prevención y control de riesgos derivados del amianto en cantabria

Transcripción

prevención y control de riesgos derivados del amianto en cantabria
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
CON LA FINANCIACI N:
DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Primera edición: Diciembre 2008
Promueve: Comisiones Obreras de Cantabria.
Financia: Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
Dirección: Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de CC.OO. de Cantabria
Coordinación y Redacción: Sonia Revilla
Colaboración: Aurelio Nieto, María Quevedo, Verónica Ruiz.
Agradecemos la especial colaboración de: Angel Carcoba, Miembro del Departamento de
Salud Laboral de CC.OO y Presidente del Grupo de Trabajo “Amianto” de la Comisión Europea
Diseño y maquetación: NXO
Depósito Legal: SA--2009
Í N D I C E
PRESENTACIÓN
05
INTRODUCCIÓN
06
CAPITULO 1.- DESCRIPCION DEL PROBLEMA. 08
CAPITULO 2.- REVISION Y ANALISIS DEL MARCO NORMATIVO EN RELACION AL AMIANTO
13
CAPITULO 3.- SITUACION ACTUAL EN LA REGION
17
Registro de empresas con riesgo de amianto Planes de trabajo
18
19
CAPITULO 4.- MAPA DE RIESGOS
22
CAPITULO 5.- EFECTOS DEL AMIANTO EN LA SALUD
31
Riesgos para la salud
Sistema de declaración de enfermedades profesionales
CAPITULO 6.-PROTOCOLO DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA
32
34
36
CAPITULO 7.-CONCLUSIONES
40
CAPITULO 8.-BIBLIOGRAFÍA
42
ANEXOS
45
03
P R E S E N TA C I Ó N
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
En los diferentes manuales y libros publicados a lo largo de estos tres últimos años, la Secretaría de Salud
Laboral y Medio Ambiente ha querido dar un especial protagonismo al riesgo químico, conscientes como
somos de sus perniciosos efectos sobre la salud de los trabajadores.
En 2008 hemos decidido continuar en esta misma línea con la edición de este estudio que ahora tienes en
tus manos sobre la prevención y control de riesgos derivados del amianto en Cantabria. Una herramienta
con la que pretendemos contribuir a mejorar el conocimiento sobre la extensión de esta fibra y su impacto
en la población trabajadora de Cantabria.
Y es que, desgraciadamente, la historia se empecina en demostrarnos con demasiada frecuencia que los
hombres reaccionamos tarde, cuando ya los daños son demasiado importantes para la salud de los trabajadores o el medio ambiente. Así, la presencia en numerosos sectores productivos de sustancias como el
mercurio, plomo, benceno, insecticidas y plaguicidas o el fatídico amianto nos traen a la memoria las peligrosas y nocivas consecuencias que se pueden derivar de su uso y que, la mayoría de las veces, persisten
durante muchos años después.
Deseo, finalmente, expresar mi máximo agradecimiento a cuantas personas han colaborado y participado
en este trabajo: delegados y delegadas de prevención, responsables de salud laboral de federaciones,
trabajadores y técnicos. Y confiar en que esta publicación contribuya a concienciar a la sociedad de que
es necesario el esfuerzo conjunto de todos para que trabajar deje de ser en muchos casos sinónimo de
enfermar.
Alberto López Allende
SECRETARIO DE SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE
CCOO DE CANTABRIA
05
INTRODUCCIÓN
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Esta publicación está realizada pensando en todas aquellas personas que manipulan o han manipulado
amianto en sus puestos de trabajo, así como a todos los profesionales relacionados con la prevención,
como a la sociedad en general que indirectamente ha podido estar expuesta a esta fibra.
El estudio pretende la revisión de iniciativas y trabajos desarrollados en el ámbito español en relación al
registro y censo de la presencia de amianto en instalaciones y edificios, y el análisis de la situación en el
marco autonómico con la meta puesta en el diseño y propuesta de un Registro en la Comunidad Autónoma
de Cantabria.
Paralelamente al punto anterior, se investigará sobre los posibles registros existentes de trabajadores
expuestos. Unido a este punto y puesto que es una de las actividades que debe desarrollar la Comunidad
Autónoma realizar un seguimiento al proceso de implantación del Programa Nacional de Vigilancia de la
Salud de los trabajadores expuestos a este contaminante.
07
CAPÍTULO 1
DESCRIPCIÓN DEL
PROBLEMA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Los asbestos son silicatos en cadena, en forma fibrosa, comercialmente útiles. Hay dos tipos principales
de asbesto: el crisotilo y los anfiboles. Su composición y características principales se presentan en la tabla
siguiente.
Tabla 1. Variedades de amianto
Fuente 1
El crisotilo es un silicato de mangnesio hidratado, de color blanco o verduzco, con fibras que se presentan en
vetas múltiples verticales, generalmente de unos 2 cm de anchura. Es el tipo de asbesto más utilizado (más
del 95% de la producción mundial), principalmente para la producción de tejidos y cintas de amianto.
La amosita, al igual que los siguientes productos, pertenece al grupo de los anfiboles. Se trata de un silicato
de magnesio de hierro. Es de color gris marrón. Contiene fibras duras y se presenta en vetas de 30 cm de
anchura aproximadamente. No es útil para el hilado pero sí para aislamiento térmico.
La crocidolita es un silicato de hierro de sodio, de color azul lavanda. Sus fibras son de características intermedias en cuanto a dureza entre el crisotilo y la amosita. Sus fibras más largas pueden hilarse.
La antofilita es un silicato de magnesio con diversas cantidades de hierro, con haces de fibras cortos. Actualmente no se extrae de los yacimientos donde está presente.
Las principales características de este tipo de producto son su elevada resistencia a la tracción, la flexibilidad
de sus fibras y su resistencia al calor, la abrasión y la acción de numerosos compuestos químicos.
1 Hodgson AA (1965). Silicatos fibrosos. Serie de conferencia núm. 4. Instituto Real de Química y Comité de Información sobre el
Asbesto, Londres. Citado por: Gilson JC. Asbestos. En: Parmeggiani L (ed.). Enciclopedia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Madrid:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1989: 280.
09
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
HABLEMOS DE FECHAS...
Practicada desde la Antigüedad, la extracción de asbesto se desarrolló en la segunda mitad del siglo XIX,
especialmente en Canadá, Sudáfrica y Rusia. Los otros yacimientos importantes se sitúan en Brasil, Zimbabwe, China, Italia, Colombia, Grecia, India, Estados Unidos, Australia, Alemania y Francia.
En el plano histórico2 , el uso del asbesto por el hombre se remonta sin duda alguna al antiguo Egipto, en
el que este material se utilizaba para confeccionar santuarios para los faraones. En Finlandia, también se
encontraron fibras de asbesto en la cerámica paleolítica.
El historiador griego Herodoto (siglo V antes de J.- C.) hace referencia a sudarios ignífugos que se utilizaban
para recoger las cenizas de los cadáveres incinerados. Carlomagno tenía una capa de asbesto que usaba
para impresionar a sus invitados lanzándola al fuego después de comer. Marco Polo menciona una “sustancia fósil” utilizada por los Tártaros para fabricar ropas ignífugas. Más tarde, en Francia, el Emperador Napoleón se interesó por el asbesto y fomentó la realización de experimentos en Italia. Las explotaciones más
antiguas se localizaron en Creta, Chipre, Grecia, India y Egipto. En el siglo XVIII, se localizaron 20 minas de
asbesto en Europa, siendo la más importante la de Reichenstein, en Alemania. En el continente americano,
la explotación de asbesto se inició después de finales del siglo XVII en Pensilvania.
Sin embargo, la explotación industrial no se desarrolló, en realidad, hasta después de 1860 bajo el impulso
de las industrias textiles italiana e inglesa y con el descubrimiento de importantes yacimientos en Sudáfrica, América del Norte y Rusia.
HABLEMOS DE TONELADAS...
Hacia 1900, las cantidades extraídas en el mundo se estiman en 300.000 toneladas anuales. La explotación
de asbesto no ha dejado de aumentar desde el principio de la era industrial hasta 1975, año récord en
el que cerca de 5 millones de toneladas de asbesto fueron extraídas para ser transformadas y lanzadas
al mercado bajo la forma de productos variados de asbesto. Después de 1975, los riesgos para la salud
vinculados con la inhalación de polvo de asbesto eran consabidos en todos los países industrializados y las
toneladas de asbesto consumidas en el mundo no han dejado de disminuir hasta alcanzar 3 millones de
toneladas en el año 1998.
España al no ser un país productor de amianto ha de importarlo. Según el Instituto Nacional de Estadística,
en 1969 España importaba 85.440 toneladas de amianto. Durante los años 70 los datos de importación
y consumo se sitúan en más de 100.000 toneladas/año. En la década de los 80 la importación se reduce
hasta unas 50.000 toneladas/año. Y en los 90 continúa disminuyendo el consumo, hasta situarse entorno a
las 30.000 toneladas/año. La gráfica siguiente representa los datos de importación de amianto en nuestro
país en el periodo 1900-2000.
Grafica 1. Importación de amianto en España 1900-2000
Importación de amianto
Fuente: Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona y de Santander.
