El limbo legal de los hijos de familias homoparentales

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El limbo legal de los hijos de familias homoparentales
Actualidad LGTB
FAMILIAS SIN LIBRO DE FAMILIA
El limbo legal de
los hijos de familias homoparentales
La maternidad subrogada es una alternativa no regulada en España que provoca que muchos padres
no puedan inscribir a sus hijos en el Registro Civil
R
Por Patricia Torvisco
Ramón y Carlos tuvieron una niña, Marina,
mediante gestación subrogada (más conocida
como “vientre de alquiler”) en Illinois (Estados
Unidos) hace 18 meses.
Ahora, la familia vive en
Cantabria y hace vida
normal. Sin embargo,
la niña no puede tener
su DNI español, ni pasaporte español, ni pueden abrirle una cuenta
bancaria o hacerle un
seguro médico. “No nos
atrevemos a viajar en
avión, ni siquiera dentro
de España –nos cuenta
Ramón- por miedo a que
nos pongan problemas”.
Tampoco tienen Libro de
Familia ni pudieron solicitar la baja por paternidad. Tampoco pudieron
tramitar su tarjeta sanitaria por los cauces habituales, lo tuvieron que
hacer acogiéndose a la
Ley del Menor.
La razón es que la niña no está inscrita en
el Registro Civil. Inicialmente, todo el proceso fue como esperaban antes y después del
nacimiento. Y a la hora de volver a España
tenían todos los papeles requeridos. El más
importante, una sentencia en la que un juez
de Chicago otorga la filiación de la niña a
los dos progenitores y que es el documento
válido para que en el Consulado, que hace
las veces de Registro Civil fuera de España,
puedan inscribirla como su hija.
Sin embargo, un mes antes del nacimiento de Marina, en febrero de 2014, España
paralizó las inscripciones de niños nacidos
mediante esta técnica por una sentencia del
Tribunal Supremo. La sentencia revocó la
inscripción,en 2009, de unos mellizos nacidos por gestación subrogada en California
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Muchos niños nacidos
por subrogación no
pueden optar a tener
DNI, pasaporte, seguro
médico o recibir la
herencia de sus padres
(EEUU), alegando que el derecho español
prohíbe esta técnica. Cuatro de los nueve
magistrados eran favorables a la inscripción. Los padres recurrieron y ahora esperan al Constitucional.
Meses más tarde, en junio de 2014, el Tri-
bunal de Derechos Humanos de Estrasburgo
dicta una sentencia a favor de dos matrimonios
franceses y condena a
la justicia francesa por
“violar el artículo 8 del
Convenio Europeo de
los Derechos Humanos,
al no reconocer la relación de filiación entre
los niños nacidos mediante esta técnica y los
progenitores que han
acudido a este método
reproductivo, apelando
al interés superior del
menor”. Esta sentencia
sienta precedente para
toda la Unión Europea,
por lo que el Ministerio de Justicia español
ordena a los consulados que reanuden las
inscripciones de niños
nacidos mediante la
técnica de gestación subrogada.
En esos cinco meses
desde la paralización
hasta la reanudación de las inscripciones,
quedaron en el dique seco los registros de
Marina y de una docena más de niños españoles, cuyas familias siguen esperando una
solución, después de recursos, abogados y
dinero extra. “No tenemos Libro de Familia –
nos cuenta el padre de Iago, otro bebé de 16
meses que aún no está inscrito-. No quiero ni
pensar que si nos pasara algo a alguno de los
dos, no tendría ni derecho a herencia”. En su
opinión, su hijo está desprotegido. “Está en
un limbo en España. En Estados Unidos está
inscrito como hijo de los dos y tiene pasaporte americano, pero en España es como si no
fuera español y como si nosotros no tuviéramos un hijo”, añade.
A pesar de que el consulado español en
Chicago denegó las inscripciones de sus be-
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bés (algo que habían estado haciendo con
normalidad hasta la sentencia del Supremo)
no tuvieron problemas en regresar a España
con ellos porque Estados Unidos les otorga
un pasaporte estadounidense por haber nacido allí.
La gestación subrogada, gestación por
sustitución o maternidad subrogada es una
técnica de reproducción asistida en la que
una mujer acepta gestar en su vientre un
bebé para otra persona o personas, los futuros padres, con los que ha firmado un acuerdo o contrato irrevocable. Por este acuerdo,
la mujer renuncia a la filiación que pudiera
corresponderle sobre el hijo gestado.
En el caso de parejas homosexuales, el
embrión que se implanta en la gestante puede ser la suma de un óvulo de la misma fecundado mediante inseminación artificial
o fecundación in vitro con semen de uno
de los futuros padres. Pero, generalmente,
Los países donde está
regulada la gestación
subrogada no ofrecen
la misma seguridad
jurídica
se recurre a un óvulo donado, con lo que la
mujer gestante no aporta material para la
reproducción y sí el útero en el que se desarrollará todo el embarazo. También puede ocurrir que la pareja, o el futuro padre o
madre sin pareja, recurran a un donante de
esperma para ello.
A esta técnica recurren parejas heterosexuales en las que la mujer tiene problemas
para gestar, parejas homosexuales, hombres
sin pareja que quieren ser padres y mujeres
sin pareja que no pueden quedarse embarazadas.
