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ficha pedagógica
Consumir en el siglo XXI
Asociacionismo de consumo
PIENSA…
Las personas consumidoras y usuarias están en inferioridad
de condiciones en un mercado que está dominado por las
empresas cuyos productos o servicios adquieren o utilizan.
¿Crees que sería posible escuchar las reivindicaciones
y demandas de las personas consumidoras de forma
individual ante cualquier asunto que les afecte en el ámbito
de consumo?
©2011 iStockphoto
sabÍas que...
Las personas consumidoras, tenemos el derecho a constituir o a integrarnos en asociaciones y
organizaciones de consumidores para la defensa de nuestros derechos y legítimos intereses.
Las asociaciones de consumidores y usuarios son organizaciones privadas sin ánimo de lucro,
dedicadas a defender los derechos de las personas consumidoras y usuarias y que por ley, ejercen
la representación, participación, defensa, asesoramiento y consulta de de los mismos en su ámbito
territorial de actuación ( estatal, autonómico o local)
Las administraciones públicas fomentarán el asociacionismo de los consumidores en su ámbito de
actuación.
Para ello lo habitual es la constitución de un Registro en el que se deben inscribir estas asociaciones,
cuya inscripción les acredita la representatividad y les permite acceder a subvenciones públicas.
Funciones
Son funciones y derechos de las asociaciones de consumidores y usuarios las siguientes:
1. Informar, formar y educar a las personas consumidoras y usuarias sobre sus
derechos y
obligaciones favoreciendo una protección jurídica eficaz de los derechos que tienen reconocidos
en la adquisición, uso o disfrute de bienes y servicios.
2. Tener presencia en los órganos de consulta y participación en los que se conozcan asuntos
que afecten directamente a los derechos e intereses de de las personas consumidoras, de
conformidad con las reglamentaciones establecidas de los órganos de consulta.
3. Promover como interesadas procedimientos administrativos para la defensa de los intereses de
las personas consumidoras.
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4. Ejercer las correspondientes acciones judiciales o extrajudiciales en defensa de sus socios,
de la asociación o de los intereses generales, colectivos, de las personas consumidoras, de
conformidad con la legislación aplicable y, en particular, el ejercicio de las acciones de cesación.
5. Propiciar y participar en la resolución extrajudicial de conflictos entre consumidores/as y
empresarios/as, en especial mediante la mediación y la propuesta de árbitros de consumo para
su acreditación por las juntas arbitrales de consumo
6. Formular peticiones y ejercer iniciativas, en el marco de la legislación vigente, acerca del
funcionamiento de los servicios públicos, y particularmente de los prestados por las empresas
públicas autonómicas.
7. Ser consultadas en audiencia en el procedimiento de elaboración de disposiciones generales
que puedan afectar a los intereses que representan.
El derecho de audiencia de las asociaciones de consumidores legalmente constituidas, consiste
en que todos los asuntos que afecten a las personas consumidoras (por ejemplo, la aprobación
de leyes que nos afecten como consumidores/as o en las propuestas de tarifas de servicios
públicos que estén sujetos legalmente al control de las administraciones públicas, etc.) deben
ser sometidos a la audiencia de sus asociaciones para que dén su opinión al respecto, para
que sean tenidas en cuenta por los legisladores, generalmente por medio de organismos de
representación como los Consejos de Consumidores y Usuarios constituidos en el ámbito Estatal
y autonómico en España.
8. Solicitar las ayudas y subvenciones que convoquen las administraciones públicas.
9. Solicitar y poder ser declaradas de utilidad pública y de interés público para disfrutar de las
exenciones y bonificaciones fiscales establecidas legalmente.
10. Acceder a lo establecido en la legislación específica sobre el voluntariado, pudiendo constituir
la protección del consumidor una de sus áreas de intervención.
11. Solicitar y poder disfrutar del derecho de asistencia jurídica gratuita en la forma legalmente
prevista.
12. Integrarse en uniones, federaciones o confederaciones que tengan idénticos fines y ámbito
territorial más amplio.
Diferencias con las OMIC
Es un error muy común confundir a las asociaciones privadas de defensa de los consumidores
(son asociaciones con asociados que cotizan o no) con las Oficinas Municipales de Información al
Consumidor OMIC, que son oficinas públicas locales dependientes de los ayuntamientos.
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INFORMACIONES DE INTERÉS
Al final del siglo XIX comienzan a aparecer en Estados Unidos las primeras Ligas de Consumidores,
que reivindicaban la protección de los consumidores por medio de reglamentaciones apropiadas
para los distintos productos o servicios que se ofertaban en el mercado.