10
2 Philippe Huré
Instituto Nacional de Investigación y de Seguridad
Francia
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
A medida que el amianto se utilizaba, fueron conociéndose los riesgos que representaba para la salud la
inhalación de sus fibras y, lentamente, se ha ido procediendo a la prohibición de sus distintos usos. Numerosos países han optado por abandonar totalmente este material peligroso y han tomado la decisión de
poner definitivamente término a la difusión del riesgo en su territorio nacional a fin de proteger las generaciones futuras. En España, la prohibición de fabricación y comercialización de la última variedad de amianto,
el crisotilo, fue fijada para el 14 de junio de 2002. La totalidad de los Estados miembros de la Unión Europea
abandonaron los usos de este material en 2005.
HABLEMOS DE AFECTADOS...
La tasa de mortalidad por mesotelioma maligno de pleura es un indicador cuantitativo de la exposición
a amianto en el pasado, exposición de origen fundamentalmente ocupacional. 3Se realizó un estudio de
casos y controles de base poblacional en seis áreas de Italia, España y Suiza. Incluyó 215 casos nuevos de
mesotelioma pleural con confirmación histológica y 448 controles. Un grupo de higienistas industriales evaluó la probabilidad e intensidad de la exposición al amianto de origen ocupacional y no ocupacional, a partir
de la información de la historia laboral y de residencias. La exposición doméstica y ambiental se basó en la
posible utilización o presencia de amianto en el domicilio, las características de la vivienda y las actividades
industriales del entorno. En los 53 casos y 232 controles sin evidencia de exposición ocupacional se observó
un incremento del riesgo de mesotelioma pleural asociado a la utilización de amianto en el domicilio o a la
presencia de productos que pudiesen desprender fibras, así como en los residentes en un radio de 2 km en
torno a industrias que utilizasen amianto. Ello supone una exposición a concentraciones de 0.1 a 5 f/l, unas
mil veces menores que las habituales en el ambiente laboral. Las principales ocupaciones de riesgo identificadas en el análisis de los casos y controles de los centros españoles fueron: fabricación de fibrocemento,
lavado, limpieza y planchado de ropa, ajustadores y mecánicos electricistas, y conductores de maquinaria
de la construcción. Casí el 88% de los casos de mesotelioma son atribuibles al amianto, de los cuales 62%
a la exposición ocupacional y 26% a la exposición doméstica o ambiental.
El Atlas por Cáncer4 recoge los datos más fiables sobre la distribución provincial para cada sexo de la mortalidad de ciertos tumores, entre los que se encuentra el cáncer de pleura.
TASA AJUSTADA A LA POBLACIÓN EUROPEA/100,00
Grafica 2. Mortalidad por cáncer de pleura-Año 2006. Género femenino
3 Mesotelioma pleural y exposición ambiental al amianto. Agudo Trigueros, Antonio. 2003. Universidad de Barcelona.
4 Servicio de Epidemiología del Cáncer. Centro Nacional de Epidemiología. Instituto de Salud Carlos III. Madrid.
11
DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA
TASA AJUSTADA A LA POBLACIÓN EUROPEA/100,00
Grafica 3. Mortalidad por cáncer de pleura-Año 2006. Género masculino.
Es realmente significativa y alarmante la tasa de mortalidad en el género masculino en nuestra región
situándose muy por encima de la tasa para el conjunto del territorio nacional.
12
CAPÍTULO 2
REVISIÓN Y ANÁLISIS
DEL MARCO NORMATIVO
EN RELACIÓN AL
AMIANTO
REVISIÓN Y ANÁLISIS DEL MARCO NORMATIVO EN RELACIÓN AL AMIANTO
La regulación en materia de amianto ha quedado definida por el Real Decreto 396/2006 de 31 de marzo,
consecuencia de la adaptación a la legislación española de la Directiva 2003/18/CE del Parlamento Europeo
y del Consejo de 27 de Marzo de 2003. Asimismo, aprovechando esta transposición se ha incorporado toda
la dispersa legislación existente hasta hoy, evitando desarrollo y/o remisiones posteriores.
Deroga:
•
•
•
•
•
•
ORDEN de 26 de julio de 1993
RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 1989
ORDEN de 22 de diciembre de 1987
RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 1987
ORDEN de 7 de enero de 1987
La ORDEN de 31 de octubre de 1984
Finalmente tiene su base en la O.M. de la Presidencia de 7 de diciembre de 2001, que estableció la prohibición de utilizar, producir y comercializar productos que contengan fibras de amianto.
Por ello, hoy día, si bien el amianto no se manipula en la empresa como forma habitual de trabajo, sin embargo, se están incrementando los trabajos dedicados a su retirada o sustitución por otro material exento
de fibras de amianto.
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de acuerdo con la Disposición adicional segunda
del citado Real Decreto 396/2006, ha elaborado una Guía Técnica en la que se proporcionan criterios y
recomendaciones que pueden facilitar a los empresarios y a los responsables de la prevención la interpretación y aplicación del mismo. La guía incluye orientaciones prácticas para la determinación de las exposiciones esporádicas y de baja intensidad a las que se refiere el Artículo 3.2 del RD 396/2006 que pueden
eximir del cumplimiento de determinadas obligaciones del empresario. También desarrolla con detalle
todos los aspectos relacionados con el plan de trabajo, la evaluación de riesgos, vigilancia de la salud,
descripción de las medidas preventivas y equipos de protección individual así como información de interés
para la localización e identificación de los materiales con amianto instalados que pueden ser el origen del
riesgo. La presentación de esta Guía por parte del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
tuvo lugar el 19 de Noviembre de 2008 en el Centro Nacional de Verificación de Maquinaria. Baracaldo.
Vizcaya, y en nuestra Comunidad ha tenido lugar el 24 de Noviembre de 2008 en el Centro de Seguridad y
Salud en el Trabajo de Cantabria. El texto integro de esta guía puede ser consultado en la página web del
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. http://www.insht.es/portal/site/Insht.
NORMAS DE EXPOSICIÓN AL AMIANTO
Los Límites de Exposición Profesional son valores de referencia para la evaluación y control de los riesgos
inherentes a la exposición, principalmente por inhalación, a los agentes químicos presentes en los puestos
de trabajo y, por lo tanto, para proteger la salud de los trabajadores y a su descendencia.
No constituyen una barrera definida de separación entre situaciones seguras y peligrosas.
Los Límites de Exposición Profesional se establecen para su aplicación en la práctica de la Higiene Industrial
y no para otras aplicaciones.
En la Unión Europea se toman como base los Valores Límite Ambientales (VLA), mientras que en Estados
Unidos se toman como referencia los valores Threshold Limit Values (TLV) de la Américan Conference of
Governmental Industrial Hygienists (ACGIH).
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En este documento se considerarán como Límites de Exposición Profesional los Valores Límite ambientales
(VLA) publicados por el INSHT en el documento “Límites de exposición profesional para agentes químicos
en España” y que actualiza anualmente.
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
El valor límite ambiental de exposición diaria (VLA-ED) para el amianto es de 0,1 fibras por centímetro
cúbico (0,1 fibras/cm3) que se establece para todas las variedades de amianto y supone una disminución
importante respecto de los valores anteriores (0,6 fibras/cm3 y 0,3 fibras/cm3 aplicados para el crisotilo y
los anfíboles, respectivamente).
Para controlar las exposiciones a concentraciones altas en operaciones de corta duración no podrá superarse una concentración de 0,5 f/cm3 en ningún momento y no se podrá sobrepasar una concentración de
0,3 f/cm3 durante más de media hora en toda la jornada.
LEGISLACIÓN MEDIOAMBIENTAL
• Caracterización del residuo. Los residuos de amianto son considerados como peligrosos según el Listado
Europeo de Residuos Peligrosos (Código LER), OM 304/2002, por lo que deberán ir correctamente envasados y etiquetados (RD. 952/1997), serán gestionados de acuerdo a la legislación vigente (RD. 1406/89
Anexo II y Ley 10/98 de Residuos) para su transporte en camión autorizado a vertedero con autorización
expresa de la Consejería de Medio Ambiente, para la recogida de este tipo de residuos. En el anexo I de
esta publicación se puede consultar la relación de gestores de residuos peligrosos autorizados en Cantabria
según datos de la Consejería de Medio Ambiente de nuestra comunidad.
• Tratamiento del residuo. Actualmente en la UE el amianto se deposita en vertederos o plantas de vitrificación. En algunos Estados miembros pueden utilizarse minas subterráneas para el vertido de residuos de
amianto.
Vertederos controlados/vertederos en minas
Los residuos de amianto se entierran en estos vertederos. Los registros (conservados por el vertedero)
permiten determinar los movimientos del material, desde su lugar de procedencia hasta el lugar en el
que se encuentra en el vertedero. En algunos Estados miembros los residuos se sellan, por ejemplo, con
hormigón.
Periódicamente, debe efectuarse una evaluación del riesgo de exposición probable de los operarios del
vertedero que se ocupan de transportar o enterrar las bolsas de residuos, los cuales deben someterse a
muestreos individuales. Los empleados deben protegerse contra el riesgo de exposición (provocada, por
ejemplo, por la rotura de las bolsas o los embalajes de los residuos durante su transporte o enterramiento)
mediante la utilización de equipos de protección adecuados (por ejemplo, filtros de partículas de alta eficacia en el aire acondicionado de las cabinas de los vehículos y uso de equipos de protección respiratoria
aptos para amianto y ropa protectora, así como vestuarios o instalaciones de
descontaminación ).