En España, esta técnica queda fuera de
la ley y además aparece tipificada como delito. Por eso, las familias que quieren tener
un hijo mediante la misma, se van a países
donde está permitida. Sin embargo, según
la abogada María Luisa Bayarri, no existe
la misma seguridad jurídica en los distintos
países donde está regulada la gestación subrogada.
A la hora de inscribir a un hijo nacido mediante esta técnica hay dos opciones: contar
con una sentencia judicial donde queden reflejados los nombres de los padres (no tiene
que aparecer el nombre de la gestante). Esta
sentencia sirve como documento válido en
los consulados (excepto en el periodo comprendido entre febrero de 2015 y julio de
ese mismo año). Funciona bien desde hace
muchos años en varios estados de Estados
Unidos como California o Illinois, y en Canadá. En Grecia se está implantando.
Ramón y Carlos pasean con su hija Marina. Foto cedida por la familia.
2014
Algunos datos de interés:
La maternidad subrogada en cifras
La subrogación tiene una gran
aceptación en España.
En 2014, según estiman
las asociaciones y agencias
especializadas, nacieron
unos 1.400 niños españoles
por gestación subrogada
y superaron el número de
adopciones internacionales.
Se estima que un 15% de los
niños nacidos por gestación
subrogada son hijos de parejas
homosexuales y el 85% de parejas
heterosexuales. La mayoría de
padres que optan por esta técnica
reproductiva recurren a agencias
especializadas que coordinan
todo el proceso.
El coste económico de
un proceso de gestación
subrogada difiere mucho de
un país a otro, puede incluso
hasta triplicarse.
Precios: Entre 40.000 euros en
países como Tailandia hasta
120.000 euros en algunos
estados de Estados Unidos.
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La otra vía, la de la mayoría de los países
donde se permite la técnica, es la de registrar el bebé a nombre de uno de los padres
y a nombre de la gestante. Un mes después,
la gestante renuncia a su filiación y el otro
progenitor comienza un proceso de adopción. Este sistema funciona bien en Ucrania,
en Tailandia (solo para heterosexuales), en
Inglaterra o Israel. Según los expertos, esta
opción es más larga y mucho más insegura
jurídicamente.
A la espera de
una resolución judicial
En estos últimos países, la técnica puede
costar hasta tres veces menos que en Estados Unidos, pero las complicaciones pueden
ser mucho más graves que las derivadas de
no poder registrar al bebé. Es el caso de una
pareja compuesta por un valenciano y un
estadounidense que se fueron a Tailandia
y, mediante una agencia, contrataron a una
mujer para que gestara a su bebé. Cuando la
niña, Carmen, nació, la madre se echó atrás
y no les firmó el papel que necesitaban para
poder sacarla del país. Aún siguen allí. A
través de las redes sociales recaudan fondos
para poder pagar abogados y recursos judiciales (BringCarmenHome). La niña tiene
ahora 9 meses.
Tailandia prohibió el uso de esta técnica
por parte de extranjeros después de escándalos como el una pareja de australianos
que tuvo gemelos. Uno de ellos nació con
síndrome de Down y solo se llevaron al otro.
En Tabasco (México) otra familia homoparental espera desde hace 9 meses (los
mismos que tiene su bebé nacido allí por
gestación subrogada) un pasaporte con el
que poder traerlo a España. No consiguen
una sentencia de un juez mexicano que diga
que ellos son los padres del bebé y no quieren registrar a su hijo a nombre de la madre
gestante.
Los padres de Iago se muestran felices con su hijo.
CRONOLOGÍA LEGAL Evolución normativa en la última década
2006
LEY SOBRE TÉCNICAS DE
REPRODUCCIÓN ASISTIDA
En su artículo 10 dice que
“será nulo de pleno derecho
el contrato por el que se
convenga la gestación con
o sin precio”.
ARTÍCULO 221
CÓDIGO PENAL
En este apartado, se tipifica
como delito la conducta
de todos aquellos que,
mediando compensación
económica, entreguen (…)
También se castiga a
quien lo reciba y a los intermediarios.
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Febrero 2014
SENTENCIA TRIBUNAL
SUPREMO
Revoca la inscripción de los
mellizos nacidos en 2008 en
California.
Marzo 2014
Los consulados españoles
paralizan las inscripciones.
Junio 2014
TRIBUNAL EUROPEO DE
DERECHOS HUMANOS
DE ESTRASBURGO
SENTENCIA a favor de dos
familias francesas.
Apelando al interés superior
del menor, reconoce la
filiación de los hijos nacidos Parlamento europeo.
mediante vientre de alquiler
a los progenitores que lo
han solicitado.
Julio 2014
MINISTERIO DE JUSTICIA
ESPAÑOL
Ordena a los consulados que
reanuden las inscripciones.
CONVENCIÓN DE
NUEVA YORK
Derecho a una identidad sin
fronteras. Si a un niño lo
inscriben, por ejemplo en
EEUU con unos determinados padres, eso es lo que
vale en otro país. No pueden
darte una identidad en un
país y negártela en otro.

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