Sin embargo, no es hasta el siglo XX y acompañando el proceso de industrialización y la aparición
de la sociedad de consumo de masas que se desarrolla en Estados Unidos y en algunos países
de Europa (consumismo,despilfarro, multinacionales, producción en masa y sofisticación) cuando
aparecen las organizaciones de consumidores como hoy las conocemos, aúnque no adquieren
un papel importante hasta la década de los sesenta que aparece el movimiento denominado
consumerista y las organizaciones surgen y se desarrollan en todos los países industrializados,
alcanzando un poder importante en cada país e incidiendo ante sus gobiernos para mejorar las
leyes de protección de las personas consumidoras, utilizando diversas formas de presión a través
de las revistas que publican y organizando boicots a productos o servicios, a la vez que comienzan
a coordinarse internacionalmente.
En España, si bien el movimiento de defensa de los consumidores no comienza a desarrollarse y a
cobrar cierto protagonismo hasta la década de los ochenta. Se pueden citar como antecedentes
del mismo el surgimiento de las Asociaciones de Amas de Casa a finales de la década de los sesenta (que luego adoptarían también el nombre de Consumidores y Usuarios).
En 1973 comienza a publicarse una revista especializada en temas de consumo con el nombre de
Ciudadano y en 1975 surge la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). También se crea en
dicho año el Instituto Nacional del Consumo dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo.
El marco legal de protección a las personas consumidoras se desarrolla en Europa a partir de los
años sesenta, en un intento de dar un marco jurídico a los derechos e intereses de los consumidores y de sus organizaciones, en consonancia con el desarrollo económico de los países europeos
de la zona capitalista.
En España, este nuevo marco legal se retrasa hasta la década de los ochenta, con la promulgación
de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 1984, que ha sido modificada
por varias disposiciones legislativas para dar respuesta a los avances producidos en la sociedad.
Esta norma fue modificada por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que
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se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y
otras leyes complementarias y posteriormente por la Ley 3/2014 de 27 de marzo que modificada
dicho texto refundido.
¿Cuáles son las tareas que desarrollan las asociaciones de consumidores y usuarios?
Desde la labor fundamental de asesoramiento directo y representación de las personas consumidoras y usuarias hasta la emisión de opiniones e informes sobre temas distintos temas de consumo,
pasando por la defensa jurídica de los consumidores y consumidoras ante cualquier institución;
tareas de formación y fomento del asociacionismo, elaboración de publicaciones especializadas,
etc. Y todo lo que supone una mejora de la información y educación de las personas consumidoras, lo que les permitirá ser más conscientes de las elecciones que han de hacer a la hora de
consumir y cuales son sus derechos a la hora de reclamar.
En España, las principales asociaciones de consumidores y usuarios están representadas en el El
Consejo de Consumidores y Usuarios, previsto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que fué creado en el año 1990.
El Consejo se configura como un órgano de representación y consulta a escala nacional a través de
las organizaciones de consumidores más representativas para defender los intereses de los consumidores y usuarios e incidir en la toma de decisiones que se adopten por los poderes públicos en
relación con la política de consumo.
El Consejo desarrolla una amplia actividad a favor de los consumidores; por una parte elaborando
informes, estudios y dictámenes sobre aquellas materias que afecten a la vida diaria de las personas consumidoras y usuarias y, por otra, participando en foros, tanto nacionales como comunitarios, en representación de los mismos.
¿Cuáles son las principales asociaciones de personas consumidoras y usuarias en
España?
Las Asociaciones de personas consumidoras y usuarias pueden tener ámbito de actuación local,
autonómico o nacional y organizarse en federaciones y confederaciones que les proporcionen un
mayor peso e influencia en la sociedad.
También las cooperativas de consumo se pueden constituir como asociaciones de personas consumidoras siempre que entre sus fines esté, la educación, formación y defensa de los derechos de
sus socios en particular y de las personas consumidoras y usuarias en general.
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Se indican a continuación las principales Asociaciones, Federaciónes y Confederaciones que están
representadas en el Consejo de Consumidores y Usuarios:
• Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE)
www.adicae.net
• Asociación General de Consumidores (ASGECO)
www.asgeco.org
• Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU)
www.ceaccu.org
• Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU)
www.cecu.es
• Consumidores en Accion (FACUA)
www.facua.org
• Federación de Usuarios - Consumidores Independientes (FUCI)
www.fuciweb.org
• Unión de Consumidores de España (UCE)
www.uniondeconsumidores.info
• Federación Unión Nacional de Consumidores y Amas de Hogar de España (UNAE)
www.federacionunae.com
• Confederación Española de Cooperativas de Consumidores y Usuarios (HISPACOOP)
www.hispacoop.es
• Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)
www.ocu.org
Esta última no tiene atención directa a las personas consumidoras, unicamente a través de su
página web.
¿QUÉ PUEDO HACER YO…?
http://www.consumo-inc.es/GuiaCons/home.htm
Información que figura en las páginas web de consumo de las distintas autonomías.
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