Vitrificación
La vitrificación se lleva a cabo en plantas de transformación en las que los residuos de amianto son tratados
a altas temperaturas, permitiendo así, mediante su alteración química, la conversión de los residuos en un
producto final inerte vitrificado que puede utilizarse como conglomerado para la construcción de carreteras
y en otras aplicaciones. Se considera que, mediante este proceso, el riesgo de exposición queda completamente eliminado del producto final.
• Por su parte la ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, transposición de la Directiva 96/61/CE en su ANEJO 3 define la lista de las principales sustancias contaminantes
que se tomarán obligatoriamente en consideración si son pertinentes para fijar valores límite de emisiones,
y como se puede comprobar aparece la fibra motivo de este estudio.
Atmósfera
1. Óxido de azufre y otros compuestos de azufre.
2. Óxido de nitrógeno y otros compuestos de nitrógeno.
3. Monóxido de carbono.
4. Compuestos orgánicos volátiles.
5. Metales y sus compuestos.
6. Polvos.
7. Amianto (partículas en suspensión, fibras).
8. Cloro y sus compuestos.
9. Flúor y sus compuestos.
10. Arsénico y sus compuestos.
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REVISIÓN Y ANÁLISIS DEL MARCO NORMATIVO EN RELACIÓN AL AMIANTO
11. Cianuros.
12. Sustancias y preparados respecto de los cuales se haya demostrado que poseen propiedades cancerígenas, mutágenas o puedan afectar a la reproducción a través del aire.
13. Policlorodibenzodioxina y policlorodibenzofuranos.
Agua:
1. Compuestos organohalogenados y sustancias que puedan dar origen a
compuestos de esta clase en el medio acuático.
2. Compuestos organofosforados.
3. Compuestos organoestánnicos.
4. Sustancias y preparados cuyas propiedades cancerígenas, mutágenas o que puedan afectar a la reproducción en el medio acuático o vía el medio acuático estén demostradas.
5. Hidrocarburos persistentes y sustancias orgánicas tóxicas persistentes y bioacumulables.
6. Cianuros.
7. Metales y sus compuestos.
8. Arsénico y sus compuestos.
9. Biocidas y productos fitosanitarios.
10. Materias en suspensión.
11. Sustancias que contribuyen a la eutrofización (en particular nitratos y fosfatos).
12. Sustancias que ejercen una influencia desfavorable sobre el balance de oxígeno (y computables mediante parámetros tales como DBO, DQO).
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CAPÍTULO 3
SITUACIÓN ACTUAL EN
LA REGIÓN
SITUACIÓN ACTUAL EN LA REGIÓN
REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO DE AMIANTO
Todas las empresas que vayan a realizar trabajos que supongan la manipulación de amianto (ver Anexo
II) se exigirá a la empresa que lo realice que esté dada de alta en el REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO
DE AMIANTO (RERA).
El organismo competente que gestiona el RERA en la Comunidad Autónoma es el Centro de Seguridad y
Salud en el Trabajo de Cantabria.
Las empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo de amianto deberán comunicar a la autoridad
laboral toda variación sobre la identificación de la empresa, en el plazo de quince días desde aquél en que
tales cambios se produzcan. Cuando hablamos de datos de identificación de la empresa nos referimos a
los datos aportados en la ficha de inscripción.
Al comienzo de este trabajo en Enero de 2008, y según datos proporcionados por el Centro de Seguridad y
Salud en Cantabria, el número total de empresas con riesgo de amianto registradas en nuestra Comunidad
era de 56, correspondientes al periodo 1986-2007
Nº EMPRESAS
Grafica 4. Empresas inscritas por año al RERA en Cantabria
Fuente: Centro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En la Orden de 31 de Octubre de 1984, por la que se aprueba el Reglamento de Trabajos con Amianto, se
establecía la obligatoriedad de todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de este Reglamento
de inscribirse en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA). De ahí la ausencia de registro
anterior a 1986, ya que no existía obligación por parte de las empresas de registrarse.
18
En lo que respecta al sector de actividad de las empresas inscritas podemos citar dos epígrafes que destacan sobre el resto y son el de las empresas cuya actividad principal es el acabado de edificios y aquellas
cuya actividad principal es la captación, depuración y distribución de aguas como se puede comprobar en
la siguiente gráfica.
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Grafica 5. Empresas inscritas al RERA por sectores de actividad en Cantabria
CNAE
Fuente: Centro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Desde el 2002, con la Orden de 7 de diciembre de 2001, por la que se modifica el anexo I del R.D.
1406/1989, por el que se impone limitaciones a la comercialización y al uso de ciertas sustancias y preparados peligrosos, está prohibida la utilización del amianto en todas sus variedades en procesos industriales,
por lo que el RERA se nutre desde entonces de empresas que se dedican a obras, demoliciones, trabajos de
desmantelamiento, mantenimiento o tareas de recubrimiento/confinamiento de materiales que incluyan
amianto como revestimiento. Esta circunstancia explica que el 65% de las empresas inscritas en Cantabria
bajo el epígrafe 504- Construcción, acabado de edificios, lo hicieran en el periodo 2002-2007.
Por último, citar que solo 12 empresas de las 56 habían notificado el cese de actividad en el periodo de
análisis.
PLANES DE TRABAJO
Antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición a amianto incluido en el ámbito de aplicación
del R.D. 396/2006, el empresario deberá elaborar un plan de trabajo. Dicha obligación no fue una novedad
de este Real Decreto, ya que la derogada Orden de 7 de Enero de 1987 ya lo contemplaba de esta forma “la
empresa que vaya a ejecutar un trabajo en el que los trabajadores están o pueden estar expuestos al polvo que contenga fibras de amianto deberá establecer un Plan de Trabajo que someterá a la aprobación de
la autoridad laboral correspondiente al centro de trabajo en el que vayan a realizarse tales actividades”.
El plan de trabajo se someterá a la aprobación de la autoridad laboral correspondiente al territorio de la
comunidad autónoma donde radiquen las instalaciones principales de la empresa que lo ejecute. En Cantabria dicha aprobación es competencia del Servicio de Relaciones Laborales de la Dirección General de
Trabajo y Empleo. Ninguna empresa puede comenzar los trabajos sin disponer de la Resolución Aprobatoria
expedida por la Dirección General de Trabajo.
La Dirección General de Trabajo con el apoyo de los órganos técnicos de la Comunidad Autónoma valorará
la viabilidad del plan presentado. En aquellas ocasiones en las que el Plan no es conforme (no se cumple
alguno de los requisitos establecidos en la mencionada norma) el Centro de Seguridad y Salud en el Trabajo
de Cantabria solicita la adecuación. Una vez realizada esta adecuación por parte de la empresa, se emite
el correspondiente informe positivo.
Las empresas comunican a la Inspección de Trabajo el inicio de las obras, lo que permite, en función de
los trabajos a realizar, visitarlas para comprobar el cumplimiento de las medidas indicadas en el Plan por la
empresa que ejecuta el trabajo.
En la gráfica adjunta están reflejados los Planes de Trabajo tramitados en Cantabria en el periodo 20002007.
19
SITUACIÓN ACTUAL EN LA REGIÓN
Grafica 6. Planes de trabajo tramitados en Cantabria
Fuente: Centro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Del análisis del objeto de los planes presentados se puede decir que la gran mayoría son para la retirada
de material de fibrocemento con amianto (crisotilo) en su composición, principalmente placas de Uralita,
bajantes de canalón y tuberías de suministro de agua. Solo un pequeño porcentaje de los planes fueron
presentados para la retirada de amianto utilizado como calorifugado o cordones. La siguiente gráfica representa la desproporción descrita.
Grafica 7. Tipos de trabajo para el que se solicitaron los planes tramitados en Cantabria
En lo referente a cantidades de amianto retirado en nuestra comunidad, se estima que ya han sido retirados en torno a 373000 m2 de superficie de amianto, 166 Tn y 89000 m lineales de tuberías. Especial
mención merece el sector del agua pues se estima que en Cantabria hay 1200 km de conducción de agua
y gas en base amianto-cemento, lo que significa que solo se ha eliminado en torno a un 13% del amiantocemento que sirve de conducto al agua y el gas en nuestra región.
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Para ser una comunidad uniprovincial se tramitan una gran cantidad de Planes de Trabajo, lo que puede
dar lugar a pensar que las labores de desamiantado están controladas. Pero la realidad es que la resolución
aprobatoria de un plan no implica desgraciadamente que la ejecución del mismo se realice según lo escrito.
Son varias las experiencias sindicales que podemos contar en las que los trabajadores estaban expuestos a
amianto sin ningún tipo de protección. Según declaraciones recientes de la propia inspección de trabajo de
nuestra Comunidad sólo se visita para comprobar el cumplimiento de las medidas indicadas en el Plan por
la empresa que ejecuta los trabajos un 23% aproximadamente de los Planes presentados.
El porcentaje de planes tramitados que han obtenido la resolución aprobatoria es bastante elevado. La
autoridad laboral autorizó el 94% aproximadamente de los planes presentados.
