia obrante a fs.01 un grupo de afiliados a la Obra Social
PAMI denuncian que la falta de personal en el Hospital Alvear obligó el cierre de la
terapia intermedia el 26
de enero del corriente año, obligando a los pacientes con
determinadas patologías a ser redistribuidos en salas comunes o dándoles de alta;
Que los afiliados XXXX XXXX, XXX XXXX y XXXX XXXX brindaron su testimonio y
pidieron a las autoridades de salud que tomen medidas urgentes por la delicada situación
que estaría atravesando la salud pública;
Que los mencionados jubilados reclaman por insumos y mejoras en la atención del
Hospital Alvear: adecuar los consultorios médicos, falta de tensiómetros, guantes de látex
y elementos varios de atención primaria, cuestionando también la falta de enfermeros;
Que ante las presuntas irregularidades en que estarían incurriendo tanto PAMI
como PROSATE, acorde las denuncias formuladas en la nota periodística de referencia, y
en resguardo del derecho de las personas de la 3ra edad a recibir atención médica
adecuada; corresponde iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el
tema, todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs.
de la Ley V N° 81 (ex N°4518);
128
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0321/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ jubilados reclaman
por mejoras e insumos en el Hospital Alvear y denuncian el cierre de la terapia
intermedia”.
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 004/12
129
COMODORO RIVADAVIA, 14 de Febrero de 2012.VISTO:
La nota periodística del diario Crónica
del 10 de Febrero de 2012 que fuera
titulada “Vecinos de Palazzo viven al frente de un pozo infeccioso desde hace
meses” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme resulta de la citada publicación obrante a fs. 01 vecinos residentes
del barrio Próspero Palazzo de la ciudad de Comodoro Rivadavia, se comunicaron
telefónicamente con la redacción del diario para expresar su preocupación e indignación
por la situación que viven quienes habitan en cercanías de una laguna que desprende
olores pestilentes por los componentes que la conforman,
Que de la mencionada nota se desprende que, desde hace varios meses, un grupo
de vecinos de las calles Teniente Candelaria y Juan José Paso reclaman a la Sociedad
Cooperativa Popular Limitada por el desborde de aguas cloacales que afectan sus
viviendas;
Que los vecinos demandantes manifiestan que los operarios de la empresa
prestataria del servicio acuden al lugar en cuestión brindando una solución momentánea
al realizar las tareas de destape, pero a los pocos días le situación se repite;
Que las vecinas Estela y Yolanda, al formular declaraciones al diario Crónica hacen
público el clamor de que el organismo competente trabaje en una solución definitiva y
que “alguien” intervenga;
Que deviene necesario a los efectos de garantizar que todos los habitantes gocen
del derecho a un ambiente sano y equilibrado atento la normativas vigentes en el estado
provincial y municipal; iniciar de oficio la presente Actuación tendiente a esclarecer el
130
tema; todo ello en el marco de las atribuciones conferidas por los artículos 1°,14 ° y ccs.
de la Ley V N° 81 (ex N°4518);
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0323/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ Vecinos de Próspero
Palazzo preocupados por los desbordes cloacales en sus viviendas y por el
estado contaminante de la laguna que circunda el sector”
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 009/12
131
COMODORO RIVADAVIA, 17 de Febrero de 2012
VISTO:
Que el diario Patagónico publicó en el día de la fecha, 14 de febrero de 2012 la
nota titulada “Suspenden atención en odontología porque no hay anestesia” y;
CONSIDERANDO:
Que en la mencionada nota obrante a fs.01 el periodista refiere a los
inconvenientes que tuvieron pacientes del Hospital Regional de Comodoro Rivadavia por
falta de insumos;
Que una de las especialidades más afectadas fue la de odontología porque por
falta de anestesia no se estarían realizando extracciones y arreglos, y que solo se estarían
atendiendo urgencias por guardia;
Que las personas que se encontraban en el Hospital en el momento de la nota
periodística dieron testimonios de situaciones que les tocó vivir con pacientes que
tuvieron intervenciones sin contar con los productos necesarios por falta de recursos para
adquirirlos;
Que deviene necesario a los efectos de garantizar la atención adecuada de las
personas que se asisten en el Hospital Regional, que desde los organismos competentes
se intervenga en forma eficiente;
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema;
POR ELLO:
132
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0324/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ en el Hospital
Regional
de
Comodoro
Rivadavia
habrían
suspendido
el
servicio
de
odontología por falta de anestesia”
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 010/12
133
RAWSON, 17 de Febrero de 2012.VISTO:
La
Actuación
Nº 2821/12
caratulada: “Defensoría del Pueblo de la
Provincia del Chubut s/ Problemas en el suministro de combustibles en la
Provincia del Chubut” y;
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la citada actuación se han recibido numerosos reclamos
telefónicos
de personas que viven en distintos puntos de nuestra provincia,
manifestando la notable escasez de combustibles en las estaciones de servicio, hecho que
les genera preocupación atento la vital necesidad de contar con los mismos para
garantizar la prestación de servicios públicos, semipúblicos y permitir el normal desarrollo
de sus actividades económicas;
Que atento a que la temática planteada se encuentra dentro de la órbita de
competencia que los artículos 1°, 14° y ccs de la ley V Nº 81 (antes Ley Nº 4518)
establecen para esta Defensoría del Pueblo, corresponde iniciar de oficio investigación
tendiente a resolver la problemática planteada;
POR ELLO:
EL DEFENSOR DEL PUEBLO
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE:
Artículo 1º.- Iniciar de oficio la presente actuación tendiente a investigar la temática
planteada.