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CAPÍTULO 4
MAPA DE RIESGOS
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Desde un punto de visto técnico existen tres posibles instrumentos informativos:
- Mapa de factores de riesgo
- Mapa de los expuestos a riesgo
- Mapa de daños
El mapa de factores de riesgo, como su propio nombre indica, se refiere a los agentes causales y contiene
elementos descriptivos de los ciclos productivos. Está más orientado a la prevención primaria, es decir a la
que busca la eliminación del riesgo en el origen, y puede denominarse también mapa de las condiciones
de trabajo.
En este apartado correspondería obtener principalmente un registro de instalaciones que contengan
amianto en alguna de sus variedades o tipos, porque como ya se ha dicho anteriormente la fabricación y
comercialización de la fibra está totalmente prohibida por lo que las posibles exposiciones laborales tendrán lugar en las labores de retirado de las toneladas y m3 que aún forman parte de nuestro entorno de
trabajo, incluso en ámbitos fuera de la exposición laboral.
Si analizamos los sectores de actividad que más directamente han estado expuestos al amianto, lo cual no
quiere decir que los únicos, podemos citar:
• Industria naval, principalmente los astilleros con actividades de reparación y desguace.
• Siderometalurgia, fundiciones en general que utilizaban el amianto como elemento de aislamiento en
procesos a altas temperaturas y portado encima en forma de trajes, mandiles y guantes llamándose
equipos de protección individual.
• Sector textil, por las características termo-resistentes de la fibra
• Actividad portuaria, importado de otros países el amianto llega a España en barcos, en sacos sueltos
o paletizados.
• Sector de la construcción, numéricamente la más importante, primero por la industria del amiantocemento, su posterior colocación y ahora por las actividades de desamiantado. Dentro de este sector
mención especial a los sistemas de canalización de aguas.
Si intentamos situar estos sectores de actividad en nuestra comunidad el mapa de exposición en Cantabria
sería: Torrelavega, Astillero, Camargo, Nueva Montaña, Reinosa, Los Corrales de Buelna, Santander (Puerto)
y las zonas pesqueras de San Vicente, Santoña, Laredo y Castro Urdiales.
Dibujo 1. Mapa de riesgos por amianto
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MAPA DE RIESGOS
En un intento de hacer una mayor aproximación de las instalaciones que contienen amianto se ha intentado recabar información de los siguientes organismos que pudieran tener información sobre las características de la edificación autonómica. Cualquier registro de edificios de pública concurrencia o edificaciones
industriales de los que se dispusiera, datos sobre la presencia o ausencia de amianto en las mismas.
Se intentó recabar información en tres vertientes:
Lo que comenzó como un intento de localizar instalaciones para situarlas en la geografía de nuestra Comunidad, se ha quedado en eso, ya que, a la fecha de redacción de esta publicación, la Dirección de Obras
Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua y el Servicio de Prevención del Gobierno de Cantabria aún no han respondido a nuestra petición, mientras que los Departamentos de Urbanismo de los Ayuntamientos, Colegios
Oficiales y Consejería de Obras Públicas han contestado en su mayoría de que no disponen de los datos
solicitados.
El mapa de los expuestos a riesgo tiene la finalidad de prever las posibles consecuencias, en términos
de patología, para la población expuesta. Está más orientado a la prevención secundaria, la que se basa en
el diagnóstico precoz y el control biológico, y también podemos llamarlo mapa de las condiciones de salud
de la población a estudio.
En este sentido y para tener una primera aproximación de la población laboral expuesta, en la Reunión
sindical internacional: Fibras minerales, sintéticas y vítreas celebrada en Bruselas (15,17/ 10/ 97) se citaban
los sectores más afectados y que están recogidos en la siguiente tabla.
24
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Tabla 2. Algunos de los trabajadores que pueden estar expuestos al
amianto en el curso de su trabajo
25
MAPA DE RIESGOS
De la tabla anterior podemos decir que los sectores con mayor número de aceptados sería el de aquellos
trabajadores bajo los epígrafes de construcción e industria.
Si consultamos las estimaciones de exposición para los cancerígenos más frecuentes en la población laboral española. Sistema de Información sobre la Exposición Ocupacional a Cancerígenos en España. IMIM/
ISTAS/FIOH. Diciembre 2006. Datos del CAREX- Autonomías: Cantabria. Exposiciones más comunes por
cancerígeno tenemos. (Ver tabla 3. Página 27)
Al consultar el Carex por tipo de industria extraemos que casi el 80% de la población laboral expuesta se
localiza en el sector de la construcción.
Carex-Autonomías: Exposición por industria
26
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Tabla 3. Carex-Autonomías: Cantabria. Exposiciones más ccomunes por cancerígeno
Finalmente, el mapa de daños recoge las alteraciones de salud de causa o con causa laboral de la población trabajadora que estudiamos.
Cabe pensar que si como hemos dicho el cáncer de pleura tiene una relación directa con las exposiciones
ocupacionales a amianto, tal y como se explicó en el apartado 1, la declaración de enfermedades profesionales por esta causa debería ser elevada.
Extraído de la declaración de enfermedades profesionales en Cantabria en el periodo 2001-2005 solo aparecen 4 asbestosis declaradas en nuestra Comunidad.
En 2005 la evolución de enfermedades profesionales ha estado marcado por un continuo decrecimiento. La
distribución de diagnósticos en Cantabria en el año 2006 deja 0 enfermedades profesionales por agentes
químicos y sólo 1 afección bronco-pulmonar debida o polvo de metales duros, talco, etc…Se declaran pocas
enfermedades profesionales y nadie muere por enfermedad profesional. En el año 2007 se han registrado
27 casos menos que en el año anterior.
Las enfermedades profesionales apenas aparecen en los registros de mortalidad. El 83% de las enfermedades profesionales no son reconocidas como tales (García y Gadea, 2004). En una estimación de las
muertes atribuibles a exposiciones laborales en España en 1999, de las 15.264 muertes de origen laboral
estimadas en nuestro país, 7.615 fueron por tumores malignos (49,9%).
Para estas estimaciones se aplicaron a la población española las evaluaciones hechas para la población
finlandesa por Nurminen y Karjalainen (2001).
Para intentar ponerlos nombres y apellidos a los afectados durante el año 2008 hemos intentado localizar
a población expuesta mediante asambleas de trabajadores, algunas de ellas con divulgación mediática y
hemos editado un folleto informativo de divulgación entre la población trabajadora.
27
MAPA DE RIESGOS
28
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
29
MAPA DE RIESGOS
30
CAPÍTULO 5
EFECTOS DEL AMIANTO
EN LA SALUD
EFECTOS DEL AMIANTO EN LA SALUD
El amianto es una sustancia confirmada como carcinógena en humanos. Los principales efectos sobre la
salud derivados de la exposición al asbesto son: la asbestosis (fibrosis pulmonar), el cáncer de pulmón y el
mesotelioma (pleural o peritoneal), habiéndose encontrado también asociación con otras neoplasias (carcinomas gastrointestinales o de laringe). Existe sospecha, no confirmada, de que el asbesto puede producir
otros canceres (riñón, ovario, mama).
ASBESTOSIS
La asbestosis es una enfermedad pulmonar de desarrollo lento y paulatino que está relacionada con la
inhalación de partículas de amianto o asbesto, que se van acumulando en los pulmones.
Se caracteriza por una fibrosis pulmonar (endurecimiento del tejido pulmonar). El pulmón cicatriza y no
puede obtener el oxígeno que necesita sangre por lo que el corazón tiene que trabajar más para enviar
sangre rica en oxígeno a todas las células.
Los síntomas y signos clínicos que suelen acompañar a la asbestosis son disnea y tos, crepitantes inspiratorios en las bases pulmonares y región axilar baja, y acropaquia.
Pueden producirse anomalías funcionales respiratorias tales como alteración de la difusión alveolocapilar y
un patrón restrictivo con signos obstructivos debidos a alteración de las vías aéreas distales. La disminución
de la capacidad de difusión pulmonar es el parámetro que se altera más precozmente y su deterioro suele
ir parejo a la evolución de la enfermedad. La alteración de la función pulmonar puede continuar aún cuando
ha cesado la exposición y en ausencia de signos radiológicos de asbestosis, y parece haber relación dosisrespuesta entre aquella y el nivel de exposición.
La disnea al esfuerzo es habitualmente el primer síntoma, aunque es de aparición tardía, tras 15-20 años
del comienzo de la exposición. La tos es no productiva, y no aparece en todos los casos. En estadios avanzados puede aparecer astenia, cianosis y síntomas de cor pulmonale.
El diagnóstico clínico se basa en la presencia de estertores basales teleinspiratorios, patrón funcional restrictivo, obstrucción de vías aéreas distales, y alteraciones en la difusión alveolocapilar. La tomografía computadorizada (TC) de alta resolución puede confirmar hallazgos de la radiografía simple de tórax.
El diagnóstico radiológico se basa en la Clasificación Internacional de la OIT de 1980 usando el método
normalizado. Un patrón de opacidades pequeñas grado 1/0 indica asbestosis en grado inicial (útil a efectos
de cribado).
El diagnóstico histopatológico se basa en la identificación de fibrosis intersticial difusa y el hallazgo de 2 o
más cuerpos asbestósicos en tejido con un área de sección de 1 cm2 o un recuento de fibras mayor del
rango de valores normales del laboratorio (se precisa validación del laboratorio) en una muestra de tejido
pulmonar bien insuflado tomado de zonas distales de cualquier foco canceroso.
No está justificada la biopsia pulmonar ante la sospecha de asbestosis, debiendo basarse la filiación en la
historia laboral y los signos y síntomas clínicos.
La afectación pleural se da en alrededor del 50% de los casos de asbestosis. Da lugar a placas pleurales
-sobretodo de la pleura parietal, a veces calcificada-, con engrosamiento pleural difuso a veces fusionando
ambas pleuras, parietal y visceral, (principalmente en la mitad inferior de los pulmones), derrame pleural
benigno, aplanamiento del ángulo costofrénico, fibrosis pleuroparenquimatosa y atelectasias. Habitualmente es asintomática.
32
Las placas pleurales se definen radiológicamente como engrosamientos pleurales localizados, sin participa-
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
ción de los senos costodiafragmáticos ni los vértices, que ocupen menos de cuatro espacios intercostales.
Se manifiestan radiológicamente como opacidades ligera o moderadamente prominentes, en la parte lateral de la pared torácica, en los campos pulmonares medios e inferiores, adyacentes a los rebordes costales
y el contorno diafragmático, bilaterales y asimétricas.
El diagnóstico radiológico de las placas pleurales, basado en la clasificación internacional de la OIT de 1980,
es de fiabilidad baja, excepto cuando los hallazgos son carácterísticos (placas bilaterales, calcificación bilateral, placas diafragmáticas). La tomografía computadorizada (TC) puede permitir identificar alteraciones
que pasan desapercibidas con las técnicas radiológicas convencionales.
La presencia de placas pleurales justifica el seguimiento médico de los individuos expuestos.
El derrame pleural benigno se diagnostica por exposición al asbesto y exclusión de otras causas. Puede ser
unilateral o bilateral (simultáneo o alternante), o recurrente. Puede tener un comienzo agudo o insidioso,
generalmente de poca intensidad, muchas veces difícil de diagnosticar radiológicamente, y que muchas
veces pasa desapercibido, ya que las formas no agudas son frecuentemente asintomáticas.
El derrame pleural agudo se acompaña de fiebre, leucocitosis, aumento de VSG, dolor torácico y sintomatología general.
Anatómicamente se caracteriza por un proceso de hipervascularización y engrosamiento pleural, fibrosis y
sínfisis pleural, con neumonitis intersticial más o menos inflamatoria y fibrosis del parénquima subyacente.
Generalmente evoluciona de forma benigna, con reabsorción completa y paquipleuritis residual escasa,
aunque a veces puede ser intensa.
La fibrosis pleural difusa designa engrosamiento pleural difuso de celularidad variable, que habitualmente
afecta la pleura visceral, pero principalmente la parietal. Puede producirse pleuritis con derrame pleural, y
puede asociarse a atelectasia o alteraciones funcionales respiratorias que pueden ir de leves a severas. La
fibrosis de la pleura visceral es constante en la asbestosis avanzada, aunque el grado de fibrosis no sea el
mismo en parénquima pulmonar y pleura.
Generalmente, las placas pleurales se asocian a exposiciones bajas, y la fibrosis pleural difusa a exposiciones más elevadas.
Por último, cabe señalar que las opacidades irregulares pequeñas están correlacionadas tanto con la duración como con la intensidad de la exposición, mientras que las placas fibrosas pleurales parecen estar más
estrechamente correlacionadas con la duración de la exposición.
MESOTELIOMA MALIGNO
Es un tumor difuso maligno del mesotelio, que puede afectar a la pleura, el peritoneo y el pericardio, aunque es más frecuente la localización pleural. La localización peritoneal requiere una mayor exposición al
asbesto.
Los anfíboles, sobre todo la crocidolita, muestran mayor poder carcinogénico que el crisotilo. Ello parece
estar relacionado con el diámetro y la configuración de las fibras: las de crocidolita son de diámetro y longitud pequeños; lo que favorecería la penetración de las fibras hasta alcanzar la pleura. Parece existir una
relación dosis-respuesta, con una dosis mínima suficiente para desencadenar la enfermedad muy baja (es
decir, que puede producirse con niveles bajos de exposición), y período de latencia mínimo de diez años
(aunque generalmente es muy largo, de más de 30 años).
El mesotelioma pleural se asocia a asbestosis en un 25% de los casos, mientras que el mesotelioma peritoneal se asocia frecuentemente a la asbestosis, debido en estos casos a exposiciones intensas al amianto.
La gran mayoría de mesoteliomas se deben a la exposición a asbesto (en el 80-85% se constata exposición laboral). El tabaquismo y la presencia de metales o de sustancias orgánicas parecen no tener influencia
en el riesgo de contraer la enfermedad.
El mesotelioma pleural cursa con derrame pleural, disnea y dolor torácico. Puede acompañarse de derrame
o engrosamiento pleural.
Desde el punto de vista radiológico, inicialmente se muestra con imágenes semejantes a las placas pleurales; más adelante pueden aparecer imágenes de sombras lobuladas, irregulares, de contornos nítidos
33
EFECTOS DEL AMIANTO EN LA SALUD
que hacen protrusión en los campos pulmonares. La tomografía computadorizada (TC) ayuda a precisar el
diagnóstico.
La presencia de ácido hialurónico en el líquido pleural puede confirmar el diagnóstico, aunque es una prueba con baja sensibilidad y especificidad.
Hay cuatro tipos anatomopatológicos de mesotelioma: túbulo-papilar (predominio epitelial), sarcomatoso
(mesenquimatoso), indiferenciado (predominio epitelial) y mixto. La biopsia, preferentemente por toracotomía, solo debe hacerse para descartar otros tipos de tumor que pudieran ser tratables.
El diagnóstico etiológico se basa en el recuento de fibras, la presencia de asbestosis parenquimatosa o
pleural, o la presencia anormal de asbesto en el tejido pulmonar (p.e. cuerpos asbestósicos). En ausencia
de tales marcadores, la historia de exposición previa es suficiente para establecer la relación causal.
CÁNCER DE PULMÓN
El cáncer de pulmón por exposición al asbesto puede pertenecer a cualquier tipo histológico, y su historia
natural no difiere de la de otras causas.
Parece existir una relación dosis-respuesta entre el riesgo de contraer cáncer de pulmón y el nivel de exposición a asbesto; exposiciones muy bajas parecen no incrementar el riesgo. El riesgo de cáncer de pulmón
se incrementa notablemente si la exposición al asbesto se combina con el hábito tabáquico.
La atribución del cáncer al asbesto se basa en la historia anterior de exposición a este producto. Se requiere un período de latencia mínimo de 10 años. A veces pueden encontrarse gran cantidad de fibras en el
lavado broncoalveolar con una historia de exposición laboral corta (que puede haber sido intensa) o, por el
contrario, bajo nivel de fibras con exposición laboral relevante (sobre todo con el crisotilo, debido a su alto
índice de aclaramiento).
Las patologías descritas tienen en común los puntos que se citan a continuación:
-
Su largo periodo de latencia.
Su pronóstico irreversible.
Se trata de enfermedades que en la actualidad no tienen cura.
No existe un nivel de exposición por debajo del cual los riesgos a la salud no existan.
El riesgo persiste a lo largo de toda la vida.
Según un estudio realizado por el INSHT la probabilidad de padecer una u otra enfermedad puede estar
determinado por el tipo de amianto con el que hemos estado en contacto. En la tabla adjunta se muestra
la patogénesis por exposición a amianto de acuerdo con la morfología de las fibras.
Tabla 4. Estudio de la incidencia y Evaluación de la Población Laboral Expuesta a Amianto en la
industria Española. INHST Madrid 1992
SISTEMA DE DECLARACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
Tras un amplio proceso de diálogo, las organizaciones sindicales y las empresariales suscribieron un acuerdo de medidas en materia de Seguridad Social entre las cuales se incluye la aprobación de una nueva lista
de enfermedades profesionales siguiendo la Recomendación 2003/670/CE.
34
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
El Real Decreto 1299/2006 por el que se aprueba el nuevo cuadro de enfermedades profesionales y se
establecen criterios para su notificación y registro es el resultado de la transposición a la legislación española de la Recomendación Europea citada. Se actualiza y adapta la lista de enfermedades profesionales de
acuerdo con la realidad laboral actual, los nuevos procesos productivos y de organización.
Entre las principales novedades que se incluyen en el nuevo listado están la ampliación de las enfermedades derivadas del amianto, con la inclusión de las afecciones fibrosantes de la pleura y pericardio que
cursan con restricción respiratoria para trabajos expuestos a la inhalación de polvos de amianto; y en la
asbestosis, la inclusión de nuevas actividades como son los trabajos de aislamiento térmico en construcción naval y de edificios y su destrucción, o la carga, descarga o transporte de mercancías que pudieran
contener fibras de amianto. En el anexo III figura la parte del real decreto que hace mención expresa a las
enfermedades derivadas del amianto.