Artículo 2º.- Cursar Pedido de Informes a toda persona jurídica pública o privada
que resultare pertinente.
Artículo 3º.- Realizar toda gestión formal o informal que fuera de utilidad para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 4º.- Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION DPCH Nº 027/12.134
COMODORO RIVADAVIA, 22 de Febrero de 2012
VISTO:
Que en el día de la fecha 16 de febrero de 2012, el diario Patagónico publica una
nota titulada “La avería en un conducto de Y.P.F. con agua de purga causó un
derrame” y;
CONSIDERANDO:
Que conforme se lee en la citada publicación obrante a fs. 01, en horas de la tarde
de ayer, por causas que se tratan de establecer, se rompió una cañería que transportaba
agua de purga de la Planta Deshidratadora de la operadora Y.P.F. Yacimientos
Petrolíferos Fiscales en Comodoro Rivadavia, situada entre los barrios Rodríguez Peña y
Ciudadela;
Que las aguas empetroladas alcanzaron las líneas de alta tensión como puede
observarse en la fotografía que ilustra la nota periodística;
Que los profesionales de la empresa que inspeccionaron el lugar, indicaron las
tareas a desarrollar y sobre las diecinueve horas se dispuso que una máquina topadora
comenzara con las tareas de contingencia removiendo tierra y tapando el líquido
derramado;
Que las autoridades de la empresa procedieron a informar del incidente a los
funcionarios del área ambiental del Municipio de la ciudad afectada y del Ministerio de la
Provincia del Chubut
manifestando que dieron inicio al proceso investigativo
correspondiente para determinar las causas del hecho en cuestión;
Que atento que en el transcurso del pasado mes de enero se han denunciado otros
derrames de petróleo producidos en sendas instalaciones operadas por Y.P.F. S.A.,
deviene necesario a los efectos de garantizar la preservación, conservación, defensa y
135
mejoramiento del ambiente en el territorio provincial
para sus habitantes y las
generaciones futuras conforme los dispuesto en el artículo 1° del Código Ambiental de la
Provincia del Chubut, que desde los organismos competentes se intervenga en forma
eficiente;
Que corresponde en consecuencia y atento las atribuciones conferidas por los
artículos 1°,14 ° y ccs. de la Ley V N° 81 (ex N°4518); iniciar de oficio la presente
actuación tendiente a esclarecer el tema y constatar las tareas de remediación que se
hubieren realizado;
POR ELLO:
LA DEFENSORA DEL PUEBLO ADJUNTA
DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
RESUELVE
Artículo 1º.- Iniciar de Oficio la Actuación Nº 0325/12 la que será caratulada:
“Defensoría del Pueblo de la Provincia del Chubut- C.R s/ la rotura de una
cañería de la Planta Deshidratadora de Y.P.F. S.A. provocó un derrame de agua
de purga en un sector del ejido municipal de Comodoro Rivadavia”
Artículo 2º.- Realizar las gestiones formales e informales que sean necesarias para el
trámite de la presente actuación.
Artículo 3º.-Regístrese, dése el trámite correspondiente y cumplido, archívese.
RESOLUCION: D.P.CH./C.R Nº 013/12
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DOCUMENTACIÓN FOTOGRAFICA
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ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL
Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut
Dn. Ricardo Luis Azparren
Defensoras del Pueblo Adjuntas
Sede Esquel
Sede Comodoro Rivadavia
Dra. Graciela Beatriz Casatti
Sra. Ana Matilde Rojel
Asesoria Legal
Dr. Carlos Gustavo Cuenca
Colaboradores:
Mirtha Ivanna Lezcano
Eurlyn Kely Evans
Mauricio Rafael Huanquinahuel
Flavia Ojeda
Diana Vargas
Mirta Delgado
Martín Arpires
Armando Olmos
144
Indice
-Mensaje del Defensor del Pueblo de la Provincia del Chubut
Dn Ricardo Luis Azparren a los Sres. Diputados
-Actividad Institucional
3
9
1-Cantidad y tipo de quejas – Tratamiento dado a las mismas
2-Temas Abordados
3-Relaciones Institucionales
-Anexo I – Actuaciones de Oficio
52
-Documentación Fotográfica
135
-Organigrama Institucional
142
-Indice
143
145

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