Resulta también novedoso y positivo que aquellas enfermedades no incluidas en este real decreto que
sean incorporadas como enfermedades profesionales a la lista europea, será objeto de inclusión por el
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el cuadro de enfermedades profesionales que se aprueba en
este Real Decreto, previo informe del Ministerio de Sanidad y Consumo.
Asimismo se acordó también modificar el sistema de notificación y registro con la finalidad de hacer aflorar
las enfermedades profesionales ocultas y evitar la infradeclaración de tales enfermedades.
Con el fin de garantizar al máximo la declaración de todos los casos de enfermedad profesional, así como
de facilitar su notificación y comunicación se considera necesario modificar el mecanismo de iniciación
actualmente en vigor, atribuyendo a la entidad gestora o colaboradora que diagnostica la enfermedad
profesional su puesta en marcha, con la colaboración del empresario, con lo cual se agilizan y se simplifican
los trámites.
Hay que resaltar como innovación que se introduce en la norma la utilización de los datos recogidos en los
ficheros administrativos de la Seguridad Social, de manera que sólo se demanda la grabación de aquellos
campos que suponen una ampliación de la información que no se encuentra ya disponible en las bases de
datos de Seguridad Social. Ello supone un notable incremento del nivel de fiabilidad de la información acumulada, lo que redundará a posteriori en una mejora de la función de análisis, así como en la consecución
de una mayor agilidad y eficacia en la gestión de la comunicación.
Clasificación de enfermedades profesionales
La calificación de enfermedades como profesionales corresponde a la entidad gestora respectiva. Corresponde también a la entidad gestora la determinación del carácter profesional de la enfermedad respecto
de los trabajadores que no se encuentren en situación de alta.
Elaboración y tramitación de los partes de enfermedad profesional
En caso de enfermedad profesional, la entidad gestora o colaboradora que asuma la protección de las contingencias profesionales elaborará y tramitará el parte de enfermedad profesional correspondiente, en los
términos que establezcan las disposiciones de aplicación y desarrollo.
La empresa deberá facilitar a la entidad gestora o colaboradora la información que obre en su poder y que
sea requerida para la elaboración del parte indicado en el apartado anterior.
Comunicación de enfermedades que podrían ser calificadas como profesionales
Cuando los facultativos del Sistema Nacional de Salud, con ocasión de sus actuaciones profesionales, tuvieran conocimiento de la existencia de una enfermedad que podría ser calificada como profesional, lo
comunicarán a los oportunos efectos, a través del organismo competente de cada comunidad autónoma y
de las ciudades con estatuto de autonomía, a la entidad gestora, a los efectos de calificación previstos en
el artículo 3 y, en su caso, a la entidad colaboradora de la Seguridad Social que asuma la protección de las
contingencias profesionales. Igual comunicación deberán realizar los facultativos del servicio de prevención,
en su caso.
Modelo de parte de enfermedad profesional
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha aprobado el nuevo modelo de parte de enfermedad profesional para que surta efectos a la entrada en vigor del RD 1299/2006. Al propio tiempo, ha regulado
el procedimiento para su tramitación, así como su transmisión por medios electrónicos, de manera que
quede garantizada la fluidez de la información entre la entidad gestora o colaboradora, la empresa, la administración laboral, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, los servicios de prevención, en su caso,
y demás instituciones afectadas. En el anexo IV figuran los campos que recoge el parte de enfermedad
profesional.
35
CAPÍTULO 6
PROTOCOLO DE
VIGILANCIA SANITARIA
ESPECÍFICA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
El Programa Integral de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que han estado expuestos a Amianto
ha sido aprobado por la Comisión de Salud Pública (reunión de 12 de diciembre de 2002), por la Comisión
Nacional de Salud en el Trabajo (Plenario de 29 de enero de 2003) y por el Consejo Interterritorial del SNS
(reunión de su Comisión Delegada de 26 de febrero de 2003).
Las actividades que deberán desarrollar las Comunidades Autónomas son:
-
Elaborar un registro de trabajadores expuestos
Designar los recursos de personal y equipamientos necesarios
Establecer la continuidad de la vigilancia post-ocupacional
Promover el reconocimiento médico-legal de las enfermedades derivadas
Formación específica de los sanitarios de SP, AP Y AE
Relación con otros registros para obtener información
Una vez consensuado el Programa, cada Comunidad Autónoma debería definir el modelo organizativo que
más se adapta a la población trabajadora de su territorio.
La idea es movilizar los recursos sanitarios de las Comunidades Autónomas (servicios de atención primaria,
de atención especializada y del sistema de prevención de riesgos laborales), que exigen una coordinación
adecuada entre diferentes ámbitos administrativos y competenciales. El representante de la Comunidad
Autónoma en el Grupo de Trabajo de Salud Laboral del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud debería asegurar la perfecta coordinación entre los organismos citados.
La existencia del Grupo de Trabajo de Salud Laboral del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud debería permite asegurarlo, ya que los representantes de las Comunidades Autónomas que participan
en el mismo serían los responsables del programa en cada territorio.
Trascurridos cinco años desde la aprobación del Programa Integral de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores que han estado expuesto a amianto, y según recoge el informe de fecha 26 de septiembre de
2007 de grupo de trabajo de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Cantabria no había
desarrollado aún ninguna actividad para la implantación del Programa.
En rueda de prensa celebrada el 5 de Julio de 2008, Javier Puente Secretario General de CC.OO en Cantabria
junto con Angel Cárcoba pusieron en conocimiento de los medios dicha situación y reivindicaron una vez
más la creación de un registro de instalaciones con amianto y una Unidad de Referencia para los afectados.
37
PROTOCOLO DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA
38
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Convencidos de que la Creación de una Unidad de Referencia para afectados por Amianto en nuestra comunidad es una necesidad real, con fecha 21 de Octubre de 2008 se ha formulado una nueva petición por
escrito a la Consejería de Sanidad y Consumo de Cantabria para incidir en la implantación del Programa
Integral de Vigilancia de la Salud que daría respuesta en cierta medida a alguna de las carencias actuales
con las que se encuentran los expuestos o post-expuestos a esta fibra.
39
CAPÍTULO 7
CONCLUSIONES
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
· Existe un infra-registro de enfermedades profesionales por amianto en nuestra Comunidad. El inicio del
procedimiento para el reconocimiento de la enfermedad como profesional por los médicos de atención
primaria cuando exista sospecha, sería vital para empezar a llamar a las cosas por su nombre: enfermedad
profesional cuando es profesional y contingencia común cuando no existe vínculo con la actividad laboral.
• El reconocimiento de la enfermedad profesional por exposiciones laborales a amianto se convierte en una
carrera de fondo para el trabajador que en un alto porcentaje de los casos es una resolución emitida por el
INSS o una sentencia judicial la que determina a que es debida su contingencia.
• Se dispone de datos sobre población expuesta a amianto, sin embargo la declaración de enfermedades
profesionales no es representativa; y las reclamaciones tampoco son numerosas lo que nos hace pensar
que existen carencias en la información y divulgación de la realidad del amianto.
• Se debe continuar con campañas informativas que lleguen al mayor número de trabajadores.
• Se debería de hacer un esfuerzo del conjunto de la sociedad (empresa, trabajadores, organismos, etc..)
para erradicar las exposiciones actuales a amianto, elaborando un inventario de instalaciones que lo contengan y ejecutando los trabajos según Plan.
• En el inventario de instalaciones con amianto debería ser prioritaria la identificación de edificios públicos
donde además de un problema de salud laboral es también un problema de salud pública.
• Para que futuras obras en nuestro centro de trabajo no creen un problema de salud laboral, debemos
exigir a nuestras empresas información sobre la presencia o no de amianto, y que las actuaciones a seguir
cuando se vaya a intervenir sobre dichos elementos estén previstas y planificadas y no sean fruto de la
improvisación.
• Consideramos insuficiente el seguimiento realizado por parte de la Inspección de Trabajo a los Planes de
Trabajo presentados, ya que solo se ha visitado la ejecución del 27,50% de los Planes presentados en
2007. Por ello, se requiere a la Inspección de Trabajo de la Comunidad Autónoma, se programen un mayor
número de visitas de control como medida que asegure el cumplimiento de la normativa de seguridad y
salud aplicable en dichos trabajos.
• En el mismo orden de prioridad se insta a la Consejería de Medio Ambiente a que verifique y controle los
residuos de amianto, ya que la retirada o manipulación del amianto no habrá finalizado hasta su recepción
en un vertedero de residuos peligrosos autorizado.
• Por el hecho de ser el sector más afectado se deberían realizar acciones concretas para el sector de la
construcción.
• Es necesario el desarrollo inmediato del programa de vigilancia médica a las poblaciones afectadas y el
establecimiento de una actuación coordinada en la red hospitalaria a nivel de la Comunidad Autónoma,
sobre todo entre los hospitales de las zonas próximas a poblaciones que han estado expuestas al amianto.
Asimismo apostamos por la creación de un Servicio de Neumología y Radiología de Referencia a nivel autonómico para homogeneizar las pautas de diagnóstico y atención.
41
CAPÍTULO 8
BIBLIOGRAFÍA
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
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44
ANEXOS
ANEXOS
A N E XO I
RELACIÓN DE GESTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS AUTORIZADOS EN CANTABRIA
LUNAGUA, S.L. Polígono Industrial de Guarnizo, Parcela nº 84 -39480-GUARNIZO (Cantabria)
N.I.F.: B-39039235 Telf: (942) 55-80.96 (Oficinas);Telf: (942) 54-30-88 (Planta); Fax. (942) 54.23.76
Gestor autorizado para:
- Tratamiento de ácidos, bases, taladrinas, cromados y cianurados, metales pesados, emulsiones agua y
aceite, residuos oleosos y residuos generados de procesos de filtrado en Planta. Nº de gestor: CPT 1/91
- Recogida, transporte y almacenamiento de R.P. en el Centro de Transferencia sito en el Polígono Industrial
De Guarnizo, Parcela 84. Nº de gestor: CT/CN/106/98
LUNAGUA, S.L. Espigón Central de Raos, s/n – Puerto de Raos -39011-SANTANDER (Cantabria)
N.I.F.:B-39039235 Telf: (942) 35 26 84 ; Fax: (942) 35 26 93
Gestor autorizado para:
- Recepción, análisis y almacenamiento de aceites usados en la nueva planta sita en los terrenos del Espigón Central de Raos del Puerto de Santander.
Nº de gestor: A-79/433660-CN-01
- Recogida y transporte de aceites usados.
Nº de gestor: R.A.U.C. 1/97
- Recogida, transporte y almacenamiento de filtros de aceites usados.
Nº de gestor: RTAFA/CN/115/00
- Recepción, almacenamiento, pretratamiento y análisis de residuos MARPOL
Nº de gestor: MARPOL/CN/119/01
- Recogida, transporte y almacenamiento para los residuos de pintura y barniz; lodos de pintura y barniz que
contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas; lodos acuosos que contienen pintura o barniz
residuos del decapado o eliminación de pintura; otros disolventes y mezclas de disolventes halogenados,
otros disolventes y mezclas de disolventes; envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están
contaminados por ellas; absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras
contaminadas; zapatas de freno que contienen amianto; líquido de frenos; anticongelantes; baterías de
plomo y acumuladores de Ni-Cd. En las instalaciones ubicadas en el Espigón Central de Raos, Santander.
Nº de gestor: RTARP/CN/126/02
TEDES, S.A. (Técnicas de Descontaminación, S.A.) Polígono Industrial, Parcela 97 -39611-GUARNIZO
N.I.F.: A-39322938 Telf: (942) 55.97.29 ; Fax: 942) 55.97.37
Gestor autorizado para:
- Almacenamiento temporal y tratamiento de hidrocarburos, taladrinas y las líneas de: lodos industriales;
lodos sépticos; ácidos, álcalis y cromados y de estabilización - solidificación, en la Planta del P. I. de Guarnizo.
Nº de gestor: PT/CN/110/99
- Recogida y almacenamiento temporal de residuos MARPOL de la categoría tipo C.
Nº de gestor: MARP/CN/1/96
LIMPIEZAS NERVION, S.A. Las Viñas, 40-24-Lonja -48980-SANTURCE (Vizcaya)
N.I.F.: A-48252522 Telf: (94) 483-67-26 ; Fax: (94) 483-31-59
Gestor autorizado para:
- Recogida y transporte de Aceites Usado.
Nº de gestor: RAUC 2/96
- Recogida y transporte de filtros de aceite usados y materiales absorbentes impregnados de aceite; líquidos
de frenos; anticongelante; baterías de plomo; envases contaminados por sustancias peligrosas; residuos
que contienen hidrocarburos; envases metálicos que contienen una materia sólida y porosa peligrosa; pilas
alcalinas; tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio, disolventes halogenados y no
halogenados y residuos de pintura y barniz.
Nº de gestor: RTFA/CN/121/01
46
SAFETY-KLEEN ESPAÑA, S.A. Avda. San Pablo, nº 28 28820-Coslada MADRID - N.I.F.: A-78099660
Telf: (91) 669-69-00 ; Fax : (91) 669-76-29
Gestor autorizado para:
- Recogida y transporte de los residuos pintura y barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas; lodos acuosos que contienen pintura o barniz con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas; suspensiones acuosas que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas;
residuos y lodos de tintas que contienen sustancias peligrosas, soluciones de revelado con disolventes;
emulsiones y disoluciones de mecanizado sin halógenos; líquidos acuosos de limpieza; otros disolventes y
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
mezclas de disolventes; lodos o residuos sólidos que contienen otros disolventes; envases que contienen
restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas; envases metálicos (incluidos los recipientes
a presión vacíos, que contienen una matriz sólida y porosa peligrosa, por ejemplo: amianto); absorbentes,
materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza
y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas; filtros de aceite; líquido de frenos; anticongelantes que contienen sustancias peligrosas.
Nº de gestor: RTRTM/CN/1/98.
RETRA-OIL P.I. De Tambarria, Parcela 20 (Apdo.) 68 -26540-Alfaro LA RIOJA - N.I.F.: B-31178718
Telf: (941) 184 203 ; Fax: (941) 184 277
Gestor autorizado para:
- La recogida y transporte de: “Alquitranes ácidos, ácido fluorhídrico; ácido fosfórico y ácido fosforoso; otros
ácidos; hidróxido potásico e hidróxido sódico; otras bases; disolventes, líquidos de limpieza y licores madre
organohalogenados; otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos; residuos de pintura
y barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas; residuos de decapantes o desbarnizadotes; residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas; soluciones de revelado
con disolventes; soluciones de fijado; ácidos no especificados en otra categoría; bases de decapado; lodos
de fosfatación; líquidos acuosos de enjuague que contienen sustancias peligrosas; residuos de desengrasado que contienen sustancias peligrosas; emulsiones y disoluciones de mecanizado sin halógenos; ceras
y grasas usadas; lodos de mecanizado que contienen sustancias peligrosas; líquidos acuosos de limpieza;
emulsiones no cloradas; aceites hidráulicos minerales no clorados; aceites hidráulicos sintéticos; otros aceites hidráulicos; aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes; aceites sintéticos de motor, de transmisión mecánica y lubricantes; otros aceites de motor, de transmisión mecánica
y lubricantes; aceites minerales no clorados de aislamiento y transmisión de calor; aceites sintéticos de
aislamiento y transmisión de calor; otros aceites de aislamiento y transmisión de calor; lodos de separadores de agua/sustancias aceitosas; aceites procedentes de separadores de agua/sustancias peligrosas; agua
aceitosa procedente de separadores de agua/sustancias aceitosas; fuel oil y gasóleo; otros combustibles
(incluidas mezclas); otros disolventes y mezcla de disolventes halogenados; otros disolventes y mezcla de
disolventes; lodos o residuos sólidos que contienen otros disolventes; envases que contienen restos de
sustancias peligrosas o están contaminados por ellas; envases metálicos, incluidos los recipientes a presión
vacíos, que contiene una matriz porosa sólida peligrosa (por ejemplo, amianto); absorbentes, materiales de
filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas; filtros de aceite; zapatas de freno que contienen amianto;
líquidos de frenos; anticongelantes que contienen sustancias peligrosas; componentes peligrosos distintos
de los especificados en los códigos 16 01 07 a 16 01 11, 16 01 13 y 16 01 14; equipos desechados que
contienen componentes peligrosos, distintos de los especificados en los códigos 16 02 09 a 16 02 12; productos químicos de laboratorio que consisten en, o contienen, sustancias peligrosas, incluidas las mezclas
de productos químicos de laboratorio; baterías de plomo; acumuladores de Ni-Cd; pilas que contienen
mercurio; residuos que contienen hidrocarburos; catalizadores usados contaminados con sustancias peligrosas; mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla; tierras y piedras que contienen sustancias
peligrosas; materiales de aislamiento que contienen amianto; otros residuos de construcción y demolición
(incluidos los residuos los residuos mezclados) que contienen sustancias peligrosas; polvo de caldera que
contiene sustancias peligrosas; resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas; tubos fluorescentes
y otros residuos que contienen mercurio.”
Nº de gestor: RTRP/CN/114/99
MARE, S.A. C / Lealtad, nº 14 – 1º dcha. -39002 – Santander - N.I.F.: B-39289632
Telf: (942) 318 205 / 2 - Fax: (942) 215 448
Gestor autorizado para:
- La recogida, transporte y almacenamiento de pilas botón, pilas prismáticas, acumuladores Ni-Cd, residuos
de equipos eléctricos y electrónicos y tubos fluorescentes; y en la recogida y transporte de baterías usadas
de plomo ácido, aerosoles, pesticidas, medicamentos caducados, disolventes halogenados, disolventes no
halogenados, pinturas y barnices procedentes de los puntos limpios de Cantabria; residuos que contienen
plata procedentes del tratamiento in situ de residuos fotográficos; aceites minerales clorados de motor, de
transmisión mecánica y lubricantes; aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y
lubricantes; aceites sintéticos de motor, de transmisión mecánica y lubricantes; aceites fácilmente biodegradables de motor, de transmisión mecánica y lubricantes; otros aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes; envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas;
absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría),
trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas; filtros de aceite; materiales
de aislamiento que contienen amianto”.
Nº de gestor: ERC/CN-117/00
- Gestor autorizado para la gestión de los residuos consistente en la incineración en hornos estáticos a
desarrollar en las instalaciones de Meruelo
Nº de Gestor: INC/CN/148/04
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ANEXOS
- Gestor autorizado para la gestión de los residuos consistente en la incineración en horno de lecho fluidizado a desarrollar en las instalaciones de Meruelo
Nº de Gestor: INC/CN/149/04
MARMER, S.A. C/ Augusto González Linares, nº 6-2º –39300- TORRELAVEGA - N.I.F. A-39025333
Tefl: (942) 834 006 Fax: (942) 831 530
Gestor autorizado para:
- La recogida y transporte de placas y tuberías de fibrocemento.
Nº de Gestor: RTRP/CN/164/07
EKONOR, S.A. C/ Trinidad, nº 9 - Apartado 127 48990-Algorta (VIZCAYA) - C.I.F.: A-01038074
Telf: 944 911 908 Fax: 944 912 179
Gestor autorizado para:
- La actividad de recogida y transporte de residuos peligrosos.
Nº de Gestor: RTRP/CN/129/02
ECOCAT, S.L. C/ Fernández Hontoria, 24 39610-El Astillero - N.I.F.: B-60171162
Telf: (942) 365 150 Fax : (942) 220 924
Gestor autorizado para:
-“Recepción, almacenamiento y tratamiento de residuos MARPOL, categoría C y otros residuos oleosos”.
Nº de Gestor: PT/CN/135/03
- “Almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos”
Nº de Gestor: ARP/CN/134/03
El mesotelioma pleural cursa con derrame pleural, disnea y dolor torácico. Puede acompañarse de derrame
o engrosamiento pleural.
Desde el punto de vista radiológico, inicialmente se muestra con imágenes semejantes a las placas pleurales; más adelante pueden aparecer imágenes de sombras lobuladas, irregulares, de contornos nítidos
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
A N E XO I I
49
ANEXOS
A N E XO I I I
REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. BOE
núm. 302 de 19 de diciembre.
ANEXO 1. GRUPO 4.
CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (CODIFICACIÓN)
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
ANEXO 1. GRUPO 6.
CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES (CODIFICACIÓN)
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ANEXOS
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
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ANEXOS
ANEXO 2.
LISTA COMPLEMENTARIA DE ENFERMEDADES CUYO ORIGEN PROFESIONAL SE SOSPECHA Y CUYA
INCLUSIÓN EN EL CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES PODRÍA CONTEMPLARSE EN EL FUTURO.
54
PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
A N E XO I V
Contenido del parte de enfermedad profesional
Identificación de la Entidad Gestora o Colaboradora que notifica.
Datos del trabajador/a.
Identificación del trabajador/a mediante.
NAF: Número de afiliación a la Seguridad Social.
IPF: Identificador de Persona Física. Tipo de documento y número.
Tipo de comunicación: Nueva; Recaída; Cierre del proceso; Modificación o cumplimentación de la declaración.
La aplicación facilitará los datos ya disponibles en las bases de la Seguridad Social.
Apellidos y nombre.
Sexo.
Nacionalidad.
Fecha de nacimiento.
Domicilio, localidad, código postal, teléfono.
Situación laboral: Trabajador en alta en Seguridad Social y régimen de Seguridad Social; Perceptor de
prestaciones por desempleo; Otras situaciones asimiladas al alta; Pensionista; Baja en Seguridad Social.
Última fecha real de la situación laboral.
Tipo de contrato (en contratos temporales tiempo de trabajo) (Tabla 1).
Ocupación del puesto de trabajo actual según Clasificación Nacional de Ocupaciones CNO (4 dígitos numéricos).
Tiempo en el puesto de trabajo actual (en meses).
Tipo de trabajo actual (Tabla 2).
Ocupación del puesto de trabajo anterior (si se presume como posible inicio de la enfermedad profesional) según CNO (4 dígitos numéricos).
Tiempo en el puesto de trabajo anterior (si se presume como posible inicio de la enfermedad profesional).
Tipo de trabajo (si se presume como posible inicio de la enfermedad profesional) (Tabla 2).
Datos de la empresa.
Código de Cuenta de Cotización (CCC) al que pertenece el trabajador/a.
La aplicación facilitará, de entre los datos que se relacionan a continuación, los ya disponibles en las bases
de la Seguridad Social.
Dirección del CCC.
Plantilla actual de la empresa.
Régimen de Seguridad Social.
Actividad Económica según CNAE (cinco dígitos).
Clave de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Empresa de trabajo temporal (Sí, No).
Modalidad de organización preventiva adoptada por la empresa.
Existencia de evaluación de riesgos del puesto de trabajo.
Existencia de información a los representantes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
laborales sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores artículo 36.2.c) de la Ley 31/1995,
de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Existencia de reconocimiento médico (artículo 196 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 - de junio).
Existencia de informe relativo a las causas de la enfermedad profesional, elaborado por el empresario
(artículo 16.3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales).
Dirección del lugar donde presta servicios el trabajador (en el caso de ser distinto al del CCC).
Realiza el trabajador su actividad como subcontratado o cedido por una empresa de trabajo temporal.
Información referida al CCC de la empresa usuaria o contratista.
CCC de la empresa usuaria o contratista.
CNAE de la empresa donde presta sus servicios el trabajador.
Plantilla actual de la empresa.
Modalidad de organización preventiva adoptada por la empresa.
Existencia de evaluación de riesgos del puesto de trabajo.
Existencia de información al trabajador en materia de prevención de riesgos laborales.
Datos médicos.
Datos al inicio de la comunicación del parte de enfermedad profesional.
Período de observación.
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ANEXOS
N.º de colegiado del médico que realiza el diagnóstico.
Código del cuadro de enfermedades profesionales.
Tipo de asistencia: ambulatoria u hospitalaria.
Fecha del parte de enfermedad profesional.
Existencia de parte de baja por incapacidad temporal. Fecha de inicio de la incapacidad temporal.
Duración probable de la baja por incapacidad temporal, en su caso.
Diagnóstico CIE-10 en fecha de inicio del parte de enfermedad profesional (Tabla 3).
Parte del cuerpo dañada al inicio del parte de enfermedad profesional (Tabla 4).
Datos económicos de la situación de incapacidad temporal.
Base de cotización mensual.
En el mes anterior.
Días cotizados.
Base reguladora diaria.
Base de cotización al año:
B.1.-Por horas extras.
B.2.-Por otros conceptos.
Total B1 + B2.
Promedio diario base B.
Subsidio.
Promedio diario.
Base reguladora A.
Base reguladora B.
Total B.R. diaria (A+B).
Cuantía del subsidio.
Notificación del cierre del proceso:
Fecha del cierre del proceso.
Fecha del alta laboral si procede.
Tipo de proceso al cierre: Enfermedad Profesional; Accidente de Trabajo; Enfermedad Común.
Causa del cierre: alta por curación, alta con propuesta de Incapacidad, fallecimiento, alta con propuesta
de cambio de trabajo.
Cierre como proceso de enfermedad profesional.
Fecha de inicio real de la enfermedad profesional (aparecerá por defecto la fecha de inicio del parte
enfermedad profesional).
Código de diagnóstico CIE-10 al cierre del proceso (Tabla 3).
Código de enfermedad profesional al cierre del proceso.
Parte del cuerpo dañada al cierre del proceso (Tabla 4).
Cierre como proceso de accidentes de trabajo.
Código de diagnóstico CIE-10 al cierre del proceso (Tabla 3).
Parte del cuerpo dañada al cierre del proceso (Tabla 4).
Cierre como proceso de enfermedad común.
Código de diagnóstico CIE-10 al cierre del proceso (Tabla 3).
Calificación y supervisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social:
Fecha de la calificación o modificación.
Calificación del proceso como: Enfermedad Profesional; Accidente de Trabajo; Enfermedad Común.
Calificación como proceso de enfermedad profesional.
Fecha de inicio real de la enfermedad profesional.
Confirmación o modificación del diagnóstico CIE-10 (Tabla 3)
Confirmación o modificación del código de enfermedad profesional.
Confirmación o modificación de la parte del cuerpo dañada (Tabla 4).
Calificación como proceso de accidente de trabajo.
Confirmación o modificación del diagnóstico CIE-10 (Tabla 3).
Confirmación o modificación de la parte del cuerpo dañada (Tabla 4).
Calificación como proceso de enfermedad común.
Confirmación o modificación del diagnóstico CIE-10 (Tabla 3).
El contenido de las tablas 1 a 4 es el siguiente.
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
Tabla 1. Corresponde a las claves de tipo de contrato esablecidas por la tesorería
General de la Seguridad Social.
Tabla 2. Tipo de trabajo según la siguiente clasificación:
Tabla 2.
57
ANEXOS
Tabla 3. La información sobre el diagnóstico se clasificará con arreglo a la momenclatura CIE-10, según
los criterios de inclusión para el caso de las enfermedades profesionales establecidos por eurostat.
Tabla 4. Parte del cuerpo dañada según la siguiente clasificación.
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PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS DERIVADOS DEL AMIANTO EN CANTABRIA
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CON LA FINANCIACI N:

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